Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
PRESENTACIÓN SINTRAIDEAM
1. Haga clic para modificar el estilo de subtítulo del patrón
Formas de Organización y
Participación de los trabajadores
para ejercer sus Derechos Colectivos
Los Sindicatos
2. Los sindicatos son
asociaciones de libre ingreso o
retiro, creados por
trabajadores para la defensa
y conquista de derechos y
reivindicaciones, de acuerdo a
los intereses económicos,
sociales, políticos y
profesionales, comunes de
todos los asociados.
Sindicato es la asociación
legal de trabajadores
constituida para la defensa y
promoción de los intereses
profesionales, económicos o
sociales de sus miembros.
Definiciones
3. Es la asociación de trabajadores con
el fin es mejorar sus condiciones
económicas y sociales. Esta
organización representa los intereses
de sus afiliados, negociando con el
empleador los incrementos salariales
y las condiciones laborales
propuestas en la negociación
colectiva. Si no es posible llegar a un
acuerdo, podrá convocar una huelga
o llevar a cabo cualquier otro tipo de
acción sindical para presionar
al empresario o al gobierno.
Definición
Los sindicatos no pueden tener por
objeto la explotación de negocios o
actividades con fines de lucro. Art.
355 CST
4. El Sindicato de Empleados Públicos del IDEAM “SINTRAIDEAM”, es una
organización sindical de primer grado, filial de la Central Unitaria de
Trabajadores “CUT”, que lucha por la defensa de de los derechos
laborales, las garantías sindicales, el respeto de los derechos
humanos, la equidad en el trabajo y en general, mejores
condiciones de vida para los trabajadores colombianos y sus
familias.
5. Las asociaciones sindicales, como organizaciones encargadas de
asumir la defensa de los intereses de los trabajadores asociados,
están protegidos constitucionalmente a través de la facultad de
auto-conformarse y autorregularse.
Esta atribución está limitada por el orden legal, los principios
democráticos y los convenios internacionales sobre derechos
humanos y el derecho al trabajo, que ha ratificado nuestro país.
Veamos como se caracterizan...
6. De empresa, si están formados por individuos de
varias profesiones, oficios o especialidades, que prestan
sus servicios en una misma empresa, establecimiento o
institución.
De industria o por rama de actividad económica,
si están formados por individuos que prestan sus
servicios en varias empresas de la misma industria
o rama de actividad económica.
Gremiales,
si están formados por individuos de una misma
profesión, oficio o especialidad.
De oficios varios, formados por trabajadores de diversas
profesiones, disimiles o inconexas. Sólo pueden formarse
en los lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad,
profesión u oficio en número mínimo requerido para formar uno
gremial, y solo mientras subsista esta circunstancia.
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Las organizaciones haciendo
uso de la autonomía
sindical pueden ser de…
PRIMER
GRADO:
sindicatos
de empresa,
gremiales, de
industria o
actividad económica,
generales o de oficios
varios. Ej. SINTRAIDEAM
SEGUNDO GRADO: LAS FEDERACIONES.
Son la agrupación de sindicatos de cualquier
clase, es decir de empresa, industria, gremial,
general o de oficios varios. Ej. Federación
Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado
“FENALTRASE”
TERCER GRADO: LAS CONFEDERACIÓNES.
Son la agrupación de federaciones u organizaciones de
segundo grado cualquiera sea su clase. Representan la
máxima autoridad en jerarquía sindical y puede afiliar
sindicatos de primer grado, como la Central Unitaria de
Trabajadores de Colombia CUT
ORGANIZACIONES SINDICALES INTERNACIONALES:
Constituyen la globalización de la acción sindical, como la
Confederación Sindical Internacional, a la cual esta afiliada la CUT, La
Federación Sindical Mundial.
8. OBJETIVOS DE
LOS SINDICATOS
Adoptar un programa de acción y una
plataforma de lucha en la que se exprese
claramente la identidad de clase y lo que
la organización representa y se propone.
Educar a los trabajadores en el espíritu
de responsabilidad, solidaridad e
independencia de clase, a fin de
conducirlos a la conquista y defensa de
sus derechos y los del resto de la
población explotada y oprimida.
Formación de la conciencia de clase y
disciplina de los trabajadores, para
emprender las acciones reivindicativas
que permitan el logro de una sociedad
mejor, combatiendo los vicios del
sistema capitalista.
9. OBJETIVOS DE
LOS SINDICATOS
Promover la organización y
movilización de la clase
trabajadora en procura de
lograr los cambios que se
requieren para lograr mejores
condiciones de vida, en unidad
con todos los sectores
populares y sociales
consecuentes.
