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LA ADOPCIÓN
Tannia Medina
Segundo “C”
INDICE
   INTRODUCCIÓN
   LA ADOPCIÓN
    SUSTENTACIÓN LEGAL
   LA ADOPCIÓN PLENA
    SUSTENTACIÓN LEGAL
   ADOPCIÓN INTERNACIONAL
    CONVENIOS SUSCRITOS DE ADOPCIÓN
      INTERNACIONAL
   DECLARATORIA DE ABANDONO
INTRODUCCIÓN:
 Desde tiempos remotos los Estados se han
 preocupado por los derechos del niño.

 Para  solucionar el problema de los niños
 abandonados surge la adopción de los
 menores desde tiempos antiguos antes de
 Cristo.
Es la creación de una filiación
                             artificial por medio de un acto
LA ADOPCIÓN               condición, en el cual se hace de un
                           hijo biológicamente ajeno, un hijo
                                           propio.




  En consecuencia el
 adoptado adquiere la             ETIMOLOGIA:
   calidad de hijo del
  adoptante y deja de        Proviene de la palabra
pertenecer a su familia         latina "Adoptio".
     consanguínea
Sustentación legal:
   Art.314.- Definición

   La adopción es una institución en virtud de la cual
    una persona, llamada adoptante, adquiere los
    derechos y contrae las obligaciones de padre o
    madre, señalados en este Titulo, respecto de un
    menor de edad que se llama adoptado.

   Solo para los efectos de la adopción se tendrá
    menor de edad al que no cumple 21 años.
LA ADOPCIÓN PLENA:
• El adoptante tiene que                                  • En Ecuador, la
  reunir unos requisitos                                    regulación pertinente se
  más exigentes que en                                      encuentra en el Código
                            Los efectos generales de
  la adopción simple,                                       de la Niñez y
                             la adopción plena, por lo
  donde no existe                                           Adolescencia.
                                  que existe solo la
  sustitución automática
                              adopción plena, lo que
  de apellidos ni el hijo
                            conllevaría a la trasmisión
  adoptado
                                de apellidos y en el
                                aspecto sucesorio a
                               participar de heredero
                                 legitimo en todo lo
                              referente a la sucesión
Sustentación legal:
   Art 152.- Adopción Plena

   La ley admite solamente la
    adopción plena, en virtud de
    la cual se establecen entre el
    o los adoptantes y el
    adoptado todos los derechos,
    atributos, deberes,
    responsabilidades,
    prohibiciones, inhabilidades e
    impedimentos propios de la
    relación parento filial
No existe sustitución
ADOPCIÓN SIMPLE:            automática de apellidos




                             El orden de sucesión
Ni el hijo adoptado ocupa
                             testamentaria con los
      un lugar similar
                                hijos naturales.
Requisitos para la ADOPCIÓN:
Requisitos mínimos para poder adoptar:

   Una edad mínima del adoptante que suele superar la de la
    mayoría de edad y, en ocasiones, una edad máxima.

   Plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles.

   No ser tutor en ejercicio del adoptado.
Sustentación legal:
Art. 159.- Requisitos de                   Art. 24.-
los adoptantes.-
   Los candidatos a adoptantes           El domicilio legal del jefe de
    deben cumplir los siguientes           la familia se extiende a la
    requisitos:                            mujer y a los hijos no
   Estar    domiciliados   en    el       emancipados, y el tutor o
    Ecuador o en uno de los                curador o los menores o
    estados con los cuales el
    Ecuador       haya      suscrito
                                           incapacitados      bajo     su
    convenios de adopción;                 guarda, si no dispone lo
   Ser legalmente capaces;                contrario    la    legislación
   Estar en pleno ejercicio de los        personal de aquellos a
    derechos políticos;                    quienes se atribuye el
   Ser mayores de veinticinco             domicilio de otro.
    años.
Unidad
                                     Instituciones
              FASE ADMINISTRATIVA:

                                      Asignación
FASES DE LA
 ADOPCIÓN
                                       Familiar.

