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PROPUESTAS DE REFORMAS EN MATERIA
POLÍTICO - ELECTORAL
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
1
I. REFORMA ELECTORAL
X
TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL
2
LEY GENERAL DE PARTIDOS
3
II. REFORMA POLÍTICA
DEMOCRACIA DELIBERATIVA
1
REELECCIÓN
2
CONSTRUCCIÓN DE MAYORÍAS
3
SEGUNDA VUELTA ELECTORAL Y UMBRAL DE PARTIDOS POLÍTICOS
4
REFORMA POLÍTICA
AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO
5
X
AUTONOMÍA DEL CONEVAL
6
INE
PROPUESTAS PARA CREAR UN INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
CONTENIDO
Creación del INE: Se propone transformar el actual IFE en un Instituto Nacional
Electoral desapareciendo a los institutos electorales de la entidades.
Ámbito de aplicación: Se eliminan las legislaciones locales y se crea un solo
ordenamiento de carácter general que regule los procesos electorales en todo el
país.
I. REFORMA ELECTORAL
INE
PROPUESTAS PARA CREAR UN INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
CONTENIDO
Conformación del INE: Se propone un nuevo esquema para el nombramiento de
los consejeros del Consejo General. EL Comité de Evaluación (INEGI, INEE y CNDH)
enviará a JUCOPO de Diputados una lista única de acuerdo al número de
consejeros a elegir multiplicado por 5. El Comité evaluará capacidad técnica e
idoneidad.
De dicha lista la JUCOPO pondrá a la consideración del Pleno de la Cámara de
Diputados, una dupla por cada vacante a elegir, mediante el voto de las dos
terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. En el caso
de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva
convocatoria.
I. REFORMA ELECTORAL
INE
PROPUESTAS ELECTORALES
CONTENIDO
Financiamiento de Partidos: Se establece que los recursos para los partidos
nacionales y locales serán federales y se entregarán por el INE.
Fiscalización de los recursos: La fiscalización de las finanzas de los partidos
políticos estará a cargo directamente del Consejo General, por conducto de la
comisión que corresponda (esquema anterior de fiscalización). Procederá además
la fiscalización de recursos públicos por parte del INE cuando existan indicios de
su uso a favor de partidos políticos, precampañas o campañas. Igualmente se
establece la homologación de los sistemas contables de los partidos políticos.
Duración de campañas: Se establecen los plazo de duración de las campañas 90
días: en la elección presidencia y de gobernador; 60 días: en las elecciones
intermedias.
I. REFORMA ELECTORAL
INE
PROPUESTAS ELECTORALES
CONTENIDO
Fecha de elección: La jornada de las elecciones federales y locales se realizará el
primer domingo de julio de cada 3 años.
Procedimientos sancionadores. Se establece un esquema para que
procedimientos sancionadores sean resueltos por el Tribunal de Justicia Electoral
salvo los que la ley determine que sean resueltos por el INE (no programación de
spots en radio y televisión).
Nulidad de la elección: Se establece expresamente el rebase de topes de gastos
de campaña, la utilización de recursos al margen de la legislación electoral así
como la adquisición de propaganda presentada como información periodística o
noticiosa, como causales de nulidad de la elección, sancionando además al
candidato ganador con la prohibición de competir en el proceso extraordinario.
I. REFORMA ELECTORAL
X
INE
PROPUESTAS ELECTORALES
CONTENIDO
Voto de mexicanos en el extranjero: Se prevé que en la legislación secundaria se
establezcan los mecanismos mediante los cuales los mexicanos residentes en el
extranjero, puedan participar en los procesos electorales federales.
Urnas electrónicas: Se establece la obligación para que la ley prevea los
mecanismos para la implementar el voto electrónico.
Se prevé en transitorio que para el año 2015, el INE implemente un programa
para el voto a través de urna electrónica que comprenda al menos un tercio de los
distritos electorales uninominales.
Turismo electoral: Se establece a nivel constitucional que la ley deberá establecer
sanciones a quienes voten en un proceso electoral proporcionando para ello
información falsa para su registro en el listado nominal de electorales
correspondiente.
I. REFORMA ELECTORAL
X
TRIBUNAL DE JUSTICIA
ELECTORAL
TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL
CONTENIDO
Tribunal de Justicia Electoral: Se transforma el TEPJF en el Tribunal de Justicia
Electoral, desapareciendo a los tribunales electorales locales.
