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La ResolLrción ¡dministrativa R.¡. SC-STR-DS-RA 0304i2006 de 2l de diciernbre de 2006; el lnforrne
Técrrico ATT-DTI{-lNF TEC 0240/2013 cle 2l cle octubre de 2013; la Ley N'165 General de Transporre
de l6 de agosto de 20ll; Ios antecedentes; la normaiiva vigente aplicabler; toclo lo qLre se tuvo presente y
cortvirto ver v;

CONSIDtrIIANDO 1: (Ámbito

cle comperencia).-

Que las competencias v atribuciones para la AL¡toriclad de Fiscalizaciórr y Control Social cle
l-elecornunicaciones ), -fransportes están defl¡lidas por el Decreto Supremo N" 007I dc 09 de abril de
2009. quedatrdo sorneticlas a ésta las personas naturales y jurídicas, privadas, comunitarias, públicas,
¡nixtas

y

cooperativas, garantizando los intcreses

y

derechos de Ios usuarios

o

consunridores,

promoviendo la econotlría plural ¡rrevista en la Constitución I'olítica del Estado, la leyes y las norllas
aplicables.
Que cle conforrliclad a lo clispLrcsto en Ia Disposición'lr¿rnsitlria Novena de la Ley No 164 Ceneral de
'l'elecotnunicaciones de 08 de agosto de 2011, la Autoridacl cle lriscalización y
Control Social cle
Tclecomunicaciones v Transportes cambia de denorninación a ¡UTORIDAD.DE RECULACION Y

l-'ISCALIZACtON DE TELECOiVILINiCACIONES Y TRANSPORTES - ATT. asumicndo las
atribuciones, col'upetencias. derechos y obligaciones en rnateria de telecomunicaciones y tecnologías
de la infonnación y comunicación, transportes y del servicio postal, bajo tuición del Vlinisterio de
Obras Públicas, Servicios i, Vivienda.
Que rlediante Resolución Sr-rprerla N" 05792 de l7 de agosto de 2011, se desigrra a PEDRO
CLIFFORD P¡RAVtCINI I-iURT¿DO. conro Dircctor Ejecurivo dc la ATT.
CO NSID

EllÁNDO 2: (Antcccdenrcs).-

Que ntediante Resolución ¡dnrinistrativa R.A. SC-STR-DS-ltA-0304/2006 del 2l de dicienrbre cle 2006,
la e¡rtotrces Sr-rperirttendencia de Transportc (actr-ral A'fT) tljó l¿rs rrr¡evas Tarifhs Máxinas dc Rel'ere¡cia
(TMf{) para el scrvicio de t.ransporte púrblico irrterdepartarncntal clc ¡:asajeros a nivcl nacional para 28
rlr t as.

Que para la tijación de dichas tarifas. la Su¡rclinteudencia de'lrrrrsportcs, contó con Lu'l estudio cie costos
realizado por una Consr-tltora en el año 2006. que establcció las Tariths lv1áxinlas de Referencia para el
scrvi ci o ttans porte tcl'res ti'e i rrtcrdeparlanrental de ¡lasajeros.
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¡rlnrinistrltivl IlcguI;rtt¡r'i:r "'I'T-DJ-il,¡ TII 0l7817013
Que sin enrltargo. en los úl[inlos años los prccios dc los rcpuestos c it.lsLlrnos han experitr]entado
va:'iacior,es ascenclenies, lo que hacc qure los costos de nrarrtcui¡liento, oitcraciór1 y adnlinistraciót1, se
nroditic¡r-rerr ctr la cstrLrctLrrit dc costos gcl.tefrl. Asinlisrno los avlu'tccs tccttológicos y las cxigcncias del
l{csolución

n'lercado han hccho qL¡e se iucoi'porcu nLlcvos inslrrnos que deben scr llLlevalrtente considerados.

ATT requirió contal corr un estLrdio actualizado y la elaboración de Llna nlctodología para el cálculo
tari fa¡jio clel trtnspor-tc tertcsire interdcpartaurental cle pasajcros. colt el fi¡r clc tctrcr los eletuentos de jrricio
necesarios y sllficientcs que le perriitan conocer a londo el nrerc¿rdo actual y sLls particlllaridades, en las
diterentes regiot.tcs del país, para determiuar costos et-ectivos y eficierrtes dc los operadores y por
consiguiente, establccer unas tariFas col-t Llrl lrargen dc rentabiliclad razon¿rtrle a nuestra realidad actual, con
una rxetodología clinánrica que pcrrnita modificar a f:uturo las tarif'as de ref'crencia con la ¿rctr-ralizació¡r de
QLre la

datos.

CONSID[,R.NDO 3: (Normativa aplicable al caso).el irrciso i) clel Artícu¡lo 20 cie la Le;- No 165 General de'1'ransporrc de i6 cle agosto cic ?011, clispone
como collpetencia exclLlsiva del Nivcl Central del Estaclo la de regular las tarifas de iransporte

QLre
i ntt-'

rdepartaixeiltal.

Queporotrapai-telaLeyNo l65,ensLlcapítulocLl¿lrtosobrecl régintentari thrio.articulo46esiableceqrre
las tari lás a ser aplicadas por los operadores de transporlc y acirttirtistradores de irlfraestrltcttlra,.debell ser
el resultado cle la aplicación de una estrL¡ctura real de costos eljcierttes y qLre los rccursos obtenidos deben
ser administfados acleclladamente, para lograr Lrrr equilibrio finarlciel'o.
Que al amparo cie lo señalado en el inciso k) del artícr.rkl ]Q de la i-cy No 1600 dc 28 de octubre de 1994,
que otorgl ia hcr-rltad a la Afi cle reirlizar los actos qLre scan necesarios para el ctttttplinriento de slls
respousabilidad':s.

Que cl Decreto Supremo N'28710 de 15 Ce rlayo de 2006, Reglamento de las actividades dc los sub
sectores del Transpoi'tc, laculta a la Sr"rperirrtendcncia clc Trarrspoltes (hoy AT'f). entrc otras, lijar tari fas
máxinlas dc rcti:icncii clrrc ci.rltrarr lLs:r:t.ividrdcs !ll'ir'lcipalcs y r.:ol¿rtcfalcs clc los sult sectorcs c¡ue- rcgula.
Quc el irrciso c) del Artículo l7 del Decreto Suprenro N" 0071 de 09 dc abril de 2009. establece que dentro
de las conrpetencias clc la ATT esta la dc l¡rrobar y purblicar precios, tari fhs, dercchos Ll otros de acuerdo

con la nonr0tive vigente, g:rarrtizanCo su corrccta a¡rlica,:iórr ),asegurando qt¡e la inforntación'r6¿i
sl¡stcntatoria csté ciis¡rorritrlc v sea

públicl.

l(&,

lt1"¿,3¡[t"1i

Quc las tarifis a scr eplicadas por ios opcraclorcs dc transportc v aci¡iiinistlacloles dc infi'acstructu,'uS+iZ
deberán cubrir los costos rcaics pala la soste¡ribilidad de sus opr:r'acioues, perrtritir la rccLrpcració¡l de la
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inversión. adcnlás de posibilitar una ganancia acordc e ios costt¡s inculliclos, lal conlo lo
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anículo 47 dc la rne¡rcionada rrornra legal.

