1. INTRODUCCIÓN
Partiremos haciendo referencia a los diversos cambios en el sector de la salud,
político, económico y social de cara la emergencia vivenciada por el COVID19, y es
necesario realizar un estudio y análisis de las disposiciones optadas por el gobierno
y que deben ser tenidas en cuenta por los empresarios, empleador y así mismo
trabajadores de todos los ámbitos. A través de una conferencia otorgada por la
cámara de comercio, podremos obtener información fundamental y vital en tiempos
de emergencia y crisis mundial.
La red de afiliados de la cámara de comercio
Responsabilidades de la ARL (Teletrabajo)
¿Quiénes pueden acceder a esta red? Aquellos empresarios que tienen (2) dos
años constituido como comerciante y que así mismo han renovado su matrícula
mercantil de manera oportuna previamente a las fechas que establece la ley, contar
con los libros inscritos generalmente el libro de accionistas y junta de socios
teniendo en cuenta el tipo de actividad mercantil y tipo de personería jurídica.
¿Cuáles son los beneficios?
- Portafolio virtual que te permite tener herramientas y acceder a todo tipo de
información que necesites a la hora de emprender.
- Certificados virtuales de fácil acceso, ya que existen actividades necesarias
con el fin de constatar información para los colaboradores empresariales.
- Consulta jurídica por medio de abogados externos, a través de correo
electrónico y whatssap corporativo, con el fin de despejar dudas en áreas de
carácter laboral, tributario entre otros.
- Conferencias virtuales, para desarrollo de habilidades y conocimientos en el
sector económico (productos y servicios), esto con el fin de innovar y
reinventar estrategias para ofrecer mejor sus servicios.
GESTION DE LOS RIESGOS LABORALES EN CONTEXTO AL COVID 19
2. El 17 de marzo de 2020 mediante el decreto 417 el gobierno nacional decreta estado
de emergencia, teniendo en cuenta lo proferido por la OMS en lo referente a la
declaración de pandemia al (coronavirus) Covid19, lo que ha generado una
desproporción en diversos temas, teniendo en cuenta las múltiples normativas y
directrices que da el gobierno, en este caso el barco de riesgos laborales no son
ajenos a dichas situaciones, en este caso específicamente las ARL riesgos
laborales.
Teniendo en cuenta la siguiente normativa nos adentraremos al tema de la ARL y
sus responsabilidades.
Artículo 5 del DECRETO 488 de 2020: Que nos habla acerca del manejo de
recursos de los riesgos laborales, cabe resaltar que los recursos según la ley 1562
de 2012 establece que del 100 % de los aportes en riesgos laborales, el 5% deben
ser para actividades de promoción y prevención básica, del 92% de cada 100%,
mínimo el 10% debe ser destinado para temas especializados como diseño y
desarrollo de un sistema de vigilancia epidemiológica, es decir programas de
prevención de riegos especial, evaluación de ambientes de trabajo, confort técnico
y hasta el 3% para el fondo de riesgos laborales, sin embargo el decreto busca
destinar el 5% para empresas del sector salud, en cuanto a personal administrativo
y asistencial, así mismo de servicios conexos en general, 5% actividades de
promoción y prevención como lo es el suministro de elementos de protección
personal, el 1% para fondo de riesgos laborales y el otro 2% para emergencia en
cuanto al personal que soporta la emergencia en el marco del covid19.
Las ARL tienen la obligación que surge en este estado de emergencia, ya que los
aportes por parte de los empresarios deben ser destinados para la emergencia.
DECRETO 538 de 2020: Omite la relación de causalidad para determinar una
enfermedad laboral por el contagio de covid19 en el personal de la salud sea
administrativo o asistencial, se considerara como enfermedad laboral directa, la ARL
deberá responder en materia de salud y económica al personal afectado.
3. El gobierno ha hecho que los recursos de las ARL se comprometan de gran
forma, con la emergencia del COVID19.
Bajo la declaración de un estado de emergencia, los empresarios deben tomar
decisiones para la implementación de estrategias para la prevención y cumplimiento
de adquisición en el marco de las ARL.
