U.T.P.L.
Escuela: Ciencias Jurídicas
Materia: CODIGO CIVIL LIBRO IV
OBLIGACIONES Y CONTRATOS
Periodo: Octubre-2010-Febrero-2011
Ponente: Dra. Augusta Burneo Guerrero
1. 1
CODIGO CIVIL LIBRO IV
OBLIGACIONES Y CONTRATOS
ESCUELA: CIENCIAS JURIDIDCAS
PONENTE: Dra. Augusta Burneo Guerrero
alburneo@utpl.edu.ec
BIMESTRE: I BIMESTRE
CICLO: SEPTIEMBRE 2010 –FEBRERO 2011
2. 2
OBLIGACIÓN
DEFINICIÓN: Luis Parraguez Ruiz: “Un vínculo en virtud del cual una
persona llamada deudor queda en la necesidad de realizar una
determinada prestación, que puede consistir en dar, hacer, o no hacer, a
favor de otra determinada o acreedor, de tal manera que compromete todo
su patrimonio embargable en garantía del cumplimiento”
3. 3
CUALES SON LAS FUENTES DE LAS
OBLIGACIONES:
- El contrato
- El cuasicontrato
- El delito
- El Cuasitelito, y
- La ley
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Contrato: es un acto por el cual una parte se obliga para con
otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser
una o muchas personas. (Art. 1454 del CC)
Convención: Es el sinónimo de contrato
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CUASICONTRATO
Son una fuentes: “Las obligaciones nacen,
ya de un hecho voluntario de la persona
que se obliga, como en la aceptación de
una herencia o legado y en todos los
cuasicontratos”
-se caracterizan por la ausencia de la
voluntad de las partes –
Ejemplo el cuasicontrato de
comunidad: La comunidad de una cosa
universal o singular, entre dos o más
personas, sin que ninguna de ellas hayan
contratado sociedad o celebrado otra
convención relativa a la misma cosa, es
una especie de cuasicontrato
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DELITO Y EL CUASIDELITO
Antes que contratos representan fuentes de las
obligaciones, cuyos elementos los encontramos en los
actos ilícitos y las causas que originan su responsabilidad en
el dolo considerada como intención positiva de inferir injuria,
y en la culpa que es la falta de la diligencia o cuidado que
toda persona debe tener en sus actos.
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Como se clasifican los
contratos
Unilaterales
Bilaterales
gratuitos
onerosos
conmutativos
aleatorios
Principales
accesorios
real
solemne
consensual.
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Que entiende por contrato unilateral y
bilateral.
Unilateral.- Cuando una de las partes se
obliga para con otra que no contrae
obligación. Ejemplo.- Mutuo, comodato,
depósito, la prescripción.
Bilateral.- Cuando las partes contratantes
se obligan recíprocamente. Ejemplo.-
Compraventa, arrendamiento,
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Que entiende por contrato Gratuito y
oneroso.
Gratuito.- Cuando solo tiene por objeto la
utilidad de una de las partes sufriendo la
otra gravamen.- Ejemplo.- donaciones,
comodato
Oneroso.- Cuando tiene la utilidad ambos
contratantes, gravándose cada uno en
beneficio del otro.- Ejemplo.-
Compraventa: contrato en que una de las
partes se obliga a dar una cosa y la otra a
pagarla en dinero.
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Que son los contratos conmutativos y Aleatorios de un ejemplo
Conmutativos.- Igualdad de proporción en las obligaciones de las
partes, vale decir, que lo que da una es equivalente de lo que da la
otra. El beneficio que cada parte persigue se reputa proporcional o
equivalente al gravamen que soporta.- Ejemplo.- Compraventa,
arrendamiento.
Aleatorios.- Los caracteriza que sus efectos en lo tocante a las
ganancias de las partes celebrantes, dependen de un acontecimiento
incierto, de modo que no es posible apreciar su magnitud hasta que
dicho acontecimiento se verifique. Aleatorio del latín alea = que
significa juego de azar, suerte. Ejemplo. Contrato de Seguros.
12. De el concepto del Contrato Principal y el accesorio
con su ejemplo.
Principal.- Es el que subsiste por si mismo sin necesidad de otra convención,
es el que tiene vida propia e independiente Ejemplo la compraventa, la
sociedad, el arrendamiento.