• La Sala Superior del TJE quedaría en 7 Magistrados.
• La Sala Superior sesionaría en Pleno o en Secciones.
• Se ampliarían las Salas Regionales del TJE conforme a lo que determine la ley.
• Se propone un esquema rotatorio para la sede de las Salas Regionales
• Se establece la obligación desde la Constitución a la Sala Superior de fijar los
términos precisos en el caso que la autoridad impugnada deba pronunciar una
nueva resolución.
• La Sala Superior estará facultada para emitir Acuerdos Generales para la
distribución de sus asuntos y de igual manera tendrá facultad de atracción para
resolver los asuntos que se encuentren en las salas regionales o en sus Secciones.
X
I. REFORMA ELECTORAL
LEY DE PARTIDOS
LEY GENERAL DE PARTIDOS
CONTENIDO
• Se prevé la creación de una Ley General de Partidos que determine las normas
y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en
el proceso electoral.
• Se conserva la posibilidad de que los partidos políticos nacionales puedan
participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
X
I. REFORMA ELECTORAL
DEMOCRACIA DELIBERATIVA
DEMOCRACIA DELIBERATIVA
CONTENIDO
Democracia deliberativa: Incorpora este concepto como parte de la educación
que deba impartir el Estado, así como parte del sistema de planeación
democrática. La democracia deliberativa debe ser entendida como los procesos
de participación ciudadana en la toma de decisiones del Gobierno.
Obliga a las autoridades de los 3 órdenes de gobierno a establecer mecanismos
de participación ciudadana.
Ley de participación ciudadana: Faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley
en materia de participación ciudadana. Asimismo, se obliga a los Estados y al
Distrito Federal, a que en sus respectivas Constituciones y el Estatuto de Gobierno
del D.F. para que regulen los mecanismos de n ciudadana.
X
1. DEMOCRACIA DIRECTA
SENADORES: Reelección hasta por un período máximo de 12 años consecutivos.
REELECCIÓN LEGISLATIVA
PROPUESTAS EN MATERIA DE REELECCIÓN
CONTENIDO
VIGENCIA: La reforma entraría en vigor a partir de su aprobación, por lo que los
servidores públicos en funciones podrían participar en el proceso de elección
subsecuente.
MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO Y JEFES DELEGACIONALES: Reelección hasta por un
período máximo de 9 años consecutivos.
X
2. REELECCIÓN
DIPUTADOS FEDERALES Y LOCALES: Reelección hasta por un período máximo de 12
años consecutivos.
Facultad del Presidente de la República: Optar por un Gobierno de Coalición en
caso de que no obtenga la mayoría en el Congreso.
GOBIERNOS DE COALICIÓN
PROPUESTAS EN MATERIA DE GOBIERNOS DE COALICIÓN
CONTENIDO
Facultades del Congreso de la Unión: Conocer los programas de gobierno y la
agenda legislativa del Ejecutivo Federal.
Facultades del Senado: Ratificar, con mayoría simple, la designación que el
Ejecutivo haga de los Secretarios de Despacho, salvo el Secretario de Hacienda
que deberá aprobarse en la Cámara de Diputados. Si en el primer nombramiento
no se alcanzara la a de votos, el Presidente de la blica hara un
segundo nombramiento distinto, si el segundo nombramiento no alcanzara la
a de votos, el Presidente de la blica hara el nombramiento definitivo.
3. CONSTRUCCIÓN DE
MAYORÍAS
RATIFICACIÓN DE
GABINETE
PROPUESTAS EN MATERIA DE RATIFICACIÓN DE GABINETE
CONTENIDO
Facultades de Ratificación del Senado: Se propone que en todo caso el Senado de
la República ratifique los nombramientos del Secretario de Relaciones Exteriores,
así como del servidor público que tenga a su cargo el mando directo de la fuerza
pública (Comisionado Nacional de Seguridad). Por su parte, será la Cámara de
Diputados la que ratifique al Secretario y a los empleados superiores de la
Secretaría Hacienda y Crédito Público. (Lo anterior sigue el principio de que ya la
Cámara de Senadores ratifica a los funcionarios superiores de dichas
dependencias y al Comisionado Nacional de Seguridad).
