2. ANTECEDENTESDurante los últimos meses se ha abierto el debate sobre cuan equitativo es el sistema electoral
en el país, y muchos interesados, sobretodo, aquellos que asesoraron, diseñaron e impusieron
el ultimo esquema de elección, han tratado de justificar y con ello llevar adelante una elección
cuyas bases son discriminatorias, desiguales que benefician a un sector.
Las distorsiones introducidas en el proceso eleccionario tienen origen en tres instancias el
constitucional, el legislativo y el operativo que corresponde al TSE.
1. En el constitucional, la propia Constitución establece categorías de ciudadanos de
primera y de segunda, por poco apátridas, como si la gran mayoría no hubiese nacido en
esta tierra, creando un discurso de odio de unos contra otros. Obviamente, esto tiene un
origen de larga data, pero si no reconocemos al boliviano “igual”, sin mirar su color, su
raza o algún distintivo, seguirá habiendo conflicto.
2. En el legislativo, las Leyes Nº 026 y la Nº 421 han consolidado las distorsiones racistas y
clasistas de la constitución otorgando derechos desproporcionados a ciertos sectores y
regiones poblacionales, en base a su origen, en desmedro del resto de la población
boliviana.
3. En el nivel operativo, el TSE, a través de las resoluciones que definen las
circunscripciones, han profundizado mucho mas la igualdad de los derechos políticos de
los bolivianos, en realidad has configurado un sistema distributivo de electores que
favorece a ciertos sectores y perjudica a gran parte de la población, profundiza la
separación urbano –rural, y crea circunscripciones de pobres y ricos, sentando las bases
para discursos de odio y racismo.
3. MARCO NORMATIVO ACTUAL
1. Constitución Política del Estado
2. Ley del Régimen Electoral 026/2010
3. Ley de Distribución de Escaños 421/2013
4. Ley de régimen especial y excepcional para la realización de elecciones
generales 1266/2019
5. Ley de postergación de elecciones 1297/2020
8. Partido Votos % Diputados Senadores
Evo Morales Ayma
Álvaro García Linera
Manfred Reyes Villa Plan Progreso para Bolivia-
Leopoldo Fernández Ferreira Convergencia Nacional
Samuel Doria Medina
Gabriel Helbing
René Joaquino
Carlos Suárez Gonzáles
Ana María Flores
Guillermo Nuñez Del Prado
Román Loayza
Porfirio Quispe
Alejo Véliz Lazo
Pablo Valdez Molina
Rime Choquehuanca
Nora Castro
4 582 786 89,16
156 290 3,21
120 364 2,48
4 859 440 94,54 130 36
5 139 554 100
280 114 5,45
Candidatos
Movimiento al Socialismo 2 943 209 64,22 26
1 212 795 26,46 37 10
88
Frente de Unidad Nacional 258 971 5,65 3
Alianza Social 106 027 2,31 2
Movimiento de Unidad Social
Patriótica
23 257 0,51
GENTE 15 627 0,34
Pueblos por la Libertad y
Soberanía
12 995 0,28
Bolivia Social Demócrata 9905 0,22
Votos válidos
Votos en blanco
Votos nulos
Total de votos emitidos
Inscritos
Abstención
CONFORMACION DE
CAMARAS
2014
10. Partido Votos % Diputados Senadores
Evo Morales Ayma
Álvaro García Linera
Carlos Mesa Gisbert
Gustavo Pedraza Mérida
Chi Hyun Chung
Paola Barriga Machicao
Óscar Ortiz Antelo
Shirley Franco
Félix Patzi Paco
Lucila Mendieta
Virginio Lema Trigo
Fernando Untoja Choque
Ruth Nina Juchani
Leopoldo Chui Torrez
Víctor Hugo Cárdenas
Humberto Peinado
Israel Franklin Rodríguez
Justino Román Hurtado
6 137 671 95
229 337 3,55
93 507 1,45
6 460 515 88,31
854 849 11,69
Votos válidos
Votos nulos
Votos en blanco
Habitantes inscritos 7 315 364
Participación
Abstencionismo
Frente Para La
Victoria
23 725 0,39 0 0
Unidad Cívica
Solidaridad
25 283 0,41 0 0
Partido Acción
Nacional
39 826 0,65 0 0
MNR 42 334 0,69 0 0
Movimiento
Tercer Sistema
76 827 1,25 0 0
Bolivia Dice No 260 316 4,24 4 1
Partido
Demócrata
539 081 8,78 9 0
Comunidad
Ciudadana
2 240 920 36,51 50 14
Movimiento al
Socialismo
2 889 359 47,08 67 21
Candidato a Presidente y
vicepresidente
CONFORMACION DE
CAMARAS
2019
11. CONSIDERACIONES PREVIAS
El análisis esta basado en la información de la ultima elección, suponiendo que es el padrón
electoral mas actualizado.
