Este documento presenta los objetivos de un curso sobre la identificación de peligros, evaluación de riesgos y medidas de control. Los participantes podrán identificar peligros y riesgos, evaluar la frecuencia y exposición a ellos, conocer categorías de riesgos y completar una matriz de perfil de riesgos, y dar recomendaciones para mejorar el manejo de riesgos. También incluye la normatividad legal relevante sobre seguridad y salud en el trabajo en Perú.
2. OBJETIVOS DEL CURSO
Una vez finalizado este curso,
los participantes podrán:
1. Identificar los peligros y riesgos
de Salud y seguridad Industrial.
2. Evaluar la frecuencia y
exposición a peligros y riesgos.
3. Conocer las diferentes
categorías de riesgos y como
completar una matriz de perfil
de riesgos.
4. Dar recomendaciones
significativas para mejorar
nuestro manejo del riesgo 2
5. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 18. Principios del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo se rige por los siguientes principios:
i) Evaluar los principales riesgos que puedan ocasionar los mayores perjuicios a la salud y
seguridad de los trabajadores, al empleador y otros.
Artículo 21. Las medidas de prevención y protección dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo se aplican en el siguiente orden de prioridad:
Eliminación de los peligros y riesgos. Se debe combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de
transmisión y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual.
Tratamiento, control o aislamiento de los peligros y riesgos, adoptando medidas técnicas o administrativas.
Minimizar los peligros y riesgos, adoptando sistemas de trabajo seguro que incluyan disposiciones
administrativas de control.
Programar la sustitución progresiva y en la brevedad posible, de los procedimientos, técnicas, medios,
sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo para el
trabajador.
En último caso, facilitar equipos de protección personal adecuados, asegurándose que los
TRABAJADORES los utilicen y conserven en forma correcta.
6. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 35. Responsabilidades del EMPLEADOR dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo
e) Elaborar un mapa de riesgos con la participación de la organización sindical, representantes de los
trabajadores, delegados y el comité de seguridad y salud en el trabajo, el cual debe exhibirse en un lugar
visible.
Artículo 37. Elaboración de línea de base del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Para establecer el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se realiza una evaluación
inicial o estudio de línea de base como diagnóstico del estado de la salud y seguridad en el trabajo. Los
resultados obtenidos son comparados con lo establecido en esta Ley y otros dispositivos legales
pertinentes, y sirven de base para planificar, aplicar el sistema y como referencia para medir su mejora
continua. La evaluación es accesible a todos los trabajadores y a las organizaciones sindicales.
7. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 57. Evaluación de riesgos
El empleador actualiza la evaluación de riesgos una vez al año como mínimo o cuando cambien las condiciones
de trabajo o se hayan producido daños a la salud y seguridad en el trabajo.
Si los resultados de la evaluación de riesgos lo hacen necesarios, se realizan:
Controles periódicos de la salud de los trabajadores y de las condiciones de trabajo para detectar situaciones
potencialmente peligrosas.
Medidas de prevención, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción, que garanticen
un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
Artículo 65. Evaluación de factores de riesgo para la procreación
En las evaluaciones del plan integral de prevención de riesgos, se tiene en cuenta los factores de riesgo que
puedan incidir en las funciones de procreación de los trabajadores; en particular, por la exposición a los agentes
físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, con el fin de adoptar las medidas preventivas
necesarias.
Artículo 66. Enfoque de género y protección de las trabajadoras
El empleador adopta el enfoque de género para la determinación de la evaluación inicial y el proceso de
identificación de peligros y evaluación de riesgos anual. Asimismo, implementa las medidas necesarias para
evitar la exposición de las trabajadoras en período de embarazo o lactancia a labores peligrosas, de
conformidad a la ley de la materia.
Las trabajadoras en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo
para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría.
8. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 75. Participación en la identificación de riesgos y peligros
Los representantes de los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo participan en la identificación de los
peligros y en la evaluación de los riesgos en el trabajo, solicitan al empleador los resultados de las
evaluaciones, sugieren las medidas de control y hacen seguimiento de estas. En caso de no tener respuesta
satisfactoria, pueden recurrir a la autoridad administrativa de trabajo.