(la sociedad: dos o más personas estipulan poner algo en común, con el
fin de dividir entre sí los beneficios que de ello provengan)
El accesorio.- Cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una
obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella, se caracteriza
porque su finalidad es garantizar el cumplimiento de una obligación.- Ejemplo.-
La fianza, la prenda, la hipoteca.
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El accesorio.- Cuando tiene por objeto
asegurar el cumplimiento de una
obligación principal, de manera que no
pueda subsistir sin ella, se caracteriza
porque su finalidad es garantizar el
cumplimiento de una obligación.- Ejemplo.-
La fianza, la prenda, la hipoteca.
PRENDA: contrato y derecho real por los
cuales una cosa mueble se constituye en
garantía de una obligación, con entrega de la
posesión al acreedor y derecho de éste para
enajenarla en caso de incumplimiento y
hacerse pago con lo obtenido.
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Porque un contrato es accesorio
Es accesorio, por cuanto este sigue la suerte del principal, por lo que
cuando se extingue la obligación principal se extingue la accesoria.
Ejemplo: Contrato de prenda
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Contratos Real, Solemne y Consensual con su ejemplos.
Real.- Es cuando para que sea perfecto es necesaria la tradición de la
cosa que se refiere. Es además necesario en este tipo de contratos el
consentimiento de las partes, la tradición o entrega de la cosa que es
objeto del contrato. Ejemplo.- Prenda común, Comodato.-
Solemne.- Cuando está sujeto a la observancia de ciertas
formalidades especiales, de manera que sin ellas no produce ningún
efecto civil.- Ejemplo.- Matrimonio, la hipoteca, la compraventa,
Adopción.
Consensual.- Cuando se perfecciona por el solo consentimiento.
Ejemplo: El matrimonio
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La adopción, el comodato, el matrimonio, la
prenda son contratos solemnes, reales o
consensuales.
La adopción.- Contrato solemne
El comodato. La adopción.- Contrato solemne
El comodato.- Contrato real
El matrimonio.- Contrato Solemne.
La Prenda.- Contrato real.
- Contrato real
El matrimonio.- Contrato Solemne.
La Prenda.- Contrato real.
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La donación.- Gratuito
La compraventa.- Oneroso
El arrendamiento.- Conmutativo
(Arrendador: mantenerla en estado de
servir para el a fin a que ha sido
arrendada, arrendatario no podrá hacerla
servir a otros objetos que los convenidos.
Conmutativo (cuando una de las partes se
obliga a dar o hacer una cosa que se mira como
equivalente a lo que la otra parte debe dar o
hacer a su vez)
Los contratos de seguros.- Aleatorio.
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Los contratos se distinguen por las cosas que son:
Por la esencia.-
Por su naturaleza.-
Accidentales.-
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Explique que son por esencia, por su naturaleza y los meramente
accidentales. De un ejemplo.
Por esencia.- Aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno o
degenera en otro contrato diferente. Las cosas de la esencia del contrato le dan
su fisonomía propia y características, le individualizan y lo distinguen de los otros.
Ejemplo La cosa y el precio son esenciales en la compraventa
Por su naturaleza.- Las que no siendo esenciales de él , se entienden
pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial..- Las partes no necesitan
estipular que el vendedor esta obligado al saneamiento y pueden convenir que no
lo esté. Habrá siempre compraventa, pero una compraventa sin garantía.-
Los meramente accidentales. Aquellos que sin necesidad ni naturalmente le
pertenecen y que se lo agregan por medio de cláusula especiales.- Ejemplo es
cosa accidental del contrato la estipulación de un plazo para efectuar el vendedor
la entrega de la cosa vendida o la facultad del comprador de pagar el precio por
cuotas.
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De conformidad a la legislación ecuatoriana
como se clasifican la obligaciones.
Civiles, Naturales,
condicionales y modales;
plazo,
Alternativas,
Facultativas,
de genero,
solidarias, divisibles e indivisibles
y con cláusula penal
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De el concepto sobre las obligaciones
civiles y la meramente naturales, con su
ejemplo.
Civiles.- Son aquellas que dan derecho a exigir su cumplimiento.-
Ejemplo.- Pago de una letra.
Naturales.- Son aquellas que no confieren derecho para exigir su
cumplimiento; pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha
dado o pagado en razón de ellas. Ejemplo.-El pago de una apuesta y
cuando se cumple y se paga la apuesta el que paga no tiene derecho a
reclamar
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De el concepto sobre las obligaciones condicionales
y modales, con su ejemplo.