Se ha realizado tomando en cuenta el numero de inscritos, y por otra, el numero de votos
validos, descartando únicamente los ausentes, debido a que algunas circunscripciones
presentan un nivel de ausentismo fuera de lo común. El sustento de esta decisión, es reflejar
el derecho de los que realmente votaron frente a la susceptibilidad de que algunos padrones
fueron inflados.
Los resultados difieren ligeramente en aquellas circunscripciones con mayor grado de
ausentismo, sin embargo, en el resto el patrón tendencial es el mismo.
La primera, parte del análisis nuestra los resultados de la distribución de Senadores y
diputados sobre la base del concepto de “igualdad del voto”, mientras que la segunda parte,
analiza los resultados observando las distorsiones introducidas por la propia Constitución, las
Leyes y las decisiones del TSE
12. 7,0
10,1
9,5
1,8
2,3
1,9 1,9
1,3
0,3
4 4 4 4 4 4 4 4 4
0,0
2,0
4,0
6,0
8,0
10,0
12,0
CBBA LPZ STZ ORU POT CHU TAJ BEN PAN
NUMERODESENADORES
DEPARTAMENTO
DISTRIBUCIONDESENADORES
EN BASE POBLAC
ACTUAL
29. OBSERVACIONES Y CONCLUSIONE
La igualdad del voto en Bolivia ha sido desestructurada sistemáticamente, primero en base a
conceptos y criterios ideológicos, que introducen en el marco normativo elementos de un alto
grado de subjetividad, que distorsionan la igualdad del voto en diferentes niveles. A
continuación, se describen algunos de esos elementos y sus efectos:
1. A pesar de sus principios de igualdad y no discriminación, la propia CPE establece la
existencia de dos tipos de personas, los indígenas y todos los demás, atribuyéndole a los
primeros, derechos políticos que el resto no los tiene, en franca vulneración de los principios
de igualdad del Art. 8 II y no discriminación Art 14 II.
2. Establece la distribución y cantidad de senadores, sin establecer criterio alguno para el total y
la distribución. Sin embargo, este vacío creemos que es intencional.
Comentario. - Ahora bien, si consideráramos la distribución de los senadores en base a la
igualdad del voto=ciudadano, el grafico XX muestra que algunos departamentos no llegarían a
contar ni con un senador, por lo tanto, la explicación de poseer 4 senadores viene de la
jurisprudencia de la CPE anterior donde sí se establecía la compensación geográfica o concepto
departamentos.
3. Emergente del primer punto, la CPE también establece la existencia de hasta tres tipos de
diputados que son elegidos de tres formas diferentes
Comentario. - Hay una sobrevaloración política de los indígenas, cuyos resultados vulneran
principios y postulados de la propia Constitución. Las distorsiones introducidas por el término
indígena, ha dado origen a discursos xenófobos, racistas y/o clasistas de unos cuantos que se
sienten dueños de nuestro país.
4. La Ley 026 al realizar la distribución del número de escaños por departamento, introducen
el segundo factor de distorsión, mientras que la Ley 421, a pesar de alisar las diferencias
sigue manteniendo la desigualdad del voto nacional.
Comentario. - Para justificar las diferencias, la Ley 421 introduce un nuevo concepto, como base
de la distribución Asignación Mínima de Escaños a los Departamentos con Menor Población., a
los de Menor Grado de Desarrollo Económico, asignación de Escaños por el Principio de
Proporcionalidad, aparentemente cada uno de estos conceptos ha servido para determinar un
30. 5. Las distorsiones introducidas por las Leyes 026 y 421, hacen que no exista una
equivalencia de los votos a nivel nacional o entre todos los departamentos, ya que cada
uno requiere una cantidad promedio de votantes diferente para elegir a un diputado. Las
diferencias son substanciales:
• La diferencia a nivel nacional, entre la circunscripción con más votantes y la de menor
número es 9 a 1.
