2. Cuestiones preliminares.
Escuela Histórica del Derecho: Federico Carlos de Savigny, su postura
frente al proceso de codificación del derecho.
Positivismo Jurídico: estudio de los hechos y leyes que los regulen.
Escuela de la exégesis en particular: postulados.
1. Culto al texto legal.
2. Interpretación subjetiva del Derecho: voluntad del legislador (o espíritu
del legislador), jurisprudencia.
3. Estatalización del Derecho: el poder procede del Estado.
4. Eliminación en la práctica del Derecho natural.
5. Gran valor a los criterios de autoridad: intérpretes de la ley.
De la escuela histórica a la jurisprudencia de conceptos.
3. ESCUELA HISTÓRICA: la propuesta de
Savigny
Depuración de esclarecimiento del derecho romano justineaneo (derecho común):
investigación histórica institución jurídica y su relación con la realidad.
Estructura de investigación científica del Derecho según esta escuela
1. Persona
humana. Ámbito
de poder/
libertad
individual
2. Relación
jurídica entre
los individuos.
Por ej. un
contrato de
locación
NORMA JURÍDICA
3. Institución Jurídica
(conjunto de
relaciones jurídicas
sobre el mismo
ámbito) Por ej.
Derecho de locación.
DERECHO
SUBJETIVO
4. CRITICAS
Savigny no logró explicar con claridad la relación existente entre:
1. Institución y regla o norma jurídica
2. Contemplación global de las instituciones (mente del pueblo) y la
modelación categorial o elaboración de conceptos (a cargo de los juristas)
Su teoría hace demasiado hincapié en el derecho subjetivo, olvidando casi
por completo al derecho objetivo.
Solución: jurisprudencia de conceptos de Rudolf Von Ihering.
5. Su Vida:
Nacido el 22 de agosto de 1818 en Aurich, perteneciente al Reino de
Hannover, se crio en el seno de una familia de juristas y funcionarios de
justicia.
Recibió una educación de corte aristocrático. Orientó sus gustos hacia la
historia y el mundo del Derecho.
Fue profesor universitario y escritor
Falleció en 1892.
6. Obras más destacadas:
El espíritu del Derecho romano en sus diferentes etapas
de desarrollo (1852 -1865)
La Lucha por el Derecho (1872)
El Fin en el Derecho (1877)
Jurisprudencia en broma y en serio (Bromas y veras en la
ciencia jurídica (1884)
7. La Primera de sus obras:
El Espíritu del Derecho
Romano
Introducción dedicada a la importancia y al valor del
Derecho Romano en los tiempos modernos.
Toma como objeto de estudio al Derecho Romano en
su conjunto.
Separar lo pasajero y puramente romano de lo
permanente y general: poner de manifiesto la esencia
del Derecho.
Elaboración de un método para el estudio científico
del Derecho: teoría natural del Derecho.
8. Estudio del derecho romano en su conjunto:
“Espíritu del Derecho”
Fuerzas, ideas, concepciones, tendencias de un
pueblo y de una época
Ningún código, ni exposición teórica del Derecho
puede comprenderse sin el conocimiento de tales
circunstancias.
9. Sentido del Derecho para los romanos.
“Lo que comienza en un hecho vuelve a casa
convertido en derecho”.
Importancia del reconocimiento social:
seguridad y certeza jurídica.
Utilidad social: “egoísmo nacional”.
Libertad individual: hombre moral.
10. Elaboración sistemática del Derecho.
Derecho y Moral comienzan a separarse: características propias del
derecho frente a la moral.
1.Firmeza.
2.Determinación
3.Uniformidad
4.Independencia
5.Seguridad
6.Necesidad de justicia: trato uniforme.
Transformación de las normas jurídicas en conceptos jurídicos.
11. Hacia la búsqueda de un método para el estudio
científico del Derecho
Método de la Historia natural (clasificación de los seres vivos): necesidad de buscar un
método similar al de las ciencias naturales. Equiparación del método de la Química con el
del Derecho.
La importancia de los conceptos jurídicos como elementos básicos de este método
científico: simplificación cuantitativa y cualitativa.
1.Finalidad
2.Estructura
3.Clasificación
4.Propiedades
Instituciones jurídicas por ejemplo, definir un contrato.
Circunstancias esenciales de los negocios jurídicos, por ejemplo, dentro del contrato, el
acuerdo de voluntades, partes intervinientes, bienes en juego, etc.
Propiedades de las personas, cosas o derechos, por ejemplo, en un contrato de
compraventa, comprador y vendedor, cosas que se pueden vender, etc.
12. Resultado de la construcción jurídica
Elaboración de un sistema jurídico.
Caracteres:
Que contenga toda la información posible sobre cada objeto jurídico y su
concepto.
Relación entre los distintos conceptos entre sí y con el conjunto.
Desde el punto de vista práctico: presentar la materia dada por el Derecho
positivo (normas, leyes, jurisprudencia.)
Fuentes del derecho: ciencia jurídica superior (leyes y jurisprudencia) ciencia
jurídica inferior (voluntad de la ley, analogía).
