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PARAISOS FISCALES POR JAVIER BENITO  LUIS FERNANDO  PAOLA ANDREA GRISALES RIOS
¿ QUE ES PARAISO FISCAL ? Un  “Paraíso Fiscal” puede ser un país, un territorio, una determinada región o también una actividad económica que se busca privilegiar frente al resto, con la finalidad de captar fuertes inversiones, constituir sociedades, acoger personas físicas con grandes capitales, etc. Conforme se puede apreciar, el término “ paraíso fiscal” admite múltiples posibilidades, por ello es recomendable utilizar el término “países o zonas de baja tributación”.
  La OCDE (“Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico”) en un Informe del año 1987 consideraba que un país o territorio desempeña el papel de paraíso fiscal cuando el mismo se ofrecía o consideraba como tal, ya que se considera que sólo realizan prácticas fiscales perjudiciales por la competencia que suponen para los otros sistemas fiscales estatales. Es en 1998 cuando la OCDE especifica los criterios que debe reunir un país o territorio para que sea calificado como paraíso fiscal
a)      Ausencia de impuestos o impuestos meramente nominales para las rentas generadas por las actividades económicas   b)      Carencia de intercambio efectivo de información en base a una legislación y prácticas administrativas que permite a las empresas y particulares beneficiarse de normas basadas en el secreto frente a la fiscalización de las autoridades, que impiden el intercambio de información de sus contribuyentes con otros países.   c)       La falta de transparencia en la aplicación de las normas administrativas o legislativas  
d)      La no exigencia de actividad real a particulares o a empresas domiciliadas en esa jurisdicción fiscal, por el hecho de que sólo quieren atraer inversiones que acuden a esos lugares por razones simplemente tributarias Sin embargo, ante las presiones de la Administración americana, en julio de 2001 el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, órgano encargado de realizar el seguimiento de las jurisdicciones identificadas como paraísos fiscales, alcanzó un compromiso por el cual estos lugares no serían sancionados por su régimen tributario propiamente dicho, sino por su grado de cooperación en la transparencia e intercambio de información con otros países. Esto supone en la práctica una corrección clara de la definición de paraíso fiscal, que a partir de ahora está más ligada a su grado de cooperación que a su régimen tributario.
PARAISO FISCAL ,EVASION Y FRAUDE FISCAL La mayoría de los autores identifican la utilización de los paraísos fiscales con actividades de evasión y fraude fiscal. Otros, en cambio, piensan que tales territorios se relacionan más con actividades legítimas de planificación fiscal internacional. De ahí la pugna entre personas y gobiernos favorables a su creación y frente a los que luchan por combatirlos e imponerles sanciones o mecanismos que traten de eliminar sus efectos.
ELUSION FISCAL La elusión fiscal es la pieza clave de la planificación fiscal. Representa el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal o para diferir en el tiempo su impacto. Además, permite al contribuyente evitar que se realice el hecho imponible, con el fin de no pagar los tributos o abaratar los costos tributarios, procurando para ello forzar alguna figura jurídica establecida en las leyes. Eludir es perfectamente legal y se combate con una análisis económico de los hechos que permita al auditor determinar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas por los agentes económicos para evitar el pago de los impuestos.
EVASION FISCAL La evasión fiscal consiste en sustraer la actividad al control fiscal y, por tanto, no pagar impuestos.  Por lo tanto se configura como una figura delictiva, ya que el contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, convirtiendo su conducta en una infracción que debe ser sancionada. Intenta reducir los costos tributarios, utilizando para ello medios ilícitos y vedados por las leyes, como el contrabando, fraude, etc. contra los que las autoridades deben luchar con todos sus medios legales para conseguir recuperar los ingresos perdidos
LOCALIZACION La dificultad técnica para determinar cuándo un territorio, país o enclave geográfico es considerado como paraíso fiscal, hace que no exista entre las distintas organizaciones un criterio uniforme para determinar su número exacto Así, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) publicó en el Informe del año 2000 una lista con 35 países o territorios identificados como paraísos fiscales, sin embargo, la ONU tiene censados hasta un total de 74 territorios, aunque según otros estudios se han censado más de un centenar de territorios con estas características.
ordenamiento jurídico español regula esta figura en el Real Decreto 1080/91, de 5 de julio, donde enumera hasta un total de 48 lugares Europa : Principado de Andorra, República de Chipre, Gibraltar, República de  Malta, Islas de Guarnesey y de Jersey, Principado de Liechtenstein, Gran Ducado de Luxemburgo,  Principado de Mónaco, República de San Marino, Isla de Man. América : Antillas Neerlandesas, Aruba, Anguilla, Antigua y Barbuda, Las Bahamas, Barbados, Bermudas, Islas Caimanes, República  de Dominica, Granada, Jamaica, Islas Malvinas, Montserrat, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago, Islas Turks y Caicos, , Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de EE. UU., República de Panamá. 