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Fax:277229i

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Quii¡rro No. 29 Erilltcio Riccntenaric
Prso li, Tclf/F¡r:3- 3120587 3.3 l 20978

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Nc 7,1? Edlfici0 Col0nial Centcr
I'iso I Of. 7-B-q'i'elt:.1..6644 136

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178/20 13

Que la autoridad competeute en el u'rarco dc su jLrrisdiccióu, regulará la eflciencia y sutlciencia financiera
estabiecidos en los anículos 46 y 47, corrsiderando los parámetros de calidad, seguridad, eñcieucia,
sosterribiiiclad y otros dcfinidos por la pr(:sente l-cy.
Oue mecliante la Resolr.rció¡r .A.dnrinistrativa R.A. SC-STR-DS-RA-030,t/2006 de 3l de dicierlbre de 2006,
la Sr.rpelintende¡rcia de Transporles aprobó la fijaciórr de nucvas tarilhs rráxinras para el servicio de
transpone p[rblico interdcpartamet.]tal de pasajeros a nivel naciclnal.

CONSIDERANDO 4: (Análisis técnico-jurídico).Que la detelrninaciórr de tarit'as debc corlprender la cstinracióu dc tarifas rlíninras con el propósito de qr-re
los operadores del servicio rro realicen prácticas arrticonrpetitivas v- se eiirnine la posibilidad de condr-rctas
predatorias, para elio se considera necesario establecer un método de banda tarifaria con Tariths ivláximas

'r')ry

taritis míninlas'n'. Para ello a flnes del 2012 se elabolaron trcs tipos de encLrestas con el fin de
recopilar intbrmación a travós de los operadores que prcstan el servicio de transporte terrestre
i

nterclepartarrcntal de pasaj eros.

el InForile Técnico AT-[-D-IR-NF TEC 0240/2013 dc 2l de octubre de 201 3 señala que la
nretodología establecida para el cálculo de las tarilas rnínirlas "" y Máxirnas rll dc Ia banda de tarifaria
para el transporte terrestre intcrdepananlental cle pasajeros, sc concentró en hojas de cálculo del L,ibro
Excel, en un total de diez. de acuerdo al sigr-rierite detalle:

Qrre

1. Parámetros
2. Rlrtas
3. Costos de Capital
4. Costos Variables
5. Costos Fijos
6. Otros costos
. Factor dc Ocupacióh
8. Costo por viaje
9. Tarifas
io' Resltnletl
7

Que en la hoja de cálc,,rlo inicial se cstablece¡r los parárrretros básicos

(-lLre

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sc utiliza¡r ¡rara reaiizar

el

c¿ilcr"rlodetaritas'E'l]t.St¿lltojacorrticrtctll.ltotalclctrLlcr,csr.rb.par;'irtrctros.
Que en el printer sr.rb-parárnetro. se establecen los valores de las sigL¡ientes variables: Tipo.de canrbio,
Valor residual del vehícr-rlo. Depreciacióu arrual, Vida útil de rrrr vehícurlo, Prorrredio de años de
vehículo. Tasa de interés bancaria dc acuerdo a inlblnlaciórr del Banco Nacional de Bolivia: Ptazo

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bLrs Cama y
pago dc prisrarno. Utilidad, Capacidad bus Norrlal. Capacidacl bus Serrlicarla, Capacidad
dcl ¡rcrfs'
Factor.dc ocurprción clc ncurcrclo l l.l i8 oLrscrvacio¡rcs rcllizaclns ol clitbrcntcs tcrlninirlcs
Lrna t'uta

largade

kilómetros que pcrmite dilerenciar
euc el segundo sub-parámetro detalla [a distancia en
intbrmaciórr del tercer sr'tbune ruta corta. Ilsta cliferenciación está estrechar.nentc vincLrlacja con la
para rcalizar el cálcurlo del costo
parámetro en el cual se establecen los porcentajes que se utilizaroli
al tipo de btrs qLle se considere'
absorbiclo por cl iransportc de carga clifererrciado adctnás de acrrerdo
días al mes en los que se

"Días de trabajo". se presentall los
er-re eu el cuarlo sub-¡raránretro deuonrinado
al mes y al año por parte dcl personal
rutiliza r,rn vehículo, Ias horas por tlrnto de trabajo, los días trabajaclos
adnrinistrativo, los dí¡s

qLle se r,rtiliza uu bus al año

y los mescs trabajados al año de todos los ¡nencionados

anicriorrnente.

al precio cle ltu bus de acr"terdo a si cs normal'
Que err el quinto sub-parámctro, se hace ref'cre¡rcia
están directal'l1elltc rclacionados cou
seulicarra o cama. Como podrá apreciar posteriorntente, estos l'llol"ltos
el tema cle deprecación v costo de capital.
pago del irnpuesto al valor
el sexto sub-paránrctro se establecen los parállletros en porccntaje del
con fhctltras y cl impuesto a las
agregado que cousiCera rttr descuento por el tc¡.na dc dcscargo

Qr-rc en

transacciones en su totalidad.

los paránlctros cle cálculo de be¡reflcios sociales
Que err el séptirlo sub-parámetro, se cstableceu
[,ey Gerreral del Trabajo y el
establecidos por lel' eri el Código de seguridacl social, Lcy de Pcrrsior.rcs,
Decrcto sLtprenlo N" 9645.
referenpia al precio de los ittsutttos, acccsorios y
Que finalrnente. en el noveno sub-parárnetro se hace
cousideraron l5 ítetns, insttmos
repllestos considel'ados Para el preserlte estudio de costos. Ell total se
corrro conrbustiblc, ltrbrica¡ltes, llantas, batería, frenos Y otros.

la intbrmación
se establecelr las n-ttas a sel'atraliznclas qr-re cn total cle
extraída cle ia base de datos clel Viceministcrio cle'fransportes ascierrdcn a 6?'

euc en la segurncla lroj a de c¿ilculo

det'inicrotl dc acuerdo a los
Quc en la hoja de cálculo relaciotrada co¡r las rutas. éstas ser
de aclrerdo
establecidos con.ro ser distancia, origen dcstino, tierrpo, fiectrencia. clasiflcaciórl
rodaclura. esLaclo dc la carretcl'3

1r

6¡''ot.

por otra parte, es imporlante hacer notar
nlatemáticas y lógicas que pertniten avanzar el'l

Qr-re

las tarifhs.

