El documento presenta un resumen de las principales escuelas penales y su influencia en las legislaciones positivas. La Escuela Clásica, representada por Beccaria, enfatizó la libertad individual y la proporcionalidad de la pena. La Escuela Positivista italiana, con Lombroso y Ferri, adoptó un enfoque antropológico y biológico. La Escuela de la Política Criminal alemana de Von Liszt intentó conciliar ambas escuelas. Las legislaciones de países latinoamericanos reflejan la influencia de la Esc
4. CIENCIA Concepto Vulgar .- Es un conocimiento de tradición y no de reflexión. Concepto más Desarrollado .- Es un método que lleva a nuevos conocimientos para formar un conjunto particular del saber humano. Concepto Actual .- Un método para el conocimiento de verdades materiales e inmateriales. “ Conjunto coherente de conocimientos relativos a ciertas categorías de hechos, de objetos o de fenómenos”.
6. NOCIONES PREVIAS DE REALIDADES INTERRLACIONADAS CON ESTA CIENCIA Métodos de enseñanza aprendizaje: 1. Inductivo: Fenómenos (técnica) Análisis (Procedimiento) Enunciado General 2. Deductivo: Enunciado General, Leyes y Reglas Aplicación Fenómenos. 3. Instituciones: Estudio del Derecho y realidades conexas sobre un conjunto de leyes referidas a una materia determinada. 4. Comparativo: Acercamiento de la inteligencia a dos o más realidades o materias jurídicas.
7. NOCIONES PREVIAS DE REALIDADES INTERRELACIONADAS CON ESTA CIENCIA El delincuente La herencia genética El medio ambiente El delito Ley penal Prevención delictiva Corrección delictiva La Ciencia Penal se integra con todas estas Teorías Explicativas. Conjunto sistemáticos de principios relativos al delito y a la pena.
8. UNIDAD 2 LA CIENCIA O CIENCIAS PENALES Y SUS DISCIPLINAS AUXILIARES
9.
10. 3. Sociología Criminal: Estudia al hecho o fenómeno social llamado delincuencia. 4. Psicología Criminal: Se enfoca en los problemas que tienen que ver con la conducta irregular del hombre que bordea el campo delictivo. 5. Medicina Legal: El estudio de los problemas médicos relacionados con la justicia. 6. Psiquiatría Médico Legal: Estudia las cuestiones legales vinculadas con los alienados.
11. 7. Criminalística: se ocupa del descubrimiento y verificación científica de los presuntos hechos delictuosos y de quienes los cometen. 8. Estadística aplicada al campo penal: Registro numérico de los hechos sociales llamados delitos, penas, autores, etc. Elementos del sistema de administración de justicia penal. 9. Política Criminal: Fija las finalidades del Estado en su actividad de prevención y sanción del delito.
12. PARTE II LA CONDUCTA DELICTIVA COMO SUMATORIA DE LA HERENCIA Y LA INFLUENCIA DEL ENTORNO
13. UNIDAD 1: EL COMPORTAMIENTO DELICTIVO COMO PROYECCIÓN DE LA HERENCIA Código Genético: Conjunto de genes y orden que estos ocupen Estructura y propiedades del nuevo organismo
14. Herencia: Transmisión de cualidades o caracteres a los hijos mediante los padres. Comportamiento: Acción o reacción que un ser viviente manifiesta con respecto al ambiente.
15. UNIDAD 2: LOS CONDICIONAMIENTOS FÍSICOS, SOCIALES, ECONÓMICOS E INFORMÁTICOS
16. Factores Físicos: Geografía Factores Sociales: Ser interacción La familia. La pandilla. Instrucción sin educación en valores. Violencia Económica Medios Informáticos: Medios de comunicación social, TV, Internet ¡VIOLENCIA!
18. UNIDAD 1: ALGUNOS CONCEPTOS DE DERECHO Vulgar: DIRECTUM BIEN JUSTITIA El Derecho está referido a la justicia, la ley, la virtud y la conducta recta. Sociológico: El Derecho es una simple manifestación de la conciencia colectiva. Técnico Jurídico: Un conjunto de reglas de acción que coordinan las relaciones de los hombres entre sí.
