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RESPONSABILIDADES EN LA
    GESTIÓN PÚBLICA



   Abog. CPCC. Julián Contreras Llallico


               Lima - 2010

                                           1
LA FUNCIÓN PÚBLICA

               “Todos los funcionarios y
                trabajadores públicos están al
                servicio de la Nación ...”




ART. 39° CONSTITUCIÓN                  2
Rendición de Cuentas -
  Respondabilidad
 La obligación de los funcionarios y servidores públicos de
 dar cuenta ante las autoridades competentes y ante la
 ciudadanía por el uso de los fondos y bienes del Estado a
 su cargo y por la misión u objetivo encomendado.




Respondabilidad                          Respondabilidad
   Financiera                               Gerencial

                                             3
ADM.
 Potestad
                     PÚBLICA
 Jerárquica
                               Exigencia y
                               Control


 CARGO                                 SERVICIO O
PÚBLICO                                 FUNCIÓN
                                     ENCOMENDADA
   Marco de
   Desempeño                   Cumplimiento
   Deberes            FUNC
   Obligaciones      PÚBLICO
   Derechos
   Prohibiciones
   Incompatibilid.                     4
Definición de Función Pública
                                            -Temporal
                                            - Permanente
                     Actividad
                                            - Remunerada
                                            -Ad - Honorem
Función    Persona
Publica    natural    Atribución y fin (en nombre del
                      Estado y al servicio de la Nación).


                      Exteriorización de las funciones del
                      Estado a través de diversos órganos




                                            5
Funcionario Público

Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa – D.S. Nº 005-90-PCM
Servidor Público:     “Ciudadano en ejercicio que presta servicio en
entidades de la Administración Pública con nombramiento o contrato
de autoridad competente, con las formalidades de Ley, en jornada
legal y sujeto a retribución remunerativa permanente en periodos
regulares.”


Funcionario Público: “Ciudadano que es elegido o designado por
autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para
desempeñar cargos del mas alto nivel en los poderes públicos y los
organismos públicos con autonomía.”



                                                       6
Código de Ética de la Función
Pública – Ley Nº 27815
 Servidor Público.-
 4.1 A los efectos del presente Código se considera como empleado
    público a todo funcionario o servidor de las entidades de la
    Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos sea
    éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que
    desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del
    Estado.
   (Mod. Ley Nº28496)

 4.2 Para tal efecto, no importa el régimen jurídico de la entidad en la
    que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al
    que esté sujeto.

 4.3 El ingreso a la función pública implica tomar conocimiento del
    presente Código y asumir el compromiso de su debido
    cumplimiento.



                                                        7
Ley Marco del Empleo
Público – Ley Nº 28175

1. Funcionario público.- El que desarrolla funciones de
preeminencia política, reconocida por norma expresa, que
representan al Estado o a un sector de la población,
desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o
entidades públicas.
       El Funcionario Público puede ser:
       a) De elección popular directa y universal o
confianza política originaria.
       b) De nombramiento y remoción regulados.
       c) De libre nombramiento y remoción.

                                            8
Ley Marco del Empleo Público
– Ley Nº 28175
       2. Empleado de confianza.- El que desempeña
cargo de confianza técnico o político, distinto al del
funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien
lo designa o remueve libremente y en ningún caso será
mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada
entidad. El Consejo Superior del Empleo Público podrá
establecer límites inferiores para cada entidad. En el caso
del Congreso de la República esta disposición se aplicará
de acuerdo a su Reglamento.


                                              9
Ley Marco del Empleo Público
– Ley Nº 28175
      3. Servidor público.- Se clasifica en:

      a) Directivo superior
      b) Ejecutivo
      c) Especialista
      d) De apoyo




                                     10
Servidor/Funcionario     Público
 Novena Disposición Final Ley N° 27785
 Todo aquel que independiente del régimen
 laboral en que se encuentra, mantiene
 vínculo laboral, contractual o relación de
 cualquier naturaleza con alguna de las
 entidades, y que en virtud de ello ejerce
 funciones en tales entidades.




                                 11
RESPONSABILIDAD




                  12
ACEPCIONES DEL TÉRMINO
RESPONSABILIDAD

Capacidad o competencia para hacer
algo.
Ejemplo:
El Sr. Juan Pérez es responsable del
archivo




                              13
ACEPCIONES DEL TÉRMINO
RESPONSABILIDAD

Causa de
Ejemplo:
El Sr. Pedro Ruiz fue el responsable del
accidente




                               14
ACEPCIONES DEL TÉRMINO
RESPONSABILIDAD

Estado Mental
Ejemplo:
El Sr. Danilo Vargas es una persona
responsable en su labor




                              15
DEFINICIÓN DE RESPONSABILIDAD


Consecuencia de las acciones u omisiones imputables a
los agentes públicos, incurridas en el ejercicio de sus
funciones, que infraccionan algún precepto que guía su
gestión.




