El diputado Ovidio Cortazar Ramos presenta una iniciativa para reformar la Ley de Instituciones de Crédito con el objetivo de eliminar los límites en las transacciones que pueden realizar las corresponsalías bancarias y comisionistas. Actualmente, estos límites restringen el acceso de la población al sistema financiero y aumentan los costos. La reforma también busca que las regulaciones promuevan la presencia de estas figuras en zonas sin servicios bancarios debido a su baja densidad población o actividad económica.
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Reforma art. 46 bis 1 LIC
1. QUE REFORMA EL ARTÍCULO 46 BIS 1 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, A CARGO DEL DIPUTADO OVIDIO CORTÁZAR RAMOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN <br />El suscrito, diputado Ovidio Cortazar Ramos de la LXI Legislatura integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la Ley de Instituciones de Crédito, al tenor de la siguiente <br />Exposición de Motivos <br />En el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, dentro del Eje de Economía Competitiva y Generadora de Empleo, se incorpora el objetivo de contar con un sistema financiero eficiente para favorecer una mayor capacidad de crecimiento de la economía. Esta eficiencia está ampliamente vinculada con la capacidad que tiene el sistema para canalizar recursos a los mejores proyectos, independientemente del tamaño de éstos. <br />Para el alcance del objetivo, los actores del sistema financiero han realizado diversas acciones en materia regulatoria y operativa para consolidar la eficiencia y estabilidad del sistema. Como resultado, diversos indicadores del sistema financiero han mejorado, tales como el ahorro financiero1 que de representar un 34.8 por ciento del producto interno bruto en el año 2000 pasó a 51.9 por ciento en el 2007, indicador que si bien se ha incrementado en los últimos años, aun se encuentra en niveles inferiores a los esperados de acuerdo al tamaño de la economía mexicana. <br />El avance en el desarrollo del sistema financiero mexicano representa la incorporación de más población. Sin embargo, algunos segmentos de ésta aun se encuentran al margen del sistema, representando un reto para los años venideros, dado que la marginación de un gran número de familias que no tienen acceso a los instrumentos de ahorro y crédito las hace más susceptibles de sufrir desequilibrios financieros, pues se enfrentan a la dificultad de obtener opciones de financiamiento competitivos que se adecuen a sus necesidades, permitiéndoles mejorar su bienestar e incrementando la equidad. <br />En este ámbito, México muestra un subdesarrollo comparado a nivel internacional, pues de acuerdo a estudios del Banco Mundial2, sólo el 25 por ciento de la población3 tiene acceso a servicios financieros, porcentaje muy inferior al observado para Colombia (41 por ciento), China (42 por ciento), Brasil (43 por ciento), Chile (60 por ciento), Estados Unidos (91 por ciento), España (95 por ciento) y Canadá (96 por ciento), por citar solo unos ejemplos. <br />El bajo acceso de los mexicanos al sistema financiero se confirma por la infraestructura financiera limitada4 en términos poblacionales, pues en el año 2007 los cajeros automáticos existentes en nuestro país por cada mil habitantes fueron de 0.3 y en España, por ejemplo, de 1.3. Asimismo, el número de sucursales por cada mil habitantes fue de 0.08 para México, mientras que para Chile fue de 0.10. <br />Estas cifras nos muestran que en México aun existen muchas regiones en donde no hay disponibilidad de servicios financieros, impidiendo el acceso a éstos o incrementando el costo que representa para los usuarios dada su lejanía, aun a pesar de que en el mes de marzo de 2009 el número de sucursales de la banca múltiple3 ascendió a 10 mil 658 y los cajeros automáticos a 29 mil 604. <br />De acuerdo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en el 2006 casi 14 millones de mexicanos no contaban con la posibilidad física de acceder a los diversos servicios financieros, lo que impone barreras adicionales para su incorporación al proceso de desarrollo del país6. <br />La falta de accesibilidad, limitada por la posibilidad física es resultado del número de municipios que cuentan con una sucursal bancaria pues, de acuerdo a la Condusef, en el 2006 tan sólo 719 municipios (de los más de 2400 existentes) eran atendidos por la banca múltiple, destacando que prácticamente el Distrito Federal y Tabasco estaban totalmente cubiertos por la presencia bancaria en cuanto al número de sus municipios, en contraparte Oaxaca, Yucatán, Puebla, Tlaxcala y Veracruz fueron atendidos con servicios bancarios el 5.1 por ciento, 9.4 por ciento, 13.14, 16.7 por ciento y 26.4 por ciento de todos sus municipios, respectivamente. Es importante mencionar que hay casos de entidades federativas que tienen un gran número de municipios con una densidad poblacional limitada y una actividad económica precaria, lo que hace financieramente inviable el funcionamiento de una sucursal bancaria, de ahí la baja cobertura en éstas. <br />La población que no tiene acceso a servicios financieros tiene características muy diferentes a los que si lo tienen, de ahí que el proceso de dotar a esta población de servicios tiene que considerar las peculiaridades tanto de la población como de la región geográfica en la que se encuentra, obviamente cuidando la viabilidad y sostenibilidad de los servicios, así como la administración del riesgo que implica. <br />quot;
Llama la atención que después de varios años de estabilidad macroeconómica y de un crecimiento moderado, pero consistente de la economía, la penetración de la actividad bancaria reporte un comportamiento muy limitado, no sólo ante la posibilidad de atender nuevas localidades hasta ahora desatendidas, sino también para consolidar su actividad donde ya existe una presencia marginal desde mucho tiempo antesquot;
