El documento presenta el razonamiento de voto de la Diputada Beatriz Rojas, presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a favor del dictamen para tipificar el feminicidio en el Código Penal y de Procedimientos Penales del Distrito Federal. Reconoce el trabajo de las organizaciones civiles en defensa de los derechos de las mujeres y explica que la tipificación del feminicidio cumple con convenios internacionales. Además, argumenta que la reforma ayudará a
Notas relevantes de prensa del día lunes 11 de julio de 2011
Razonamiento de voto Dip Beatriz Rojas feminicidios
1. Razonamiento de voto de la Dip. Beatriz Rojas,
presidenta de la Comisión de Equidad y Género
de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, con respecto al Dictamen de
Tipificación del Feminicidio en el Codigo Penal
y de Procedimientos Penales del Distrito
Federal 29 de junio de
2011 .
Con su venia diputado presidente.
H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Agradezco la presencia en este recinto legislativo de las
mujeres integrantes de las distintas organizaciones y
asociaciones civiles, cuyo esfuerzo y trabajo en defensa de los
derechos de las mujeres han contribuido a establecer un
marco jurídico que busca garantizar el acceso de las mujeres
a una vida libre de violencia y que hoy se cristaliza con la
tipificación del delito de feminicidio por parte de esta
Asamblea Legislativa.
También agradezco a las y los diputados integrantes de las
Comisiones de Administración y Procuración de Justicia, y
Equidad y Género por sus opiniones y sobre todo por sus
aportaciones realizadas que enriquecieron el proceso de
dictaminación de tan importante iniciativa.
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2. Estas reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos
Penales del Distrito Federal constituyen un avance
importante en materia de igualdad de género y de derechos
humanos de las mujeres en nuestra ciudad, y sin duda
alguna representa uno de los mayores logros obtenidos por
las mujeres en el país.
Con la aprobación de estas reformas, este Órgano Legislativo
da cumplimiento a los convenios internacionales ratificados
por el estado mexicano, en el que se compromete a proteger y
hacer valer los derechos de las mujeres como la Convencion
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la mujer (CEDAW); la Convención interamericana para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer
(Belem Do Para); y el cumplimiento de la Sentencia emitida
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos conocida
como Campo Algodonero, en el que se definió el feminicidio
como los homicidios de mujeres por razones de género.
La figura de feminicidio es compleja, ya que engloba una serie
de fenómenos que van desde la violencia sistemática y la
impunidad, hasta el “homicidio de mujeres por ese simple
hecho de ser mujeres”.
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3. Estos homicidios se dan como resultado de una situación
estructural y de un fenómeno social y cultural enraizado en
las costumbres y mentalidades, estas situaciones de violencia
están fundadas en una cultura de violencia y discriminación
basada en el género. Es decir, las condiciones históricas
generan prácticas sociales que permiten continuos atentados
contra la integridad, la libertad y la vida de las mujeres en
manos de conocidos y desconocidos que tienen en común el
considerar a las mujeres como objetos y no como personas,
patrones que además han gozado de tolerancia social que los
ha normalizado y por tanto, invisibilizado.
El feminicidio representa el extremo de violencia que incluye
una variedad de abusos verbales y físicos, y poseen un
sustrato común en la misoginia, crímenes que constituyen la
forma más extrema de violencia motivada por el odio,
desprecio, placer o sentimiento de propiedad sobre las
mujeres tales como violación, tortura, esclavitud sexual,
acoso sexual y mutilación genital.
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4. Hasta ahora los delitos contra la vida y libertad de las
mujeres han estado alentados por la impunidad, las pésimas
investigaciones, las averiguaciones mal integradas en donde
la vida de las mujeres es lo que menos importa, o peor aun
resultan en que la propia victima es culpable de la violencia
extrema que se genera contra ella.
