SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
1º.-Sus fondos y valores líquidos;
2º.-Sus créditos activos;
3º.-Sus bienes muebles y raíces;
4º.-Los derechos derivados de la aplicación de las leyes
relativas a impuestos; tasas y demás contribuciones, así
como los que por cualquier otro título le correspondan.
Son obligaciones a cargo de la Hacienda Pública, las
deudas reconocidas y las que tengan origen en los gastos
públicos debidamente autorizados.
 Todos los ingresos de la Hacienda Pública formarán
un solo fondo que estará afecto de manera general
a las necesidades y obligaciones del Estado.
 La Ley podrá, sin embargo, afectar determinados
ingresos al servicio de la deuda pública. Los
donativos podrán asimismo ser afectados para los
fines que indique el donante.
 Cuando la ley lo autorice, el Estado, para la
consecución de sus fines, podrá separar bienes de
la masa de la Hacienda Pública o asignar recursos
del Fondo General, para la constitución o
incremento de patrimonios especiales destinados a
instituciones públicas.
 El Órgano Ejecutivo, en el Ramo correspondiente,
tendrá la dirección de las finanzas públicas y estará
especialmente obligado a conservar el equilibrio del
Presupuesto, hasta donde sea compatible con el
cumplimiento de los fines del Estado.
 El Presupuesto General del Estado contendrá, para cada ejercicio fiscal, la
estimación de todos los ingresos que se espera percibir de conformidad con las
leyes vigentes a la fecha en que sea votado, así como la autorización de todas las
erogaciones que se juzgue convenientes para realizar los fines del Estado.
El Órgano Legislativo podrá disminuir o rechazar los créditos solicitados, pero
nunca aumentarlos.
 En el Presupuesto se autorizará la deuda flotante en que el Gobierno podrá
incurrir, durante cada año, para remediar deficiencias temporales de ingresos.
 Las instituciones y empresas estatales de carácter autónomo y las entidades que
se costeen con fondos del Erario o que tengan subvención de éste, excepto las
instituciones de crédito, se regirán por presupuestos especiales y sistemas de
salarios aprobados por el Órgano Legislativo.
 Una ley especial establecerá lo concerniente a la preparación, votación, ejecución
y rendición de cuentas de los presupuestos, y regulará el procedimiento que deba
seguirse cuando al cierre de un ejercicio fiscal no esté aún en vigor el Presupuesto
del nuevo ejercicio.

 Ninguna suma podrá comprometerse o abonarse con
cargo a fondos públicos, si no es dentro de las
limitaciones de un crédito presupuesto.
Todo compromiso, abono o pago deberá efectuarse
según lo disponga la ley.
 Sólo podrán comprometerse fondos de ejercicios futuros
con autorización legislativa, para obras de interés
público o administrativo, o para la consolidación o
conversión de la deuda pública. Con tales finalidades
podrá votarse un presupuesto extraordinario.
 Habrá una ley especial que regulará las subvenciones,
pensiones y jubilaciones que afecten los fondos
públicos.
El Órgano Ejecutivo, con las formalidades legales,
podrá efectuar transferencias entre partidas de un
mismo ramo u organismo administrativo, excepto las
que en el Presupuesto se declaren intransferibles.
Igual facultad tendrá el Órgano Judicial en lo que
respecta a las partidas de su presupuesto,
cumpliendo con las mismas formalidades legales.
 Para la percepción, custodia y erogación de los
fondos públicos, habrá un Servicio General de
Tesorería.
 Cuando se disponga de bienes públicos en
contravención a las disposiciones legales, será
responsable el funcionario que autorice u ordene la
operación, y también lo será el ejecutor, si no
prueba su inculpabilidad.
 No pueden imponerse contribuciones sino en
virtud de una ley y para el servicio público.
 Los templos y sus dependencias destinadas
inmediata y directamente al servicio religioso,
estarán exentos de impuestos sobre inmuebles.
 Ni el Órgano Legislativo ni el Ejecutivo podrán
dispensar del pago de las cantidades reparadas a
los funcionarios y empleados que manejen fondos
fiscales o municipales, ni de las deudas a favor del
Fisco o de los Municipios.
 Los bienes raíces de la Hacienda Pública y los de
uso público sólo podrán donarse o darse en
usufructo, comodato o arrendamiento, con
autorización del Órgano Legislativo, a entidades de
utilidad general.
 Cuando el Estado tenga que celebrar contratos
para realizar obras o adquirir bienes muebles en
que hayan de comprometerse fondos o bienes
públicos, deberán someterse dichas obras o
suministros a licitación pública, excepto en los
casos determinados por la ley.
 No se celebrarán contratos en que la decisión, en
caso de controversia, corresponda a tribunales de
un estado extranjero.
 Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplicará a
las Municipalidades.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación seryose
 
