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Estructura de una Constitución.pptx

  1. Estructura de una Constitución
  2. Introducción • Cada Constitución Política presenta un contenido, de acuerdo a las características propias del correspondiente Estado que la adopta. • En términos generales, las constituciones cumplen con unos objetivos que son prácticamente similares en los diferentes países. • Es por ello que, a pesar de las diferencias que puedan existir entre las distintas constituciones, por lo general estas presentan unos elementos comunes. • En esta presentación miraremos cuales son esos elementos comunes.
  3. Objetivos de la Constitución Una Constitución Política tiene por lo general 2 objetivos principales:  La organización del ejercicio del poder.  El señalamiento de los principios que deben regir la vida pública de un Estado.
  4. Organización del ejercicio del poder • Las normas constitucionales se encargan de establecer cuales son los órganos encargados de tomar las decisiones al interior de una sociedad, así como los mecanismos establecidos para su conformación. • Dicho en otros términos, consiste en fijar las reglas de juego para el ejercicio del poder en el Estado. • Con respecto a los individuos que integran los órganos de poder, se determinan cuales son las condiciones que deben tener para el ejercicio del cargo, así como los límites que les son impuestos. • Es necesario que, la categoría de gobernante se adquiera de conformidad con los procedimientos establecidos en las constituciones, para que de esta manera el ejercicio del poder político pueda considerarse como legítimo. • Un poder legítimo es aquel que se adquiere y ejerce de acuerdo con las condiciones establecidas por la Constitución Política de un Estado.
  5. Señalamiento de los principios orientadores • Una Constitución se encarga de determinar cuales son los principios que deben inspirar la acción del Estado, así como el funcionamiento de los órganos que integran el poder público. • El texto constitucional señala los objetivos precisos que son fijados a las autoridades detentadoras del poder. • Como ejemplo encontramos el título I de la Constitución Política de Colombia denominado “De Los Principios Fundamentales”, el cual comprende los 10 primeros artículos del texto constitucional.
  6. Contenido de una Constitución El contenido de una Constitución debe estar de acuerdo con sus objetivos. Es por ello que un texto constitucional debe constar básicamente de los siguientes tipos de normas:  Parte orgánica.  Parte dogmática.  Cláusulas de reforma.  Normas neutras.
  7. Parte Orgánica • La parte orgánica de una Constitución corresponde a las normas relativas a la organización del Estado y la manera como debe ejercerse el poder político. • Esto implica que en una Constitución se incluyan normas tales como: las que definen al Estado mismo, la forma de Estado, el sistema de gobierno y el régimen político, la organización territorial, los lineamientos referentes a los habitantes del territorio, la división del poder político en diferentes ramas, las reglas para la elección de los gobernantes, los organismos de control, los periodos de los funcionarios electos, la organización electoral, entre otras. • En muchos casos, los constituyentes primarios se dedican a copiar normas que han sido fijadas para la organización de otros Estados, sin tener en cuenta el contexto social, político y económico del Estado que las adopta.
  8. Parte Dogmática • Denominada también como declaraciones de derechos, debido a que en los comienzos del constitucionalismo moderno se produjeron documentos que consagraron los derechos del individuo frente al poder estatal, tales como la Declaración de Derechos de 1689 en Inglaterra, o la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 en Francia. • Las declaraciones de derechos tienen como objetivo principal que los individuos conozcan de manera precisa cuales son las libertades que el Estado les garantiza, así como los límites impuestos al ejercicio de las mismas. • La parte dogmática de una Constitución podemos encontrarla en:  Preámbulo.  Declaraciones de derechos en el cuerpo constitucional.
  9. Preámbulo • Es una fórmula solemne que se encuentra ubicada a manera de introducción al comienzo de una Constitución, que contiene un resumen de las principales directrices que inspiraron su aprobación, así mismo sirve de guía tanto para las autoridades como para el conjunto de ciudadanos que integran el Estado. • De acuerdo con el Diccionario de ciencias jurídicas, políticas y sociales de Manuel Osorio, el preámbulo: “hace referencia a la enunciación previa que contienen algunas Constituciones respecto a los principios que las inspiran y que han sido tenidos en cuenta por los constituyentes”. • Tal y cómo lo plantea el jurista Vladimiro Naranjo en su obra, el preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos de América, ha servido como guía para una gran cantidad de textos constitucionales en Europa y América Latina. • A continuación miraremos una serie de preámbulos de diferentes constituciones en el mundo, incluyendo las colombianas de 1886 y 1991.
  10. Preámbulo de la Constitución colombiana de 1886 • “En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad, y con el fin de afianzar los bienes de la justicia, la libertad y la paz, hemos venido en decretar, como decretamos, la siguiente Constitución Política de Colombia".
  11. Preámbulo de la Constitución Política de Colombia de 1991 El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente: Constitución
  12. Preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos • “Nosotros, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer la Defensa común, promover el bienestar general y asegurar para nosotros mismos y para nuestros descendientes los beneficios de la Libertad, estatuimos y sancionamos esta Constitución para los Estados Unidos de América”.
  13. Preámbulo de la Constitución Española de 1978 “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo. Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática avanzada, y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Constitución”.
  14. Preámbulo de la Ley Fundamental Alemana de 1949 • “Consciente de su responsabilidad ante Dios y ante los hombres, animado de la voluntad de servir a la paz del mundo, como miembro con igualdad de derechos de una Europa unida, el pueblo alemán, en virtud de su poder constituyente, se ha otorgado la presente Ley Fundamental. Los alemanes, en los Länder de Baden-Wurtemberg, Baja Sajonia, Baviera, Berlín, Brandeburgo, Bremen, Hamburgo, Hesse, Mecklemburgo-Pomerania Occidental, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sajonia, SajoniaAnhalt, Sarre, Schleswig-Holstein y Turingia, han consumado, en libre autodeterminación, la unidad y la libertad de Alemania. La presente Ley Fundamental rige, pues, para todo el pueblo alemán”.