Artículo 78. Derecho de examen de los factores de riesgo
Los trabajadores, sus representantes y sus organizaciones sindicales tienen derecho a examinar los factores
que afectan su seguridad y salud y proponer medidas en estas materias.
9. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO -
DS.N 005 - 2012
Artículo 21.
Las medidas de prevención y protección del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Las medidas de prevención y protección dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo se aplican en el siguiente orden de prioridad:
Eliminación de los peligros y riesgos. Se debe combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de
transmisión y en el TRABAJADOR, privilegiando el control colectivo al individual.
Tratamiento, control o aislamiento de los peligros y riesgos, adoptando medidas técnicas o administrativas.
Minimizar los peligros y riesgos, adoptando sistemas de trabajo seguro que incluyan disposiciones
administrativas de control.
Programar la sustitución progresiva y en la brevedad posible, de los procedimientos, técnicas, medios,
sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo para el trabajador.
En último caso, facilitar equipos de protección personal adecuados, asegurándose que los trabajadores los
utilicen y conserven en forma correcta.
10. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO -
DS.N 005 - 2012
Artículo 26°. El empleador está obligado a:
a) Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y
la salud de los trabajadores.
b) Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el
trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
Artículo 32°.- La documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe
exhibir el EMPLEADOR es la siguiente:
a) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control.
b) El mapa de riesgo.
Artículo 78°. El resultado de la evaluación inicial o línea de base debe:
Estar documentado.
Servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el TRABAJO.
Servir de referencia para evaluar la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
11. BASE LEGAL (LEY N° 29783 – LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO -
DS.N 005 - 2012
Artículo 81º. En el marco de una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo basada en la evaluación
inicial o las posteriores, deben señalarse objetivos medibles en materia de seguridad y salud en el
trabajo:
Específicos para la organización, apropiados y conformes con su tamaño y con la naturaleza de las
actividades.
Compatibles con las leyes y reglamentos pertinentes y aplicables, así como con las obligaciones técnicas,
administrativas y comerciales de la organización en relación con la seguridad y salud en el trabajo.
Focalizados en la mejora continua de la protección de los trabajadores para conseguir resultados óptimos en
materia de seguridad y salud en el trabajo.
Documentados, comunicados a todos los cargos y niveles pertinentes de la organización.
Evaluados y actualizados periódicamente.
12. BASE LEGAL (D.S. 024-2016-EM. Reglamento de SSO en Minería)
Artículo 95.- El titular de actividad minera deberá identificar permanentemente los peligros,
evaluar los riesgos e implementar medidas de control, con la participación de todos los
trabajadores en los aspectos que a continuación se indica, en:
a) Los problemas potenciales que no se previeron durante el diseño o el análisis de tareas.
b) Las deficiencias de las maquinarias, equipos, materiales e insumos.
c) Las acciones inapropiadas de los trabajadores.
d) El efecto que producen los cambios en los procesos, materiales, equipos o maquinaras.
e) Las deficiencias de las acciones correctivas.
f) En las actividades diarias, al inicio y durante la ejecución de las tareas
Al inicio de toda tarea, los trabajadores identificarán los peligros, evaluarán los riesgos para su
salud e integridad física y determinarán las medidas de control más adecuadas según el
IPERC – Continuo del ANEXO Nº 7, las que serán ratificadas o modificadas por la supervisión
responsable.
En los casos de tareas en una labor que involucren más de dos trabajadores, el IPERC –
Continuo podrá ser realizado en equipo, debiendo los trabajadores
13. Artículo 96.- El titular de actividad minera, para controlar, corregir y eliminar los
riesgos deberá seguir la siguiente jerarquía:
1. Eliminación (Cambio de proceso de trabajo, entre otros)
2. Sustitución (Sustituir el peligro por otro más seguro o diferente que no sea tan
peligroso para los trabajadores)
3. Controles de ingeniería (Uso de tecnologías de punta, diseño de infraestructura,
métodos de trabajo, selección de equipos, aislamientos, mantener los peligros
fuera de la zona de contacto de los trabajadores, entre
otros).