Instituciones Financieras Venezuela
Instituciones Financieras VenezuelaInstituciones Financieras Venezuela
Instituciones Financieras VenezuelaZulinda2
 
Bases legales del presupuesto publico
Bases legales del presupuesto publicoBases legales del presupuesto publico
Bases legales del presupuesto publicoHildamarh
 
Impuestos Municipales
Impuestos MunicipalesImpuestos Municipales
Impuestos MunicipalesWiny Delgado
 
Fuentes del Derecho Tributario y El Tributo
Fuentes del Derecho Tributario y El TributoFuentes del Derecho Tributario y El Tributo
Fuentes del Derecho Tributario y El TributoJNGG33
 
Hacienda pública pp
Hacienda pública ppHacienda pública pp
Hacienda pública ppAngela Molano
 
Fuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributarioFuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributariojgmendozag15
 
Grupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadalesGrupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadalesTemasTributarios
 
Actividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado VenezolanoActividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado Venezolanocarlossifonte
 
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financiero
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financieroDiferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financiero
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financieroEstudiante.uftsaia Slideshow
 
Determinacion de la obligacion tributaria
Determinacion de la obligacion tributariaDeterminacion de la obligacion tributaria
Determinacion de la obligacion tributarialuisanasilvaUFT
 
Principios tributarios
Principios tributariosPrincipios tributarios
Principios tributariosJARA41978
 
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en VenezuelaEvolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuelaluis_yanez03
 
Tributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesTributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesjuanli
 
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALESIMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALESAlexlnn
 

La actualidad más candente (20)

Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación
 
Instituciones Financieras Venezuela
Instituciones Financieras VenezuelaInstituciones Financieras Venezuela
Instituciones Financieras Venezuela
 
Bases legales del presupuesto publico
Bases legales del presupuesto publicoBases legales del presupuesto publico
Bases legales del presupuesto publico
 
Impuestos Municipales
Impuestos MunicipalesImpuestos Municipales
Impuestos Municipales
 
Fuentes del Derecho Tributario y El Tributo
Fuentes del Derecho Tributario y El TributoFuentes del Derecho Tributario y El Tributo
Fuentes del Derecho Tributario y El Tributo
 
Hacienda pública pp
Hacienda pública ppHacienda pública pp
Hacienda pública pp
 
Fuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributarioFuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributario
 
Grupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadalesGrupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadales
 
Actividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado VenezolanoActividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado Venezolano
 
Derecho Tributario
Derecho TributarioDerecho Tributario
Derecho Tributario
 
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financiero
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financieroDiferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financiero
Diferencia entre fuentes del derecho tributario y derecho financiero
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Determinacion de la obligacion tributaria
Determinacion de la obligacion tributariaDeterminacion de la obligacion tributaria
Determinacion de la obligacion tributaria
 
Principios tributarios
Principios tributariosPrincipios tributarios
Principios tributarios
 
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en VenezuelaEvolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
 
Los bienes del estado
Los bienes del estadoLos bienes del estado
Los bienes del estado
 
Presupuesto Público
Presupuesto PúblicoPresupuesto Público
Presupuesto Público
 
Tributos y clasificaciones
Tributos y clasificacionesTributos y clasificaciones
Tributos y clasificaciones
 
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALESIMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
 
tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela
 

Similar a Hacienda publica

Similar a Hacienda publica (20)

Titulo xii
Titulo xiiTitulo xii
Titulo xii
 
Belkis aguero tributario
Belkis aguero tributarioBelkis aguero tributario
Belkis aguero tributario
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Capitulo i
Capitulo iCapitulo i
Capitulo i
 
Palabras libita
Palabras libitaPalabras libita
Palabras libita
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
ACTIVIDAD TRIBUTARIA
ACTIVIDAD TRIBUTARIAACTIVIDAD TRIBUTARIA
ACTIVIDAD TRIBUTARIA
 
Derecho tributario
Derecho tributarioDerecho tributario
Derecho tributario
 
La Potestad Tributaria
La Potestad Tributaria La Potestad Tributaria
La Potestad Tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocantoEnsayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
Ensayo sobre la postestad tributaria alba ocanto
 
Leomar suarez
Leomar suarezLeomar suarez
Leomar suarez
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Kim
KimKim
Kim
 
Stfn potestad tributaria.
Stfn potestad tributaria.Stfn potestad tributaria.
Stfn potestad tributaria.
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
La constitucion espanola_17
La constitucion espanola_17La constitucion espanola_17
La constitucion espanola_17
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 