19. UNIDAD 2: EL DERECHO PENAL Naturaleza Las leyes aunque no sean penales, por su esencia, llevan una amenaza para el caso de desobediencia El elemento más característico de la ley penal es el castigo o pena. Características Fundamentales: Normativo, valorativo y sancionador. Carácter preventivo
20. Ciencia o Disciplina Jurídica Tiene como objeto de estudio al delito, delincuente y pena. Como Ley Es el estudio objetivo del Derecho Penal desde las normas jurídicas tomadas como mandatos, cuyos elementos son: el supuesto hecho y una afirmación de Derecho. Las normas se expresan en leyes y éstas contenidas en códigos.
21. Como facultad moral Punto de vista subjetivo, desde la facultad moral de sancionar
23. UNIDAD 1: ESCUELA PENAL CLÁSICA BECCARIA: “No hay delito, ni pena sin una ley anterior que los establezca”. CARRARA: El delito es una realidad creada por el Derecho (Ente Jurídico). Es una escuela jurídica cuya raíz es la filosofía penal. Tiene ideas de transformación.
24. Postulados: Libre albedrío: Responsabilidad moral y penal. Imputabilidad: Inteligencia para comprender, libertad para elegir y voluntad para decidir. Inimputabilidad: No actuar inteligente y libremente. El que delinque hace mal uso de su libertad: pena privativa de la libertad. Pena: rehacer el orden alterado por el delito, tutela jurídica. Debe ser proporcional
25. UNIDAD 2: ESCUELA PENAL POSITIVISTA Escuela Italiana Representantes: César Lombroso, Enrique Ferri, Rafael Garófalo. Enfatiza el punto de vista antropológico y deja el filosófico jurídico. Le interesa el estudio del hombre delincuente. Permite la aplicación del método científico.
26. Postulados: Determinismo, niega el libre albedrío. La ley de la causalidad se cumple en el plano físico, biológico y psicológico. Acto delictivo: Sólo cumple disposiciones de factores determinantes de la conducta, los mismos que pueden ser biológicos o del entorno. La sanción es necesaria para defender a la sociedad. Defensa social como justificativo y basamento de la pena. Aplicación de la pena según condiciones personales del delincuente.
28. UNIDAD 1: ESCUELA DE LA POLÍTICA CRIMINAL ALEMANA Representante: Franz Von Liszt Influencia de las dos escuelas anteriores. Es una escuela eminentemente ecléctica.
29. Postulados: Su rol es conciliador. No confundir Derecho Penal con Sociología Criminal. Conserva la imputabilidad moral, rechaza el libre albedrío. El delito es un fenómeno natural y es social porque aparece en el grupo donde el hombre forma parte. Realidad material y social, de Derecho (ente jurídico) Combate a la criminalidad: Penas y medidas de seguridad.
30. UNIDAD 2: TERCERA ESCUELA POSITIVISMO CRÍTICO Postulados: Separar: Derecho Penal y Sociología Criminal. No hay criminal nato ni enfermo. El delito aparece como consecuencia de causas sociales. No hay libre albedrío. Clasificación delincuente: Imputables e inimputables. Penas arma de la sociedad, prevención del delito.
31. UNIDAD 3: ESCUELA TÉCNICO JURÍDICA Representantes: Carlos Binding y Carnelutti. Postulados: Estudio formal del delito. Liberarse de la influencia filosófica del clasicismo y de las premisas biosociológicas del positivismo. Fijar objetivos a la Ciencia Penal. Método Lógico Abstracto para elaboración de normas. Diferenciar entre imputable e inimputable. Al delito, como fenómeno jurídico, debe encargarse el derecho positivo.
32. Postulados: La Antropología y Sociología Criminales deben encargarse del delito en sus dimensiones sociales e individuales. El hecho delictivo tiene sus orígenes sociológicos y antropológicos. El delito tiene carácter jurídico y la pena es la reacción jurídica contra el delito.
34. UNIDAD 1: INFLUENCIA DE LA ESCUELA CLÁSICA Código Penal Francés, España, Latinoamérica y por ende Ecuador con lentas transformaciones. Bélgica, Italia, Suecia, Austria, Alemania y Portugal. UNIDAD 2: INFLUENCIA DE LA ESCUELA POSITIVISTA Proyecto Código Penal de Italia no tuvo vigencia. Proyecto Ortiz (Cuba) Call y Gómez (Argentina). Código Soviético.