                FASE JUDICIAL:
                                      La fase donde se
                                     legisla el proceso.
Adopción
Internacional:
                                   Se considera adopción internacional
                                    aquella en la que los candidatos a
                                    adoptantes, cualquiera que sea su
                                     nacionalidad, tienen su domicilio
                                  habitual en otro Estado, con el que el
  Según el Código de la Niñez y   Ecuador haya suscrito un convenio de
  Adolescencia se entiende por:                  adopción



                                             En caso de no estar
                                          domiciliado en su país de
                                         origen, el solicitante deberá
                                           acreditar una residencia
                                        mínima de tres años en otro
    Art. 180.- Adopción                  país con el que el Ecuador
                                        haya suscrito un convenio de
       Internacional                              adopción.
CONVENIOS SUSCRITOS DE
 ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 Convención Interamericana sobre los Conflictos de
 Leyes en material de Adopción de menores,
 celebrada en La Paz, Bolivia, en mayo de 1984.

 Convención sobre la protección de Menores y la
 Cooperación en Materia de Adopción Internacional,
 adoptada en La Haya, Países Bajos, el 19 de Mayo
 de 1993.

 Convenciónsobre los Derechos del Niño de la ONU,
 adoptada en Nueva York el 20 de Noviembre de 1989
El Juez sólo
                               podrá declarar
                                que un niño,
                                   niña o
  Art. 158.-                    adolescente
Aptitud legal                  está en aptitud
  del niño,                    legal para ser
   niña o                         adoptado
adolescente     DECLARATORIA
  para ser
 adoptado.-     DE ABANDONO:
FASE JUDICIAL:
Se inicia con la calificación de
la demanda que consta.
En donde nos menciona los
fundamentos de hecho, de
conformidad a lo dispuesto en
el Código de la Niñez y
Adolescencia.
SENTENCIA
                               OTORGADA POR
                            JUZGADO PRIMERO DE
                                  LA NIÑEZ Y
                              ADOLESCENCIA DE
                                TUNGURAHUA:


2.- Se priorizará la
adopción nacional
      sobre la                                        Art. 153.-
 internacional. La                                 Principios de la
     adopción                                        adopción.-
internacional será
    excepcional




            1.- Se recurrirá a la          La adopción se
          adopción cuando se                 rige por los
          hubieren agotado las
          medidas de apoyo a                  siguientes
              la familia y de                 principios
           reinserción familiar;            específicos:
MARGINACIÓN EN EL
REGISTRO CIVIL:
 Lasentencia               Art. 176.- Inscripción en
                             el Registro Civil
 debidamente              La sentencia que conceda
 ejecutoriada se          la adopción deberá
                          inscribirse en el Registro
 deberá Inscribir en la   Civil, para que se cancele
 Oficina de Registro      el registro original de
                          nacimiento, mediante una
 Civil conforme los       anotación marginal que dé
 dispone el Código de     cuenta de la adopción, y se
                          practique un nuevo registro
 la Niñez y               en el que no se mencionará
 Adolescencia             esta circunstancia
Según lo dispuesto
en el Código de la
      Niñez y
  Adolescencia
BIBLIOGRAFÍA

