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INCOTERMS 2010
Entrada en vigor el 1 de Enero del 2011
Instructor: Raul Palma
1
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¿ Qué significa INCOTERMS ?
International Commerce Terms
o
Condiciones Internacionales de Comercio
o
Términos Internacionales de Comercio
2
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CAMARA INTERNACIONAL DE COMERCIO (ICC)
– Establece y normaliza una serie de condiciones de entrega
(INCOTERMS), que son definidas conjuntamente entre el
comprador y el vendedor.
– Fin de evitar problemas de las distintas prácticas
comerciales,
– Publicadas por primera vez en 1936
– Enmiendas y adiciones en los años 1953, 1967, 1976,
1980, 1990, 2000 y la última revisión denominada 2010, a
fin de actualizarlos con respecto a las recientes prácticas
comerciales internacionales.
3
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FINALIDAD DE LOS INCOTERMS (ICC)
• No determinan la propiedad de una mercancía, este punto
debe ser previsto en otra cláusula en el contrato de venta.
• Determinan el punto exacto de la transferencia del riesgo
del cuidado y la responsabilidad de la entrega de la
mercancía entre vendedor y comprador.
• Establecer un conjunto de reglas internacionales para la
interpretación de los términos utilizados en el comercio
internacional.
• Evitar incertidumbre por las distintas interpretaciones de
tales términos en diferentes países.
4
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CONDICIONES DE ENTREGA
• Forma en que ha de ser entregada la mercancía,
• Especifican obligaciones del comprador y
vendedor: gastos y riesgos
• El precio de compra, por lo tanto, se refiere
siempre a las condiciones de entrega.
• Son responsabilidades compartidas entre
comprador y vendedor de acuerdo al término
pactado (regla INCOTERMS)
• Estandarizados por la Cámara de Comercio
Internacional –ICC- de la siguiente manera:
5
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CONDICIONES DE ENTREGA
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (A):
A1. Obligaciones generales del vendedor.
Ø Factura comercial
Ø Lista de empaque
Ø Aviso electrónico si así se acuerda o es usual en la
rama de comercio de que se trate
Ø Cualquier documento a que se haga referencia en la
INCOTERMS utilizada.
A2. Licencias, autorizaciones y acreditaciones de
seguridad y otras formalidades.
A3. Contrato de transporte y seguro.
A4. Entrega de la mercancía en el tiempo y lugar
previstos.
A5. Transmisión de riesgos.
A6. Reparto de costos (gastos).
A7. Avisar al comprador sobre la disponibilidad de la
mercancía.
A8. Documentos de entrega (documento de transporte,
póliza de seguro, licencias, certificados, permisos,
etc.).
A9. Comprobación embalaje y marcado de modo
adecuado al transporte elegido.
A10. Ayuda con la información y costos relacionados.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (B):
B1. Obligaciones generales del comprador
Ø Pago del precio de la mercancía
Ø Aviso electrónico si así se acuerda o es usual en la
rama de comercio de que se trate
Ø Cualquier documento a que se haga referencia en la
INCOTERMS utilizada.
B2. Licencias, autorizaciones y acreditaciones de
seguridad y otras formalidades.
B3. Contrato de transporte y seguro.
B4. Recepción de la entrega.
B5. Transmisión de riesgos.
B6. Reparto de costos (gastos).
B7. Aviso al vendedor de la recepción de la mercancía.
B8. Prueba de la entrega (aceptación del documento de
entrega emitido por el vendedor).
B9. Inspección de la mercancía.
B10. Ayuda con la información y costos relacionados.
6
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MODALIDADES
DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL
• Se realiza entre personas que tienen sus establecimientos en distintos países.
• Suele ir acompañado de otros contratos accesorios pero necesarios para hacer
llegar las mercancías al comprador y para hacer llegar el pago del precio al
vendedor:
– contrato de transporte de las mercancías y
– contrato de seguro por riesgos
– contrato bancario (por ejemplo: una carta de crédito)
– otros contratos, como fianzas
o un contrato de servicios de inspección de las mercancías
• La obligación principal que produce el contrato de compraventa es la
entrega de las mercancías.
• Diversas maneras de entrega según lo convengan las partes, en las
modalidades del contrato de compraventa internacional definidas en los
INCOTERMS.
7
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MODALIDADES
POR RAZÓN DE LA ENTREGA DE LAS MERCANCÍAS
De acuerdo a lo que indica Eiscmann:
• LA ENTREGA ES DIRECTA
el vendedor entrega las mercancías al mismo comprador,
poniéndolas a su disposición en su almacén o fabrica, o en algún
otro lugar convenido, como un puerto, una frontera o incluso el
propio almacén del comprador. Las modalidades de los grupos E y
D de INCOTERMS son de entrega directa.
• LA ENTREGA ES INDIRECTA
el vendedor entrega las mercancías a un transportista, quien las
recibe a nombre del comprador, sea el transportista elegido y
contratado por el vendedor (modalidades C), o por el comprador
(modalidades F).
8
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TIPOS DE CONDICIONES DE ENTREGA
SEGÚN INCOTERMS 2000-2010:
Modalidades de entrega definidas en los INCOTERMS que, desde su
versión del 2000, se agrupan en cuatro categorías: E, F, C y D
básicamente diferentes:
• Término “E”: EXW: El vendedor pone las mercancías a disposición
del comprador en sus propios locales, NO TENIENDO NINGUNA
OTRA OBLIGACIÓN PARA CON EL COMPRADOS (ni siquiera la carga
de la mercancía al medio de transporte).
• Términos “F”: FCA, FAS y FOB: Al vendedor se encarga de entregar
la mercancía al medio de transporte escogido por el comprador en
el lugar de entrega designado, en la fecha acordada o dentro del
plazo acordado.
9
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TIPOS DE CONDICIONES DE ENTREGA
SEGÚN INCOTERMS 2000-2010:
• Términos “C”: CFR, CIF, CPT y CIP: El vendedor ha de contratar el
transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o
de costes adicionales debidos a hechos acaecidos después de la carga y
despacho.
• Términos “D”: DAF, DES, DEQ, DDU, DAT, DAP y DDP: El vendedor ha de
soportar todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al
país de destino.
ü Las cuatro categorías se mantienen,
ü En los términos “D” se eliminan las Incoterms DES, DEQ, DDU Y DAF
ü Se crean los nuevos términos DAT y DAP.
ü De 13 que eran anteriormente, se reduce a 11.
ü El concepto de transmisión de riesgos en los términos “C” y “F” la
condición: “paso de la cubierta del buque”, ha sido cambiada por
“colocación de la mercancía a bordo del buque”.
10
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11
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12
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En cada uno de los términos Incoterms se incluye la siguiente ilustración,
para una mejor comprensión de los aspectos que determinan.
13
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GRUPO E: Salida
• EXW - Ex Works - EN FÁBRICA
14
Características:
• Mínima Obligación para el Vendedor
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GRUPO E: Salida
15
Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte
Es el único en el que los trámites aduaneros de exportación corren por cuenta del comprador
(importador)
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EXW
EN FABRICA (... lugar convenido)
"En Fábrica" significa que el vendedor realiza la
entrega de la mercancía cuando la pone a disposición
del comprador en el estableci­miento del vendedor o
en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica,
almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni
cargarla en un vehículo receptor.
Este término define, así, la menor obligación del
vendedor, debiendo el comprador asumir todos los
costes y riesgos inherentes a la recepción de la
mercancía en los locales del vendedor.
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Sin embargo, si las partes desean que el
vendedor se responsabilice de la carga de la
mercancía a la salida y que asuma los riesgos y
todos los costes de tal operación deben dejarlo
claro añadiendo expresiones explícitas en ese
sentido en el contrato de compraventa1. Este
término no debería usarse cuando el comprador
no pueda llevar a cabo las formalidades de
exportación, ni directa ni indirectamente. En tales
circunstancias, debería emplearse el término FCA,
siempre que el vendedor consienta cargar a su
coste y riesgo.
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A) OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (EXW) B) OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (EXW)
A1x Suministro de la mercancía de conformidad con el
contrato.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la
factura comercial, o su mensaje electrónico
equivalente, de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de
conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades.
El vendedor debe prestar al comprador, a petición,
riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa
para obtener, cuando sea pertinente2, cualquier
licencia de exportación u otra autoriza­ción oficial
necesarias para exportar la mercancía.
A3 Contratos de transporte y seguro.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación3
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación4
B1 Pago del precio.
El comprador debe pagar el precio según lo previsto en
el contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades.
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, las licencias de exportación e importación o
cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea
pertinente5 , los trámites aduaneros para la exportación
de las mercancías.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación6 .
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación7.
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A4 Entrega.
El vendedor debe poner la mercancía a disposición del
comprador en el lugar de entrega convenido, sin cargar el
vehículo receptor, en la fecha o dentro del plazo acordados
o, si no se ha acordado ese momento, en la fecha usual de
entrega de esa mercancía. Si no se ha determinado un
punto específico dentro del lugar convenido, y si hay
diversos puntos disponibles, el vendedor puede elegir el
lugar de entrega que mejor se acomode a su conveniencia.
A5 Transmisión de riesgos.
El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B5, soportar
todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4.
B4 Recepción de la entrega.
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya
sido entregada de conformidad con A4 y A7/B7.
B5 Transmisión de riesgos.
El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía
desde el momento en que haya sido entregada de conformidad
con A4; y
desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de
cualquier plazo fijado para recibir la entrega, porque no haya dado
aviso de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato,
es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos.
El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6,
pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de
conformidad con A4.
B6 Reparto de gastos.
El comprador debe pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que haya sido entregada de acuerdo con
A4; y
cualquier gasto adicional contraído bien por no recibir la
entrega de la mercancía cuando ésta fue puesta a su
disposición, o por no dar el aviso apropiado conforme a
B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
debidamente determinada según el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente9, todos los derechos, impuestos y
demás cargas, así como los gastos para realizar los
trámites aduaneros exigibles a la exportación.
El comprador debe reembolsar todos los costes y cargas
contraídos por el vendedor al prestar su ayuda de
conformidad con A2.
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A7 Aviso al comprador.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente acerca de
cuándo y dónde la mercancía será puesta a su disposición.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente.
Ninguna obligación8.
A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de
verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento)
necesarias al objeto de poner la mercancía a disposición del
comprador.
El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
suministrar la mercancía descrita en el contrato sin embalaje)
requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que
las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo
modalidades, destino) sean hechas conocer al vendedor antes de
que se haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha
de ser marcado adecuadamente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar la fecha
dentro de un plazo acordado y/o el lugar de recepción, dar aviso
suficiente de ello al vendedor.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe proporcionar al vendedor prueba adecuada de
haber recibido la entrega.
