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TÍTULO SEGUNDO: NORMAS Y REGLAS PARA LA
CONVIVENCIA
CAPITULO II
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
“LA EDUCACIÒN ES UN DERECHO DEBER”.
Peces-Barba, en su libro Escritos sobre Derechos Fundamentales, considera al
respecto lo siguiente: "Este tercer nivel que yo denomino provisionalmente
derecho-deber, supone que el mismo titular del derecho tiene al mismo tiempo una
obligación respecto a esas conductas protegidas por el derecho fundamental. No
se trata que frente al derecho del titular otra persona tenga un deber frente a ese
derecho, sino que el mismo titular del derecho soporta la exigencia de un deber.
Se trata de derechos valorados de una manera tan importante por la comunidad y
por su Ordenamiento jurídico que no se pueden abandonar a la autonomía de la
voluntad sino que el Estado establece deberes para todos, al mismo tiempo que
les otorga facultades sobre ellos. El caso más claro de esta tercera forma de
protección de los derechos económicos, sociales y culturales es el derecho a la
educación correlativo de la enseñanza básica obligatoria" Corte Constitucional,
Sentencia T -002 de Mayo de 1992.
Es la facultad que se tiene para exigir o decidir algo libremente. El ejercicio de un
derecho, está limitado por el derecho de los demás. “Todo derecho implica el
cumplimiento de un deber”
Para todos los casos el presente manual adopta en su totalidad los artículos 42,
43, 44 y 45 de la ley 1098 de 2006, junto con el artículo 94 de la ley 1453 de
2011.
ARTÍCULO 8.- COMO ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVATÉCNICA“LISANDRO CELY” TENGO DERECHO A:
8.1 A libertades fundamentales consagradas en la constitución política y en los
tratados internacionales de derechos humanos, según lo dispuesto en la ley
1098, articulo 37.
8.2 Recibir una idónea formación humana, académica y moral.
8.3 Conocer y concertar al iniciar cada periodo académico las actividades,
contenidos, logros, metodologías, calendarios, criterios de evaluación y
bibliografía de las áreas, que se van a desarrollar; se establezca y respete el
horario previamente concertado para la superación de logros y evaluaciones
de áreas dentro de cada período.
8.4. Utilizar computadores, laboratorios y otros materiales existentes en el colegio,
de acuerdo con el desarrollo curricular y los medios de comunicación del
colegio, para expresar libre y responsablemente las ideas.
8.5. Conocer oportunamente el resultado de mis evaluaciones, y la corrección
correspondiente con el docente pudiendo hacer respetuosamente las
reclamaciones antes de ser entregadas a la secretaría.
8.6. Presentar respetuosamente sugerencias y opiniones encaminadas al
mejoramiento académico e institucional.
8.7 Conocer oportunamente las políticas educativas y el manual de convivencia.
8.8 Conocer y observar los principios del debido proceso, dignidad de la persona
humana y presunción de inocencia cuando me halle involucrado en una
actuación académica, administrativa y/o comportamental.
8.9 Ser escuchado, orientado y recibir opciones de solución a las dificultades que
se me presenten en todas las dimensiones de la persona humana.
8.10 Participar responsablemente y sin discriminación en las actividades
académicas, deportivas, culturales, religiosas y extracurriculares, organizadas
por la Institución o por otras entidades.
8.11 Elegir y ser elegido en procesos democráticos a los diferentes cargos del
gobierno escolar y consejo estudiantil.
8.12 Pertenecer a los comités o clubes que busquen mejorar la calidad
académica, deportiva, cultural o social y ambiental.
8.13 Ser respetado en mis creencias religiosas, políticas, sociales o culturales,
practicando la tolerancia.
8.14 Tramitar oportunamente los permisos o ausencias justificadas y presentar
evaluaciones, talleres o trabajos dejados de presentar en tiempos
extemporáneos, en un plazo máximo de tres días y continuar con sus
actividades académicas.
8.15 Obtener permiso para ausentarse del plantel, presentando la justificación por
escrito, con firma, cedula y número de celular del padre de familia y/o acudiente, y
la correspondiente aprobación de rectoría o coordinación y en ausencia de ellos, el
docente de disciplina.
8.16 Recibir un trato digno y respetuoso de todos los miembros de la comunidad
educativa.
8.17 Ser eximido de fallas cuando previa certificación me ausente en
representación de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, teniendo la
obligación de presentar los trabajos de cada uno de las
asignaturas del día de inasistencia.
8.18 En ninguna circunstancia se colocará más de una falla, solo la
correspondiente a cada hora de clase.
8.19 Tener la oportunidad de ser evaluado en caso de ausencia justificada.
8.20 Ser evaluado cualitativamente por mi participación en actividades
deportivas, académicas y culturales en las áreas respectivas.
8.21 Recibir los servicios de recreación y orientación con calidad.
8.22 Ser atendido en la tienda escolar con alimentos frescos y nutritivos a
precios justos.
8.23 No ser discriminado por limitaciones físicas, intelectuales y/o psicológicas.
8.24 Solicitar carnet, certificados y constancias de secretaria cuando lo requiera,
respetando los horarios establecidos por la institución.
8.25 Utilizar los libros de la biblioteca y entregarlos en el tiempo acordado y en
buen estado.
8.26 Recibir guía bibliográfica del profesor para las diferentes tareas y que éstas
sean coherentes, pertinentes, dosificadas, revisadas y corregidas.
8.27 Participar activamente en clase y ser estimulado por trabajos individuales o
en grupo cuando éstos lo ameriten.
8.28 Oportunidad de organizar y realizar concertadamente con los diferentes
estamentos actividades extracurriculares que permitan la integración como
actividades deportivas, religiosas y culturales.
8.29 Respetar el horario de descanso por parte de los docentes.
8.30 Recibir con puntualidad e idoneidad las clases asignadas.
8.31 A la verificación de logros pendientes en una determinada área por otro
profesor distinto al titular de la misma, siempre y cuando existan motivos
justificados.
8.32 A la promoción anticipada según requisitos.
8.33 A recibir de parte de los docentes las actividades pedagógicas
complementarias para la superación de logros pendientes, y a que se le reciban
las actividades de refuerzo y recuperación programadas dentro del plazo fijado en
este Manual.
8.34 Recibir exploración profesional y orientación vocacional por parte de los
directivos, docentes o personas idóneas.
8.35 A apelar al conducto regular cuando sus reclamos no sean debidamente
atendidos y a pasar sus descargos por escrito libremente sin temor a sufrir
discriminación, persecución o reprimendas por parte de las personas involucradas.
8.36 A recibir del profesor el estímulo necesario para alcanzar los logros mínimos
en cada asignatura. Según la intensidad horario semanal de las respectivas áreas,
durante el proceso, al igual que todas las actividades de refuerzo y nivelación
asignadas.
8.37 A que se le respete el aprendizaje a su propio ritmo de acuerdo con los logros
sobre el avance de la adquisición de conocimientos y el desarrollo de sus
capacidades atribuibles al proceso pedagógico (Art. 47 Decreto 1860 y Decreto
1290 de 16 de abril de 2009).
8.38 A tener acceso al observador del estudiante, a redactar sus compromisos y
darle explicación y orientación sobre la falla o error cometido y firmarlo.
8.39 A recibir buen ejemplo de responsabilidad, cumplimiento y respeto por parte
de sus superiores.
8.40 Los derechos establecidos en la Constitución Nacional y la Ley.
CAPITULO III
COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES
El primer deber de todos los líderes y estudiantes es respetar sus derechos y no
abusar de ellos, porque para exigir hay que cumplir y para recibir hay que dar.
“NO HAY DERECHO SIN DEBER, NI DEBER SIN DERECHO”
ARTICULO 9. – COMO ESTUDIANTE ME COMPROMETOA:
9.1. CONMIGO MISMO:
9.1.1 Valorar mi cuerpo, cuidando el aseo, nutrición y buena presentación.
9.1.2. En caso de enfermedad, acudo al médico y presento la excusa
oportunamente; si la enfermedad fuere prolongada y sobrepasa el tope legal
de fallas, el caso será remitido al comité de evaluación para su trámite.
9.1.3. No practicar juegos que atenten contra la integridad física y/o psicológica
de las personas.
9.1.4. Utilizar, marcar y cuidar bien mis uniformes, libros y demás implementos
personales, respetando los ajenos.
9.1.5. A vestir el uniforme de acuerdo con lo establecido y acatar las sugerencias
que sobre mi presentación personal me hagan los superiores.
9.1.6. No utilizar o consumir sustancias que dañen el cuerpo o puedan generar
adicción.
9.1.7. Manejar responsable y correctamente mi sexualidad.
9.1.8. A no usar el uniforme de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”
terminada la jornada académica o en lugares no acordes con la buena
imagen.
9.1.9. A no ausentarme de la Institución Educativa sin permiso, por ninguna razón
y utilizando medios distintos a la entrada general a la institución.
9.2. CON MI FAMILIA
9.2.1. Informar a mis padres o acudientes cuando sean citados por los entes
educativos.
9.2.2. Responder a los esfuerzos realizados por ellos mismos, al ser matriculados
en la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, con buenas notas y
excelente comportamiento.
9.3.3. A Mantener informados a mis padres de todas las actividades programadas
y realizadas por la institución al igual que el reporte de mis notas.
9.3. CON LA COMUNIDAD
9.3.1. No inducir a consumir sustancias o bebidas, que dañen al cuerpo o puedan
inducir adicción.
9.3.2. Usar oportunamente el servicio de restaurante que ofrece la Institución
Educativa.
9.3.3 Colaborar con el reciclaje de basuras y depositarlas en los sitios y
recipientes respectivos.
9.3.4 Fomentar el respeto y las buenas relaciones que fomenten la convivencia
pacífica y la construcción de la comunidad educativa en continuo
mejoramiento.
9.3.6 Cuidar el medio ambiente, respetando los jardines y demás espacios
públicos.
9.4. CON LA INSTITUCION
9.4.1. Conocer, comprender, respetar, cumplir y vivenciar la Constitución Política y
las normas contempladas en el presente Manual de Convivencia.
