1. Persona “física”
• Cada uno de nosotros somos una persona física, con
derechos y obligaciones.
• Las personas físicas tienen capacidad legal al
alcanzar la mayoría de edad, siempre y cuando tengan
libre disposición de sus bienes.
2. Persona “jurídica”
• Es una asociación de personas físicas a quienes la ley
concede una personalidad propia, distinta e
independiente de la de cada uno de sus miembros.
• Las personas jurídicas nacen como consecuencia de un
acto jurídico (de constitución), o bien por el
reconocimiento que de ellas hace una autoridad u
órgano administrativo.
Ejemplo de persona
jurídica