Este documento describe los antecedentes constitucionales y la legislación actual en materia de propiedad intelectual en México. Brevemente resume que las primeras constituciones mexicanas no incluían protecciones de propiedad intelectual, pero que la Constitución de Cádiz de 1812 y la primera Constitución Federal de México en 1824 comenzaron a reconocer los derechos de autores e inventores. La legislación actual en esta área incluye la Ley de la Propiedad Industrial, la Ley Federal del Derecho de Autor y otras leyes relacionadas.
2. Fundamento constitucional
Anteriores constituciones de México, ya contemplaban disposiciones similares
a las que existen en nuestra constitución vigente de 1917.
Todos estos dispositivos fueron inspirados en la llamada “patents & copirights
clause” de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica.
Sin embargo, los primeros documentos constitucionales son omisos en señalar
alguna norma relativa a promover el arte y la ciencia a través de los derechos
o privilegios otorgados a los autores o inventores.
4. 1.- Los sentimientos de la Nación de
José María Morelos y Pavón de 1813
Este documento previo a la primera
constitución de México
independiente, era omiso en relación
al declarar cualquier aspiración o
anhelo para promover la ciencia y el
arte a través del otorgamiento del
derecho o privilegio de ninguna clase
a autores o inventores.
5. 2.- Constitución de Apatzingán 1814.
Aunque nunca tuvo una observancia y aplicación real en el territorio nacional,
constituye el primer intento de Carta Magna de México independiente; y que
al igual que el documento anterior tampoco se ocupó de denotar algún
indicio en función a otorgar derechos a la inventiva o creatividad humana.
Sin embargo, es importante resaltar, que al amparo del derecho de libertad
de imprenta se pretendía incentivar la libre manifestación de las ideas.
6. 3.- Constitución Española de Cádiz.
(1812)
Conocida coloquialmente como constitución de Cádiz. Si
bien fue diseñada para implementarla en el viejo
continente, al tener una profunda inspiración liberal,
tuvo vigencia en la Nueva España, hasta antes del triunfo
de la independencia de México en 1821 con el Plan de
Iguala.
En su artículo 335 señalaba en su párrafo quinto:
Tocará a las Diputaciones: …
Párrafo quinto “Promover la educación de la juventud
conforme a los planes aprobados, y fomentar la agricultura,
industria y comercio, protegiendo a los inventores de
nuevos descubrimientos en cualquiera de estos ramos…”
7. 4.- Primera Constitución Federal
de México Independiente 1824.
En su artículo 50, ésta constitución señalaba lo siguiente:
“Fracc. I.- Promover la ilustración, asegurando por tiempo
limitado los derechos exclusivos a los autores por sus
respectivas obras…”
“fracc II.- … asegurando por tiempo limitado a los inventores,
perfeccionadores o introductores de algún ramo de industria;
derechos exclusivos por sus respectivos inventos, perfecciones
o nuevas introducciones”.
Siendo entonces el primer ordenamiento de la cual deriva la
protección a los derechos de los autores e inventores.
8. 5.- Constitución de 1857.
En su artículo 7 y 28 rezaban:
“Artículo 7.- Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos
sobre cualquier materia. Ninguna ley o autoridad puede establecer la
previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores…”
“Artículo 28.- No habrá monopolios ni estancos de ninguna clase, ni
prohibiciones a título de protección a la industria. Exceptuándose
únicamente los relativos a la acuñación de moneda, correos, a los
privilegios que, por tiempo limitado, conceda la ley a los inventores o
perfeccionadores de alguna mejora”.
11. Normas de Carácter sustantivo
Ley de la Propiedad Industrial.
Ley Federal del Derecho de Autor.
Ley Federal de Variedades Vegetales.
Ley Federal del Trabajo.
Ley sobre producción, certificación y comercio de Semillas.
Ley de Bioseguridad de organismos genéticamente modificados.
Ley de fomento para la lectura y el libro.
Ley de impuesto sobre la renta.
Ley federal de metrología y normalización.
12. Normas de carácter Adjetivo.
Ley federal del procedimiento administrativo.
Ley federal del procedimiento contencioso administrativo.
Código Federal de Procedimientos Civiles.
Ley Aduanera.
Código de Comercio.
13. Leyes reglamentarias
Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial
Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Reglamento del IMPI.
14. LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
La primera normatividad que surge en la materia de forma más precisa data
de 1991, con la Ley de Fomento y Protección a la Propiedad Industrial, en
función de la incorporación de nuestro país al GATT (Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio) en 1990.
Anteriormente en nuestro país existían normas de carácter paternalista que
impedía una libre y total competencia en contextos de carácter internacional.
15. LPI
Cabe señalar que México es el único país que ha firmado y mantiene en vigor
tratados de naturaleza comercial con países de distinto nivel de desarrollo,
para establecer zonas de libre comercio, procurando generar una integración
económica con el fin de eliminar trabas arancelarias al comercio entre el
grupo de países firmantes.
16. Beneficios obtenidos de la firma del
GATT para México.
Códigos de conducta en materia de :
Licencias de importación.
Normas técnicas.
Dumping y antidumping.
Valoración aduanera.
17. GATT…
Bajo el amparo de este documento México se obliga a hacer las modificaciones
pertinentes en su sistema jurídico nacional, dando cabida a la reforma de leyes
federales, para ser acordes al tratado antes citado de las cuales sobresalen para
efectos de la materia:
Ley de invenciones y marcas de 1976.
Ley sobre el control y registro de transferencia de tecnología y uso y explotación
de Patentes y Marcas, y su reglamento de 1982 y 1990 respectivamente.
Dando origen Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, conocida
coloquialmente como “Ley del 94” que posteriormente cambia su nombre como
actualmente se conoce Ley de la Propiedad Industrial (LPI).
18. Ley Federal de los Derechos de Autor.
Esta ley tuvo nacimiento el 5 de diciembre de 1996 y
entró en vigor hasta 1997.
Ésta ley vigente sigue siendo proteccionista del autor
de las obras, aunque por necesidad incorporó
elementos necesarios para adecuarlo al TLCAN de
1993.
Es una ley reglamentaria del Artículo 28 Constitucional.
Es una ley de interés social, de observancia general en
todo el territorio nacional.
19. Ley Federal de Variedades Vegetales.
Creada en el Sexenio del Presidente Ernesto Zedillo, fue publicada en 1996.
Es importante para la materia ya que delimitaba con mayor precisión la
transferencia de la competencia para conocer de los asuntos relacionados con
el tema al IMPI (Instituto Mexicano de Propiedad Industrial), junto con la
SAGARPA.
Lo anterior en atención a los trámites relacionados con la protección de los
derechos de los obtentores de variedades vegetales.