Con esta reformas al artículo 148 bis del Código Penal y de
los artículos 105, 105 bis y 105 ter del Código de
Procedimientos Penales ambos del Distrito Federal, el delito
de feminicidio podrá ser castigado severamente en los casos
de que el agresor infiera en la víctima lesiones, mutilaciones,
se encuentren signos de violencia, el cuerpo haya sido
expuesto o arrojado en un lugar público o haya sido
incomunicada, con una pena de prisión de 20 a 50 años, pero
que aumentará 10 años más en la mínima como en la
máxima, cuando el agresor y la víctima hayan tenido una
relación afectiva, de confianza, sentimental o de parentesco, y
también en los casos que haya existido una relación laboral,
docente o que haya implicado subordinación o superioridad
hacia ella.
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5. En ese sentido dichas modificaciones no solo dejarán
plasmada la norma de tipificación por el delito de feminicidio,
si no que va acompañada de normas procedimentales para
eficientar la persecución de este delito, en donde los
operadores de justicia estarán obligados a llevar una debida
investigación acatando los lineamientos de operación que
emita el mismo Procurador General de Justicia, ya que de no
ser así estos servidores públicos recaerán en responsabilidad
por no atender la debida diligencia que deberán observar en
los casos de este tipo penal.
De esta manera hoy se acabará la impunidad y se castigará
severamente y con más años de prisión a quienes con odio y
saña priven de la vida a una mujer, como los lamentables
casos ocurridos solo durante este año en esta ciudad, por
mencionar algunos:
El ocurrido a la joven Carmen, de 27 años de edad,
encontrada el 12 de junio de este año, la cual fue privada de
su libertad, la ataron con cinta canela en ambas manos, la
sometieron a tortura y al darla por muerta por parte de sus
agresores la arrojaron atrás del Aeropuerto Internacional de
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6. esta Ciudad, posteriormente la rociaron con gasolina y le
prendieron fuego, dejándola en estado grave.
O el caso que sufrió la ciudadana Matilde Arre, donde la
Procuraduría le encontró desmembrada y en tres bolsas de
plástico en la colonia San Miguel Chapultepec el pasado 24
de abril, el agresor la acoso sexualmente y al no acceder la
víctima fue brutalmente golpeada hasta matarla,
posteriormente fue mutilada de los dedos de sus manos y se
desmembró su cuerpo en tres partes, mostrando clara
desventaja ante su agresor.
Y el caso cometido el 19 de marzo del año en curso, donde el
presunto agresor Carlos Alberto Ortiz, detenido por la Policía
de Investigación, tres meses después de haber cometido el
asesinato de su pareja sentimental, cuyo cuerpo, con signos
de asfixia por estrangulación, fue encontrado en un Hotel.
La prevención, la protección y el acceso a la justicia se han
vuelto un imposible, a causa de la retrograda aplicación de la
ley ante los indiferentes casos que se van presentando.
Es así como al feminicido, contribuyen de manera criminal el
silencio, la omisión, la negligencia y la colusión de
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7. autoridades encargadas de prevenir y erradicar esos
crímenes. Es decir la violencia institucional. (Marcela
Lagarde).
Es por ello que necesitamos cambios cualitativos
estructurales en los órganos encargados de impartir justicia
que tengan una visión con perspectiva de género y
disposición para garantizar un cambio de acceso en la
impartición de justicia para las mujeres, para que esta
reforma cumpla con sus objetivos requerimos de la
capacitación de todas y todos los funcionarios encargados de
esta labor en nuestra ciudad.
La legislación con perspectiva de género debe generar una
transformación en la cultura, con estas reformas, esta
Asamblea Legislativa se pone de nueva cuenta a la
vanguardia en establecer normas con perspectiva de género
al tratar de frenar la violencia física y simbólica en contra de
las mujeres.
Con esta modificación estaremos dejando claro que quien
incurra en este tipo de acciones en contra de las mujeres será
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8. sancionado gravemente en correspondencia a los actos
cometidos.
Por ello hago un llamado a la conciencia de las diputadas y
diputados de esta Asamblea Legislativa para que voten a
favor de este dictamen que tipifica el feminicidio, cuyo
propósito es garantizar la seguridad física y la vida de la
mujeres.
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