 Código   de la Niñez y Adolescencia

 Código   Civil

 Código   Internacional de Derecho Privado

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  • 2. INDICE  INTRODUCCIÓN  LA ADOPCIÓN SUSTENTACIÓN LEGAL  LA ADOPCIÓN PLENA SUSTENTACIÓN LEGAL  ADOPCIÓN INTERNACIONAL CONVENIOS SUSCRITOS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL  DECLARATORIA DE ABANDONO
  • 3. INTRODUCCIÓN:  Desde tiempos remotos los Estados se han preocupado por los derechos del niño.  Para solucionar el problema de los niños abandonados surge la adopción de los menores desde tiempos antiguos antes de Cristo.
  • 4. Es la creación de una filiación artificial por medio de un acto LA ADOPCIÓN condición, en el cual se hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio. En consecuencia el adoptado adquiere la ETIMOLOGIA: calidad de hijo del adoptante y deja de Proviene de la palabra pertenecer a su familia latina "Adoptio". consanguínea
  • 5. Sustentación legal:  Art.314.- Definición  La adopción es una institución en virtud de la cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, señalados en este Titulo, respecto de un menor de edad que se llama adoptado.  Solo para los efectos de la adopción se tendrá menor de edad al que no cumple 21 años.
  • 6. LA ADOPCIÓN PLENA: • El adoptante tiene que • En Ecuador, la reunir unos requisitos regulación pertinente se más exigentes que en encuentra en el Código Los efectos generales de la adopción simple, de la Niñez y la adopción plena, por lo donde no existe Adolescencia. que existe solo la sustitución automática adopción plena, lo que de apellidos ni el hijo conllevaría a la trasmisión adoptado de apellidos y en el aspecto sucesorio a participar de heredero legitimo en todo lo referente a la sucesión
  • 7. Sustentación legal:  Art 152.- Adopción Plena  La ley admite solamente la adopción plena, en virtud de la cual se establecen entre el o los adoptantes y el adoptado todos los derechos, atributos, deberes, responsabilidades, prohibiciones, inhabilidades e impedimentos propios de la relación parento filial
  • 8. No existe sustitución ADOPCIÓN SIMPLE: automática de apellidos El orden de sucesión Ni el hijo adoptado ocupa testamentaria con los un lugar similar hijos naturales.
  • 9. Requisitos para la ADOPCIÓN: Requisitos mínimos para poder adoptar:  Una edad mínima del adoptante que suele superar la de la mayoría de edad y, en ocasiones, una edad máxima.  Plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles.  No ser tutor en ejercicio del adoptado.
  • 10. Sustentación legal: Art. 159.- Requisitos de Art. 24.- los adoptantes.-  Los candidatos a adoptantes  El domicilio legal del jefe de deben cumplir los siguientes la familia se extiende a la requisitos: mujer y a los hijos no  Estar domiciliados en el emancipados, y el tutor o Ecuador o en uno de los curador o los menores o estados con los cuales el Ecuador haya suscrito incapacitados bajo su convenios de adopción; guarda, si no dispone lo  Ser legalmente capaces; contrario la legislación  Estar en pleno ejercicio de los personal de aquellos a derechos políticos; quienes se atribuye el  Ser mayores de veinticinco domicilio de otro. años.
  • 11. Unidad Instituciones FASE ADMINISTRATIVA: Asignación FASES DE LA ADOPCIÓN Familiar. FASE JUDICIAL: La fase donde se legisla el proceso.
  • 12. Adopción Internacional: Se considera adopción internacional aquella en la que los candidatos a adoptantes, cualquiera que sea su nacionalidad, tienen su domicilio habitual en otro Estado, con el que el Según el Código de la Niñez y Ecuador haya suscrito un convenio de Adolescencia se entiende por: adopción En caso de no estar domiciliado en su país de origen, el solicitante deberá acreditar una residencia mínima de tres años en otro Art. 180.- Adopción país con el que el Ecuador haya suscrito un convenio de Internacional adopción.
  • 13. CONVENIOS SUSCRITOS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL  Convención Interamericana sobre los Conflictos de Leyes en material de Adopción de menores, celebrada en La Paz, Bolivia, en mayo de 1984.  Convención sobre la protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 19 de Mayo de 1993.  Convenciónsobre los Derechos del Niño de la ONU, adoptada en Nueva York el 20 de Noviembre de 1989
  • 14. El Juez sólo podrá declarar que un niño, niña o Art. 158.- adolescente Aptitud legal está en aptitud del niño, legal para ser niña o adoptado adolescente DECLARATORIA para ser adoptado.- DE ABANDONO:
  • 15.
  • 16. FASE JUDICIAL: Se inicia con la calificación de la demanda que consta. En donde nos menciona los fundamentos de hecho, de conformidad a lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia.
  • 17. SENTENCIA OTORGADA POR JUZGADO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TUNGURAHUA: 2.- Se priorizará la adopción nacional sobre la Art. 153.- internacional. La Principios de la adopción adopción.- internacional será excepcional 1.- Se recurrirá a la La adopción se adopción cuando se rige por los hubieren agotado las medidas de apoyo a siguientes la familia y de principios reinserción familiar; específicos:
  • 18. MARGINACIÓN EN EL REGISTRO CIVIL:  Lasentencia  Art. 176.- Inscripción en el Registro Civil debidamente La sentencia que conceda ejecutoriada se la adopción deberá inscribirse en el Registro deberá Inscribir en la Civil, para que se cancele Oficina de Registro el registro original de nacimiento, mediante una Civil conforme los anotación marginal que dé dispone el Código de cuenta de la adopción, y se practique un nuevo registro la Niñez y en el que no se mencionará Adolescencia esta circunstancia
  • 19. Según lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia
  • 20. BIBLIOGRAFÍA  Código de la Niñez y Adolescencia  Código Civil  Código Internacional de Derecho Privado