sistema tributario boliviano en el contexto actual
Inventario extrajudicial
1. INVENTARIO EXTRAJUDICIAL PROCESO NO CONTENCIOSO DE SUCESION TESTADA
DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO ________________________ (Q.E.P.D.)
SEÑOR JUEZ ______________ DE CIRCUITO DE DE LA PROVINCIA DE CHIRIQUÍ, DE LO
CIVIL:
Nosotros, ____________, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal número 4-
223-979, actuando como PERITO AVALUADOR; _____________, varón, panameño, mayor de edad,
con cédula de identidad personal número 4-176-86, y, ____________, varón, panameño, mayor de edad,
con cédula de identidad personal número 4-72-109, ambos actuando como TESTIGOS
ACTUARIOS dentro de la Sucesión Intestada ____________ (Q.E.P.D.), quien en vida porto la cédula
de identidad Nº 4-42-605, con último domicilio en el Distrito de David, en mano derecha, vía a
Querevalos a 20 metros antes del Bar la Reina, Provincia de Chiriquí. Presentamos
nuestro INVENTARIO EXTRAJUDICIAL, encontrando los siguientes activos a nombre del causante
de la presente sucesión Y basándonos en la última voluntad del finado quien otorgó Testamento
Abierto ante Notaria Segunda de Chiriquí, mediante Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987,
cuya copia reposa en el expediente de sucesión testada que atiende este inventario.
En la cláusula primera del Testamento Abierto del señor GIL ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), quien
en vida porto la cédula de identidad Nº 4-42-605, se enumera una serie de bienes inmuebles y bienes
muebles, pasando a establecer en este inventario los únicos bienes reales que existen a favor del causante:
ACTIVOS:
BIENES MUEBLES: No Existen bienes muebles, correspondientes a los manifestados por el señor GIL
ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), dentro de la cláusula primera, punto cuatro (4) y punto (5) de
la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987, de la Notaría Segunda de Circuito de Chiriquí;
CLAUSULA PRIMERA: Punto 4) de la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987,
• Un (1) Tractor Massey Fergunson, modelo 165 del año 1972, con un arado de cuatro (4)
discos.
• Una (1) rastra de dieciocho (18) discos.
• Una (1) bomba de Fumigar marca Holder.
• Una (1) abonadora marca Leslie.
• Un (1) rotatil de cincuenta y seis (5) pulgadas.
Todos estos bienes muebles debido a que en vida los vendió el señor GIL ANTONIO QUINTERO
(Q.E.P.D.), no existen del caudal hereditario para ser inventariados.
CLAUSULA PRIMERA: Punto 5) de la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987,
• Una (1) camioneta modelo Blue Bird, marca Datsun, cuatro (4) puertas, cinco (5) pasajeros,
con radio AM y FM; motor L18247613, año 1983, color crema, con placa de circulación para el
año 1986, número 4-6751, inscrita en el Municipio de Alanje, a nombre del señor GIL
ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.).
Este bien mueble debido a que en vida lo vendió el señor GIL ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), no
existe dentro del caudal hereditario para ser inventariada.
BIENES INMUEBLES:
Conforme Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987, de la Notaría Segunda de Circuito de
Chiriquí cláusula primera, punto primero, correspondiente a la cuota parte que mantenía el señor GIL
ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.),quien en vida porto la cédula de identidad Nº 4-42-605, en conjunto
con la señora GRABRIELA MUÑOZ DE QUINTERO sobre la finca No. 903, Rollo 1, asiento 1,
inscrita en Registro Público de la Sección de la Propiedad, ubicada en Los Positos Corregimiento de
Guarumal, distrito de Alanje, con una superficie de 52HAS + 9998MTS2, valor catastral es de B/.750.00,
cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: TERRENO DE OCTAVIO QUINTEROSUR: CAMINO DE LA ROSITAA PARQUE
ODENTIA CHACON Y TERRENO OCUPADOS POR LA ESCUELAESTE: CAMINO DE ALANJE A
LOS POSITOS Y OCTAVIO QUINTEROOESTE: CAMINO ALANJE A VARQUITO
2. Al señor GIL ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), quien en vida porto la cédula de identidad Nº 4-42-
605, le correspondía una (1) cuota parte de la finca No. 903, Rollo 1, asiento 1, inscrita en Registro
Público de la Sección de la Propiedad, ubicada Los Positos Corregimiento de Guarumal, distrito de
Alanje, la topografía de la finca es plana en un noventa por ciento, siendo tierra cultivable, actualmente
no tiene pasto, es clara que se utiliza para el cultivo de arroz; siendo el valor catastral registrado de la
finca No. 903 de B/.750.00, percibiéndose el actual incremento del valor de la tierra, tomándose como
referencia la fecha de inscripción ante Registro Público el día 26 de abril de 1990 a favor de GIL
ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), en conjunto con la señora GRABRIELA MUÑOZ DE
QUINTERO sobre la finca No. 903, Rollo 1, asiento 1, inscrita en Registro Público de la Sección de la
Propiedad, podemos notar que han transcurrido diecinueve (19) años de edad, constituyéndose el valor
por hectárea aproximadamente en B/.0.07para la época en que fue adquirida la finca 903; actualmente el
valor por hectárea en el Distrito de Alanje en DOS MIL QUINIENTOS MIL BALBOAS CON 00/100
(B/2,500.00), por lo que le asignamos a la cuta parte un valor de CIENTO TREINTA Y DOS MIL
QUINIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/132,500.00), por ser tierra cultivable y de alto valor de
adquisición.
