1. Lógica y comunicación 2013
Rubén Estevan Toledo González 201300280
Edgar Miguel López Argueta 201304268
Iniciativa 4084 ley del sistema nacional del desarrollo
rural integral.
Sección “A”
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Iniciativa 4084 ley del sistema nacional del desarrollo
rural integral.
Introducción
El siguiente trabajo trata sobre la iniciativa de ley
4084 del sistema desarrollo integral, sobre la creación
de un nuevo ministerio que su función será promover
programas, proyectos, hacia una vida más digna y
justa, en los ámbitos económico, social, político,
cultural, ambiental y espiritual, como derechos de
toda la población que habita el área rural.
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DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE LA LEY
La Iniciativa de Ley establece los principios rectores,
normas y criterios generales que regirán la
formulación y ejecución de la Política Nacional de
Desarrollo Rural Integral, su plan, programas,
proyectos, y el uso de los recursos para lograr el
desarrollo humano integral sostenible en el área rural,
que será promovido por el Sistema Nacional de
Desarrollo Rural Integral, cuyo funcionamiento y
coordinación están establecidos en la Ley. (Art. 1)
Los órganos que conformarán la estructura del
Sistema del Desarrollo Rural Integral son los
siguientes:
El Gabinete de Desarrollo Rural Integral.
El Ministerio de Desarrollo Rural Integral.
El Consejo de Participación y Auditoría Social.
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El Ministro de Desarrollo Rural Integral elaborará la
propuesta de Política Nacional y el Plan Nacional de
Desarrollo Integral y lo presentará al Gabinete para su
aprobación e implementación. (arts. 23 y 29)
La norma define además, cada una de las políticas que
conformarán el SNDRI, con sus respectivas líneas
estratégicas, son las siguientes: (arts. 9 al 19)
a) Agraria
b) Agrícola, Pecuaria, Forestal e Hidrobiológica
c) Económica
d) Social
e) Laboral
f) Participación Social y Desarrollo Político
g) Cultural
h) Reducción de Vulnerabilidad y Gestión de Riesgos
i) Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y
Nutricional
j) Socio-Ambiental
k) Otras que defina el Gabinete de Desarrollo Rural
La ejecución de cada una de estas políticas se
garantizará a través del Plan Nacional de Desarrollo
Rural.
Además, determina que los recursos financieros del
SNDRI son:
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a) El presupuesto del Ministerio de Desarrollo Rural
Integral
b) El presupuesto asignado a los programas de
inversión que serán ejecutados por las entidades que
Inconstitucionalidades:
Artículo 4: La iniciativa viola el Artículo 119 inciso
a) de la Constitución Política de la República de
Guatemala, al pretender en el espíritu mismo de
la Ley en su considerando primero y Artículo 4,
darle la potestad al Estado de REGIR el desarrollo
económico de la Nación.
Se estima que la Política de Participación Social y
Desarrollo Político establecida en el artículo 15 de
la iniciativa, ya está asignada e institucionalizada
en el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y
Rural, por lo que generaría duplicidad de
instituciones y funciones.
El artículo 1 de la Iniciativa de Ley que instituye el
Sistema Nacional de Desarrollo Rural Integral
para promover la formulación y ejecución de la
Política Nacional de Desarrollo Rural Integral,
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plan, programas y proyectos, contradice la norma
constitucional contenida en el artículo 225 que
establece que la formulación de las políticas de
desarrollo urbano y rural, están a cargo del
Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural.
FALACIAS
Falacia Informal (Ad Populum)
En el Artículo 5
En la literal Y se refiere a la vulnerabilidad.
Es la desprotección que se encuentra la población
rural al no garantizarse el respeto a la vida, cultura,
justicia, seguridad y desarrollo integral sostenible de
las personas y los pueblos.
Es una falacia el hecho de decir que están
desprotegidos, tratando de influenciar
sentimentalmente, cuando en muchos de esos
lugares son los mismos campesinos los que han hecho
salir al ejército y destruyendo las municipalidades de
esas comunidades.
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Falacia hombre de Paja:
En el artículo 8 inciso B dice que:
1. Crecimiento equitativo de todos los actores
involucrados.
2. Equilibrio de asimetrías.
3. Eliminación de la competencia.
Rompe el artículo 43 de la constitución política de
Guatemala ya que no hay libertad de industria.
Conclusiones:
La propuesta 4084 debe adaptarse a la Constitución
Política de la Republica, incluyendo, entre otros, el
respeto de los derechos individuales, el respeto a la
propiedad privada, el respeto a las leyes e
instituciones existentes en la materia, la certeza
jurídica y el estado de derecho.
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