África : República de Liberia, República de Seychelles, Islas Mauricio.  Asia:  Emirato del Estado de Bahrein, Sultanato de Brunei, Emiratos Árabes Unidos, Hong-kong, Reino Hachemita de Jordania, República Libanesa, Macao, Sultanato de Omán, República de Singapur, Islas Marianas.   Oceanía : Islas Fiji, Islas Cook, República de Naurú, Islas Salomón, República de Vanuatu              Relación que no incluye otros como Suiza, Costa Rica, Madeira, Gambia, Samoa, Belize, Salvador, etc.
LOS PARAISOS FISCALES Y EL FENOMENO DE LA GLOBALIZACION En una sociedad globalizada como la nuestra, los actores de la economía española están perfectamente incorporados al sistema financiero. Este sistema integra a los numerosos paraísos fiscales que desde los años ochenta han crecido al amparo de la falta de regularización y liberalización de los flujos internacionales de la economía. Los efectos perniciosos que generan en todos los países contribuyen a la ruptura del pretendido equilibrio de la economía mundial, que podemos concretar en los siguientes:
Los efectos perniciosos que generan en todos los países contribuyen a la ruptura del pretendido equilibrio de la economía mundial, que podemos concretar en los siguientes:   -          Facilitan el fraude y la evasión fiscal de grandes fortunas, muchas generadas mediante negocios lícitos.   -          Posibilitan el blanqueo de capitales de origen ilícito  -          Se utilizan como medio para financiar el terrorismo [
Podemos concluir afirmando que los paraísos fiscales son generadores de pobreza en los países del Norte y especialmente en los del Sur, ya que con la evasión fiscal se impide la inversión en los servicios públicos esenciales (educación, sanidad, seguridad social, etc.), se generaliza la corrupción a todos los niveles, se deteriora la confianza en las instituciones públicas y todo ello produce un retraso importante en el desarrollo de los países que se traduce en un elevado índice de fracasos escolares, desigualdades sociales, pobreza, descenso de la esperanza de vida,  etc.
ESTRATEGIAS PARA ACABAR CON LOS PARAISOS FISCALES Existe una gran preocupación en los Estados por lo que significa de pérdida de ingresos fiscales, efectos sobre la opinión pública por los continuos escándalos financieros que se producen y por la infiltración de las organizaciones criminales y de las instituciones económicas, erosionando gravemente las democracias de los países desarrollados.  La lucha contra los paraísos fiscales y el blanqueo de dinero que se lleva a cabo en ellos se encuentra con dos serios obstáculos: el secreto bancario y el principio de soberanía nacional.
Nos encontramos ante derechos fundamentales de las personas y Estados democráticos, y no hay bases legales en el Derecho Internacional para intervenir cuando se invocan estos dos principios. Por esto es necesaria la construcción de una normativa legal internacional que contemple la criminalidad económica como delito Se debe fomentar la creación de organismos especializados, firmar y ratificar convenios internacionales sobre la represión de la corrupción en los mercados internacionales, la cooperación policial y judicial permanente, realizar estudios, crear comisiones de investigación, formación de jueces y policías especializados, adopción de códigos de buena conducta, estudio de nuevas técnicas de corrupción, etc
Un avance hacia la erradicación de los paraísos fiscales debe comenzar por indagar las respuestas a una serie de preguntas que nos llevarán a entender mejor los mecanismos prácticos de la movilidad del capital:  ¿cómo se mueve tanto dinero tan rápidamente? ¿cómo operan estas sumas ingentes de dinero en continuo movimiento? ¿cómo se trasfieren esas cantidades de masa monetaria de un banco a otro? ¿se mueve el dinero en efectivo?