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al
embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del
país de exportación.
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A10 Otras obligaciones.
El vendedor debe prestar al comprador, a petición,
riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa
para obtener cualquier documento o mensaje
electrónico equivalente emitido o transmitido en el
país de entrega y/o de origen que el comprador
pueda requerir para la exportación y/o la
importación de las mercancías y, si es necesario,
para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a
petición de este último, la información necesaria
para obtener un seguro.
B10 Otras obligaciones.
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas
contraídos para obtener los documentos o mensajes
electrónicos equiva­lentes mencionados en A10 y
reembolsar aquellos en que haya incurrido el
vendedor al prestar su ayuda al respecto
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
• FCA - Free Carrier
FRANCO TRANSPORTISTA (…lugar convenido)
23
Características :
• Entrega en Punto de Embarque.
• Comprador designa y paga el Transporte.
• Comprador asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
FCA - Free Carrier - FRANCO TRANSPORTISTA (…lugar convenido)
• Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte, excepto marítimo.
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FCA
FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar convenido)
“Franco Transportista" significa que el vendedor entrega la
mercancía, despachada para la exportación, al transportista
nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse
que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y
descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los
locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega
ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la
descarga.
Este término puede emplearse con cualquier modo de transporte,
incluyendo el transporte multimodal.
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“Transportista" significa cualquier persona que, en un
contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer
efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar,
vías navegables interiores o por una combinación de esos
modos.
Si el comprador designa a una persona diversa del
transportista para recibir la mercancía, se considera que el
vendedor ha cumplido su obligación de entregar la
mercancía cuando la entrega a esa persona.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FCA) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FCA)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o
su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que
pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier
licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando
sea pertinente1, todos los trámites aduaneros necesarios para la
exportación de las mercancías
A3 Contratos de transporte y seguro.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación2. Sin embargo, si es requerido por el comprador
o si es práctica comercial y el comprador no da instrucciones en
sentido contrario con la debida antelación, el vendedor puede
contratar el transporte en las condiciones usuales, a riesgo y
expensas del comprador. En cualquier caso, el vendedor puede
rehusar concluir el contrato y, en ese caso, lo comunicará
rápidamente al comprador.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación3.
B1 Pago del precio.
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato
de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, de
cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar,
cuando sea pertinente4, todos los trámites aduaneros para la
importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el transporte
de la mercancía desde el lugar convenido, excepto cuando el
contrato de transporte es concertado por el vendedor tal como se
prevé en A3 a).
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación5.
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A4 Entrega.
El vendedor debe entregar la mercancía al transportista o a
otra persona designada por el comprador, o elegida por el
vendedor de conformidad con A3 a), en el lugar convenido y
en la fecha o dentro del período acordado para la entrega.
La entrega se completa:
a) Si el lugar acordado es el local del vendedor, cuando la
mercancía ha sido cargada en el medio de transporte
propor­cionado por el transportista designado por el
comprador o por otra persona que actúa por su cuenta.
b) Si el lugar acordado es cualquier otro diverso de a), cuando
la mercancía se pone a disposición del transportista o de otra
persona designada por el comprador, o elegida por el
vendedor de conformidad con A3 a), en los medios de
transporte del vendedor no descargados.
Si no se ha designado ningún punto específico dentro del lugar
acordado, y si hay diversos puntos disponibles, el vendedor
puede elegir el punto del lugar de entrega que mejor se
adecue a su conveniencia. A falta de instrucciones precisas
del compra­dor, el vendedor puede entregar la mercancía para
el transporte en la forma que lo requiera el modo de transporte
y/o la cantidad y/o la naturaleza de la mercancía.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando
haya sido entregada de conformidad con A4.
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A5 Transmisión de riesgos.
El vendedor debe, con sujeción a las
previsiones de B5, correr con todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía
hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B5 Transmisión de riesgos.
El comprador debe correr con todos los riesgos de
pérdida y daño de las mercancía
desde el momento en que haya sido entregada de
conformidad con A4; y
desde la fecha acordada o desde la fecha de
expiración de cualquier plazo acordado para la
entrega, bien porque no haya designado al
transportista o a otra persona de conformidad con
A4, o bien porque el transportista o la parte
designada por el comprador no se hacen cargo de la
mercancía en el momento acordado, o porque el
comprador omite dar aviso suficiente con arreglo a
B7, siempre que, no obstante, la mer­cancía haya
sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, claramente puesta aparte o identificada de otro
modo como la mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6,
pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento
en que haya sido entregada de conformidad con A4; y
cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites
aduaneros, así como todos los derechos, impuestos y demás
cargas exigibles a la exportación.
A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que las
mercancías han sido entregadas según A4. Si el transportista no
recibe la entrega de conformidad con A4 en el momento
acordado, el vendedor debe avisar al comprador al respecto.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que
haya sido entregada de conformidad con A4; y
cualquier gasto adicional contraído, bien porque no designa al
transportista o a otra persona nombrada de conformidad con A4 o
bien porque la parte designada por el comprador no se hace cargo
de la mercancía en el momento acordado, o porque no da el aviso
suficiente de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato,
es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y de­más
cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros
exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por
cualquier país.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el
nombre de la parte designada según A4 y, cuando sea necesario,
especificar el modo de transporte, así como la fecha o plazo dentro
del que debe entregársele la mercancía y, llegado el caso, el punto
dentro del lugar en que las mercancías deberían ser entregadas a
aquella parte.
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A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al
comprador, la prueba usual de la entrega de las
mercancías de conformidad con A4
Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior
sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar
al com­prador, a petición, riesgo y expensas de este último,
la ayuda precisa para conseguir un documento de
transporte para el contrato de transporte (por ejemplo, un
conocimiento de embarque negociable, una carta de porte
marítimo no negociable, un documento de navegación
interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por
ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera
o un documento de transporte multimodal).
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo
anterior puede ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte transporte
o mensaje electrónico equivalente
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
acuerdo con A8.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de
verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con
A4.
El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar
las mercancías descritas en el contrato sin embalar) requerido
para el transporte de la mercancía, en la medida en que las
circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades,
destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclusión
del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier
documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de
aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de
entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito
por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este
último, la información necesaria para obtener un seguro.
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al
embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las
autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para
obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes
mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el
vendedor al prestar su ayuda al respecto y al contratar el transporte
de conformidad con A3 a).
El comprador debe dar al vendedor las instrucciones adecuadas
cuando se requiera la ayuda de éste último para contratar el
transporte de conformidad con A3 a).
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
• FAS - Free Alongside Ship
FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (…puerto de carga convenido)
33
Características :
• Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial.
•Entrega al costado del buque en puerto de embarque convenido
• Comprador designa, paga y asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
FAS - Free Alongside Ship -
FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (…puerto de carga
convenido)
• Tipo de Transporte : Marítimo
34
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FAS
FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (... puerto de carga
convenido)
"Franco al Costado del Buque" significa que el vendedor realiza
la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del
buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir
que el comprador ha de soportar todos los costes y riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde aquel momento.
El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en
aduana para la exportación.
.
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Representa un cambio completo respecto de las ante­riores
versiones de los incoterms, que exigían al com­prador que
organizara el despacho aduanero para la exportación.
Sin embargo, si las partes desean que el comprador
despache la mercancía para la exportación, deben dejarlo
claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el
contrato de compraventa1.
Este término puede usarse únicamente para el transporte
por mar o por vías de navegación interior.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FAS) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FAS)
A1 Suministro de las mercancías de conformidad con el
contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo
con el contrato de compraventa, así como cualquier otra
prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente2 , todos los trámites aduaneros
necesarios para la exportación de las mercancías.
A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación3.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación4.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente5, todos los trámites aduaneros
para la importación de las mercancías y para su tránsito por
cualquier país.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte.
El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el
transporte de las mercancías desde el puerto de embarque
convenido.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación6.
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A4 Entrega
El vendedor debe poner la mercancía al costado del
buque designado por el comprador, en el lugar de carga
fijado por el comprador en el puerto de embarque
convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado y en
la forma acostumbrada en el puerto.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5,
soportar con todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía
cuando haya sido entregada de conformidad con A4.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida y
daño de la mercancía
desde el momento en que haya sido entregada de
conformidad con A4; y
desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del
plazo acordado para la entrega ya sea porque no haya dado
aviso, con arreglo a B7, o porque el buque designado por él
no llegue a tiempo, o no pueda hacerse cargo de la
mercancía o deje de admitir carga antes del tiempo
notificado de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada según el
contrato, es decir clara­mente puesta aparte o identificada
de otro modo como la mer­cancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de
B6, pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía
hasta el momento en que haya sido entregada de
conformidad con A4; y
cuando sea pertinente7, los costes de los trámites
aduaneros, así como todos los derechos,
impuestos y demás cargas exigi­bles a la
exportación.
B6 Reparto de gasto
El comprador debe pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía desde el
momento en que haya sido entregada de conformidad con
A4;
cualquier gasto adicional en que se haya incurrido, bien
porque el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o
no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga
antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque
el comprador no ha dado aviso adecuado conforme a B7,
siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
debida­mente determinada según el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo como
la mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente8, todos los derechos, impuestos y
demás cargas, así como los gastos para realizar los
trámites aduaneros exigibles a la importación de la
mercancía y por su tránsito por cualquier país.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que
la mercancía ha sido entregada al costado del buque
designado.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas
de aquellos, la prueba usual de la entrega de las
mercancías de conformidad con A4.
Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior
sea el documento de transporte, el vendedor deberá
prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este
último, la ayu­da precisa para conseguir un documento de
transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque
negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un
documento de transporte por vías navegables interiores).
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refieren los
párrafos anteriores puede ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el
nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a
respetar.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
acuerdo con A8.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de
ve­rificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con
A4.
El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
sumi­nistrar la mercancía descrita en el contrato sin embalaje)
reque­rido para el transporte de la mercancía, en la medida en que
las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo
modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de
la conclu­sión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser
marca­do adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier
documento o mensaje electrónico equivalente emitido o
transmitido en el país de expedición y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la importación de la mercan­cía y,
si es necesario, para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este
último, la información necesaria para obtener un seguro.
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al
embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del
país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para
obtener los documentos o mensajes electrónicos mencio­nados en
A10 y reembolsar aquéllas en que haya incurrido el vendedor al
prestar su ayuda al respecto.