4. Señalización, alertas y/o controles administrativos (Procedimientos, capacitación
y otros).
5. Usar Equipos de Protección Personal (EPP), adecuados para el tipo de actividad
que se desarrolla en dichas áreas.
BASE LEGAL (D.S. 024-2016-EM. Reglamento de SSO en Minería)
14. Artículo 97.- El titular de actividad minera debe elaborar la línea base del IPERC,
de acuerdo al ANEXO Nº 8 y sobre dicha base elaborará el mapa de riesgos, los
cuales deben formar parte del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional.
La línea base del IPERC será actualizado anualmente y cuando:
a) Se realicen cambios en los procesos, equipos, materiales, insumos,
herramientas y ambientes de trabajo que afecten la seguridad y salud ocupacional
de los trabajadores.
b) Ocurran incidentes peligrosos.
c) Se dicte cambios en la legislación.
En toda labor debe mantenerse una copia del IPERC de Línea Base actualizado de
las tareas a realizar. Estas tareas se realizarán cuando los controles descritos en el
IPERC estén totalmente implementados.
BASE LEGAL (D.S. 024-2016-EM. Reglamento de SSO en Minería)
15. DC 101. IDETIFICACION D
EPELIGROS, EVALUACION DE
RIESGOS Y CONTROL (IPER C).
Se denomina así al proceso de evaluación
de los riesgos en los procesos, actividades y
tareas realizadas en cada área de trabajo,
teniendo en cuenta las instalaciones y
equipos existentes. Cada Gerencia contará
con un listado de todos los procesos que
están bajo su responsabilidad.
16. NECESIDAD DEL IPERC
STOP
Evalúe los
riesgos
Controle los
riesgos
Identifique los
peligros
potenciales
Continúe el
trabajo
1 2
4 3
17. Los problemas potenciales.
Las deficiencias de los
equipos y materiales.
Las acciones inapropiadas de
los trabajadores.
El Trabajador debe identificar:
REGLAS BASICAS
18. El efecto que producen los cambios.
Las deficiencias de las acciones correctivas.
En situación de peligro, mantener la supervisión
permanente.
Antes iniciar su actividad al realizar el IPERC.
27. 27
Se define como la
frecuencia de
ocurrencia del evento
está en función a la
frecuencia de
exposición, base
histórica,
capacitación, factores
de entorno,
protección dispuesta
al momento
PROBABILIDAD
28. EVALUACION DE LA
PROBABILIDAD
28
Comun(muy
probable)
Ha sucedido
(probable)
Podria suceder
(posible)
Raro que
suceda (poco
probable)
Practicamente
imposible que
suceda
Sucede con
demasiada
frecuencia
Sucede con
frecuencia
Sucede
ocasionalmente
Rara vez ocurre.
No es muy
probable que
ocurra.
Muy rara vez
ocurre. Imposible
que ocurra
Muchas (6 o mas)
personas
expuestas. Varias
veces al dia.
Moderado (3 a 5)
personas expuestas
varias veces al dia.
Pocas (1 a 2) personas
expuestas varias veces
al dia. Muchas
personas expuestas
ocasionalmente
Moderado (3 a 5)
personas
expuestas
ocasionalmente
Pocas (1 a 2)
personas
expuestas
ocasionalmente.
A B C D E
PROBABILIDAD / FRECUENCIA
29. ¿La fuente de riesgo se presenta
permanentemente cada vez que
el trabajo se realiza, o solamente
una vez?
¿Se tienen implementados
totalmente los controles
necesarios para reducir el riesgo
a un nivel aceptable en mi tarea?
¿CUAL ES LA
PROBABILIDAD?
30. MEDIDAS DE CONTROL
Las Medidas de Control, tiene la finalidad de controlar
y/o eliminar los peligros identificados en cada una de
las tareas de la actividad a realizar. Estas medidas de
control deben respetar la jerarquía de controles, deben
tener la posibilidad de ser auditables (medibles) y
reales a la actividad.
33. Eliminación
Modificando el proceso productivo, generando cambios.
Sustitución
En el caso de uso de químicos, se puede cambiar el producto peligroso
por otro que no lo sea, o lo sea en menor medida.
