Respuesta cursos para los educadores la ECDF III Cohorte
1. Radicado No. 2021-EE-043659
2021-03-15 10:34:29 a. m.
Calle 43 No. 57 - 14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C.
PBX: +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953
www.mineducacion.gov.co - atencionalciudadano@mineducacion.gov.co
Página 1 de 3
GD-FT-03 V4
Radicación relacionada: 2021-ER-058007
Bogotá, D.C., 15 de marzo de 2021
Señora
Marcela Casas
marcksas84@gmail.com
Asunto: Respuesta radicado 2021-ER-058007
Cordial saludo,
Atendiendo a su solicitud, en la que pregunta por el desarrollo de los cursos para
los educadores la ECDF III Cohorte, el Ministerio de Educación Nacional se
encuentra realizando los trámites correspondientes para reglamentar el proceso
mediante un decreto, una vez se surta el trámite mencionado y se realicen las
actuaciones administrativas necesarias, se informará el procedimiento a seguir.
El listado de potenciales beneficiarios de los cursos lo puede consultar en la
página Web del Ministerio de Educación Nacional, en el siguiente enlace:
https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-preescolar-basica-y-
media/Evaluacion/Consultas/398291:Listado-de-candidatos-para-curso-de-la-
ECDF-III
Es importante mencionar que el listado de educadores candidatos para el curso,
se consolidó a partir de la información de los resultados definitivos posterior a las
reclamaciones del proceso evaluativo ECDF III, próximamente se informará la
reglamentación respectiva.
Es necesario mencionar que el proyecto de decreto estuvo durante el mes de
agosto de 2020 para revisión y observaciones del público en general. Decreto
«Por el cual se adiciona una Sección Transitoria al Capítulo 4, Título 1, Parte 4,
Libro 2, del Decreto 1075 de 2015 y se dictan otras disposiciones» y, atendiendo
a la petición por Usted elevada, nos permitimos dar respuesta en los siguientes
términos:
2. Radicado No. 2021-EE-043659
2021-03-15 10:34:29 a. m.
Calle 43 No. 57 - 14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C.
PBX: +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953
www.mineducacion.gov.co - atencionalciudadano@mineducacion.gov.co
Página 2 de 3
GD-FT-03 V4
1. Los cursos de formación que se desprenden de la evaluación de carácter
diagnóstico formativo, aplicada entre los años 2018 y 2020 - ECDF III,
tienen como finalidad la superación de las debilidades evidenciadas a lo
largo de este proceso, de ahí que estén destinados a una cantidad
determinada de educadores (8.000) que no superaron dicha evaluación.
2. Además de la contribución a la formación del educador, como
consecuencia de la superación del curso y sólo si se cumple con los demás
requisitos estipulados en el Decreto Ley 1278 de 2002, se ha considerado
la posibilidad de permitir que los educadores que certifiquen la
culminación del curso de forma satisfactoria puedan ascender o reubicarse
en el escalafón docente de acuerdo con el movimiento aspirando en la
ECDF III.
3. Dado que esta posibilidad se desprende de un acuerdo sindical y no se
encuentra estipulado explícitamente en el Decreto Ley 1278 de 2002, ni
en su reglamentario compilado en el Decreto 1075 de 2015, resulta
necesaria la emisión de un acto administrativo que sustente y viabilice el
movimiento en el escalafón y el posterior mejoramiento salarial.
4. Por este motivo, el Ministerio de Educación Nacional, a través de la
realización de sesiones de trabajo con la Federación Colombiana de
Trabajadores de la Educación – FECODE, ha construido el proyecto de
decreto que fuese publicado para observaciones ciudadanas.
5. Como pudo apreciarse, en el texto publicado no se consignó un
cronograma específico para la realización de curso, dado que muchas
etapas están a cargo de entidades externas a este Ministerio, como el
ICETEX, que además depende del sector financiero y sus tiempos para el
desarrollo de algunas etapas. Por esta razón, el cronograma sólo podrá
publicarse una vez se haya expedido formalmente el decreto y se haya
consensuado los plazos con dichas entidades.
6. Sumado a lo anterior, se han incorporado etapas novedosas en el proceso,
como la aceptación previa del curso, las cuales no pueden ponerse en
marcha sin la emisión formal del decreto, haciendo inviable iniciar las
fases de forma inmediata.
Dado que el curso remedial es una expectativa de formación que depende de la
emisión del sustento normativo, con el que se busca contribuir a la formación
profesional ofreciendo una posibilidad de aprovechar las oportunidades de
mejoramiento evidenciada en la ECDF III que no logró superar en los términos
del Decreto Ley 1278 de 2002 y el Decreto 1075 de 2015, actualmente se
adelanta el proceso de selección de universidades para la realización de los
3. Radicado No. 2021-EE-043659
2021-03-15 10:34:29 a. m.
Calle 43 No. 57 - 14 Centro Administrativo Nacional, CAN, Bogotá, D.C.
PBX: +57 (1) 222 2800 - Fax 222 4953
www.mineducacion.gov.co - atencionalciudadano@mineducacion.gov.co
Página 3 de 3
GD-FT-03 V4
cursos, por lo cual una vez superada esta fase y ajustados los cronogramas de
acuerdo a la emergencia sanitaria actual, se procederá a la formalización y
emisión del marco normativo y cronograma.
Le invitamos a estar atento de los canales de comunicación del Ministerio de
Educación Nacional, desde los cuales se realizará la divulgación correspondiente
de dicho proceso.
Cordialmente,
LICED ANGELICA ZEA SILVA
Subdirector Técnico
Subdirección de Referentes y Evaluación de la Calidad Educativa
Folios: 3
Anexos:
Nombre anexos:
Elaboró: RAUL ARAMENDI GARCIA
Revisó: RICARDO CAÑON MORENO
Revisó: ANGELA MARIA ESTRADA ORTIZ