9.4.2. Asistir puntual a las horas de clase, permanecer en ellas y salir cuando
sean los descansos o cuando se termine la jornada académica.
9.4.3. Presentar oportunamente a coordinación los soportes a los permisos e
incapacidades dentro de los tres días hábiles siguientes a la ausencia en el
formato institucional.
9.4.4. Adquirir los libros, elementos y útiles necesarios para el logro de los
objetivos institucionales y educativos de la institución.
9.4.5. Cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores
dentro de los términos establecidos dentro del calendario académico. En
caso de no poder hacerlo, lo justificaré oportunamente y por escrito.
9.4.6 Dedicar todo mi esfuerzo y consagración para el logro adecuado de los
objetivos académicos y formativos.
9.4.7 Estudiar y prepararme debidamente para presentar evaluaciones,
actividades y trabajos en las fechas previstas; en caso de no poder hacerlo,
lo justificaré oportunamente y por escrito.
9.4.8 Asistir y representar dignamente a la institución en actividades curriculares
y extracurriculares, portando para tal efecto y de manera exclusiva el
uniforme de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” con respeto y
decoro.
9.4.9 Acatar los reglamentos internos establecidos para cada actividad cultural,
cívica, religiosa, deportiva, lúdica, y extracurricular.
9.4.10 Guardar el debido comportamiento en cada una de las diferentes zonas de
la Institución Educativa, aulas de clase, patios de recreo, sala de
informática, laboratorios, otros, durante las horas de clase y en cambios de
clase sin permanecer fuera del aula de clase salvo que haya sido citado o
enviado a otras dependencias, por parte de un superior.
9.4.11 Portar el uniforme debidamente aseado, pulcro y decentemente vestido. No
usar el uniforme en lugares públicos distintos a la institución.
9.4.12 No utilizar accesorios que atenten contra mi propia integridad y la salud
pública.
9.4.13 Considerar como propia la Institución Educativa y en consecuencia
interesarme y responsabilizarme del aseo, presentación de la planta física y
de sus implementos de biblioteca, laboratorios, pupitres, sillas, sala de
informática, baños, patios, jardines, y otros, preservando el medio ambiente.
9.4.14 Responder económicamente por los daños causados tanto a la comunidad
educativa como a los bienes de la Institución Educativa.
9.4.15 Participar en las campañas y proyectos de extensión a la comunidad y de
bienestar social que organiza la Institución Educativa.
9.4.16 Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa, saludar,
agradecer, y procurar armonía y espíritu de cooperación entre los
estudiantes y los diferentes estamentos de la Institución Educativa.
9.4.17. Respetar y acatar las órdenes de las directivas y profesores de la
institución. Cuando haya algún reclamo, hacerlo con respeto y seguir el
conducto regular.
9.4.18 Utilizar dentro y fuera de la Institución un lenguaje decente y respetuoso
excluyendo expresiones y palabras vulgares u ofensivas y menos apodos.
9.4.19 Participar activamente en todas las acciones que conllevan al
mejoramiento de mi formación integral y preservación del buen nombre de
la Institución Educativa.
9.4.20. Devolver los libros, en caso de préstamo, en el término estipulado y en las
mismas condiciones en que se suministraron. En caso de pérdida o daño me
comprometo a responder en óptimas condiciones.
9.4.21 Cuidar mis pertenencias, abstenerme de llevar consigo objetos de valor y
colaborar en el cuidado de los bienes ajenos. El colegio no se responsabiliza
por la pérdida de ellos.
9.4.22 .Ejercer con libertad y responsabilidad, el derecho democrático al voto, en
la elección de los representantes del Gobierno Escolar y el Consejo
Estudiantil.
9.4.23 Respetar las creencias religiosas, políticas, sociales y culturales de los
demás integrantes de la comunidad educativa.
9.4.24 Respetar los bienes ajenos y cuidar los de la institución que están a mi
servicio.
9.4.25 No rayar paredes, hacer o colocar dibujos o expresiones vulgares e
irrespetuosas o pornográficas en ningún sitio, de la institución.
9.4.26 Tratar a mis compañeros, con cariño y afecto sin extralimitarme en mis
manifestaciones con ellos, manejando responsable y correctamente mi
sexualidad.
9.4.27 Ingresar y salir de la institución por la puerta destinada para tal fin.
9.4.28 Concertar soluciones a los conflictos de la vida diaria teniendo en cuenta
las necesidades, intereses y aspiraciones propias y las de los otros, para
construir una convivencia justa.
9.4.29 Expresar sus puntos de vista y escuchar los de los demás, sobre problemas
que afectan su vida cotidiana.
9.4.30 Valorar la ayuda de otros y estar dispuestos a colaborar con los demás de
una manera solidaria.
9.4.31 .Cumplir los horarios establecidos por el Consejo Académico para las
respectivas nivelaciones o recuperación de logros, de lo contrario se anotará
la ausencia o incumplimiento en el observador y no podrá ingresar a las
clases hasta que se presente con el padre de familia o acudiente (quien firma
la matrícula).Se aplicará lo acordado en el SIE.
9.4.32. Elaborar y realizar un proyecto productivo, social y comunitario como
requisito de grado, el cual se debe sustentar al correspondiente jurado, dentro
de los dos (2) últimos meses del año.
9.4.33 No traer al colegio objetos que distraigan la atención en las actividades
académicas, o afecten la buena marcha de institución como: Reproductores
de música, revistas juegos y otros. El uso de celulares serán restringidos
dentro de las actividades pedagógicas, si a pesar de la advertencia el
estudiante incumple serán decomisados y entregados a los padres de familia
o acudiente mediante un acta de devolución y compromiso.
Paragrafo1: El colegio no se hace responsable por la pérdida de dinero, objetos,
joyas, uniformes, equipos y otros; estos deben ser cuidados por sus dueños.
Paragrafo2: El incumplimiento u omisión de los anteriores deberes afectan la
convivencia de la comunidad educativa y por lo tanto se considera como falta
grave.
CAPITULO IV
PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE UN CONFLICTO
La participación de los que conviven, la acción participativa de los interlocutores, el
debido proceso, la comprobación de la falta, debida y justa defensa, la
concertación como método de solución de conflictos, la proporcionalidad en la
sanción y participación de los padres de familia. Se basa en la ley convivencia
1620 de 2013 y decreto 1965 de 2013 que reglamenta.
COMITÉ DE CONVIVENCIAESCOLAR
Conformación del comité escolar de convivencia. El Comité Escolar de
Convivencia estará conformado por:
– El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
– El personero estudiantil
– El docente con función de orientación
– El coordinador cuando exista este cargo
– El presidente del consejo de padres de familia
– El presidente del consejo de estudiantes
– Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar
información.
ARTICULO 10. Funciones del comité escolar de convivencia.
Son funciones del comité:
10.1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y
entre docentes.
10.2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia
escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
10.3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad
educativa.
10.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de
los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre
de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
10.5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en
el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de
acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser
resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de
convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual
deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la
estructura del Sistema y de la Ruta.
10.6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales
y reproductivos.
10.7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que
hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y
Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones
que haya conocido el comité.
10.8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la
ciudadanía.
Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere
procesos o estrategias de convivencia escolar.
Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los
protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos
Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la
Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia
escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de
las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y
complementario.
Integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de
comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y
responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa
únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo
rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan
la función misional del establecimiento educativo.
El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la
información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del
estado de cada uno de los casos de atención reportados.
De los protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. La
Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la
convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al
Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a
partir de la aplicación del manual de convivencia.
El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de
Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima,
estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de
oficio por el Comité de, Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca
de situaciones que afecten la convivencia escolar.
Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán
considerar como mínimo los siguientes postulados:
1.La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y
estudiantes involucrados.
2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de los
estudiantes afectados y de los generadores de los hechos violentos.
3.Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados
procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el
debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes,
solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.
4.Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.
Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar
o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y
adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar,
básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual
de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán
trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del
Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería
Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la
Ruta de Atención Integral serán reglamentados por el Gobierno Nacional en un
plazo no mayor a seis meses después de promulgada esta ley. Para tal efecto se
tendrán como base los protocolos y rutas ya establecidos por las entidades e
instituciones que pertenecen al Sistema. Estos postulados, procesos, estrategias y
mecanismos de la ruta de atención integral se deben actualizar con una
periodicidad de dos años, como resultado de evaluaciones que se realicen sobre
su funcionamiento.
ARTICULO 11. – CONDUCTO REGULAR Y ACCIONES
Cuando me encuentre en una situación de conflicto, emplearé el diálogo que
informa, previene, razona, concientiza y compromete a un cambio de actitud.
11.1 Diálogo entre las partes en conflicto: Docente de Clase-Estudiante;
Estudiante- Estudiante y Estudiante y/o entre los que se generó el conflicto; se
deja evidencia de la acción realizada en el Observador del estudiante.
11.2 Diálogo entre las partes en conflicto, en presencia del director de grado y
profesor que observa la falta, se deja evidencia de la acción realizada en el
Observador del estudiante y se firmar acta de compromiso.
11.3 Diálogo entre las partes en conflicto, con la presencia del coordinador de
disciplina, director de grado, profesor que observa la falta, padres de familia, y
personero estudiantil y se deja como evidencia la firma de un acta de compromiso
entre las partes.
11.4 Si persiste el incumplimiento de los acuerdos en las actas de compromiso,
se remitirá a Comité de Convivencia quien aplicara sus correspondientes procesos
internos y tomara la decisión pertinente.
11.5 Según la decisión tomada por el Comité de Convivencia Escolar, el caso
será remitido al Consejo Directivo quien finalmente determinará la acción final de
sanción o expulsión autorizando a la rectoría a ejecutar la acción pertinente.
PARAGRAFO 1. : En cualquiera de las instancias se puede solicitar asesoría de la
Personería municipal, Comisaria de Familia, ICBF y Policía Nacional según se
requiera, de acuerdo con el código de infancia y adolescencia ley 1098.
CAPITULO V
CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA
ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y
REPRODUCTIVOS.
Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:
SITUACIONES TIPO I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente
en el clima escolar, y que en ningún caso generen daños al cuerpo o a la salud.
Son situaciones de tipo I las siguientes:
ARTICULO 12.
12.1 Hacer uso inadecuado de los recursos naturales, desperdiciar el agua,
manejo inadecuado de residuos, arrojar basuras en cualquier lugar de la
Institución. Provocar daños o destrozos en jardines, plantas, vidrios, puertas,
baños y realizar cualquier gravado en los pupitres, paredes y baños.
12.2 El porte incompleto del uniforme dentro y fuera del establecimiento
educativo en jornada académica y eventos de representación de la institución.
12.3 El uso del uniforme oficial (deportivo y de diario) en sitios donde se
considere que se desprestigia la imagen de la institución.
12.4 Practicar juegos de azar dentro de la Institución Educativa o fuera de ella,
practicar maquinitas o billar portando el uniforme.
12.5 El fraude, entendido como acto intencional personal que da como resultado
una representación equivocada tendiente a inducir en error.
12.6 Consumir alimentos o bebidas dentro del aula de clases.
12.7 Alterar el desarrollo armónico de las actividades académicas.
12.8 Efectuar manifestaciones amorosas apasionadas dentro de la Institución
Educativa Técnica “Lisandro Cely” o fuera de él portando el uniforme y cuando
estén representándolo en eventos deportivos, culturales, artísticos u otros.
12.9 Comportamiento y uso inadecuado del restaurante escolar.
12.10 Hacer uso de celulares, reproductores de música, video, etc. durante el
desarrollo de la clase, izadas de bandera, celebraciones religiosas y otras
actividades comunitarias, sin autorización del respectivo docente.
12.11 Hacer caso omiso a la señal de cambio de clase, ingreso del descanso y/o
permanecer por fuera del lugar donde se desarrollan las actividades según la
asignatura.
12.12 La llegada tarde al inicio de la jornada o de cualquier actividad escolar.
12.13 Evadirse de clases o de cualquier concentración en que esté representando
a la Institución Educativa.
11.14 Evadirse de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” durante la
jornada escolar.
12.15 Ingresar o salir de la Institución Educativa por lugares diferentes a la puerta
de entrada.
12.16 La no entrega de comunicaciones a los padres de familia enviadas por la
Institución.
12.17 Actuar en forma descortés ante cualquier persona d la comunidad
educativa.
12.18 Propiciar escándalos públicos.
12.19 Utilizar el nombre de la Institución para actividades económicas.
12.20 Aprovecharse de una cosa ajena, con el propósito de obtener provecho
para sí o para otro.
12.21 No comunicar a los padres de familia las citaciones, ocultar la información o
tergiversar los hechos.
12.22 Destruir los recursos físicos de la Institución, como pupitres, tableros,
computadores, puertas, vidrios, materiales didácticos, etc.
12.23 Escribir, grabar, o dibujar en puertas, paredes, muebles, uniformes, libros,
baños, y otros. Portar y distribuir material obsceno que atente contra la moral
y buenas costumbres e incitar a otros a hacerlo o causar daño al buen nombre
de la Institución Educativa.
12.24 Incumplir los compromisos adquiridos en cargos tales como: personero de
los estudiantes, representante del grado, monitor de cualquier área, control de
asistencia, representante deportivo y/o cultural y otros.
12.25 Impuntualidad a entrenamiento, ensayos y/o obligaciones con el colegio, el
grado o grupo según corresponda.
12.26 Protagonizar escándalos, riñas o actos que deterioren el buen nombre de la
institución.
12.27 Evadirse de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, por la pared u
otros sitios, de actos culturales, religiosos, sociales y otros.
12.28 Hurto comprobado, o complicidad en el mismo.
12.29 Permitir la entrada de personas extrañas y recibir visita de las mismas
durante la jornada escolar.
12.30 Interferir el desarrollo normal de las clases con el uso irracional del celular.
12.31 Adulteración de documentos.
12.32 Firmar excusas suplantando a los padres de familia o acudientes de un
compañero o compañera.
12.33 Bajo rendimiento académico en tres o más áreas en cada uno de los
periodos académicos.
12.34 Acumular más del 5 % de ausencias injustificadas durante el periodo
Académico.
12.35 Persistir en el bajo rendimiento académico durante dos periodos
académicos consecutivos.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESOLAR
DE SITUACIONES TIPO I
Llamado de atención verbal por el profesor de clase, disciplina, director de grado,
coordinadores, llegando a la conciliación y al compromiso de no reincidencia.
Registrar el incidente y el número del artículo correspondiente a la falta en el
observador del estudiante, y firmar un acta de compromiso. Para que este registro
sirva de prueba deberá ser firmado por los implicados y por el estudiante infractor
y si éste no quisiere firmar lo hará en su lugar un testigo.
Basado en el recaudo de pruebas consignadas en el observador del alumno o en
informes el Consejo de Profesores procederá a aplicar la sanción consistente en la
disminución en la valoración de comportamiento del periodo correspondiente,
siendo esta disminución proporcional al número de reincidencias registradas en el
observador del estudiante.
La sanción será reportada en el informe de calificaciones del respectivo periodo.
El docente conocedor de la infracción podrá levantar la sanción en los casos en
que el estudiante haya presentado disculpas o reparado los daños y haya
cumplido con el acta de compromiso.
ARTÍCULO 13. SITUACIONES -TIPO II Corresponden a este tipo las situaciones
de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no
revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con
cualquiera de las siguientes características:
1.3.1 Encubrir faltas que pongan en peligro la integridad bienestar de las
personas y recursos al servicio de la comunidad educativa y su entorno.
1.3.2 Maltratar verbal, física o psicológicamente (matoneo)a un compañero o a
cualquier otro miembro de la comunidad educativa ya sea de manera
directa o mediante uso de otros medios o dispositivos electrónicos.
1.3.3 Fumar, ingerir o distribuir bebidas alcohólicas dentro del establecimiento o
llegar a la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” bajo el efecto de
substancias Psicoactivas.
1.3.4 Cuando por acciones de indisciplina individual o colectiva el grado corra el
riesgo de ser sancionado.
1.3.5 Evasión o no asistencia colectiva a actividades académicas de la Institución
Educativa.
1.3.6 Alterar el desarrollo armónico de las actividades académicas dentro de la
institución, por ejemplo: machacar hierbas malolientes, esparcir sustancias
químicas, emitir ruidos estridentes, gritos, chillidos, silbidos, impedir el libre
tránsito de cualquier miembro de la comunidad educativa.
1.3.7 Adulteración de documentos.
1.3.8 Portar cualquier tipo de arma.
1.3.9 Persistir en constante indisciplina, agresividad e irrespeto a los miembros de
la institución.
1.3.10 Portar, consumir y/o distribuir sustancias fármaco-
dependientes.
1.3.11 Protagonizar o incitar a escándalo público a través de riñas, lenguaje soez y
apodos ofensivos.
1.3.12 Pertenecer o formar pandillas dentro o fuera de la institución Educativa.
1.3.13 Pertenecer o formar sectas satánicas.
1.3.14 Causar daño a los miembros de la comunidad educativa o por terceros, sin
perjuicio de las sanciones civiles o penales a que haya lugar.
1.3.15 Maltratar verbal, física o psicológicamente a un directivo, docente,
compañero o empleado de la institución o a un miembro de la comunidad.
1.3.16 Cualquier caso de soborno, acoso o coacción.
1.3.17 Violentar cualquiera de las puertas, puntos de venta, tienda escolar o
dependencias de la institución.
1.3.18 Adulteración de documentos, planillas, cambio de evaluaciones. Cambio de
trabajos. Plagio de trabajos, tareas y consultas.
1.3.19 Presentarse en estado de embriaguez al colegio o cualquiera de las
actividades programadas.
1.3.20 Persistir en el bajo rendimiento académico durante dos periodos
académicos consecutivos.
PROCEDIMIENTO PARA SANCIÓN DE LAS FALTAS GRAVES
–TIPO II
Registrar el incidente y el número del artículo correspondiente a la falta en el
observador del estudiante, y firmar un acta de compromiso. Para que este registro
sirva de prueba deberá ser firmado por el docente y por el alumno infractor y si
éste no quisiere firmar lo hará en su lugar un testigo. Además se hará la anotación
del número de reincidencias.
Presentación del estudiante con el padre de familia o acudiente ante el director de
grupo o profesor conocedor de la falta y elaboración y firma de una acta de
compromiso por parte del acudiente, del alumno y del profesor.
En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, presentación del
estudiante con el padre de familia y personero estudiantil ante el rector y
legalización de su compromiso en el observador del estudiante.
En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, Análisis del caso en el
Consejo de Profesores y acuerdo a la gravedad de la falta se hará remisión de
este al Consejo Directivo.
Basado en el recaudo de pruebas consignadas en el observador del alumno y las
actas de compromiso o en informes y después de haber agotado todas las
instancias, El Consejo Directivo procederá a estudiar y aplicar la acción formativa
correspondiente: matrícula condicional al estudiante, retiro temporal por un periodo
entre tres y cinco días, tiempo durante el cual desarrollará una actividad
pedagógica dentro da Institución con el acompañamiento de la Coordinación.
Dependiendo de la gravedad de las faltas, el Consejo Directivo ordenará la
suspensión temporal o definitiva del estudiante indisciplinado, de cualquier
presentación oficial del Colegio en eventos deportivos, culturales y sociales
determinada.
El acudiente o el estudiante debe pagar las reparaciones a que hubiere lugar por
daños causados a los bienes de la institución y hará la limpieza inmediata de los
grabados realizados en los pupitres, paredes o baños.
Si la gravedad de los daños lo amerita se colocará la respectiva denuncia en la
fiscalía y la correspondiente demanda por perjuicios en el Juzgado Civil.
SITUACIONES TIPO III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y
formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o
cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigente. Se consideran situaciones de tipo III las siguientes:
-Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales: Acceso carnal
violento, Acto sexual violento, Acceso carnal o acto sexual en persona puesta en
incapacidad de resistir.