La lucha contra la desaparición de estos territorios requiere del consenso más generalizado posible para conseguir una estrategia de actuación conjunta de la mayoría de los países, que deben promover medidas encaminadas a regular y controlar el capital financiero, entre otras:  - Las autoridades públicas deben luchar por conseguir el levantamiento del secreto bancario.  -  Impulsar la creación de instrumentos jurídicos internacionales para exigir a estos territorios que revelen la identidad de los titulares de las cuentas bancarias - Los Estados deben definir una serie de obligaciones:
- Analizar la incidencia que tienen los paraísos fiscales sobre las políticas fiscales de los Estados al incentivar la evasión y el fraude fiscal que algunos Gobiernos europeos pretenden paliar con amnistías fiscales periódicas destinadas a recuperar el capital huido Es preciso que los gobiernos tomen conciencia de esta cínica situación y adopten medidas concretas tendentes a mejorar la cooperación fiscal internacional :  1- La imposición fiscal a las corporaciones transnacionales sobre base unitaria, posibilitando a las autoridades fiscales la corrección de la fraudulenta desviación de ganancias hacia las jurisdicciones de baja tributación.  2- La aplicación universal del principio de residencia para la fiscalidad empresarial.
3- Una cooperación más estrecha entre los Estados para suprimir el fraude fiscal y la competenc ia fiscal entre ellos.  4- Una armonización de los tipos impositivos y de las bases imponibles sobre el capital  5- Establecimiento de autoridades fiscales de carácter regional y global que representen los intereses de los ciudadanos. 6- Incentivar las inversiones extranjeras fomentando la instalación de empresas extranjeras en un territorio y reduciendo la fiscalidad mediante la firma de tratados bilaterales de doble imposición en los que se concede una reducción fiscal a las sucursales de las empresas del otro país que se han establecido en su territorio. La firma de estos convenios bilaterales no se llevará a cabo con países que sean paraísos fiscales.
7- Gravar fiscalmente los beneficios obtenidos dentro del país por las sociedades mercantiles no-residentes. De esta forma, las autoridades fiscales exigen que todos los beneficios obtenidos dentro de un país por una sociedad mercantil offshore sean sometidos al pago de los impuestos antes de ser transferidos al extranjero. Esto supone que dichos beneficios estarán gravados al 35% como si se tratase de una sociedad residente establecida regularmente en el país.
CONCLUSIONES Un paraíso fiscal  lo que busca es beneficiar a las personas no residentes y facilitan que estas realicen aperturas de cuentas bancarias, evadiendo impuestos y reduciendo costos, muchas de estas lo que  hacen es lucrarse y es un tema delicado para todo lo que concierne tributariamente en su país de origen.

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Exposicion Paraisos Fiscales

  • 1. PARAISOS FISCALES POR JAVIER BENITO LUIS FERNANDO PAOLA ANDREA GRISALES RIOS
  • 2. ¿ QUE ES PARAISO FISCAL ? Un “Paraíso Fiscal” puede ser un país, un territorio, una determinada región o también una actividad económica que se busca privilegiar frente al resto, con la finalidad de captar fuertes inversiones, constituir sociedades, acoger personas físicas con grandes capitales, etc. Conforme se puede apreciar, el término “ paraíso fiscal” admite múltiples posibilidades, por ello es recomendable utilizar el término “países o zonas de baja tributación”.
  • 3.   La OCDE (“Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico”) en un Informe del año 1987 consideraba que un país o territorio desempeña el papel de paraíso fiscal cuando el mismo se ofrecía o consideraba como tal, ya que se considera que sólo realizan prácticas fiscales perjudiciales por la competencia que suponen para los otros sistemas fiscales estatales. Es en 1998 cuando la OCDE especifica los criterios que debe reunir un país o territorio para que sea calificado como paraíso fiscal
  • 4. a)      Ausencia de impuestos o impuestos meramente nominales para las rentas generadas por las actividades económicas   b)      Carencia de intercambio efectivo de información en base a una legislación y prácticas administrativas que permite a las empresas y particulares beneficiarse de normas basadas en el secreto frente a la fiscalización de las autoridades, que impiden el intercambio de información de sus contribuyentes con otros países.   c)       La falta de transparencia en la aplicación de las normas administrativas o legislativas  
  • 5. d)      La no exigencia de actividad real a particulares o a empresas domiciliadas en esa jurisdicción fiscal, por el hecho de que sólo quieren atraer inversiones que acuden a esos lugares por razones simplemente tributarias Sin embargo, ante las presiones de la Administración americana, en julio de 2001 el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, órgano encargado de realizar el seguimiento de las jurisdicciones identificadas como paraísos fiscales, alcanzó un compromiso por el cual estos lugares no serían sancionados por su régimen tributario propiamente dicho, sino por su grado de cooperación en la transparencia e intercambio de información con otros países. Esto supone en la práctica una corrección clara de la definición de paraíso fiscal, que a partir de ahora está más ligada a su grado de cooperación que a su régimen tributario.