                                            16
QUÉ CONCEPTOS SUPONE LA RESPONSABILIDAD

1.- MORALIDAD.- Comportamiento ético que se espera del FF o SSPP

2.- REPRESENTATIVIDAD.- FF o SS que representan
    expectativas de ciudadanos asumiendo la obligación
    consciente de responder ante el ente administrador
    y los usuarios; y

3.- AUTORIDAD.- Caracterizada por el elemento de
    ascendencia.
    Quien ejerce autoridad debe tener el poder para
    establecer directivas y disposiciones para el útil,
    correcto, eficiente y eficaz cumplimiento de sus
    fines




                                                             17
CÓMO SE GENERA LA RESPONSABILIDAD


Se generan con las acciones u omisiones imputables a los auditados que
en ejercicio de sus funciones infringen algún precepto que deben observar
en el ejercicio de su función.

Esto, precisamente, será materia de los hallazgos de auditoria, por los
hechos incurridos por los auditados, sea por acción o por omisión.




                                                           18
Rol del Control Gubernamental

El Sistema Nacional de Control y la Contraloría
General de la República, tienen un rol
fundamental     al    ejercer  como      función
especializada, el control gubernamental, en el
marco de lo establecido en el Artículo 82º de la
Constitución Política del Estado de 1993, así
como de su Ley Orgánica, Ley Nº 27785.



                                        19
Oportunidad en que se
  ejerce el control
PREVIO          CONCURRENTE     POSTERIOR



•ENTIDAD            •ENTIDAD   •ENTIDAD
                               •SNC

         POR EXCEPCIÓN:
              CGR
                               20
Objetivo del Control


PREVENCIÓN    DETECCIÓN        SANCIÓN


              •ENTIDAD         •ENTIDAD
   •ENTIDAD
   •SNC       •SNC             •PODER JUDICIAL
                               •CSJM




                          21
Control Gubernamental
(Art. 6º Ley 27785)
    El Control Gubernamental, implica la supervisión,
    vigilancia y verificación de los actos y resultados de
    la gestión pública, respecto del uso y destino de
    los recursos y bienes del Estado, atendiendo a:
        – eficiencia, eficacia, transparencia y economía
        – cumplimiento de las normas legales
        – Cumplimiento de los lineamientos de política y
          planes de acción,
        – Evaluación de los sistemas de administración,
          gerencia y control,

                                            22
Control Gubernamental
(Art. 6º Ley 27785)

 El fin que persigue el control gubernamental es
 el mejoramiento de la Administración Pública, a
 través de la adopción de acciones preventivas y
 correctivas pertinentes.
 Para ello el Control Gubernamental que efectúa
 al Sistema es interno y externo y su desarrollo
 constituye un proceso integral y permanente.



                                    23
Acción de Control (Art. 10°)
Herramienta esencial del Sistema
                                    •Aplicación de normas,
Desarrollada por:                   procedimientos y
•Personal SNC                       principios que regulan el
•Contratado                         Control Gubernamental
                                    •Con sujeción al Plan
•SOAs                               Nacional de Control




               ATRIBUCIONES DE LA LEY

           INFORME DE CONTROL
                                            24
Fases De La Auditoría


PLANIFICACIÓN          EJECUCIÓN          INFORME


                  •EVAL. ESTRUCT.         •ADMINISTRATIVO
  •PLANEAMIENTO
                   CONTROL INTERNO        •ESPECIAL
  •PROGRAMAS      •CUMP. DISPOSICIONES
                  •EVIDENCIA
                  •HALLAZGOS
                  •EVALUACIÓN DE
                  COMENTARIOS/ACLARACIO
                  NES
                  •IDENTIFICACIÓN DE
                  RESPONSABILIDADES

                                           25
Evaluación de la Responsabilidad

• Presupone una relación bilateral:
            ACTOR                     EVALUADOR




                                              26
La Evaluación de
Responsabilidades

Es la revisión de la
participación    directa   o
indirecta del auditado en
cada ciclo de transacción
(operación) durante la cual
se produce la observación.




                               27
La Identificación de
Responsabilidades
 Es la derivación de la evaluación
 anterior por la cual se procede a
 la identificación concreta de las
 responsabilidades      incurridas,
 previo análisis razonado de los
 hechos constitutivos del daño o
 riesgo       expuesto,      deber
 incumplido y relación de
 causalidad con el auditado.