7.<br />La Condusef señala que la baja penetración bancaria se refleja principalmente en los segmentos de población con ingresos medio bajo y bajo, ubicados en regiones donde no existe una cobertura bancaria. A pesar de que se prevé un incremento en el número de centros de atención queda la duda de si éstos se establecerán en las zonas donde la presencia de la banca es nula o limitada o si se concentrará en regiones donde ya existe cobertura por ser dinámicas económicamente hablando y seguras. quot;
En otras palabras, es mucho más probable que la competencia se de con mayor intensidad en plazas donde ya existe una base de clientes importante y segura, que en otros lugares con potencial pero económicamente más débilesquot;
. <br />Las autoridades han promovido la incorporación de diversas entidades financieras, han reducido los costos de entrada y creado nuevas figuras para incrementar la oferta de servicios financieros, tales como productos de ahorro y préstamo8, en especial en aquellas zonas tradicionalmente desatendidas por la banca múltiple. <br />En este sentido, reformas a la Ley de Instituciones de Crédito fortalecen la presencia de prestadores de servicios financieros como las corresponsalías bancarias o comisionistas, tal como lo señala el artículo 46 Bis 1 de esta ley que a la letra dice quot;
Las instituciones de crédito podrán pactar con terceros, incluyendo a otras instituciones de crédito o entidades financieras, la prestación de servicios necesarios para su operación, así como comisiones para realizar las operaciones previstas en el artículo 46 de esta Ley...quot;
. <br />Estas figuras permiten la presencia de prestadores de servicios financieros en zonas tradicionalmente desatendidas pues con la mencionada reforma legal se redujeron los costos del sector. <br />Las corresponsalías bancarias o comisionistas pueden realizar actividades atendiendo las disposiciones que al efecto emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre las que destacan aquellas relativas al resguardo del secreto bancario, la seguridad en las operaciones y el monto individual y total de éstas. <br />Respecto a los límites de las operaciones que las instituciones de crédito pueden llevar a cabo a través de terceros se establecen individuales y agregados. En cuanto al límite individual, se señala que por tipo de operación y cliente, no puede exceder de un monto diario equivalente a 1,500 Unidades de Inversión (Udi´s) por cada tipo de inversión y cuenta tratándose de retiros de efectivo y pago de cheques, y a 4,000 Udi´s respecto a depósitos en efectivo. <br />Esta disposición limita el tipo y número de operaciones que se pueden realizar, pues al establecer estos quot;
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se elimina parte de las ventajas que representan estas figuras. Asimismo, en el caso de las zonas donde no existe una sucursal bancaria, esta disposición representa un costo adicional para la población, ya que tendría que trasladarse hacia una sucursal bancaria para realizar la transacción, con la consecuente inversión de tiempo y recursos. <br />Derivado de lo anterior se propone eliminar tal restricción al derogar el inciso a) de la fracción VI del artículo 46 bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito con el objeto de que ley no limite el monto de las operaciones para evitar marginar a la población del sistema financiero. Asimismo, con esta modificación se permite que el monto de las transacciones que se realicen a través de las corresponsalías o comisionistas se sujete a los contratos que realicen la institución de crédito y el tercero. <br />En el mismo sentido, se propone adicionar un párrafo tercero, recorriéndose los subsecuentes, para especificar en la ley que las disposiciones generales que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en materia de corresponsalías bancarias y comisionistas deberán fomentar la presencia de éstos, en especial, en zonas que por sus características resulta inviable el establecimiento de una institución de crédito como lo son municipios con baja densidad poblacional o con una débil dinámica económica. <br />Con esta reforma se busca eliminar la posibilidad de que estas figuras únicamente proliferen en aquellas regiones donde existe una cobertura de servicios financieros, sino que se fomente su presencia en regiones en donde actualmente no existen oferentes de servicios financieros. <br />Estas modificaciones contribuirían a fomentar una mayor cobertura de servicios financieros y reducir costos tanto para las instituciones de crédito como para los usuarios de sus servicios. <br />Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de <br />Decreto que reforma la Ley de Instituciones de Crédito <br />Artículo Único. Se reforma el artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito para quedar como sigue: <br />Artículo 46 Bis 1. … <br />I. a V. … <br />VI. … <br />a) (se deroga) <br />b) … <br />VII. y VIII. … <br />Las disposiciones de carácter general a que se refiere el primer párrafo de este artículo deberán fomentar la presencia de comisionistas en aquellas áreas geográficas en las que por sus características resulta inviable el establecimiento de una institución de crédito. <br />Lo dispuesto en el artículo 117 de esta ley… <br />… <br />…<br />Transitorio <br />Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. <br />Recinto Legislativo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 1 de febrero de 2010. <br />Diputado Ovidio Cortazar Ramos (rúbrica) <br />