1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN JOAQUÍN DE TURMERO, ESTADO ARAGUA.
FORMAS DE EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES
AUTOR: VARELA BETHERNE
TUTOR: RIERA REINA
SAN JOAQUÍN DE TURMERO, NOVIEMBRE 2022
2. Nº Termino Etimología Definición Según Autor Definición según la
Ley Fundamento
Legal
Aporte a la Unidad
Curricular
Aporte
Personal
1 Acreedor Compuesta por el prefijo
Ad- (hacia) credere (creer)
más el sufijo – dor (agente, el
que hace la acción)
Se define como una persona natural
o jurídica que tiene un derecho a
pedir un cumplimiento legal de pagar
una obligación de un termino
mediante un contrato
(Deficiona.com)
Según el Código Civil
“No puede obligarse al
acreedor a recibir una
cosa distinta de la que
se debe, aunque el
valor de la cosa
ofrecida sea igual o
aun superior al de
aquella”.
Determina cuando se
adquiere a través de
un contrato la
exigencia de una
deuda
Beneficios
2 Compensación Sus componentes léxicos son:
el prefijo con- (todo, junto),
Pensare (pesar en una
balanza), más el sufijo – ción
(acción y efecto)
Zacharias define la Compensación
como la extinción de dos obligaciones
reciprocas que se pagan la una por la
otra, hasta la concurrencia de sus
cantidades respectivas, entre
personas que son deudoras la una
hacia la otra
Según el Código Civil:
“Cuando dos personas
son recíprocamente
deudoras, se verifica
entre ellas una
compensación que
extingue las dos
deudas.
A través de un pago
por una deuda
extinguida por
compensación
Extinción de las
deudas de dos
personas
recíprocamente
deudoras
3 Confusión Proviene del Latín confusio,
confunsionis compuesto por el
prefijo con-
que significa (junto, todo) un
prefijado de fundere que
significa (fundir, derretir,
derramar)
La confusión es un modo de extinción
de las obligaciones que tiene lugar
cuando, por un determinado motivo,
concurren las dos posiciones
contrapuestas de una obligación
(Pérez., Merino)
Según el código Civil
“Cuando las
cualidades de
acreedor y de deudor
se reúnen en la misma
persona, la obligación
se extingue por
confusión”.
Desaparición del
usufructo
Se extingue el vinculo
obligatorio que une al
deudor y al acreedor
3. Nº Termino Etimología Definición Según Autor Definición según la
Ley Fundamento
Legal
Aporte a la Unidad
Curricular
Aporte
Personal
4 Deudor Debitor compuesto por el
prefijo de – que significa
(dirección de arriba abajo,
alejamiento, privación), habere
(tener), más el sufijo tor -
(agente, el que hace la acción)
Un deudor es una persona, física
o jurídica, que debe dinero a otra
persona, conocida como
acreedor. (Sevilla)
(Art 1.911 del CC)
Del cumplimiento de
las obligaciones
responde el deudor
con todos sus bienes,
presentes y futuros.
Sujeto que contrae
obligaciones
Sujeto pasivo de una
relación jurídica, que
ejerce obligaciones
5 Extinción Exstinctio compuesto del
prefijo ex que significa
(hacia afuera),
El sufijo Tio: Acción y efecto
Según Maduro y Pittier. Los
modos de extinguir las
obligaciones son todos aquellos
hechos o actos jurídicos mediante
los cuales ellas cesan de producir
efectos jurídicos.
A partir del articulo
1.282 del Código Civil
Venezolano se habla
sobre las formas de
extinción de las
obligaciones
Extinción de todas las
obligaciones a través
de contratos
Extinción de las
obligaciones
6 Mutuo
Consentimiento
Mutuus compuesto por sufijo –
uo/ -ivo (posibilidad o relación
activa o pasiva) y la raíz del
verbo mutare que significa
cambiar
Según Hernández. El contrato en
virtud del cual una persona
entrega a otra, dinero u otra cosa
fungible, para que se sirva de ella
y devuelva en un momento
posterior, otro tanto de la igual
especie y calidad.