                                      28
Identificación de
Responsabilidades

Artículo 15°.- literal e)

 Atribución de exigir responsabilidades:

        Administrativa funcional
        Civil
        Penal

 Definiciones: Novena Disposición Final Ley Nº 27785.
                                            29
Identificación de
Responsabilidades

Artículo 15°.- literal e)

 Para la identificación de Responsabilidades se deberán tener
 en cuenta al menos las pautas de:

         Identificación del deber incumplido
         Reserva
         Presunción de Licitud
         Relación Causal

                                              30
Informes
• ADMINISTRATIVO:
  – NAGU 4.40
                     Recomendaciones de gestión
                     Responsabilidad Administrativa
• ESPECIAL:
  – NAGU 4.50

                    Responsabilidad Civil
                       Perjuicio económico que no puede ser
                       recuperado por la entidad auditada en
                       la vía administrativa.
                    Responsabilidad Penal
                       Indicios de comisión de delito


                                           31
INDICIOS RAZONABLES DE COMISIÓN DE DELITO


   PERJUICIO ECONÓMICO NO RECUPERABLE EN LA VIA
                  ADMINISTRATIVA




       PERSONAL ESPECIALIZADO
           LABOR OPORTUNA
   OPINIÓN PROFESIONAL SUSTENTADA


                                     32
INFORME ESPECIAL

1)   INDICIO DE COMISIÓN DE DELITO:

     SIEMPRE SE EMITE INFORME ESPECIAL

2)   PERJUICIO ECONÓMICO QUE ACARREA
     EXCLUSIVAMENTE     RESPONSABILIDAD
     CIVIL:

     SE EMITE INFORME ESPECIAL SOLO SI
     NO ES POSIBLE EFECTUAR EL
     RECUPERO      EN      LA     VIA
     ADMINISTRATIVA
                                 33
QUÉ TIPOS DE RESPONSABILIDADES
EXISTEN EN LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL


    1.- Responsabilidad administrativa-funcional

    2.- Responsabilidad Civil

    3.- Responsabilidad Penal




                                       34
AUTONOMIA DE LAS RESPONSABILIDADES
       EN AUDITORIA GUBERNAMENTAL

1.- La responsabilidad administrativa, es independiente
    de la responsabilidad civil y/o penal
2.- Las responsabilidades son individuales y no colectivas

CASOS

* Un solo acto puede generar varias responsabilidades
  para el funcionario o servidor público (responsabilidad
  administrativa , civil y penal)
* Un solo acto puede generar responsabilidades a más
  de un auditado
* Un mismo auditado puede ser sujeto de responsabilidades
  por varios actos




                                                             35
Elementos de la Definición
• Imputar: adecuación del hecho humano y el efecto
  ocasionado por éste.
• Comisión por agente público
• En ejercicio de sus funciones
• Se deriva de una acción u omisión
• Infracción a un precepto




                                         36
EVALUACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES


 Es la revisión/medición de la participación
 directa o indirecta del auditado, respecto de los
 hallazgos y posteriormente, respecto de la
 observación.

 Supone una relación bilateral
 AUDITADO - AUDITOR
 El auditado tiene derecho a exigir imparcialidad
 El auditor debe realizar su trabajo con objetividad




                                                       37
Expectativas del Evaluador
• Que se conozca la
  verdad y la
  responsabilidad
• Que exista rectitud e
  imparcialidad
• Que se cumplan las
  leyes y normas internas
• Que exista colaboración




                                 38
Expectativas del Evaluado
                     • Que exista objetividad,
                       equidad, buen criterio,
                       visión global.
                     • Que se tenga en cuenta
                       las circunstancias
                       generales de la
                       decisión.




                                     39
QUÉ PUEDE EXIGIRSE AL:
AUDITADO                              AUDITOR

transparencia                 oportunidad
colaboración                  calidad
prioridad                              viabilidad
justicia                      materialidad
saber la verdad               objetividad
rectitud                      criterio
imparcialidad                 derecho defensa
cumplir leyes                 aporte imparcial

El examen de responsabilidades depende de ambos
criterios




                                                    40
Quiénes ejercen control?
               Decisión
                Acción




            Control Interno



              Control OCI




            Control Externo



             Control Social
                              41
Control Interno
• Acto evaluado por los Jefes inmediatos, directores
  o Jefes encargados del control previo o
  concurrente.




                                            42
Órgano de Control Institucional
                • Realizan el control
                  interno posterior,
                  de acuerdo a la Ley
                  Orgánica del
                  Sistema Nacional
                  de Control y de la
                  CGR, dentro de sus
                  respectivas
                  entidades.

