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ALTERNATIVAS DE
INVERSION Y
FINANCIAMIENTO
ALUMNA:
MARÍA DE LA CRÚZ GARCÍA VICENTE
órganos intermedios del Consejo
de Administración


Como parte de una filosofía de administración y
control corporativo basada en la existencia de
órganos colegiados y de puestos directivos que
participen en la administración y toma de
decisiones más informadas, la Bolsa Mexicana de
Valores ha establecido los siguientes órganos
intermedios del Consejo de Administración, los
cuales sirven como apoyo para el desempeño de
sus actividades en el mercado de valores.
COMITÉ DE
AUDITORÍA

COMITÉ DE
VIGILANCIA

COMITÉ DE
LISTADO DE
VALORES DE
EMISORAS

COMITÉ DE
PRÁCTICAS
SOCIETARIAS

COMITÉ DE
ADMISIÓN DE
MIEMBRIOS
COMITÉ
DISCIPLINARIO

COMITÉ DE
TECNOLOGÍA

COMITÉ
NORMATIVO

COMITÉ
TÉCNICO DE
METODOLOGÍAS
DE ÍNDICES
COMITÉ DE AUDITORÍA




El Comité de Auditoría es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para
desempeñar las funciones en materia de
auditoría a que se refiere la Ley del Mercado de
Valores y coordinar las actividades tendientes a
la correcta evaluación de riesgos de la
Sociedad y de las personas morales que controle,
con la colaboración de auditoría interna, las
áreas involucradas y, en su caso, el apoyo de
asesores externos.
El Comité de Auditoría tiene como
principales facultades las siguientes:


1. Dar opinión al Consejo de Administración
sobre los asuntos que le competan conforme a la
Ley del Mercado de Valores y disposiciones
generales que emanen de la misma.



2. Evaluar el desempeño de la persona moral que
proporcione los servicios de auditoría externa, así
como analizar el dictamen, opiniones, reportes o
informes que elabore y suscriba el auditor
externo.


3. Discutir los estados financieros de la Sociedad
con las personas responsables de su elaboración
y revisión, y con base en ello recomendar o no al
Consejo de Administración su aprobación.



4. Informar al propio Consejo la situación que
guarda el sistema de control interno y auditoría
interna de la Sociedad o de las personas morales
que ésta controle, incluyendo las irregularidades
que, en su caso, detecte.
COMITÉ DE PRÁCTICAS
SOCIETARIAS


El Comité de Prácticas Societarias es un órgano
delegado del Consejo de Administración de la
Sociedad para desempeñar las actividades en
materia de prácticas societarias que establece la
Ley del Mercado de Valores, asimismo analizará y
evaluará las operaciones en las que la
Sociedad tenga un conflicto de interés.
El Comité de Prácticas Societarias tiene
además las siguientes facultades:


1. Aprobar, en su caso, la compensación del
Presidente del Consejo de Administración de la
Sociedad, y el esquema de compensación del
Director General y del Director General
Adjunto, en el entendido que la función de
aprobar la retribución integral del Director
General de la Sociedad, así como las políticas
para la designación y retribución integral de los
demás directivos relevantes.


2. Determinar las políticas de compensación que
deberá guardar la Sociedad en su estructura
organizacional, con base en la situación de
mercado.



3. Evaluar periódicamente al Director General y
demás directivos relevantes.



4. Realizar consultas que, en su caso, deban
hacerse a terceros expertos independientes, a fin
de adoptar cualesquier decisiones que sean
requeridas.


