ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
Modelos clasificación y situaciones de la discapacidad
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3. Como resultado positivo de todo ello se puede destacar el planteamiento de diversas taxonomías sobre las discapacidades y el desarrollo de distintos tipos de medidas preventivas, terapéuticas, rehabilitadoras y compensatorias ante tales limitaciones. Pero, por otro lado, también dio lugar a la etiquetación de la persona con discapacidad como «desviada» de lo normal y, por tanto, sometida a necesaria «reparación». El modelo médico se centra más en la salud que en la calidad de vida y la participación social de la persona. Por tanto, reforzando el estereotipo de la persona con discapacidad como persona dependiente que no puede realizar ningún tipo de actividad. En la actualidad, pese a que teóricamente este modelo está superado, todavía sigue estando en la mente de las personas que la discapacidad es un tema que atañe únicamente a las personas con discapacidad y a las que, por consideración social hacia la situación a la que han llegado, se les pueda dar un trato especial. Modelo social En oposición al modelo médico, que enfatizaba los aspectos más directamente relacionados con los déficits y las limitaciones de las personas con discapacidad, surgen de forma progresiva movimientos en favor de la vida independiente y de los derechos de estas personas, dando lugar al planteamiento de un modelo social.
4. Desde este modelo se considera que las personas con discapacidad siempre han sido discriminadas y que sus limitaciones se deben en gran medida a lo inadecuado del entorno construido (barreras físicas) y del entorno social en cuanto a actitudes, prácticas y estructuras institucionales Así, frente a la consideración como sujetos pasivos de los modelos anteriores se pasa a considerar clave su participación activa, estableciendo sus propias necesidades autodefinidas y su lucha por sus derechos civiles. De todo ello se deriva la necesidad de dar respuesta a sus alteraciones mediante distintos tipos de servicios dirigidos a la prevención, al tratamiento y al bienestar Dentro de este modelo pueden diferenciarse, a su vez, enfoques distintos como el social radical marxista, el sociopolítico, el de minoría oprimida y el universalista. Modelo de integración El modelo de integración (también denominado bio-psico-social), como su propio nombre indica, es el resultado de integrar el modelo médico y el modelo social y, por tanto, de establecer relaciones entre los conocimientos de tipo biológico, psicológico y social que afectan a la discapacidad. Este nuevo planteamiento establece la necesidad de considerar de forma complementaria las deficiencias, los aspectos personales y la participación en la sociedad; lo cual acarrea cierta complejidad al tener que integrar medidas dirigidas a las deficiencias y las dificultades y medidas dirigidas a evitar las situaciones de desventaja social.
21. Otras restricciones de la actividad. Finalmente, la minusvalía (handicap) se define como toda situación de desventaja para la personal que se origina en una deficiencia o discapacidad y que implica una limitación o impedimento para el desempeño de un determinado rol que en su caso es normal en función de su edad, sexo y factores sociales y culturales. Por lo tanto, la desventaja surge de la incapacidad para satisfacer las expectativas de dicha persona. Así pues, la minusvalía se utiliza en base a referentes sociales.
28. Minusvalía ocupacional. Sin embargo, la CIDDM ha recibido también importantes críticas. Tal vez la más relevante es que presentaba un planteamiento que carecía de elementos tan importantes como los factores contextuales y que inducía a considerar la existencia de una relación lineal y causal entre los tres términos, de forma que la deficiencia conllevaría unas consecuencias que generan discapacidad y minusvalía. Lo cual no tiene porque ser cierto Otras importantes críticas estaban referidas a su planteamiento negativo (en el sentido de que puede ser más interesante conocer las habilidades que la persona conserva que las que ha perdido o tiene limitadas) y a sus problemas de aplicación y de utilización práctica de sus conceptos. En la actualidad se consideran desacertados términos como «minusválido», «inválido» o «incapaz» por dar a entender que las personas con discapacidad son personas de menor valor, sin valor o sin capacidad. Relacionada con esta clasificación, en 1982 se aprueba el WorldProgramme of ActionConcerningOisabledPersons, en el que se desarrollan las medidas relativas a la prevención, la rehabilitación y la equiparación de oportunidades.
