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 Definición
 Características Generales
 Resultados: Personas Morales inscritas 2002-2009
 Características de Empresas Fachadas detectadas
por el Modelo
Contenido
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Definición
Es una empresa aparentemente legal que encubre, como una
pantalla, actividades ilegales y que generalmente existe
solamente en el papel. Pueden ofrecer la cobertura
confidencial de una sociedad anónima, disfrazando a sus
verdaderos dueños por medio de una representación nominal
tanto para los accionistas como para los directores.
Existen varios esquemas de operación: pueden crearse para
realizar actividades de “Lavado de Dinero”, para elusión de
pago de impuestos bajo “Esquemas de Sustitución Laboral” o
para la disminución de la base gravable de pago de
impuestos con la “Venta de Comprobantes Fiscales”.
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Características
Por medio de investigaciones y auditorías se han detectado
las características que poseen estas empresas:
1. Efectivo en caja < 100,000 pesos
2. Valor del activo en ejercicio < 500,000 pesos
3. Sueldos y salarios = “0”
4. No presentan pagos ó en general son muy pequeños
5. Tienen pérdidas por años consecutivos
6. Realizan como máximo 3 declaraciones
Por su constitución:
7. Emiten comprobantes fiscales
8. Domicilio fiscal coincidente con otros contribuyentes
9. Representante Legal coincidente con otros
contribuyentes
10. No realizan operaciones de comercio exterior
5
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De un total de 401,747 Contribuyentes Personas Morales que fueron
constituidos en el período 2002-2009, que además han declarado (al menos
una vez en todo el período), se estima que cerca del 80% del total de
Contribuyentes poseen de 4 a 8 características de Empresa Fachada.
Nos enfocaremos solamente en aquellos que cumplan con 9 y 10
características.
Resultados: Características de PM inscritas en el período 2002-2009.
6
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6 Comercio, restaurantes
y hoteles
29.2
8 Servicios
financieros, seguros, activ
idades inmobiliarias y de
alquiler
28.0
9 Servicios
comunales, sociales y
personales
18.3
5 Construcción
10.2
3 Industria Manufacturera
6.5
7 Transporte, almacenaje
y comunicaciones
4.2
1- Agropecuario
Silvicultura y Pesca
2.4
2 Minería
0.9 4 Electricidad gas y
agua
0.3
Empresas Fachada por Sector Económico
Valores
expresados en %
Análisis de EF: 9 y 10 características
En el gráfico se observa que alrededor del 85% de las EF detectadas se desempeñan
principalmente en los Sectores de: Comercio, Restaurantes y Hoteles; Servicios
Financieros, Seguros, Actividades inmobiliarias y de Alquiler; Servicios
Comunales, Sociales y Personales y Construcción.
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34.15
14.80
43.27
0.01
0.01
7.75
Localizado No localizado
En proceso de verificación Confirmacion de domicilio
Probable no localizado Domicilio sin verficar
Se observa que sólo el 34.15% de las Empresas Fachada detectadas por el modelo
cuentan con domicilio localizado, el restante 65.85% no han sido localizadas.
Análisis de EF: 9 y 10 características
Situación del Domicilio
8
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D.F.
10, 2.66%
San Pedro G.
G.
11, 2.56%
6, 5.48%
Zapopan
Guadalajara
Mérida
9, 2.83%
3, 7.48%
Centro DF
Cancún
8, 3.77%
Norte DF
1, 9.37%
Sur DF2, 7.62%
4, 6.33%
Naucalpan
Oriente DF
5, 5.62%
7, 5.15%
Monterrey
12, 2.22%
Guadalupe
Localización 9 y 10 características
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Con base a los resultados obtenidos se detectó que las Empresas
Fachada no necesariamente cuentan con las 10 características que
las definían, sino que pueden tener menos, esto revisando los casos
de Empresas Fachadas ya auditadas.
10
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Esquemas Abusivos
de Sustitución
Laboral
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Antecedentes
A partir del año 2000 se ha incrementado de forma considerable la creación de diversas sociedades
(cooperativas, sociedades en nombre colectivo, sociedades civiles particulares, empresas integradoras,
sindicatos); toda vez que algunos asesores ofrecen estos esquemas con la finalidad de que las
organizaciones disminuyan cargas financieras e impositivas derivadas de la relación laboral con sus
trabajadores y eviten posibles contingencias laborales (pago de reparto de utilidades, impuestos
federales y locales, aportaciones de seguridad social).
La conducta de evasión consiste en transferir a los trabajadores de las empresas a estas sociedades,
convirtiéndolos en socios cooperativitas o industriales, a los cuales se les realizan pagos por concepto de
previsión de social o alimentos mismos que indebidamente se consideran deducibles, asimismo el
socio no acumula el ingreso proveniente de dichos pagos.
Es importante señalar que los socios (antes trabajadores) siguen laborando en las instalaciones de la
empresa con los mismos horarios, reglamentos y funciones.
