Preguntas frecuentes de las empresas sobre la cotización a la Seguridad Social de estudiantes en prácticas.
¿Cuándo se dará de alta a los alumnos en prácticas en empresas en el Régimen General de la Seguridad Social?
¿Quién notifica las altas y las bajas a la Seguridad Social?
¿Cuándo se deberán notificar las altas y bajas de estudiantes en prácticas a la Seguridad Social?
¿Se podrá incorporar un estudiante a la práctica sin estar dado de alta en la Seguridad Social y hacerlo a posteriori?
¿Al declarar la sentencia del Tribunal Supremo el RD 1707/2011 nulo de pleno derecho, hay retroactividad en la
obligación de cotizar con efecto 1 de noviembre de 2011, fecha de entrada en vigor del RD 1493/2011?
¿Hay variación en los precios de los programas de la Fundación Universidad-Empresa?
¿Cómo se regularizarán las facturas de la Fundación Universidad-Empresa?
¿Cómo se procede con los estudiantes extranjeros en empresas en España?
¿Cómo se procede con los estudiantes españoles en empresas en el extranjero?
¿Cómo se regularizarán los convenios de los programas y los anexos de los estudiantes que no hacían referencia al 1493/2011?
¿Cómo se regularizará con los estudiantes que hayan estado o estén en programas en prácticas desde el 28 de junio de 2013?
¿Qué ocurre con los seguros médicos privados que actualmente cubren a los alumnos de los programas de posgrado CITIUS, OPTIMUS, GAIA, UNIVEM, PASARELA y MINDGAP?
¿Cómo se gestionan las bajas por accidente o enfermedad?
FAQ (empresas) cotización a la SS de estudiantes en prácticas
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¿Cuándo se dará de alta a los
alumnos en prácticas en empresas
en el Régimen General de la
Seguridad Social?
Las altas se notificarán a lo largo del mes de septiembre,
como marcan las instrucciones de la Tesorería General de
la Seguridad Social y llevarán fecha del 28 de junio para
aquellos alumnos que ya estuviesen incorporados en uno
de los programas; o la fecha inicial de su práctica si fuese
posterior al 28 de junio.
¿Quién notifica las altas y las
bajas a la Seguridad Social?
La Fundación Universidad-Empresa, como entidad
co-financiadora y pagadora (según se dispone en el RD
1493/2011) es la encargada de tramitar altas y bajas
en la Seguridad Social, usando un número patronal
propio, específico para este colectivo y atendiendo a las
instrucciones de la Tesorería General.
¿Cuándo se deberán notificar las
altas y bajas de estudiantes en
prácticas a la Seguridad Social?
Altas: el día antes de la incorporación a la empresa,
como máximo. Por ello, la Fundación Universidad-
Empresa deberá disponer de toda la documentación
necesaria para proceder correctamente, lo que amplia
significativamente los plazos para recopilar todos
los documentos (plan formativo, DNI del estudiante,
expediente académico, vida laboral, número de la
Seguridad Social, CV, matrícula universitaria, anexos al
convenio, etc).
Bajas: el mismo día de la finalización de su período en
prácticas.
¿Se podrá incorporar un
estudiante a la práctica sin estar
dado de alta en la Seguridad
Social y hacerlo a posteriori?
No, nunca. Las altas se deben notificar a la Seguridad
Social al menos el día antes de su incorporación al
Cotización a la seguridad social de estudiantes en prácticas
Preguntas frecuentes
programa, por lo que en ningún caso un estudiante podrá
comenzar con la práctica si no se ha formalizado su
inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social.
Desde la Fundación Universidad-Empresa os insistimos
en la importancia de este trámite legal y os recordamos
que en caso de no atenderse, podrán derivarse
importantes perjuicios tanto para las empresas que no
se ajusten a este procedimiento, como para la Fundación
Universidad-Empresa.
¿Al declarar la sentencia
del Tribunal Supremo el RD
1707/2011 nulo de pleno derecho,
hay retroactividad en la
obligación de cotizar con efecto
1 de noviembre de 2011, fecha de
entrada en vigor del RD 1493/2011?
No. La Tesorería General de la Seguridad Social no
exigirá retroactividad a fecha de la publicación del
RD 1493/2011, pero sí a fecha de la publicación de
la sentencia del Tribunal Supremo, el 28 de junio de
2013, tal y como se detalla en las instrucciones que
han elaborado. Por ello, se deberá cotizar por todos los
estudiantes en programas de prácticas desde el 28 de
junio, tanto los que sigan en activo como los que hayan
causado baja posterior.
¿Hay variación en los precios de
los programas de la Fundación
Universidad-Empresa?
Sí.
En el caso de los programas de posgrado, al sustituirse
el seguro privado por la cotización a la Seguridad Social,
el resultante es un pequeño incremento en el coste
anual del programa. Os adjuntamos una tabla con los
nuevos precios a partir del 1 de septiembre de 2013.
En el caso del programa de estudiantes START, al no
haber cotizado anteriormente, se incrementa el coste
del programa en el valor de dicha cotización.