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Que la hoja de cálcr-rlo Costos Fijos, hace rel'ercncia a Ios cosros cle ripo tijo quc afiontan los operadores de
transporte tcrrestre itr[cl'departatncntal de pasajeros, estos costos son catcgorizaclos crr cinco grupos,
dc
actlerdo lo siguiente: gastos de personal a bordo, gastos de personal adrlinistratívo. seguros, irrrlrr"restos y
tas&s -Y litralrlle ltte lrts
acl¡ninisirat ivos, cada cr¡al corr cii[crcntcs ítcrns.
-uastos

Que err ia hoja dc cálcLrlo Factor de OcLrpación, se cstablece la canticlad de pasajer-os por cada Iipo cle bus
tltilizado, caÍlla. semicatra y nornral, ¡, la rr.rta a ser atendida de acuerdo ai Factor de OcLrpación establecicjo
en ios parárnetros iniciales.
Que cn la lroja dc cáicLrlo Costo poi virjc, sc'preserltau trcs cuatiros rclacio¡raclos al cálcLrlo dcscle el origerr
al deslino, clorrde se c¿rlcula los costos variables conro costos lijos por kilónletro cn relación a la cantidad

total de kilónletros rccoridos en la

t.uta.

la ho.ja de cálcrrlo'farifirs se preseutan los cr.rariros clondc se realiza el cálcr¡lo cle tari fas cn base a
los datos y cálculos realizados cn lrojas precedentes. Pr:r lo qr.rc firralrnente, realizados todos los cálculos,
se obtuvo el cuadro resLln'rcn clorrclc se lija la bancla tarifaria cou la -laril¿rs lvláxirrras v tarilas llínimas.
Qure en

Qr-re la regr-rlaciórr tarifaria es un ele¡rer.rto del servicio c1e trans¡:or1e público autorxotor interdepanamental
que debe estar ligado a la planificación del servicio. réginren dc aurtorizaciorres, fiscalizaciórr del servicio

un régimen sancionatorio, para contar con u11 sistema cle tlansporte integral
la infi'aestructura y la prestaciórr del servicio.

-v

-

Sl'1, terrdie¡rte a nrodernizar

Sobrc [a vígcnciu ila la Bnnrla Ttri"furiu
Que en este serltido. dentro del rnarco dei Plan Nacional de Desarroilo Econólnico 1'Social. Ia variable
inflación lbrrna parle de la estabilidad de las políticas nracloecorrórnicas dcl Estaclo Plurinacional. Es así
qtre para cada gestión, el EjccLrtivo iija urr porcentajc cie inflaciórr anual e¡l base a las variaciones cle IpC
principalmente.

el I¡rlbltne Tóc¡rico ATT-DTR-INF TEC 0210/2013 dc 2l clc octubrc de 20lj cstablcce que de
acuerdo a lo expresado por el Ministerio de Ecorroulía ¡,Finanzas públicas. la coyurrtura v el repunte
Qr-re

intlacionario de los últimos mcses ocasio¡laclo por el alza cle prc'cios

se '

cle algurros alimentos. por lo que no
debe co¡rsiderar rringún ajuste clc pasajes del tran.sporte intcrdc¡:art¿r¡lcrrtal err la prescnte gestión. para así
evitar exacc¡'bar las cllpectativas intlacionarias cle la cr-¡al. la pobllciórr
¡toltrc cs la nrás al'ectacla.

Sobrc la cjecutoricilrtl da los

ucf

.

."

.,..,fóii);.,
il:j-ve'Fl;'t.

os urlt¡tittislrutivos

t€i;'

Que uno de los caracteres jr-rrídicos esenciales dcl acto ad¡rinistrativo es la ejecr.rtoriedad,.qr-re es la .--1..?.
[acr-rltad propia de la Ad¡ninistración otorgacla por el orclerranlierrto.lLrr'ídico cle rnanera
explícita
¡i,ia.-F.
irrrplícita. qtricn le corrl'ierc los ¡riedios cocrcitivos pa¡'a r'.lecuirr
1>or sí ¡rris¡lla o hacer ejecutar pó-r .r i1i';¡''

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3

adrninistraclo obligado o por terceros el acto adnrinistr ativo en cLlestión.

de acuerdo a lo establecido err la cloctrina adrlinistrati/a, la ejecutoriedad aparece en el acto
adnrirrisirativo cuando se lra curnplido todo el proceso de su fbrmaciórr ;- el ordenarlierrto jurídico lc
QLre

otorga. adenlás cle la obligatoriedad de su curlplirniento, la posibilidad de su pronta realización, aunque
pr-tede acontecer qLle cornience clespLrés cle lraberse cLrnrplido alguna condición o plazo corno elenrerrto
nlodal del acto.

CONSIDER-'NDO 5: (Con clusión).Que en estricta aplicaciórr dc ia ¡rornlativa sectorial, correspoucle establecer r-rrra ba¡rda tarifaria para la
prestación clel servicio público de transporte terrestre irrterdepartamerrtal a nivel uacional, e¡r [unción a los
costos reales de operación, tomando en cLlenta los factores de eticiencia, calidad v seguridad, rnedidos a
través clel cumplinriento de rrretas qL¡e v¿ryan en benef rcio de las Lrsuarias

_v

r-rsuarios.

POR TANTO;

El Director
Trarrspotles,

Ejecr-rtivo
c¡r-re

cle la ¿Lrtoridad de Regr-rlaciórr y Fiscalización de Telecornurricaciorres y
y colnpetencia que cjerce por nranclato

sr-rscribe la presentc en virtr:d de la jr-rrisclicción

legal.

RESUELVE:
PRIIVIEIIO.- FIJAR Ia banda tariflaria estableciendo TariFas Máxirnas't'Ñr v tarifas nrínimas "", para

los

servicios cle transporte púrblico terucstre interdepartarnental cle pasajeros a nivel nacional, señalaclos en
¿ne.xo adjrrrrto y que

el

forrra parte irrclivisible de la preserrte Rc'solrrcióu Aclrrrinistrativa Regulatoria.

SIiCUNDO.- Todo cobro realizaclo por encinla del nivel nláxinlo o por debajo del nivel nríninro fijados
la lianja tariluria, clará lLrgal a las s¿rnciorres lijadas ¡ror la norrnativa vigcntc aplicable.

TIiRCEIfO.- DE,I¿R SfN IiFIICTO la Rcsolt¡ciórr rdrninistrativa Il.A. SC-STI{-DS-RA
3 I de clicienrbre de 2006.

010.1/2006 de

i

CUARTO.- La vigcncia de la banda

tali

laria para

el servicio

en

cle transporte púrblico

',

te

rrestre.

irrterdeparta¡nental de pasajeros a nivel rraciorral, establecida err la preseutc Rcsolr¡ciórr, crrtrar'á cn vigerrcia
desde el 02 clc crrcro de 2014.