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Antecedentes
Entre los principales clientes que utilizan estos esquemas, se encuentran centros
educativos, empresas de limpieza, mantenimiento y vigilancia, constructoras,
equipos y asociaciones de futbol, clubes de golf, fabricantes de zapatos,
distribuidoras y ensambladoras de coches, empresa de telefonía celular, cadenas
de hoteles, restaurantes, aerolíneas y servicios turísticos complementarios.
Derivado de la anterior, se han realizado diversas acciones de fiscalización, con la
finalidad de erradicar por completo estos esquemas.
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NORMAL CON PLANEACIÓN
Persona
Moral Trabajadores
Contrata a
Paga sueldos,
salarios
Realizan trabajo
La Persona Moral realiza lo siguiente:
a) Registro de los trabajadores ante Servicio de
Administración Tributaria, Instituto
Mexicano del Seguro Social, Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores.
b) Pago de las aportaciones al IMSS, INFONAVIT.
c) Pago de prestaciones (vacaciones, aguinaldo).
d) El cálculo y pago de los impuestos (2% sobre
nómina), finiquitos y liquidaciones.
e) Pago de Participación de los Trabajadores en
las Utilidades.
f) Retención y entero de contribuciones
Persona
Moral
Sociedad simulada
• Sociedad Cooperativa
• Sociedad en Nombre Colectivo
• Sociedad Civil Particular
Socios
Factura servicios
Paga por servicios
Solicita servicios vía contratos
Paga a los
socios
Prestan
servicios
Con el esquema se evade el pago de:
a) Impuestos federales y locales
b) Cuotas obrero patronales
c) Aportaciones de vivienda
d) Reparto de utilidades
Esquema de operación
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Esquemas de evasión
SOCIEDADES COOPERATIVAS.
 Un despacho de asesores “constituye”, en papel, una sociedad cooperativa, la
cual carece de infraestructura, activos y personal.
 El despacho ofrece a las empresas transferir su planta laboral a la sociedad
cooperativa, en la cual los trabajadores son considerados como socios
cooperativistas.
 Los supuestos socios, siguen laborando en las instalaciones de la empresa
(mismos horarios, reglamentos y funciones) y reciben por sus servicios pagos por
concepto de previsión social, los cuales las sociedades cooperativas consideran
indebidamente deducibles.
 La sociedad cooperativa factura por la prestación de servicios a la empresa
(antes patrón), quien deduce el pago efectuado a la cooperativa.
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S en NC, S en CS, SCP, SCU,
• Los asesores prestan servicios de suministro de personal, incorporando a los trabajadores,
directivos o accionistas de sus clientes como socios industriales de la Sociedad en Nombre
Colectivo o de la Sociedad Civil Particular del estado de Yucatán, a quienes les realizan
pagos por concepto de alimentos mismos que esta persona moral indebidamente hace
deducibles, disminuyendo o eliminando su base gravable y con esto evita el pago de
impuestos.
• Por otro lado, los socios industriales (personas físicas) no pagan impuestos sobre los
recursos recibidos por concepto de alimentos, porque indebidamente se considera que los
señalados alimentos están en el supuesto de exención de la Ley del Impuesto Sobre la
Renta.
• Es importante destacar que estas sociedades se rigen por el Código Civil del Estado de
Yucatán, el cual estipula que podrán realizarse pagos a los socios industriales por concepto
de alimentos.
Esquemas de evasión
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Persona Moral Sociedad en Nombre Colectivo
Sociedad en Comandita Simple
Sociedad Civil Particular
Paga por servicios
Accionistas
Paga por
concepto de
alimentos
SAT
Factura servicios
Solicita servicios vía contratos
Socios
industriales
La S en NC, SCS, SCP
• Deducen el pago
de alimentos
• Reporta en su
declaración:
• Utilidad mínima
• Pérdida Fiscal
• Ceros
Los socios industriales
• No acumulan el ingreso
recibido por los alimentos
La PM
• Evade retenciones
por concepto de
sueldos, salarios, honor
arios o dividendos
otorgados a los socios
• Acredita el IVA
• Deduce el gasto
1
3
2
4
5
6 7
9
Inyectan recursos vía
aportaciones de
capital 8
S en NC / S en CS / Sociedad Civil Particular
Descripción del esquema
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EMPRESAS INTEGRADORAS
 Con la finalidad de evitar que las empresas tengan operaciones
directamente con una sociedad cooperativa, los asesores ofrecen a sus
clientes facturar los servicios de personal a través de una Sociedad
Anónima, que tiene el carácter de empresa integradora y que opera entre
la sociedad cooperativa y la empresa.
 La integradora agrupa, a su vez, a sociedades cooperativas, sociedades
en nombre colectivo, sociedades de solidaridad social, que tienen el
carácter de empresas integradas y que son las personas morales a las que
se transfiere (en papel) a los trabajadores.
 Cabe destacar que ni la integradora ni sus integradas pagan los impuestos
correspondientes de sus operaciones.
Esquemas de evasión
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Clientes
Empresas
Integradoras
(Facturadoras)
a) Paga por servicios
b) Deduce el gasto
Requisitos de las
deducciones
(cheque
nominativo, compro
bante, etc.)
