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Ensayo financiero Valeria Montero

12 de Dec de 2020
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  1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO ENSAYO DERECHO FINANCIERO Integrante: Valeria Montero C.I: 23.833.318 Barquisimeto, Diciembre del 2020
  2. Siendo el Derecho financiero una rama del derecho que establece la regulación de la actividad financiera del estado y de los entes público, se manifiesta que tiene como objeto estudiar sistemáticamente las normas que regulan los recursos económicos del Estado y los demás entes público, que en el mismo pueden emplear el cumplimiento de los fines. El Derecho financiero en la actualidad es la rama del Derecho Público, ya que por disciplina la actividad financiera establecido de los Entes Públicos, es aquella actividad en la cual se manifiesta la obtención, gestión y gasto de los recursos necesarios para la satisfacción de las necesidades colectivas del Estado. Por lo tanto la disciplina inculcada tiene como dos partes. En las cuales se establece como los ingresos públicos y los gastos públicos. Siguiendo este mismo orden de ideas la actividad financiera del estado y el Derecho financiero, se establece como aquella actividad que se reflejada en un conjunto de actos realizados por el estado u otro ente público, para así mismo obtener los ingresos y realizar los gastos necesarios para así mismo poder alcanzar los fines necesarios. En consideración el Derecho tributario, siendo parte del derecho financiero se establece de igual manera la regulación de los tributos, en lo que siendo esta una rama del derecho que expone los principios y normas relativas al establecimiento de la recaudación de los tributos y análisis de todas las relaciones jurídicas de que la misma resultan El Licenciado Manuel Espinoza Barragán platea en su obra Lineamientos de Derecho Público, que el Estado tiene en nuestra época una serie de actividades que son sumamente variadas y amplias y van desde la conservación de la sociedad, la salvaguardia de su independencia, la seguridad del orden y la tranquilidad, tanto exteriores como interiores, hasta el progreso social, económico, educativo, sanitario y cultural.
  3. Teniendo en cuenta lo manifestado por el autor, son conocidos bajo la denominación de cometidos o tareas del Estado, así mismo para su desarrollo, ya que la entidad estatal requiere allegarse de los bienes que le permitan tanto proveer su existencia, como los bienes que aparte permiten realizar el desarrollo de los servicios públicos Es de menciona que el Derecho financiero se puede relacionar con diversas ramas del Derecho en las cuales se puede mencionar: 1.- Derecho Constitucional: Se manifiesta en la recolección de los principios constitucionales establecidos en nuestra carta magna, La Constitucion de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo regulando en materia la actividad financiera 2.-Derecho Civil: La relación directa de esta rama del derecho con el derecho fiscal se encuentra en la teoría de la doble personalidad del Estado donde además de actuar como ente soberano, también tiene relaciones con particulares donde dichas relaciones si reportan ingresos serán sometidos a lo dispuesto del derecho tributario. 3.- Derecho Administrativo: Se manifiesta la actividad financiera con esta rama, ya que manifestando así mismo los procedimientos tributarios y el procedimiento de los gastos públicos, son procedimiento administrativos 4.- Derecho internacional Público: Aplicación del derecho Comunitario en el sistema y de fuentes. Armonización de figuras tributarias. Convenios bilaterales para evitar doble e imposición. El Derecho Financiero regula la obtención, el manejo y la aplicación del patrimonio del Estado, por lo que no se le considera como un ente autónomo, sin embargo,
  4. en dicho Derecho se engloban todos los principios y normas relativas a la Actividad Financiera del Estado. De igual manera dentro de la teoría general del Derecho, el derecho financiero no tiene autonomía, ya que como lo tiene el Derecho tributario y otras disciplinas jurídicas. El derecho financiero es parte del derecho público como se ha mencionado con anterioridad, con cierta autónoma didáctica al derecho financiero, pero negamos que tenga autonomía científica, en cuanto ciencia jurídica y dentro del concepto generalmente entendido sobre autonomía en el campo jurídico, que no es otra cosa que una cierta independencia jurídica sin despegarse de la unidad del derecho, sectores, ámbitos o disciplinas atractivas que se intenten separar en derecho, la unidad conceptual, dogmática y principista de la ciencia jurídica es indiscutible. El jurista Brasileño Alfredo Augusto Becker, quien sostiene que el vocablo autonomía es ajeno al mundo jurídico, porque aparte de prestarse a las más dispares interpretaciones, ni siquiera puede hablarse de separación entre derecho pública y derecho privado, ya que no pueden existir normas independientes en la totalidad del sistema jurídico; de manera que la expresión autonomía solo puede ser entendida con fines didácticos con respecto a cualquiera de las disciplinas del derecho. Se puede concluir sin perjuicio de ulteriores precisiones, que el Derecho Financiero tiene como objeto de estudio la actividad financiera del Estado, y que, no se ocupa de la actividad bursátil, los bancos o los negocios privados en general. A mayor abundamiento, el Derecho Financiero tiene normas y principios propios, como hemos visto. Por lo anterior, sostenemos que estamos frente a una rama autónoma del Derecho Público y que, por tanto, no está contenido por el Derecho Administrativo, aunque guarda estrecha relación con éste y con el
  5. Derecho Constitucional. Y, finalmente, que el Derecho Financiero contiene el Derecho Tributario, el Derecho Patrimonial Público, el Derecho del Crédito Público y el Derecho Presupuestal.
  6. Bibliografia Sainz de Bujanda, Fernando (1993), Lecciones de Derecho Financiero, décima edición, Artes Gráficas Benzal SA, España. Carrera O, Karla R, (2015), El Derecho Tributario y sus diferentes concepciones doctrinarias – Tesis de Grado, Universidad Rafael Landívar, Guatemala. Asorey, R, Amatucci, A, Plazas, M (2008). La Autonomía del Derecho de la Hacienda Pública y del Derecho Tributario Universidad del Rosario. Bogotá – Colombia. Rodriguez, S, Rincon, E, Calderon, J,(2006) Temas de Derecho Financiero Contemporáneo- Universidad del Rosario. Bogotá – Colombia MARTÍN QUERALT, J., LOZANO SERRANO, C., CASADO OLLERO, G. Y TEJERIZO LÓPEZ, J.M.: Curso de Derecho financiero y tributario, 20ª ed, Tecnos, Madrid, 2009. CALVO ORTEGA, R.: Curso de Derecho Financiero, tomo I (Derecho Tributario. Parte General), 13ª ed., Civitas, Madrid, 2009. PÉREZ ROYO, F.: Derecho financiero y tributario. Parte general, 19ª ed, Civitas, 2009.
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