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  1. PROTOCOLOS Y RUTAS DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA DETECTADAS O COMETIDA EN EL SISTEMA EDUCATIVO SEDMQ
  2. Reglas de capacitación 1. Respetar las opiniones de los demás 2. Reflexionar sobre los conceptos analizados 3. Aportar con comentarios, experiencias y conocimiento 4. Tratar de brindar aportes concisos, claros y basados en un enfoque de derechos humanos 5. Preguntar en caso dudas
  3. Caso Guzmán Albarracín y otras vs Ecuador JUSTIFICACIÓN La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado que, en el plazo de un año, identifique medidas adicionales a las que ya está implementado, para corregir y subsanar insuficiencias en relación con: a) Información estadística sobre situaciones de violencia sexual contra niñas o niños en el ámbito educativo; b) La detección de casos de violencia sexual contra niñas o niños en ese ámbito y su denuncia, c) La capacitación a personal del ámbito educativo respecto al abordaje y prevención de situaciones de violencia sexual, y d) La provisión de orientación, asistencia y atención a las víctimas de violencia sexual en el ámbito educativo y/o a sus familiares
  4. La CIDH en su Informe de Fondo del caso, solicitó que se adopten las siguientes medidas de no repetición: a. Disponer una regulación y mecanismos adecuados de capacitación, detección temprana, fiscalización, supervisión y rendición de cuentas de las entidades educativas públicas y privadas, a fin de prevenir y responder debidamente a situaciones de acoso sexual al interior de dichas instituciones, incluyendo la violencia ejercida mediante los servicios de salud que presenten en las escuelas; b. Diseñar protocolos en los sectores de educación y salud que faciliten la denuncia, confidencialidad y atención de estudiantes víctimas o testigos de actos de violencia sexual; c. Incorporar en los materiales de enseñanza obligatoria escolar información adecuada, oportuna y según el nivel de madurez de las niñas y niños orientada a dotarles de herramientas para prevenir y denunciar situaciones de violencia sexual”; d. Adoptar campañas educativas y de sensibilización en escuelas públicas y privadas orientadas a enfrentar los esquemas socioculturales que normalizan o trivializan la violencia sexual en este ámbito”. Justificación
  5. Establecer lineamientos de actuación para todas las personas que conforman la comunidad educativa frente a situaciones de hechos de violencia cometidas o detectadas en el ámbito educativo, mediante la aplicación de acciones y directrices, con el fin de garantizar la prevención, atención especializada y oportuna, protección, y restitución inmediata de los derechos vulnerados, evitando la revictimización y fortaleciendo el proceso de prevención y acompañamiento a la persona agresora, cuando se trate de un/a estudiante. OBJETIVO
  6. ENFOQUES •Reconocimiento de que todas las personas son titulares de derechos, anular el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos. Derechos •Se basa en el principio de igualdad y no discriminación y el ejercicio y garantía de los derechos humanos. Género •Reconocer que las personas en las distintas etapas de los ciclos de vida son interlocutoras válidas con opiniones concretas que deben ser escuchadas y consideradas. Intergeneracional •Estado plurinacional y pluricultural Intercultural •Garantiza que las personas en diferentes situaciones y condiciones como discapacidad, movilidad humana, diversidad sexual, diferencias étnicas y culturales, entre otras, puedan ejercer de forma efectiva sus derechos Inclusivo • Se fundamenta en una educación para la vida que posibilite la formación y el desarrollo humano desde una visión integral, donde los estudiantes y las estudiantes vivan experiencias esenciales y afines a sus intereses, aptitudes y actitudes y que fortalezcan la toma de decisiones personales con conocimiento. Pedagógico •Plantea la transformación de los conflictos desde la aceptación de responsabilidad y reparación de daños, es decir, rechaza la violencia y hace efectiva la cultura de paz. Restaurativo
  7. https://www. youtube.com/watch?v=ByD1-c8ZBx4
  8. TIPOS DE VIOLENCIA
  9. Violencia Sexual • Toda acción que implique la vulneración o restricción del derecho a la integridad sexual y a decidir voluntariamente sobre su vida sexual y reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza e intimidación incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares y de parentesco, exista o no convivencia, la transmisión intencional de infecciones de transmisión sexual (ITS), así como la prostitución forzada, la trata con fines de explotación sexual, el abuso o acoso sexual, la esterilización forzada y otras prácticas análogas. (LOIPEVCM) • También es violencia sexual la implicación de niñas y adolescentes en actividades sexuales con un adulto o con cualquier otra persona que se encuentre en situación de ventaja frente a ellas, sea por su edad, por razones de su mayor desarrollo físico o mental, por la relación de parentesco, afectiva o de confianza que lo une a la niña o adolescente, por su ubicación de autoridad o poder; el embarazo temprano en niñas y adolescentes, el matrimonio en edad temprana, la mutilación genital femenina y la utilización de la imagen de las niñas y adolescentes en pornografía.