Más de Francisco Lopez Román

Ambiente politico y legal del marketing
Ambiente politico y legal del marketingAmbiente politico y legal del marketing
Ambiente politico y legal del marketingFrancisco Lopez Román
 
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS Francisco Lopez Román
 
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisis
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisisAdaptabilidad de los negocios en tiempos de crisis
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisisFrancisco Lopez Román
 
empresa,emprendimiento y planes de negocios.
empresa,emprendimiento y planes de negocios.empresa,emprendimiento y planes de negocios.
empresa,emprendimiento y planes de negocios.Francisco Lopez Román
 

Más de Francisco Lopez Román (20)

Plan de Marketing
Plan de MarketingPlan de Marketing
Plan de Marketing
 
Emprendimiento y negocios
Emprendimiento y negociosEmprendimiento y negocios
Emprendimiento y negocios
 
Ambiente politico y legal del marketing
Ambiente politico y legal del marketingAmbiente politico y legal del marketing
Ambiente politico y legal del marketing
 
Liderazgo transformacional
Liderazgo transformacionalLiderazgo transformacional
Liderazgo transformacional
 
Liderazgo empresarial
Liderazgo empresarialLiderazgo empresarial
Liderazgo empresarial
 
Plan de negocios parte III
Plan de negocios parte IIIPlan de negocios parte III
Plan de negocios parte III
 
Plan de negocios parte II
Plan de negocios parte IIPlan de negocios parte II
Plan de negocios parte II
 
ENTORNO DEL MARKETING GLOBAL PARTE I
ENTORNO DEL MARKETING GLOBAL PARTE IENTORNO DEL MARKETING GLOBAL PARTE I
ENTORNO DEL MARKETING GLOBAL PARTE I
 
Entorno del marketing global II
Entorno del marketing global  IIEntorno del marketing global  II
Entorno del marketing global II
 
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS
 
Estrategia de productos
Estrategia de productosEstrategia de productos
Estrategia de productos
 
Modelo de negocios .Modelo Canvas
Modelo de negocios .Modelo Canvas Modelo de negocios .Modelo Canvas
Modelo de negocios .Modelo Canvas
 
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisis
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisisAdaptabilidad de los negocios en tiempos de crisis
Adaptabilidad de los negocios en tiempos de crisis
 
Innovacion en modelos de negocios
Innovacion en modelos de negociosInnovacion en modelos de negocios
Innovacion en modelos de negocios
 
Acuerdos comerciales preferenciales
Acuerdos comerciales preferencialesAcuerdos comerciales preferenciales
Acuerdos comerciales preferenciales
 
Marketing Internacional
Marketing Internacional Marketing Internacional
Marketing Internacional
 
Emprendedor y empresario
Emprendedor y empresarioEmprendedor y empresario
Emprendedor y empresario
 
Marketing Internacional
Marketing Internacional Marketing Internacional
Marketing Internacional
 
empresa,emprendimiento y planes de negocios.
empresa,emprendimiento y planes de negocios.empresa,emprendimiento y planes de negocios.
empresa,emprendimiento y planes de negocios.
 
Los incoterms
Los incotermsLos incoterms
Los incoterms
 

Último

Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOluismii249
 
prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!CatalinaAlfaroChryso
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONamelia poma
 
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfRevista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfapunteshistoriamarmo
 
Louis Jean François Lagrenée. Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
Louis Jean François Lagrenée.  Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...Louis Jean François Lagrenée.  Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
Louis Jean François Lagrenée. Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...Ars Erótica
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesMarisolMartinez707897
 
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...JoseMartinMalpartida1
 
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por ValoresDesarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por ValoresJonathanCovena1
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxBeatrizQuijano2
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdfFactores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdfJonathanCovena1
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptAlberto Rubio
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxFernando Solis
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOluismii249
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024IES Vicent Andres Estelles
 

Último (20)

Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
 
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfRevista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
 
Louis Jean François Lagrenée. Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
Louis Jean François Lagrenée.  Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...Louis Jean François Lagrenée.  Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
Louis Jean François Lagrenée. Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
 
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
Los dos testigos. Testifican de la Verdad
Los dos testigos. Testifican de la VerdadLos dos testigos. Testifican de la Verdad
Los dos testigos. Testifican de la Verdad
 
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
 
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por ValoresDesarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
 
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptxPosición astronómica y geográfica de Europa.pptx
Posición astronómica y geográfica de Europa.pptx
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdfFactores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomasPP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
 