Realizar compulsa
( forma de pago)
Empresas
Integradas
Sociedades
Cooperativas
Sociedades en
nombre Colectivo
a) Pago a los socios
industriales por
concepto de
alimentos no se
consideran
deducibles.
a) Previsión Social no
deducible.
b) Retención de ISR a
anticipos y rendimientos
otorgados a los socios.
a) Inscripción al Registro Nacional de
Empresas Integradoras. Art.80 LISR
b) Tributan en el Régimen Simplificado
art. 79 LISR
c) Convenios realizados con las
empresas integradas para realizar
operaciones de compra y de venta.
d) Listado de las operaciones realizadas
a nombre y por cuenta de sus
integradas.
e) Presenten F30 Anexo 6
Art 84 LISR
Incorpora sus trabajadores a
Empresas Integradoras
Descripción del esquema
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Esquemas de evasión
SINDICATOS
 Los asesores ofrecen a sus clientes servicios de personal trasladando a
sus trabajadores a los sindicatos bajo el siguiente argumento: “El sindicato
es una persona moral que no requiere llevar contabilidad para efectos
fiscales, se registra ante el fisco, pero no le pueden hacer auditoría,
porque no tiene obligación de presentar declaraciones. El sindicato puede
dar a sus sindicalizados previsión social sin límite y no es sujeto a revisión
por Hacienda.”
 Los sindicatos prestan servicios a personas distintas de sus miembros o
agremiados.
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Esquemas de evasión
SINDICATOS
 Dichas operaciones se encuentran amparadas con facturas, que los
clientes deducen, a pesar de que no tienen la obligación de expedir
comprobantes fiscales por su naturaleza.
 Sin embargo, los gremios no realizan el pago del Impuesto Sobre la Renta
causado por estos ingresos.
 Los clientes efectúan las aportaciones patronales convenidas en un
contrato colectivo, que posteriormente serán entregadas a los trabajadores
para compensar el salario mínimo con el que están registrados en las
empresas.
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Casos:
Nueva creación:
Sindicato contrata
trabajadores.
En operación:
Trasladan a un
sindicato la planta
laboral.
Trabajadores
•Salario mínimo
(exento de
ISR)
•Fondos
sindicales
Factura cuotas
sindicales o servicios
Paga con cheque/
transferencia
Solicita servicios
vía contrato
Prestan
servicios
• La empresa deduce el gasto.
• No se genera retención de ISR por
concepto de sueldos.
Sindicato
20 o más
trabajadores
Cuota
Sindical
Empresa
Sindicato de prestación de servicios
Sin obligación de
llevar contabilidad
Artículo 369 (LFT).- El
registro del sindicato podrá
cancelarse únicamente:
II. Por dejar de tener los
requisitos legales.
Artículo 378 (LFT).-
Queda prohibido a los
sindicatos:
II. Ejercer la profesión de
comerciantes con ánimo de
lucro.
Sindicatos
Descripción del esquema
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Empresa integradora
•Celebro 61 contratos
•Tributa en el Régimen Simplificado
• Presenta en la Declaración Anual
Ingresos Acumulables 181,156,121
Deducciones Autorizadas 176,404,778
F - 4 2
Operaciones con clientes 221,509,003
Diferencia (1)
40,352,882
Integrada 1 Integrada 2
Integrada 3Integrada 4
Realiza
operaciones
Conoció que la contribuyente no presentó.
a) Convenios celebrados con sus integradas
b) Información del F30 anexo 6 (Operaciones a cuenta de integradas)
c) Listados de las operaciones que llevó a cabo por cuenta de sus integradas
No cumplió con lo que establece el artículo 84 de la LISR, (1)
dicha diferencia se considera ingreso para la empresa integradora y
deberá pagar el impuesto correspondiente..
Respecto a la diferencia (2) debió realizar el pago de dicho impuesto.
Respecto del punto (3), se debió pagar IVA de 27,040,499, dicha
diferencia resulta del importe de IVA de los ingresos acumulables
menos los pagos de IVA reportados
Los clientes de la empresa integradora son principalmente empresas dedicadas a la construcción así como empresa inmobiliarias,
las cuales eran clientes de sociedades cooperativas de outsourcing que operan bajo el esquema de evasión más fuerte.
Sociedad Cooperativa (outsourcing)
•Los socios son trabajadores de los clientes de la
empresa integradora,
• La SC:
a) No realiza el pago de retenciones de ISR por
concepto de anticipos y rendimientos.
Impto a cargo 1,377, 889
Realiza Pagos de IVA 132,919 ( 3 )
Realiza pagos de ISR 115,093
Diferencia (2)
1,261,796
Nota: a la fecha se conocen 10 integradas
(5 SA, 1 SC de RL, 2 SC, 2 S en NC)
Caso 1
SAT
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Prestadora de
Servicios de C.V.
A en P
(No reporta clientes ni proveedores)
S. en N.C.
(no clientes) empresa integrada
ASOCIANTES
Empresa Integradora
SA de CV
Celebra un contrato de
prestación de servicios
Solicita
empleados
Esquemas abusivos de sustitución laboral
C
L
I
E
N
T
E
S
REPRESENTANTE
LEGAL
Hotel
$65,442,028 (2009)
Tercero DeclaradoRepresentante Legal
Empresa
S.A. de C.V.
