PROTOCOLOS Y RUTAS DE
ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES
DE VIOLENCIA DETECTADAS O
COMETIDA EN EL SISTEMA
EDUCATIVO
SEDMQ
Reglas de capacitación
1. Respetar las opiniones de los demás
2. Reflexionar sobre los conceptos analizados
3. Aportar con comentarios, experiencias y conocimiento
4. Tratar de brindar aportes concisos, claros y basados en un enfoque
de derechos humanos
5. Preguntar en caso dudas
Caso Guzmán Albarracín y otras vs Ecuador
JUSTIFICACIÓN
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó
al Estado que, en el plazo de un año, identifique medidas
adicionales a las que ya está implementado, para corregir y
subsanar insuficiencias en relación con:
a) Información estadística sobre situaciones de violencia sexual
contra niñas o niños en el ámbito educativo;
b) La detección de casos de violencia sexual contra niñas o
niños en ese ámbito y su denuncia,
c) La capacitación a personal del ámbito educativo respecto al
abordaje y prevención de situaciones de violencia sexual, y
d) La provisión de orientación, asistencia y atención a las
víctimas de violencia sexual en el ámbito educativo y/o a sus
familiares
La CIDH en su Informe de Fondo del caso, solicitó que se adopten las siguientes
medidas de no repetición:
a. Disponer una regulación y mecanismos adecuados de capacitación, detección
temprana, fiscalización, supervisión y rendición de cuentas de las entidades
educativas públicas y privadas, a fin de prevenir y responder debidamente a
situaciones de acoso sexual al interior de dichas instituciones, incluyendo la
violencia ejercida mediante los servicios de salud que presenten en las escuelas;
b. Diseñar protocolos en los sectores de educación y salud que faciliten la
denuncia, confidencialidad y atención de estudiantes víctimas o testigos de actos
de violencia sexual;
c. Incorporar en los materiales de enseñanza obligatoria escolar información
adecuada, oportuna y según el nivel de madurez de las niñas y niños orientada a
dotarles de herramientas para prevenir y denunciar situaciones de violencia
sexual”;
d. Adoptar campañas educativas y de sensibilización en escuelas públicas y
privadas orientadas a enfrentar los esquemas socioculturales que normalizan o
trivializan la violencia sexual en este ámbito”.
Justificación
Establecer lineamientos de actuación para todas las personas
que conforman la comunidad educativa frente a situaciones
de hechos de violencia cometidas o detectadas en el ámbito
educativo, mediante la aplicación de acciones y directrices,
con el fin de garantizar la prevención, atención especializada
y oportuna, protección, y restitución inmediata de los
derechos vulnerados, evitando la revictimización y
fortaleciendo el proceso de prevención y acompañamiento a
la persona agresora, cuando se trate de un/a estudiante.
OBJETIVO
ENFOQUES
•Reconocimiento de que todas las personas son titulares de derechos, anular el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos.
Derechos
•Se basa en el principio de igualdad y no discriminación y el ejercicio y garantía de los derechos humanos.
Género
•Reconocer que las personas en las distintas etapas de los ciclos de vida son interlocutoras válidas con opiniones concretas que
deben ser escuchadas y consideradas.
Intergeneracional
•Estado plurinacional y pluricultural
Intercultural
•Garantiza que las personas en diferentes situaciones y condiciones como discapacidad, movilidad humana, diversidad sexual,
diferencias étnicas y culturales, entre otras, puedan ejercer de forma efectiva sus derechos
Inclusivo
• Se fundamenta en una educación para la vida que posibilite la formación y el desarrollo humano desde una visión integral, donde los estudiantes y
las estudiantes vivan experiencias esenciales y afines a sus intereses, aptitudes y actitudes y que fortalezcan la toma de decisiones personales con
conocimiento.
Pedagógico
•Plantea la transformación de los conflictos desde la aceptación de responsabilidad y reparación de daños, es decir, rechaza la
violencia y hace efectiva la cultura de paz.