                               43
Control Externo



• Ejercido por la Contraloría
  General de la República, el
  Congreso, los Órganos
  Reguladores, Sociedades
  de Auditoria designadas o
  contratadas.



                                44
Control Social
                 • Es ejercido por el
                   periodismo,       la
                   opinión pública y
                   otras instituciones
                   representativas, no
                   es formalizado.




                              45
IDENTIFICACION DE RESPONSABILIDADES


Es la derivación de la evaluación anterior por la cual se procede a la
imputación y exigencia concreta de las responsabilidades en que
han incurrido los FF o SS PP, previo análisis razonado de los
hechos constitutivos del daño o riesgo expuesto, deber incumplido
y relación de causalidad con el auditado




                                                         46
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FUNCIONAL Novena
           Disposición Final Ley N° 27785

Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios: por
haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y
las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se
encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual
al momento de su identificación durante el desarrollo de la
acción de control.
Incurren también en responsabilidad administrativa funcional
los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus
funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya
configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de
la función pública que corresponda o durante el desempeño de
la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de medición
de eficiencia.


                                                               47
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA - FUNCIONAL



 Incurren en ésta los FF o SS PP que, en ejercicio de
 sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente
 o negligente:

 Algunos criterios para calificar una gestión como
 DEFICIENTE o NEGLIGENTE son los siguientes:




                                          48
1. Que no se hayan logrado resultados razonables
   en términos de eficiencia, eficacia o economía
   teniendo en cuenta los planes y programas
   aprobados y su vinculación con las políticas del
   sector al que pertenecen.

2. Que no se realice una gestión transparente y no
   se haya vigilado que los sistemas operativos,
   administrativos y de control, estén funcionando
   adecuadamente.

3. Que no se respete la independencia del OCI
                                              49
4. Que no se agoten todas las acciones
   posibles para preservar los bienes y
   recursos de la entidad a la que pertenecen.

5. Que se haya contravenido el ordenamiento
   jurídico administrativo y las normas
   internas de la entidad a la que pertenecen.




                                         50
RESPONSABILIDAD CIVIL
  Novena Disposición Final Ley N° 27785

Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios
públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus
funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al
Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado
incumpliendo el funcionario o servidor público sus funciones, por
dolo o culpa, sea ésta inexcusable o leve. La obligación de
resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y
solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) años
de ocurridos los hechos que generan el daño económico.




                                                      51
Elementos de la Responsabilidad Civil
         del agente público



  2. Conducta Antijurídica
     Conducta contraria a una norma.

  • Daño Causado, debe ser:
     • Cierto e indubitable.
     • De naturaleza patrimonial: daño emergente,
       lucro cesante.




                                        52
2. Relación de Causalidad

   causa              efecto


• Factor de Atribución:

    • Culpa         Culpa
                    Dolo


• Agente Activo: el daño tiene que ser ocasionado por un
  funcionario o servidor público.


• Agente pasivo: la entidad pública o el Estado.


                                                   53
RESPONSABILIDAD PENAL
          Novena Disposición Final Ley N° 27785




Es aquella en la que incurren los servidores y
funcionarios públicos que en ejercicio de sus
funciones han efectuado un acto u omisión
tipificado como delito.




                                                  54
Delito

                   CÓDIGO PENAL

Artículo 11.- Delitos y faltas
Son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o
culposas penadas por la ley.




                                         55
BIEN JURÍDICO TUTELADO
  Objeto de tutela penal:
  Correcto funcionamiento de la
  administración pública




                                  56
Se trata de proteger:

El ejercicio de funciones y servicios públicos bajo pautas de
corrección y sometimiento a la legalidad.
La observancia de los deberes del cargo o empleo.
La regularidad y desenvolvimiento normal de su ejercicio.
El prestigio y dignidad de la función.
La probidad de sus agentes (integridad y honradez en el actuar).
El patrimonio público.
La imparcialidad en el desempeño decisional.
La disciplina fiscal.




                                                          57
TIPO DE FALTA              PROCESAMIENTO          FORMA DE SANCIÓN          BASE LEGAL

 RESPONSABILIDAD         AL INTERIOR DE LA       Amonestación, suspensión R. PÚBLICO
ADMINISTRATIVA           ENTIDAD                  cese.Afecta la relación    D.Leg 276
Faltas administrativas +                          laboral.                   R. PRIVADO
Resultados inobser-                                                       D.S.003-97-TR
vancia de Normas
Internas o Externas o
Principios de Sistemas
Administrativos.

