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BIODIVERSIDAD




Presentado por: JUAN GUILLERMO ALVAREZ GARCIA
Curso: BIODIVERSIDAD
Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD -
IMPORTANCIA DE LA DIVERSIDAD DE FAUNA
                         DEL PAÍS


Contribuye con el desarrollo sostenible nacional.

La biodiversidad del país es patrimonio nacional.

La diversidad de especies del país es indicador de calidad de vida y de sostenibilidad
ambiental.

Las especies desempeñan dentro de los hábitats una función biológica y ecológica
determinada, su pérdida altera el funcionamiento y los procesos ecosistémicos.




                           http://newsimg.bbc.co.uk/media/images/40618000/jpg/_40618663_041210colombia203b.jpg
BIENES Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS PROPORCIONADOS
                   POR LA FAUNA
  FAUNA

  • Control biológico de plagas.

  • Se destacan los polinizadores, ya que muchas plantas, tanto de cultivo como
  silvestres, dependen totalmente de ellos para su reproducción.

  • Algunos insectos generan y colectan productos útiles o artículos de
  comercio, ayudan en la producción de frutas, verduras y flores, sirven de
  alimento a animales que son alimento del hombre, mejoramiento físico del
  suelo y aumento de la fertilidad, consumidores de carroña, materia prima en
  investigación científica y usos medicinales.

  • La fauna silvestre (ácaros, hormigas, grillos, avispas, conejos, ratones, aves)
  también actúa como dispersora de hongos y semillas. También tiene un papel
  importante como reguladora de la dinámica de los niveles tróficos de las
  poblaciones y comunidades de la vida silvestre.



                                                                   http://freddyrojas.webcindario.com/Flora_fauna/cgo
COLOMBIA PAÍS MEGADIVERSO



   Colombia ocupa menos del 1 por ciento del territorio emergido de la tierra
   y posee el 10 por ciento de sus especies.

   Colombia es el segundo país más rico en especies vegetales (35.000 aprox.)

   Ocupa el primer lugar en especies de anfibios y aves, el cuarto en reptiles y el sexto
   en mamíferos.

   Cuenta con una gran diversidad ecosistémica por su ubicación biogeografía (zona
                            tropical) y por estar rodeada por dos océanos.

                                                              Cuarto país a nivel mundial en mamíferos.




http://images.google.com.co/imgres?imgurl=http://www.uni-stuttgart.de/ia/internat/services/ola/paises/colombia/
DEFINICIONES

                          FAUNA SILVESTRE
Ley 611 de 2000
La fauna silvestre y acuática es definida como el conjunto
de organismos vivos de especies animales terrestres y
acuáticas, que no han sido objeto de domesticación
mejoramiento genético, cría regular o que han regresado a
su estado salvaje.




                    MANEJO SOSTENIBLE DE LA FAUNA

                    Ley 611 de 2000
                    Utilización de una forma y a un ritmo que no se oca
                    sione su disminución a largo plazo y se puedan satis
                    facer las necesidades de las generaciones futuras.
DEFINICIONES


             RECURSOS GENÉTICOS

             Decisión 391 de 1996 “Régimen común sobre acceso a recursos
             genéticos”

             Todo material de naturaleza biológica que contenga información
             genética de valor o utilidad real o potencial.




ESPECIMEN

Resolución 0454 de 2001

Es todo organismo de la diversidad biológica vivo o muerto o cualquiera de
sus productos, partes o derivados identificables conforme al acto adminis-
trativo que autoriza su obtención.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA
                 SILVESTRE

   ANTECEDENTES DE LA LEGISLACIÓN EN FAUNA


Código Civil. Art. 686 y siguientes:
 Se definieron las clases de animales, divididos en bravíos o
  salvajes (fauna silvestre), domésticos.
 Se determinó que el dominio de los animales salvajes se adquiere
  mediante actividades de caza y pesca.

