Puede entenderse como la capacidad de parte de la población para ejercer su derecho a voto y poder elegir su gobierno. Evidentemente el poder electoral no es el mismo en todos los países, y estará sujeto a los derechos que cada población tenga frente a su gobierno En Venezuela se define como el Poder Electoral, un rector responsable de la transparencia de los procesos electorales y referendarios; garantiza a los venezolanos y las venezolanas, la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral. Direccionar supervisar y controlar de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos Este Órgano tiene a su cargo la centralización de la información del Registro del Estado Civil de las personas naturales, igualmente, asume la formación, organización, supervisión y actualización del Registro Civil y Electoral Tiene a su cargo promover la participación ciudadana en los asuntos públicos; de la formación, organización y actualización del registro de inscripciones de organizaciones con fines políticos Funciones: Posee la potestad reglamentaria de las leyes electorales, al igual que la organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos Principios: • Independencia Orgánica. • Despartidización de los organismos electorales. • Imparcialidad. • Participación Ciudadana. • Descentralización. • Transparencia.