QUINTO.- La Dirección Técnica Sectorial de Trarrsporles de la ATT queda

encarqad¿r clel curnplimiento,.
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septiernbre de 2003, producienclo efectos la nrisma, a partir del día sigLricrrtc dc sur pr-rblicación.
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Resolucion adminitrativa regulatoria att dj-ra tr0178-2013

  • 1. .,r¡^¡rl.,,i ,lr lt,:s,i¡ci,in r 1",,¡¡rl'u ¡, rrn ,lc ii:tcr,'¡,r'rr,r.¡c¡¡r¡r. r'li.r¡vt*.¡ Rcsol u ción .rl ¡rr i ¡r is t 'wm rr (iva Rcg u I ato ri a ¡T'|-D,J- l-a Paz. 2l fu TR 0 17 g/20 I J dc octubr.e de 20lj /IS'f OS: La ResolLrción ¡dministrativa R.¡. SC-STR-DS-RA 0304i2006 de 2l de diciernbre de 2006; el lnforrne Técrrico ATT-DTI{-lNF TEC 0240/2013 cle 2l cle octubre de 2013; la Ley N'165 General de Transporre de l6 de agosto de 20ll; Ios antecedentes; la normaiiva vigente aplicabler; toclo lo qLre se tuvo presente y cortvirto ver v; CONSIDtrIIANDO 1: (Ámbito cle comperencia).- Que las competencias v atribuciones para la AL¡toriclad de Fiscalizaciórr y Control Social cle l-elecornunicaciones ), -fransportes están defl¡lidas por el Decreto Supremo N" 007I dc 09 de abril de 2009. quedatrdo sorneticlas a ésta las personas naturales y jurídicas, privadas, comunitarias, públicas, ¡nixtas y cooperativas, garantizando los intcreses y derechos de Ios usuarios o consunridores, promoviendo la econotlría plural ¡rrevista en la Constitución I'olítica del Estado, la leyes y las norllas aplicables. Que cle conforrliclad a lo clispLrcsto en Ia Disposición'lr¿rnsitlria Novena de la Ley No 164 Ceneral de 'l'elecotnunicaciones de 08 de agosto de 2011, la Autoridacl cle lriscalización y Control Social cle Tclecomunicaciones v Transportes cambia de denorninación a ¡UTORIDAD.DE RECULACION Y l-'ISCALIZACtON DE TELECOiVILINiCACIONES Y TRANSPORTES - ATT. asumicndo las atribuciones, col'upetencias. derechos y obligaciones en rnateria de telecomunicaciones y tecnologías de la infonnación y comunicación, transportes y del servicio postal, bajo tuición del Vlinisterio de Obras Públicas, Servicios i, Vivienda. Que rlediante Resolución Sr-rprerla N" 05792 de l7 de agosto de 2011, se desigrra a PEDRO CLIFFORD P¡RAVtCINI I-iURT¿DO. conro Dircctor Ejecurivo dc la ATT. CO NSID EllÁNDO 2: (Antcccdenrcs).- Que ntediante Resolución ¡dnrinistrativa R.A. SC-STR-DS-ltA-0304/2006 del 2l de dicienrbre cle 2006, la e¡rtotrces Sr-rperirttendencia de Transportc (actr-ral A'fT) tljó l¿rs rrr¡evas Tarifhs Máxinas dc Rel'ere¡cia (TMf{) para el scrvicio de t.ransporte púrblico irrterdepartarncntal clc ¡:asajeros a nivcl nacional para 28 rlr t as. Que para la tijación de dichas tarifas. la Su¡rclinteudencia de'lrrrrsportcs, contó con Lu'l estudio cie costos realizado por una Consr-tltora en el año 2006. que establcció las Tariths lv1áxinlas de Referencia para el scrvi ci o ttans porte tcl'res ti'e i rrtcrdeparlanrental de ¡lasajeros. r.Jt ' tr.,l c.r'...;¡i .i |.. t1. '/l ---. . .:i4 I u rnz, calre 13 <re caracoto Ne I y 8260.8280 enn.e Av. Lus Sauccs I Av. Costanel.a Telf:2772266 I Fax: 27? 2299 Casill¡: 6692 I
  • 2. L .!.- ú ]{;ALI7,A run¡rrd.,rt'l¿ llco,l¡cirin r Fr.,:¡1,¿rcrn" J- Tclc':r."u'rrc,rr'"n,'r' 1'r"".¡"rrv,t ¡rlnrinistrltivl IlcguI;rtt¡r'i:r "'I'T-DJ-il,¡ TII 0l7817013 Que sin enrltargo. en los úl[inlos años los prccios dc los rcpuestos c it.lsLlrnos han experitr]entado va:'iacior,es ascenclenies, lo que hacc qure los costos de nrarrtcui¡liento, oitcraciór1 y adnlinistraciót1, se nroditic¡r-rerr ctr la cstrLrctLrrit dc costos gcl.tefrl. Asinlisrno los avlu'tccs tccttológicos y las cxigcncias del l{csolución n'lercado han hccho qL¡e se iucoi'porcu nLlcvos inslrrnos que deben scr llLlevalrtente considerados. ATT requirió contal corr un estLrdio actualizado y la elaboración de Llna nlctodología para el cálculo tari fa¡jio clel trtnspor-tc tertcsire interdcpartaurental cle pasajcros. colt el fi¡r clc tctrcr los eletuentos de jrricio necesarios y sllficientcs que le perriitan conocer a londo el nrerc¿rdo actual y sLls particlllaridades, en las diterentes regiot.tcs del país, para determiuar costos et-ectivos y eficierrtes dc los operadores y por consiguiente, establccer unas tariFas col-t Llrl lrargen dc rentabiliclad razon¿rtrle a nuestra realidad actual, con una rxetodología clinánrica que pcrrnita modificar a f:uturo las tarif'as de ref'crencia con la ¿rctr-ralizació¡r de QLre la datos. CONSID[,R.NDO 3: (Normativa aplicable al caso).el irrciso i) clel Artícu¡lo 20 cie la Le;- No 165 General de'1'ransporrc de i6 cle agosto cic ?011, clispone como collpetencia exclLlsiva del Nivcl Central del Estaclo la de regular las tarifas de iransporte QLre i ntt-' rdepartaixeiltal. Queporotrapai-telaLeyNo