Promover la organización
política de la clase trabajadora
para la efectiva defensa de sus
derechos.
10. Principios del Sindicalismo
Los sindicatos para que puedan jugar su verdadero papel en la
lucha de clases y en la defensa de los intereses de los
trabajadores, fundamentan su actividad en los siguientes
principios:
INDEPEDENCIA
DEMOCRACIA
SOLIDARIDAD
IDENTIDAD DE CLASE
PLURALISMO
UNIDAD DE ACCION
UNIDAD SINDICAL
ALIANZA CON OTROS
SECTORES SOCIALES
11. Funciones
de los
sindicatos
Representar los intereses colectivos y
económicos de sus afiliados ante las
autoridades administrativas, ante
empleadores y demás.
Presentar los pliegos de peticiones,
realizar la negociación colectiva y en
general todas las acciones organizativas y
reivindicativas en materia laboral,
(jornada, salario, condiciones dignas de
trabajo, etc.), prestacional (vacaciones,
licencias, pensiones, régimen de salud,
etc.), social y económica para sus
afiliados.
Hacer seguimiento a los acuerdos
logrados con el gobierno o empleador que
defienden el ejercicio de la profesión.
12. Funciones
de los
sindicatos
Asesorar a los afiliados en sus
reclamaciones y exigibilidad de derechos.
Promover la educación sindical y política
para formar la conciencia de clase y el
logra de la dignificación de los
trabajadores y del pueblo en general.
Garantizar la comunicación permanente
y fluida con sus asociados.
Fomentar el espíritu solidario entre los
afiliados y con el movimiento sindical y
popular en general.
Promover programas sociales y
culturales que beneficien a los asociados
Promover la democracia participativa.
13. FORMAS DE LUCHA SINDICAL
LA MOVILIZACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA:
DERECHO A LA PROTESTA
LA ORGANIZACIÓN INTERNA:
LAS ASAMBLEAS, COMITÉS, ELECCIONES, ESTATUTOS,
NO BUROCRATIZACIÓN, ETC.
LA VÍA JURÍDICA
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA: GRAN
COALICIÓN DEMOCRÁTICA, etc.
LA VÍA PARLAMENTARIA
LA VÍA DE HECHO: EL PARO Y LA HUELGA
14. La Cuota Sindical
La cuota sindical es el primer acto de solidaridad sindical de
todo afiliado, además es una actitud de principios basada en
la independencia política de clase, que procura el auto
sostenimiento de la organización sindical.
Importancia de la cuota sindical
Constituye un deber una obligación de todo afiliado, ya que
implica el sostenimiento de la lucha y la gestión sindical.
Si el afiliado cumple su deber puede exigir sus derechos
como afiliado.
Una organización sindical económicamente fuerte será
capaz de organizar y ofrecer mejores servicios a sus afiliados
y a sus familias.
Todo afiliado está llamado a ser un activista sindical y
cotizante sin mora.
15. Ante la necesidad de
construir alternativas al
fenómeno de la
globalización, la agresión
permanente del modelo
neoliberal a los derechos de
los trabajadores,
la integración de mercados
mundiales, el
debilitamiento de la
soberanía de los países, la
fusión y alianzas de
empresas transnacionales,
se hace prioritario
fortalecer el movimiento
sindical mundial.
16. Importancia de la organización sindical mundial
La organización sindical mundial es importante porque en los
actuales momentos se requiere:
- El establecimiento de un movimiento sindical que interprete los
retos del neoliberalismo y que se proyecte para el futuro.
- Globalizar la solidaridad y construir un internacionalismo sindical
eficaz. Es el reto permanente y crucial para todos los sindicalistas,
y reviste una importancia capital para el futuro del movimiento
sindical.
- Lograr la unidad es una tarea urgente para el movimiento sindical
internacional y se dan actualmente las condiciones necesarias
para ello.
- La organización sindical internacional se debe basar en los valores,
principios y objetivos del sindicalismo así como en el pluralismo y
la democracia internos.
Hay un mundo que cambiar
18. INTERNACIONALIZACIÓN DEL MOVIMIENTO SINDICAL
Las reivindicaciones y luchas actuales del movimiento
sindical en una nueva perspectiva mundial, deben
conducir a la lucha por garantizar derechos laborales
internacionales básicos para todos los trabajadores y
encontrar nuevas formas internacionales de
representación, participación y negociación política, más
apropiadas para el siglo XXI que para el XIX.
El sindicalismo debe ser parte del movimiento y proyecto
integral de transformación social y política que genere
otra alternativa de civilización.