Diferenciación entre derecho subjetivo (interés jurídicamente protegido) y
derecho objetivo (leyes, normas).
13. TEMA CENTRAL DEL LIBRO
Contraste con la idea de la formación del derecho según
la Escuela Histórica.
El derecho es:
1. Producto de la lucha de personas que desean proteger
su interés.
2. Paz y lucha: entiéndase lucha, en sentido de lucha
contra la injusticia.
Esa lucha por el derecho es una obligación moral de
todas las personas para formar una nación y el equilibrio
en la sociedad.
Tesis central: Los titulares de un derecho lesionado
tienen la obligación de defenderlo.
Interconexión entre el derecho subjetivo con la
personalidad de su titular.
Solidaridad entre en derecho subjetivo y el derecho
objetivo: quien lesiona a su titular lo hace también a
todo el ordenamiento jurídico.
Excepciones: estados de necesidad, causas de
justificación.
14. Su propósito
Estimular las
acciones valiosas
y el sentimiento
del derecho
Su visión sobre el
derecho: este
debía avanzar y no
quedarse estático
15. 1° Capítulo - Introducción
“El fin del derecho es la paz” y el medio para
lograrlo es la lucha
Lucha en la que debe
estar involucrado
el pueblo,
el poder del estado,
las clases
y los individuos
La lucha debe ir siempre en contra de la injusticia
16. La Lucha por el Derecho
Menciona Ihering que todo derecho alguna vez tuvo que ser
conquistado por la fuerza
Acota, que el derecho tiene dos caras, a algunos se le muestra como
lucha y a otros como paz
La lucha también se da en el ámbito objetivo, del Estado contra la
injusticia, pero inicia en el ámbito subjetivo, la lucha del individuo por
el interés genuino, aferrarnos a lo que conseguimos con nuestra lucha.
17. 2° capítulo – El interés en la Lucha por el Derecho
El interés en la lucha nace del conflicto, o en la perturbación de un
derecho preexistente.
En ese daño puede incluir a la moral y al honor.
Si ese derecho lesionado no se defiende, se estaría condenado a sí mismo a
desaparecer y si ese comportamiento se expande acarraría la desaparición del
derecho, porque implica la fuga de la justicia
En la defensa de su derecho una persona encuentra un deber
para consigo mismo, y es un deber de la sociedad.
18. 3° Capítulo - La Lucha por el Derecho en la
Esfera Individual
En este capitulo vuelve a hacer hincapié en el carácter
obligatorio de la defensa del derecho, si no se
defiende seria un suicidio moral.
Renunciar al derecho particular seria renunciar al
derecho general.
El hombre sin derecho se rebaja al nivel de bruto.
19. 4° Capítulo - La Lucha por el Derecho en la
Esfera Social
Menciona que la lucha por el derecho es una obligación para con la
sociedad
Establece previamente la relación que existe entre el derecho objetivo
y el subjetivo, es decir el que plasma el Estado en las normas jurídicas
Si la conducta de renunciar a la lucha por los intereses se repite, se
podría derrumbar el orden social que se sostiene en el derecho
<<ejemplo: el cobarde que huye del campo de batalla, este se salva
pero si los demás hacen lo mismo que él, todo estaría perdido>>
20. Reflexión Final
El sentimiento ideal del derecho lo tenemos todos, pero es opacado
opacado por la realidad, esa realidad injusta a la que todos dimos
paso cuando dejamos de luchar por lo que nos pertenecía justamente.
Puede verse en Ihering un sentimiento ideal del derecho que hoy
pocos demuestran, y eso nos deja una lección para esta profesión y
para todos los ciudadanos
21. Deja en claro que la justicia no se va a dar solo porque el Estado la
imponga, ya que el Estado solo es un reflejo de lo que somos
nosotros como individuos.
Si nosotros perturbamos el derecho ajeno y no lo respetamos o si
vemos que otra persona esta sufriendo una injusticia o es victima de
una perturbación de sus derechos y lo justificamos, no esperemos
que el Estado sea justo
El cambio viene de la esfera individual y se proyecta de manera
objetiva
22. Consecuencia de no
luchar por nuestros
derechos
A parte de la autodestrucción
es la destrucción por factores,
como los invasores donde dan
una señal internacional de que
en esta Nación todo vale, y solo
debes conocer a las personas
indicadas para evadir el derecho,
el país donde todo es valido, se
vuelve un país poco serio.
23. Obra: EL FIN DEL DERECHO
¿Cuál es
el fin?
El fin del derecho es «asegurar las condiciones de vida de la
sociedad»
Cada uno tiene su propio ideal de vida, y cuya realización constituye la meta de
de todos sus esfuerzos. «los bienes y disfrutes que condicionan la vida del
hombre no son en su apreciación solo los de naturaleza sensible, material, sino
también los inmateriales e ideales, abarcan todo lo que constituye la meta de las
luchas y los esfuerzos humanos: honra, amor, profesión, religión, arte y ciencia».
El individuo debe y tiene que saber que depende de la sociedad, que de ella
recibe su ley.
La conservación del individuo está condicionada por la de la sociedad