• Al comparar las circunscripciones uninominales con las circunscripciones especiales,
los resultados muestran que la relación puede alcanzar de 175 a 1 es decir 175
personas equivalen a un (1) indígena.
• Las distorsiones no solo se dan entre las circunscripciones uninominales y las
indígenas, sino también entre si, ya que la circunscripción con mayor cantidad de
votantes y la de menor cantidad, la relación es 24 a 1.
Comentario.- Si consideráramos una cifra repartidora nacional por diputado, todas las
circunscripciones indígenas sumarian menos de una circunscripción, en el mejor de los
casos, un (1) representante.
6. La Resolución - TSE-RSP Nº 0195/2014 que delimita las 63 Circunscripciones
Uninominales introduce una nueva distorsión creando desigualdades del voto, esta vez en
función de la población rural y la población urbana. Las graficas de cantidad de votantes
por circunscripción muestra claramente la diferencia de votantes que requieren cada una
de las circunscripciones para elegir un diputado. Los resultados muestran que:
• Los nueve (9) departamentos muestran una clara tendencia de favorecimiento en la
delimitación para las zonas urbanas tengan una mayor cantidad de electores respecto
de los requeridos en el área rural.
• Las diferencias, en la mayoría de los casos, es de 2 a 1, aunque también existen
31. 6. La inequidad del voto no solo está en la distribución de los escaños y en la definición de
las circunscripciones, sino también está en la forma de elección. De acuerdo al Art. 146 II.
En cada Departamento, se eligen la mitad de los Diputados en circunscripciones
uninominales y la otra mitad se elige en circunscripciones plurinominales
departamentales. Esto quiere decir que cada votante, vota en una circunscripción por un
diputado uninominal y vuelve a votar por otro diputado plurinacional. La metodología
favorece a los grupos mayoritarios en desmedro de las minorías que tienden a
desaparecer. Obviamente, los votantes de los partidos grandes tienen un doble efecto de
su voto, ya que por doble partida se aseguran sus diputados. Los resultados de las dos
últimas elecciones muestran una tendencia clara al bipartidismo y la desaparición de
partidos pequeños,
El sistema fue creado para manipular la VOTACION Y RESULTADOS para favorecer al partido
en función de gobierno y generar complicidad con aquellos que se creen segundos.
Funciono muy bien hasta que sus efectos fueron insuficientes, por lo que recurrieron al
fraude. De todas formas, el sistema electoral actual mantendrá en una posición muy
cómoda para impedir el buen desempeño de cualquier gobierno en las condiciones de una
oposición fragmentada, inclusive con la posibilidad de ser gobierno nuevamente.
Este es un sistema funesto. Debido a que da poder sobredimensionado a las mayorías y crea
grandes inequidades al eliminar a las minorías.
32. Las correcciones a estas distorsiones pasan por la modificación de la Constitución, pero
sabemos que esto no es posible en el corto plazo por las connotaciones que esto
implicaLuego está la modificación y/o anulación de las Leyes 026/2010 y la Ley N
421/2013, requerimos de la voluntad del Legislativo, que no la tenemos o lograr su
declaratoria de inconstitucional.
En el corto plazo, se puede dar paliativos a través de la modificación de la Resolución TSE-
RSP Nº 0195/2014, para delimitar nuevamente las 63 Circunscripciones Uninominales, el
recurso puede ser iniciada por los ciudadanos.
¿Otras opciones?, en el largo plazo, requerimos modificar la constitución a fin de eliminar
los aspectos discriminatorios, para lo cual será necesario un proceso más largo, la
constituyente.
Obviamente hay un montón de estrategias políticas y administrativas y/o electorales que
pueden ser estructuradas de la disposición de estos y nuevos ingredientes. Solo se necesita
un poco de imaginaciónlos mismos votantes, por lo tanto, quien gane en el uninominal
también ganara el departamental o plurinacional.