l65,ensLlcapítulocLl¿lrtosobrecl régintentari thrio.articulo46esiableceqrre las tari lás a ser aplicadas por los operadores de transporlc y acirttirtistradores de irlfraestrltcttlra,.debell ser el resultado cle la aplicación de una estrL¡ctura real de costos eljcierttes y qLre los rccursos obtenidos deben ser administfados acleclladamente, para lograr Lrrr equilibrio finarlciel'o. Que al amparo cie lo señalado en el inciso k) del artícr.rkl ]Q de la i-cy No 1600 dc 28 de octubre de 1994, que otorgl ia hcr-rltad a la Afi cle reirlizar los actos qLre scan necesarios para el ctttttplinriento de slls respousabilidad':s. Que cl Decreto Supremo N'28710 de 15 Ce rlayo de 2006, Reglamento de las actividades dc los sub sectores del Transpoi'tc, laculta a la Sr"rperirrtendcncia clc Trarrspoltes (hoy AT'f). entrc otras, lijar tari fas máxinlas dc rcti:icncii clrrc ci.rltrarr lLs:r:t.ividrdcs !ll'ir'lcipalcs y r.:ol¿rtcfalcs clc los sult sectorcs c¡ue- rcgula. Quc el irrciso c) del Artículo l7 del Decreto Suprenro N" 0071 de 09 dc abril de 2009. establece que dentro de las conrpetencias clc la ATT esta la dc l¡rrobar y purblicar precios, tari fhs, dercchos Ll otros de acuerdo con la nonr0tive vigente, g:rarrtizanCo su corrccta a¡rlica,:iórr ),asegurando qt¡e la inforntación'r6¿i sl¡stcntatoria csté ciis¡rorritrlc v sea públicl. l(&, lt1"¿,3¡[t"1i Quc las tarifis a scr eplicadas por ios opcraclorcs dc transportc v aci¡iiinistlacloles dc infi'acstructu,'uS+iZ deberán cubrir los costos rcaics pala la soste¡ribilidad de sus opr:r'acioues, perrtritir la rccLrpcració¡l de la , inversión. adcnlás de posibilitar una ganancia acordc e ios costt¡s inculliclos, lal conlo lo '.lcte¡'¡nina.lZ;#tgx riw anículo 47 dc la rne¡rcionada rrornra legal. Callcl3deC.¡l¡coto L I y Av. Costanera Telf:?.772266 | LAPAZ: Nr 8260 - 9280 entre Av. Los Sauccs Fax:277229i Casilla:6692 CoCuntl¡ittn¡:Av.Av¡cucho -Calarna Ne 4r)0 crrtrc lordátr ¡ Edificio S¡nti lsabcl Fiso | rrll .t.,trttt l82,¡l tl4 3, 5¿lNTA CRUZ: Calle Prolongación Quii¡rro No. 29 Erilltcio Riccntenaric Prso li, Tclf/F¡r:3- 3120587 3.3 l 20978 iii:u" TrRlfA: Callc (ieneral 1'rigo Nc 7,1? Edlfici0 Col0nial Centcr I'iso I Of. 7-B-q'i'elt:.1..6644 136 d"A Lfnea de protecciórr al usuario800106000 rrlA{.att.gob.bo
  • 3. '''...---,-J: {toP{A .'rroridrd dc llc¡rrlrci,in -l'clcconrunii¡c¡oncr ,lc Ilesolu ció n .cl r' l¡iscalizrcirirr :'l'riDsf ortcr n'r i n is t rrtiva Ilcgulato ria ..TT-DJ-RA. TR 0 178/20 13 Que la autoridad competeute en el u'rarco dc su jLrrisdiccióu, regulará la eflciencia y sutlciencia financiera estabiecidos en los anículos 46 y 47, corrsiderando los parámetros de calidad, seguridad, eñcieucia, sosterribiiiclad y otros dcfinidos por la pr(:sente l-cy. Oue mecliante la Resolr.rció¡r .A.dnrinistrativa R.A. SC-STR-DS-RA-030,t/2006 de 3l de dicierlbre de 2006, la Sr.rpelintende¡rcia de Transporles aprobó la fijaciórr de nucvas tarilhs rráxinras para el servicio de transpone p[rblico interdcpartamet.]tal de pasajeros a nivel naciclnal. CONSIDERANDO 4: (Análisis técnico-jurídico).Que la detelrninaciórr de tarit'as debc corlprender la cstinracióu dc tarifas rlíninras con el propósito de qr-re los operadores del servicio rro realicen prácticas arrticonrpetitivas v- se eiirnine la posibilidad de condr-rctas predatorias, para elio se considera necesario establecer un método de banda tarifaria con Tariths ivláximas 'r')ry taritis míninlas'n'. Para ello a flnes del 2012 se elabolaron trcs tipos de encLrestas con el fin de recopilar intbrmación a travós de los operadores que prcstan el servicio de transporte terrestre i nterclepartarrcntal de pasaj eros. el InForile Técnico AT-[-D-IR-NF TEC 0240/2013 dc 2l de octubre de 201 3 señala que la nretodología establecida para el cálculo de las tarilas rnínirlas "" y Máxirnas rll dc Ia banda de tarifaria para el transporte terrestre intcrdepananlental cle pasajeros, sc concentró en hojas de cálculo del L,ibro Excel, en un total de diez. de acuerdo al sigr-rierite detalle: Qrre 1. Parámetros 2. Rlrtas 3. Costos de Capital 4. Costos Variables 5. Costos Fijos 6. Otros costos . Factor dc Ocupacióh 8. Costo por viaje 9. Tarifas io' Resltnletl 7 Que en la hoja de cálc,,rlo inicial se cstablece¡r los parárrretros básicos (-lLre . i sc utiliza¡r ¡rara reaiizar el c¿ilcr"rlodetaritas'E'l]t.St¿lltojacorrticrtctll.ltotalclctrLlcr,csr.rb.par;'irtrctros. Que en el printer sr.rb-parárnetro. se establecen los valores de las sigL¡ientes variables: Tipo.de canrbio, Valor residual del vehícr-rlo. Depreciacióu arrual, Vida útil de rrrr vehícurlo, Prorrredio de años de vehículo. Tasa de interés bancaria dc acuerdo a inlblnlaciórr del Banco Nacional de Bolivia: Ptazo I I I I ,o ror' carre 13 <lc cerrcoto ! N' 8260 .8280 cnb.e Av Los Sruccs y Ar Coshncri'telf: Fax:2772299 tt ?77?266 Casill¡:6692 I I C0CllABÁivlBA: C;rlh Suiprchr N'5750 esq. licurdnr 1i:lflF,tr; 4..!5 Il I I rl2 . 4.,1 5B I I tt:l 4-.l5nl lB4 I 5ANT, CRTJZ: Callc I'rr:longrción ()uiinrro N" ;19 Udlflcio [¡iccntcnário l!iso ii,'lirllJl:irx:3.¡ ¡.t 105lli 3 -3120918 rnnl¡,t, Crlt",thlirrctru ! .s/n rsq. ()'Corrilo]l I'lso clct c,rr¡iu It l. I. 'l'¡lf: +.ri64a . 1it6 4.ri6{i(i,lu4 I I l-rs:4-61 l26l l;inea Grrn¡ld UJúrrlo I lr I ¿ll I ii00.1 0.{i000 rnnv.rtt.qob.bo rlc Piáiecci¡in