RESPONSABILIDAD           1.INTERIOR-            Retraer el patrimonio del Ley Nº 27785
CIVIL                     Tesorería. Procede a    infractor                D.Leg. 276
Principio económico        descuentos individua-                           (En forma general)
contra el Patrimonio        lizados.
Público (real tangible)   2.PODER JUDICIAL


RESPONSABILIDAD           PODER JUDICIAL           Privación de Libertad   Código Penal
PENAL                                             (Tambien hay inhabi-     (Fuera del Catálogo
Previsto en el Código                             litación como sanción    no hay otra responsa-


                                                                                 58
Penal.                                                  accesoria)                  bilidad)
 Es una responsabilidad                                                              Convención Latinoa-
 mayor,es una sanción                                                                mericana contra la
 social                                                                              Corrupción.

 RESPONSABILIDAD         La falta la determina el Censura / Inhabilitación La Constitución
 POLITICA                CONGRESO, analiza,
 Responsabilidad espe- juzga y sanciona.No hay
 cial establecida en    catálogo de faltas.
 función a la PERSONA
 por las decisiones que
 emite:Presidente,
 Ministro,Congresistas,
 Titulares de Organis-
 mos Autónomos.



NOTA: La rotación de personal no es una sanción propiamente sino una medida propia del control interno para
       mejorar las relaciones en un determinado grupo humano.




                                                                                           59
NO OLVIDEMOS:
Actuar con ética y profesionalismo.
Los funcionarios públicos estamos comprometidos a actuar
diligentemente en el desempeño de nuestras funciones,
con economía, eficiencia, eficacia y transparencia.
Los funcionarios públicos estamos al servicio público, al
servicio de nuestro país, por lo que es necesario
esforzarnos permanentemente, para que nuestro servicio
sea cada vez de mayor calidad y con valor agregado.