Se trata de cumplir un papel más político, más solidario,
más participativo, para ejercer liderazgo social y ser cada
vez más interlocutor de nuevos procesos.
En este camino se requiere fortalecer los encuentros con
otros sectores que resultan de la relación entre trabajo y
medio ambiente, trabajo y sistemas educativos, trabajo y
feminismo, trabajo y juventud, trabajo y necesidades
socio-culturales, trabajo y estado, entre otros.
19. En 1919 se crea la Organización Internacional del Trabajo OIT, como
parte del Tratado de Versalles, con el cual concluyó la I Guerra
Mundial. Las luchas de los trabajadores presionaban por la justicia
social y era necesario alcanzar una paz duradera y universal. Los
fundadores de la OIT buscaban lograr la conquista de normas
internacionales para garantizar condiciones de trabajo equitativas,
más humanas y así combatir las injusticias, las privaciones y la
pobreza a que estaban sometidos los trabajadores en todos los
países.
En 1944, en medio de otra crisis internacional, los miembros de la OIT
profundizaron en estos objetivos mediante la adopción de la
Declaración de Filadelfia, en la cual se afirma que
EL TRABAJO NO ES UNA MERCANCÍA,
y se proponen derechos humanos y económicos fundamentales bajo
el principio según el cual “la pobreza, en cualquiera lugar, constituye
un peligro para la prosperidad de todos”. Se lema actual es
EL TRABAJO DECENTE
20. La Organización Internacional del Trabajo
La Declaración de Filadelfia, adoptada por la
Conferencia Internacional de Trabajo de 1944 e
incorporada en la Constitución de la OIT en 1946,
explicitó la relación existente entre los derechos
humanos fundamentales y los derechos sindicales.
Las libertades de expresión y de asociación son
esenciales para un progreso constante, y se
relacionan a los derechos fundamentales
inherentes a la dignidad humana.
En 1970, la Conferencia Internacional del Trabajo
adopta la Resolución sobre los derechos sindicales
y su relación con las libertades civiles.
"Reconoce que los derechos conferidos a las
organizaciones de trabajadores y de empleadores
se basan en el respeto de las libertades civiles
enumeradas, en particular, en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La OIT elabora normas internacionales
del Trabajo (NIT). Una NIT es un texto
dirigido a los Estados Miembros y la
comunidad internacional, en el cual se
definen lineamientos y pautas mínimas
para regular el mundo del trabajo.
Se expresan como convenios,
recomendaciones, y protocolos que en
conjunto componen el sistema de
normas internacionales del trabajo.
El carácter tripartito sobre el que se
sustenta la estructura de la OIT ha
permitido que su trabajo legislativo a
favor de los trabajadores/as sea el
resultado de un esfuerzo conjunto de los
gobiernos, empleadores y trabajadores.
21. La OIT: Derechos Fundamentales
Durante la 103° Conferencia Internacional del Trabajo, la OIT aprobó “Intensificar la lucha contra
el Trabajo Forzoso”. Se crea un bloque mínimo de derechos humanos fundamentales por cuyo
respeto universal, los Estados Miembros asumieron el compromiso de garantizar su vigencia
absoluta.
Esta declaración trata de la libertad sindical y la negociación colectiva, la eliminación de toda
forma de trabajo forzoso, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la
discriminación en materia de empleo y ocupación. Estos derechos laborales fundamentales se
encuentran en ocho Normas Internacionales del Trabajo, que son:
Convenio 87, relativo a la libertad sindical y protección del derecho de sindicación.
Convenio 98, relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de
negociación colectiva.
Convenio 29, relativo al trabajo forzoso u obligatorio.
Convenio 105, relativo a la abolición del trabajo forzoso.
Convenio 100, relativo a la igualdad de remuneración.
Convenio 111, relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación.
Convenio 138, relativo a la edad mínima de admisión al empleo.
A este último convenio debe añadirse el recientemente aprobado Convenio 182 sobre
prohibición de las peores formas de trabajo infantil.
22. La tarea pendiente
Sigue siendo vigente contrarrestar el modelo socio-
económico y político actual basado en la explotación.
Para llevarlo a cabo es vital encontrar aliados en la lucha
global. La existencia de preocupaciones e iniciativas
compartidas con otros sectores, pueden llevar a un renacer
del mundo de los trabajadores organizados, para responder
a su razón de ser histórica:
Liberar a la clase trabajadora por su propio esfuerzo, de la
miseria, la injusticia y la opresión, lograr la emancipación
humana y superar la alienación.
Rebelarse contra la injusticia es legítimo. No es solo un
derecho, es un deber, si queremos ser sujetos históricos,
es decir protagonistas de nuestra propia historia.