  • 4. l/ .{ ¡rtori,h,l rlc llcprlrcion vljiscrlizrcr<i¡r -l'clcconrunicaciolrcr v ,lc ILcsol u ción ¿d ¡l I rinsPorl¿s i r¡ ist rativa l{cgu la torir ATT-D.I-R' TII 0 17 8/20 I 3 bLrs Cama y pago dc prisrarno. Utilidad, Capacidad bus Norrlal. Capacidacl bus Serrlicarla, Capacidad dcl ¡rcrfs' Factor.dc ocurprción clc ncurcrclo l l.l i8 oLrscrvacio¡rcs rcllizaclns ol clitbrcntcs tcrlninirlcs Lrna t'uta largade kilómetros que pcrmite dilerenciar euc el segundo sub-parámetro detalla [a distancia en intbrmaciórr del tercer sr'tbune ruta corta. Ilsta cliferenciación está estrechar.nentc vincLrlacja con la para rcalizar el cálcurlo del costo parámetro en el cual se establecen los porcentajes que se utilizaroli al tipo de btrs qLle se considere' absorbiclo por cl iransportc de carga clifererrciado adctnás de acrrerdo días al mes en los que se "Días de trabajo". se presentall los er-re eu el cuarlo sub-¡raránretro deuonrinado al mes y al año por parte dcl personal rutiliza r,rn vehículo, Ias horas por tlrnto de trabajo, los días trabajaclos adnrinistrativo, los dí¡s qLle se r,rtiliza uu bus al año y los mescs trabajados al año de todos los ¡nencionados anicriorrnente. al precio cle ltu bus de acr"terdo a si cs normal' Que err el quinto sub-parámctro, se hace ref'cre¡rcia están directal'l1elltc rclacionados cou seulicarra o cama. Como podrá apreciar posteriorntente, estos l'llol"ltos el tema cle deprecación v costo de capital. pago del irnpuesto al valor el sexto sub-paránrctro se establecen los parállletros en porccntaje del con fhctltras y cl impuesto a las agregado que cousiCera rttr descuento por el tc¡.na dc dcscargo Qr-rc en transacciones en su totalidad. los paránlctros cle cálculo de be¡reflcios sociales Que err el séptirlo sub-parámetro, se cstableceu [,ey Gerreral del Trabajo y el establecidos por lel' eri el Código de seguridacl social, Lcy de Pcrrsior.rcs, Decrcto sLtprenlo N" 9645. referenpia al precio de los ittsutttos, acccsorios y Que finalrnente. en el noveno sub-parárnetro se hace cousideraron l5 ítetns, insttmos repllestos considel'ados Para el preserlte estudio de costos. Ell total se corrro conrbustiblc, ltrbrica¡ltes, llantas, batería, frenos Y otros. la intbrmación se establecelr las n-ttas a sel'atraliznclas qr-re cn total cle extraída cle ia base de datos clel Viceministcrio cle'fransportes ascierrdcn a 6?' euc en la segurncla lroj a de c¿ilculo det'inicrotl dc acuerdo a los Quc en la hoja de cálculo relaciotrada co¡r las rutas. éstas ser de aclrerdo establecidos con.ro ser distancia, origen dcstino, tierrpo, fiectrencia. clasiflcaciórl rodaclura. esLaclo dc la carretcl'3 1r 6¡''ot. por otra parte, es imporlante hacer notar nlatemáticas y lógicas que pertniten avanzar el'l Qr-re las tarifhs. I I I I cat¡coro It N" 8260 - 8280 cnb'e Ai'. Los Sruccs ue roz' 13 de y Av. Cosbnera Fe*2772299 ll t' c.tt. TelÍ:?77226o Casilla:6692 I I I CoCHAIJAMBÁ: C¡lle N'5750 esq. IiLilxdor tctt¡tirr:,r.ltsai q.+itll itt+ f 5ur¡rar:lD ) sUfir ClltlZ: to? . 4.4581 1 tt.l ''l I I C¡lle Prolo-ngicióit Qur¡.,r ro N".29 Ud-iftcit¡.Uicc¡tcti¡ritr ljiso 3. Telf/l"itr:¡.' l1;:95t,l7' -].. 3::312Ú9ta.' ..'.' '. ,,' ,..' | I .' l 'ro,ui,t' 1 " . . .f -66("6484 Crllc,lhl.¡rrrlro drrl ci,t,lo s/n cs(I.O'C¡trrtoll l'iso l. ]'nlf: +-'fi64413h lt Fa-t: 4-otlz6ll - f I I I
  • 5. ,utoridacl rlc Rcphcrón v liiscaliz-ación dc Tclcconrunic¡cioncs i'l'r¡nsportcs Rcsol u ció n Arl nr i n i.st ru tiva Ilcgtr I ato ri :r ATT- D,J-RA TR 0I7 g/20 I 3 Que la hoja de cálcr-rlo Costos Fijos, hace rel'ercncia a Ios cosros cle ripo tijo quc afiontan los operadores de transporte tcrrestre itr[cl'departatncntal de pasajeros, estos costos son catcgorizaclos crr cinco grupos, dc actlerdo lo siguiente: gastos de personal a bordo, gastos de personal adrlinistratívo. seguros, irrrlrr"restos y tas&s -Y litralrlle ltte lrts acl¡ninisirat ivos, cada cr¡al corr cii[crcntcs ítcrns. -uastos Que err ia hoja dc cálcLrlo Factor de OcLrpación, se cstablece la canticlad de pasajer-os por cada Iipo cle bus tltilizado, caÍlla. semicatra y nornral, ¡, la rr.rta a ser atendida de acuerdo ai Factor de OcLrpación establecicjo en ios parárnetros iniciales. Que cn la lroja dc cáicLrlo