X
3. CONSTRUCCIÓN DE
MAYORÍAS
ELECCIÓN DE PRESIDENTE EN PRIMERA VUELTA:
a) Obtenga más de la mitad de los votos emitidos, o bien,
b) Obtenga al menos el 40% de los votos emitidos y una diferencia de al menos
10% de los votos emitidos respecto al segundo lugar.
SEGUNDA VUELTA
PROPUESTAS EN MATERIA DE SEGUNDA VUELTA
CONTENIDO
JORNADA ELECTORAL: Segundo domingo de agosto (la primera votación es el
primer domingo de julio)
CONTENDIENTES EN SEGUNDA VUELTA: Los 2 candidatos que hayan obtenido las
votaciones más altas.
CARGOS DE ELECCIÓN A LOS QUE APLICA: Presidente de la República y
Gobernadores.
4. SEGUNDA VUELTA
UMBRAL DE PARTIDOS
PROPUESTAS EN MATERIA UMBRAL DE PARTIDOS POLÍTICOS
CONTENIDO
Asignación de Diputados plurinominales: Se establece que todo partido político
que alcance por lo menos el 5 % (actualmente el 2%), tendrá derecho a que le
sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional y
demás prerrogativas.
Cancelación del registro a Partidos Políticos Nacionales: Sin embargo, si no
obtienen el 5 % en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputados,
senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, les será cancelado su
registro.
X
5. UMBRAL DE PARTIDOS
AUTONOMÍA DEL MP
PROPUESTAS EN MATERIA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO
CONTENIDO
Nombramiento del Procurador General de la República: Se llevará a cabo por la
Cámara de Senadores, a propuesta de una terna que enviará el Ejecutivo.
6. AUTONOMÍA DEL MP
Autonomía del Ministerio Público: Se le otorga la naturaleza jurídica de
organismo constitucional autónomo al Ministerio Público de la Federación.
Nombramiento de los funcionarios mayores (incluido FEPADE). Son nombrados
por el Procurador con ratificación del Senado de la República.
AUTONOMÍA DEL MP
PROPUESTAS EN MATERIA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO
CONTENIDO
Consejo del Ministerio Público: Tendrá a su cargo la administración, vigilancia,
disciplina y servicio profesional de carrera del Ministerio Público.
•Se integra por 6 consejeros en los términos que fije la ley.
•El Procurador presidirá el Consejo.
•La ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios de
la Procuraduría, así como para el desarrollo de la carrera profesional de dichos
funcionarios.
Autonomía del MP en los Estados: Las legislaturas de las entidades federativas,
establecerán la autonomía de los organismos encargados de la investigación y
persecución de delitos.
Informes ante el Congreso: Se prevé que el Procurador presente un informe anual
de actividades ante el Congreso de la Unión y comparecerá ante ambas Cámaras.
X
6. AUTONOMÍA DEL MP
AUTONOMÍA CONEVAL
AUTONOMÍA DEL CONEVAL
CONTENIDO
Autonomía Coneval (Comisión Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social): Se prevé la creación de un organismo con autonomía de
gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios. La ley
establecerá su estructura y organización.
X
7. AUTONOMÍA
CONEVAL
Atribuciones: Tendrá a su cargo la medición de la pobreza, así como el diseño y
coordinación del sistema nacional de indicadores de gestión de las políticas y
programas de carácter social que implemente la Federación, las entidades
federativas y los municipios.
Consejo Consultivo: Tendrá un Consejo Consultivo integrado por un Presidente y
6 Consejeros. Serán nombrados, de entre las propuestas que presenten
instituciones de educación superior, por el voto de las dos terceras partes de los
miembros presentes de la Cámara de Senadores. El Presidente del Consejo
Consultivo durará 5 años en su cargo.
OBLIGACIONES PARA EL CONGRESO DE LA UNIÓN
• Expedir la legislación electoral que regulará los procesos electorales y a sus
instituciones.
• Expedir la Ley General de Partidos Políticos.
• Expedir la legislación que regule la forma, los mecanismos y el proceso para la
conformación del gobierno de coalición.
• Reformar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
• Expedir la Ley del Ministerio Público de la Federación.
• Expedir la Ley de Participación Ciudadana.
OBLIGACIONES PARA LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS
• Reformar sus respectivas constituciones, a fin de reconocer una autoridad
electoral única.
• Deberán abrogar sus respectivas leyes en materia electoral.
• Deberán expedir leyes en materia de partidos políticos, de conformidad con la Ley
General de Partidos
• Deberán reglamentar los procesos de Democracia Deliberativa (Ley de
participación ciudadana).