  • 6. PARAISO FISCAL ,EVASION Y FRAUDE FISCAL La mayoría de los autores identifican la utilización de los paraísos fiscales con actividades de evasión y fraude fiscal. Otros, en cambio, piensan que tales territorios se relacionan más con actividades legítimas de planificación fiscal internacional. De ahí la pugna entre personas y gobiernos favorables a su creación y frente a los que luchan por combatirlos e imponerles sanciones o mecanismos que traten de eliminar sus efectos.
  • 7. ELUSION FISCAL La elusión fiscal es la pieza clave de la planificación fiscal. Representa el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal o para diferir en el tiempo su impacto. Además, permite al contribuyente evitar que se realice el hecho imponible, con el fin de no pagar los tributos o abaratar los costos tributarios, procurando para ello forzar alguna figura jurídica establecida en las leyes. Eludir es perfectamente legal y se combate con una análisis económico de los hechos que permita al auditor determinar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas por los agentes económicos para evitar el pago de los impuestos.
  • 8. EVASION FISCAL La evasión fiscal consiste en sustraer la actividad al control fiscal y, por tanto, no pagar impuestos.  Por lo tanto se configura como una figura delictiva, ya que el contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, convirtiendo su conducta en una infracción que debe ser sancionada. Intenta reducir los costos tributarios, utilizando para ello medios ilícitos y vedados por las leyes, como el contrabando, fraude, etc. contra los que las autoridades deben luchar con todos sus medios legales para conseguir recuperar los ingresos perdidos
  • 9. LOCALIZACION La dificultad técnica para determinar cuándo un territorio, país o enclave geográfico es considerado como paraíso fiscal, hace que no exista entre las distintas organizaciones un criterio uniforme para determinar su número exacto Así, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) publicó en el Informe del año 2000 una lista con 35 países o territorios identificados como paraísos fiscales, sin embargo, la ONU tiene censados hasta un total de 74 territorios, aunque según otros estudios se han censado más de un centenar de territorios con estas características.
  • 10. ordenamiento jurídico español regula esta figura en el Real Decreto 1080/91, de 5 de julio, donde enumera hasta un total de 48 lugares Europa : Principado de Andorra, República de Chipre, Gibraltar, República de  Malta, Islas de Guarnesey y de Jersey, Principado de Liechtenstein, Gran Ducado de Luxemburgo,  Principado de Mónaco, República de San Marino, Isla de Man. América : Antillas Neerlandesas, Aruba, Anguilla, Antigua y Barbuda, Las Bahamas, Barbados, Bermudas, Islas Caimanes, República  de Dominica, Granada, Jamaica, Islas Malvinas, Montserrat, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago, Islas Turks y Caicos, , Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de EE. UU., República de Panamá. 
  • 11. África : República de Liberia, República de Seychelles, Islas Mauricio.  Asia: Emirato del Estado de Bahrein, Sultanato de Brunei, Emiratos Árabes Unidos, Hong-kong, Reino Hachemita de Jordania, República Libanesa, Macao, Sultanato de Omán, República de Singapur, Islas Marianas.   Oceanía : Islas Fiji, Islas Cook, República de Naurú, Islas Salomón, República de Vanuatu             Relación que no incluye otros como Suiza, Costa Rica, Madeira, Gambia, Samoa, Belize, Salvador, etc.
  • 12. LOS PARAISOS FISCALES Y EL FENOMENO DE LA GLOBALIZACION En una sociedad globalizada como la nuestra, los actores de la economía española están perfectamente incorporados al sistema financiero. Este sistema integra a los numerosos paraísos fiscales que desde los años ochenta han crecido al amparo de la falta de regularización y liberalización de los flujos internacionales de la economía. Los efectos perniciosos que generan en todos los países contribuyen a la ruptura del pretendido equilibrio de la economía mundial, que podemos concretar en los siguientes:
  • 13. Los efectos perniciosos que generan en todos los países contribuyen a la ruptura del pretendido equilibrio de la economía mundial, que podemos concretar en los siguientes:   -          Facilitan el fraude y la evasión fiscal de grandes fortunas, muchas generadas mediante negocios lícitos.   -          Posibilitan el blanqueo de capitales de origen ilícito  -          Se utilizan como medio para financiar el terrorismo [
  • 14. Podemos concluir afirmando que los paraísos fiscales son generadores de pobreza en los países del Norte y especialmente en los del Sur, ya que con la evasión fiscal se impide la inversión en los servicios públicos esenciales (educación, sanidad, seguridad social, etc.), se generaliza la corrupción a todos los niveles, se deteriora la confianza en las instituciones públicas y todo ello produce un retraso importante en el desarrollo de los países que se traduce en un elevado índice de fracasos escolares, desigualdades sociales, pobreza, descenso de la esperanza de vida,  etc.