En 1969 INDERENA expide Acuerdo 20
 Por medio del cual se adopta el Estatuto de Fauna Silvestre y
  Caza. Se derogó con la expedición del Decreto Ley 2811 de 1974
  y su Decreto Reglamentario 1608 de 1978, vigente.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA
                     SILVESTRE

                                  Normas relacionadas con fauna silvestre




    Aprovechamiento
                                       Fomento y Conservación             Exportación       Importación
    racional



-Regulación – caza y                 -Establecimiento de reservas
actividades relacionadas.            y áreas de manejo para la
-Regulación derecho caza.            conservación, investigación
-Regulación establecimientos         y propagación de fauna silves
caza.                                                                      -Convenios      -Convenios
                                     tre.
-Obligaciones titulares permiso                                            -Tratados       -Tratados
caza.                                                                      -Solicitudes    -Solicitudes
                                     -Establecimiento de prohibicio-
-Repoblación fauna.                  nes temporales o de vedas per-
-Regulación y supervisión zoo        manentes.
lógicos, colecciones, museos.



     Licencias, vedas, salvoconducto movilización                      Prohibiciones, sanciones.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA
                 SILVESTRE

                        ZOOCRIADEROS
•   Ley 611 de 2000.
•   De propiedad pública o privada.
•   Mantenimiento, fomento, cría y/o aprovechamiento de fauna
    con fines científicos, comerciales, industriales, de repoblación o
    de subsistencia.
•   Necesaria licencia ambiental para su operación – fase
    experimental (se verifica la adaptabilidad de la especie) y
    comercial (funcionamiento).
•   Para la licencia – información área, poblaciones, biología de la
    especie (tasa de crecimiento, natalidad, etc), ecología de la
    especie (estado de las poblaciones)
•   Obtención de especímenes – permiso caza de fomento.
•   Movilización – salvoconducto de movilización.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA
                 SILVESTRE

                   MEDIDAS PREVENTIVAS
  Amonestación verbal o escrita.
  Decomiso preventivo.
  Suspensión de obra o actividad.
  Realización de estudios y evaluaciones.


                          SANCIONES
 Se impondrán según el tipo de infracción y la gravedad:
  Multas.
  Suspensión del registro o licencia, concesión, permiso,
   autorización.
  Cierre temporal o definitivo del establecimiento.
  Demolición de obra.
  Decomiso definitivo de individuos o implementos utilizados.
¿QUÉ SE DECOMISA?




Todas las especies silvestres que tengan veda regional o nacional.

Especies de fauna vivos o muertos y sus derivados (huevos, órganos, colmillos,
huesos, nidos).

Cualquier especimen y sus derivados que estén siendo aprovechados o
transportados sin la respectiva autorización (permiso, licencia, concesión,
salvoconducto, etc).




             http://www.chiquita.com/naturecommunity/images/FloraAndFauna/Slides/Fauna/Ateles-geoffroyi.jpg
COMPETENCIAS PARA EL DECOMISO DE FAUNA
                   SILVESTRE

Ley 99 de 1993 Art. 85:

Autoridades Ambientales
Ministerio de Ambiente, Corporaciones Autónomas, Autoridades de Centros
Urbanos.
La Unidad Ejecutiva de Parques Nacionales Naturales en su jurisdicción.
La Policía Nacional
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-
Las Fuerzas Armadas

Decreto-Ley 2811 de 1974 Art. 307:

Los miembros de la Policía Nacional cooperarán permanentemente en las
medidas destinadas a contener, prevenir o reprimir cualquier atentado contra la
defensa, conservación, preservación y utilización de los recursos naturales
renovables y del ambiente y en coordinar las labores de las diversas
organizaciones existentes en la comunidad, encaminadas a dicha protección y
defensa.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA
                 SILVESTRE
    SITUACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE TRÁFICO ILEGAL DE
                     FAUNA SILVESTRE

•   Colombia es, uno de los países que más surte el mercado mundial de
    fauna silvestre. Desde finales de la década de los 70 regiones como
    Meta, Vichada, Guanía, Vaupés y Amazonas se convirtieron en el centro
    de comercio y distribución de estas especies.


•   Algunas especies de tigrillos, guacamayas, loros, tortugas, peces y
    primates, que son difíciles de encontrar en su hábitat, llegan a manos de
    los coleccionistas privados de Europa Oriental, Estados Unidos y Japón.