-Actos sexuales abusivos: Acceso carnal abusivo con menor de catorce años,
Actos sexuales con menor de catorce años, Acceso carnal o acto sexual abusivos
con incapaz de resistir, Acoso sexual.
-Explotación sexual: Inducción a la prostitución, Proxenetismo con menor de
edad, Constreñimiento a la prostitución, Trata de personas, Estímulo a la
prostitución de menores, Demanda de explotación sexual comercial de persona
menor de 18 años de edad, Pornografía con personas menores de 18 años,
Turismo sexual, Utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer
actividades sexuales con personas menores de 18 años.
-Microtráfico: Actividad ilegal que consiste en introducir o expender drogas
alucinógenas o estupefacientes dentro o fuera de la institución, o inducir a otros a
expenderla o consumirla.
-Estímulo al uso ilícito. Consiste en cualquier forma de estimular o propagar la
elaboración y consumo de bebidas o sustancias que atenten contra la salud física
o mental.
-Porte de armas: Consiste en llevar al Colegio armas blancas o de fuego que
pongan en peligro la integridad física de las personas.
-Lesiones personales: El que cauce a otro daño en el cuerpo o en la salud
incurrirá en las sanciones establecidas en el capítulo tercero de la Ley 599 de
2000.
Extorsión: Consiste en constreñir a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con
el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para un tercero.
Atemorizar o amenazar: Conducta penal que se dirige a una persona, a una
comunidad o a una institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror
en la población o en un sector de ella.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
DE SITUACIONES TIPO III
Para la atención de las situaciones tipo III se establecen los siguientes
procedimientos:
4.3.1 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en
salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del
estudiante.
4.3.2 Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos
los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia en el
observador del estudiante.
4.3.3 El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por
el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional,
actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante.
4.3.4 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes
del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el Reglamento
Interno del Comité Escolar de Convivencia.
4.3.5 El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes
en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva
de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la
autoridad competente.
4.3.6 Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del
ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las
personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada,
actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante.
4.3.7 El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar del Municipio de Mongua.
4.3.8 Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte
del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y
del comité municipal de convivencia escolar.
4.4 De la noticia sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio
de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La información sobre
situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos se recepcionará de la siguiente forma.
4.4.1 El Docente o Directivo Docente que tenga conocimiento de una posible
situación, sea a través del propio estudiante, por medio de queja formulada por la
familia, por observación directa o por cualquier medio, realizará la apertura de la
ficha “Conocimiento de Caso de Convivencia Escolar” diseñada y aprobada por el
Comité de Convivencia Escolar que reposará en la Coordinación de Sede, con el
objeto de recoger la información general inicial y hacer el seguimiento posterior.
4.4.2 Quien conozca una posible situación que afecte la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos será el responsable
de activar los protocolos de atención integral establecidos en el presente Manual.
ARTICULO 14.-CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES PARA APLICAR UN
CORRECTIVO
14.1Haber observado una buena conducta anterior.
14.2Haber reconocido voluntariamente la falta, reparado los daños y manifestar su
compromiso de cambio.
14.3Haber sido inducido a cometer la falta.
14.4Cometer la falta en caso fortuito.
14.5Ser regularmente un excelente estudiante.
14.6Ser destacado en distintas áreas: Académica, Deportiva, Cultural, Social y
otros.
ARTICULO 15.- CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES PARA APLICAR UN
CORRECTIVO
15.1Haber sido sancionado por faltas anteriores.
15.2Haber preparado premeditadamente la falta.
15.3Haber obrado con complicidad o inducido a otros a cometer la falta.
15.4Haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada por sus
superiores.
15.5Por tener un bajo rendimiento académico (Sin justificación).
15.6Ser reincidente de cualquier tipo de falta.
ARTICULO 16. – PERDIDA DEL CUPO
16.1 Reincidencia en una de las faltas anteriores.
16.2 Incumplimiento del Acta de compromiso firmada al renovar la matrícula.
16.3 Quien se retire del colegio sin causa justificada o sin haber cancelado
oportunamente la matrícula.
16.4 Otras que a juicio del Comité de Convivencia considere como graves con el
visto bueno del Consejo Directivo.
16.5 Por no renovar matrícula.
ARTICULO 17. – PERDIDA AL DERECHO DE PROCLAMACION DE
BACHILLER
17.1 Presentarse en estado de embriaguez a la sesión de clausura.
17.2 Maltratar verbal, física y psicológicamente en forma grave a un directivo,
docente, compañero, empleado de la institución u otro miembro de la
comunidad.
17.3 Causar daños a los bienes de la institución, de los directivos, docentes,
compañeros o empleados de la Institución Educativa.
17.4 No cumplir con el proyecto de servicio social.
17.5 Otras faltas que a juicio del Consejo Directivo considere como graves para
aplicar esta sanción.
17.6 No estar a paz y salvo con la Institución Educativa.
17.7 No haber presentado las actividades de refuerzo y recuperación
programadas y recibidas por el estudiante antes de la última semana de
actividad académica del segundo semestre académico.
17.8 Haber pedido tres áreas académicas del conocimiento. (Áreas obligatorias y
fundamentales) Ley 115 de 2004, Decreto 1290 de 16 de abril de 2009 y
Resolución de Evaluación y Promoción.
17.9 Tener más del 20% de inasistencias a clase.
PARAGRAFO 1: Contra las sanciones impuestas mediante memorando o
resolución de rectoría procederán los siguientes recursos:
De reposición ante la autoridad que la produjo, durante los 5 días hábiles
siguientes a la notificación del educando sancionado.
De apelación ante la instancia superior de la autoridad que produjo la sanción
dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación del educando sancionado.
Contra las demás sanciones procederá el derecho a reclamo, durante el mismo
tiempo previsto para los casos anteriores y el fallo se producirá en un tiempo no
mayor a 10 días hábiles, contados a partir de la presentación del reclamo o
recurso en forma escrita.
PARAGRAFO 2: En todo caso se respetará el derecho a la defensa y el debido
proceso, mediante la presentación de pruebas y descargos por parte del educando
inculpado.
PARAGRAFO 3: En caso de presentarse conductas no contempladas en este
manual de convivencia, estas serán evaluadas por el Consejo Directivo.
PARAGRAFO 4: Cuando un estudiante sancionado con acta de permanencia
condicional crea que ha cumplido con los compromisos adquiridos, puede solicitar
por escrito ante la instancia que le impuso la sanción que ésta sea levantada.
CAPITULO VI
MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y ACCIONES QUE CONTRIBUYEN A LA
PROMOCIÓN DE LA CONVIVNCIA ESCOLAR INSTITUCIONAL:
Descripción: La Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” busca fortalecer en
todas las sedes la promoción de los Derechos Humanos, Sexuales y
Reproductivos. La prevención en el consumo de alcohol y de la drogadicción.
Ejes: Las diferentes áreas del conocimiento harán adaptaciones curriculares para
contribuir en la promoción de la Convivencia escolar al tratar temas de los DHSR,
el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción.
La Escuela de Padres tendrá como tema los DHSR, el consumo de alcohol y la
prevención de la drogadicción.
Los aliados estratégicos (puesto de salud de Mongua, Comisaría de familia,
Policía Nacional) dirigirán su cooperación para tratar los temas de DHSR, el
consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción.
En el cronograma Institucional se fijarán fechas especiales para campañas de
prevención de alcoholismo, drogadicción y embarazos en adolescentes. Las
carteleras Institucionales presentarán información con respecto a la promoción de
los DHSR, el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción.
Proyectos Transversales:
 Educación para el ejercicio de los Derechos Humanos: Impulsa la
promoción y la educación en Derechos Humanos, otorgando especial
significación a la dignidad de la persona, la libertad y la democracia.
 Educación para la Sexualidad y la Construcción de Ciudadanía: Ejercer
plenamente sus derechos y cumplir con sus deberes, tomar decisiones
autónomas, informadas y responsables frente a esos derechos en cualquier
ámbito de su vida.
 Educación Ambiental: Crear conciencia dentro de la comunidad educativa
de las diferentes problemáticas ambientales y fomentar trabajo en equipo
en el desarrollo de las competencias para promover una educación ética,
integral y de calidad que ayude a la resolución de los problemas
ambientales locales.
 Educación de Seguridad Vial: Se hace necesario impartir en las aulas de
clases desde la educación inicial una educación y seguridad vial que
contribuyan en el rescate de valores y en la formación de una cultura vial.
 Estilos de Vida Saludable: Contribuir a la formación y al pleno desarrollo de
las potencialidades físicas, cognitivas, psicológicas, emocionales, afectivas,
psicomotoras y sociales de toda la comunidad estudiantil
CAPITULO VII
ESTIMULOS
Son refuerzos educativos para mantener y optimizar el comportamiento positivo
del educando. Se darán a los estudiantes por su rendimiento académico, espíritu
investigativo, hechos de paz, liderazgo, puntualidad, colaboración, presentación
personal; por ser destacado culturalmente, artísticamente, deportivamente,
socialmente, o por otras actitudes que contribuyan a la buena marcha del plantel y
desarrollo personal y se hagan acreedores a ellas.
ARTÍCULO 18– PRINCIPALES ESTIMULOS
18.1 Mención de Honor, para quienes durante el año lectivo se han destacado en
sus procesos interactivos de formación, hayan tenido resultado en ICFES
mayor a 60 puntos, haber obtenido excelente comportamiento y mejor
estudiante en rendimiento académico (Art. 101 Ley 115/94 los dos mejores
estudiantes por grado).
18.2 Ser monitor de área.
18.3 Izar Bandera.
18.4 Pertenecer a la Banda rítmica de la Institución Educativa.
18.5 Ser inscrito en el libro de Honor institucionalizado por la Institución Educativa,
para lo cual debe haber reunido los requisitos.
18.6 PREMIO ESPECIALAL MEJOR BACHILLER
18.7 La Institución otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “MERITO
DEPORTIVO LISANDRO CELY” al estudiante que sea declarado mejor
deportista del año, la postulación será hecha por los diferentes estamentos
del colegio (Estudiantes, Administrativos y Consejo de Profesores), y cuando
haya sido promovido.