5. Presentar al Consejo de Administración y ala
Asamblea de Accionistas un reporte respecto de
sus actividades en materia de compensaciones, al
menos anualmente, cuando se les solicite, o
cuando, a su juicio, ameriten hacerse del
conocimiento del Consejo y de la Asamblea de
Accionistas.
COMITÉ DE ADMISIÓN DE
MIEMBROS


El Comité de Admisión de Miembros es un órgano
delegado del Consejo de Administración de la
Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su caso,
aprobar la admisión de cualquier intermediario
financiero que pretenda operar a través de los
sistemas de negociación de la Sociedad en
términos de lo previsto por la Ley del Mercado de
Valores.
COMITÉ DE LISTADO DE VALORES
DE EMISORAS


El Comité de Listado de Valores de Emisoras
(antes Comité de Inscripción de Valores) es un
órgano delegado del Consejo de Administración
de la Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su
caso, aprobar la admisión y listado de valores de
emisoras en la Sociedad, en los términos
previstos en la Ley del Mercado de Valores.
COMITÉ DE VIGILANCIA


El Comité de Vigilancia es un órgano delegado
del
Consejo
de
Administración
de
la
Sociedad, cuyo objeto consiste en coordinar las
funciones de vigilancia del mercado a cargo de la
Sociedad,
incluyendo
la
integración
e
investigación de los casos de presuntas
violaciones a las normas autorregulatorias que
emita la Sociedad, a las disposiciones de su
Reglamento Interior y demás ordenamientos de
la Bolsa Mexicana de Valores, cometidas por las
personas
obligadas
conforme
a
tales
disposiciones.
COMITÉ DISCIPLINARIO


El Comité Disciplinario es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para el
ejercicio de sus facultades disciplinarias y, por
ende, conocer y resolver sobre los casos de
presuntas
violaciones
a
las
Normas
Autorregulatorias que emita la Sociedad, a las
disposiciones de su Reglamento Interior y demás
ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores.
COMITÉ NORMATIVO


El Comité Normativo es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad, para
el ejercicio de sus facultades normativas y, por
ende, establecer y mantener actualizado un
marco normativo de carácter autorregulatorio.
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METODOLOGÍAS DE ÍNDICES
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El Comité Técnico de Metodologías de Índices es
un órgano auxiliar de la Sociedad, para
analizar, determinar y aprobar las metodologías
de cálculo y revisión de los indicadores de
mercado de la Bolsa Mexicana de Valores, así
como
sus
procedimientos
y
reglas
de
mantenimiento
Comité de Tecnología
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El Comité de Tecnología es un órgano de apoyo
del Consejo de Administración, cuyo objeto es
primordialmente desempeñar las actividades
consultivas y de asesoría en materia tecnológica.
PARTICIPACIÓN EN EL MERCADO


Para realizar la oferta pública y colocación
de los valores, la empresa acude a una
casa de bolsa que los ofrece (mercado
primario) al gran público inversionista en
el ámbito de la Bolsa Mexicana. De ese
modo, los emisores reciben los recursos
correspondientes a los valores que fueron
adquiridos por los inversionistas.
La Bolsa Mexicana de Valores es el lugar físico
donde se efectúan y registran las operaciones
que hacen las casas de bolsa. Los inversionistas
compran y venden acciones e instrumentos de
deuda
a
través
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intermediarios
bursátiles, llamados casas de bolsa. Es muy
importante recalcar que la Bolsa Mexicana no
compra ni vende valores.
IMPORTANCIA DE LA BOLSA
DENTRO DEL PAÍS



La Bolsa Mexicana ha
fomentado el desarrollo
de México, ya que, junto
a las instituciones del
sector financiero, ha
contribuido a canalizar
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ahorro
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inversión
productiva,
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MONITOREO DE MERCADO
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Vigilancia de Mercado es el área de la Bolsa
Mexicana de Valores, encargada de monitorear y
vigilar el cumplimiento de las obligaciones a
cargo de las emisoras, los intermediarios y sus
operadores establecidas en el Reglamento
Interior
de
la
Institución,
investigando,
documentando
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presentando
ante
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distintos
órganos
disciplinarios de la Bolsa, cualquier acto o hecho
que presuntamente constituya un incumplimiento
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

Entre otras actividades, da seguimiento al
comportamiento de las cotizaciones de los
valores que operan en el Mercado de
Capitales, asegurando que los participantes del
mercado
cuenten
con
información
clara, veraz, suficiente y oportuna, misma que
difunden las Emisoras a la Bolsa mediante
Eventos Relevantes, buscando proveer de mayor
transparencia al Mercado.