Empresa S.A. de C.V.
$8,288,325 (2008)
PROVEEDORES
S.C. (2007) $5,780,762
Integradora
S.A. de C.V.
CLIENTE
Discoteca
$4,472,687 (2009)
Agencia de autos
$8,861,677 (2009)
Restaurante
$1,142,680 (2009)
Hotel
$8,861,677 (2009)
Equipo de baloncesto
$39,856,766 (2009)
Empresa
$ 3,595,042 (2009)
(2009) Gasolinera
$39,428,019
Hotel
$29,068,273 (2009)
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Objetivo:
Coordinar acciones de fiscalización mediante la integración de un grupo de
auditoria estratégico que se encargará de dirigir y asesorar a los
auditores de las tres instituciones a nivel nacional, con la finalidad de
garantizar los mejores resultados.
Beneficios:
Generar mayor percepción de riesgo entre los involucrados.
Atacar el esquema de evasión desde diferentes ángulos conforme a
las atribuciones de cada organismo.
Aprovechar sinergias para lograr acciones de fiscalización eficaces.
Construir un padrón único de contribuyentes vinculados a estas
prácticas.
Grupo Estratégico STPS-SAT-IMSS-INFONAVIT
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Enfoque de Fiscalización Conjunta
• Rechazar deducciones
provenientes de fondos
sociales.
• Determinar omisión de
retenciones del Impuesto
Sobre la Renta.
• Acumular ingresos omitidos.
• Integrar expediente de delito de
defraudación fiscal.
• Acreditar la relación laboral.
• Determinar cuotas obrero patronales.
• Integrar expediente para delitos de
defraudación a los regímenes
del seguro social.
• Asegurar derechos de los
trabajadores.
• Acreditar la relación laboral.
Asegurar el pago de aportaciones
y amortizaciones para recuperar
los créditos de vivienda.
Proteger derechos de
los trabajadores.
Acreditar la relación
laboral a través de
inspecciones laborales.
Propiciar denuncias de
trabajadores (ámbitos
laboral - fiscal).
Orientar y asesorar
trabajadores.
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Estrategia de Fiscalización Conjunta
SAT-IMSS-STPS-INFONAVIT
Socios y Asesores
Cliente
Sociedad
Simulada
Centros de
Trabajo
Despacho
Socios Cooperativistas
o Socios industriales
Simbología:
Fiscalización
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Gracias por
su atención
Mayo, 2011
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Diferencia
Trabajador Socio
Rechazo de la
deducción, pago de previsión
social a trabajadores.
Asimilar a anticipos a
rendimientos y cobrar
retención de ISR
Trabajo personal
subordinado.
Pago de salario.
Art. 20 LFT
Miembro que
trabaja en común.
Aporta trabajo
personal físico, o
intelectual.
Art. 27 LGSC
Gasto de Previsión Social deducible
Otorga en forma general a los trabajadores.
Fundamento Legal Art. 31 Fracción XII LISR
Criterio Jurídico 46 INFONAVIT
No utilizan servicios de sus miembros en
forma subordinada, no tienen obligación de
pagar aportaciones habitacionales.
Criterio Publicado en el mes de abril 1985
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Rechazo de la
deducción, gasto por
concepto de previsión
social estrictamente
indispensable.
TESIS
Las cantidades provenientes de su fondo de previsión
social no constituyen una partida deducible para la
sociedad.
No se encuentran expresamente en el numeral 29 de la LISR
como deducción autorizada.
Caso en el cual debe considerarse infundado el
agravio tendiente a demostrar la deducibilidad de las
cantidades otorgadas del fondo de previsión social.
El límite estipulado en el artículo 31 fracción XII último párrafo
de la LISR, no se traduce en que las cantidades entregadas a
los cooperativistas sean deducibles.
Acreditar las contingencias para justificar el pago efectuado a
los socios, de no ser así, se daría pie a que se hicieran
deducciones no provenientes de dicho fondo
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Persona física (Trabajador)
Persona física o moral (Patrón)
“Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la
prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un
salario.”
“Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un
trabajo personal y el que lo recibe.”
Relación de trabajo
Art. 20 y 21 LFT
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Prestación de un servicio personal
Pago de un salario por la prestación del servicio
Relación de subordinación
2
3
1
Elementos de la relación de trabajo
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Prestación de un servicio personal1
Listas o controles de asistencia, bitácoras de
producción y, en general, cualquier elemento que
demuestre la actividad desplegada directamente
por el trabajador
Elementos de la relación de trabajo
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Pago de un salario por la prestación del servicio2
Nóminas
Recibos de pago
Comprobantes de transferencias bancarias
Elementos de la relación de trabajo
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Relación de subordinación3
 Contratos
 Instrucciones
 Cualquier documento que demuestre la
sujeción del trabajador a un deber de
obediencia en cuanto a la forma de
prestar el servicio
Elementos de la relación de trabajo
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Socios cooperativistas
Cooperativa
Relación laboral
a) Prestación de un servicio personal
b) Pago de un salario
c) Relación de subordinación
Trabajo en común
a) Aportación de un trabajo personal
b) Repartición de rendimientos anuales
c) No hay relación de subordinación
Diferencia entre trabajo en común y relación laboral

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  • 1.