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30. Permite elaborar un perfil de mayor utilidad sobre la persona y sobre la situación real del funcionamiento humano, en el cual «funcionamiento» y «discapacidad» son consecuencia de la interacción entre «condición de salud» y el entorno.
31. Se reemplazan los conceptos de Deficiencia, Discapacidad y Minusvalía por Funciones y estructuras corporales, Actividad y Participación.
32. Las dimensiones se plantean con dos polos, uno para aspectos neutrales o positivos de los estados funcionales (funcionamiento) y otro para indicar los problemas en las dimensiones (discapacidad).
40. Factores Con textuales. Son los factores que constituyen el contexto completo de la vida de una persona y de su estilo de vida. Estos factores contextuales se dividen en dos tipos: los ambientales y los personales.
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43. La Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud (EDDS), de 1999.
44. La Encuesta de Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de Dependencia (EDAD), de 2008.
45. Otras fuentes relacionadas. Entre estas fuentes destacan la Encuesta Nacional de Salud, el Anuario de Accidentes de la Dirección General de Tráfico o las Estadísticas de Accidentes de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En la encuesta de 2008 se constató que, de forma general, en uno de cada cinco hogares vive al menos una persona con discapacidad y que el caso más frecuente es el hogar compuesto por dos personas de las que una presenta alguna discapacidad. También puede ser de interés comparar estos datos con los obtenidos en otros países. Así, en 1981 la OMS estimó que la población mundial tenía una media de un 10% de personas con alguna discapacidad. En 1993 el Fondo de Naciones Unidas la calculó en un 5,2%. Por su parte, la Unión Europea, de forma no oficial, plantea la cifra de un 10%. En Estados Unidos la Agencia para el Desarrollo Internacional también estima la proporción de un 10%.
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47. Con respecto a la variable sexo. Hay más mujeres con discapacidad que hombres, el 60,1% son mujeres y el 39,9% son hombres. Sin embargo, esto no se produce en todos los grupos de edad. Así, desde los O a los 44 años el número de varones con discapacidad es mayor que el de mujeres; y a partir de los 45 años en adelante el número de mujeres con discapacidad supera al de hombres.
48. Discapacidad para las actividades básicas de la vida diaria (ABVD) y su grado de severidad. Se consideró que una persona tiene una discapacidad total para una determinada actividad básica de la vida diaria cuando no puede realizar la actividad, una discapacidad severa cuando tiene una gran dificultad para realizarla y una discapacidad moderada cuando la realiza con poca o ninguna dificultad.
49. Personas con discapacidad que reciben ayuda personal o técnica. De forma coherente con los datos antes descritos, más de 2 millones de personas con alguna discapacidad reciben asistencia, supervisión o cuidados personales y casi 1/5 millones ayudas técnicas.
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53. En educación se establece un criterio normalizador, según el cual el «minusválido» se integrará en el sistema ordinario, recibiendo en su caso el apoyo y los recursos necesarios.
54. El establecimiento de políticas de empleo que tendrán como finalidad primordial la plena integración en el mercado laboral
55. El derecho a la prestación de servicios sociales referidos a orientación familiar, in~ formación y orientación, atención domiciliaria, residencias y hogares comunitarios, actividades culturales, deportivas, ocio y tiempo libre.
56. Medidas sobre accesibilidad al medio físico y transporte público colectivo. En el tema de las políticas sociales se debe ir más lejos que el tradicional planteamiento referido a la integración de la persona con discapacidad en la sociedad y dirigirse hacia la inclusión en el diseño de una sociedad formada por todos y con iguales derechos para todos Es decir, la persona con discapacidad es un ciudadano más, con iguales derechos y los poderes públicos deben de establecer las medidas oportunas para que puedan ejercer sus derechos.