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
• FOB - Free On Board
FRANCO A BORDO (…puerto de carga convenido)
42
Características :
• Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial.
•Entrega a bordo del buque en puerto de embarque convenido
• Comprador designa, paga y asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO F: Sin pago del transporte principal
FOB - Free On Board
FRANCO A BORDO (…puerto de carga convenido)
• Tipo de Transporte : Marítimo
43
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FOB
FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido)
“Franco A Bordo" significa que el vendedor realiza la
entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque
en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que
el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde aquel punto. El
término FOB exige al vendedor despachar la mercancía en
aduana para la exportación. Este término puede ser
utilizado sólo para el transporte por mar o por vías
navegables interiores. Si las partes no desean que la
entrega de la mercancía se efectúe en el momento que
sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término FCA.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FOB) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FOB)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el
contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo
con el contrato de compraventa, así como cualquier otra
prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente1 , todos los trámites
aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía
A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación2.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación3.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente4, todos los trámites aduaneros para
la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito
por cualquier país.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el
trans­porte de las mercancías desde el puerto de embarque
conve­nido.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación5.
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A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque
designado por el comprador en la fecha o dentro del plazo
acor­dado, en el puerto de embarque convenido y en la forma
acostumbrada en el puerto.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5,
soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía
hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque convenido.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya
sido entregada de conformidad con A4.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía
desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque
en el puerto de embarque convenido, y
desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del
plazo acordado para la entrega, ya sea porque no haya dado
aviso conforme a B7, o porque el buque designado por él no
llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía, o
deja de admitir carga antes del momento notificado de
conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía
haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato,
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6,
pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía hasta
el momento en que haya sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque convenido; y
cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites
aduaneros necesarios para la exportación, así como
todos los derechos, impuestos y demás cargas
exigibles a la exportación.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento
en que haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque convenido; y
cualquier gasto adicional en que haya incurrido, bien porque
el buque designado por él no llega a tiempo, o no puede
hacerse cargo de la mercancía o deja de admitir carga
antes del momento notificado según B7, o bien porque el
comprador no ha dado aviso adecuado, de conformidad
con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya
sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, claramente puesta aparte o identifi­cada de otro
modo como la mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y
demás cargas, así como los gastos para realizar los
trámites aduaneros exigibles a la importación de la
mercancía y por su tránsito por cualquier país.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la
mercancía ha sido entregada de conformidad con A4.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de
aquél, la prueba usual de la entrega de las mercancías de
conformidad con A4.
Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior
sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al
comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la
ayuda precisa para conseguir un documento de transporte
para el contrato de transporte (por ejemplo, un conocimiento
de em­barque negociable, una carta de porte marítimo no
negociable, un documento de transporte por vías navegables
interiores, o un documento de transporte multimodal).
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo
ante­rior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el
nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a
respetar.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo
con A8.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones
de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso,
recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar)
requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en
que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo,
modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor
antes de la conclusión del contrato de compraventa. El
embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener
cualquier documento o mensaje electrónico equivalente
(diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o
transmitido en el país de expedición y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la importación de la mercancía
y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de
este último, la información necesaria para obtener un seguro.
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección
previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada
por las autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos
para obtener de los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que
haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CFR – Cost and Freight
COSTO Y FLETE (…puerto de destino convenido)
50
Características :
• Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial.
•Entrega en puerto de destino convenido.
• Vendedor designa y paga el transporte principal
•Comprador asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CFR – Cost and Freight
COSTO Y FLETE (…puerto de destino convenido)
• Tipo de Transporte : Marítimo
51
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CFR
COSTE Y FLETE ... puerto de destino convenido)
"Coste y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la
mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque.
El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la
mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de pérdida o
daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos
ocurridos después del mo­mento de la entrega, se transmiten del
vendedor al comprador
El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de la mercancía
para la exportación.
Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías
navegables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la
mercancía se efectúe en el momento en que sobrepasa la borda del
buque, debe usarse el término CPT.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CFR) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CFR)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el
contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de
acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier
otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente1, todos los trámites
aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.
A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor deberá contratar en las condiciones usuales y a
sus propias expensas, el transporte de la mercancía al
puerto de destino convenido, por la ruta usual, en un buque
de navegación marítima (o un buque de navegación interior,
según el caso) del tipo normalmente empleado para el
transporte de la mercancía descrita en el contrato.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación2.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y
llevar a cabo, cuando sea pertinente3, todos los trámites
aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito
por cualquier país.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación4.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación5.
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A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque
en el puerto de embarque y en la fecha o dentro del plazo
acordado.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5,
correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la
borda del buque en el puerto de embarque.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía
cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y
recibirla del transportista en el puerto de destino
convenido.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida
y daño de la mercancía desde el momento en que haya
sobrepasado la borda del buque en el puerto de
embarque.
El comprador debe, si no da aviso conforme a B7, correr
con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía
desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración
del período fijado para el embarque, siempre que, no
obstante, la mercancía haya sido debidamente
determinada según el contrato, es decir, claramente
puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en
que haya sido entregada de acuerdo con A4; y
el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluidos los
costes de cargar la mercancía a bordo y cualquier gasto de descarga
en el puerto de destino convenido que fueran por cuenta del
vendedor según el contrato de transporte; y
cuando sea pertinente6, los costes de los trámites aduaneros
necesarios para la exportación, así como todos los derechos,
impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y por su
tránsito por cualquier país si fueran a cargo del vendedor según el
contrato de transporte.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar
todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que
haya sido entregada de acuerdo con A4; y
todos los gastos y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito
hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales gastos y cargas
fueran de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
los gastos de descarga, incluyendo los costes de las gabarras y del
muellaje, salvo que esos costes y cargas fueran a cargo del vendedor
según el contrato de transporte; y
todos los gastos adicionales contraídos, si no da aviso con arreglo a B7,
en relación a la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de
expiración del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante,
la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas,
así como los gastos de llevar a cabo los trámites aduaneros exigibles a la
importación de la mercancía y, si es necesario, por su tránsito por
cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes del contrato
de transporte.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador
aviso suficiente de que la mercancía
ha sido entregada de conformidad
con A4, así como cualquier otra
información que precise el comprador
para adoptar las medidas
normalmente necesarias que le
permitan para recibir la mercancía.
B7 Aviso al comprador
El comprador debe, cuando esté
autorizado para determinar el
momento de embarcar la mercancía
y/o el puerto de destino, dar aviso
suficiente al vendedor al respecto.
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A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas y sin
retraso, al comprador el documento de transporte usual para el
puerto de destino convenido.
Este documento (por ejemplo, un conocimiento de embarque
negociable, una carta de porte marítimo no negociable o un
documento de navegación interior) debe cubrir la mercancía
objeto del contrato, estar fechado dentro del período acordado
para el embarque, legitimar al comprador para reclamar la
mercancía al transportista en el puerto de destino y, salvo que se
haya acordado otra cosa, facultar al comprador para vender la
mercancía en tránsito, transfiriendo el documento a un
comprador posterior (conocimiento de embarque negociable) o
avisando al transportista.
Cuando se emita ese documento de transporte en varios
ejemplares, debe ofrecerse al comprador el juego completo de
originales.
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refieren los párrafos
anteriores puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo
con A8, si es conforme al contrato.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
aquellas operaciones de verificación (como comprobar la
calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de
entregar la mercancía de conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar)
requerido para el transporte de la mercancía ordenado por
él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener
cualquier documento o mensaje electrónico equivalente
(diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o
transmitido en el país de embarque y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier
país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición
suya, la información necesaria para obtener un seguro.
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección
previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea
ordenada por las autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos
en la obtención de los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que
haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CIF – Cost, Insurance and Freight
COSTO, SEGURO Y FLETE (…puerto de destino convenido)
59
Características :
• Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial.
•Entrega en punto de destino
• Vendedor designa y paga el transporte principal
•Comprador asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
CIF – Cost, Insurance and Freight
COSTO, SEGURO Y FLETE (…puerto de destino convenido)
• Tipo de Transporte : Marítimo
60
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CIF
COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino
convenido)
"Coste, Seguro y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de
embarque convenido.
El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la
mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de
pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional
debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se
transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones
CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para
los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía
durante el transporte.
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Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima
correspondiente, El comprador ha de observar que, bajo el término
CIF, el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con
cobertura mínima1. Si el comprador desea mayor cobertura,
necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien
concertar su propio seguro adicional.
El término CIF exige al vendedor despachar la mercancía para la
exportación.
Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o
por vías navegables interiores. Si las partes no desean que la
entrega de la mercancía se efectúe en el momento que sobrepasa
la borda del buque, debe usarse el término CIP.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CIF) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CIF)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo
con el contrato de compraventa, así como cualquier otra
prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener a su propio riesgo y expensas,
cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y
realizar, cuando sea pertinente2, todos los trámites aduaneros
necesarios para la exportación de la mercancía.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo
dispuesto en el contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio
riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial
y llevar a cabo, cuando sea
pertinente3, todos los trámites adua­neros
para la importación de la mercancía y para su
tránsito por cualquier país.
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A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar en las condiciones usuales, a sus
propias expensas, el transporte de la mercancía al puerto de
destino convenido, por la ruta usual, en un buque de
navegación marítima (o un buque de navegación interior,
según el caso) del tipo normalmente usado para el transporte
de la mercancía descrita en el contrato
b) Contrato de seguro
El vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro
de la carga según lo acordado en el contrato, que faculte al
comprador, o a cualquier otra persona que tenga un interés
asegurable sobre la mercancía, para reclamar directamente al
asegurador, y proporcionar al comprador la póliza de seguro u
otra prueba de la cobertura del seguro.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación4.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación5.
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Continuación
A3 Contratos de transporte y seguro
El seguro será contratado con aseguradores o con una
compañía de seguros de buena reputación y, a falta de
acuerdo expreso en contrario, será conforme a la cobertura
mínima prevista por las cláusulas sobre facultades del Instituto
de Aseguradores de Londres (Institute of London Underwriters)
o a cualquier conjunto de cláusulas similar. La duración de la
cobertura del seguro estará de acuerdo con B5 y B4.
El vendedor debe proporcionar, a petición y expesas del
comprador, un seguro contra los riesgos de guerra, huelgas,
motines y disturbios civiles si fuere asequible. El seguro
mínimo cubrirá el precio previsto en el contrato más un diez por
ciento (esto es 110%) y se concertará en la moneda del
contrato.
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A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo
del buque en el puerto de embarque, en la fecha
o dentro del plazo acordado.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones
de B5, correr con todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque.