  • 2. 2 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.  Definición  Características Generales  Resultados: Personas Morales inscritas 2002-2009  Características de Empresas Fachadas detectadas por el Modelo Contenido
  • 3. 3 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Definición Es una empresa aparentemente legal que encubre, como una pantalla, actividades ilegales y que generalmente existe solamente en el papel. Pueden ofrecer la cobertura confidencial de una sociedad anónima, disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representación nominal tanto para los accionistas como para los directores. Existen varios esquemas de operación: pueden crearse para realizar actividades de “Lavado de Dinero”, para elusión de pago de impuestos bajo “Esquemas de Sustitución Laboral” o para la disminución de la base gravable de pago de impuestos con la “Venta de Comprobantes Fiscales”.
  • 4. 4 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Características Por medio de investigaciones y auditorías se han detectado las características que poseen estas empresas: 1. Efectivo en caja < 100,000 pesos 2. Valor del activo en ejercicio < 500,000 pesos 3. Sueldos y salarios = “0” 4. No presentan pagos ó en general son muy pequeños 5. Tienen pérdidas por años consecutivos 6. Realizan como máximo 3 declaraciones Por su constitución: 7. Emiten comprobantes fiscales 8. Domicilio fiscal coincidente con otros contribuyentes 9. Representante Legal coincidente con otros contribuyentes 10. No realizan operaciones de comercio exterior
  • 5. 5 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. De un total de 401,747 Contribuyentes Personas Morales que fueron constituidos en el período 2002-2009, que además han declarado (al menos una vez en todo el período), se estima que cerca del 80% del total de Contribuyentes poseen de 4 a 8 características de Empresa Fachada. Nos enfocaremos solamente en aquellos que cumplan con 9 y 10 características. Resultados: Características de PM inscritas en el período 2002-2009.
  • 6. 6 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. 6 Comercio, restaurantes y hoteles 29.2 8 Servicios financieros, seguros, activ idades inmobiliarias y de alquiler 28.0 9 Servicios comunales, sociales y personales 18.3 5 Construcción 10.2 3 Industria Manufacturera 6.5 7 Transporte, almacenaje y comunicaciones 4.2 1- Agropecuario Silvicultura y Pesca 2.4 2 Minería 0.9 4 Electricidad gas y agua 0.3 Empresas Fachada por Sector Económico Valores expresados en % Análisis de EF: 9 y 10 características En el gráfico se observa que alrededor del 85% de las EF detectadas se desempeñan principalmente en los Sectores de: Comercio, Restaurantes y Hoteles; Servicios Financieros, Seguros, Actividades inmobiliarias y de Alquiler; Servicios Comunales, Sociales y Personales y Construcción.
  • 7. 7 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. 34.15 14.80 43.27 0.01 0.01 7.75 Localizado No localizado En proceso de verificación Confirmacion de domicilio Probable no localizado Domicilio sin verficar Se observa que sólo el 34.15% de las Empresas Fachada detectadas por el modelo cuentan con domicilio localizado, el restante 65.85% no han sido localizadas. Análisis de EF: 9 y 10 características Situación del Domicilio
  • 8. 8 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. D.F. 10, 2.66% San Pedro G. G. 11, 2.56% 6, 5.48% Zapopan Guadalajara Mérida 9, 2.83% 3, 7.48% Centro DF Cancún 8, 3.77% Norte DF 1, 9.37% Sur DF2, 7.62% 4, 6.33% Naucalpan Oriente DF 5, 5.62% 7, 5.15% Monterrey 12, 2.22% Guadalupe Localización 9 y 10 características
  • 9. 9 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Con base a los resultados obtenidos se detectó que las Empresas Fachada no necesariamente cuentan con las 10 características que las definían, sino que pueden tener menos, esto revisando los casos de Empresas Fachadas ya auditadas.
  • 10. 10 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Esquemas Abusivos de Sustitución Laboral
  • 11. 11 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Antecedentes A partir del año 2000 se ha incrementado de forma considerable la creación de diversas sociedades (cooperativas, sociedades en nombre colectivo, sociedades civiles particulares, empresas integradoras, sindicatos); toda vez que algunos asesores ofrecen estos esquemas con la finalidad de que las organizaciones disminuyan cargas financieras e impositivas derivadas de la relación laboral con sus trabajadores y eviten posibles contingencias laborales (pago de reparto de utilidades, impuestos federales y locales, aportaciones de seguridad social). La conducta de evasión consiste en transferir a los trabajadores de las empresas a estas sociedades, convirtiéndolos en socios cooperativitas o industriales, a los cuales se les realizan pagos por concepto de previsión de social o alimentos mismos que indebidamente se consideran deducibles, asimismo el socio no acumula el ingreso proveniente de dichos pagos. Es importante señalar que los socios (antes trabajadores) siguen laborando en las instalaciones de la empresa con los mismos horarios, reglamentos y funciones.