• La Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberá reformar el Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal, a efecto de reglamentar los procesos de
Democracia Deliberativa señalados en el rubro anterior.
• Asimismo, deberá expedir la ley de partidos políticos conforme a la Ley General
que expida el Congreso.
X

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  • 1. PROPUESTAS DE REFORMAS EN MATERIA POLÍTICO - ELECTORAL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
  • 2. INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL 1 I. REFORMA ELECTORAL X TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL 2 LEY GENERAL DE PARTIDOS 3
  • 3. II. REFORMA POLÍTICA DEMOCRACIA DELIBERATIVA 1 REELECCIÓN 2 CONSTRUCCIÓN DE MAYORÍAS 3 SEGUNDA VUELTA ELECTORAL Y UMBRAL DE PARTIDOS POLÍTICOS 4
  • 4. REFORMA POLÍTICA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO 5 X AUTONOMÍA DEL CONEVAL 6
  • 5. INE PROPUESTAS PARA CREAR UN INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CONTENIDO Creación del INE: Se propone transformar el actual IFE en un Instituto Nacional Electoral desapareciendo a los institutos electorales de la entidades. Ámbito de aplicación: Se eliminan las legislaciones locales y se crea un solo ordenamiento de carácter general que regule los procesos electorales en todo el país. I. REFORMA ELECTORAL
  • 6. INE PROPUESTAS PARA CREAR UN INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CONTENIDO Conformación del INE: Se propone un nuevo esquema para el nombramiento de los consejeros del Consejo General. EL Comité de Evaluación (INEGI, INEE y CNDH) enviará a JUCOPO de Diputados una lista única de acuerdo al número de consejeros a elegir multiplicado por 5. El Comité evaluará capacidad técnica e idoneidad. De dicha lista la JUCOPO pondrá a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, una dupla por cada vacante a elegir, mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. I. REFORMA ELECTORAL
  • 7. INE PROPUESTAS ELECTORALES CONTENIDO Financiamiento de Partidos: Se establece que los recursos para los partidos nacionales y locales serán federales y se entregarán por el INE. Fiscalización de los recursos: La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos estará a cargo directamente del Consejo General, por conducto de la comisión que corresponda (esquema anterior de fiscalización). Procederá además la fiscalización de recursos públicos por parte del INE cuando existan indicios de su uso a favor de partidos políticos, precampañas o campañas. Igualmente se establece la homologación de los sistemas contables de los partidos políticos. Duración de campañas: Se establecen los plazo de duración de las campañas 90 días: en la elección presidencia y de gobernador; 60 días: en las elecciones intermedias. I. REFORMA ELECTORAL
  • 8. INE PROPUESTAS ELECTORALES CONTENIDO Fecha de elección: La jornada de las elecciones federales y locales se realizará el primer domingo de julio de cada 3 años. Procedimientos sancionadores. Se establece un esquema para que procedimientos sancionadores sean resueltos por el Tribunal de Justicia Electoral salvo los que la ley determine que sean resueltos por el INE (no programación de spots en radio y televisión). Nulidad de la elección: Se establece expresamente el rebase de topes de gastos de campaña, la utilización de recursos al margen de la legislación electoral así como la adquisición de propaganda presentada como información periodística o noticiosa, como causales de nulidad de la elección, sancionando además al candidato ganador con la prohibición de competir en el proceso extraordinario. I. REFORMA ELECTORAL X
  • 9. INE PROPUESTAS ELECTORALES CONTENIDO Voto de mexicanos en el extranjero: Se prevé que en la legislación secundaria se establezcan los mecanismos mediante los cuales los mexicanos residentes en el extranjero, puedan participar en los procesos electorales federales. Urnas electrónicas: Se establece la obligación para que la ley prevea los mecanismos para la implementar el voto electrónico. Se prevé en transitorio que para el año 2015, el INE implemente un programa para el voto a través de urna electrónica que comprenda al menos un tercio de los distritos electorales uninominales. Turismo electoral: Se establece a nivel constitucional que la ley deberá establecer sanciones a quienes voten en un proceso electoral proporcionando para ello información falsa para su registro en el listado nominal de electorales correspondiente. I. REFORMA ELECTORAL X