                                                60
… Gracias por permitirme aprender con
               ustedes…




   Abog. CPCC Julián Contreras LL.
   jcontreras@contraloria.gob.pe

                  61

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  • 1. RESPONSABILIDADES EN LA GESTIÓN PÚBLICA Abog. CPCC. Julián Contreras Llallico Lima - 2010 1
  • 2. LA FUNCIÓN PÚBLICA “Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación ...” ART. 39° CONSTITUCIÓN 2
  • 3. Rendición de Cuentas - Respondabilidad La obligación de los funcionarios y servidores públicos de dar cuenta ante las autoridades competentes y ante la ciudadanía por el uso de los fondos y bienes del Estado a su cargo y por la misión u objetivo encomendado. Respondabilidad Respondabilidad Financiera Gerencial 3
  • 4. ADM. Potestad PÚBLICA Jerárquica Exigencia y Control CARGO SERVICIO O PÚBLICO FUNCIÓN ENCOMENDADA Marco de Desempeño Cumplimiento Deberes FUNC Obligaciones PÚBLICO Derechos Prohibiciones Incompatibilid. 4
  • 5. Definición de Función Pública -Temporal - Permanente Actividad - Remunerada -Ad - Honorem Función Persona Publica natural Atribución y fin (en nombre del Estado y al servicio de la Nación). Exteriorización de las funciones del Estado a través de diversos órganos 5
  • 6. Funcionario Público Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa – D.S. Nº 005-90-PCM Servidor Público: “Ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la Administración Pública con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de Ley, en jornada legal y sujeto a retribución remunerativa permanente en periodos regulares.” Funcionario Público: “Ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del mas alto nivel en los poderes públicos y los organismos públicos con autonomía.” 6
  • 7. Código de Ética de la Función Pública – Ley Nº 27815 Servidor Público.- 4.1 A los efectos del presente Código se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado. (Mod. Ley Nº28496) 4.2 Para tal efecto, no importa el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté sujeto. 4.3 El ingreso a la función pública implica tomar conocimiento del presente Código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento. 7
  • 8. Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175 1. Funcionario público.- El que desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas. El Funcionario Público puede ser: a) De elección popular directa y universal o confianza política originaria. b) De nombramiento y remoción regulados. c) De libre nombramiento y remoción. 8
  • 9. Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175 2. Empleado de confianza.- El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad. El Consejo Superior del Empleo Público podrá establecer límites inferiores para cada entidad. En el caso del Congreso de la República esta disposición se aplicará de acuerdo a su Reglamento. 9
  • 10. Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175 3. Servidor público.- Se clasifica en: a) Directivo superior b) Ejecutivo c) Especialista d) De apoyo 10
  • 11. Servidor/Funcionario Público Novena Disposición Final Ley N° 27785 Todo aquel que independiente del régimen laboral en que se encuentra, mantiene vínculo laboral, contractual o relación de cualquier naturaleza con alguna de las entidades, y que en virtud de ello ejerce funciones en tales entidades. 11
  • 13. ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDAD Capacidad o competencia para hacer algo. Ejemplo: El Sr. Juan Pérez es responsable del archivo 13
  • 14. ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDAD Causa de Ejemplo: El Sr. Pedro Ruiz fue el responsable del accidente 14
  • 15. ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDAD Estado Mental Ejemplo: El Sr. Danilo Vargas es una persona responsable en su labor 15
  • 16. DEFINICIÓN DE RESPONSABILIDAD Consecuencia de las acciones u omisiones imputables a los agentes públicos, incurridas en el ejercicio de sus funciones, que infraccionan algún precepto que guía su gestión. 16
  • 17. QUÉ CONCEPTOS SUPONE LA RESPONSABILIDAD 1.- MORALIDAD.- Comportamiento ético que se espera del FF o SSPP 2.- REPRESENTATIVIDAD.- FF o SS que representan expectativas de ciudadanos asumiendo la obligación consciente de responder ante el ente administrador y los usuarios; y 3.- AUTORIDAD.- Caracterizada por el elemento de ascendencia. Quien ejerce autoridad debe tener el poder para establecer directivas y disposiciones para el útil, correcto, eficiente y eficaz cumplimiento de sus fines 17
  • 18. CÓMO SE GENERA LA RESPONSABILIDAD Se generan con las acciones u omisiones imputables a los auditados que en ejercicio de sus funciones infringen algún precepto que deben observar en el ejercicio de su función. Esto, precisamente, será materia de los hallazgos de auditoria, por los hechos incurridos por los auditados, sea por acción o por omisión. 18
  • 19. Rol del Control Gubernamental El Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, tienen un rol fundamental al ejercer como función especializada, el control gubernamental, en el marco de lo establecido en el Artículo 82º de la Constitución Política del Estado de 1993, así como de su Ley Orgánica, Ley Nº 27785. 19
  • 20. Oportunidad en que se ejerce el control PREVIO CONCURRENTE POSTERIOR •ENTIDAD •ENTIDAD •ENTIDAD •SNC POR EXCEPCIÓN: CGR 20
  • 21. Objetivo del Control PREVENCIÓN DETECCIÓN SANCIÓN •ENTIDAD •ENTIDAD •ENTIDAD •SNC •SNC •PODER JUDICIAL •CSJM 21