B4 Recepción de la entrega.
El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía
cuando ­haya sido entregada de conformidad con A4
y recibirla del transportista en el puerto de destino
convenido.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos de
pérdida y daño de la mercancía desde el momento en
que haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque,
El comprador debe, si no ha dado aviso según B7,
correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha
de expiración del período fijado para el embarque,
siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
debidamente determinada según el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía, hasta el momento en
que haya sido entregada de conformidad con A4; y
el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluidos los
costes de cargar la mercancía a bordo del buque; y
los costes de seguro resultantes de A3 b); y
cualesquiera gastos de descarga en el puerto de destino convenido
que sean de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites aduaneros
necesarios para la exportación, así como todos los derechos,
impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y para su
tránsito por cualquier país, si fueran a cargo del vendedor según el
contrato de transporte.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en
que haya sido entregada de acuerdo con A4; y
todos los costes y cargas relativos a la mercancía mientras está en
tránsito hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales costes y
cargas fueran de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
los gastos de descarga, incluyendo los gastos de las gabarras y del
muellaje, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor
según el contrato de transporte; y
todos los gastos contraídos, si no se ha dado aviso conforme a B7, en
relación a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración
del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas,
así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la
importación de la mercancía y, cuando sea necesario, por su tránsito por
cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes previstos
en el contrato de transporte.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al
comprador aviso suficiente de que
la mercancía ha sido entregada de
conformidad con A4, así como
cualquier otra información que
precise el comprador para adoptar
las medidas normalmente
necesarias que le permitan recibir
la mercancía.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, cuando esté
autorizado para determinar el
momento de embarcar la
mercancía y/o el puerto de
destino, dar aviso suficiente al
vendedor al respecto.
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A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El vendedor debe, a sus propias expensas y sin retraso, propor­cionar
al comprador el documento de transporte usual para el puerto de
destino convenido.
Este documento (por ejemplo, un conocimiento de embarque
negociable, una carta de porte marítimo no negociable o un documento
de navegación interior) debe cubrir la mercancía del contrato, estar
fechado dentro del período acordado para el embarque, facultar al
comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de
destino y, salvo que se haya acor­dado otra cosa, autorizar al
comprador para vender la mercan­cía en tránsito transfiriendo el
documento a un comprador poste­rior (conocimiento negociable) o
avisando al transportista.
Cuando ese documento de transporte se emita en varios ejem­plares, el
juego completo de originales debe presentarse al comprador.
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refieren los párrafos
anteriores puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El comprador debe aceptar el documento de transporte de
acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones
de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso,
recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía
según A4.
El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el
em­balaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar)
requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por
él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener
cualquier documento o mensaje electrónico equivalente
(diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o
transmitido en el país de expedición y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier
país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición
suya, la información necesaria para obtener cualquier
seguro complementario.
B9 Inspección de las mercancías
El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección
previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada
por las autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que
haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de éste
último la información necesaria para obtener un seguro.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CPT – Carriage Paid To
TRANSPORTE PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido)
71
Características :
• Puede utilizarse en todo tipo de transporte.
•Entrega en punto de destino
• Vendedor designa y paga el transporte principal
•Comprador asume el riesgo del transporte principal.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CPT – Carriage Paid To
TRANSPORTE PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido)
• Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte.
72
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CPT
TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino
convenido)
”Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la
mercancía cuando la pone a disposición del transportista designa­do por él;
pero, además, que debe pagar los costes del transporte necesario para llevar
la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume
todos los riesgos y cualquier otro coste contraídos después de que la
mercancía hayan sido así entregada.
“Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de trans­porte,
se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril,
carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una com­binación de esos
modos.
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Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al destino
con­venido, el riesgo se transmite cuando la mercancía se ha entregado al
primer porteador.
El término CPT exige que el vendedor despache la mercancía de adua­na
para la exportación.
Este término puede emplearse con independencia del modo de
trans­porte, incluyendo el transporte multimodal.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CPT) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CPT)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad
con el contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la
factura comercial, o su mensaje electrónico
equivalente, de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de
conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, cualquier licencia de exportación u
otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando
sea pertinente1, todos los trámites aduaneros
necesarios para la exportación de la mercancía.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto
en el contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, cualquier licencia de importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente3,
todos los trámites aduaneros para la importación de
la mercancía y para su tránsito por cualquier país.
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A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar en las
condiciones usuales a sus propias
expensas, el transporte de la mercancía al
punto acordado en el lugar de destino
convenido, por una ruta usual y en la forma
acostumbrada. Si ningún punto se ha
acordado o no lo determina la práctica, el
vendedor puede elegir el punto en el lugar
de destino convenido que mejor se adecue
a su conveniencia.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación2.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación4.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación5.
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A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
contratado de conformidad con A3 a) o, si hay porteadores
su­cesivos, al primer porteador, para el transporte hasta el
punto acordado en el lugar convenido, y en la fecha o
dentro del perío­do acordados.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5,
soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía hasta el momento en que haya sido entregada
según A4.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía
cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y
recibirla del transportista en el lugar convenido.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía desde el momento en que haya sido
entregada según A4.
El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, correr
con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha
acordada o desde la fecha de expiración del período fijado
para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía
haya sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento
en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el
flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluyendo los
costes de cargar la mercancía y cualquier gasto de descarga en el
lugar de destino que fueran por cuenta del vendedor según el
contrato de transporte; y
cuando sea pertinente6 , los costes de los trámites aduaneros
necesarios para la exportación, así como todos los derechos,
impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y para su
tránsito por cualquier país si fueran por cuenta del vendedor,
según el contrato de transporte.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que ha
sido entregada de acuerdo con A4; y
todos los gastos y cargas relativos a la mercancía mientras está en
tránsito hasta su llegada al lugar de destino convenido, salvo que tales
gastos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de
transporte; y
los gastos de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por
cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mercancía, si
no da aviso con arreglo a B7, desde la fecha acordada o desde la fecha
de expiración del período fijado para la expedición, siempre que, no
obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas,
así como los costes para realizar los trámites aduaneros exigibles a la
importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo
que estén incluidos dentro de los costes previstos en el contrato de
transporte.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que
la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así
como cualquier otra información que precise el comprador
para adop­tar las medidas normalmente necesarias que le
permitan recibir la mercancía.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al
comprador, si es costumbre, el documento o los documentos
de transporte usuales (por ejemplo, un conocimiento de
embarque negociable, una carta de porte marítimo no
negociable, un documento de navegación interior, una carta
de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota
de entrega de transporte por carretera o un documento de
transporte multimodal) para el transporte contratado de
conformidad con A3.
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo
anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el
momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso
suficiente al vendedor al respecto.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe aceptar el documento de transporte de
acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de
verificación (como comprobar la calidad, medida, peso,
recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el
em­balaje (a menos que sea usual en el tráfico específico
enviar la mercancía descrita en el contrato sin embalar)
requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él.
El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener
cualquier documento o mensaje electrónico equivalente
(diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido
en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda
requerir para la importación de la mercancía y para su tránsito
por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de
este último, la información necesaria para obtener un seguro.
B9 Inspección de las mercancías
El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa
al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las
autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para
obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes
mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido
el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CIP – Carriage and Insurance Paid
TRANSPORTE y SEGURO PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido)
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GRUPO C: Con pago del transporte principal
• CIP – Carriage and Insurance Paid
TRANSPORTE y SEGURO PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido)
• Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte.
82
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CIP
TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido)
"Transporte y Seguro Pagados hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de
la mercancía cuando la pone a disposición del transpor­tista designado por él
mismo pero, debe pagar, además, los costes del transporte necesario para llevar la
mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los
riesgos y cualquier otro coste adicional que se produzca después de que la
mercancía haya sido así entregada. No obstante, bajo el término CIP el vendedor
también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la
pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro. El
comprador debe observar que, según el término CIP, se exige al vendedor conseguir
un seguro sólo con cobertura mínima1. Si el com­prador desea tener la protección
de una cobertura mayor, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien
concertar un seguro complementario.
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"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se
compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera,
aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos de
transporte.
Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al lugar de destino
convenido, el riesgo se transmite cuando las mercancías se hayan entregado al
primer porteador.
El término CIP exige que el vendedor despache la mercancía de adua­na para la
exportación.
Este término puede emplearse con independencia del modo de trans­porte,
incluyendo el transporte multimodal.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CIP) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CIP)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con
el contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la
factura comer­cial, o su mensaje electrónico
equivalente, de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de
conformidad que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, cualquier licencia de exportación u otra
autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea
pertinente2, todos los trámites aduaneros
necesarios para la exportación de la mercancía.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo
dispuesto en el contrato de compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo
y expensas, cualquier licencia de importación u
otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente3, todos los trámites aduaneros para
la importación de la mercancía y para su
tránsito
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A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar en las condiciones
usuales y a sus propias expensas, el transporte de la
mercancía al punto acor­dado del lugar de destino
convenido, por una ruta usual y en la forma
acostumbrada. Si un punto no se ha acordado o no lo
de­termina la práctica, el vendedor puede elegir el
punto del lugar de destino convenido que mejor se
adecue a sus conveniencia.
b) Contrato de seguro
El vendedor debe obtener, a sus propias expensas,
un seguro de la carga según lo acordado en el
contrato, que faculte al comprador o a cualquier otra
persona que tenga un interés ase­gurable sobre la
mercancía, para reclamar directamente al
ase­gurador, debiendo además proporcionar al
comprador la póliza de seguro u otra prueba de la
cobertura del seguro.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación4.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación5.
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El seguro será contratado con aseguradores
o con una compañía de seguros de buena
reputación y, a falta de acuerdo expreso en
contrario, será conforme a la cobertura
mínima prevista por las cláusulas sobre
facultades del Instituto de Aseguradores de
Londres (Institute of London Underwriters) o
con cualquier con­junto de cláusulas similar.
La duración de la cobertura del seguro habrá
de estar de acuerdo con B5 y B4.
A petición del comprador y a sus expensas,
el vendedor propor­cionara, un seguro contra
los riesgos de guerras, huelgas, moti­nes y
disturbios civiles si fuere asequible. El seguro
mínimo cu­brirá el precio previsto en el
contrato más un diez por ciento (esto es,
110%) y será concertado en la moneda del
contrato.