18.8 La Institución Educativa otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO
“MERITO ARTISTICO LISANDRO CELY” al estudiante que sea declarado el
mejor artista del año, la postulación será hecha por los diferentes estamentos
del colegio (Estudiantes, Administrativos y Profesores), la elección se hará en
reunión de profesores.
18.9 La Institución Educativa otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO
“HECHOS POR LA PAZ LISANDRO CELY” al estudiante que se destaque
en sus hechos por la paz durante el año lectivo, la postulación será hecha por
los diferentes estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y
Profesores), la elección la hará la junta de profesores.
18.10 La Institución otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “MERITO
INVESTIGATIVO LISANDRO CELY” al estudiante que se destaque por su
trabajo investigativo y científico. La postulación será hecha por los diferentes
estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y Profesores).La
elección la hará la Junta de Profesores.
18.11 Reconocimiento en público y mención de honor para el estudiante que haya
realizado el mayor número de izadas de bandera.
18.12 Permiso para un día de salida al grado que obtenga el mayor promedio en
sus procesos académicos y comportamentales.
18.13 Ser elegidos como representantes de la institución a eventos culturales
tales como: seminarios, concursos, olimpiadas y otros.

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Titulo 2

  • 1. TÍTULO SEGUNDO: NORMAS Y REGLAS PARA LA CONVIVENCIA CAPITULO II DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES “LA EDUCACIÒN ES UN DERECHO DEBER”. Peces-Barba, en su libro Escritos sobre Derechos Fundamentales, considera al respecto lo siguiente: "Este tercer nivel que yo denomino provisionalmente derecho-deber, supone que el mismo titular del derecho tiene al mismo tiempo una obligación respecto a esas conductas protegidas por el derecho fundamental. No se trata que frente al derecho del titular otra persona tenga un deber frente a ese derecho, sino que el mismo titular del derecho soporta la exigencia de un deber. Se trata de derechos valorados de una manera tan importante por la comunidad y por su Ordenamiento jurídico que no se pueden abandonar a la autonomía de la voluntad sino que el Estado establece deberes para todos, al mismo tiempo que les otorga facultades sobre ellos. El caso más claro de esta tercera forma de protección de los derechos económicos, sociales y culturales es el derecho a la educación correlativo de la enseñanza básica obligatoria" Corte Constitucional, Sentencia T -002 de Mayo de 1992. Es la facultad que se tiene para exigir o decidir algo libremente. El ejercicio de un derecho, está limitado por el derecho de los demás. “Todo derecho implica el cumplimiento de un deber” Para todos los casos el presente manual adopta en su totalidad los artículos 42, 43, 44 y 45 de la ley 1098 de 2006, junto con el artículo 94 de la ley 1453 de 2011.
  • 2. ARTÍCULO 8.- COMO ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVATÉCNICA“LISANDRO CELY” TENGO DERECHO A: 8.1 A libertades fundamentales consagradas en la constitución política y en los tratados internacionales de derechos humanos, según lo dispuesto en la ley 1098, articulo 37. 8.2 Recibir una idónea formación humana, académica y moral. 8.3 Conocer y concertar al iniciar cada periodo académico las actividades, contenidos, logros, metodologías, calendarios, criterios de evaluación y bibliografía de las áreas, que se van a desarrollar; se establezca y respete el horario previamente concertado para la superación de logros y evaluaciones de áreas dentro de cada período. 8.4. Utilizar computadores, laboratorios y otros materiales existentes en el colegio, de acuerdo con el desarrollo curricular y los medios de comunicación del colegio, para expresar libre y responsablemente las ideas. 8.5. Conocer oportunamente el resultado de mis evaluaciones, y la corrección correspondiente con el docente pudiendo hacer respetuosamente las reclamaciones antes de ser entregadas a la secretaría. 8.6. Presentar respetuosamente sugerencias y opiniones encaminadas al mejoramiento académico e institucional. 8.7 Conocer oportunamente las políticas educativas y el manual de convivencia. 8.8 Conocer y observar los principios del debido proceso, dignidad de la persona humana y presunción de inocencia cuando me halle involucrado en una actuación académica, administrativa y/o comportamental. 8.9 Ser escuchado, orientado y recibir opciones de solución a las dificultades que se me presenten en todas las dimensiones de la persona humana. 8.10 Participar responsablemente y sin discriminación en las actividades académicas, deportivas, culturales, religiosas y extracurriculares, organizadas por la Institución o por otras entidades. 8.11 Elegir y ser elegido en procesos democráticos a los diferentes cargos del gobierno escolar y consejo estudiantil. 8.12 Pertenecer a los comités o clubes que busquen mejorar la calidad académica, deportiva, cultural o social y ambiental.
  • 3. 8.13 Ser respetado en mis creencias religiosas, políticas, sociales o culturales, practicando la tolerancia. 8.14 Tramitar oportunamente los permisos o ausencias justificadas y presentar evaluaciones, talleres o trabajos dejados de presentar en tiempos extemporáneos, en un plazo máximo de tres días y continuar con sus actividades académicas. 8.15 Obtener permiso para ausentarse del plantel, presentando la justificación por escrito, con firma, cedula y número de celular del padre de familia y/o acudiente, y la correspondiente aprobación de rectoría o coordinación y en ausencia de ellos, el docente de disciplina. 8.16 Recibir un trato digno y respetuoso de todos los miembros de la comunidad educativa. 8.17 Ser eximido de fallas cuando previa certificación me ausente en representación de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, teniendo la obligación de presentar los trabajos de cada uno de las asignaturas del día de inasistencia. 8.18 En ninguna circunstancia se colocará más de una falla, solo la correspondiente a cada hora de clase. 8.19 Tener la oportunidad de ser evaluado en caso de ausencia justificada. 8.20 Ser evaluado cualitativamente por mi participación en actividades deportivas, académicas y culturales en las áreas respectivas. 8.21 Recibir los servicios de recreación y orientación con calidad. 8.22 Ser atendido en la tienda escolar con alimentos frescos y nutritivos a precios justos. 8.23 No ser discriminado por limitaciones físicas, intelectuales y/o psicológicas. 8.24 Solicitar carnet, certificados y constancias de secretaria cuando lo requiera, respetando los horarios establecidos por la institución. 8.25 Utilizar los libros de la biblioteca y entregarlos en el tiempo acordado y en buen estado. 8.26 Recibir guía bibliográfica del profesor para las diferentes tareas y que éstas sean coherentes, pertinentes, dosificadas, revisadas y corregidas.
  • 4. 8.27 Participar activamente en clase y ser estimulado por trabajos individuales o en grupo cuando éstos lo ameriten. 8.28 Oportunidad de organizar y realizar concertadamente con los diferentes estamentos actividades extracurriculares que permitan la integración como actividades deportivas, religiosas y culturales. 8.29 Respetar el horario de descanso por parte de los docentes. 8.30 Recibir con puntualidad e idoneidad las clases asignadas. 8.31 A la verificación de logros pendientes en una determinada área por otro profesor distinto al titular de la misma, siempre y cuando existan motivos justificados. 8.32 A la promoción anticipada según requisitos. 8.33 A recibir de parte de los docentes las actividades pedagógicas complementarias para la superación de logros pendientes, y a que se le reciban las actividades de refuerzo y recuperación programadas dentro del plazo fijado en este Manual. 8.34 Recibir exploración profesional y orientación vocacional por parte de los directivos, docentes o personas idóneas. 8.35 A apelar al conducto regular cuando sus reclamos no sean debidamente atendidos y a pasar sus descargos por escrito libremente sin temor a sufrir discriminación, persecución o reprimendas por parte de las personas involucradas. 8.36 A recibir del profesor el estímulo necesario para alcanzar los logros mínimos en cada asignatura. Según la intensidad horario semanal de las respectivas áreas, durante el proceso, al igual que todas las actividades de refuerzo y nivelación asignadas. 8.37 A que se le respete el aprendizaje a su propio ritmo de acuerdo con los logros sobre el avance de la adquisición de conocimientos y el desarrollo de sus capacidades atribuibles al proceso pedagógico (Art. 47 Decreto 1860 y Decreto 1290 de 16 de abril de 2009). 8.38 A tener acceso al observador del estudiante, a redactar sus compromisos y darle explicación y orientación sobre la falla o error cometido y firmarlo. 8.39 A recibir buen ejemplo de responsabilidad, cumplimiento y respeto por parte de sus superiores. 8.40 Los derechos establecidos en la Constitución Nacional y la Ley.
  • 5. CAPITULO III COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES El primer deber de todos los líderes y estudiantes es respetar sus derechos y no abusar de ellos, porque para exigir hay que cumplir y para recibir hay que dar. “NO HAY DERECHO SIN DEBER, NI DEBER SIN DERECHO” ARTICULO 9. – COMO ESTUDIANTE ME COMPROMETOA: 9.1. CONMIGO MISMO: 9.1.1 Valorar mi cuerpo, cuidando el aseo, nutrición y buena presentación. 9.1.2. En caso de enfermedad, acudo al médico y presento la excusa oportunamente; si la enfermedad fuere prolongada y sobrepasa el tope legal de fallas, el caso será remitido al comité de evaluación para su trámite. 9.1.3. No practicar juegos que atenten contra la integridad física y/o psicológica de las personas. 9.1.4. Utilizar, marcar y cuidar bien mis uniformes, libros y demás implementos personales, respetando los ajenos. 9.1.5. A vestir el uniforme de acuerdo con lo establecido y acatar las sugerencias que sobre mi presentación personal me hagan los superiores. 9.1.6. No utilizar o consumir sustancias que dañen el cuerpo o puedan generar adicción. 9.1.7. Manejar responsable y correctamente mi sexualidad. 9.1.8. A no usar el uniforme de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” terminada la jornada académica o en lugares no acordes con la buena imagen. 9.1.9. A no ausentarme de la Institución Educativa sin permiso, por ninguna razón y utilizando medios distintos a la entrada general a la institución. 9.2. CON MI FAMILIA 9.2.1. Informar a mis padres o acudientes cuando sean citados por los entes educativos.