Costo poi virjc, sc'preserltau trcs cuatiros rclacio¡raclos al cálcLrlo dcscle el origerr al deslino, clorrde se c¿rlcula los costos variables conro costos lijos por kilónletro cn relación a la cantidad total de kilónletros rccoridos en la t.uta. la ho.ja de cálcrrlo'farifirs se preseutan los cr.rariros clondc se realiza el cálcr¡lo cle tari fas cn base a los datos y cálculos realizados cn lrojas precedentes. Pr:r lo qr.rc firralrnente, realizados todos los cálculos, se obtuvo el cuadro resLln'rcn clorrclc se lija la bancla tarifaria cou la -laril¿rs lvláxirrras v tarilas llínimas. Qure en Qr-re la regr-rlaciórr tarifaria es un ele¡rer.rto del servicio c1e trans¡:or1e público autorxotor interdepanamental que debe estar ligado a la planificación del servicio. réginren dc aurtorizaciorres, fiscalizaciórr del servicio un régimen sancionatorio, para contar con u11 sistema cle tlansporte integral la infi'aestructura y la prestaciórr del servicio. -v - Sl'1, terrdie¡rte a nrodernizar Sobrc [a vígcnciu ila la Bnnrla Ttri"furiu Que en este serltido. dentro del rnarco dei Plan Nacional de Desarroilo Econólnico 1'Social. Ia variable inflación lbrrna parle de la estabilidad de las políticas nracloecorrórnicas dcl Estaclo Plurinacional. Es así qtre para cada gestión, el EjccLrtivo iija urr porcentajc cie inflaciórr anual e¡l base a las variaciones cle IpC principalmente. el I¡rlbltne Tóc¡rico ATT-DTR-INF TEC 0210/2013 dc 2l clc octubrc de 20lj cstablcce que de acuerdo a lo expresado por el Ministerio de Ecorroulía ¡,Finanzas públicas. la coyurrtura v el repunte Qr-re intlacionario de los últimos mcses ocasio¡laclo por el alza cle prc'cios se ' cle algurros alimentos. por lo que no debe co¡rsiderar rringún ajuste clc pasajes del tran.sporte intcrdc¡:art¿r¡lcrrtal err la prescnte gestión. para así evitar exacc¡'bar las cllpectativas intlacionarias cle la cr-¡al. la pobllciórr ¡toltrc cs la nrás al'ectacla. Sobrc la cjecutoricilrtl da los ucf . ." .,..,fóii);., il:j-ve'Fl;'t. os urlt¡tittislrutivos t€i;' Que uno de los caracteres jr-rrídicos esenciales dcl acto ad¡rinistrativo es la ejecr.rtoriedad,.qr-re es la .--1..?. [acr-rltad propia de la Ad¡ninistración otorgacla por el orclerranlierrto.lLrr'ídico cle rnanera explícita ¡i,ia.-F. irrrplícita. qtricn le corrl'ierc los ¡riedios cocrcitivos pa¡'a r'.lecuirr 1>or sí ¡rris¡lla o hacer ejecutar pó-r .r i1i';¡'' o ..,,.-::/.q it f I l,¡¡¡t'Cath 15 de C¡t¡coru laii¡óilli',iiiii':. ñTil;d s,,,.r, I*:ftiiitTtl:),1;t",ul!,oo ! I | c0c,,oBnMn,r, c..,ih r, rrr 5iii0 esu.8.,,",rn, :i:fii'ii,1i"' _., "i""r"' -',1:''' f SiN'lri CRl.lZ: (.¡lh' Pr uloneilciúd Qrri¡rrrn irl' :9 f:dificio BieínLclr¡rio i?05ii7. l'isn :i, Telf/F;¡x:3 : 3 'J',37?097 B :'.. -' r''' ¡ : C;rllcrihl;r¡:l:r'tlcl ! r,rn,¡,t, ()iCorr¡ro¡: l)lso C¡r.rriu l> s/n l. I lirlf: esq 136 .1-,!('{a :;'Fo6rih48.l .-J fox:.r.crii(rlt . I I l.iriea Cr¡rtul t¡ de pitdiecci¡;-,i.... ¡l.Uniario l rt '::-:!::t 400,10.6000 I '.'.1es.1¡.ir'ir lr¡¡ .--'
  • 6. EgPg,_s$, ,r" .r" r.", Resol u ^,1,x;fl"x"i:i i ción Ad -ir::ll::T::' m i n ist rativa llegul atori a ¿TT-DJ-RA TR 0 I 78/20 1 3 adrninistraclo obligado o por terceros el acto adnrinistr ativo en cLlestión. de acuerdo a lo establecido err la cloctrina adrlinistrati/a, la ejecutoriedad aparece en el acto adnrirrisirativo cuando se lra curnplido todo el proceso de su fbrmaciórr ;- el ordenarlierrto jurídico lc QLre otorga. adenlás cle la obligatoriedad de su curlplirniento, la posibilidad de su pronta realización, aunque pr-tede acontecer qLle cornience clespLrés cle lraberse cLrnrplido alguna condición o plazo corno elenrerrto nlodal del acto. CONSIDER-'NDO 5: (Con clusión).Que en estricta aplicaciórr dc ia ¡rornlativa sectorial, correspoucle establecer r-rrra ba¡rda tarifaria para la prestación clel servicio público de transporte terrestre irrterdepartamerrtal a nivel uacional, e¡r [unción a los costos reales de operación, tomando en cLlenta los factores de eticiencia, calidad v seguridad, rnedidos a través clel cumplinriento de rrretas qL¡e v¿ryan en benef rcio de las Lrsuarias _v r-rsuarios. POR TANTO; El Director Trarrspotles, Ejecr-rtivo c¡r-re cle la ¿Lrtoridad de Regr-rlaciórr y Fiscalización de Telecornurricaciorres y y colnpetencia que cjerce por nranclato sr-rscribe la presentc en virtr:d de la jr-rrisclicción legal. RESUELVE: PRIIVIEIIO.- FIJAR Ia banda tariflaria estableciendo TariFas Máxirnas't'Ñr v tarifas nrínimas "", para los servicios cle transporte púrblico terucstre interdepartarnental cle pasajeros a nivel nacional, señalaclos en ¿ne.xo adjrrrrto y que el forrra parte irrclivisible de la preserrte Rc'solrrcióu Aclrrrinistrativa Regulatoria. SIiCUNDO.