Documento de la sentencia del tribunal constitucional que reconoce la propiedad territorial y la autonomía de los pueblos indígenas
1. Tribunal Constitucional peruano sienta jurisprudencia sobre
autodeterminación de los pueblos
Conacami Peru
Conacami 27/09/12.- La confederación Nacional e Comunidades del Perú
Afectadas por la Minería CONACAMI, saluda la HISTÓRICA SENTENCIA del
Tribunal Constitucional (TC) quien le dio la razón a la Comunidad Nativa de
Tres Islas ubicada en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de
Dios.
Dicha Sentencia del TC del 11 de setiembre de 2012 sienta jurisprudencia y
legitima los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas en materia de
Derecho a la Propiedad Territorial y Respeto a la Autonomía de las
Comunidades Nativas.
En efecto el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de hábeas
corpus bajo el Exp. Nº 01126-2011-HC/TC interpuesta por la Comunidad Nativa
Tres Islas contra la sentencia de hábeas corpus emitida por la Sala de
Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios.
Con esta sentencia el TC anuló la resolución judicial que permitía el ingreso a
su territorio de personas ajenas a la comunidad nativa. El Colegiado argumentó
que dicha resolución no tomó en cuenta que al permitir el ingreso de personas
ajenas a la comunidad se vulnera la autonomía comunal y la propiedad
territorial.
Pese a que la Comunidad Nativa Tres Islas, al amparo constitucional y en
ejercicio de su autonomía comunal decidió impedir el ingreso de personas
extrañas a su territorio, esta decisión no fue tomada en cuenta por el Poder
Judicial, consecuentemente el Ministerio Público y la Policía Nacional inició la
investigación, a las autoridades comunales.
El Tribunal Constitucional desarrolló la autonomía comunal, y el derecho a la
propiedad territorial, reconocidas en los artículos 89º y 88° de la Constitución
Política del Perú y los artículos 13º y 14º del Convenio 169 OIT.
2. Así mismo toma en cuenta la jurisprudencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), y la Declaración de la Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) sobre la protección de la
propiedad y el territorio de los pueblos indígenas.
Este es el primer pronunciamiento de un órgano jurisdiccional peruano sobre el
tema de la autodeterminación indígena, especificando que se trata de un
derecho fundamental que no debe ser confundido con pretensiones
separatistas o secesionistas. Video
Documento de la Sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce la
propiedad territorial y la autonomía de los pueblos indígenas
Conacami Peru
Tribunal Constitucional reconoce Propiedad Territorial y Autonomía de los
Pueblos Indígenas, sentencia fue dada favor de la Comunidad Nativa de Tres
Islas en Madre de Dios. Provincia de Tambopata, región Madre de Dios, el 11
de setiembre de 2012.Tc - Ccnn Tres Islas, 01126-2011-Hc Tc