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A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía al
transportista contratado de conformidad con A3 a) o, si
hay transportistas sucesivos, al primer porteador, para
su transporte hasta el punto acordado del lugar
convenido, en la fecha o dentro del período acordados.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de
B5, sopor­tar todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía
cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y
recibirla del transportista en el lugar convenido.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía desde el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7,
soportar todos los riesgos sobre la mercancía desde la
fecha acordada o desde la fecha de expiración del período
fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada según el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada
de otro modo como la mercancía objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el mo­mento
en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el
flete y todos los demás costes resultantes de A3 a), incluidos los
de cargar la mercancía y cualquier gasto de des­carga en el lugar
de destino que fuera por cuenta del vendedor según el contrato de
transporte; y
los gastos del seguro resultantes de A3 b); y
cuando sea pertinente6, los costes de los trámites aduaneros
necesarios para la exportación, así como todos los derechos,
impuestos y demás cargas exigibles a la exportación y por el
tránsito de la mercancía por cualquier país, si fueran por cuen­ta
del vendedor según el contrato de transporte.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar:
todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que
haya sido entregada de acuerdo con A4; y
todos los costes y cargas relativos a la mercancía mientras está en
tránsito y hasta su llegada al lugar de destino conve­nido, salvo que
tales costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el
contrato de transporte; y
los costes de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por
cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
todos los gastos adicionales contraídos en relación con la
mer­cancía, si no da aviso según B7, desde la fecha acordada o
desde la fecha de expiración del período fijado para la expedi­ción,
siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debi­damente
determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o
identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y
cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y de­más
cargas, así como los costes para llevar a cabo los trámites aduaneros
exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por
cualquier país, salvo que estén previstos como tales en el contrato de
transporte.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la
mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así
como cualquier otra información que precise el comprador
para adop­tar las medidas normalmente necesarias que le
permitan recibir la mercancía.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del
primero, si es costumbre, el documento o los documentos de
transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque
nego­ciable, una carta de porte marítimo no negociable, un
documento de navegación interior, una carta de porte aéreo,
un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de
transporte por carretera o un documento de transporte
multimodal) para el transporte contratado de conformidad con
A3.
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
elec­trónicamente, el documento a que se refiere el párrafo
anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el
momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso
suficiente al vendedor al respecto.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe aceptar el documento de transporte de
acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
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A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de
verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuen­to)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformi­dad
con A4.
El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el
embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar la
mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el
transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser
marcado adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y
expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier
documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de
aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de
expedición y/o de origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y para su tránsito por cual­quier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este
último, la información necesaria para obtener cualquier seguro
complementario,
B9 Inspección de la mercancía
El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al
embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las
autoridades del país de exportación.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para
obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes
mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el
vendedor al prestar su ayuda al respecto.
El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de este último,
la información necesaria para obtener cualquier seguro
complementario.
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GRUPO D: Llegada
• DAF – Delivery at Frontier
ENTREGADA EN FRONTERA… (…lugar convenido)
92
Características :
•Entrega en lugar de frontera acordado antes de la aduana fronteriza.
• Vendedor designa y paga el transporte principal
• Vendedor asume el riesgo del transporte principal.
•Utilizado en cualquier modo de transporte cuando la frontera sea terrestre.
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GRUPO D: Llegada
• DES – Delivery Ex Ship
ENTREGADA SOBRE BUQUE… (…puerto de destino convenido)
93
Características :
•Entrega cuando se encuentra a bordo del buque en puerto de destino acordado
• Vendedor designa y paga el transporte principal
• Vendedor asume el riesgo del transporte principal.
•Utilizado en transporte marítimo, fluvial o multimodal donde su último modo de
transporte sea marítimo o fluvial.
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GRUPO D: Llegada
• DEQ – Delivery Ex QUAY
ENTREGADA EN MUELLE… (…puerto de destino convenido)
94
Características :
•Entrega cuando mercancía es puesta en el muelle del puerto de destino acordado
• Vendedor designa y paga el transporte principal
• Vendedor asume el riesgo del transporte principal.
•Utilizado en transporte marítimo, fluvial o multimodal donde su último modo de
transporte sea marítimo o fluvial.
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GRUPO D: Llegada
• DDU – Delivery Duty Unpaid
ENTREGADA DERECHOS NO PAGADOS… (…lugar de destino convenido)
95
Características :
•Entrega cuando mercancía es puesta en el lugar de destino convenido sin incluir
gastos de aduana y descarga del medio de transporte.
• Vendedor designa y paga el transporte principal
• Vendedor asume el riesgo del transporte principal.
•Utilizado en cualquier modo de transporte.
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GRUPO D: Llegada
• DDP – Delivery Duty Paid
ENTREGADA DERECHOS PAGADOS… (…lugar de destino convenido)
96
Características :
•Es el de mayor obligación y riesgos para el vendedor.
•Utilizado en cualquier modo de transporte.
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GRUPO D: Llegada
• DDP – Delivery Duty Paid
ENTREGADA DERECHOS PAGADOS… (…lugar de destino convenido)
• Tipo de Transporte : Todo tipo.
97
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DDP
ENTREGADA DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino
convenido)
"Entregada Derechos Pagados" significa que el vendedor realiza la entrega de
la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada
de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido.
El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos contraídos al llevar la
mercancía hasta aquel lugar, incluyendo, cuando sea pertinente1, cualquier
"derecho" (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar
los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas,
impuestos y otras cargas) exigibles a la importación en el país de destino.
Mientras que el término EXW representa la menor obligación para el
vendedor, DDP representa la obligación máxima.
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Este término no debe usarse si el vendedor no puede, ni directa ni indirectamente,
obtener la licencia de importación.
Sin embargo, si las partes desean excluir de las obligaciones del vendedor algunos de
los costes exigibles a la importación de la mercancía (como el impuesto de valor
añadido: IVA), deben dejarlo claro incluyendo expresiones explícitas en ese sentido en
el contrato de compraventa2.
Si las partes desean que el comprador asuma todos los riesgos y costes de la
importación, debe usarse el término DDU.
Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero
cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o sobre
muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ.
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A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (DDP) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (DDP)
A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el
contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comer­cial,
o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato
de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad
que pueda exigir el contrato.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas,
cualesquiera licencias de exportación e importación y otra
autorización oficial, así como cualesquiera otros documentos, y
llevar a cabo, cuando sea pertinente3, todos los trámites
adua­neros necesarios para la exportación de la mercancía, para
su tránsito por cualquier país y para su importación.
A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar, a sus propias expensas, el trans­porte
de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda
ningún punto específico o no lo determina la práctica, el vendedor
puede elegir el punto del lugar de destino conve­nido que mejor se
adecue a su conveniencia.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación4.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de
compraventa.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El comprador debe prestar al vendedor, a petición, riesgo y a expensas
de este último, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente5,
cualquier licencia de importación u otra autorización oficial necesaria
para la importación de la mercancía.
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación6.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación7.
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A4 Entrega
El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o
de otra persona designada por el comprador, so­bre los medios de
transporte utilizados y no descargados, a su llegada al lugar de
destino convenido, en la fecha o dentro del período acordado para la
entrega.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar
todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento en que haya sido entregada según A4.
B4 Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando se
haya entregado de acuerdo con A4.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada
según A4.
El comprador debe, si omite cumplir sus obligaciones de acuerdo
con B2, soportar los riesgos adicionales de pérdida o daño de la
mercancía provocados por tal causa.
El comprador debe, si omite dar aviso según B7, soportar todos
los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha
acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la
entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente
puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía
objeto del contrato.
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A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6,
pagar:
además de los gastos resultantes de A3 a), todos los
gastos relativos a la mercancía hasta el momento en
que haya sido entregada de acuerdo con A4; y
cuando sea pertinente8, los costes de los trámites
aduaneros necesarios para la exportación e
importación, así como todos los derechos, impuestos y
demás cargas exigibles a la exportación e importación
de la mercancía y por su tránsito por cualquier país
antes de la entrega de acuerdo con A4.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe pagar:
todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4;
y
todos los gastos adicionales contraídos si no cumple sus
obligaciones de acuerdo con B2, o si no da aviso de
acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía
haya sido debidamente determinada según el contrato, es
decir, clara­mente puesta aparte o identificada de otro
modo como la mercancía objeto del contrato.
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A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la
expedición de la mercancía, así como cualquier otra
infor­mación que precise el comprador para adoptar las
medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la
entrega de la mercancía.
A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente
El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del
primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte
usual (por ejemplo, un conocimiento de embarque
negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un
documento de navegación interior, una carta de porte aéreo,
un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de
transporte por carretera o un documento de transporte
multimodal) que pueda requerir el comprador para recibir la
entrega de la mercancía de acuerdo con A4/B4.
Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse
elec­trónicamente, el documento a que se refiere el párrafo
anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio
electrónico de datos (EDI) equivalente.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el
momento, dentro del período acordado, y/o el punto de recep­ción
de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso
suficiente al respecto.
B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje
electrónico equivalente
El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de
transporte apropiado de acuerdo con A8.