59. Accesibilidad universal. Es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, y también los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para que sean comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible
61. Diálogo civil. Participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas oficiales desarrolladas en relación con las personas con discapacidad.
67. La igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en el ámbito del empleo y la ocupación. El Capítulo Segundo de la L10NDAU se ocupa de la regulación del derecho a la igualdad de oportunidades, considerando que se vulnera dicho derecho cuando se producen discriminaciones directas o indirectas El término discriminación hace referencia a una diferenciación subjetiva, irrazonable y desproporcionada que va en contra del principio de igualdad. Aunque no se indica en la Ley, cabe considerar que la discriminación directa hace referencia a los tratamientos diferenciados y desfavorables hacia una persona o grupo. A su vez, las discriminaciones directas pueden ser abiertas o encubiertas, de forma que en las abiertas la intención es patente y e/ara, mientras que en las encubiertas es más difícil demostrar la existencia de intencionalidad. Por su parte, la discriminación indirecta (que inicialmente surgió en relación con el tema de la igualdad de sexos) consiste en tratamientos inicialmente no discriminatorios pero que dan lugar a situaciones de desigualdad. Con respecto a las medidas de acción positiva, habitualmente se considera que no todas las medidas diferenciadoras son discriminatorias. De hecho los tratamientos diferenciados se establecen como medidas diferenciadoras que en contraposición a las medidas discriminatorias sí están justificadas.
68. El argumento redistributivo se basa en la necesidad de redistribuir los bienes sociales. Como resultado de todo lo anterior, se puede dar lugar al establecimiento de medidas contra la discriminación y medidas de acción positiva. La Ley 51/2003, en su artículo 6, considera medidas contra la discriminación «aquellas que tengan como finalidad prevenir ocorregir que una persona con discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta menos favorablemente que otra que no lo sea, en una situación análoga o comparable»; y, en su artículo 7, establece que estas medidas «podrán consistir en prohibición de conductas discriminatorias y de acoso, exigencias de accesibilidad y exigencias de eliminación de obstáculos y de realizar ajustes razonables». Se consideran medidas de acción positiva aquellos apoyos de carácter específico destinados a prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad. Cabe comentar que los apoyos complementarios no suelen causar ningún tipo de polémica, ya que no perjudican a otras personas o grupos. Sin embargo, más conflictivas pueden ser, en ocasiones, algunas medidas que pueden perjudicar a unos para beneficiar a otros. Posteriormente a la entrada en vigor de la LIONDAU, en Diciembre de 2003, se aprobó el II Plan de acción para las personas con discapacidad 2003-2007 que tenía como objetivo implantar, de forma progresiva, las nuevas garantías del derecho a la igualdad de oportunidades que se establecen en este Capítulo IIde la Ley. Dicho Plan tuvo continuidad en el IIIPlan de acción para las personas con discapacidad 2009-20 12 (Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad, 2009a).
75. Investigación, información y cooperación institucional. La Ley 49/2007, de 26 de diciembre, establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Pese a las considerables mejoras que ha supuesto la LIONDAU, especialmente en relación con la introducción de principios adecuados al modelo social de discapacidad y de los nuevos conceptos legales sobre la igualdad de oportunidades, también cabe indicar algunas deficiencias, como es el que la definición de persona con discapacidad está supeditada al reconocimiento administrativo del grado de minusvalía, no incluyendo situaciones de hecho.
76. Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia Más recientemente, se aprobó la Ley 3912006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, mediante la cual se establece el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, el cual se ha llegado a denominar como el cuarto pilar del Estado de Bienestar (junto con la sanidad, seguridad social y educación; lo cual es cuestionable) siendo presentado como complemento del Sistema de Seguridad Social en la protección social. El establecimiento de este sistema parte de la tendencia, generalizada durante las últimas décadas en el entorno occidental, a abandonar el planteamiento más tradicional en el que la familia, especialmente la mujer, asumía el papel de cuidador. Entre los motivos de este cambio podemos señalar: el problema del progresivo envejecimiento de la población, el incremento de la esperanza de vida, los cambios producidos en la institución de la familia (especialmente en lo referido a la incorporación de la mujer al mercado laboral), el incremento del número de personas que viven solas y la mayor visibilidad social de los déficit.