Hacienda publica

  • 1.
  • 2. 1º.-Sus fondos y valores líquidos; 2º.-Sus créditos activos; 3º.-Sus bienes muebles y raíces; 4º.-Los derechos derivados de la aplicación de las leyes relativas a impuestos; tasas y demás contribuciones, así como los que por cualquier otro título le correspondan. Son obligaciones a cargo de la Hacienda Pública, las deudas reconocidas y las que tengan origen en los gastos públicos debidamente autorizados.
  • 3.  Todos los ingresos de la Hacienda Pública formarán un solo fondo que estará afecto de manera general a las necesidades y obligaciones del Estado.  La Ley podrá, sin embargo, afectar determinados ingresos al servicio de la deuda pública. Los donativos podrán asimismo ser afectados para los fines que indique el donante.
  • 4.  Cuando la ley lo autorice, el Estado, para la consecución de sus fines, podrá separar bienes de la masa de la Hacienda Pública o asignar recursos del Fondo General, para la constitución o incremento de patrimonios especiales destinados a instituciones públicas.
  • 5.  El Órgano Ejecutivo, en el Ramo correspondiente, tendrá la dirección de las finanzas públicas y estará especialmente obligado a conservar el equilibrio del Presupuesto, hasta donde sea compatible con el cumplimiento de los fines del Estado.
  • 6.  El Presupuesto General del Estado contendrá, para cada ejercicio fiscal, la estimación de todos los ingresos que se espera percibir de conformidad con las leyes vigentes a la fecha en que sea votado, así como la autorización de todas las erogaciones que se juzgue convenientes para realizar los fines del Estado. El Órgano Legislativo podrá disminuir o rechazar los créditos solicitados, pero nunca aumentarlos.  En el Presupuesto se autorizará la deuda flotante en que el Gobierno podrá incurrir, durante cada año, para remediar deficiencias temporales de ingresos.  Las instituciones y empresas estatales de carácter autónomo y las entidades que se costeen con fondos del Erario o que tengan subvención de éste, excepto las instituciones de crédito, se regirán por presupuestos especiales y sistemas de salarios aprobados por el Órgano Legislativo.  Una ley especial establecerá lo concerniente a la preparación, votación, ejecución y rendición de cuentas de los presupuestos, y regulará el procedimiento que deba seguirse cuando al cierre de un ejercicio fiscal no esté aún en vigor el Presupuesto del nuevo ejercicio. 
  • 7.  Ninguna suma podrá comprometerse o abonarse con cargo a fondos públicos, si no es dentro de las limitaciones de un crédito presupuesto. Todo compromiso, abono o pago deberá efectuarse según lo disponga la ley.  Sólo podrán comprometerse fondos de ejercicios futuros con autorización legislativa, para obras de interés público o administrativo, o para la consolidación o conversión de la deuda pública. Con tales finalidades podrá votarse un presupuesto extraordinario.  Habrá una ley especial que regulará las subvenciones, pensiones y jubilaciones que afecten los fondos públicos.
  • 8. El Órgano Ejecutivo, con las formalidades legales, podrá efectuar transferencias entre partidas de un mismo ramo u organismo administrativo, excepto las que en el Presupuesto se declaren intransferibles. Igual facultad tendrá el Órgano Judicial en lo que respecta a las partidas de su presupuesto, cumpliendo con las mismas formalidades legales.
  • 9.  Para la percepción, custodia y erogación de los fondos públicos, habrá un Servicio General de Tesorería.  Cuando se disponga de bienes públicos en contravención a las disposiciones legales, será responsable el funcionario que autorice u ordene la operación, y también lo será el ejecutor, si no prueba su inculpabilidad.
  • 10.  No pueden imponerse contribuciones sino en virtud de una ley y para el servicio público.  Los templos y sus dependencias destinadas inmediata y directamente al servicio religioso, estarán exentos de impuestos sobre inmuebles.
  • 11.  Ni el Órgano Legislativo ni el Ejecutivo podrán dispensar del pago de las cantidades reparadas a los funcionarios y empleados que manejen fondos fiscales o municipales, ni de las deudas a favor del Fisco o de los Municipios.
  • 12.  Los bienes raíces de la Hacienda Pública y los de uso público sólo podrán donarse o darse en usufructo, comodato o arrendamiento, con autorización del Órgano Legislativo, a entidades de utilidad general.
  • 13.  Cuando el Estado tenga que celebrar contratos para realizar obras o adquirir bienes muebles en que hayan de comprometerse fondos o bienes públicos, deberán someterse dichas obras o suministros a licitación pública, excepto en los casos determinados por la ley.  No se celebrarán contratos en que la decisión, en caso de controversia, corresponda a tribunales de un estado extranjero.  Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplicará a las Municipalidades.