- Todo cobro realizaclo por encinla del nivel nláxinlo o por debajo del nivel nríninro fijados la lianja tariluria, clará lLrgal a las s¿rnciorres lijadas ¡ror la norrnativa vigcntc aplicable. TIiRCEIfO.- DE,I¿R SfN IiFIICTO la Rcsolt¡ciórr rdrninistrativa Il.A. SC-STI{-DS-RA 3 I de clicienrbre de 2006. 010.1/2006 de i CUARTO.- La vigcncia de la banda tali laria para el servicio en cle transporte púrblico ', te rrestre. irrterdeparta¡nental de pasajeros a nivel rraciorral, establecida err la preseutc Rcsolr¡ciórr, crrtrar'á cn vigerrcia desde el 02 clc crrcro de 2014. QUINTO.- La Dirección Técnica Sectorial de Trarrsporles de la ATT queda encarqad¿r clel curnplimiento,. scglrinrieuto y pr"rblicación cle la prescnte Resolución Aclnli¡ristrativa Regrrlatoria en uír órgairo cle prqñsa dc circulación nacional. dc confbnnidad a lo dispuesto por el parág¡'afb I del Artícr.¡lo 32 clc la Ley N '.j: I I ut rnz, c.tt 13 ü,c¡l¡c,rro t Los Sauccs N'8260.8280 enge rv. I yAv.Cosbnera'letl:2772266 ¡:¿x:277229(, Casilta:6ó92 | I I I C0Cl lÁllÁMIIA: Callc Suiprclrr N'5750 csq. ficuarlor' TellTFrx: 4.4511 t lu2 . 4.45111 4.458 l 184 tljl . j.1.9rr :.' 54N'lA Cll(lZ: (irllc f'rolcrngrciórt. ()uitrrro N' 29 Erlificio Bicentcna¡ io Pisrr :t,.I'clflrhk:3 . i 12QStl7 . 3'3tzo9zg;': . : ' - . ''.. TAlllfA: Cirlle Alelarrdro tlrl C.rr¡rir: s/n cs(l. O CoÍrrol: l)rso l. ' 'tblf: .1-6&14136 - {-ó(166484 i ljlf: 4--ól l ¿6 l l I
  • 7. 'i:OP'.4 I +¡lAli.Z,eBgii Áurorid¡d Jc Rcgrlación v lliscalizacién dc Tclcco¡¡t¡nicrcioncs i'1'ransponcs ) Resolu ci ón .4.d m in ist rati vn ILcgul aro ri a ATT-D.I-R. TR 0 I 78/20 1 3 I de Procedirriento Adrlrinistrativo, concoldarrte con el .¡'tícu¡lo 9 clel Reglamento de la Ley cle Procedinriento Administrativo para el SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo No 27172 de l5 de septiernbre de 2003, producienclo efectos la nrisma, a partir del día sigLricrrtc dc sur pr-rblicación. 23'1 Regístrcsc, Cornurríc¡r"rcsc y Arclrír,csc cv'f ;.!"H,.,?S'."'¡st+lm* cr rsr Ec r iiiiiHdii,'r,i$&H:. i tEGAI.:S ;1¡_i¿rita;tl ,N:FE DE PiiS .l LA PAZ: Crlle l3 dc Crlacovr N' 8260 . 8280 cntrc Au Los S¡uccs y Av. Costanera Tell:2772266 Fax: 27 7 2299 Casílh: 669 Z it I rl,rlk,srrr¡rrt !99,:l^nntql: N'5750 csq. ticurrbr I 4-.lsl.rrts4 I I Telf,rFrx: 4.4581 tr.r > S.NTA CnrlZ: ¡trlh, I'rotong;rción rlrrrj,rrro N. 19 Urlificio tsicéntc¡¡rio tBZ.4..t58llUi -...:"' I i I l tiiso3,.l'eltlFii:3. j120Sit7.. ü".31¿097'Bt.''!-: : ' :- , _.'. : ,' T¡l Rl JÁ: (lrlh ¡lcl.r¡rcl¡.o cf,,i Cirpro s/n esq. ()'Corrrrrrri l,isrr 1.. 'felf: .1-ú6+41:i6-: 1.ó6r''r'¿,34 - ' . F¡r:4.61:i261 1. l.inPá Gr¡h,lh al I lsuario '1' de Protccciótr . 800.10.6000 ....-" srút:r tt.qo6.bo .-'-
  • 8. /uto.i,h¿l,1. fl:sul.rci.in r. Fi¡,:rLzrcron .le'lilccomrni¡rcioncs i'f i, ns¡ou,¡s llesolución Ad m in ist .: rativlr Itegulatoria ATT-DJ-IIA TR 0 178/20IJ ANEXO BAND¡ TARITTRIA (En Ilolivianos) RUTA ORIGEN DBSTINO No NORMAL SEMICAMA CAMA Mínimn NIáxima Mínima NIáxima MÍnima jVlá.xinr a La Paz Orr.¡r'o r9 28 26 La Paz Cochabarnba 39 52 a -s6 J La Paz Sarrta Crr-rz (n) 8t r09 4 La Paz Santa ClLrz (a) 9t l15 La Paz Potosí 48 63 76 92 06 t29 La Paz Sucre 65 90 86 125 rB0 La Paz ilt JI t32 t32 r36 177 til 2| 259 251 6 38 '/3 56 6l 86 r06 t26 tó0 66 220 r36 t67 76 228 8 La Paz Tarija Villazón r36 177 196 9 La Paz Uyuni 68 95 r00 137 r5l 197 t0 Cochabamba Santa Crr-rz (rr) li 50 64 66 89 r06 l3t il6 148 Cochabamba Santa CrLrz (a) 62 76 76 t02 t2 Cochabanrba Oruro 2t 3l 26 40 6t 68 l3 Cochabamba Sucre 48 6'7 s6 88 r06 t4 C'ochabarnba t37 Potosí 48 62 i6 92 il6 ri3 5 Cochabamba Tarija 6 Cochabaniba Uvirni 7 Santa CrLrz '[rinidacl 8 Santa Cruz YacLriba 9 Santa Cruz ill l3l r36 176 ¿u() 256 68 r00 r0l 145 t5r 208 49 62 76 9I t2t 134 47 6r 76 9l r06 126 Sucre 76 96 86 r06 r70 'f 'arij a t26 ?0 Santa Cruz t02 t3l t5r t90 rs4 254 2t Oruro Potosí 27 'r1 i8 4l 53 6t 75 Oruro Sucre 46 63 56 84 9l t25 73 Ot'uro tJvt¡ni 39 49 70 76 106 il0 24 Orur'o Villazón 82 r02 25 Oruro -f 84 r03 26 f'otosí Sucre ti 21 Potosí .)0 ¿o -f 5ír 2l t) arij a -farija arij a V illazrin .tt Sucre l9 Uyu¡ri 46 9t l]] 66 59 JI ÓJ t0l il9 '13 99 l0 lt 96 45 29 1-arija 2t 66 S Lrc rc ('ilrr,itcril iilltir¡uil - (il) Clrretcrt n[ril =(tt) I ttlly,^:' c¡lle l3 rtc cat¡co,n I l. Nc B2-60 B2s0 enire ,v. Los si,uces l' I r Av' cost¡nera retÍ:2772266 Fax,zTTzzescaslta:6(¡iz coclABÁ,rrBA: Ar,. A),¡cuctro ! s,ulln cnuz: c¡lc prorongación sr.",,,"u",iu I ñ;:ñó ;i;i;;'i;;j;;;ilr;;il' f ii'Ji;J,:,:"'*';:?r"üliri'..¡nzossz eain.i".i^,i",'ii"rj"ii¡i, il"ó 1. i:"iyr-"1,"r1'.:j | r:"ii, +iiiiirit..f ri:i "" ¡. ' I :,:ii'"'-'""'''l' j I | . Calle (icne'r¡l 'l'ripo Ne 747 Edlfic¡o Colonial CÉntel TAllllA: l'lso I Ol 7.8-9'fcll: 4-664+t36 Llrrea de protección alrrstral:io 800106000 ri'ww.att.gob.bo