Restaurativo
Violencia Sexual
• Toda acción que implique la vulneración o restricción del derecho a la
integridad sexual y a decidir voluntariamente sobre su vida sexual y
reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza e
intimidación incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras
relaciones vinculares y de parentesco, exista o no convivencia, la
transmisión intencional de infecciones de transmisión sexual (ITS), así
como la prostitución forzada, la trata con fines de explotación sexual, el
abuso o acoso sexual, la esterilización forzada y otras prácticas análogas.
(LOIPEVCM)
• También es violencia sexual la implicación de niñas y adolescentes en
actividades sexuales con un adulto o con cualquier otra persona que se
encuentre en situación de ventaja frente a ellas, sea por su edad, por
razones de su mayor desarrollo físico o mental, por la relación de
parentesco, afectiva o de confianza que lo une a la niña o adolescente, por
su ubicación de autoridad o poder; el embarazo temprano en niñas y
adolescentes, el matrimonio en edad temprana, la mutilación genital
femenina y la utilización de la imagen de las niñas y adolescentes en
pornografía.
CLASES DE VIOLENCIA SEXUAL
• ACOSO SEXUAL (Art. 166 COIP)
• ABUSO SEXUAL (Art. 170 COIP)
• VIOLACION (Art. 171 COIP)
• ESTUPRO (Art. 167 COIP)
• PORNOGRAFÍA INFANTIL (Art. 103 COIP)
• TRATA CON FINES SEXUALES (Art. 91 COIP)
• VIOLENCIA SEXUAL DIGITAL (Art. 173, 174,178)
VIOLENCIA VIRTUAL
• Violencia psicológica o sexual que se ejerce a través de medios
informáticos o electrónicos, y que tienen efectos psicosociales en las
personas.
•Es una forma de explotación sexual en la cual una persona chantajea a otra
aprovechándose del manejo de información privada, como videos o imágenes (desnudas
o en posiciones comprometedoras), finalidad es el dominio de la voluntad de la víctima y
obtener beneficios de la misma sexuales o económicos
Sextorsión
•Intercambio de mensajes, fotos y videos eróticos o sexuales, a través de redes sociales,
todo lo que se envíe por internet (WhatsApp, Instagram, email) este intercambio suele
ser aparentemente consentido, pero siempre existe el riesgo que esa información puede
ser utilizada para su difusión de su contenido a externos y en ese momento se convierte
en pornografía infantil y/o ciberacoso
Sexting
• “Pornografía infantil se entiende toda representación, por
cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales
explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las
partes genitales de un niño con fines primordialmente
sexuales”, y utilizaran el internet para transmitirlos.
• Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de
Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la
Pornografía señala en el inciso c) de su artículo 2
Pornografía
Infantil
• Ocurre cuando una persona adulta se hace pasar por una
persona de menor edad, para ganar la confianza de los NNA,
con el propósito de involucrarlo en actividades sexuales como
generar imágenes relativas a actos sexuales eróticos, y
posteriormente chantajear a la víctimas para conseguir favores
sexuales y otro tipo de delitos
Grooming
• Todo acto de agresión repetida e intencionada de dañar
psicológicamente a otro, mediante el uso de un dispositivo de
computo móvil o digital, difundiendo mensajes , fotos, videos
denigrantes a la dignidad del agredido
Ciberacoso
PROTECCION
INTEGRAL
BASE LEGAL
• Constitución de la Republica del Ecuador (CRE)
Art. 44 El estado, sociedad, familia promoverán el desarrollo
integral de NNA, aseguraran el ejercicio pleno de sus
derechos, se atenderá el principio de interés superior y sus
derechos prevalecerán sobre los de mas personas.
Art. 75, 76, 78 y 341
• Código de la Niñez y Adolescencia (CONA)
Art. 11 el interés superior del niño esta orientado a
satisfacer el efectivo ejercicio del conjunto de derechos de
NNA; e impone a todas las autoridades administrativas y
judiciales, y a las instituciones públicas y privadas a tomar
decisiones y acciones para su cumplimiento.