Conforme al punto tres (3) de la Cláusula primera de la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de
1987, de la Notaría Segunda de Circuito de Chiriquí, existe y se mantiene dentro de la Finca 903, una
casa de bloques repellada unifamiliar de dos habitaciones con baño higiénico con zinc, la cual fue
construida en 1987 aproximadamente, por lo que mantiene más de 22 años por lo que le asignamos un
valor de NUEVE MIL BALBOAS (B/.9,000), así mismo con respecto a la galera con techo de zinc y
cemento, también fue construida en 1987 aproximadamente, por lo que mantiene más de 22 años por lo
que le asignamos un valor de NOVECIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/900.00).
DERECHOS POSESORIOS:
Existen derechos posesorios conforme a la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987, de la
Notaría Segunda de Circuito de Chiriquí cláusula primera, punto primero, consistente en un lote de
terreno de aproximadamenteSEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (650M2), el cual
está situado en el Barrio de san Cristóbal, en la Ciudad de David, cuyos linderos son NORTE: con
propiedad de MODESTO VALDEZ; sur: Carretera que conduce a Querevalos. ESTE: con propiedad
de SARA SAMUDIO VIUDA DE CANDANEDO, y con propiedad de MODESTO VALDEZ, en el
mencionado terreno existe una casa de techo de zinc, paredes de bloques repellada y pintada, con un
reparto interno de sala, comedor, cocina, un garaje, dos sanitarios, cinco recamaras, actualmente se
encuentra cercado con bloque repellado, mantiene en la cerca verjas de hierro, a la construcción se le
puede dar un valor de VEINTI CINCO MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.25,000.00), tomando en cuenta
que la construcción es de 1987, y mantiene una depreciación de veintidós (22) años.
BENEFICIARIOS: Con respecto a la Escritura Pública No. 107 de 26 de enero de 1987, de la
Notaría Segunda de Circuito de Chiriquí, que mantiene el TESTAMENTO ABIERTO del
señor ANTONIO QUINTERO (Q.E.P.D.), quien en vida porto la cédula de identidad Nº 4-42-605,
Cláusula segunda son los siguientes personas: su señora esposaEMPERATRIZ ACOSTA ARAUZ, con
cédula de identidad 4-90-570; TELMA ARIELA QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-
129-351; NEREIDA MARIA QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-294-1677;ROSMARY
QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-203-66; DELMA ROSA QUINTERO ACOSTA,
con cédula de identidad 4-246-493; HAYDEE ANAYANSI QUINTERO ACOSTA, con cédula de
identidad 4-702-1696; GIL ANTONIO QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-186-
149; WILBERTO QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-294-1700; VICTOR MANUEL
QUINTERO ACOSTA, con cédula de identidad 4-242-687; JULIAN QUINTERO ACOSTA,
con cédula de identidad 4-144-843; y, LUIS ANTONIO QUINTERO ACOSTA, con cédula de
identidad 4-132-1834, todos actualmente mantienen con domicilio en el Distrito de David, en mano
derecha, vía a Querevalos a 20 metros antes del Bar la Reina.
A la sucesión testada le asignamos un valor de CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL
CUATROSCIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/.158,400.00)
Atentamente,
ERIC AUGUSTO QUIELPERITO AVALUADOR EDWIN MIRANDA
MARTINEZTESTIGO ACTUARIO ROBERTO CEDEÑO MENDEZTESTIGO ACTUARIO