Os pedimos encarecidamente que los números de
pedido para las plazas en activo puedan soportar estos
Fundación
Universidad-Empresa
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incrementos en coste, o que se generen nuevos de
manera urgente para evitar paralizar los procesos de
regularización de facturas.
¿Cómo se regularizarán las
facturas de la Fundación
Universidad-Empresa?
Dado el volumen de estudiantes en prácticas que
gestiona la Fundación Universidad-Empresa, en los
próximos meses nuestro departamento económico-
financiero procederá a regularizar las facturas ya
emitidas, por lo que:
n Facturará a las empresas los importes de
la cotización a la Seguridad Social (a fecha
actual 34,72 € mensuales por estudiante)
correspondientes a los meses de junio, julio y
agosto de 2013.
n Para la facturación del incremento de tarifa de
la beca se tendrá en cuenta el número de días
efectivos que hay entre la entrada en vigor de
la nueva tarifa, 1 de septiembre de 2013 y la
finalización de la beca, sobre el periodo total de
la beca.
Ejemplo:
Para un estudiantes del programa GAIA que
comenzó el 1 de julio de 2013 y que finalizará
el 30 de junio de 2014, con un incremento del
precio programa GAIA anual de 200 € (ver
archivo adjunto: 13.676 €-13.476 €) el cálculo a
realizar será:
n Días transcurridos entre 1/9/2013
y 30/06/2014 = 303 días
n Días totales del periodo de la beca (1/7/2013
y 30/06/2014) = 365 días
n Incremento de tarifa = 200 €
n Importe a facturar = 303/365 × 200 = 166,03 €
De esta manera, no será necesario modificar las
facturas de los periodos posteriores, que se realizarán
tal como figura en los pedidos inicialmente registrados
en el sistema, es decir, con los precios anteriores.
En el caso de que se produzcan bajas anticipadas sobre
el periodo final de la beca, se recalculará y devolverá el
incremento facturado de más.
¿Cómo se procede con los
estudiantes extranjeros en
empresas en España?
Comunitarios: los estudiantes procedentes de países
de la Unión Europea podrán solicitar su número de
la Seguridad Social en las oficinas de la Seguridad
Social, aportando su pasaporte y copia del convenio
del programa en el que participan antes de la fecha de
comienzo del mismo. A continuación, deberán facilitar
ese número a la Fundación Universidad-Empresa para
su alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Adicionalmente, podrán solicitar el NIE definitivo, lo
que facilitará la aplicación de la retención del IRPF si
procede dentro del año fiscal (como residentes).
Extracomunitarios: estudiantes procedentes de países
de fuera de la Unión Europea no podrán darse de alta
en la Seguridad Social hasta que no tramiten su NIE
definitivo, ya que en principio, el NIE provisional no es
válido para solicitar su número de afiliación. Debido
a que este proceso puede demorarse varios meses,
todos los estudiantes extranjeros extracomunitarios
estarán además cubiertos con un seguro privado de
asistencia médica y accidentes con cargo a la empresa
hasta que puedan estar dados de alta y cubiertos por
la Seguridad Social.
¿Cómo se procede con los
estudiantes españoles en
empresas en el extranjero?
n Los estudiantes españoles que realicen la
totalidad de su práctica en una empresa en
país distinto a España no deberán cotizar a la
Seguridad Social. Por ello, el programa en el que
participen incluirá un seguro internacional de
asistencia médica, de accidentes y repatriación.
n Los estudiantes españoles que inicien su
práctica en una empresa en España y a
luego continúen su estancia en una empresa
en el extranjero, lo cual se considerará un
desplazamiento temporal, deberán cotizar a la
Seguridad Social durante todo el período del
programa. En este caso, el programa les cubrirá
también con un seguro privado de repatriación,
con cargo a la empresa.
Si la empresa estuviese ubicada en la Unión
Europea, los estudiantes deberán tramitar su
Tarjeta Sanitaria Europea para poder acceder a
asistencia médica en su destino, si fuese el caso.
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Si la empresa estuviese ubicada fuera de la
Unión Europea, el seguro incluirá a su vez
asistencia internacional médica y de accidentes.
¿Cómo se regularizarán los
convenios de los programas y los
anexos de los estudiantes que no
hacían referencia al 1493/2011?
Los estudiantes que estén actualmente en alguno
de los programas de titulados de la Fundación
Universidad-Empresa y cuyo anexo no contemple la
actual regulación deberán confirmar su continuidad
en el mismo firmando una adenda en la que se incluye
las nuevas condiciones, como la obligación de cotizar a
la Seguridad Social por su parte y la de la empresas y
la baja en el seguro médico privado. Esta autorización
se ha enviado a todos los estudiantes por correo
electrónico certificado y deberá estar firmada antes del
20 de septiembre para garantizar su continuidad en el
programa.
En el caso de los estudiantes en prácticas a través
del programa START, COOPERA Y COOPERACIÓN
EDUCATIVA ORH, se procederá a notificar a todos los
afectados la nueva situación de alta y cotización en la
Seguridad Social por imperativo legal, sin necesidad
de recabar su autorización, en la medida en que las
condiciones de su convenio no se verán afectadas de
ninguna otra manera.