Art. 12,16,17,50,73,190 y,
Art. 193 las políticas de protección integral son el conjunto
de directrices de carácter público, dictadas por los órganos
competentes, cuyas acciones conducen a asegurar la
protección integral de los derechos y garantías de la niñez y
adolescencia
https://www.youtube.com/watch?v=itFCNt4G_j
8
CICLOS DE LA PROTECCION INTEGRAL
EJES DE EJECUCIÓN
PREVENCION
INTEGRAL
ATENCION Y
PROTECCION
INTEGRAL
DETECCIÓN Y
DENUNCIA
MEDIDAS DE
PROTECCIÓN
REPARACION Y
RESTITUCIÓN
DERIVACIÓN Y
ARTICULACIÓN
INTERINSTITUCIONAL
ACOMPAÑAMIENTO
SEGUIMIENTO
Es responsabilidad de la
autoridad educativa
institucional y del equipo
del Departamento de
Consejería Estudiantil
(DECE) activar los servicios
específicos que se
encuentran en la localidad
tomando en consideración
las necesidades y
particularidades de cada
territorio.
Eje de prevención integral de la violencia
• Todo mecanismo preventivo que se implemente en la IE debe estar “dirigido a facilitar que NNA se empoderen y sean capaces de
tomar decisiones con respecto a sus proyectos de vida de manera consiente, libre y autónoma (…) involucren en la realidad social
que les rodea, bajo principios del buen vivir y la cultura de paz”
DECE
AUTORIDADES
INTITUCIONALES
DOCENTES
PERSONAL
ADMINISTRATIVO Y DE
SERVICIO
Fortalecer la construcción
de entornos seguros en el
ámbito educativo
Fomentar y fortalecer la
resolución pacifica de
conflictos
Facilitar y fortalecer el
vínculo con la familia
ACCIONES
Eje de atención y protección en situaciones
de violencia
• Detección y denuncia en situaciones de violencia
Permite conocer e intervenir oportunamente ante situaciones de violencia cometidas
dentro o fuera del sistema educativo.
En contextos de violencia es de gran importancia implementar la denuncia como cultural y
mecanismo de protección, así como una forma de materializar y dar relevancia a aquellos
hechos que no deben silenciarse.
• Indicadores para la detección de caso de violencia
Al interior de las IE, el personal docente y quienes conforman los Departamentos de Consejería Estudiantil
(DECE) ocupan un rol fundamental en la detección de casos de violencia, ya que son quienes mayor
cantidad de tiempo comparten con las y los estudiantes, lo que posibilita percibir e identificar las
situaciones que afectan su desarrollo. Sim embargo, toda la comunidad educativa esta llamada a detectar
posibles hechos de violencia y denunciarlos.
• Indicadores generales en NNA que han sido víctimas de violencia
Signos o indicadores
Físicos
Signos o indicadores
de Comportamiento
Conductas que se pueden identificar en la
IE
• Marcas en el cuerpo.
• Lesiones o fracturas sin
explicación concordante.
• Problemas de salud
frecuente.
• Somatizaciones (dolor de
cabeza, mareos, desmayos,
sensación de ahogo o
vómito).
• Cambios bruscos de
comportamiento.
• Desgano, apatía, aislamiento.
• Tristeza permanente,
depresión.
• Uso de vestimenta
inadecuada para el clima.
• Hiperactividad, nerviosismo o
mutismo selectivo.
• Sentimientos de culpa.
• Disminución de rendimiento.
• Falta de concentración.
• Conductas variables en clase.
• Temor a permanecer en la IE o de ir a la
casa.
• Incomodo al hablar de su familia.
• Visitas frecuentes al servicio medico.
• Cautela con el contacto físico.
• Comportamientos agresivos.
• Conflictos con la autoridad.
• Aislamiento y rechazo a participar en
actividades
• Relatos directos o indirectos de ser
víctima de violencia sexual.
• Contenido sexual en juegos o dibujos.
• Aseo personal compulsivo.
• Comportamiento sexual inadecuado
para la edad.