  15. Preámbulo de la Constitución Francesa de 1958 • “El pueblo francés proclama solemnemente su adhesión a los derechos humanos y a los principios de la soberanía nacional tal y como fueron definidos por la Declaración de 1789, confirmada y completada por el Preámbulo de la Constitución de 1946, así como a los derechos y deberes definidos en la Carta del Medio Ambiente de 2003. • En virtud de estos principios y del de la libre determinación de los pueblos, la República ofrece a los Territorios de Ultramar que manifiesten la voluntad de adherirse a ella nuevas instituciones fundadas en el ideal común de libertad, igualdad y fraternidad y concebidas para favorecer su evolución democrática”.
  16. Preámbulo de la Constitución de Rusia de 1993 • “Nosotros, el pueblo multinacional de la Federación de Rusia, unidos por un destino común en nuestra tierra, ratificando los derechos y libertades de la persona, la paz cívica y la concordia, conservando la unidad estatal por la historia constituida, partiendo de los principios universalmente reconocidos de igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos, rindiendo homenaje a nuestros antepasados, que nos han legado el amor y el respeto por la Patria, la creencia en el bien y la justicia, restableciendo el estado soberano de Rusia y afirmando la inmutabilidad de su fundamento democrático, aspirando a garantizar el bienestar y la prosperidad de Rusia, partiendo de la responsabilidad por nuestra Patria ante las generaciones presentes y futuras, reconociéndonos como parte de la comunidad mundial, adoptamos la Constitución de la Federación Rusa”.
  17. Declaraciones de derechos en el cuerpo constitucional • Las fórmulas solemnes adoptadas en los preámbulos se desarrollan en el cuerpo de la Constitución mediante normas que consagran derechos tanto individuales como colectivos. • Este conjunto de normas reciben el nombre de declaraciones de derechos. • Estas normas pueden encontrarse de manera dispersa en un texto constitucional, o integradas en un correspondiente título o capítulo, que es la forma más adecuada. • Desde el comienzo del constitucionalismo hasta entrado el siglo XX, la constituciones se limitaban a la consagración de los derechos individuales o de primera generación. Durante el periodo de entreguerras, comenzaron a consagrarse los llamados derechos sociales o de segunda generación, como el derecho al trabajo, a la huelga, entre otros. • Con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, aparecen en las diferentes constituciones de la posguerra, los llamados derechos de tercera generación, que se predican para las colectividades, como el derecho a la paz, a un ambiente sano, etc.
  18. En la Constitución Política de Colombia de 1991, el catálogo de derechos está consagrado en el Título II denominado De Los Derechos, Las Garantías y Los Deberes. Este a su vez, se divide en 5 capítulos:  El capítulo 1, los derechos fundamentales.  El capítulo 2, los derechos sociales, económicos y culturales.  El capítulo 3, los derechos colectivos y el ambiente.  El capítulo 4, la protección y aplicación de los derechos.  El capítulo 5, los deberes y obligaciones de las personas.
  19. Cláusulas de reforma • Son aquellas normas incluidas en las constituciones políticas, encargadas de establecer los mecanismos y procedimientos requeridos para la reforma del texto constitucional. • Las clausulas de reforma son las que nos permitirán establecer si una Constitución es rígida o flexible, dependiendo de las condiciones que para ello se dispongan.
  20. Normas neutras de una Constitución • Las constituciones políticas suelen incluir una serie de normas que no corresponden a la estructura y organización del Estado, y tampoco contienen declaraciones de derechos; pero dada la importancia de los asuntos que regulan, el constituyente ha decidido otorgarles una categoría constitucional superior a la ley. • Podemos encontrar normas referentes al régimen de familia, de propiedad, al ejercicio de una profesión determinada, entre otras. • En la Constitución Política colombiana, un ejemplo de una norma neutra es el artículo 41 que establece: • “En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución”.
  21. Presentación de la Constitución • La presentación de las constituciones depende de la voluntad de cada Estado. • Podemos encontrar constituciones muy extensas que incluyen normas que no tendrían porque estar dentro del texto de una Constitución. Esta es la tendencia de las expedidas en el mundo en las últimas décadas. • Por otra parte, encontramos constituciones breves y precisas como la Constitución Política de los Estados Unidos de América. • Sin embargo, e independientemente de su tamaño, las constituciones suelen coincidir en su esquema de presentación. • Las constituciones por lo general vienen precedidas de un preámbulo, que antecede al desarrollo del articulado. • Luego del preámbulo, viene enseguida el contenido del texto constitucional, que por lo general va enunciado en títulos, capítulos o secciones. Cada uno de estos se compone a su vez de artículos.
  22. Presentación de la Constitución Política de Colombia La Constitución colombiana consta de 1 preámbulo y 13 títulos que se componen de un total de 380 artículos. A continuación presentamos su estructura:  Preámbulo.  Título 1 - De los principios fundamentales.  Título 2 - De los derechos, las garantías y los deberes.  Título 3 - De los habitantes y del territorio.  Título 4 - De la participación democrática y de los partidos políticos.  Título 5 - De la organización del Estado.
  23.  Título 6 - De la rama legislativa.  Título 7 - De la rama ejecutiva.  Título 8 - De la rama judicial.  Título 9 - De las elecciones y de la organización electoral.  Título 10 - De los organismos de control.  Título 11 - De la organización territorial.  Título 12 - Del régimen económico y de la hacienda pública.  Título 13 - De la reforma de la Constitución.  Disposiciones transitorias.
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