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Exposicion clase
1. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS EN COLOMBIA Los tributos se dividen de acuerdo a su obligatoriedad en: Impuestos. Contribuciones especiales. Tasas
2. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS EN COLOMBIA IMPUESTOS Son las prestaciones en dinero o en especie, exigidas por el Estado en virtud del poder de imperio, a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles. El impuesto, se fundamenta en la soberanía de la nación, justificado por la necesidad de atender requerimientos de interés social y es, sin duda, el más importante de los tributos que percibe el Estado para el desarrollo de sus fines.
3. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS EN COLOMBIA Características especiales La obligatoriedad se refiere al poder de imposición del estado “que obliga” y al contribuyente no le queda mas remedio que “obedecer” (nadie puede negarse a su pago siempre que respecto de el se realice el hecho generador del tributo. La unilateralidad se explica porque el estado no se compromete a algo concreto o particular. No existe contraprestación definida y personal para el sujeto pasivo. pues estos recursos se destinaran a los costos y gastos generales del estado por el cual no se identifica el beneficio recibido por el contribuyente. Ejemplo: impuesto de Renta y complementario e IVA.
4. CLASES DE IMPUESTOS - Impuestos Directos: Son aquellos en los cuales coincide el sujeto jurídico responsable de la obligación y el sujeto económico que soporta el tributo. Ejemplo: El impuesto sobre la Renta y Complementarios. El declarante es el mismo contribuyente que paga el impuesto. - Impuestos Indirectos: Se trata de aquellos donde el sujeto jurídico no es el mismo sujeto económico, quien paga el monto respectivo. Ejemplo: El impuesto sobre las ventas: Quien declara (responsable jurídico) no es el mismo que paga el monto del impuesto (lo hace el comprador).
5. ALGUNOS IMPUESTOS EN COLOMBIA Dentro de los Impuestos Nacionales tenemos: Impuesto sobre la Renta y Complementario. Impuesto sobre las Ventas. Impuesto al Gravamen Financiero. Impuesto de Remesa. Impuesto de Timbre Nacional. Impuesto para preservar la seguridad democrática.
6. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS EN COLOMBIA 2. CONTRIBUCIONES: Se define la contribución como, una compensación pagada con carácter obligatoria a un ente público, con ocasión de una obra realizada por él con fines de utilidad pública pero que proporciona ventajas especiales a los particulares propietarios de bienes inmuebles.
7. CONTRIBUCIONES contribuciones por mejora o contribución de valorización que siempre se ha orientado a la realización de obras publicas (es la mas importante y la mas conocida). Sin embargo existen otro tipo de contribuciones que nada tiene que ver con obras, se puede citar el impuesto a la gasolina y combustibles, que se destina a la construcción y mejora de carreteras, el cual es en estricto sentido una contribución. De lo expuesto se deduce que existe un beneficio para quien paga, pero dicho beneficio no siempre es directo aunque sì es identificable, tal como acontece con la contribución de valorización de beneficio general.
8. CLASES DE CONTRIBUCIONES Contribuciones sociales: Son los mismos aportes parafiscales, que son percibidos por las entidades designadas para prestar servicios de seguridad social, fomentar la enseñanza de los trabajadores, fortalecer la familia, etc. Con los aportes de salud y pensiones, el estado busca proteger y mejorar el nivel de vida, se benefician los trabajadores en forma directa y los empleadores en forma indirecta. - Contribuciones corporativas: Son los aportes pagados a determinadas instituciones, por servicios específicos, que pueden ser gremiales. Algunas son: Pagos a Cámaras de comercio, Superintendencias y Contralorías.
9. CLASES DE CONTRIBUCIONES - Contribuciones económicas: Son los pagos obligatorios que hacen los contribuyentes y que tienen destinación más o menos específica. Ej: Contribución por Valorización. - Otras contribuciones: A pesar de su denominación, son: Impuestos a la Gasolina y el Impuesto de Boca de Mina de Carbón.
10. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS EN COLOMBIA 3. TASAS: Se refiere a un tributo con menor grado de obligatoriedad, ya que depende del sometimiento voluntario del particular al decidirse a utilizar un servicio del Estado, que se sabe implica una obligación de pagar y la existencia de un ente público que dará una contraprestación directa a quien paga.
11. TASAS Ejemplos, la tasa aeroportuaria (solamente paga quien vaya a viajar) correos y servicios públicos. Las tasas pueden contemplar subsidios como en los servicios públicos para ciertos estratos
12. APORTES PARAFISCALES Son los aportes que por ley deben realizar mensualmente los empleadores, estos recursos que en su totalidad representan el 9% sobre el valor completo de la nomina que pagan mensualmente los empresarios, se discriminan en 3% con destino al I.C.B.F., 2% para el servicio nacional de aprendizaje(SENA) y el 4% para las cajas de compensación familiar. Ahora, para que se pueda considerar un salario integral, este no puede ser inferior a 10 salarios mínimos legales [5.150.000 para el 2010], mas un 30% considerado factor prestacional [1.545.000 para el 2010], es decir, que un salario para que sea considerado legalmente como salario integral, debe ser de por lo menos 13 salarios mínimos legales, que para el 2010, equivale a $6.695.000. Se denomina así porque según el estatuto orgánico de presupuesto, la contribución de tipo parafiscal es un gravamen que tiene carácter obligatorio que se aplica a un determinado y único grupo social y económico para su propio beneficio, la ley provee su administración y ejecución y destino.
13. APORTES PARAFISCALES Quienes deben aportar Todos los empleadores ya sean personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, sin límite alguno en cuanto a su capital, tamaño o número de trabajadores Cuando pagar. Los grandes aportantes, aquellos con más de 20 empleados deben cancelar de acuerdo con el último digito del nit
14. Elementos de la obligación tributaria Sujeto activo Es aquel a quien la ley faculta para administrar y percibir los tributos, en su beneficio o en beneficio de otros entes. A nivel nacional el sujeto activo es el estado representado por el Ministerio de Hacienda y mas concretamente por la dirección de impuestos y aduanas nacionales (en relación con los impuestos administrados por esta entidad conocida como DIAN)
15. Elementos de la obligación tributaria Sujeto pasivo Se trata de las personas naturales o jurídicas obligadas al pago de los tributos, siempre que se realice el hecho generador de esta obligación tributaria sustancial(pagar el impuesto) y deben cumplir las obligaciones formales o accesorias, entre otras: declarar, informar sus operaciones, conservar información y facturar. Los sujetos pasivos cumplen con sus obligaciones en forma personal o por intermedio de sus representantes legales.
16. Elementos de la obligación tributaria Hecho Generador Se trata de la manifestación externa del hecho imponible. Supone que al realizarse un ingreso se va a producir o se produjo una venta; que al venderse, importarse o exportarse un bien se va a producir un consumo; que al registrarse un acto notarial se va a dar un cambio de activos.
17. Elementos de la obligación tributaria Ejemplo: En el impuesto sobre las ventas (IVA): el hecho generador esta dado por la venta o importación de bienes corporales muebles y la prestación de servicios gravados. En el impuesto sobre la renta: un hecho generador es obtener ingresos susceptibles de producir enriquecimiento patrimonial. Es decir que potencialmente pueden incrementar el patrimonio. “El hecho generador es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria”
18. Elementos de la obligación tributaria Hecho imponible imponible se refiere a la materialización del hecho generador previsto en las normas. Marca el nacimiento de la obligación tributaria Ejemplos: En el IVA: vender mercancías, importar bienes o prestar los servicios En el impuesto sobre la renta: Percibir el salario correspondiente al mes laborado, el mes de enero del 2010
19. Elementos de la obligación tributaria CAUSACION Se refiere al momento específico en que surge o se configura la obligación respecto de cada una de las operaciones materia de impuesto. Como sucede en el impuesto de timbre al celebrar un contrato sometido a ese tributo, o en la retención en la fuente, al momento de hacer el pago o abono a la cuenta.
