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CONVENIO DE COLABORACiÓN ENTRE LA CONFEDERACiÓN
SINDICAL DE CC.OO. y "BECTOR BIKE S.L".
En Madrid, a 13 de Septiembre de 2012.
REUNIDOS:
De una parte, D. César López Sánchez, mayor de edad, en nombre y
representación de la Confederación Sindical de CCOo. y en calidad de
Responsable Confederal de Asesoramiento y Servicios, con domicilio a
estos efectos en la calle Fernández de la Hoz, nQ 12, 28010 Madrid y con
CIF G28496131, teniendo plenas facultades para otorgar el presente
documento, las cuales manifiesta no le han sido revocadas.
De otra parte, D. Fernando Martí, mayor de edad, en representación de
Bector Bike S.L, con domicilio en Avd. Pirineos 31, nave 9, 28703 de San
Sebastián de los Reyes, Madrid y con CIF B85041002, en calidad de
Director Comercial Corporativo, teniendo plenas facultades para otorgar
el presente documento, las cuales manifiesta no le han sido revocadas, y
en adelante el contratante del presente Convenio, efectuado a través del
intermedio del Agente Comercial Dña. Mª José Alcaraz Zúñiga, con DNI nQ
21436371A.
Las partes comparecientes se reconocen, recíprocamente y si excepción,
plena capacidad para suscribir el presente Acuerdo de Colaboración, sin
necesidad de cumplir ningún otro requisito, y, en su virtud,
2. MANIFIESTAN:
1.- Que, Bector Bike S.L, ofrecerá los descuentos indicados en el Anexo 1,
sobre los precios de todos los modelos de sus bicicletas YAMIMOTO, a
todas las personas afiliadas a la Confederación Sindical de Comisiones
Obreras, incluidos familiares en primer y segundo grado.
11.-Que, la Confederación Sindical de Comisiones Obreras tiene, entre
otros fines, la representación, defensa y promoción de los intereses
profesionales, económicos, sociales y culturales de sus afiliados/as.
III.-Que, es de interés para ambas partes, trabajar conjuntamente para
promover y potenciar este Acuerdo de colaboración, por lo que
ACUERDAN:
PRIMERO: Bector Bike S.L, se compromete a ofrecer a las personas
afiliadas a CCOO. y a sus familiares, ya hemos indicado, en primer y
segundo grado, un descuento del 20%, en todos sus modelos.
SEGUNDO: CCOO, se compromete a publicitar y promocionar este
Acuerdo entre sus afiliados/as y a presentar a Bector Bike S.L, la publicidad
que tengan intención de promover entre los beneficiarios de este
acuerdo.
TERCERO:CCOO, habrá de certificar la afiliación de los beneficiarios de
este acuerdo.
CUARTO: Las partes podrán acordar la realización de otras labores de
promoción y colaboración en el desarrollo del presente Acuerdo de forma
conjunta.
QUINTA: La duración del acuerdo será anual y su renovación se realizará
de manera automática cada año, durante el mes de Julio, salvo que por
alguna de las partes firmantes del mismo, se realice denuncia con 30 días
de antelación, como mínimo.
3. SEXTA: Durante el periodo de validez del presente Acuerdo, la
Confederación Sindical de CCOO se compromete a no utilizar otras
marcas de bicicletas como base publicitaria de cualquier acción o
reivindicación social.
SEPTIMA: El presente acuerdo podrá ser resuelto a petición de cualquiera
de las partes, sin necesidad de alegar causa alguna, debiendo comunicar
dicha decisión a la otra parte, con antelación mínima de un mes.
y en prueba de conf rmidad, así lo otorgan y firman por duplicado
ejemplar iun solo cto, en Madrid a, 13 de Septiembre de 2012.
D. Cesar López Sánchez. D. Fernando Martí.
Resp. Confederal de Asesoramiento Dtor. Comercial de
y Servicios de la CS CCOO. Bector Bike S.L.