La seguridad y salud en el trabajo consiste en la disciplina que trata la prevención
de lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, por ello la
exposición de riesgos son dos enfermedad o accidente, los últimos años las cifras
de accidentalidad laboral conforme a la federación de aseguradores de Colombia,
son de carácter mecánico, sea por manipulación de maquinaria es decir derivados
del peligro mecánico, caídas en general o de altura, y accidentes de tránsito.
Hablando de enfermedades laborales de manera porcentuales laborales las
principales son por traumas acumulativos, así mismo encontramos los trastornos
psicolaborales muy frecuentes en el trabajador, y es acá donde mencionamos el
covid19 ya que conforme a la emergencia el gremio empresarial, ha incrementado
los niveles de riesgos laborales en el panorama de teletrabajo por exceso de las
labores y actividades para con el trabajador.
El comportamiento de los accidentes y enfermedades laborales sea por teletrabajo
o trabajo presencial, el riesgo no desaparece, se puede mitigar sin embargo siempre
va a existir.
Es necesario definir lo siguiente: (LEY 1221 DE 2008)
Teletrabajo: Es una modalidad de organización laboral en la cual se desempeñan
actividades por parte del trabajador debidamente remuneradas, haciendo uso de
tecnologías, sin necesidad del carácter presencial, sin embargo es necesario
realizar la debida contratación con las condiciones y requisitos establecidos por el
decreto 1072.
Trabajo en casa: En el marco de una contingencia no requiere de una variación en
materia del contrato, desarrollo de actividades y labores en casa.
4. Para aquellas empresas que van a retomar labores de cara al covid19 deben
seguir cumpliendo con las exigencias laborales que permitan la protección y
garantice la salud del trabajador.
La integridad y la vida de las personas debe ser la prioridad del empresario.
Los empresarios deben crear lineamientos de planeación, en materia de
movilización, protección, condiciones de operación, control biológico, capacitación,
control de información, limpieza y desinfección de herramientas del trabajo y esto
para el empresario generaría altos costos, esto deja entre ver que los riesgos
laborales no paran, sin embargo la ARL no nos protege en la misma proporción que
antes, ya que hay prioridad en materia de salubridad.
Y refiriéndonos al tema de responsabilidad civil, y más allá de las prestaciones que
corresponden a la ARL, cabe lugar a indemnización por parte del empleador para
con el trabajador en caso enfermedad o accidente laboral por incurrir en negligencia
(omisión de medidas de cumplimiento), imprudencia (omisión de medidas de
control) e impericia (no capacidad, experiencia requerida), lo que actualmente con
la emergencia será un verdadero obstáculo para el empresario, ya que existen
múltiples responsabilidades sea civil o administrativa por omisión de normas en
seguridad y salud en el trabajo.
CONCLUSIÓN.
Conforme a lo anteriormente expuesto llegamos a concluir que los empresarios
durante años han contado con el apoyo de la ARL, sin embargo es menester
esperar una reactivación masiva de la economía, que permita salvaguardar la
integridad, rentabilidad y sostenibilidad de las empresas en el marco de las
responsabilidades anteriormente mencionadas, adoptando una cultura preventiva y
responsable de las medidas necesarias de prevención de riesgos para el trabajador.
Los efectos causados por el covid19 deben ser manejados con responsabilidad.
Finalmente frente a las diversas inquietudes que surgen para el empresario es
necesario aclarar lo siguiente.
5. - ARL le corresponde el suministro de elementos de protección personal
únicamente para el sector salud y servicios conexos, además los demás
elementos requeridos son obligación del empleador, esto teniendo en cuenta
la calidad acorde con el riesgo.
- En el sector empresarial de alojamiento deben brindar protocolos de asepsia
y limpieza en el marco del covid19.
- Se requiere una evaluación, para la mitigación del riesgo, sea mediante
trabajo presencial o en casa.
- La prioridad frente a la emergencia es la salud
- Las ARL no pueden realizar suministros de infraestructura, son situaciones
que le corresponden al empleador.
- Es factible realizar un análisis de las condiciones del trabajo, para determinar
riesgos en materia del trabajador con el fin de determinar un posible
desarrollo de actividades a través del trabajo en casa.
FOTOS DE EVIDENCIA