  • 10. TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL CONTENIDO Tribunal de Justicia Electoral: Se transforma el TEPJF en el Tribunal de Justicia Electoral, desapareciendo a los tribunales electorales locales. • La Sala Superior del TJE quedaría en 7 Magistrados. • La Sala Superior sesionaría en Pleno o en Secciones. • Se ampliarían las Salas Regionales del TJE conforme a lo que determine la ley. • Se propone un esquema rotatorio para la sede de las Salas Regionales • Se establece la obligación desde la Constitución a la Sala Superior de fijar los términos precisos en el caso que la autoridad impugnada deba pronunciar una nueva resolución. • La Sala Superior estará facultada para emitir Acuerdos Generales para la distribución de sus asuntos y de igual manera tendrá facultad de atracción para resolver los asuntos que se encuentren en las salas regionales o en sus Secciones. X I. REFORMA ELECTORAL
  • 11. LEY DE PARTIDOS LEY GENERAL DE PARTIDOS CONTENIDO • Se prevé la creación de una Ley General de Partidos que determine las normas y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. • Se conserva la posibilidad de que los partidos políticos nacionales puedan participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal. X I. REFORMA ELECTORAL
  • 12. DEMOCRACIA DELIBERATIVA DEMOCRACIA DELIBERATIVA CONTENIDO Democracia deliberativa: Incorpora este concepto como parte de la educación que deba impartir el Estado, así como parte del sistema de planeación democrática. La democracia deliberativa debe ser entendida como los procesos de participación ciudadana en la toma de decisiones del Gobierno. Obliga a las autoridades de los 3 órdenes de gobierno a establecer mecanismos de participación ciudadana. Ley de participación ciudadana: Faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley en materia de participación ciudadana. Asimismo, se obliga a los Estados y al Distrito Federal, a que en sus respectivas Constituciones y el Estatuto de Gobierno del D.F. para que regulen los mecanismos de n ciudadana. X 1. DEMOCRACIA DIRECTA
  • 13. SENADORES: Reelección hasta por un período máximo de 12 años consecutivos. REELECCIÓN LEGISLATIVA PROPUESTAS EN MATERIA DE REELECCIÓN CONTENIDO VIGENCIA: La reforma entraría en vigor a partir de su aprobación, por lo que los servidores públicos en funciones podrían participar en el proceso de elección subsecuente. MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO Y JEFES DELEGACIONALES: Reelección hasta por un período máximo de 9 años consecutivos. X 2. REELECCIÓN DIPUTADOS FEDERALES Y LOCALES: Reelección hasta por un período máximo de 12 años consecutivos.
  • 14. Facultad del Presidente de la República: Optar por un Gobierno de Coalición en caso de que no obtenga la mayoría en el Congreso. GOBIERNOS DE COALICIÓN PROPUESTAS EN MATERIA DE GOBIERNOS DE COALICIÓN CONTENIDO Facultades del Congreso de la Unión: Conocer los programas de gobierno y la agenda legislativa del Ejecutivo Federal. Facultades del Senado: Ratificar, con mayoría simple, la designación que el Ejecutivo haga de los Secretarios de Despacho, salvo el Secretario de Hacienda que deberá aprobarse en la Cámara de Diputados. Si en el primer nombramiento no se alcanzara la a de votos, el Presidente de la blica hara un segundo nombramiento distinto, si el segundo nombramiento no alcanzara la a de votos, el Presidente de la blica hara el nombramiento definitivo. 3. CONSTRUCCIÓN DE MAYORÍAS
  • 15. RATIFICACIÓN DE GABINETE PROPUESTAS EN MATERIA DE RATIFICACIÓN DE GABINETE CONTENIDO Facultades de Ratificación del Senado: Se propone que en todo caso el Senado de la República ratifique los nombramientos del Secretario de Relaciones Exteriores, así como del servidor público que tenga a su cargo el mando directo de la fuerza pública (Comisionado Nacional de Seguridad). Por su parte, será la Cámara de Diputados la que ratifique al Secretario y a los empleados superiores de la Secretaría Hacienda y Crédito Público. (Lo anterior sigue el principio de que ya la Cámara de Senadores ratifica a los funcionarios superiores de dichas dependencias y al Comisionado Nacional de Seguridad). X 3. CONSTRUCCIÓN DE MAYORÍAS