En los plazos establecidos por la CNBV,
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  • 2. órganos intermedios del Consejo de Administración  Como parte de una filosofía de administración y control corporativo basada en la existencia de órganos colegiados y de puestos directivos que participen en la administración y toma de decisiones más informadas, la Bolsa Mexicana de Valores ha establecido los siguientes órganos intermedios del Consejo de Administración, los cuales sirven como apoyo para el desempeño de sus actividades en el mercado de valores.
  • 3. COMITÉ DE AUDITORÍA COMITÉ DE VIGILANCIA COMITÉ DE LISTADO DE VALORES DE EMISORAS COMITÉ DE PRÁCTICAS SOCIETARIAS COMITÉ DE ADMISIÓN DE MIEMBRIOS
  • 5. COMITÉ DE AUDITORÍA   El Comité de Auditoría es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad para desempeñar las funciones en materia de auditoría a que se refiere la Ley del Mercado de Valores y coordinar las actividades tendientes a la correcta evaluación de riesgos de la Sociedad y de las personas morales que controle, con la colaboración de auditoría interna, las áreas involucradas y, en su caso, el apoyo de asesores externos.
  • 6. El Comité de Auditoría tiene como principales facultades las siguientes:  1. Dar opinión al Consejo de Administración sobre los asuntos que le competan conforme a la Ley del Mercado de Valores y disposiciones generales que emanen de la misma.  2. Evaluar el desempeño de la persona moral que proporcione los servicios de auditoría externa, así como analizar el dictamen, opiniones, reportes o informes que elabore y suscriba el auditor externo.
  • 7.  3. Discutir los estados financieros de la Sociedad con las personas responsables de su elaboración y revisión, y con base en ello recomendar o no al Consejo de Administración su aprobación.  4. Informar al propio Consejo la situación que guarda el sistema de control interno y auditoría interna de la Sociedad o de las personas morales que ésta controle, incluyendo las irregularidades que, en su caso, detecte.
  • 8. COMITÉ DE PRÁCTICAS SOCIETARIAS  El Comité de Prácticas Societarias es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad para desempeñar las actividades en materia de prácticas societarias que establece la Ley del Mercado de Valores, asimismo analizará y evaluará las operaciones en las que la Sociedad tenga un conflicto de interés.
  • 9. El Comité de Prácticas Societarias tiene además las siguientes facultades:  1. Aprobar, en su caso, la compensación del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, y el esquema de compensación del Director General y del Director General Adjunto, en el entendido que la función de aprobar la retribución integral del Director General de la Sociedad, así como las políticas para la designación y retribución integral de los demás directivos relevantes.
  • 10.  2. Determinar las políticas de compensación que deberá guardar la Sociedad en su estructura organizacional, con base en la situación de mercado.  3. Evaluar periódicamente al Director General y demás directivos relevantes.  4. Realizar consultas que, en su caso, deban hacerse a terceros expertos independientes, a fin de adoptar cualesquier decisiones que sean requeridas.
  • 11.  5. Presentar al Consejo de Administración y ala Asamblea de Accionistas un reporte respecto de sus actividades en materia de compensaciones, al menos anualmente, cuando se les solicite, o cuando, a su juicio, ameriten hacerse del conocimiento del Consejo y de la Asamblea de Accionistas.
  • 12. COMITÉ DE ADMISIÓN DE MIEMBROS  El Comité de Admisión de Miembros es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su caso, aprobar la admisión de cualquier intermediario financiero que pretenda operar a través de los sistemas de negociación de la Sociedad en términos de lo previsto por la Ley del Mercado de Valores.