  • 6. 9.2.2. Responder a los esfuerzos realizados por ellos mismos, al ser matriculados en la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, con buenas notas y excelente comportamiento. 9.3.3. A Mantener informados a mis padres de todas las actividades programadas y realizadas por la institución al igual que el reporte de mis notas. 9.3. CON LA COMUNIDAD 9.3.1. No inducir a consumir sustancias o bebidas, que dañen al cuerpo o puedan inducir adicción. 9.3.2. Usar oportunamente el servicio de restaurante que ofrece la Institución Educativa. 9.3.3 Colaborar con el reciclaje de basuras y depositarlas en los sitios y recipientes respectivos. 9.3.4 Fomentar el respeto y las buenas relaciones que fomenten la convivencia pacífica y la construcción de la comunidad educativa en continuo mejoramiento. 9.3.6 Cuidar el medio ambiente, respetando los jardines y demás espacios públicos. 9.4. CON LA INSTITUCION 9.4.1. Conocer, comprender, respetar, cumplir y vivenciar la Constitución Política y las normas contempladas en el presente Manual de Convivencia. 9.4.2. Asistir puntual a las horas de clase, permanecer en ellas y salir cuando sean los descansos o cuando se termine la jornada académica. 9.4.3. Presentar oportunamente a coordinación los soportes a los permisos e incapacidades dentro de los tres días hábiles siguientes a la ausencia en el formato institucional. 9.4.4. Adquirir los libros, elementos y útiles necesarios para el logro de los objetivos institucionales y educativos de la institución. 9.4.5. Cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores dentro de los términos establecidos dentro del calendario académico. En caso de no poder hacerlo, lo justificaré oportunamente y por escrito. 9.4.6 Dedicar todo mi esfuerzo y consagración para el logro adecuado de los objetivos académicos y formativos.
  • 7. 9.4.7 Estudiar y prepararme debidamente para presentar evaluaciones, actividades y trabajos en las fechas previstas; en caso de no poder hacerlo, lo justificaré oportunamente y por escrito. 9.4.8 Asistir y representar dignamente a la institución en actividades curriculares y extracurriculares, portando para tal efecto y de manera exclusiva el uniforme de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” con respeto y decoro. 9.4.9 Acatar los reglamentos internos establecidos para cada actividad cultural, cívica, religiosa, deportiva, lúdica, y extracurricular. 9.4.10 Guardar el debido comportamiento en cada una de las diferentes zonas de la Institución Educativa, aulas de clase, patios de recreo, sala de informática, laboratorios, otros, durante las horas de clase y en cambios de clase sin permanecer fuera del aula de clase salvo que haya sido citado o enviado a otras dependencias, por parte de un superior. 9.4.11 Portar el uniforme debidamente aseado, pulcro y decentemente vestido. No usar el uniforme en lugares públicos distintos a la institución. 9.4.12 No utilizar accesorios que atenten contra mi propia integridad y la salud pública. 9.4.13 Considerar como propia la Institución Educativa y en consecuencia interesarme y responsabilizarme del aseo, presentación de la planta física y de sus implementos de biblioteca, laboratorios, pupitres, sillas, sala de informática, baños, patios, jardines, y otros, preservando el medio ambiente. 9.4.14 Responder económicamente por los daños causados tanto a la comunidad educativa como a los bienes de la Institución Educativa. 9.4.15 Participar en las campañas y proyectos de extensión a la comunidad y de bienestar social que organiza la Institución Educativa. 9.4.16 Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa, saludar, agradecer, y procurar armonía y espíritu de cooperación entre los estudiantes y los diferentes estamentos de la Institución Educativa. 9.4.17. Respetar y acatar las órdenes de las directivas y profesores de la institución. Cuando haya algún reclamo, hacerlo con respeto y seguir el conducto regular. 9.4.18 Utilizar dentro y fuera de la Institución un lenguaje decente y respetuoso excluyendo expresiones y palabras vulgares u ofensivas y menos apodos.
  • 8. 9.4.19 Participar activamente en todas las acciones que conllevan al mejoramiento de mi formación integral y preservación del buen nombre de la Institución Educativa. 9.4.20. Devolver los libros, en caso de préstamo, en el término estipulado y en las mismas condiciones en que se suministraron. En caso de pérdida o daño me comprometo a responder en óptimas condiciones. 9.4.21 Cuidar mis pertenencias, abstenerme de llevar consigo objetos de valor y colaborar en el cuidado de los bienes ajenos. El colegio no se responsabiliza por la pérdida de ellos. 9.4.22 .Ejercer con libertad y responsabilidad, el derecho democrático al voto, en la elección de los representantes del Gobierno Escolar y el Consejo Estudiantil. 9.4.23 Respetar las creencias religiosas, políticas, sociales y culturales de los demás integrantes de la comunidad educativa. 9.4.24 Respetar los bienes ajenos y cuidar los de la institución que están a mi servicio. 9.4.25 No rayar paredes, hacer o colocar dibujos o expresiones vulgares e irrespetuosas o pornográficas en ningún sitio, de la institución. 9.4.26 Tratar a mis compañeros, con cariño y afecto sin extralimitarme en mis manifestaciones con ellos, manejando responsable y correctamente mi sexualidad. 9.4.27 Ingresar y salir de la institución por la puerta destinada para tal fin. 9.4.28 Concertar soluciones a los conflictos de la vida diaria teniendo en cuenta las necesidades, intereses y aspiraciones propias y las de los otros, para construir una convivencia justa. 9.4.29 Expresar sus puntos de vista y escuchar los de los demás, sobre problemas que afectan su vida cotidiana. 9.4.30 Valorar la ayuda de otros y estar dispuestos a colaborar con los demás de una manera solidaria. 9.4.31 .Cumplir los horarios establecidos por el Consejo Académico para las respectivas nivelaciones o recuperación de logros, de lo contrario se anotará la ausencia o incumplimiento en el observador y no podrá ingresar a las clases hasta que se presente con el padre de familia o acudiente (quien firma la matrícula).Se aplicará lo acordado en el SIE.
  • 9. 9.4.32. Elaborar y realizar un proyecto productivo, social y comunitario como requisito de grado, el cual se debe sustentar al correspondiente jurado, dentro de los dos (2) últimos meses del año. 9.4.33 No traer al colegio objetos que distraigan la atención en las actividades académicas, o afecten la buena marcha de institución como: Reproductores de música, revistas juegos y otros. El uso de celulares serán restringidos dentro de las actividades pedagógicas, si a pesar de la advertencia el estudiante incumple serán decomisados y entregados a los padres de familia o acudiente mediante un acta de devolución y compromiso. Paragrafo1: El colegio no se hace responsable por la pérdida de dinero, objetos, joyas, uniformes, equipos y otros; estos deben ser cuidados por sus dueños. Paragrafo2: El incumplimiento u omisión de los anteriores deberes afectan la convivencia de la comunidad educativa y por lo tanto se considera como falta grave. CAPITULO IV PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE UN CONFLICTO La participación de los que conviven, la acción participativa de los interlocutores, el debido proceso, la comprobación de la falta, debida y justa defensa, la concertación como método de solución de conflictos, la proporcionalidad en la sanción y participación de los padres de familia. Se basa en la ley convivencia 1620 de 2013 y decreto 1965 de 2013 que reglamenta. COMITÉ DE CONVIVENCIAESCOLAR Conformación del comité escolar de convivencia. El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por: – El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité – El personero estudiantil – El docente con función de orientación – El coordinador cuando exista este cargo – El presidente del consejo de padres de familia – El presidente del consejo de estudiantes – Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
  • 10. ARTICULO 10. Funciones del comité escolar de convivencia. Son funciones del comité: 10.1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 10.2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 10.3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 10.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 10.5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 10.6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 10.7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
  • 11. 10.8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. Integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo. El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. De los protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del manual de convivencia. El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de
  • 12. oficio por el Comité de, Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados: 1.La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados. 2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de los estudiantes afectados y de los generadores de los hechos violentos. 3.Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. 4.Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda. Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral serán reglamentados por el Gobierno Nacional en un plazo no mayor a seis meses después de promulgada esta ley. Para tal efecto se tendrán como base los protocolos y rutas ya establecidos por las entidades e instituciones que pertenecen al Sistema. Estos postulados, procesos, estrategias y mecanismos de la ruta de atención integral se deben actualizar con una periodicidad de dos años, como resultado de evaluaciones que se realicen sobre su funcionamiento.
  • 13.
  • 14. ARTICULO 11. – CONDUCTO REGULAR Y ACCIONES Cuando me encuentre en una situación de conflicto, emplearé el diálogo que informa, previene, razona, concientiza y compromete a un cambio de actitud. 11.1 Diálogo entre las partes en conflicto: Docente de Clase-Estudiante; Estudiante- Estudiante y Estudiante y/o entre los que se generó el conflicto; se deja evidencia de la acción realizada en el Observador del estudiante. 11.2 Diálogo entre las partes en conflicto, en presencia del director de grado y profesor que observa la falta, se deja evidencia de la acción realizada en el Observador del estudiante y se firmar acta de compromiso. 11.3 Diálogo entre las partes en conflicto, con la presencia del coordinador de disciplina, director de grado, profesor que observa la falta, padres de familia, y personero estudiantil y se deja como evidencia la firma de un acta de compromiso entre las partes. 11.4 Si persiste el incumplimiento de los acuerdos en las actas de compromiso, se remitirá a Comité de Convivencia quien aplicara sus correspondientes procesos internos y tomara la decisión pertinente. 11.5 Según la decisión tomada por el Comité de Convivencia Escolar, el caso será remitido al Consejo Directivo quien finalmente determinará la acción final de sanción o expulsión autorizando a la rectoría a ejecutar la acción pertinente. PARAGRAFO 1. : En cualquiera de las instancias se puede solicitar asesoría de la Personería municipal, Comisaria de Familia, ICBF y Policía Nacional según se requiera, de acuerdo con el código de infancia y adolescencia ley 1098.