• Medidas de protección y procesos sancionatorios de los casos de
violencia
Medidas de protección
Prevenir o Detener
Persona presuntamente
agresora pertenece a la
comunidad educativa
Medidas establecidas en
LOEI y RLOEI
Separación inmediata de
la personas agresora
Psicosocial o
pedagógico/ garantizar
la permanencia de la
víctima
Otorgadas por la
Autoridad educativa
DECE podrá recomendar
o acompañar en el
proceso para garantizar
derechos
Sanciones
Procedimientos
administrativos – JDRC
Medidas establecidas en
LOEI y RLOEI
Acciones educativas
disciplinarias
Sumarios
Administrativos
Procesos Judiciales –
Administradores de
Justicia
Eje de reparación y restitución
• ACOMPAÑAMIENTO INTEGRAL
Reparar y restituir el daño ocasionado
y los derechos vulnerados/ acciones de
acompañamiento
Responsabilidad
constante (autoridades,
docentes, DECE) brindar
orientación y contención
a estudiantes
Acompañar es el acto de
recibir, escuchar, acoger y
cuidar al grupo de
estudiantes, garantizando
su seguridad y estabilidad
emocional y física
Lineamientos de acompañamiento
Víctimas de violencia
•Escucha activa
•Brindar apoyo y contención emocional
•Favorecer espacios y reconocimiento
emocional
•No dudar del testimonio
•Explicar claramente al NNA la situación
de vulneración
•Derecho de confidencialidad
•Preguntar al NNA el nombre de un
contacto de preferencia
•Actuar acorde al grupo etario
•Evaluar riesgos de volver a ser víctima
•Ubicar otras instituciones externas del
sistema de protección
•Ratificar al NNA que el DECE/ tutor
están para acompañarlo
Familiares de las víctimas de violencia
•Comunicar a la familia
•Preguntar a la familia si hay cambios
conductuales o comportamiento
•Alentar a familiares y representantes
legales acudir personalmente a las
instancias externas competentes para
denunciar
•Mostrar respeto y empatía
•Recordar que la víctima nunca tiene la
culpa
Comunidad educativa ante casos de
Violencia
•Proteger a estudiante víctima
•Mantener confidencialidad
•Velar por integridad física o psicológica
de estudiantes involucrados/as
•En violencia entre pares intervenir con
quienes presenciaron el hecho
•Trabajar con NNA en que se haya
identificado actitudes violentas o de
acoso
Seguimiento
• Implica verificar que todas las acciones dictadas en favor de las
víctimas se cumplan.
• Seguimiento a los procesos de
reparación y restitución en el aspecto
psicosocial
DECE
• Seguimiento en instancias
administrativas y judiciales según el
caso
Jurídico de la Dirección Distrital
• CASO 1
• Un día normal de clases todos los compañeros de Lissett salieron del aula, minutos antes ella le había pedido
a su profesor que le ayudara para recuperar puntaje tras una mala calificación y él le indicó que se quedara
después de clase Liseth se acercó y el docente de Sociología, Luis P. Le dijo “Claro que te puedo ayudar”,
mientras tocaba las piernas de su estudiante de 17 años e intentaba avanzar debajo de su falda jean hacia
sus partes íntimas, su reacción fue levantarse de la banca en la que estaba, frente a Luis P., y salir en busca
de sus amigas.
• “Desde ahí me daba miedo el profesor. Yo debía estar siempre con amigas, no quería que se me acercara.
Hasta que un día le conté a mi tutora”
CASO 2
• Esteban, estudiante de segundo año de bachillerato, insulta sistemáticamente a Israel por redes
sociales: lo insulta, se burla de su apariencia física y emite comentarios soeces, envía memes con
fotos de Israel a sus compañeros de clase. La madre de Israel encontró los mensajes y comunico
inmediatamente a la autoridad educativa.
CASO 3
• Pablito todos los días está llegando tarde a la escuela, su apariencia física es descuidada, no
presenta deberes, no se involucra con sus demás compañeros/ras, se porta muy agresivo y parece
estar muy cansado, su maestra solicita apoyo al DECE porque al acercarse Pablito no quiere
hablar, la o el psicólogo después de un proceso de validación, apoyo y seguridad le comenta que
su madre le envía a trabajar y si no le lleva dinero le pega o le baña en agua helada.