Art. 1.735 del CC “El
mutuo es un contrato por
el cual una de las partes
(llamada mutuante),
entrega a la otra
(llamada mutuario) cierta
cantidad de cosas, con
cargo de restituir otras
tantas de la misma
especie y calidad
Se pone fin a las
obligaciones por
mutuo acuerdo
Beneficios por mutuos
acuerdos
4. Nº Termino Etimología Definición Según Autor Definición según la Ley Fundamento
Legal
Aporte a la Unidad
Curricular
Aporte
Personal
7 Novación Compuesto del verbo
activo transitivo novar y
del sufijo ción que indica
efecto, hecho o acción de,
también viene del latín
novatio
La Novación es el proceso
mediante el que se extingue
o modifica una obligación
jurídica causado por una
nueva obligación que
inhabilita la anterior
(Ludeña)
Constituye un modo voluntario de
extinción de las obligaciones; la cual una
obligación se extingue suplantándose por
una obligación nueva. Art. 1.314 C.C.
Voluntad de
reemplazar la
obligación por otra
El deudor contrae para
con su acreedor nueva
obligación
8 Pago Compuesto del verbo latín
pacare que significa
(apaciguar) del presente
activo
Entrega de dinero a cambio
de: la prestación de un
servicio, pago de un
producto o cancelación de
una deuda (Ucha)
El Art. 1.283 del CCV establece que “El
pago puede ser hecho por toda persona
que tenga interés en ello, y aun por un
tercero que no sea interesado, con tal que
obre en nombre y en descargo del deudor,
y de que si obra en su propio nombre no
se subrogue en los derechos del acreedor
Cumplimiento de una
obligación
Devolución de dinero o
prestación de algún
servicio
9 Remisión de
Deuda
Compuesto del latín
remissio que significa
“retrocesión de un
proceso”. Del prefijo re
(hacia atrás), missus
(mandado, enviado), más
el sufijo – sión (acción y
efecto)
Es el acto por el cual el
acreedor renuncia
gratuitamente al derecho de
crédito que tiene contra el
deudor.
(Maduro y Pittier)
El Art. 1.326 del CC “La entrega
voluntaria del titulo original bajo
documento privado, hecha por el
acreedor al deudor, es una prueba de
liberación
Extinción de las
obligaciones de parte
del acreedor
fin de una obligación
10 Transacción Transactio, transactonis
Compuesto del trato del
prefijo trans – (de un lado
a otro), actus (llevado a
cabo), más el sufijo – ción
(acción y efecto)
Según Bembibre, la
transacción es un acuerdo,
generalmente comercial,
entre dos o más partes,
donde tiene lugar el
intercambio reciproco de
una cosa por otra (como
dinero por un producto o
servicio)
La transacción es un contrato por el cual
las partes mediantes reciprocas
concesiones, terminan un litigio eventual
C.C. Art. 1.713
Se realiza mediante
pagos
Culminación de
obligaciones
5. REFERENCIAS
Bembibre, C. (2010), Definición de Transacción. Definición ABC. Recuperado el 10 de Noviembre del 2022
De: https://www.definicionabc.com/economía/transaccion.php/
Código Civil de Venezuela. (1982), G.O.E. Nº 2.990 del 26 de Julio de 1982
Deficiona.com (8 mayo,2014). Definición y etimología de acreedor. Bogotá: E-Cultura Group. Recuperado: El 10 de Noviembre del 2022
de https://deficiona.com/acreedor/
Hernández, L. (S/F), Definición de Mutuo. Enciclopedia Jurídica Online. Recuperado el 11 de Noviembre del 2022
De: https://www.Venezuela.leyderecho.org/mutuo/?amp=1/
Ludeña J. (2021), Novación. Economipedia.com. Recuperado el 10 de Noviembre del 2022 de https://economipedia.com/definiciones/novación.html
Maduro L. y Pittier E. (2009), Curso de obligaciones: Derecho Civil III (tomo I). Caracas. Universidad Católica Andrés Bello, 2009
Sevilla, A. (2015), Deudor. Economipedia.com. Recuperado el 10 de Noviembre del 2022 de https://economipedia.com/definiciones/deudor.html
Ucha, F. (2010). Definición de Pago. Definición ABC. Recuperado: El 10 de Noviembre del 2022 de https://www.definicionabc/economía/pago.php
Zacharias (S/F), Compensación. Enciclopedia Jurídica Online. Recuperado: El 10 de Noviembre del 2022
de https://Venezuela.leyderecho.org/compensación-2/?amp=1/