Condicionales .- La obligación es condicional cuando esta dependa de
una condición, pudiendo ser esto un acontecimiento futuro o que puede
suceder o no.
Modales.- Son las obligaciones sometidas a cargas especiales, que en
parte disminuyen el activo económico o imponen limitaciones al objeto
materia de la prestación.
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Como se clasificación de las obligaciones condicionales. de su
concepto y un ejemplo.
Dividiéndose en Positiva y negativa; suspensiva y resolutoria;
potestativa, causal y mixta
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Dentro de la condición suspensiva al no
cumplirse el plazo de 15 años se
entenderá esta como.
Fallida
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Pedro le ofrece regalar $100.000 a Rosa pero si el Ecuador gana la Copa
Mundial de fútbol, muere Pedro y el ecuador gana el mundial. ¿ La
muerte del acreedor trasmite el derecho a los herederos? ¿ Porque?.
La muerte del acreedor no trasmite el derecho a sus sucesores, porque en
primer lugar la donación es un contrato personal.
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Según las obligaciones a plazo este puede ser, además de
señalarlos de su concepto y un ejemplo
Plazo convencional.- Es el fijado por el acuerdo de las partes
contratantes
Plazo Legal.- Es el que nos da la ley Art. 403, 2103
Plazo Judicial.- Es aquel que fija el juez, pero siempre y cuando la ley lo
faculte para hacerlo.- Art. 948
plazo determinado el mismo que se conoce perfectamente cuando
llegará; y,
el indeterminado es el hecho o acontecimiento que va a suceder pero
no se sabe cuando. ( la muerte)
Expreso.- Es el que se estipula o determina. Ejemplo.- El plazo
estipulado en cualquier contrato.
Tácito.- Es aquel que se establece necesariamente para cumplirlo.-
Ejemplo.- se compra un carro en el exterior y no se ha fijado la fecha de
entrega sino lo necesario para que este llegue a su destino final.-
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De el concepto sobre las obligaciones a Alternativas, con su
ejemplo
Son aquellas por las cuales se deben varias cosas, de tal manera
que la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las
otras.
Ejemplo.- Pedro debe pagar el precio de la compraventa,
entregando para ello su automóvil o la suma de $100.000.-
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De el concepto sobre las obligaciones Facultativas, con su
ejemplo
Es aquella que tiene por objeto una cosa determinada, pero
concediéndole al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra
que se designa.
Ejemplo.- se le renta una finca a Juan y este pagará $300.00 o lo
podrá hacer con la entrega de 150 litros de leche.-
30. Que diferencias existen entre las
obligaciones alternativas y facultativas.
Alternativas.- Se deben varias cosas distintas pero se
cumple con una.
Facultativas.- Se debe una cosa quedando a
disposición del deudor con cual cumplir la obligación.
Alternativas .- Puede escoger el acreedor si así se
estipula.
Facultativas.- Siempre elige el deudor
Alternativas.- Si la elección corresponde al deudor
acreedor puede exigir determinadamente cualquiera de
las cosas.
Facultativas.- El acreedor puede reclamar lo debido
31. Obligaciones de Genero, con su ejemplo
Es el conjunto de cosas o individuos que tienen
caracteres o cualidades comunes que los asemejan o
aproximan entre sí.
Son aquellas en que se debe indeterminadamente un
individuo de una clase o género determinado.
Ejemplo.- Convención por la cual una persona se
compromete a entregar un número determinado de
quintales de trigo.
32. Obligaciones Solidarias, con su ejemplo
Es aquella en que debiéndose una cosa
divisible y existiendo puridad de sujetos
activos o pasivos, cada acreedor esta
facultado para exigir el total de la
obligación y cada deudor puede ser
obligado a cumplirla íntegramente.
Ejemplo Juan presta $ 100 a ABC y Juan
cobra a cualquiera de los tres los $100
33. Identifique cuales son las fuentes de la
solidaridad
Testamentaria.- Cuando la ha
impuesto el testador.
Convencional.- Se ha pactado
expresamente entre las partes
Legal.- Cuando proviene del mandato
de la ley.
34. Como puede terminar la solidaridad
Con la muerte del deudor solidario
Renuncia de la Solidaridad.