20. Elementos de la obligación tributaria Base gravable Es el valor monetario o unidad de medida del hecho imponible sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto para establecer el valor de la obligación tributaria. Ejemplo En el IVA: La base gravable será el valor de la respectiva venta incluyendo: Gastos de instalación, acarreos, reajuste, y demás conceptos por conceptos de enajenación. Venta de un cortinero por $100.000 mas $20.000 en instalación y accesorios.
21. Elementos de la obligación tributaria Base gravable = $120.000 En el impuesto de timbre El monto del contrato celebrado entre las partes: A celebra contrato con B por $100.000.000. Base gravable $100 millones
22. Elementos de la obligación tributaria Tarifa Una vez conocida la base imponible se le aplica la tarifa, el cual se define como una magnitud establecida en la ley, que aplicada a la base gravable, sirve para determinar la cuantía del tributo. Por ello base gravable y tarifa son conceptos íntimamente ligados sin que el uno pueda tener sentido independiente del otro; es por ello que la naturaleza de la tarifa depende de la base gravable o imponible. La tarifa se expresa en porcentaje y otras se expresan en cantidades de dinero, la diferencia entre unas y otras depende de la base imponible.
23. Elementos de la obligación tributaria Ejemplos: En el IVA, se vende una camisa por $20.000(base imponible) se le aplica una tarifa del 16% entonces el monto del impuesto será el siguiente: Base imponible x tarifa = Monto del Impuesto $20.000 x 16% = $3.200 En el Impuesto de Timbre La obtención de visa de residente para la persona casada con nacionalidad colombiana $120 dólares o su equivalente en otras monedas. Base imponible o hecho generador: obtención visa Tarifa (suma fija de dinero) =us$120
24. IMPUESTO SOBRE LA RENTA El impuesto sobre la renta es un tributo directo de carácter nacional que grava los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o periodo gravable que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan sido expresamente exceptuados
25. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Se estructuran en tres componentes Impuesto sobre la renta gravable. La tarifa del impuesto es del 35%. La base sometida al mismo es la renta gravable, que se obtiene de sumar todos los ingresos ordinarios y extraordinarios susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio y que no estén expresamente exceptuados en la ley. De esta suma se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, así como los costos y deducciones imputables a tales ingresos. · Impuesto sobre ganancias ocasionales. La tarifa del impuesto es del 35%; se aplica con la misma tarifa sobre las ganancias ocasionales de sociedades extranjeras de cualquier naturaleza. Se consideran como ingresos de ganancia ocasional los causados por las ganancias no operacionales obtenidas por la venta de activos, las utilidades originadas en la liquidación de sociedades, las ganancias provenientes de herencias, legados y donaciones y las ganancias por loterías, rifas, apuestas y similares. · Impuesto de remesas. Se causa por la transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales percibidas en Colombia por compañías con inversión extranjera, así como por la obtención de utilidades por parte de sucursales de entidades extranjeras, las cuales se entienden remesadas al exterior. La tarifa del impuesto es del 7%.
26. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Ejemplo, un asalariado que cancela su impuesto mediante la figura de la retención en la fuente, es decir el descuento que debe efectuar el patrono al momento de hacer el pago, para después trasladar este dinero al estado mediante la declaración y pago de las retenciones en la fuente. A su vez se puede ser declarante sin ser contribuyente, es lo que acontece con las entidades que deben presentar declaración de ingresos y patrimonio pero que no liquidan ningún impuesto a cargo.
27. Como se determina la renta liquida gravable. Renta liquida gravable: Se determina asi: Suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios. Menos ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional Se restan las devoluciones , rebajas y descuentos con lo que se obtiene ingresos netos. Se restan costos imputables. Se obtiene la renta bruta. Se restan deducciones y gastos Se obtiene renta liquida. Resta rentas exentas Se obtiene renta liquida gravable Por tarifa Se obtiene impuesto sobre la renta gravable. Menos descuentos tributarios Se obtiene impuesto neto de renta.