•   La rentabilidad del negocio hace que sea difícil terminarlo. Por ejemplo,
    un león de montaña o puma, que en la selva chocoana puede obtenerse
    por 400.000 pesos, en Bogotá tendrá un valor cercano a los 800.000 y
    en un país asiático más de 12.000 dólares (unos 25 millones de pesos).
SITUACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE FAUNA SILVESTRE

    Se estima por ejemplo que en cuatro municipios de la Costa Atlántica los
     comerciantes pueden movilizar un estimado de 18 millones de huevos de
     iguana al año, que vendidos a $100, significarían ingresos anuales de
     $1.800 millones (1998).
    En el verano de 1997 se capturaron más de 960 mil tortugas hicoteas en 20
     veredas de la Mojana, Sucre (CORPOICA, 1999), si se venden a un precio
     de $1.000 por individuo, el precio total representaría para 1998 aprox
     $1.000 millones.
    Desde el año 2001 la exportación de productos derivados de la fauna
     silvestre (cuero, pieles) representa ingresos de US$100 millones anuales.
    Difícil diferenciar animales de zoocriadero y silvestres.

 VÍA ILÍCITA      MAYOR PRESIÓN SOBRE EL RECURSO                 AGOTAMIENTO
ESPECIES COMERCIALIZADAS EN EL PAÍS

Caimán (Crocodilus fuscus)                             Iguana (Iguana iguana)




http://www.zooclub.ru/images/353.jpg




Lobo pollero (Tupinambis teguixin)                     Boa (Boa constrictor)




 http://www.zoobaq.org/especieani/pageimages/d16.jpg

                                                       http://www.hiss-n-things.com/Costa%20Rican%20Misc%20Web%20Pics/Boa%20RT.jpg
ESPECIES POTENCIALES DE COMERCIALIZACIÓN EN EL PAÍS


Chigüiro (Hydrochaeris hydrochaeris)                                                                               Guagua (Agouti paca)




                                                                                                          http://www.lablaa.org/blaavirtual/faunayflora/mamifero/images/103.jpg

http://www.humboldt.org.co/images/chiguiro.gif


                                                 Ñeque (Dasyprocta fuliginosa)




                                                 http://www.mammalogy.org/mil_images/images/mid/687.jpg
ACCIONES PENALES APLICABLES AL TRÁFICO ILEGAL DE
               FAUNA SILVESTRE
 Ley 599 de 2000 o Código Penal Art. 328 a 329

 -Pena privativa de la libertad de 2 a 5 años a quien introduzca, explote, trafique,
 comercie, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los
 recursos fáunicos, florísticos, forestales, hidrobiológicos de especie amenazada o
 en vía de extinción o de los recursos genéticos.

 -Multas hasta de 10.000 salarios mínimos legales vigentes.