Ingeniería
Los controles de ingeniería
cambian los aspectos físicos del
puesto de trabajo. Incluyen
acciones tales como
modificaciones del puesto de
trabajo, obtención de equipo
diferente o cambio a herramientas
modernas.
34. Administrativos
Rotación de los trabajadores.
Aumento en la frecuencia y duración de los descansos
Mantenimiento preventivo para equipo, maquinaria y herramientas.
Entrenamientos, procedimientos.
EPP
Deben de ser la última opción como
control.
Considerar la elección adecuada del
EPP, así como la talla, sus
especificaciones, limpieza y
mantenimiento.
35.
36.
37.
38. 38
SEVERIDAD
• Se define como el
grado de daño
personal o material
que pueda causar
el peligro
identificado.
• Se definen 5
niveles de
severidad.
39. EVALUACION DE LA
SEVERIDAD
39
SEVERIDAD Lesion Personal Daño a la Propiedad Daño al proceso
CASTASTROFICO
Varias fatalidades.
Varias pesonas con
lesiones permanentes
Perdidas por un monto
superior a US$100,000
Paralizacion del proceso
de mas de 1 mes o
paralizacion deinitiva
1
Fatalidad (Perdida
Mayor)
Una fatalidad. Estado
vegetal
Perdidas por un monto
entre US$ 10000 y US$
100,000
Paralizacion del
procesode mas de 1
semana y menos de 1
mes
2
Perdida Permanente
Lesiones que
incapacitan a la
persona para su
actividad normal d epor
vida. Enfermedades
ocupacionales
avanzadas.
Perdidas pro un monto
entre US$5000 y
US$10000
Paralizacion del proceso
de mas de 1 dia hasta 1
semana
3
Perdida temporal
Lesiones que
incapacitan a la
persona
temporalmente.
Lesiones por posicion
ergonomica
Perdidas por un monto
entre US$ 1000 y
US$5000
Paralizacion de 1 dia 4
Perdida menor
Lesion que no
incapacita a la
persona. Lesiones
Leves
Perdida menor a
UD$1000
Paralizacion menor de 1
dia. 5
40. RIESGO
40
1 2 4 7 11
3 5 8 12 16
6 9 13 17 20
10 14 18 21 23
15 19 22 24 25
Plazo de correccion
0-72HORAS
Riesgo ALTO
Valor >=1<=8
Riesgo intolerable, requiere controles inmediatos. Si no se
puede controlar PELIGRO se paraliza los trabajos operacionales
en la labor.
0-24 HORAS
Riesgo MEDIO
Valor >=9<=15
Iniciar medidas para eliminar/reducir el riesgo . Evaluar si la
acción se puede ejecutar de manera inmediata
CRITERIO DE TOLERABILIDAD
1 MES
Riesgo BAJO
Valor 19>= 25.
Este riesgo puede ser tolerable .
42. 42
1. PERSONAL
1.1 Gerentes
Asegurar la revisión anual de los estudios IPERC de su área de
responsabilidad.
Proveer los recursos para la implementación de los controles
adicionales requeridos.
1.2 Superintendente y Supervisor de Línea
Revisar los resultados de los estudios IPERC de su área de
responsabilidad.
Canalizar y ejecutar los planes de acción a través de los procesos
requeridos para su
ejecución (planeamiento presupuestal, orden de trabajo, proyectos,
requisición o
solicitud simple).
RESPONSABILIDADES
43. 43
IPERC – Línea Base
Este IPER será un punto de partida profundo y amplio, para
nuestro proceso de identificación de peligros y evaluación de
riesgos.
Establece donde estamos en términos de evaluación de riesgos.
Para poder ser capaz de hacer esto, se necesita:
o Identificar todos los peligros que pueden causar daño a las
personas, equipo y al medio ambiente
o Ámbito de IPER
o Identificar cómo los peligros pueden causar daño
o Identificar qué o quién puede ser dañado
PROCEDIMIENTO
44. 44
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
4.1 Se deberá elaborar la línea base del IPERC, de acuerdo al
formato GSSL – SIND –FR004.