  • 22. Control Gubernamental (Art. 6º Ley 27785) El Control Gubernamental, implica la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, respecto del uso y destino de los recursos y bienes del Estado, atendiendo a: – eficiencia, eficacia, transparencia y economía – cumplimiento de las normas legales – Cumplimiento de los lineamientos de política y planes de acción, – Evaluación de los sistemas de administración, gerencia y control, 22
  • 23. Control Gubernamental (Art. 6º Ley 27785) El fin que persigue el control gubernamental es el mejoramiento de la Administración Pública, a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes. Para ello el Control Gubernamental que efectúa al Sistema es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente. 23
  • 24. Acción de Control (Art. 10°) Herramienta esencial del Sistema •Aplicación de normas, Desarrollada por: procedimientos y •Personal SNC principios que regulan el •Contratado Control Gubernamental •Con sujeción al Plan •SOAs Nacional de Control ATRIBUCIONES DE LA LEY INFORME DE CONTROL 24
  • 25. Fases De La Auditoría PLANIFICACIÓN EJECUCIÓN INFORME •EVAL. ESTRUCT. •ADMINISTRATIVO •PLANEAMIENTO CONTROL INTERNO •ESPECIAL •PROGRAMAS •CUMP. DISPOSICIONES •EVIDENCIA •HALLAZGOS •EVALUACIÓN DE COMENTARIOS/ACLARACIO NES •IDENTIFICACIÓN DE RESPONSABILIDADES 25
  • 26. Evaluación de la Responsabilidad • Presupone una relación bilateral: ACTOR EVALUADOR 26
  • 27. La Evaluación de Responsabilidades Es la revisión de la participación directa o indirecta del auditado en cada ciclo de transacción (operación) durante la cual se produce la observación. 27
  • 28. La Identificación de Responsabilidades Es la derivación de la evaluación anterior por la cual se procede a la identificación concreta de las responsabilidades incurridas, previo análisis razonado de los hechos constitutivos del daño o riesgo expuesto, deber incumplido y relación de causalidad con el auditado. 28
  • 29. Identificación de Responsabilidades Artículo 15°.- literal e)  Atribución de exigir responsabilidades: Administrativa funcional Civil Penal  Definiciones: Novena Disposición Final Ley Nº 27785. 29
  • 30. Identificación de Responsabilidades Artículo 15°.- literal e)  Para la identificación de Responsabilidades se deberán tener en cuenta al menos las pautas de: Identificación del deber incumplido Reserva Presunción de Licitud Relación Causal 30
  • 31. Informes • ADMINISTRATIVO: – NAGU 4.40 Recomendaciones de gestión Responsabilidad Administrativa • ESPECIAL: – NAGU 4.50 Responsabilidad Civil Perjuicio económico que no puede ser recuperado por la entidad auditada en la vía administrativa. Responsabilidad Penal Indicios de comisión de delito 31
  • 32. INDICIOS RAZONABLES DE COMISIÓN DE DELITO PERJUICIO ECONÓMICO NO RECUPERABLE EN LA VIA ADMINISTRATIVA PERSONAL ESPECIALIZADO LABOR OPORTUNA OPINIÓN PROFESIONAL SUSTENTADA 32
  • 33. INFORME ESPECIAL 1) INDICIO DE COMISIÓN DE DELITO: SIEMPRE SE EMITE INFORME ESPECIAL 2) PERJUICIO ECONÓMICO QUE ACARREA EXCLUSIVAMENTE RESPONSABILIDAD CIVIL: SE EMITE INFORME ESPECIAL SOLO SI NO ES POSIBLE EFECTUAR EL RECUPERO EN LA VIA ADMINISTRATIVA 33
  • 34. QUÉ TIPOS DE RESPONSABILIDADES EXISTEN EN LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL 1.- Responsabilidad administrativa-funcional 2.- Responsabilidad Civil 3.- Responsabilidad Penal 34
  • 35. AUTONOMIA DE LAS RESPONSABILIDADES EN AUDITORIA GUBERNAMENTAL 1.- La responsabilidad administrativa, es independiente de la responsabilidad civil y/o penal 2.- Las responsabilidades son individuales y no colectivas CASOS * Un solo acto puede generar varias responsabilidades para el funcionario o servidor público (responsabilidad administrativa , civil y penal) * Un solo acto puede generar responsabilidades a más de un auditado * Un mismo auditado puede ser sujeto de responsabilidades por varios actos 35
  • 36. Elementos de la Definición • Imputar: adecuación del hecho humano y el efecto ocasionado por éste. • Comisión por agente público • En ejercicio de sus funciones • Se deriva de una acción u omisión • Infracción a un precepto 36
  • 37. EVALUACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES Es la revisión/medición de la participación directa o indirecta del auditado, respecto de los hallazgos y posteriormente, respecto de la observación. Supone una relación bilateral AUDITADO - AUDITOR El auditado tiene derecho a exigir imparcialidad El auditor debe realizar su trabajo con objetividad 37
  • 38. Expectativas del Evaluador • Que se conozca la verdad y la responsabilidad • Que exista rectitud e imparcialidad • Que se cumplan las leyes y normas internas • Que exista colaboración 38
  • 39. Expectativas del Evaluado • Que exista objetividad, equidad, buen criterio, visión global. • Que se tenga en cuenta las circunstancias generales de la decisión. 39
  • 40. QUÉ PUEDE EXIGIRSE AL: AUDITADO AUDITOR transparencia oportunidad colaboración calidad prioridad viabilidad justicia materialidad saber la verdad objetividad rectitud criterio imparcialidad derecho defensa cumplir leyes aporte imparcial El examen de responsabilidades depende de ambos criterios 40
  • 41. Quiénes ejercen control? Decisión Acción Control Interno Control OCI Control Externo Control Social 41
  • 42. Control Interno • Acto evaluado por los Jefes inmediatos, directores o Jefes encargados del control previo o concurrente. 42
  • 43. Órgano de Control Institucional • Realizan el control interno posterior, de acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la CGR, dentro de sus respectivas entidades. 43