  10. CLASES DE VIOLENCIA SEXUAL • ACOSO SEXUAL (Art. 166 COIP) • ABUSO SEXUAL (Art. 170 COIP) • VIOLACION (Art. 171 COIP) • ESTUPRO (Art. 167 COIP) • PORNOGRAFÍA INFANTIL (Art. 103 COIP) • TRATA CON FINES SEXUALES (Art. 91 COIP) • VIOLENCIA SEXUAL DIGITAL (Art. 173, 174,178)
  11. VIOLENCIA VIRTUAL • Violencia psicológica o sexual que se ejerce a través de medios informáticos o electrónicos, y que tienen efectos psicosociales en las personas. •Es una forma de explotación sexual en la cual una persona chantajea a otra aprovechándose del manejo de información privada, como videos o imágenes (desnudas o en posiciones comprometedoras), finalidad es el dominio de la voluntad de la víctima y obtener beneficios de la misma sexuales o económicos Sextorsión •Intercambio de mensajes, fotos y videos eróticos o sexuales, a través de redes sociales, todo lo que se envíe por internet (WhatsApp, Instagram, email) este intercambio suele ser aparentemente consentido, pero siempre existe el riesgo que esa información puede ser utilizada para su difusión de su contenido a externos y en ese momento se convierte en pornografía infantil y/o ciberacoso Sexting
  12. • “Pornografía infantil se entiende toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales”, y utilizaran el internet para transmitirlos. • Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía señala en el inciso c) de su artículo 2 Pornografía Infantil • Ocurre cuando una persona adulta se hace pasar por una persona de menor edad, para ganar la confianza de los NNA, con el propósito de involucrarlo en actividades sexuales como generar imágenes relativas a actos sexuales eróticos, y posteriormente chantajear a la víctimas para conseguir favores sexuales y otro tipo de delitos Grooming • Todo acto de agresión repetida e intencionada de dañar psicológicamente a otro, mediante el uso de un dispositivo de computo móvil o digital, difundiendo mensajes , fotos, videos denigrantes a la dignidad del agredido Ciberacoso
  13. PROTECCION INTEGRAL BASE LEGAL • Constitución de la Republica del Ecuador (CRE) Art. 44 El estado, sociedad, familia promoverán el desarrollo integral de NNA, aseguraran el ejercicio pleno de sus derechos, se atenderá el principio de interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de mas personas. Art. 75, 76, 78 y 341 • Código de la Niñez y Adolescencia (CONA) Art. 11 el interés superior del niño esta orientado a satisfacer el efectivo ejercicio del conjunto de derechos de NNA; e impone a todas las autoridades administrativas y judiciales, y a las instituciones públicas y privadas a tomar decisiones y acciones para su cumplimiento. Art. 12,16,17,50,73,190 y, Art. 193 las políticas de protección integral son el conjunto de directrices de carácter público, dictadas por los órganos competentes, cuyas acciones conducen a asegurar la protección integral de los derechos y garantías de la niñez y adolescencia https://www.youtube.com/watch?v=itFCNt4G_j 8
  14. CICLOS DE LA PROTECCION INTEGRAL EJES DE EJECUCIÓN PREVENCION INTEGRAL ATENCION Y PROTECCION INTEGRAL DETECCIÓN Y DENUNCIA MEDIDAS DE PROTECCIÓN REPARACION Y RESTITUCIÓN DERIVACIÓN Y ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL ACOMPAÑAMIENTO SEGUIMIENTO Es responsabilidad de la autoridad educativa institucional y del equipo del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) activar los servicios específicos que se encuentran en la localidad tomando en consideración las necesidades y particularidades de cada territorio.
  15. Eje de prevención integral de la violencia • Todo mecanismo preventivo que se implemente en la IE debe estar “dirigido a facilitar que NNA se empoderen y sean capaces de tomar decisiones con respecto a sus proyectos de vida de manera consiente, libre y autónoma (…) involucren en la realidad social que les rodea, bajo principios del buen vivir y la cultura de paz” DECE AUTORIDADES INTITUCIONALES DOCENTES PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO Fortalecer la construcción de entornos seguros en el ámbito educativo Fomentar y fortalecer la resolución pacifica de conflictos Facilitar y fortalecer el vínculo con la familia ACCIONES
  16. Eje de atención y protección en situaciones de violencia • Detección y denuncia en situaciones de violencia Permite conocer e intervenir oportunamente ante situaciones de violencia cometidas dentro o fuera del sistema educativo. En contextos de violencia es de gran importancia implementar la denuncia como cultural y mecanismo de protección, así como una forma de materializar y dar relevancia a aquellos hechos que no deben silenciarse. • Indicadores para la detección de caso de violencia Al interior de las IE, el personal docente y quienes conforman los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE) ocupan un rol fundamental en la detección de casos de violencia, ya que son quienes mayor cantidad de tiempo comparten con las y los estudiantes, lo que posibilita percibir e identificar las situaciones que afectan su desarrollo. Sim embargo, toda la comunidad educativa esta llamada a detectar posibles hechos de violencia y denunciarlos.