35. La solidaridad puede ser de tres clases e
indique su concepto con ejemplo
Solidaridad Activa.- Varios acreedores y un solo deudor
Solidaridad Pasiva.- Un acreedor y varios deudores
Solidaridad Mixta.- Pluridad de acreedores y deudores
36. Obligaciones Divisibles e indivisibles
con ejemplo
Divisibles.- Son aquellas que tienen por objeto una
prestación susceptible de ser cumplida por las
partes, si que altere la esencia de la obligación.-
Ejemplo.- La división del dinero en varias partes, no
afectan la esencia.
Indivisibles.- Son las que consisten en prestaciones
que no pueden verificarse por partes sin alteración
de su esencia. Ejemplo.- La división de un carro, no
se lo puede partir, pero si idealmente dos acciones.-
37. La obligación con cláusula penal
NO debe tomarse la palabra penal en este
caso como referencia a la jurisdicción
penal, sino aquella en que se establece
una sanción pecuniaria para el caso de
retardo o incumplimiento de la prestación.
38. EFECTO DE LAS OBLIGACIONES
El efecto de las obligaciones es la
necesidad en que se encuentra el deudor
de cumplir su prestación y los derechos
que tiene el acreedor para obtener el
cumplimiento de lo estipulado.
El incumplimiento de las obligaciones en
general produce efectos, de tal forma
que el acreedor tiene derecho a que sus
codeudores le indemnicen con las partes
que a cada uno corresponda.
39. LA INTERPRETACION DE LOS
CONTRATOS
En el contrato o convención lo que
interesa es la intención de los
contratantes sin poderse interpretar de
diferente forma lo establecido en el
contrato. Por general que sean los
términos de los contratos siempre
debemos estar a lo contratado, y no se
puede realizar otra cosa diferente a lo
que conste en el contrato
40. MODOS DE EXTINGUIR LAS
OBLIGACIONES
Se entiende por modos de extinguir las
obligaciones aquellos actos y hechos
jurídicos en virtud de los cuales se
disuelve o extingue el vínculo obligatorio
que une al deudor y al acreedor.
41. La resciliación
Modo de extinguir las obligaciones
mediante un acuerdo de voluntades
entre el acreedor y el deudor que
están en capacidad legal para
disponer libremente de lo suyo.
42. Por la solución o pago efectivo
El pago efectivo es la prestación de lo
que se debe, es decir en cumplir la
obligación tal como ha sido
concebida.
43. Por la novación
Se extingue una obligación
preexistente, por la creación de una
nueva obligación que sustituye a la
primera.
44. Por la transacción
Es un contrato en que las partes
terminan extrajudicialmente un litigio
pendiente, o precaven en un litigio
eventual.
45. Por la remisión
Es un modo de extinguir las obligaciones,
le hace al acreedor al deudor. Este tiene
que dar, hacer o no hacer algo en
provecho de aquel, quien, en un
momento dado, con ánimo de
beneficencia, libera a su deudor de la
prestación debida
46. Por la compensación
Cuando dos personas son deudoras una de
otra, se opera entre ellas una compensación
que extingue ambas deudas.
Es la extinción de dos obligaciones recíprocas,
entre unas mismas personas, hasta
concurrencia de la de menos valor, de manera
que hace inútil el pago efectivo que de otro
modo tendría que hacerle una a la otra.
47. Por la pérdida de la cosa que se
debe
Cuando el cuerpo cierto que se debe
perece, o porque se destruye, o porque
deja de estar en el comercio, o porque
desaparece y se ignora si existe, se
extingue la obligación.
48. Por la declaración de nulidad
o por la rescisión
Es nulo todo acto o contrato que falta
alguno de los requisitos que la ley
prescribe para el valor del mismo acto o
contrato, según su especie y la calidad o
estado de las partes.
49. POR LA PRESCRIPCIÓN
La prescripción es un modo de adquirir
las cosas ajenas o de , extinguir o de
extinguir las acciones o derechos ajenos,
por haberse poseído las cosas o no
haberse ejercido dichas acciones y
derechos durante cierto tiempo.
50. Por la confusión
Cuando concurren en una misma persona
las calidades de acreedor y deudor, se
verifica de derecho una confusión que
extingue la deuda y surte iguales efectos
que el pago.
51. De la prueba de las obligaciones
Consisten en instrumentos públicos o
privados, testigos, presunciones,
confesión de parte, juramento deferido,
inspección personal del juez, y dictamen
de peritos o de interpretes.