Equipo Evaluador : Firma 1
2
3
4
5
Rutinaria
No
Rutinaria
Nivel
Probabilidad (P)
Nivel Severidad
(S)
Clasific. de
Riesgo
(P x S)
Evaluación del
Riesgo
Eliminación Sustitución
Controles de
Ingeniería
Control Administrativo EPP P S
Clasific. de Riesgo
(P x S)
Evaluación IPERC
#N/A #N/A #N/A
#N/A #N/A #N/A #N/A
#N/A #N/A #N/A #N/A
#N/A #N/A #N/A #N/A
#N/A #N/A #N/A #N/A
#N/A #N/A #N/A #N/A
FIRMA
Fecha de actualización EPP adecuado
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL- LÍNEA BASE
Código: GSSL - SIND - FR004
Versión: 02
Fecha:
Página 1 de 1
Acción de
Mejora
Responsable
Jerarquia de Controles - Orden de Prioridad
Eliminación
Gerencia Sustitución
Área Controles de Ingeniería
Fecha de elaboración Señalización, Alertas y/o Control Administrativo
Consecuencia
PROCESO ACTIVIDAD
NOMBRE DESCRIPCION DEL PUESTO
N° TAREA PELIGROS
Requisitos Legales
o voluntario
Eventos
Tipo de Actividad Evaluación de Riesgos
Reevaluación
Jerarquía de Control
Causas
Cargo
Apellidos, Nombres
FECHA DE APROBACION:
45. 45
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
4.2 La necesidad de iniciar un proceso IPERC línea base en un
área específica se identificará de acuerdo a lo siguiente:
Requerimiento de revisión anual del IPERC existente en el
área (Art° 97-D.S.024-2016-EM).
Implementación de un nuevo proceso, actividad o tarea.
4.3 Luego de identificada la necesidad, el supervisor del área en
cuestión, debe organizar el equipo de análisis encargado del
mapeo.
4.4 Para iniciar el IPERC línea base, el equipo debe elaborar una
ruta que pueda cubrir en forma sistemática los procesos,
actividades y tareas. Considerar trabajos y áreas adyacentes o
de entorno.
46. 46
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
4.7 Para cada peligro identificado completar en el formato GSSL -
SIND - FR004 lo siguiente:
Requisitos legales asociados. Elegir sólo los que aplican directamente en
otro caso colocar N/A (No aplica).
Listar los posibles eventos de riesgos que podrían provocar incidentes
relacionados al peligro identificado en la tarea analizada
Para cada evento de riesgo describir posibles consecuencias y causas.
Pueden haber varios eventos por peligros, cada uno debe tener una
evaluación.
Determinar si el evento se daría en una situación rutinaria y no rutinaria.
PROCESO ACTIVIDAD
N° TAREA PELIGROS
Requisitos Legales
o voluntario
Rutinaria
No
Rutinaria
Consecuencia
Eventos
Tipo de Actividad
Causas
47. 47
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
Realizar la evaluación del riesgo (riesgo puro) sin considerar las medidas
de control a implementar (ítem 4.8).
Determinar para cada evento de riesgo los controles existentes en base a
las causas identificadas según la jerarquía de controles. En el caso de
controles de eliminación/sustitución el peligro puede haber sido eliminado,
sin embargo registrar si ha habido implementación de alguna medida de
este tipo.
Nivel
Probabilidad (P)
Nivel Severidad
(S)
Clasific. de
Riesgo
(P x S)
Evaluación del
Riesgo
Evaluación de Riesgos
Eliminación Sustitución
Controles de
Ingeniería
Control Administrativo EPP
Jerarquía de Control
48. 48
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
Re-evaluación del riesgo (riesgo residual) en base a los controles a
implementar (ítem 4.9).
Acción de mejora y responsable de esta. En caso que la reevaluación del
riesgo no sea bajo, se tomaran acciones de mejora para reducirlo, con la
finalidad que este sea tolerable (bajo); dichas acciones tendrán un
responsable de implementación, lo cual estará especificado en el formato
GSSL – SIND – FR004.
