4. En la formación oferta podrán participar Trabajadores ocupados Trabajadores desempleados Proporción determinada por la Administración competente En la formación en alternancia con el empleo podrán participar Trabajadores contratados para la formación Trabajadores desempleados En base a la normativa específica reguladora de los contratos
5. FORMACIÓN EMPLEADOS PÚBLICOS los planes de formación intersectoriales previstos en el artículo 24.1, con el límite que dicho precepto establece. Podrán participar Formación empleados públicos Planes específicos establecido en los acuerdos de formación que se suscriban en el ámbito de las Administraciones Públicas. A través de
6. GARANTIZAR ACCESO A LA FORMACIÓN Podrán tener prioridad para participar en las acciones formativas De acuerdo a los planes de ejecución de la Estrategia Europea de Empleo y de los Programas Operativos del Fondo Social Europeo. Mujeres Jóvenes Personas con discapacidad Afectados y víctimas del terrorismo Afectados y víctimas violencia de género Desempleados de larga duración Mayores de 45 años Personas en riesgo de exclusión social Garantizar el acceso a la formación Trabajadores Dificultades de inserción Dificultades de mantenimiento en el mercado de trabajo
7. En base a lo establecido en los Programas Operativos del Fondo Social Europeo y las Administraciones competentes en el marco de la planificación prevista en el artículo 21 y en sus respectivas programaciones . Podrán tener prioridad para participar en las acciones formativas Trabajadores ocupados pertenecientes a los siguientes colectivos Trabajadores de la pequeña y mediana empresa Mujeres Afectados y víctimas del terrorismo Afectados y víctimas de la violencia de género Mayores de 45 años Trabajadores con baja cualificación Personas con discapacidad