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Capacitacion incoterms 2010 - enero 2011

  • 1. INCOTERMS 2010 Entrada en vigor el 1 de Enero del 2011 Instructor: Raul Palma 1 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 2. ¿ Qué significa INCOTERMS ? International Commerce Terms o Condiciones Internacionales de Comercio o Términos Internacionales de Comercio 2 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 3. CAMARA INTERNACIONAL DE COMERCIO (ICC) – Establece y normaliza una serie de condiciones de entrega (INCOTERMS), que son definidas conjuntamente entre el comprador y el vendedor. – Fin de evitar problemas de las distintas prácticas comerciales, – Publicadas por primera vez en 1936 – Enmiendas y adiciones en los años 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y la última revisión denominada 2010, a fin de actualizarlos con respecto a las recientes prácticas comerciales internacionales. 3 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 4. FINALIDAD DE LOS INCOTERMS (ICC) • No determinan la propiedad de una mercancía, este punto debe ser previsto en otra cláusula en el contrato de venta. • Determinan el punto exacto de la transferencia del riesgo del cuidado y la responsabilidad de la entrega de la mercancía entre vendedor y comprador. • Establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos utilizados en el comercio internacional. • Evitar incertidumbre por las distintas interpretaciones de tales términos en diferentes países. 4 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 5. CONDICIONES DE ENTREGA • Forma en que ha de ser entregada la mercancía, • Especifican obligaciones del comprador y vendedor: gastos y riesgos • El precio de compra, por lo tanto, se refiere siempre a las condiciones de entrega. • Son responsabilidades compartidas entre comprador y vendedor de acuerdo al término pactado (regla INCOTERMS) • Estandarizados por la Cámara de Comercio Internacional –ICC- de la siguiente manera: 5 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 6. CONDICIONES DE ENTREGA OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (A): A1. Obligaciones generales del vendedor. Ø Factura comercial Ø Lista de empaque Ø Aviso electrónico si así se acuerda o es usual en la rama de comercio de que se trate Ø Cualquier documento a que se haga referencia en la INCOTERMS utilizada. A2. Licencias, autorizaciones y acreditaciones de seguridad y otras formalidades. A3. Contrato de transporte y seguro. A4. Entrega de la mercancía en el tiempo y lugar previstos. A5. Transmisión de riesgos. A6. Reparto de costos (gastos). A7. Avisar al comprador sobre la disponibilidad de la mercancía. A8. Documentos de entrega (documento de transporte, póliza de seguro, licencias, certificados, permisos, etc.). A9. Comprobación embalaje y marcado de modo adecuado al transporte elegido. A10. Ayuda con la información y costos relacionados. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (B): B1. Obligaciones generales del comprador Ø Pago del precio de la mercancía Ø Aviso electrónico si así se acuerda o es usual en la rama de comercio de que se trate Ø Cualquier documento a que se haga referencia en la INCOTERMS utilizada. B2. Licencias, autorizaciones y acreditaciones de seguridad y otras formalidades. B3. Contrato de transporte y seguro. B4. Recepción de la entrega. B5. Transmisión de riesgos. B6. Reparto de costos (gastos). B7. Aviso al vendedor de la recepción de la mercancía. B8. Prueba de la entrega (aceptación del documento de entrega emitido por el vendedor). B9. Inspección de la mercancía. B10. Ayuda con la información y costos relacionados. 6 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 7. MODALIDADES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL • Se realiza entre personas que tienen sus establecimientos en distintos países. • Suele ir acompañado de otros contratos accesorios pero necesarios para hacer llegar las mercancías al comprador y para hacer llegar el pago del precio al vendedor: – contrato de transporte de las mercancías y – contrato de seguro por riesgos – contrato bancario (por ejemplo: una carta de crédito) – otros contratos, como fianzas o un contrato de servicios de inspección de las mercancías • La obligación principal que produce el contrato de compraventa es la entrega de las mercancías. • Diversas maneras de entrega según lo convengan las partes, en las modalidades del contrato de compraventa internacional definidas en los INCOTERMS. 7 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 8. MODALIDADES POR RAZÓN DE LA ENTREGA DE LAS MERCANCÍAS De acuerdo a lo que indica Eiscmann: • LA ENTREGA ES DIRECTA el vendedor entrega las mercancías al mismo comprador, poniéndolas a su disposición en su almacén o fabrica, o en algún otro lugar convenido, como un puerto, una frontera o incluso el propio almacén del comprador. Las modalidades de los grupos E y D de INCOTERMS son de entrega directa. • LA ENTREGA ES INDIRECTA el vendedor entrega las mercancías a un transportista, quien las recibe a nombre del comprador, sea el transportista elegido y contratado por el vendedor (modalidades C), o por el comprador (modalidades F). 8 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 9. TIPOS DE CONDICIONES DE ENTREGA SEGÚN INCOTERMS 2000-2010: Modalidades de entrega definidas en los INCOTERMS que, desde su versión del 2000, se agrupan en cuatro categorías: E, F, C y D básicamente diferentes: • Término “E”: EXW: El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en sus propios locales, NO TENIENDO NINGUNA OTRA OBLIGACIÓN PARA CON EL COMPRADOS (ni siquiera la carga de la mercancía al medio de transporte). • Términos “F”: FCA, FAS y FOB: Al vendedor se encarga de entregar la mercancía al medio de transporte escogido por el comprador en el lugar de entrega designado, en la fecha acordada o dentro del plazo acordado. 9 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 10. TIPOS DE CONDICIONES DE ENTREGA SEGÚN INCOTERMS 2000-2010: • Términos “C”: CFR, CIF, CPT y CIP: El vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales debidos a hechos acaecidos después de la carga y despacho. • Términos “D”: DAF, DES, DEQ, DDU, DAT, DAP y DDP: El vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino. ü Las cuatro categorías se mantienen, ü En los términos “D” se eliminan las Incoterms DES, DEQ, DDU Y DAF ü Se crean los nuevos términos DAT y DAP. ü De 13 que eran anteriormente, se reduce a 11. ü El concepto de transmisión de riesgos en los términos “C” y “F” la condición: “paso de la cubierta del buque”, ha sido cambiada por “colocación de la mercancía a bordo del buque”. 10 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 11. 11 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 12. 12 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 13. En cada uno de los términos Incoterms se incluye la siguiente ilustración, para una mejor comprensión de los aspectos que determinan. 13 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 14. GRUPO E: Salida • EXW - Ex Works - EN FÁBRICA 14 Características: • Mínima Obligación para el Vendedor PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 15. GRUPO E: Salida 15 Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte Es el único en el que los trámites aduaneros de exportación corren por cuenta del comprador (importador) PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 16. EXW EN FABRICA (... lugar convenido) "En Fábrica" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el estableci­miento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor. Este término define, así, la menor obligación del vendedor, debiendo el comprador asumir todos los costes y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 17. Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabilice de la carga de la mercancía a la salida y que asuma los riesgos y todos los costes de tal operación deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa1. Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las formalidades de exportación, ni directa ni indirectamente. En tales circunstancias, debería emplearse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 18. A) OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (EXW) B) OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (EXW) A1x Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades. El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente2, cualquier licencia de exportación u otra autoriza­ción oficial necesarias para exportar la mercancía. A3 Contratos de transporte y seguro. a) Contrato de transporte Ninguna obligación3 b) Contrato de seguro Ninguna obligación4 B1 Pago del precio. El comprador debe pagar el precio según lo previsto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades. El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, las licencias de exportación e importación o cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente5 , los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación6 . b) Contrato de seguro Ninguna obligación7. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 19. A4 Entrega. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el lugar de entrega convenido, sin cargar el vehículo receptor, en la fecha o dentro del plazo acordados o, si no se ha acordado ese momento, en la fecha usual de entrega de esa mercancía. Si no se ha determinado un punto específico dentro del lugar convenido, y si hay diversos puntos disponibles, el vendedor puede elegir el lugar de entrega que mejor se acomode a su conveniencia. A5 Transmisión de riesgos. El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4. B4 Recepción de la entrega. El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/B7. B5 Transmisión de riesgos. El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo fijado para recibir la entrega, porque no haya dado aviso de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 20. A6 Reparto de gastos. El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6, pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B6 Reparto de gastos. El comprador debe pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y cualquier gasto adicional contraído bien por no recibir la entrega de la mercancía cuando ésta fue puesta a su disposición, o por no dar el aviso apropiado conforme a B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente9, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la exportación. El comprador debe reembolsar todos los costes y cargas contraídos por el vendedor al prestar su ayuda de conformidad con A2. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 21. A7 Aviso al comprador. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente acerca de cuándo y dónde la mercancía será puesta a su disposición. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente. Ninguna obligación8. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de poner la mercancía a disposición del comprador. El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico suministrar la mercancía descrita en el contrato sin embalaje) requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades, destino) sean hechas conocer al vendedor antes de que se haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al vendedor. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe proporcionar al vendedor prueba adecuada de haber recibido la entrega. B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 22. A10 Otras obligaciones. El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la exportación y/o la importación de las mercancías y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. B10 Otras obligaciones. El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equiva­lentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 23. GRUPO F: Sin pago del transporte principal • FCA - Free Carrier FRANCO TRANSPORTISTA (…lugar convenido) 23 Características : • Entrega en Punto de Embarque. • Comprador designa y paga el Transporte. • Comprador asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 24. GRUPO F: Sin pago del transporte principal FCA - Free Carrier - FRANCO TRANSPORTISTA (…lugar convenido) • Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte, excepto marítimo. 24 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 25. FCA FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar convenido) “Franco Transportista" significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga. Este término puede emplearse con cualquier modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 26. “Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos. Si el comprador designa a una persona diversa del transportista para recibir la mercancía, se considera que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando la entrega a esa persona. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 27. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FCA) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FCA) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente1, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de las mercancías A3 Contratos de transporte y seguro. a) Contrato de transporte Ninguna obligación2. Sin embargo, si es requerido por el comprador o si es práctica comercial y el comprador no da instrucciones en sentido contrario con la debida antelación, el vendedor puede contratar el transporte en las condiciones usuales, a riesgo y expensas del comprador. En cualquier caso, el vendedor puede rehusar concluir el contrato y, en ese caso, lo comunicará rápidamente al comprador. b) Contrato de seguro Ninguna obligación3. B1 Pago del precio. El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, de cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente4, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía desde el lugar convenido, excepto cuando el contrato de transporte es concertado por el vendedor tal como se prevé en A3 a). b) Contrato de seguro. Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 28. A4 Entrega. El vendedor debe entregar la mercancía al transportista o a otra persona designada por el comprador, o elegida por el vendedor de conformidad con A3 a), en el lugar convenido y en la fecha o dentro del período acordado para la entrega. La entrega se completa: a) Si el lugar acordado es el local del vendedor, cuando la mercancía ha sido cargada en el medio de transporte propor­cionado por el transportista designado por el comprador o por otra persona que actúa por su cuenta. b) Si el lugar acordado es cualquier otro diverso de a), cuando la mercancía se pone a disposición del transportista o de otra persona designada por el comprador, o elegida por el vendedor de conformidad con A3 a), en los medios de transporte del vendedor no descargados. Si no se ha designado ningún punto específico dentro del lugar acordado, y si hay diversos puntos disponibles, el vendedor puede elegir el punto del lugar de entrega que mejor se adecue a su conveniencia. A falta de instrucciones precisas del compra­dor, el vendedor puede entregar la mercancía para el transporte en la forma que lo requiera el modo de transporte y/o la cantidad y/o la naturaleza de la mercancía. B4 Recepción de la entrega El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 29. A5 Transmisión de riesgos. El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B5 Transmisión de riesgos. El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida y daño de las mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para la entrega, bien porque no haya designado al transportista o a otra persona de conformidad con A4, o bien porque el transportista o la parte designada por el comprador no se hacen cargo de la mercancía en el momento acordado, o porque el comprador omite dar aviso suficiente con arreglo a B7, siempre que, no obstante, la mer­cancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 30. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites aduaneros, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que las mercancías han sido entregadas según A4. Si el transportista no recibe la entrega de conformidad con A4 en el momento acordado, el vendedor debe avisar al comprador al respecto. B6 Reparto de gastos El comprador debe pagar: todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y cualquier gasto adicional contraído, bien porque no designa al transportista o a otra persona nombrada de conformidad con A4 o bien porque la parte designada por el comprador no se hace cargo de la mercancía en el momento acordado, o porque no da el aviso suficiente de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y de­más cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país. B7 Aviso al vendedor El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre de la parte designada según A4 y, cuando sea necesario, especificar el modo de transporte, así como la fecha o plazo dentro del que debe entregársele la mercancía y, llegado el caso, el punto dentro del lugar en que las mercancías deberían ser entregadas a aquella parte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 31. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, la prueba usual de la entrega de las mercancías de conformidad con A4 Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al com­prador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para conseguir un documento de transporte para el contrato de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal). Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 32. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar las mercancías descritas en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclusión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto y al contratar el transporte de conformidad con A3 a). El comprador debe dar al vendedor las instrucciones adecuadas cuando se requiera la ayuda de éste último para contratar el transporte de conformidad con A3 a). PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 33. GRUPO F: Sin pago del transporte principal • FAS - Free Alongside Ship FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (…puerto de carga convenido) 33 Características : • Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial. •Entrega al costado del buque en puerto de embarque convenido • Comprador designa, paga y asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 34. GRUPO F: Sin pago del transporte principal FAS - Free Alongside Ship - FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (…puerto de carga convenido) • Tipo de Transporte : Marítimo 34 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 35. FAS FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (... puerto de carga convenido) "Franco al Costado del Buque" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación. . PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 36. Representa un cambio completo respecto de las ante­riores versiones de los incoterms, que exigían al com­prador que organizara el despacho aduanero para la exportación. Sin embargo, si las partes desean que el comprador despache la mercancía para la exportación, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa1. Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías de navegación interior. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 37. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FAS) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FAS) A1 Suministro de las mercancías de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente2 , todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de las mercancías. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación3. b) Contrato de seguro Ninguna obligación4. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente5, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte. El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el transporte de las mercancías desde el puerto de embarque convenido. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación6. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 38. A4 Entrega El vendedor debe poner la mercancía al costado del buque designado por el comprador, en el lugar de carga fijado por el comprador en el puerto de embarque convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado y en la forma acostumbrada en el puerto. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B4 Recepción de la entrega El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega ya sea porque no haya dado aviso, con arreglo a B7, o porque el buque designado por él no llegue a tiempo, o no pueda hacerse cargo de la mercancía o deje de admitir carga antes del tiempo notificado de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir clara­mente puesta aparte o identificada de otro modo como la mer­cancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 39. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y cuando sea pertinente7, los costes de los trámites aduaneros, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigi­bles a la exportación. B6 Reparto de gasto El comprador debe pagar: todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; cualquier gasto adicional en que se haya incurrido, bien porque el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado conforme a B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debida­mente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente8, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 40. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada al costado del buque designado. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de las mercancías de conformidad con A4. Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor deberá prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayu­da precisa para conseguir un documento de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de transporte por vías navegables interiores). Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refieren los párrafos anteriores puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 41. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de ve­rificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico sumi­nistrar la mercancía descrita en el contrato sin embalaje) reque­rido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclu­sión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marca­do adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercan­cía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos mencio­nados en A10 y reembolsar aquéllas en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 42. GRUPO F: Sin pago del transporte principal • FOB - Free On Board FRANCO A BORDO (…puerto de carga convenido) 42 Características : • Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial. •Entrega a bordo del buque en puerto de embarque convenido • Comprador designa, paga y asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 43. GRUPO F: Sin pago del transporte principal FOB - Free On Board FRANCO A BORDO (…puerto de carga convenido) • Tipo de Transporte : Marítimo 43 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 44. FOB FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido) “Franco A Bordo" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento que sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término FCA. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 45. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (FOB) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (FOB) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente1 , todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación2. b) Contrato de seguro Ninguna obligación3. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente4, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el trans­porte de las mercancías desde el puerto de embarque conve­nido. b) Contrato de seguro Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 46. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en la fecha o dentro del plazo acor­dado, en el puerto de embarque convenido y en la forma acostumbrada en el puerto. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. B4 Recepción de la entrega El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido, y desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega, ya sea porque no haya dado aviso conforme a B7, o porque el buque designado por él no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía, o deja de admitir carga antes del momento notificado de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato, PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 47. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación. B6 Reparto de gastos El comprador debe pagar: todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y cualquier gasto adicional en que haya incurrido, bien porque el buque designado por él no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o deja de admitir carga antes del momento notificado según B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado, de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identifi­cada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 48. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquél, la prueba usual de la entrega de las mercancías de conformidad con A4. Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para conseguir un documento de transporte para el contrato de transporte (por ejemplo, un conocimiento de em­barque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de transporte por vías navegables interiores, o un documento de transporte multimodal). Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo ante­rior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 49. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo, modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclusión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener de los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 50. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CFR – Cost and Freight COSTO Y FLETE (…puerto de destino convenido) 50 Características : • Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial. •Entrega en puerto de destino convenido. • Vendedor designa y paga el transporte principal •Comprador asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 51. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CFR – Cost and Freight COSTO Y FLETE (…puerto de destino convenido) • Tipo de Transporte : Marítimo 51 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 52. CFR COSTE Y FLETE ... puerto de destino convenido) "Coste y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del mo­mento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de la mercancía para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en que sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término CPT. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 53. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CFR) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CFR) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente1, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor deberá contratar en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de navegación interior, según el caso) del tipo normalmente empleado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato. b) Contrato de seguro Ninguna obligación2. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente3, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación4. b) Contrato de seguro Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 54. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque y en la fecha o dentro del plazo acordado. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. B4 Recepción de la entrega El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. El comprador debe, si no da aviso conforme a B7, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 55. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluidos los costes de cargar la mercancía a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino convenido que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y cuando sea pertinente6, los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y por su tránsito por cualquier país si fueran a cargo del vendedor según el contrato de transporte. B6 Reparto de gastos El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y todos los gastos y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales gastos y cargas fueran de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y los gastos de descarga, incluyendo los costes de las gabarras y del muellaje, salvo que esos costes y cargas fueran a cargo del vendedor según el contrato de transporte; y todos los gastos adicionales contraídos, si no da aviso con arreglo a B7, en relación a la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos de llevar a cabo los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y, si es necesario, por su tránsito por cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes del contrato de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 56. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan para recibir la mercancía. B7 Aviso al comprador El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 57. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas y sin retraso, al comprador el documento de transporte usual para el puerto de destino convenido. Este documento (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable o un documento de navegación interior) debe cubrir la mercancía objeto del contrato, estar fechado dentro del período acordado para el embarque, legitimar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y, salvo que se haya acordado otra cosa, facultar al comprador para vender la mercancía en tránsito, transfiriendo el documento a un comprador posterior (conocimiento de embarque negociable) o avisando al transportista. Cuando se emita ese documento de transporte en varios ejemplares, debe ofrecerse al comprador el juego completo de originales. Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refieren los párrafos anteriores puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 58. A9 Comprobación - embalaje - marcado aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de embarque y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición suya, la información necesaria para obtener un seguro. B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos en la obtención de los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 59. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CIF – Cost, Insurance and Freight COSTO, SEGURO Y FLETE (…puerto de destino convenido) 59 Características : • Sólo puede utilizarse en transporte marítimo o fluvial. •Entrega en punto de destino • Vendedor designa y paga el transporte principal •Comprador asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 60. GRUPO C: Con pago del transporte principal CIF – Cost, Insurance and Freight COSTO, SEGURO Y FLETE (…puerto de destino convenido) • Tipo de Transporte : Marítimo 60 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 61. CIF COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino convenido) "Coste, Seguro y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 62. Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente, El comprador ha de observar que, bajo el término CIF, el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima1. Si el comprador desea mayor cobertura, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional. El término CIF exige al vendedor despachar la mercancía para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento que sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término CIP. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 63. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CIF) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CIF) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente2, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente3, todos los trámites adua­neros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 64. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de navegación interior, según el caso) del tipo normalmente usado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato b) Contrato de seguro El vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador, o a cualquier otra persona que tenga un interés asegurable sobre la mercancía, para reclamar directamente al asegurador, y proporcionar al comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del seguro. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación4. b) Contrato de seguro Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 65. Continuación A3 Contratos de transporte y seguro El seguro será contratado con aseguradores o con una compañía de seguros de buena reputación y, a falta de acuerdo expreso en contrario, será conforme a la cobertura mínima prevista por las cláusulas sobre facultades del Instituto de Aseguradores de Londres (Institute of London Underwriters) o a cualquier conjunto de cláusulas similar. La duración de la cobertura del seguro estará de acuerdo con B5 y B4. El vendedor debe proporcionar, a petición y expesas del comprador, un seguro contra los riesgos de guerra, huelgas, motines y disturbios civiles si fuere asequible. El seguro mínimo cubrirá el precio previsto en el contrato más un diez por ciento (esto es 110%) y se concertará en la moneda del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 66. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo acordado. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. B4 Recepción de la entrega. El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando ­haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque, El comprador debe, si no ha dado aviso según B7, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 67. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía, hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4; y el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluidos los costes de cargar la mercancía a bordo del buque; y los costes de seguro resultantes de A3 b); y cualesquiera gastos de descarga en el puerto de destino convenido que sean de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y cuando sea pertinente6, los gastos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueran a cargo del vendedor según el contrato de transporte. B6 Reparto de gastos El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y todos los costes y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales costes y cargas fueran de cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y los gastos de descarga, incluyendo los gastos de las gabarras y del muellaje, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y todos los gastos contraídos, si no se ha dado aviso conforme a B7, en relación a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del período fijado para el embarque, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y, cuando sea necesario, por su tránsito por cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes previstos en el contrato de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 68. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la mercancía. B7 Aviso al vendedor El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 69. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe, a sus propias expensas y sin retraso, propor­cionar al comprador el documento de transporte usual para el puerto de destino convenido. Este documento (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable o un documento de navegación interior) debe cubrir la mercancía del contrato, estar fechado dentro del período acordado para el embarque, facultar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y, salvo que se haya acor­dado otra cosa, autorizar al comprador para vender la mercan­cía en tránsito transfiriendo el documento a un comprador poste­rior (conocimiento negociable) o avisando al transportista. Cuando ese documento de transporte se emita en varios ejem­plares, el juego completo de originales debe presentarse al comprador. Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refieren los párrafos anteriores puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 70. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía según A4. El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el em­balaje (a menos que sea usual en el tráfico específico embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición suya, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario. B9 Inspección de las mercancías El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de éste último la información necesaria para obtener un seguro. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 71. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CPT – Carriage Paid To TRANSPORTE PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido) 71 Características : • Puede utilizarse en todo tipo de transporte. •Entrega en punto de destino • Vendedor designa y paga el transporte principal •Comprador asume el riesgo del transporte principal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 72. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CPT – Carriage Paid To TRANSPORTE PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido) • Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte. 72 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 73. CPT TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido) ”Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designa­do por él; pero, además, que debe pagar los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste contraídos después de que la mercancía hayan sido así entregada. “Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de trans­porte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una com­binación de esos modos. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 74. Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al destino con­venido, el riesgo se transmite cuando la mercancía se ha entregado al primer porteador. El término CPT exige que el vendedor despache la mercancía de adua­na para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de trans­porte, incluyendo el transporte multimodal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 75. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CPT) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CPT) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente1, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente3, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 76. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto acordado en el lugar de destino convenido, por una ruta usual y en la forma acostumbrada. Si ningún punto se ha acordado o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino convenido que mejor se adecue a su conveniencia. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación2. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación4. b) Contrato de seguro Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 77. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de conformidad con A3 a) o, si hay porteadores su­cesivos, al primer porteador, para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, y en la fecha o dentro del perío­do acordados. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4. B4 Recepción de la entrega El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 78. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluyendo los costes de cargar la mercancía y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y cuando sea pertinente6 , los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país si fueran por cuenta del vendedor, según el contrato de transporte. B6 Reparto de gastos El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar: todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que ha sido entregada de acuerdo con A4; y todos los gastos y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al lugar de destino convenido, salvo que tales gastos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y los gastos de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mercancía, si no da aviso con arreglo a B7, desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la expedición, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los costes para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes previstos en el contrato de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 79. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adop­tar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la mercancía. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, si es costumbre, el documento o los documentos de transporte usuales (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal) para el transporte contratado de conformidad con A3. Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 80. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el em­balaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. B9 Inspección de las mercancías El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 81. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CIP – Carriage and Insurance Paid TRANSPORTE y SEGURO PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido) 81 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 82. GRUPO C: Con pago del transporte principal • CIP – Carriage and Insurance Paid TRANSPORTE y SEGURO PAGADO HASTA … (…lugar de destino convenido) • Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte. 82 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 83. CIP TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido) "Transporte y Seguro Pagados hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transpor­tista designado por él mismo pero, debe pagar, además, los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste adicional que se produzca después de que la mercancía haya sido así entregada. No obstante, bajo el término CIP el vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro. El comprador debe observar que, según el término CIP, se exige al vendedor conseguir un seguro sólo con cobertura mínima1. Si el com­prador desea tener la protección de una cobertura mayor, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar un seguro complementario. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 84. "Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos de transporte. Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al lugar de destino convenido, el riesgo se transmite cuando las mercancías se hayan entregado al primer porteador. El término CIP exige que el vendedor despache la mercancía de adua­na para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de trans­porte, incluyendo el transporte multimodal. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 85. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (CIP) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (CIP) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente2, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente3, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 86. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto acor­dado del lugar de destino convenido, por una ruta usual y en la forma acostumbrada. Si un punto no se ha acordado o no lo de­termina la práctica, el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino convenido que mejor se adecue a sus conveniencia. b) Contrato de seguro El vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador o a cualquier otra persona que tenga un interés ase­gurable sobre la mercancía, para reclamar directamente al ase­gurador, debiendo además proporcionar al comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del seguro. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación4. b) Contrato de seguro Ninguna obligación5. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 87. El seguro será contratado con aseguradores o con una compañía de seguros de buena reputación y, a falta de acuerdo expreso en contrario, será conforme a la cobertura mínima prevista por las cláusulas sobre facultades del Instituto de Aseguradores de Londres (Institute of London Underwriters) o con cualquier con­junto de cláusulas similar. La duración de la cobertura del seguro habrá de estar de acuerdo con B5 y B4. A petición del comprador y a sus expensas, el vendedor propor­cionara, un seguro contra los riesgos de guerras, huelgas, moti­nes y disturbios civiles si fuere asequible. El seguro mínimo cu­brirá el precio previsto en el contrato más un diez por ciento (esto es, 110%) y será concertado en la moneda del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 88. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de conformidad con A3 a) o, si hay transportistas sucesivos, al primer porteador, para su transporte hasta el punto acordado del lugar convenido, en la fecha o dentro del período acordados. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, sopor­tar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B4 Recepción de la entrega El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, soportar todos los riesgos sobre la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 89. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el mo­mento en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el flete y todos los demás costes resultantes de A3 a), incluidos los de cargar la mercancía y cualquier gasto de des­carga en el lugar de destino que fuera por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y los gastos del seguro resultantes de A3 b); y cuando sea pertinente6, los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación y por el tránsito de la mercancía por cualquier país, si fueran por cuen­ta del vendedor según el contrato de transporte. B6 Reparto de gastos El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar: todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y todos los costes y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito y hasta su llegada al lugar de destino conve­nido, salvo que tales costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y los costes de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mer­cancía, si no da aviso según B7, desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la expedi­ción, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debi­damente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y cuando sea pertinente7, todos los derechos, impuestos y de­más cargas, así como los costes para llevar a cabo los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo que estén previstos como tales en el contrato de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 90. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adop­tar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la mercancía. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del primero, si es costumbre, el documento o los documentos de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque nego­ciable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal) para el transporte contratado de conformidad con A3. Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse elec­trónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 91. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuen­to) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformi­dad con A4. El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10 Otras obligaciones El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y para su tránsito por cual­quier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario, B9 Inspección de la mercancía El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. B10 Otras obligaciones El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de este último, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 92. GRUPO D: Llegada • DAF – Delivery at Frontier ENTREGADA EN FRONTERA… (…lugar convenido) 92 Características : •Entrega en lugar de frontera acordado antes de la aduana fronteriza. • Vendedor designa y paga el transporte principal • Vendedor asume el riesgo del transporte principal. •Utilizado en cualquier modo de transporte cuando la frontera sea terrestre. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 93. GRUPO D: Llegada • DES – Delivery Ex Ship ENTREGADA SOBRE BUQUE… (…puerto de destino convenido) 93 Características : •Entrega cuando se encuentra a bordo del buque en puerto de destino acordado • Vendedor designa y paga el transporte principal • Vendedor asume el riesgo del transporte principal. •Utilizado en transporte marítimo, fluvial o multimodal donde su último modo de transporte sea marítimo o fluvial. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 94. GRUPO D: Llegada • DEQ – Delivery Ex QUAY ENTREGADA EN MUELLE… (…puerto de destino convenido) 94 Características : •Entrega cuando mercancía es puesta en el muelle del puerto de destino acordado • Vendedor designa y paga el transporte principal • Vendedor asume el riesgo del transporte principal. •Utilizado en transporte marítimo, fluvial o multimodal donde su último modo de transporte sea marítimo o fluvial. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 95. GRUPO D: Llegada • DDU – Delivery Duty Unpaid ENTREGADA DERECHOS NO PAGADOS… (…lugar de destino convenido) 95 Características : •Entrega cuando mercancía es puesta en el lugar de destino convenido sin incluir gastos de aduana y descarga del medio de transporte. • Vendedor designa y paga el transporte principal • Vendedor asume el riesgo del transporte principal. •Utilizado en cualquier modo de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 96. GRUPO D: Llegada • DDP – Delivery Duty Paid ENTREGADA DERECHOS PAGADOS… (…lugar de destino convenido) 96 Características : •Es el de mayor obligación y riesgos para el vendedor. •Utilizado en cualquier modo de transporte. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 97. GRUPO D: Llegada • DDP – Delivery Duty Paid ENTREGADA DERECHOS PAGADOS… (…lugar de destino convenido) • Tipo de Transporte : Todo tipo. 97 PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 98. DDP ENTREGADA DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino convenido) "Entregada Derechos Pagados" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, incluyendo, cuando sea pertinente1, cualquier "derecho" (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) exigibles a la importación en el país de destino. Mientras que el término EXW representa la menor obligación para el vendedor, DDP representa la obligación máxima. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 99. Este término no debe usarse si el vendedor no puede, ni directa ni indirectamente, obtener la licencia de importación. Sin embargo, si las partes desean excluir de las obligaciones del vendedor algunos de los costes exigibles a la importación de la mercancía (como el impuesto de valor añadido: IVA), deben dejarlo claro incluyendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa2. Si las partes desean que el comprador asuma todos los riesgos y costes de la importación, debe usarse el término DDU. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o sobre muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 100. A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR (DDP) B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (DDP) A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comer­cial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. A2 Licencias, autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualesquiera licencias de exportación e importación y otra autorización oficial, así como cualesquiera otros documentos, y llevar a cabo, cuando sea pertinente3, todos los trámites adua­neros necesarios para la exportación de la mercancía, para su tránsito por cualquier país y para su importación. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar, a sus propias expensas, el trans­porte de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda ningún punto específico o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino conve­nido que mejor se adecue a su conveniencia. b) Contrato de seguro Ninguna obligación4. B1 Pago del precio El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. B2 Licencias, autorizaciones y formalidades El comprador debe prestar al vendedor, a petición, riesgo y a expensas de este último, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente5, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial necesaria para la importación de la mercancía. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte Ninguna obligación6. b) Contrato de seguro Ninguna obligación7. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 101. A4 Entrega El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona designada por el comprador, so­bre los medios de transporte utilizados y no descargados, a su llegada al lugar de destino convenido, en la fecha o dentro del período acordado para la entrega. A5 Transmisión de riesgos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4. B4 Recepción de la entrega El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando se haya entregado de acuerdo con A4. B5 Transmisión de riesgos El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, si omite cumplir sus obligaciones de acuerdo con B2, soportar los riesgos adicionales de pérdida o daño de la mercancía provocados por tal causa. El comprador debe, si omite dar aviso según B7, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 102. A6 Reparto de gastos El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar: además de los gastos resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y cuando sea pertinente8, los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación e importación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación e importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país antes de la entrega de acuerdo con A4. B6 Reparto de gastos El comprador debe pagar: todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y todos los gastos adicionales contraídos si no cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, clara­mente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com
  • 103. A7 Aviso al comprador El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra infor­mación que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal) que pueda requerir el comprador para recibir la entrega de la mercancía de acuerdo con A4/B4. Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse elec­trónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. B7 Aviso al vendedor El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acordado, y/o el punto de recep­ción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto. B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte apropiado de acuerdo con A8. PDF created with pdfFactory trial version www.pdffactory.com