La introducción presenta la controversia sobre la legalización del aborto en el Perú, indicando que existe un dilema jurídico dado que tanto la madre como el feto son sujetos de derecho. Luego plantea su tesis de que, de acuerdo a las leyes peruanas, no se puede estar de acuerdo con la legalización del aborto porque el derecho a la vida del concebido está por encima del derecho de la madre.
5. Estricticina, mercurio y arsénico, sustancias letales para el ser humano, eran algunos
de los elementos que, hace más de 2000 años, se recomendaba emplear a aquellas
mujeres que querían evitar quedar embarazadas. Con el paso de los siglos y con un
mayor conocimiento del funcionamiento del cuerpo femenino, fueron surgiendo
otros procedimientos que también cumpliesen fines anticonceptivos. Avances como
el descubrimiento de la progesterona (hormona que favorece la implantación y el
embarazo) permitieron que, en 1944, se suministrara el primer anticonceptivo oral y
que, posteriormente, en 1970, se supiera que dosis altas de hormonas sintéticas
(estrógenos y progesterol) prevenían el embarazo si estas eran tomadas pocos
después de una relación sexual. Desde los años noventa, este último método,
denominado anticonceptivo oral de emergencia (AOE), ha tenido gran difusión y ha
sido empleado por un gran número de usuarias, hasta el punto de ser ofrecido en los
centros de salud. Sin embargo, desde esa misma década, existe una corriente de
opinión que sostiene que el uso del AOE debe ser prohibido porque aún no hay
evidencia concluyente que respalde el hecho de que sus efectos no son abortivos.
Ello ha supuesto que se mantenga la discusión que, por un lado, sostiene que
debería continuar siendo comercializado y distribuido normalmente, y, por otro lado,
que se lo retire del mercado hasta que se compruebe su naturaleza no abortiva.
Respecto del dilema anterior, consideramos que el AOE debe seguir siendo
distribuido en los centros de salud, estatales y privados, y, a continuación,
sustentaremos las razones de por qué debe ser así.
Adaptado de http://www.encolombia.com/anticonceptivos-datoshistoricos.htm y http://www.spog.org.pe/articulos.php?articulo=30
6. Estricticina, mercurio y arsénico, sustancias letales para el ser humano,
eran algunos de los elementos que, hace más de 2000 años, se
recomendaba emplear a aquellas mujeres que querían evitar quedar
embarazadas. Con el paso de los siglos y con un mayor conocimiento
del funcionamiento del cuerpo femenino, fueron surgiendo otros
procedimientos que también cumpliesen fines anticonceptivos.
Avances como el descubrimiento de la progesterona (hormona que
favorece la implantación y el embarazo) permitieron que, en 1944, se
suministrara el primer anticonceptivo oral y que, posteriormente, en
1970, se supiera que dosis altas de hormonas sintéticas (estrógenos y
progesterol) prevenían el embarazo si estas eran tomadas pocos
después de una relación sexual. Desde los años noventa, este último
método, denominado anticonceptivo oral de emergencia (AOE), ha
tenido gran difusión y ha sido empleado por un gran número de
usuarias, hasta el punto de ser ofrecido en los centros de salud. Sin
embargo, desde esa misma década, existe una corriente de opinión
que sostiene que el uso del AOE debe ser prohibido porque aún no
hay evidencia concluyente que respalde el hecho de que sus efectos
no son abortivos. Ello ha supuesto que se mantenga la discusión que,
por un lado, sostiene que debería continuar siendo comercializado y
distribuido normalmente, y, por otro lado, que se lo retire del mercado
hasta que se compruebe su naturaleza no abortiva. Respecto del
dilema anterior, consideramos que el AOE debe seguir siendo
distribuido en los centros de salud, estatales y privados, y, a
continuación, sustentaremos las razones de por qué debe ser así.
Se presenta
información
contextualizada
con la que se
plantea una
situación
polémica
(controversia)
al lector.