  • 15. CAPITULO V CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: SITUACIONES TIPO I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generen daños al cuerpo o a la salud. Son situaciones de tipo I las siguientes: ARTICULO 12. 12.1 Hacer uso inadecuado de los recursos naturales, desperdiciar el agua, manejo inadecuado de residuos, arrojar basuras en cualquier lugar de la Institución. Provocar daños o destrozos en jardines, plantas, vidrios, puertas, baños y realizar cualquier gravado en los pupitres, paredes y baños. 12.2 El porte incompleto del uniforme dentro y fuera del establecimiento educativo en jornada académica y eventos de representación de la institución. 12.3 El uso del uniforme oficial (deportivo y de diario) en sitios donde se considere que se desprestigia la imagen de la institución. 12.4 Practicar juegos de azar dentro de la Institución Educativa o fuera de ella, practicar maquinitas o billar portando el uniforme. 12.5 El fraude, entendido como acto intencional personal que da como resultado una representación equivocada tendiente a inducir en error. 12.6 Consumir alimentos o bebidas dentro del aula de clases. 12.7 Alterar el desarrollo armónico de las actividades académicas. 12.8 Efectuar manifestaciones amorosas apasionadas dentro de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” o fuera de él portando el uniforme y cuando estén representándolo en eventos deportivos, culturales, artísticos u otros. 12.9 Comportamiento y uso inadecuado del restaurante escolar. 12.10 Hacer uso de celulares, reproductores de música, video, etc. durante el desarrollo de la clase, izadas de bandera, celebraciones religiosas y otras actividades comunitarias, sin autorización del respectivo docente.
  • 16. 12.11 Hacer caso omiso a la señal de cambio de clase, ingreso del descanso y/o permanecer por fuera del lugar donde se desarrollan las actividades según la asignatura. 12.12 La llegada tarde al inicio de la jornada o de cualquier actividad escolar. 12.13 Evadirse de clases o de cualquier concentración en que esté representando a la Institución Educativa. 11.14 Evadirse de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” durante la jornada escolar. 12.15 Ingresar o salir de la Institución Educativa por lugares diferentes a la puerta de entrada. 12.16 La no entrega de comunicaciones a los padres de familia enviadas por la Institución. 12.17 Actuar en forma descortés ante cualquier persona d la comunidad educativa. 12.18 Propiciar escándalos públicos. 12.19 Utilizar el nombre de la Institución para actividades económicas. 12.20 Aprovecharse de una cosa ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro. 12.21 No comunicar a los padres de familia las citaciones, ocultar la información o tergiversar los hechos. 12.22 Destruir los recursos físicos de la Institución, como pupitres, tableros, computadores, puertas, vidrios, materiales didácticos, etc. 12.23 Escribir, grabar, o dibujar en puertas, paredes, muebles, uniformes, libros, baños, y otros. Portar y distribuir material obsceno que atente contra la moral y buenas costumbres e incitar a otros a hacerlo o causar daño al buen nombre de la Institución Educativa. 12.24 Incumplir los compromisos adquiridos en cargos tales como: personero de los estudiantes, representante del grado, monitor de cualquier área, control de asistencia, representante deportivo y/o cultural y otros. 12.25 Impuntualidad a entrenamiento, ensayos y/o obligaciones con el colegio, el grado o grupo según corresponda.
  • 17. 12.26 Protagonizar escándalos, riñas o actos que deterioren el buen nombre de la institución. 12.27 Evadirse de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely”, por la pared u otros sitios, de actos culturales, religiosos, sociales y otros. 12.28 Hurto comprobado, o complicidad en el mismo. 12.29 Permitir la entrada de personas extrañas y recibir visita de las mismas durante la jornada escolar. 12.30 Interferir el desarrollo normal de las clases con el uso irracional del celular. 12.31 Adulteración de documentos. 12.32 Firmar excusas suplantando a los padres de familia o acudientes de un compañero o compañera. 12.33 Bajo rendimiento académico en tres o más áreas en cada uno de los periodos académicos. 12.34 Acumular más del 5 % de ausencias injustificadas durante el periodo Académico. 12.35 Persistir en el bajo rendimiento académico durante dos periodos académicos consecutivos. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESOLAR DE SITUACIONES TIPO I Llamado de atención verbal por el profesor de clase, disciplina, director de grado, coordinadores, llegando a la conciliación y al compromiso de no reincidencia. Registrar el incidente y el número del artículo correspondiente a la falta en el observador del estudiante, y firmar un acta de compromiso. Para que este registro sirva de prueba deberá ser firmado por los implicados y por el estudiante infractor y si éste no quisiere firmar lo hará en su lugar un testigo. Basado en el recaudo de pruebas consignadas en el observador del alumno o en informes el Consejo de Profesores procederá a aplicar la sanción consistente en la disminución en la valoración de comportamiento del periodo correspondiente, siendo esta disminución proporcional al número de reincidencias registradas en el observador del estudiante.
  • 18. La sanción será reportada en el informe de calificaciones del respectivo periodo. El docente conocedor de la infracción podrá levantar la sanción en los casos en que el estudiante haya presentado disculpas o reparado los daños y haya cumplido con el acta de compromiso. ARTÍCULO 13. SITUACIONES -TIPO II Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: 1.3.1 Encubrir faltas que pongan en peligro la integridad bienestar de las personas y recursos al servicio de la comunidad educativa y su entorno. 1.3.2 Maltratar verbal, física o psicológicamente (matoneo)a un compañero o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa ya sea de manera directa o mediante uso de otros medios o dispositivos electrónicos. 1.3.3 Fumar, ingerir o distribuir bebidas alcohólicas dentro del establecimiento o llegar a la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” bajo el efecto de substancias Psicoactivas. 1.3.4 Cuando por acciones de indisciplina individual o colectiva el grado corra el riesgo de ser sancionado. 1.3.5 Evasión o no asistencia colectiva a actividades académicas de la Institución Educativa. 1.3.6 Alterar el desarrollo armónico de las actividades académicas dentro de la institución, por ejemplo: machacar hierbas malolientes, esparcir sustancias químicas, emitir ruidos estridentes, gritos, chillidos, silbidos, impedir el libre tránsito de cualquier miembro de la comunidad educativa. 1.3.7 Adulteración de documentos. 1.3.8 Portar cualquier tipo de arma. 1.3.9 Persistir en constante indisciplina, agresividad e irrespeto a los miembros de la institución. 1.3.10 Portar, consumir y/o distribuir sustancias fármaco- dependientes. 1.3.11 Protagonizar o incitar a escándalo público a través de riñas, lenguaje soez y apodos ofensivos. 1.3.12 Pertenecer o formar pandillas dentro o fuera de la institución Educativa.
  • 19. 1.3.13 Pertenecer o formar sectas satánicas. 1.3.14 Causar daño a los miembros de la comunidad educativa o por terceros, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales a que haya lugar. 1.3.15 Maltratar verbal, física o psicológicamente a un directivo, docente, compañero o empleado de la institución o a un miembro de la comunidad. 1.3.16 Cualquier caso de soborno, acoso o coacción. 1.3.17 Violentar cualquiera de las puertas, puntos de venta, tienda escolar o dependencias de la institución. 1.3.18 Adulteración de documentos, planillas, cambio de evaluaciones. Cambio de trabajos. Plagio de trabajos, tareas y consultas. 1.3.19 Presentarse en estado de embriaguez al colegio o cualquiera de las actividades programadas. 1.3.20 Persistir en el bajo rendimiento académico durante dos periodos académicos consecutivos. PROCEDIMIENTO PARA SANCIÓN DE LAS FALTAS GRAVES –TIPO II Registrar el incidente y el número del artículo correspondiente a la falta en el observador del estudiante, y firmar un acta de compromiso. Para que este registro sirva de prueba deberá ser firmado por el docente y por el alumno infractor y si éste no quisiere firmar lo hará en su lugar un testigo. Además se hará la anotación del número de reincidencias. Presentación del estudiante con el padre de familia o acudiente ante el director de grupo o profesor conocedor de la falta y elaboración y firma de una acta de compromiso por parte del acudiente, del alumno y del profesor. En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, presentación del estudiante con el padre de familia y personero estudiantil ante el rector y legalización de su compromiso en el observador del estudiante. En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, Análisis del caso en el Consejo de Profesores y acuerdo a la gravedad de la falta se hará remisión de este al Consejo Directivo. Basado en el recaudo de pruebas consignadas en el observador del alumno y las actas de compromiso o en informes y después de haber agotado todas las
  • 20. instancias, El Consejo Directivo procederá a estudiar y aplicar la acción formativa correspondiente: matrícula condicional al estudiante, retiro temporal por un periodo entre tres y cinco días, tiempo durante el cual desarrollará una actividad pedagógica dentro da Institución con el acompañamiento de la Coordinación. Dependiendo de la gravedad de las faltas, el Consejo Directivo ordenará la suspensión temporal o definitiva del estudiante indisciplinado, de cualquier presentación oficial del Colegio en eventos deportivos, culturales y sociales determinada. El acudiente o el estudiante debe pagar las reparaciones a que hubiere lugar por daños causados a los bienes de la institución y hará la limpieza inmediata de los grabados realizados en los pupitres, paredes o baños. Si la gravedad de los daños lo amerita se colocará la respectiva denuncia en la fiscalía y la correspondiente demanda por perjuicios en el Juzgado Civil. SITUACIONES TIPO III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Se consideran situaciones de tipo III las siguientes: -Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales: Acceso carnal violento, Acto sexual violento, Acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir. -Actos sexuales abusivos: Acceso carnal abusivo con menor de catorce años, Actos sexuales con menor de catorce años, Acceso carnal o acto sexual abusivos con incapaz de resistir, Acoso sexual. -Explotación sexual: Inducción a la prostitución, Proxenetismo con menor de edad, Constreñimiento a la prostitución, Trata de personas, Estímulo a la prostitución de menores, Demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años de edad, Pornografía con personas menores de 18 años, Turismo sexual, Utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer actividades sexuales con personas menores de 18 años. -Microtráfico: Actividad ilegal que consiste en introducir o expender drogas alucinógenas o estupefacientes dentro o fuera de la institución, o inducir a otros a expenderla o consumirla. -Estímulo al uso ilícito. Consiste en cualquier forma de estimular o propagar la elaboración y consumo de bebidas o sustancias que atenten contra la salud física o mental.