  • 13. COMITÉ DE LISTADO DE VALORES DE EMISORAS  El Comité de Listado de Valores de Emisoras (antes Comité de Inscripción de Valores) es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su caso, aprobar la admisión y listado de valores de emisoras en la Sociedad, en los términos previstos en la Ley del Mercado de Valores.
  • 14. COMITÉ DE VIGILANCIA  El Comité de Vigilancia es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad, cuyo objeto consiste en coordinar las funciones de vigilancia del mercado a cargo de la Sociedad, incluyendo la integración e investigación de los casos de presuntas violaciones a las normas autorregulatorias que emita la Sociedad, a las disposiciones de su Reglamento Interior y demás ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores, cometidas por las personas obligadas conforme a tales disposiciones.
  • 15. COMITÉ DISCIPLINARIO  El Comité Disciplinario es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad para el ejercicio de sus facultades disciplinarias y, por ende, conocer y resolver sobre los casos de presuntas violaciones a las Normas Autorregulatorias que emita la Sociedad, a las disposiciones de su Reglamento Interior y demás ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores.
  • 16. COMITÉ NORMATIVO  El Comité Normativo es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad, para el ejercicio de sus facultades normativas y, por ende, establecer y mantener actualizado un marco normativo de carácter autorregulatorio.
  • 17. COMITÉ TÉCNICO DE METODOLOGÍAS DE ÍNDICES  El Comité Técnico de Metodologías de Índices es un órgano auxiliar de la Sociedad, para analizar, determinar y aprobar las metodologías de cálculo y revisión de los indicadores de mercado de la Bolsa Mexicana de Valores, así como sus procedimientos y reglas de mantenimiento
  • 18. Comité de Tecnología  El Comité de Tecnología es un órgano de apoyo del Consejo de Administración, cuyo objeto es primordialmente desempeñar las actividades consultivas y de asesoría en materia tecnológica.
  • 19. PARTICIPACIÓN EN EL MERCADO  Para realizar la oferta pública y colocación de los valores, la empresa acude a una casa de bolsa que los ofrece (mercado primario) al gran público inversionista en el ámbito de la Bolsa Mexicana. De ese modo, los emisores reciben los recursos correspondientes a los valores que fueron adquiridos por los inversionistas.
  • 20. La Bolsa Mexicana de Valores es el lugar físico donde se efectúan y registran las operaciones que hacen las casas de bolsa. Los inversionistas compran y venden acciones e instrumentos de deuda a través de intermediarios bursátiles, llamados casas de bolsa. Es muy importante recalcar que la Bolsa Mexicana no compra ni vende valores.
  • 21. IMPORTANCIA DE LA BOLSA DENTRO DEL PAÍS  La Bolsa Mexicana ha fomentado el desarrollo de México, ya que, junto a las instituciones del sector financiero, ha contribuido a canalizar el ahorro hacia la inversión productiva, fuente del crecimiento y del empleo en el país.
  • 22. MONITOREO DE MERCADO  Vigilancia de Mercado es el área de la Bolsa Mexicana de Valores, encargada de monitorear y vigilar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las emisoras, los intermediarios y sus operadores establecidas en el Reglamento Interior de la Institución, investigando, documentando y presentando ante los distintos órganos disciplinarios de la Bolsa, cualquier acto o hecho que presuntamente constituya un incumplimiento a la normatividad vigente.
  • 23.  Entre otras actividades, da seguimiento al comportamiento de las cotizaciones de los valores que operan en el Mercado de Capitales, asegurando que los participantes del mercado cuenten con información clara, veraz, suficiente y oportuna, misma que difunden las Emisoras a la Bolsa mediante Eventos Relevantes, buscando proveer de mayor transparencia al Mercado.  En los plazos establecidos por la CNBV, conjunción con las demás áreas de Bolsa, lleva a cabo la revisión y evaluación los Requisitos de Mantenimiento de Inscripción. en la de la