  • 15. ESTRATEGIAS PARA ACABAR CON LOS PARAISOS FISCALES Existe una gran preocupación en los Estados por lo que significa de pérdida de ingresos fiscales, efectos sobre la opinión pública por los continuos escándalos financieros que se producen y por la infiltración de las organizaciones criminales y de las instituciones económicas, erosionando gravemente las democracias de los países desarrollados. La lucha contra los paraísos fiscales y el blanqueo de dinero que se lleva a cabo en ellos se encuentra con dos serios obstáculos: el secreto bancario y el principio de soberanía nacional.
  • 16. Nos encontramos ante derechos fundamentales de las personas y Estados democráticos, y no hay bases legales en el Derecho Internacional para intervenir cuando se invocan estos dos principios. Por esto es necesaria la construcción de una normativa legal internacional que contemple la criminalidad económica como delito Se debe fomentar la creación de organismos especializados, firmar y ratificar convenios internacionales sobre la represión de la corrupción en los mercados internacionales, la cooperación policial y judicial permanente, realizar estudios, crear comisiones de investigación, formación de jueces y policías especializados, adopción de códigos de buena conducta, estudio de nuevas técnicas de corrupción, etc
  • 17. Un avance hacia la erradicación de los paraísos fiscales debe comenzar por indagar las respuestas a una serie de preguntas que nos llevarán a entender mejor los mecanismos prácticos de la movilidad del capital: ¿cómo se mueve tanto dinero tan rápidamente? ¿cómo operan estas sumas ingentes de dinero en continuo movimiento? ¿cómo se trasfieren esas cantidades de masa monetaria de un banco a otro? ¿se mueve el dinero en efectivo?
  • 18. La lucha contra la desaparición de estos territorios requiere del consenso más generalizado posible para conseguir una estrategia de actuación conjunta de la mayoría de los países, que deben promover medidas encaminadas a regular y controlar el capital financiero, entre otras: - Las autoridades públicas deben luchar por conseguir el levantamiento del secreto bancario. - Impulsar la creación de instrumentos jurídicos internacionales para exigir a estos territorios que revelen la identidad de los titulares de las cuentas bancarias - Los Estados deben definir una serie de obligaciones:
  • 19. - Analizar la incidencia que tienen los paraísos fiscales sobre las políticas fiscales de los Estados al incentivar la evasión y el fraude fiscal que algunos Gobiernos europeos pretenden paliar con amnistías fiscales periódicas destinadas a recuperar el capital huido Es preciso que los gobiernos tomen conciencia de esta cínica situación y adopten medidas concretas tendentes a mejorar la cooperación fiscal internacional : 1- La imposición fiscal a las corporaciones transnacionales sobre base unitaria, posibilitando a las autoridades fiscales la corrección de la fraudulenta desviación de ganancias hacia las jurisdicciones de baja tributación. 2- La aplicación universal del principio de residencia para la fiscalidad empresarial.
  • 20. 3- Una cooperación más estrecha entre los Estados para suprimir el fraude fiscal y la competenc ia fiscal entre ellos. 4- Una armonización de los tipos impositivos y de las bases imponibles sobre el capital 5- Establecimiento de autoridades fiscales de carácter regional y global que representen los intereses de los ciudadanos. 6- Incentivar las inversiones extranjeras fomentando la instalación de empresas extranjeras en un territorio y reduciendo la fiscalidad mediante la firma de tratados bilaterales de doble imposición en los que se concede una reducción fiscal a las sucursales de las empresas del otro país que se han establecido en su territorio. La firma de estos convenios bilaterales no se llevará a cabo con países que sean paraísos fiscales.
  • 21. 7- Gravar fiscalmente los beneficios obtenidos dentro del país por las sociedades mercantiles no-residentes. De esta forma, las autoridades fiscales exigen que todos los beneficios obtenidos dentro de un país por una sociedad mercantil offshore sean sometidos al pago de los impuestos antes de ser transferidos al extranjero. Esto supone que dichos beneficios estarán gravados al 35% como si se tratase de una sociedad residente establecida regularmente en el país.
  • 22. CONCLUSIONES Un paraíso fiscal lo que busca es beneficiar a las personas no residentes y facilitan que estas realicen aperturas de cuentas bancarias, evadiendo impuestos y reduciendo costos, muchas de estas lo que hacen es lucrarse y es un tema delicado para todo lo que concierne tributariamente en su país de origen.