P S
Clasific. de Riesgo
(P x S)
Evaluación IPERC
Acción de
Mejora
Responsable
Reevaluación
49. 49
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
4.8 Evaluación del riesgo (riesgo puro):
Utilizar las tablas presentadas en el anexo 1.
Determinar la severidad potencial de las consecuencias del evento
analizado en la matriz de evaluación de riesgos de Antamina.
CRITERIOS
SEVERIDAD
Lesión
personal
Daño a Ia propiedad Daño al proceso
Catastrófico
Varias fatalidades. Varias
personas con lesiones
permanentes.
Pérdidas por un monto mayor a US$
100,000
Paralización del
proceso de más de 1
mes o paralización
definitiva.
Mortalidad (Pérdida
mayor)
Una mortalidad. Estado vegetal.
Pérdidas por un monto entre US$
10,001 y US$ 100,000
Paralización del
proceso de más de 1
semana y menos de 1
mes
Pérdida permanente
Lesiones que incapacitan a Ia
persona para su actividad
normal de por vida.
Enfermedades ocupacionales
avanzadas.
Pérdida por un monto entre US$ 5,001
y US$ 10,000
Paralización del
proceso de más de 1
día hasta 1 semana.
Pérdida temporal
Lesiones que incapacitan a Ia
persona temporalmente.
Lesiones por posicion
ergonómica
Pérdida por monto mayor o igual a US$
1,000 y menor a US$ 5,000
Paralización de 1 día.
Pérdida menor
Lesión que no incapacita a Ia
persona. Lesiones leves.
Pérdida por monto menor a US$ 1,000
Paralización menor de
1 día.
50. 50
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
Determinar la probabilidad de ocurrencia del evento analizado en el
matriz de evaluación de riesgos de Antamina sin considerar las medidas
de control.
CRITERIOS
PROBABILIDAD Probabilidad de frecuencia
Frecuencia de
exposición
Común (muy probable)
Sucede con demasiada
frecuencia.
Muchas (6 o más) personas expuestas.
Varias veces al día .
Ha sucedido
(probable)
Sucede con frecuencia. Moderado (3 a 5) personas expuestas varias veces al día.
Podría suceder
(posible)
Sucede ocasionalmente.
Pocas (1 a 2) personas expuestas varias veces al día.
Muchas personas expuestas ocasionaImente .
Raro que suceda (poco
probable)
Rara vez ocurre.
No es muy probable que
ocurra.
Moderado (3 a 5) personas expuestas ocasionaImente .
Prácticamente
imposible que suceda.
Muy rara vez ocurre. lmposible
que ocurra.
Pocas (1 a 2) personas expuestas ocasionaImente.
51. 51
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
Determinar el riesgo mediante el valor cruzado en la tabla del anexo 1.
Catastrófico 1 1 2 4 7 11
PLAZO DE
MEDIDA
CORRECTIVA
Mortalidad 2 3 5 8 12 16 ALTO 0-24 HORAS
Permanente 3 6 9 13 17 20 MEDIO 0-72HORAS
Temporal 4 10 14 18 21 23 BAJO 1 MES
Menor 5 15 19 22 24 25
A B C D E
Común
Ha
sucedido
Podría
suceder
Raro que
suceda
Prácticamente
imposible que
suceda
Riesgo intolerable, requiere controles
inmediatos. Si no se puede controlar
el PELIGRO se paralizan los trabajos
operacionales en la labor.
MATRIZ BÁSICA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
Iniciar medidas para eliminar/reducir
el riesgo. Evaluar si la acción se
puede ejecutar de manera inmediata
Este riesgo puede ser tolerable.
PROBABILIDAD
NIVEL DE
RIESGO
DESCRIPCIÓN
SEVERIDAD
52. 52
PROCEDIMIENTO
IPERC – Línea Base
4.9 Re-evaluación del Riesgo (riesgo residual):
Utilizar las tablas presentadas en el anexo 1
Determinar la severidad potencial de las consecuencias del evento
analizado en la matriz de evaluación de riesgos de Antamina,
considerando las medidas de control a implementar
Determinar la probabilidad de ocurrencia del evento analizado en el
matriz de evaluación de riesgos de Antamina, considerando las medidas
de control a Implementar
Determinar el riesgo mediante el valor cruzado en la tabla del anexo 1.