  • 21. -Porte de armas: Consiste en llevar al Colegio armas blancas o de fuego que pongan en peligro la integridad física de las personas. -Lesiones personales: El que cauce a otro daño en el cuerpo o en la salud incurrirá en las sanciones establecidas en el capítulo tercero de la Ley 599 de 2000. Extorsión: Consiste en constreñir a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para un tercero. Atemorizar o amenazar: Conducta penal que se dirige a una persona, a una comunidad o a una institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población o en un sector de ella. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR DE SITUACIONES TIPO III Para la atención de las situaciones tipo III se establecen los siguientes procedimientos: 4.3.1 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. 4.3.2 Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. 4.3.3 El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. 4.3.4 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el Reglamento Interno del Comité Escolar de Convivencia. 4.3.5 El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 4.3.6 Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las
  • 22. personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia en el observador del estudiante. 4.3.7 El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar del Municipio de Mongua. 4.3.8 Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal de convivencia escolar. 4.4 De la noticia sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La información sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se recepcionará de la siguiente forma. 4.4.1 El Docente o Directivo Docente que tenga conocimiento de una posible situación, sea a través del propio estudiante, por medio de queja formulada por la familia, por observación directa o por cualquier medio, realizará la apertura de la ficha “Conocimiento de Caso de Convivencia Escolar” diseñada y aprobada por el Comité de Convivencia Escolar que reposará en la Coordinación de Sede, con el objeto de recoger la información general inicial y hacer el seguimiento posterior. 4.4.2 Quien conozca una posible situación que afecte la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos será el responsable de activar los protocolos de atención integral establecidos en el presente Manual. ARTICULO 14.-CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES PARA APLICAR UN CORRECTIVO 14.1Haber observado una buena conducta anterior. 14.2Haber reconocido voluntariamente la falta, reparado los daños y manifestar su compromiso de cambio. 14.3Haber sido inducido a cometer la falta. 14.4Cometer la falta en caso fortuito. 14.5Ser regularmente un excelente estudiante. 14.6Ser destacado en distintas áreas: Académica, Deportiva, Cultural, Social y otros.
  • 23. ARTICULO 15.- CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES PARA APLICAR UN CORRECTIVO 15.1Haber sido sancionado por faltas anteriores. 15.2Haber preparado premeditadamente la falta. 15.3Haber obrado con complicidad o inducido a otros a cometer la falta. 15.4Haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada por sus superiores. 15.5Por tener un bajo rendimiento académico (Sin justificación). 15.6Ser reincidente de cualquier tipo de falta. ARTICULO 16. – PERDIDA DEL CUPO 16.1 Reincidencia en una de las faltas anteriores. 16.2 Incumplimiento del Acta de compromiso firmada al renovar la matrícula. 16.3 Quien se retire del colegio sin causa justificada o sin haber cancelado oportunamente la matrícula. 16.4 Otras que a juicio del Comité de Convivencia considere como graves con el visto bueno del Consejo Directivo. 16.5 Por no renovar matrícula. ARTICULO 17. – PERDIDA AL DERECHO DE PROCLAMACION DE BACHILLER 17.1 Presentarse en estado de embriaguez a la sesión de clausura. 17.2 Maltratar verbal, física y psicológicamente en forma grave a un directivo, docente, compañero, empleado de la institución u otro miembro de la comunidad. 17.3 Causar daños a los bienes de la institución, de los directivos, docentes, compañeros o empleados de la Institución Educativa. 17.4 No cumplir con el proyecto de servicio social.
  • 24. 17.5 Otras faltas que a juicio del Consejo Directivo considere como graves para aplicar esta sanción. 17.6 No estar a paz y salvo con la Institución Educativa. 17.7 No haber presentado las actividades de refuerzo y recuperación programadas y recibidas por el estudiante antes de la última semana de actividad académica del segundo semestre académico. 17.8 Haber pedido tres áreas académicas del conocimiento. (Áreas obligatorias y fundamentales) Ley 115 de 2004, Decreto 1290 de 16 de abril de 2009 y Resolución de Evaluación y Promoción. 17.9 Tener más del 20% de inasistencias a clase. PARAGRAFO 1: Contra las sanciones impuestas mediante memorando o resolución de rectoría procederán los siguientes recursos: De reposición ante la autoridad que la produjo, durante los 5 días hábiles siguientes a la notificación del educando sancionado. De apelación ante la instancia superior de la autoridad que produjo la sanción dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación del educando sancionado. Contra las demás sanciones procederá el derecho a reclamo, durante el mismo tiempo previsto para los casos anteriores y el fallo se producirá en un tiempo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de la presentación del reclamo o recurso en forma escrita. PARAGRAFO 2: En todo caso se respetará el derecho a la defensa y el debido proceso, mediante la presentación de pruebas y descargos por parte del educando inculpado. PARAGRAFO 3: En caso de presentarse conductas no contempladas en este manual de convivencia, estas serán evaluadas por el Consejo Directivo. PARAGRAFO 4: Cuando un estudiante sancionado con acta de permanencia condicional crea que ha cumplido con los compromisos adquiridos, puede solicitar por escrito ante la instancia que le impuso la sanción que ésta sea levantada.
  • 25. CAPITULO VI MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y ACCIONES QUE CONTRIBUYEN A LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVNCIA ESCOLAR INSTITUCIONAL: Descripción: La Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” busca fortalecer en todas las sedes la promoción de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos. La prevención en el consumo de alcohol y de la drogadicción. Ejes: Las diferentes áreas del conocimiento harán adaptaciones curriculares para contribuir en la promoción de la Convivencia escolar al tratar temas de los DHSR, el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción. La Escuela de Padres tendrá como tema los DHSR, el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción. Los aliados estratégicos (puesto de salud de Mongua, Comisaría de familia, Policía Nacional) dirigirán su cooperación para tratar los temas de DHSR, el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción. En el cronograma Institucional se fijarán fechas especiales para campañas de prevención de alcoholismo, drogadicción y embarazos en adolescentes. Las carteleras Institucionales presentarán información con respecto a la promoción de los DHSR, el consumo de alcohol y la prevención de la drogadicción. Proyectos Transversales:  Educación para el ejercicio de los Derechos Humanos: Impulsa la promoción y la educación en Derechos Humanos, otorgando especial significación a la dignidad de la persona, la libertad y la democracia.  Educación para la Sexualidad y la Construcción de Ciudadanía: Ejercer plenamente sus derechos y cumplir con sus deberes, tomar decisiones autónomas, informadas y responsables frente a esos derechos en cualquier ámbito de su vida.  Educación Ambiental: Crear conciencia dentro de la comunidad educativa de las diferentes problemáticas ambientales y fomentar trabajo en equipo en el desarrollo de las competencias para promover una educación ética, integral y de calidad que ayude a la resolución de los problemas ambientales locales.  Educación de Seguridad Vial: Se hace necesario impartir en las aulas de clases desde la educación inicial una educación y seguridad vial que contribuyan en el rescate de valores y en la formación de una cultura vial.  Estilos de Vida Saludable: Contribuir a la formación y al pleno desarrollo de las potencialidades físicas, cognitivas, psicológicas, emocionales, afectivas, psicomotoras y sociales de toda la comunidad estudiantil
  • 26. CAPITULO VII ESTIMULOS Son refuerzos educativos para mantener y optimizar el comportamiento positivo del educando. Se darán a los estudiantes por su rendimiento académico, espíritu investigativo, hechos de paz, liderazgo, puntualidad, colaboración, presentación personal; por ser destacado culturalmente, artísticamente, deportivamente, socialmente, o por otras actitudes que contribuyan a la buena marcha del plantel y desarrollo personal y se hagan acreedores a ellas. ARTÍCULO 18– PRINCIPALES ESTIMULOS 18.1 Mención de Honor, para quienes durante el año lectivo se han destacado en sus procesos interactivos de formación, hayan tenido resultado en ICFES mayor a 60 puntos, haber obtenido excelente comportamiento y mejor estudiante en rendimiento académico (Art. 101 Ley 115/94 los dos mejores estudiantes por grado). 18.2 Ser monitor de área. 18.3 Izar Bandera. 18.4 Pertenecer a la Banda rítmica de la Institución Educativa. 18.5 Ser inscrito en el libro de Honor institucionalizado por la Institución Educativa, para lo cual debe haber reunido los requisitos. 18.6 PREMIO ESPECIALAL MEJOR BACHILLER 18.7 La Institución otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “MERITO DEPORTIVO LISANDRO CELY” al estudiante que sea declarado mejor deportista del año, la postulación será hecha por los diferentes estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y Consejo de Profesores), y cuando haya sido promovido. 18.8 La Institución Educativa otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “MERITO ARTISTICO LISANDRO CELY” al estudiante que sea declarado el mejor artista del año, la postulación será hecha por los diferentes estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y Profesores), la elección se hará en reunión de profesores. 18.9 La Institución Educativa otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “HECHOS POR LA PAZ LISANDRO CELY” al estudiante que se destaque
  • 27. en sus hechos por la paz durante el año lectivo, la postulación será hecha por los diferentes estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y Profesores), la elección la hará la junta de profesores. 18.10 La Institución otorgará RECONOCIMIENTO y DISTINTIVO “MERITO INVESTIGATIVO LISANDRO CELY” al estudiante que se destaque por su trabajo investigativo y científico. La postulación será hecha por los diferentes estamentos del colegio (Estudiantes, Administrativos y Profesores).La elección la hará la Junta de Profesores. 18.11 Reconocimiento en público y mención de honor para el estudiante que haya realizado el mayor número de izadas de bandera. 18.12 Permiso para un día de salida al grado que obtenga el mayor promedio en sus procesos académicos y comportamentales. 18.13 Ser elegidos como representantes de la institución a eventos culturales tales como: seminarios, concursos, olimpiadas y otros.