                      http://www.proaves.org/IMG/bmp/Copia_de_fauna_RNA_reinita_cerulea.bmp

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  • 1. BIODIVERSIDAD Presentado por: JUAN GUILLERMO ALVAREZ GARCIA Curso: BIODIVERSIDAD Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD -
  • 2. IMPORTANCIA DE LA DIVERSIDAD DE FAUNA DEL PAÍS Contribuye con el desarrollo sostenible nacional. La biodiversidad del país es patrimonio nacional. La diversidad de especies del país es indicador de calidad de vida y de sostenibilidad ambiental. Las especies desempeñan dentro de los hábitats una función biológica y ecológica determinada, su pérdida altera el funcionamiento y los procesos ecosistémicos. http://newsimg.bbc.co.uk/media/images/40618000/jpg/_40618663_041210colombia203b.jpg
  • 3. BIENES Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS PROPORCIONADOS POR LA FAUNA FAUNA • Control biológico de plagas. • Se destacan los polinizadores, ya que muchas plantas, tanto de cultivo como silvestres, dependen totalmente de ellos para su reproducción. • Algunos insectos generan y colectan productos útiles o artículos de comercio, ayudan en la producción de frutas, verduras y flores, sirven de alimento a animales que son alimento del hombre, mejoramiento físico del suelo y aumento de la fertilidad, consumidores de carroña, materia prima en investigación científica y usos medicinales. • La fauna silvestre (ácaros, hormigas, grillos, avispas, conejos, ratones, aves) también actúa como dispersora de hongos y semillas. También tiene un papel importante como reguladora de la dinámica de los niveles tróficos de las poblaciones y comunidades de la vida silvestre. http://freddyrojas.webcindario.com/Flora_fauna/cgo
  • 4. COLOMBIA PAÍS MEGADIVERSO Colombia ocupa menos del 1 por ciento del territorio emergido de la tierra y posee el 10 por ciento de sus especies. Colombia es el segundo país más rico en especies vegetales (35.000 aprox.) Ocupa el primer lugar en especies de anfibios y aves, el cuarto en reptiles y el sexto en mamíferos. Cuenta con una gran diversidad ecosistémica por su ubicación biogeografía (zona tropical) y por estar rodeada por dos océanos. Cuarto país a nivel mundial en mamíferos. http://images.google.com.co/imgres?imgurl=http://www.uni-stuttgart.de/ia/internat/services/ola/paises/colombia/
  • 5. DEFINICIONES FAUNA SILVESTRE Ley 611 de 2000 La fauna silvestre y acuática es definida como el conjunto de organismos vivos de especies animales terrestres y acuáticas, que no han sido objeto de domesticación mejoramiento genético, cría regular o que han regresado a su estado salvaje. MANEJO SOSTENIBLE DE LA FAUNA Ley 611 de 2000 Utilización de una forma y a un ritmo que no se oca sione su disminución a largo plazo y se puedan satis facer las necesidades de las generaciones futuras.
  • 6. DEFINICIONES RECURSOS GENÉTICOS Decisión 391 de 1996 “Régimen común sobre acceso a recursos genéticos” Todo material de naturaleza biológica que contenga información genética de valor o utilidad real o potencial. ESPECIMEN Resolución 0454 de 2001 Es todo organismo de la diversidad biológica vivo o muerto o cualquiera de sus productos, partes o derivados identificables conforme al acto adminis- trativo que autoriza su obtención.
  • 7. LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA SILVESTRE ANTECEDENTES DE LA LEGISLACIÓN EN FAUNA Código Civil. Art. 686 y siguientes:  Se definieron las clases de animales, divididos en bravíos o salvajes (fauna silvestre), domésticos.  Se determinó que el dominio de los animales salvajes se adquiere mediante actividades de caza y pesca. En 1969 INDERENA expide Acuerdo 20  Por medio del cual se adopta el Estatuto de Fauna Silvestre y Caza. Se derogó con la expedición del Decreto Ley 2811 de 1974 y su Decreto Reglamentario 1608 de 1978, vigente.
  • 8. LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA SILVESTRE Normas relacionadas con fauna silvestre Aprovechamiento Fomento y Conservación Exportación Importación racional -Regulación – caza y -Establecimiento de reservas actividades relacionadas. y áreas de manejo para la -Regulación derecho caza. conservación, investigación -Regulación establecimientos y propagación de fauna silves caza. -Convenios -Convenios tre. -Obligaciones titulares permiso -Tratados -Tratados caza. -Solicitudes -Solicitudes -Establecimiento de prohibicio- -Repoblación fauna. nes temporales o de vedas per- -Regulación y supervisión zoo manentes. lógicos, colecciones, museos. Licencias, vedas, salvoconducto movilización Prohibiciones, sanciones.
  • 9. LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA SILVESTRE ZOOCRIADEROS • Ley 611 de 2000. • De propiedad pública o privada. • Mantenimiento, fomento, cría y/o aprovechamiento de fauna con fines científicos, comerciales, industriales, de repoblación o de subsistencia. • Necesaria licencia ambiental para su operación – fase experimental (se verifica la adaptabilidad de la especie) y comercial (funcionamiento). • Para la licencia – información área, poblaciones, biología de la especie (tasa de crecimiento, natalidad, etc), ecología de la especie (estado de las poblaciones) • Obtención de especímenes – permiso caza de fomento. • Movilización – salvoconducto de movilización.