  17. • Indicadores generales en NNA que han sido víctimas de violencia Signos o indicadores Físicos Signos o indicadores de Comportamiento Conductas que se pueden identificar en la IE • Marcas en el cuerpo. • Lesiones o fracturas sin explicación concordante. • Problemas de salud frecuente. • Somatizaciones (dolor de cabeza, mareos, desmayos, sensación de ahogo o vómito). • Cambios bruscos de comportamiento. • Desgano, apatía, aislamiento. • Tristeza permanente, depresión. • Uso de vestimenta inadecuada para el clima. • Hiperactividad, nerviosismo o mutismo selectivo. • Sentimientos de culpa. • Disminución de rendimiento. • Falta de concentración. • Conductas variables en clase. • Temor a permanecer en la IE o de ir a la casa. • Incomodo al hablar de su familia. • Visitas frecuentes al servicio medico. • Cautela con el contacto físico. • Comportamientos agresivos. • Conflictos con la autoridad. • Aislamiento y rechazo a participar en actividades • Relatos directos o indirectos de ser víctima de violencia sexual. • Contenido sexual en juegos o dibujos. • Aseo personal compulsivo. • Comportamiento sexual inadecuado para la edad.
  18. • Medidas de protección y procesos sancionatorios de los casos de violencia Medidas de protección Prevenir o Detener Persona presuntamente agresora pertenece a la comunidad educativa Medidas establecidas en LOEI y RLOEI Separación inmediata de la personas agresora Psicosocial o pedagógico/ garantizar la permanencia de la víctima Otorgadas por la Autoridad educativa DECE podrá recomendar o acompañar en el proceso para garantizar derechos Sanciones Procedimientos administrativos – JDRC Medidas establecidas en LOEI y RLOEI Acciones educativas disciplinarias Sumarios Administrativos Procesos Judiciales – Administradores de Justicia
  19. Eje de reparación y restitución • ACOMPAÑAMIENTO INTEGRAL Reparar y restituir el daño ocasionado y los derechos vulnerados/ acciones de acompañamiento Responsabilidad constante (autoridades, docentes, DECE) brindar orientación y contención a estudiantes Acompañar es el acto de recibir, escuchar, acoger y cuidar al grupo de estudiantes, garantizando su seguridad y estabilidad emocional y física
  20. Lineamientos de acompañamiento Víctimas de violencia •Escucha activa •Brindar apoyo y contención emocional •Favorecer espacios y reconocimiento emocional •No dudar del testimonio •Explicar claramente al NNA la situación de vulneración •Derecho de confidencialidad •Preguntar al NNA el nombre de un contacto de preferencia •Actuar acorde al grupo etario •Evaluar riesgos de volver a ser víctima •Ubicar otras instituciones externas del sistema de protección •Ratificar al NNA que el DECE/ tutor están para acompañarlo Familiares de las víctimas de violencia •Comunicar a la familia •Preguntar a la familia si hay cambios conductuales o comportamiento •Alentar a familiares y representantes legales acudir personalmente a las instancias externas competentes para denunciar •Mostrar respeto y empatía •Recordar que la víctima nunca tiene la culpa Comunidad educativa ante casos de Violencia •Proteger a estudiante víctima •Mantener confidencialidad •Velar por integridad física o psicológica de estudiantes involucrados/as •En violencia entre pares intervenir con quienes presenciaron el hecho •Trabajar con NNA en que se haya identificado actitudes violentas o de acoso
  21. Seguimiento • Implica verificar que todas las acciones dictadas en favor de las víctimas se cumplan. • Seguimiento a los procesos de reparación y restitución en el aspecto psicosocial DECE • Seguimiento en instancias administrativas y judiciales según el caso Jurídico de la Dirección Distrital
  22. RUTAS DE ACTUACIÓN SEDMQ
  23. • CASO 1 • Un día normal de clases todos los compañeros de Lissett salieron del aula, minutos antes ella le había pedido a su profesor que le ayudara para recuperar puntaje tras una mala calificación y él le indicó que se quedara después de clase Liseth se acercó y el docente de Sociología, Luis P. Le dijo “Claro que te puedo ayudar”, mientras tocaba las piernas de su estudiante de 17 años e intentaba avanzar debajo de su falda jean hacia sus partes íntimas, su reacción fue levantarse de la banca en la que estaba, frente a Luis P., y salir en busca de sus amigas. • “Desde ahí me daba miedo el profesor. Yo debía estar siempre con amigas, no quería que se me acercara. Hasta que un día le conté a mi tutora”
  24. CASO 2 • Esteban, estudiante de segundo año de bachillerato, insulta sistemáticamente a Israel por redes sociales: lo insulta, se burla de su apariencia física y emite comentarios soeces, envía memes con fotos de Israel a sus compañeros de clase. La madre de Israel encontró los mensajes y comunico inmediatamente a la autoridad educativa. CASO 3 • Pablito todos los días está llegando tarde a la escuela, su apariencia física es descuidada, no presenta deberes, no se involucra con sus demás compañeros/ras, se porta muy agresivo y parece estar muy cansado, su maestra solicita apoyo al DECE porque al acercarse Pablito no quiere hablar, la o el psicólogo después de un proceso de validación, apoyo y seguridad le comenta que su madre le envía a trabajar y si no le lleva dinero le pega o le baña en agua helada.
  25. GRACIAS
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