  • 12. 12 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Antecedentes Entre los principales clientes que utilizan estos esquemas, se encuentran centros educativos, empresas de limpieza, mantenimiento y vigilancia, constructoras, equipos y asociaciones de futbol, clubes de golf, fabricantes de zapatos, distribuidoras y ensambladoras de coches, empresa de telefonía celular, cadenas de hoteles, restaurantes, aerolíneas y servicios turísticos complementarios. Derivado de la anterior, se han realizado diversas acciones de fiscalización, con la finalidad de erradicar por completo estos esquemas.
  • 13. 13 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. NORMAL CON PLANEACIÓN Persona Moral Trabajadores Contrata a Paga sueldos, salarios Realizan trabajo La Persona Moral realiza lo siguiente: a) Registro de los trabajadores ante Servicio de Administración Tributaria, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. b) Pago de las aportaciones al IMSS, INFONAVIT. c) Pago de prestaciones (vacaciones, aguinaldo). d) El cálculo y pago de los impuestos (2% sobre nómina), finiquitos y liquidaciones. e) Pago de Participación de los Trabajadores en las Utilidades. f) Retención y entero de contribuciones Persona Moral Sociedad simulada • Sociedad Cooperativa • Sociedad en Nombre Colectivo • Sociedad Civil Particular Socios Factura servicios Paga por servicios Solicita servicios vía contratos Paga a los socios Prestan servicios Con el esquema se evade el pago de: a) Impuestos federales y locales b) Cuotas obrero patronales c) Aportaciones de vivienda d) Reparto de utilidades Esquema de operación
  • 14. 14 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Esquemas de evasión SOCIEDADES COOPERATIVAS.  Un despacho de asesores “constituye”, en papel, una sociedad cooperativa, la cual carece de infraestructura, activos y personal.  El despacho ofrece a las empresas transferir su planta laboral a la sociedad cooperativa, en la cual los trabajadores son considerados como socios cooperativistas.  Los supuestos socios, siguen laborando en las instalaciones de la empresa (mismos horarios, reglamentos y funciones) y reciben por sus servicios pagos por concepto de previsión social, los cuales las sociedades cooperativas consideran indebidamente deducibles.  La sociedad cooperativa factura por la prestación de servicios a la empresa (antes patrón), quien deduce el pago efectuado a la cooperativa.
  • 15. 15 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. S en NC, S en CS, SCP, SCU, • Los asesores prestan servicios de suministro de personal, incorporando a los trabajadores, directivos o accionistas de sus clientes como socios industriales de la Sociedad en Nombre Colectivo o de la Sociedad Civil Particular del estado de Yucatán, a quienes les realizan pagos por concepto de alimentos mismos que esta persona moral indebidamente hace deducibles, disminuyendo o eliminando su base gravable y con esto evita el pago de impuestos. • Por otro lado, los socios industriales (personas físicas) no pagan impuestos sobre los recursos recibidos por concepto de alimentos, porque indebidamente se considera que los señalados alimentos están en el supuesto de exención de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. • Es importante destacar que estas sociedades se rigen por el Código Civil del Estado de Yucatán, el cual estipula que podrán realizarse pagos a los socios industriales por concepto de alimentos. Esquemas de evasión
  • 16. 16 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Persona Moral Sociedad en Nombre Colectivo Sociedad en Comandita Simple Sociedad Civil Particular Paga por servicios Accionistas Paga por concepto de alimentos SAT Factura servicios Solicita servicios vía contratos Socios industriales La S en NC, SCS, SCP • Deducen el pago de alimentos • Reporta en su declaración: • Utilidad mínima • Pérdida Fiscal • Ceros Los socios industriales • No acumulan el ingreso recibido por los alimentos La PM • Evade retenciones por concepto de sueldos, salarios, honor arios o dividendos otorgados a los socios • Acredita el IVA • Deduce el gasto 1 3 2 4 5 6 7 9 Inyectan recursos vía aportaciones de capital 8 S en NC / S en CS / Sociedad Civil Particular Descripción del esquema
  • 17. 17 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. EMPRESAS INTEGRADORAS  Con la finalidad de evitar que las empresas tengan operaciones directamente con una sociedad cooperativa, los asesores ofrecen a sus clientes facturar los servicios de personal a través de una Sociedad Anónima, que tiene el carácter de empresa integradora y que opera entre la sociedad cooperativa y la empresa.  La integradora agrupa, a su vez, a sociedades cooperativas, sociedades en nombre colectivo, sociedades de solidaridad social, que tienen el carácter de empresas integradas y que son las personas morales a las que se transfiere (en papel) a los trabajadores.  Cabe destacar que ni la integradora ni sus integradas pagan los impuestos correspondientes de sus operaciones. Esquemas de evasión
  • 18. 18 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Clientes Empresas Integradoras (Facturadoras) a) Paga por servicios b) Deduce el gasto Requisitos de las deducciones (cheque nominativo, compro bante, etc.) Realizar compulsa ( forma de pago) Empresas Integradas Sociedades Cooperativas Sociedades en nombre Colectivo a) Pago a los socios industriales por concepto de alimentos no se consideran deducibles. a) Previsión Social no deducible. b) Retención de ISR a anticipos y rendimientos otorgados a los socios. a) Inscripción al Registro Nacional de Empresas Integradoras. Art.80 LISR b) Tributan en el Régimen Simplificado art. 79 LISR c) Convenios realizados con las empresas integradas para realizar operaciones de compra y de venta. d) Listado de las operaciones realizadas a nombre y por cuenta de sus integradas. e) Presenten F30 Anexo 6 Art 84 LISR Incorpora sus trabajadores a Empresas Integradoras Descripción del esquema
  • 19. 19 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Esquemas de evasión SINDICATOS  Los asesores ofrecen a sus clientes servicios de personal trasladando a sus trabajadores a los sindicatos bajo el siguiente argumento: “El sindicato es una persona moral que no requiere llevar contabilidad para efectos fiscales, se registra ante el fisco, pero no le pueden hacer auditoría, porque no tiene obligación de presentar declaraciones. El sindicato puede dar a sus sindicalizados previsión social sin límite y no es sujeto a revisión por Hacienda.”  Los sindicatos prestan servicios a personas distintas de sus miembros o agremiados.