  • 10. LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA SILVESTRE MEDIDAS PREVENTIVAS  Amonestación verbal o escrita.  Decomiso preventivo.  Suspensión de obra o actividad.  Realización de estudios y evaluaciones. SANCIONES Se impondrán según el tipo de infracción y la gravedad:  Multas.  Suspensión del registro o licencia, concesión, permiso, autorización.  Cierre temporal o definitivo del establecimiento.  Demolición de obra.  Decomiso definitivo de individuos o implementos utilizados.
  • 11. ¿QUÉ SE DECOMISA? Todas las especies silvestres que tengan veda regional o nacional. Especies de fauna vivos o muertos y sus derivados (huevos, órganos, colmillos, huesos, nidos). Cualquier especimen y sus derivados que estén siendo aprovechados o transportados sin la respectiva autorización (permiso, licencia, concesión, salvoconducto, etc). http://www.chiquita.com/naturecommunity/images/FloraAndFauna/Slides/Fauna/Ateles-geoffroyi.jpg
  • 12. COMPETENCIAS PARA EL DECOMISO DE FAUNA SILVESTRE Ley 99 de 1993 Art. 85: Autoridades Ambientales Ministerio de Ambiente, Corporaciones Autónomas, Autoridades de Centros Urbanos. La Unidad Ejecutiva de Parques Nacionales Naturales en su jurisdicción. La Policía Nacional La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- Las Fuerzas Armadas Decreto-Ley 2811 de 1974 Art. 307: Los miembros de la Policía Nacional cooperarán permanentemente en las medidas destinadas a contener, prevenir o reprimir cualquier atentado contra la defensa, conservación, preservación y utilización de los recursos naturales renovables y del ambiente y en coordinar las labores de las diversas organizaciones existentes en la comunidad, encaminadas a dicha protección y defensa.
  • 13. LEGISLACIÓN AMBIENTAL RELACIONADA CON FAUNA SILVESTRE SITUACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE TRÁFICO ILEGAL DE FAUNA SILVESTRE • Colombia es, uno de los países que más surte el mercado mundial de fauna silvestre. Desde finales de la década de los 70 regiones como Meta, Vichada, Guanía, Vaupés y Amazonas se convirtieron en el centro de comercio y distribución de estas especies. • Algunas especies de tigrillos, guacamayas, loros, tortugas, peces y primates, que son difíciles de encontrar en su hábitat, llegan a manos de los coleccionistas privados de Europa Oriental, Estados Unidos y Japón. • La rentabilidad del negocio hace que sea difícil terminarlo. Por ejemplo, un león de montaña o puma, que en la selva chocoana puede obtenerse por 400.000 pesos, en Bogotá tendrá un valor cercano a los 800.000 y en un país asiático más de 12.000 dólares (unos 25 millones de pesos).
  • 14. SITUACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE FAUNA SILVESTRE  Se estima por ejemplo que en cuatro municipios de la Costa Atlántica los comerciantes pueden movilizar un estimado de 18 millones de huevos de iguana al año, que vendidos a $100, significarían ingresos anuales de $1.800 millones (1998).  En el verano de 1997 se capturaron más de 960 mil tortugas hicoteas en 20 veredas de la Mojana, Sucre (CORPOICA, 1999), si se venden a un precio de $1.000 por individuo, el precio total representaría para 1998 aprox $1.000 millones.  Desde el año 2001 la exportación de productos derivados de la fauna silvestre (cuero, pieles) representa ingresos de US$100 millones anuales.  Difícil diferenciar animales de zoocriadero y silvestres. VÍA ILÍCITA MAYOR PRESIÓN SOBRE EL RECURSO AGOTAMIENTO
  • 15. ESPECIES COMERCIALIZADAS EN EL PAÍS Caimán (Crocodilus fuscus) Iguana (Iguana iguana) http://www.zooclub.ru/images/353.jpg Lobo pollero (Tupinambis teguixin) Boa (Boa constrictor) http://www.zoobaq.org/especieani/pageimages/d16.jpg http://www.hiss-n-things.com/Costa%20Rican%20Misc%20Web%20Pics/Boa%20RT.jpg
  • 16. ESPECIES POTENCIALES DE COMERCIALIZACIÓN EN EL PAÍS Chigüiro (Hydrochaeris hydrochaeris) Guagua (Agouti paca) http://www.lablaa.org/blaavirtual/faunayflora/mamifero/images/103.jpg http://www.humboldt.org.co/images/chiguiro.gif Ñeque (Dasyprocta fuliginosa) http://www.mammalogy.org/mil_images/images/mid/687.jpg
  • 17. ACCIONES PENALES APLICABLES AL TRÁFICO ILEGAL DE FAUNA SILVESTRE Ley 599 de 2000 o Código Penal Art. 328 a 329 -Pena privativa de la libertad de 2 a 5 años a quien introduzca, explote, trafique, comercie, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, florísticos, forestales, hidrobiológicos de especie amenazada o en vía de extinción o de los recursos genéticos. -Multas hasta de 10.000 salarios mínimos legales vigentes. http://www.proaves.org/IMG/bmp/Copia_de_fauna_RNA_reinita_cerulea.bmp