Aplicar el criterio ALARP (As Low As Reasonably Practicable", en español,
"tan bajo como sea razonablemente factible"). Pueden haber riesgos que
permanezcan en esta categoría y merezcan monitoreo especial de los
controles existentes para asegurar su efectividad a través del tiempo
(los cuales se especificarán como acción de mejora y responsables en el
Formato GSSL - SIND - FR004.
53. 53
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
4.10 Las acciones de mejora propuestas para el riesgo de una
gerencia, deben estar establecidos con responsables y fechas
para la implementación. Usar el Formato GSSL - SIND - FR005.
4.11 Antes de iniciar la tarea, todo el personal involucrado se
reunirá en el lugar de trabajo, bajo la dirección del líder del
equipo y elaborarán el IPERC Continuo con la participación de
todos los trabajadores, identificarán los peligros, evaluarán los
riesgos para su salud e integridad física y determinarán las
medidas de control más adecuadas
según el IPERC – Continuo (formato GSSL – SIND – FR007)
4.12 Si lo consideran necesario, solicitarán la asesoría de uno o
más especialista externos al equipo, en calidad de consultores.
54. 54
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
4.13 Completar los datos del formato GSSL - SIND - FR007:
Nombre de la tarea, Lugar de
trabajo, Fecha
Llenar la parte 1, donde
debemos analizar la lista de
riesgos en el área de trabajo
que pueden generar una
lesión y establecer controles
para el mismo. No continúe
con la lista o inicie el trabajo
si no estableció el control
respectivo para el riesgo.
En el último punto, puede
incluir “otros riesgos”
adicionales identificados que
no figuren en el formato.
Todas las preguntas deben
ser contestadas.
55. 55
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
Una vez llena la primera
lista del formato, se
deberá seguir con la
parte 2.
En la parte 2 se
verificarán la existencia
de riesgos críticos y
riesgos para manos
debiendo responder SI o
No a todas las
preguntas.
56. 56
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
Para los ítems marcados como SI será necesario especificar medidas de
control en la parte 3.
Desarrollar la parte 3 en donde se deberá detallar la tarea paso a paso,
describir los peligros, describir los riesgos y evaluarlos sin considerar las
medidas de control a implementar, luego establecer las medidas de control
y evaluar el riesgo residual utilizando las tablas del anexo 1.
57. 57
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
4.14 El supervisor ratificará o modificará las medidas de control
establecidas, con la finalidad de asegurar que los riesgos se encuentren
controlados.
4.15 Si el riesgo residual evaluado es tolerable (bajo) se iniciará el
trabajo, caso contrario no se iniciarán las actividades y el supervisor
implementará medidas correctivas adicionales hasta reducir el riego a
tolerable.
4.16 En caso ingrese personal nuevo en el desarrollo de la tarea, el
IPERC Continuo debe difundirse al personal ingresante y deben firmar
la hoja.
4.17 La validez del IPERC Continuo es solo para una jornada de
trabajo. En trabajos que se extiendan más de una jornada, el líder del
equipo podrá utilizar el IPERC Continuo del turno anterior como
referencia para la elaboración de un nuevo IPERC Continuo con todo su
equipo de trabajo.
De ocurrir cambios en las condiciones de trabajo, elaborar un nuevo
IPERC Continuo.
58. 58
PROCEDIMIENTO
IPERC – Continuo
4.18 Periódicamente se
realizará la evaluación
del IPERC Continuo,
utilizando el Formato
GSSL-SIND-FR007A. Si el
resultado de la
evaluación del IPERC
Continuo es de 80% o
menos en cualquier
criterio de evaluación, el
evaluador debe brindar
reforzamiento al grupo
de trabajo, si el resultado
total es menor de 80%,
el IPERC Continuo debe
volverse a hacer.
Control pasivo :Control vigente (implementado y en funcionamiento) que no requiere de la intervención del hombre.
Control activo: Control ya implementado que requiere del hombre para ser activado
Mencionar términos en forma general y aterrizarlos al sistema de Antamina.
Entender los lineamientos de Antamina atraves de su SGSSO.
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