TESIS
7. INTRODUCCIÓN
Título
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La introducción cumple la función de
presentar el tema controversial y la tesis a
partir de los cuales se trabajará en el texto.
Tiene dos partes:
A. La explicación de la situación
problemática (controversia) sobre la
cual se va a adoptar un punto de vista
personal. Puede presentarse a partir de
una anécdota personal, un conjunto de
datos estadísticos, una cita textual
pertinente, el contexto social o
político, etc.
B. La tesis o postura
8. 1. ¿ QUÉ ES UNA CONTROVERSIA?
Es una situación que resulta polémica, y
sobre la cual pueden existir diversas
opiniones o puntos de vista. Por ello, no
constituye verdad científica, histórica o de
cualquier otra índole.
9. 2. ¿QUÉ ES LA TESIS?
Es una afirmación que refleja un punto de
vista personal sobre una situación polémica
(controversia), de cuya validez se busca
convencer a un auditorio de personas.
10. CARACTERÍSTICAS DE LA TESIS
Una tesis bien formulada debe tener las siguientes
características (teniendo en cuenta que surge de
una situación polémica):
Se debe redactar en una oración y no en una frase. Esta
oración constituye el enunciado central que se va a defender o
sustentar en la argumentación.
Aun cuando hay múltiples maneras de hacerlo, se
recomienda que empiece con algunas palabras que indiquen
que se está tomando una postura respecto a la controversia:
“Pienso que…”, “Creo que…”, “En mi opinión, …” “Me parece
que…”, “Es necesario que…”, entre otras.
11. Observe algunas maneras de enunciar la tesis.
TESIS
•El aborto es un fenómeno perjudicial
para la mujer.
•Considero que el aborto remediará el
problema del maltrato de niños no
deseados.
•Sustentaré que el aborto es un crimen.
•En mi opinión, el aborto puede ser
beneficioso solo en el caso de las
mujeres violadas.
Tema:
EL ABORTO
12. La tesis es siempre una afirmación en torno a una
situación planteada. No puede ser una pregunta, pues
esta no precisa un punto de vista sobre una situación
polémica.
NOTA:
Hay que insistir en que estos enunciados
constituyen una tesis solo en la medida en que
responden a una controversia, es decir que
son un punto de vista adoptado frente a una
situación polémica.
13. También es posible una formulación de la tesis que
incluya la mención de los argumentos que se
desarrollarán.
Pienso que el aborto es un fenómeno
perjudicial para la mujer, (1) por las secuelas
físicas que puedan presentarse, así como (2)
por los efectos psicológicos que pudieran
generar en ella.
14. Actividad
Reconozca las partes de la introducción
(información contextualizada, controversia y
tesis) en el siguiente párrafo.
15. La defensa de la vida ha tenido sustento legal y constitucional desde hace
más de 30 años en el Perú. La Constitución Política de 1979 refiere en el
artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad
física y al desenvolvimiento de su personalidad. Asimismo, afirma que al que
está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece. En 1985,
se aprobó la Ley de Política Nacional de Población (LPNP), que señala que el
concebido es sujeto de derecho desde la concepción. En 1993, la Constitución
peruana presenta un enunciado similar al de la constitución anterior y solo
añade la palabra ‘concebido’. Asimismo, la Ley General de Salud de 1997 (Ley
Nº 26842) afirma en su título preliminar que el concebido es sujeto de
derecho en el campo de la salud. La legalización del aborto implica dilemas
de diversa naturaleza: ética, religiosa, jurídica. El punto crucial de la
controversia acerca de si se debe o no legalizar el aborto está en el conflicto
jurídico que se deriva del hecho de que tanto la madre como el ser que está
por nacer son sujetos de derecho, y que el Estado está en la obligación de
velar los derechos fundamentales de ambos. De acuerdo con las leyes
peruanas, no se puede estar de acuerdo con la legalización del aborto
porque el derecho fundamental a la vida que tiene el concebido está por
encima de cualquier otro derecho de la madre.