82. La utilización de un mismo baremo a nivel nacional, que tendrá entre sus referentes la CIF de la OMS, y que contará con unos criterios objetivos de valoración y un protocolo con los procedimientos y técnicas a utilizar.
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84. Inicialmente se excluye a los menores de 3 años, aunque posteriormente, en su disposición adicional decimotercera, establece un grado de protección más limitado para ellos.
97. El gasto que implica se compensaría, en parte, reduciendo el gasto sanitario.
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99. El bajo nivel de control sobre la atención recibida por la persona con discapacidad que puede desarrollar la Administración. Discapacidad y dependencia Es evidente que discapacidad y dependencia son términos que se sitúan muy próximos. Sin embargo, también existen importantes diferencias. Aunque existen varias definiciones sobre dependencia, podemos adoptar la del Consejo de Europa (1998) donde se identifica como «estado en el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen la necesidad de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos de la vida diaria». Personas en situación de dependencia han existido siempre, sin embargo este término ha adquirido en las últimas décadas una mayor relevancia. El envejecimiento de la población y el cambio en la institución de la familia han tenido mucha culpa. Con respecto a la discapacidad, aunque no existe una definición compartida en todos los ámbitos, puede adoptarse la establecida por la OMS en la CIF de 2001, en la que se entiende la discapacidad en función de la interacción entre la persona y el contexto en el que se desenvuelve.
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101. Adopta un planteamiento individualista, pues entiende la dependencia como una cuestión personal. Discapacidad y el movimiento de vida independiente Aunque en España no existe un auténtico Movimiento de Vida Independiente, sí existe un grupo que ha constituido desde 2001 un foro de vida independiente. El Movimiento de Vida Independiente está en la línea del modelo social, surgiendo durante los años 70 en EUA como un movimiento de lucha civil a favor del respeto a los derechos civiles de las personas con discapacidad. Los planteamientos propuestos desde este movimiento siguen representando en la actualidad retos considerables para el modelo social de la discapacidad, debido en gran medida a las reticencias existentes y a la lentitud que conlleva el influir en la cultura de las sociedades. Para comprender sus planteamientos se parte del establecimiento de dos dicotomías. Por un lado, la de personas dependientes y personas independientes y, por otro, la de personas autónomas y personas no autónomas. Así, la dependencia no se considera ligada a la necesidad de apoyos del usuario para realizar actividades de la vida diaria, pues dicho planteamiento va en contra de la CIF al asumir que el problema de la falta de autonomía se encuentra en la discapacidad y no en los recursos que permitan la autonomía personal.
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103. La autodeterminación del mayor número de personas con discapacidad, independientemente de su nivel funcional. El nivel de autonomía no debe ser impedimento para desarrollar una vida independiente, es decir, una vida ni institucionalizada ni gobernada por terceras personas. En el ámbito de la discapacidad intelectual es donde se sitúa la mayor problemática, debido a que no existe un límite claro desde el cual se pueda determinar la capacidad de la persona para decidir sobre su propia vida.
104. La dotación de medios y servicios para poder desenvolverse en la vida diaria en condiciones de igualdad y para garantizar la autonomía personal. En la mayoría de las ocasiones el entorno físico existente (espacios, productos y servicios) no se adapta a las diferentes funcionalidades de las personas, originando limitaciones en algunas de ellas y en su funcionamiento. En nuestro país se encuentra considerablemente difundida la terminología de vida independiente, generando además un movimiento social al respecto. Texto extraído de: Suárez Riveiro, José Manuel(2011).Discapacidad y contextos de intervención: Sanz y Torres