  • 20. 20 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Esquemas de evasión SINDICATOS  Dichas operaciones se encuentran amparadas con facturas, que los clientes deducen, a pesar de que no tienen la obligación de expedir comprobantes fiscales por su naturaleza.  Sin embargo, los gremios no realizan el pago del Impuesto Sobre la Renta causado por estos ingresos.  Los clientes efectúan las aportaciones patronales convenidas en un contrato colectivo, que posteriormente serán entregadas a los trabajadores para compensar el salario mínimo con el que están registrados en las empresas.
  • 21. 21 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Casos: Nueva creación: Sindicato contrata trabajadores. En operación: Trasladan a un sindicato la planta laboral. Trabajadores •Salario mínimo (exento de ISR) •Fondos sindicales Factura cuotas sindicales o servicios Paga con cheque/ transferencia Solicita servicios vía contrato Prestan servicios • La empresa deduce el gasto. • No se genera retención de ISR por concepto de sueldos. Sindicato 20 o más trabajadores Cuota Sindical Empresa Sindicato de prestación de servicios Sin obligación de llevar contabilidad Artículo 369 (LFT).- El registro del sindicato podrá cancelarse únicamente: II. Por dejar de tener los requisitos legales. Artículo 378 (LFT).- Queda prohibido a los sindicatos: II. Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro. Sindicatos Descripción del esquema
  • 22. 22 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Empresa integradora •Celebro 61 contratos •Tributa en el Régimen Simplificado • Presenta en la Declaración Anual Ingresos Acumulables 181,156,121 Deducciones Autorizadas 176,404,778 F - 4 2 Operaciones con clientes 221,509,003 Diferencia (1) 40,352,882 Integrada 1 Integrada 2 Integrada 3Integrada 4 Realiza operaciones Conoció que la contribuyente no presentó. a) Convenios celebrados con sus integradas b) Información del F30 anexo 6 (Operaciones a cuenta de integradas) c) Listados de las operaciones que llevó a cabo por cuenta de sus integradas No cumplió con lo que establece el artículo 84 de la LISR, (1) dicha diferencia se considera ingreso para la empresa integradora y deberá pagar el impuesto correspondiente.. Respecto a la diferencia (2) debió realizar el pago de dicho impuesto. Respecto del punto (3), se debió pagar IVA de 27,040,499, dicha diferencia resulta del importe de IVA de los ingresos acumulables menos los pagos de IVA reportados Los clientes de la empresa integradora son principalmente empresas dedicadas a la construcción así como empresa inmobiliarias, las cuales eran clientes de sociedades cooperativas de outsourcing que operan bajo el esquema de evasión más fuerte. Sociedad Cooperativa (outsourcing) •Los socios son trabajadores de los clientes de la empresa integradora, • La SC: a) No realiza el pago de retenciones de ISR por concepto de anticipos y rendimientos. Impto a cargo 1,377, 889 Realiza Pagos de IVA 132,919 ( 3 ) Realiza pagos de ISR 115,093 Diferencia (2) 1,261,796 Nota: a la fecha se conocen 10 integradas (5 SA, 1 SC de RL, 2 SC, 2 S en NC) Caso 1 SAT
  • 23. 23 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Prestadora de Servicios de C.V. A en P (No reporta clientes ni proveedores) S. en N.C. (no clientes) empresa integrada ASOCIANTES Empresa Integradora SA de CV Celebra un contrato de prestación de servicios Solicita empleados Esquemas abusivos de sustitución laboral C L I E N T E S REPRESENTANTE LEGAL Hotel $65,442,028 (2009) Tercero DeclaradoRepresentante Legal Empresa S.A. de C.V. Empresa S.A. de C.V. $8,288,325 (2008) PROVEEDORES S.C. (2007) $5,780,762 Integradora S.A. de C.V. CLIENTE Discoteca $4,472,687 (2009) Agencia de autos $8,861,677 (2009) Restaurante $1,142,680 (2009) Hotel $8,861,677 (2009) Equipo de baloncesto $39,856,766 (2009) Empresa $ 3,595,042 (2009) (2009) Gasolinera $39,428,019 Hotel $29,068,273 (2009)
  • 24. 24 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Objetivo: Coordinar acciones de fiscalización mediante la integración de un grupo de auditoria estratégico que se encargará de dirigir y asesorar a los auditores de las tres instituciones a nivel nacional, con la finalidad de garantizar los mejores resultados. Beneficios: Generar mayor percepción de riesgo entre los involucrados. Atacar el esquema de evasión desde diferentes ángulos conforme a las atribuciones de cada organismo. Aprovechar sinergias para lograr acciones de fiscalización eficaces. Construir un padrón único de contribuyentes vinculados a estas prácticas. Grupo Estratégico STPS-SAT-IMSS-INFONAVIT
