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Objeto
Favorecer la contratación laboral a jornada completa
Transformación de contratos laborales temporales en
indefinidos
Impulsar la inserción laboral de colectivos con mayor
dificultad de acceso al mercado de trabajo, todo ello
circunscrito al municipio de Elche
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Beneficiarios
Empresas que cumplan los siguientes requisitos:
Centro de trabajo o domicilio social en el término municipal de
Elche.
No haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la
misma finalidad.
No tener deudas con el Ayuntamiento de Elche, Seguridad
Social y AEAT.
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Requisitos y Cuantía
Resultarán subvencionables,
con una ayuda de 2.000
euros, los contratos laborales
formalizados desde el 1 de
enero de 2023 hasta la
finalización del plazo de
presentación de solicitudes,
salvo los relativos a las
modalidades de contratos
para la formación y el
aprendizaje y contratos en
prácticas que no serán
subvencionables
Desde la fecha de su
formalización, los contratos
laborales han de ser de una
duración mínima de 6 meses
consecutivos a jornada
completa.
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Requisitos y Cuantía
Resultarán subvencionables, con una
ayuda de 2.000 euros los contratos que
supongan una ampliación de jornada, ésta
deberá ser al menos del 50%.
Transformaciones de contratos
laborales temporales en indefinidos a
jornada completa, incluidos los fijos
discontinuos y las prórrogas de
contratos temporales.
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Cuantía
Se amplía a 2.400 € en supuestos especiales:
COLECTIVOS:
a. Mujeres.
b. Personas menores de 30 años
c. Personas mayores de 45 años.
d. Personas con una discapacidad acreditada de al menos un grado del
33%.
e. Personas desempleadas en situación de paro de larga duración. A estos
efectos se considerará como tal la inscripción como persona desempleada
demandante de empleo durante al menos 12 meses en un periodo de 18 meses
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Las personas contratadas deben cumplir los
siguientes requisitos:
Estar empadronadas en el municipio de Elche, durante un periodo
de seis meses previos a la contratación.
Inscritas como demandantes de empleo en los correspondientes
centros SERVEF, con una antelación mínima de una mes a la fecha
de contratación, salvo en los contratos que suponga una
ampliación de jornada.
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Exclusiones
Citamos los que pueden afectar de manera más general a la
persona o entidad empleadora, pero hay más supuestos:
Empresas que han efectuado extinciones de contratos en virtud de
despido colectivo o por causas disciplinarias u objetivas declaradas
improcedentes, en los doce meses anterior a la ayuda.
Contrataciones en que el empleador mantenga con el empleado una
relación de cónyuge, pareja de hecho, ascendiente o descendiente hasta
el primer grado. No se aplica esta exclusión cuando la persona
empleadora sea autónoma que contrata a descendientes menores de 30
años.-
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Límite y plazo de presentación
• Limitación a dos
subvenciones por entidad
empleadora, quedando la
segunda contratación,
supeditada a que no se agote
el crédito disponible.
• Podrán acogerse a esta
subvención los contratos
formalizados desde el 1 de
enero 2023 hasta el 15 de
septiembre 2023.
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asesoramiento que su empresa necesita, no dude en ponerse
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