  • 16. ELECCIÓN DE PRESIDENTE EN PRIMERA VUELTA: a) Obtenga más de la mitad de los votos emitidos, o bien, b) Obtenga al menos el 40% de los votos emitidos y una diferencia de al menos 10% de los votos emitidos respecto al segundo lugar. SEGUNDA VUELTA PROPUESTAS EN MATERIA DE SEGUNDA VUELTA CONTENIDO JORNADA ELECTORAL: Segundo domingo de agosto (la primera votación es el primer domingo de julio) CONTENDIENTES EN SEGUNDA VUELTA: Los 2 candidatos que hayan obtenido las votaciones más altas. CARGOS DE ELECCIÓN A LOS QUE APLICA: Presidente de la República y Gobernadores. 4. SEGUNDA VUELTA
  • 17. UMBRAL DE PARTIDOS PROPUESTAS EN MATERIA UMBRAL DE PARTIDOS POLÍTICOS CONTENIDO Asignación de Diputados plurinominales: Se establece que todo partido político que alcance por lo menos el 5 % (actualmente el 2%), tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional y demás prerrogativas. Cancelación del registro a Partidos Políticos Nacionales: Sin embargo, si no obtienen el 5 % en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputados, senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, les será cancelado su registro. X 5. UMBRAL DE PARTIDOS
  • 18. AUTONOMÍA DEL MP PROPUESTAS EN MATERIA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO CONTENIDO Nombramiento del Procurador General de la República: Se llevará a cabo por la Cámara de Senadores, a propuesta de una terna que enviará el Ejecutivo. 6. AUTONOMÍA DEL MP Autonomía del Ministerio Público: Se le otorga la naturaleza jurídica de organismo constitucional autónomo al Ministerio Público de la Federación. Nombramiento de los funcionarios mayores (incluido FEPADE). Son nombrados por el Procurador con ratificación del Senado de la República.
  • 19. AUTONOMÍA DEL MP PROPUESTAS EN MATERIA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO CONTENIDO Consejo del Ministerio Público: Tendrá a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y servicio profesional de carrera del Ministerio Público. •Se integra por 6 consejeros en los términos que fije la ley. •El Procurador presidirá el Consejo. •La ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios de la Procuraduría, así como para el desarrollo de la carrera profesional de dichos funcionarios. Autonomía del MP en los Estados: Las legislaturas de las entidades federativas, establecerán la autonomía de los organismos encargados de la investigación y persecución de delitos. Informes ante el Congreso: Se prevé que el Procurador presente un informe anual de actividades ante el Congreso de la Unión y comparecerá ante ambas Cámaras. X 6. AUTONOMÍA DEL MP
  • 20. AUTONOMÍA CONEVAL AUTONOMÍA DEL CONEVAL CONTENIDO Autonomía Coneval (Comisión Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social): Se prevé la creación de un organismo con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios. La ley establecerá su estructura y organización. X 7. AUTONOMÍA CONEVAL Atribuciones: Tendrá a su cargo la medición de la pobreza, así como el diseño y coordinación del sistema nacional de indicadores de gestión de las políticas y programas de carácter social que implemente la Federación, las entidades federativas y los municipios. Consejo Consultivo: Tendrá un Consejo Consultivo integrado por un Presidente y 6 Consejeros. Serán nombrados, de entre las propuestas que presenten instituciones de educación superior, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El Presidente del Consejo Consultivo durará 5 años en su cargo.
  • 21. OBLIGACIONES PARA EL CONGRESO DE LA UNIÓN • Expedir la legislación electoral que regulará los procesos electorales y a sus instituciones. • Expedir la Ley General de Partidos Políticos. • Expedir la legislación que regule la forma, los mecanismos y el proceso para la conformación del gobierno de coalición. • Reformar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. • Expedir la Ley del Ministerio Público de la Federación. • Expedir la Ley de Participación Ciudadana.
  • 22. OBLIGACIONES PARA LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS • Reformar sus respectivas constituciones, a fin de reconocer una autoridad electoral única. • Deberán abrogar sus respectivas leyes en materia electoral. • Deberán expedir leyes en materia de partidos políticos, de conformidad con la Ley General de Partidos • Deberán reglamentar los procesos de Democracia Deliberativa (Ley de participación ciudadana). • La Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberá reformar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a efecto de reglamentar los procesos de Democracia Deliberativa señalados en el rubro anterior. • Asimismo, deberá expedir la ley de partidos políticos conforme a la Ley General que expida el Congreso. X