  • 25. 25 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Enfoque de Fiscalización Conjunta • Rechazar deducciones provenientes de fondos sociales. • Determinar omisión de retenciones del Impuesto Sobre la Renta. • Acumular ingresos omitidos. • Integrar expediente de delito de defraudación fiscal. • Acreditar la relación laboral. • Determinar cuotas obrero patronales. • Integrar expediente para delitos de defraudación a los regímenes del seguro social. • Asegurar derechos de los trabajadores. • Acreditar la relación laboral. Asegurar el pago de aportaciones y amortizaciones para recuperar los créditos de vivienda. Proteger derechos de los trabajadores. Acreditar la relación laboral a través de inspecciones laborales. Propiciar denuncias de trabajadores (ámbitos laboral - fiscal). Orientar y asesorar trabajadores.
  • 26. 26 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Estrategia de Fiscalización Conjunta SAT-IMSS-STPS-INFONAVIT Socios y Asesores Cliente Sociedad Simulada Centros de Trabajo Despacho Socios Cooperativistas o Socios industriales Simbología: Fiscalización
  • 27. 27 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Gracias por su atención Mayo, 2011
  • 28. 28 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Diferencia Trabajador Socio Rechazo de la deducción, pago de previsión social a trabajadores. Asimilar a anticipos a rendimientos y cobrar retención de ISR Trabajo personal subordinado. Pago de salario. Art. 20 LFT Miembro que trabaja en común. Aporta trabajo personal físico, o intelectual. Art. 27 LGSC Gasto de Previsión Social deducible Otorga en forma general a los trabajadores. Fundamento Legal Art. 31 Fracción XII LISR Criterio Jurídico 46 INFONAVIT No utilizan servicios de sus miembros en forma subordinada, no tienen obligación de pagar aportaciones habitacionales. Criterio Publicado en el mes de abril 1985
  • 29. 29 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Rechazo de la deducción, gasto por concepto de previsión social estrictamente indispensable. TESIS Las cantidades provenientes de su fondo de previsión social no constituyen una partida deducible para la sociedad. No se encuentran expresamente en el numeral 29 de la LISR como deducción autorizada. Caso en el cual debe considerarse infundado el agravio tendiente a demostrar la deducibilidad de las cantidades otorgadas del fondo de previsión social. El límite estipulado en el artículo 31 fracción XII último párrafo de la LISR, no se traduce en que las cantidades entregadas a los cooperativistas sean deducibles. Acreditar las contingencias para justificar el pago efectuado a los socios, de no ser así, se daría pie a que se hicieran deducciones no provenientes de dicho fondo
  • 30. 30 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Persona física (Trabajador) Persona física o moral (Patrón) “Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.” “Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.” Relación de trabajo Art. 20 y 21 LFT
  • 31. 31 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Prestación de un servicio personal Pago de un salario por la prestación del servicio Relación de subordinación 2 3 1 Elementos de la relación de trabajo
  • 32. 32 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Prestación de un servicio personal1 Listas o controles de asistencia, bitácoras de producción y, en general, cualquier elemento que demuestre la actividad desplegada directamente por el trabajador Elementos de la relación de trabajo
  • 33. 33 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Pago de un salario por la prestación del servicio2 Nóminas Recibos de pago Comprobantes de transferencias bancarias Elementos de la relación de trabajo
  • 34. 34 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Relación de subordinación3  Contratos  Instrucciones  Cualquier documento que demuestre la sujeción del trabajador a un deber de obediencia en cuanto a la forma de prestar el servicio Elementos de la relación de trabajo
  • 35. 35 La presente información se encuentra clasificada como reservada de conformidad con el artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en correlación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Socios cooperativistas Cooperativa Relación laboral a) Prestación de un servicio personal b) Pago de un salario c) Relación de subordinación Trabajo en común a) Aportación de un trabajo personal b) Repartición de rendimientos anuales c) No hay relación de subordinación Diferencia entre trabajo en común y relación laboral