  • 44. Control Externo • Ejercido por la Contraloría General de la República, el Congreso, los Órganos Reguladores, Sociedades de Auditoria designadas o contratadas. 44
  • 45. Control Social • Es ejercido por el periodismo, la opinión pública y otras instituciones representativas, no es formalizado. 45
  • 46. IDENTIFICACION DE RESPONSABILIDADES Es la derivación de la evaluación anterior por la cual se procede a la imputación y exigencia concreta de las responsabilidades en que han incurrido los FF o SS PP, previo análisis razonado de los hechos constitutivos del daño o riesgo expuesto, deber incumplido y relación de causalidad con el auditado 46
  • 47. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FUNCIONAL Novena Disposición Final Ley N° 27785 Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios: por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control. Incurren también en responsabilidad administrativa funcional los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de la función pública que corresponda o durante el desempeño de la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de medición de eficiencia. 47
  • 48. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA - FUNCIONAL Incurren en ésta los FF o SS PP que, en ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente o negligente: Algunos criterios para calificar una gestión como DEFICIENTE o NEGLIGENTE son los siguientes: 48
  • 49. 1. Que no se hayan logrado resultados razonables en términos de eficiencia, eficacia o economía teniendo en cuenta los planes y programas aprobados y su vinculación con las políticas del sector al que pertenecen. 2. Que no se realice una gestión transparente y no se haya vigilado que los sistemas operativos, administrativos y de control, estén funcionando adecuadamente. 3. Que no se respete la independencia del OCI 49
  • 50. 4. Que no se agoten todas las acciones posibles para preservar los bienes y recursos de la entidad a la que pertenecen. 5. Que se haya contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen. 50
  • 51. RESPONSABILIDAD CIVIL Novena Disposición Final Ley N° 27785 Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado incumpliendo el funcionario o servidor público sus funciones, por dolo o culpa, sea ésta inexcusable o leve. La obligación de resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) años de ocurridos los hechos que generan el daño económico. 51
  • 52. Elementos de la Responsabilidad Civil del agente público 2. Conducta Antijurídica Conducta contraria a una norma. • Daño Causado, debe ser: • Cierto e indubitable. • De naturaleza patrimonial: daño emergente, lucro cesante. 52
  • 53. 2. Relación de Causalidad causa efecto • Factor de Atribución: • Culpa Culpa Dolo • Agente Activo: el daño tiene que ser ocasionado por un funcionario o servidor público. • Agente pasivo: la entidad pública o el Estado. 53
  • 54. RESPONSABILIDAD PENAL Novena Disposición Final Ley N° 27785 Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito. 54
  • 55. Delito CÓDIGO PENAL Artículo 11.- Delitos y faltas Son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley. 55
  • 56. BIEN JURÍDICO TUTELADO Objeto de tutela penal: Correcto funcionamiento de la administración pública 56
  • 57. Se trata de proteger: El ejercicio de funciones y servicios públicos bajo pautas de corrección y sometimiento a la legalidad. La observancia de los deberes del cargo o empleo. La regularidad y desenvolvimiento normal de su ejercicio. El prestigio y dignidad de la función. La probidad de sus agentes (integridad y honradez en el actuar). El patrimonio público. La imparcialidad en el desempeño decisional. La disciplina fiscal. 57
  • 58. TIPO DE FALTA PROCESAMIENTO FORMA DE SANCIÓN BASE LEGAL RESPONSABILIDAD AL INTERIOR DE LA Amonestación, suspensión R. PÚBLICO ADMINISTRATIVA ENTIDAD cese.Afecta la relación D.Leg 276 Faltas administrativas + laboral. R. PRIVADO Resultados inobser- D.S.003-97-TR vancia de Normas Internas o Externas o Principios de Sistemas Administrativos. RESPONSABILIDAD 1.INTERIOR- Retraer el patrimonio del Ley Nº 27785 CIVIL Tesorería. Procede a infractor D.Leg. 276 Principio económico descuentos individua- (En forma general) contra el Patrimonio lizados. Público (real tangible) 2.PODER JUDICIAL RESPONSABILIDAD PODER JUDICIAL Privación de Libertad Código Penal PENAL (Tambien hay inhabi- (Fuera del Catálogo Previsto en el Código litación como sanción no hay otra responsa- 58
  • 59. Penal. accesoria) bilidad) Es una responsabilidad Convención Latinoa- mayor,es una sanción mericana contra la social Corrupción. RESPONSABILIDAD La falta la determina el Censura / Inhabilitación La Constitución POLITICA CONGRESO, analiza, Responsabilidad espe- juzga y sanciona.No hay cial establecida en catálogo de faltas. función a la PERSONA por las decisiones que emite:Presidente, Ministro,Congresistas, Titulares de Organis- mos Autónomos. NOTA: La rotación de personal no es una sanción propiamente sino una medida propia del control interno para mejorar las relaciones en un determinado grupo humano. 59
  • 60. NO OLVIDEMOS: Actuar con ética y profesionalismo. Los funcionarios públicos estamos comprometidos a actuar diligentemente en el desempeño de nuestras funciones, con economía, eficiencia, eficacia y transparencia. Los funcionarios públicos estamos al servicio público, al servicio de nuestro país, por lo que es necesario esforzarnos permanentemente, para que nuestro servicio sea cada vez de mayor calidad y con valor agregado. 60
  • 61. … Gracias por permitirme aprender con ustedes… Abog. CPCC Julián Contreras LL. jcontreras@contraloria.gob.pe 61