Todas las incorporaciones a partir del lunes 16 de
septiembre se realizarán con el nuevo anexo de cada
programa, el cual hará referencia al RD 1493/2011 y a las
nuevas condiciones.
Los convenios marcos de los programas firmados
entre la empresa, la Fundación Universidad-Empresa
y la Universidad se mantendrán, incluyéndose en cada
expediente la autorización de cambio de condiciones
firmada por cada empresa. Serán los nuevos anexos de
cada incorporación los que especifiquen las condiciones
con cada estudiante.
¿Cómo se regularizará con los
estudiantes que hayan estado o
estén en programas en prácticas
desde el 28 de junio de 2013?
Para los estudiantes que, estando en activo en alguno de
los programas con fecha posterior al 28 de junio, ya no
lo estén, la Fundación Universidad-Empresa les emitirá
una factura por el valor de la cotización personal mensual
(6,09 €) para su ingreso en la Tesorería General de la
Seguridad Social.
Para los estudiantes que, estando en activo en alguno
de los programas con fecha posterior al 28 de junio,
sigan estándolo, la Fundación Universidad-Empresa les
deducirá del próximo pago de su ayuda al estudio el valor
de la cotización personal mensual (6,09€) de los meses
referidos en la instrucción de la Seguridad Social para su
ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Qué ocurre con los seguros
médicos privados que actualmente
cubren a los alumnos de los
programas de posgrado CITIUS,
OPTIMUS, GAIA, UNIVEM, PASARELA
y MINDGAP?
Las pólizas de seguros privados que cubrían a los
estudiantes hasta ahora se cancelarán con fecha 30
de septiembre de 2013. Hasta ese momento estarán
cubiertos y podrán hacer uso de ese servicio. El
coste de esa cobertura en el mes de septiembre será
asumido por la Fundación Universidad-Empresa y no se
repercutirá a las empresas.
La Fundación Universidad-Empresa informará a todos
los estudiantes debidamente.
¿Cómo se gestionan las bajas por
accidente o enfermedad?
La empresa y el estudiante deben informar
inmediatamente a la Fundación Universidad-Empresa
de cualquier sucedido durante el programa, como los
accidentes o las bajas por enfermedad.
Las bajas por accidente o enfermedad se gestionarán
como las de cualquier trabajador sujeto a cotización a
la Seguridad Social. Siendo en estos casos la Fundación
Universidad-Empresa la que actúa como empresario,
será ésta la que realice los trámites necesarios. Para
ello es MUY IMPORTANTE que las situaciones de
baja por enfermedad o accidente se comuniquen
inmediatamente.
Para bajas prolongadas se analizará la situación
individualmente para determinar si es necesaria una
paralización o cancelación de la beca.
Según el tipo de baja, por accidente o enfermedad y
el número de días previos cotizados por el estudiante,
éste tendrá derecho a la precepción de un subsidio.
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A continuación se detalla el procedimiento que deben
seguir los estudiantes ante un caso de enfermedad o
accidente y que les entregamos al iniciar su práctica.
1 Notificar inmediatamente a la empresa donde
esté realizando las prácticas para que inicie
las gestiones con la Fundación Universidad-
Empresa.
2 Informar inmediatamente a la Fundación
Universidad-Empresa de lo ocurrido:
a. Por teléfono: +34 91 548 98 70
b. Por correo electrónico: tgonzalez@fue.es
3 Acudir al centro asistencial de Mutua Universal
más próximo al lugar donde se ha producido el
accidente:
a. Localizarlo a través de la web:
www.mutuauniversal.net
b. En el teléfono gratuito 900 203 203 te
informarán las 24 horas del día de:
n Coberturas que ofrece Mutua Universal.
n Centros Asistenciales más adecuados
dónde acudir.
n Procedimiento a seguir y asesoramiento
médico.
n Medios asistenciales y de traslado
necesarios al Centro de Atención
Sanitaria más adecuado.
4 Acudir al centro asistencial con el VOLANTE DE
PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA.
a. Deberá ir correctamente cumplimentado,
sellado y firmado por la Fundación
Universidad-Empresa.
b. Si no puede llevarlo en mano, la Fundación
lo podrá enviar por fax o por correo, pero
para ello necesitará tener conocimiento del
accidente ocurrido.
4 En caso de urgencia se recomienda que se dirija
al centro u hospital más cercano. Si no es de la
Mutua Universal, la Fundación necesita saberlo
para poder realizar las gestiones administrativas
necesarias.
Esquema de actuación ante
un accidente
Accidente
Becario acude
al Centro Asistencial
con el Volante
¿Becario requiere
baja médica?
No Sí
Se le entrega el Parte
Médico de No Baja
El becario se
reincorpora
al día siguiente
Se le entrega el Parte
Médico de Baja
El becario recibe
el alta médica
Envía el parte
a la Fundación
Universidad-Empresa
Se reincorpora
a la empresa y envía
el parte a la FUE
Semanalmente envía
los partes de baja