Este documento compara y explica conceptos clave relacionados con la transformación, escisión, disolución, liquidación y fusión de sociedades mercantiles de acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles de México. Incluye cuadros que resumen las características de la liquidación vs disolución y los sujetos involucrados en cada proceso. También define conceptos como transformación, escisión y fusión indicando sus fundamentos legales.
1. Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Escuela Superior de Zimapán
LICENCIATURA EN DERECHO
Derecho Mercantil I
Unidad IX “ASAMBLEAS”
Lic. Sandra Martínez Lorenzo
Angélica Martínez Contreras
5to. Semestre
Enero- Junio 2012
2.
3. Bibliografía
Bravo, A. D. (2004). Tomo I "Derecho Mercantil". México: IURE.
(2012). “Código de comercio”. México: ISEF
(2012).” Ley general de Sociedades Mercantiles”. México: ISEF
4. Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Escuela Superior de Zimapán
LICENCIATURA EN DERECHO
Derecho Mercantil I
Unidad X “Transformación, escisión, disolución, liquidación y
fusión”
Lic. Sandra Martínez Lorenzo
Angélica Martínez Contreras
5to. Semestre
Enero- Junio 2012
5. Cuadro comparativo
Liquidación Disolución
Fundamento legal art, 234 Fundamento legal art 229
LGSM LGSM
Concepto Tiene como objeto principal la realización de 2 Es el hecho de que una sociedad quede
actividades a cargo de los liquidadores, que impedida para seguir realizando su objeto
incluyen social, y consecuentemente cesen los
El pago de las deudas sociales y el administradores en sus cargos.
cobro de los créditos. Disolución total: absoluta cesación del
El pago a los socios de la cuota o objeto social.
liquidación. Disolución parcial: supone la
separación de uno o varios socios, con
rembolso del capital aportado sin que
afecte la vida de la sociedad.
Sujetos Socios La sociedad a disolverse.
Administradores que nombran a los Los socios activos.
Liquidadores
Juez del domicilio social, realiza dicho
nombramiento a petición de un
administrador.
Características *Los administradores entregan todos los Disolución total:
documentos a los liquidadores. < Expiración del termino fijado
*los liquidadores tienen que < Imposibilidad del objeto social.
< concluir las operaciones sociales pendientes. < Acuerdo de los socios.
< cobrar y pagar lo que se deba. < Numero de accionistas inferior al mínimo.
< vender los bienes de la sociedad. < perdida de las 2/3 partes del capital social
< Liquidar a los socios.
< Practicar el balance final de la liquidación.
* Después y durante la Liquidación las
sociedades conservan su personalidad.
*Los liquidadores deben conservar los
documentos de la sociedad durante 10 años.
6. Concepto Sujetos Características
Transformación Las sociedades constituidas en alguna de las Las sociedades + El acuerdo deberá ser tomado por los
formas que establecen el artículo I de la interesadas órganos correspondientes.
Fundamento LGSM podrán adoptar cualquier otro tipo Los socios activos +inscribirse en el RPPC publicarse el PO
legal art, 228 legal, así mismo podrán transformarse en pertenecientes a +Publicación del último balance.
sociedad de capital variable. tales sociedades +dicho cambio surtirá efectos 3 meses de la
LGSM Los inscripción,
administradores + Existencia de una sola sociedad.
Modificación del tipo social.
+La multiplicidad de patrimonios, créditos,
deudas y socios, no se presentan en la
transformación,
Escisión Se da escisión cuando la sociedad Escindente < Requieren de asamblea extraordinaria.
denominada escindente decide extinguirse y Escindidas < Solo se lleva a cabo si las acciones o
Fundamento divide la totalidad o parte de su activo, partes sociales se encuentran totalmente
legal art, 228 bis pasivo y capital social en dos o mas partes ´pagadas
que son aportadas en bloque a otras < los acreedores pueden oponerse
LGSM ciudades de nueva creación denominadas judicialmente.
escindidas, o cuando la escindente, sin < La personalidad. Patrimonio, capital,
extinguirse, aporta en bloque parte de su activos, pasivos de la escindida se dividen
activo, pasivo o capital a otra de nueva entre la escindente y las de nueva creación.
creación. < Surtirá efectos a los 45 días transcurridos a
la inscripción.
< inscripción en el RPPC
Fusión El concepto de fusión de sociedades implica Dos empresas con el *varias sociedades
la disolución de una o varias sociedades mismo o diferente giro * Inscripción el R.P.P y C.
Fundamento jurídicamente independientes, con la comercial que pretenden *publicar en el Periódico Oficial
legal art, 222 subsistencia de una o nacimiento de otra unirse, para dar vida a *publicar el ultimo balance.
nueva que absorbe todos los derechos y una. *dicho cambio surtirá efectos 3 meses de la
LGSM obligaciones de las fusionadas. inscripción.
*La multiplicidad de patrimonios, créditos,
deudas y socios, no se presentan en la
transformación
Tipos:
<FUSIÓN PROPIA: Dos o mas sociedades
interesada e la fusión, todas ellas se
disuelvan para dar nacimiento a una nueva.
<FUSIÓN POR INTEGRACIÓN: Una de las
sociedades llamada Fusionante absorberá la
personalidad y patrimonio de las fusionadas.
7. Bibliografía
Bravo, A. D. (2004). Tomo I "Derecho Mercantil". México: IURE.
(2012). “Código de comercio”. México: ISEF
(2012).” Ley general de Sociedades Mercantiles”. México: ISEF