2. • ARTÍCULO 87 “Trabajo a domicilio es el que se ejecuta, habitual o
temporalmente, de forma continua o discontinua, por cuenta de
uno o más empleadores, en el domicilio del trabajador o en el lugar
designado por este, sin supervisión directa e inmediata del
empleador. El empleador tiene la facultad de establecer las
regulaciones de la metodología y técnicas del trabajo a realizarse.
En la producción de bienes inmateriales el derecho a la propiedad
intelectual del bien producido lo reserva el empleador, salvo que
medie pacto expreso en contrario”.
•
• Comentario: Antes de introducirnos al análisis jurídico de la
norma en relación al Teletrabajo, como un aspecto general
debemos mencionar que en la década de los setenta, año 1973, se
empleó por primera vez en los Estados Unidos por Jack Nilles el
término “teletrabajo” –“telecommuting” (tele desplazamiento),
donde lo define como “cualquier forma de sustitución de
desplazamientos relacionados con la actividad laboral por
tecnologías de la información”, es decir,” la posibilidad de enviar el
trabajo al tele trabajador, en lugar de enviar el trabajador al
trabajo” .
3. • La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define al
teletrabajo como “cualquier trabajo efectuado en un lugar
donde, lejos de las oficinas o los talleres centrales, el trabajador
no mantiene un contacto personal con sus colegas, pero puede
comunicarse con ellos a través de las nuevas tecnologías” . El
grupo de expertos de la Comisión Europea y de la Fundación
Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo
definió al teletrabajo como “cualquier forma de trabajo
desarrollada por cuenta de un empresario o un cliente, por un
trabajador dependiente, un trabajador autónomo o un
trabajador a domicilio, y efectuada regularmente y durante una
parte importante del tiempo de trabajo desde uno o más lugares
distintos del puesto de trabajo tradicional, utilizando
tecnologías informáticas y/o de telecomunicaciones . Pero ¿qué
significa Teletrabajo?, de acuerdo a su definición etimológica
proviene del prefijo griego tele “distancia o lejanía”, y el término
trabajo, haciendo referencia al trabajo ejecutado a distancia. La
posibilidad de realizar un trabajo sin necesidad de permanecer
en un espacio físico determinado
4. • Muchos autores señalan tipologías diversas sobre el teletrabajo, sin
embargo, al parecer resulta acertada la mencionada por el autor
español Sellas I Benvingut , que presenta cinco modalidades de
teletrabajo, a) el teletrabajo a domicilio, la fórmula más común de
teletrabajo y quizás la primera fórmula de teletrabajo, consiste en la
prestación habitual de la actividad laboral por parte del trabajador
en su propio domicilio, quedando sustituido por éste el lugar o
centro de trabajo donde el trabajador realiza tradicionalmente la
actividad económica de la empresa; b) los telecentros o agencias de
servicios, “telecottages” se trata de espacios físicos al servicio de
terceros para su uso compartido, que acuden en (SACO BARRIOS,
Raúl. El teletrabajo. Revista Derecho PUC. N° 60. Editorial Pontificia
Universidad Católica del Perú. Lima. 2007. Pág.326 Real Academia
Española, Diccionario de la Lengua Española, Vigésima segunda
edición. 2001. Define la telemática como “la aplicación de las
técnicas de la telecomunicación y de la informática a la transmisión
a larga distancia de información computarizada”. PUNTRIANO
ROSAS, Cesar Alfredo. interés propio o por cuenta de las empresas
para las que trabajan en régimen de prestación de servicios o de
actividad laboral, no necesariamente pertenecientes a una misma
empresa, que desempeñan su trabajo de forma independiente, pero
que aprovechan como usuarios de las diversas formas y niveles de
equipamiento que les ofrece el telecentro según sus propias
necesidades; c) sistema distribuido, según el cual pequeñas
unidades descentralizadas, ubicadas en distintos lugares
geográficos, por lo general elegidos estratégicamente
5. • Reflexión final En el Perú no nos falta la tecnología, sino
legislación y un gran impulso por parte de nuestros
legisladores de dar mayores incentivos a los empleadores
en la realización de esta modalidad de trabajo,
lograremos obtener en un futuro cercano con el
teletrabajo mayores beneficios para la sociedad como
también la obtención de ventajas empresariales que
ayudaran al desarrollo de nuestro país, tomando en
cuenta los modelos extranjeros y rescatando las ventajas
que a lo largo de ya 30 años desde que se utilizó por
primera vez el teletrabajo, incrementan la economía del
mundo. Por otra parte también, resulta viable promover la
cultura del teletrabajo, los conocimientos y la confianza,
por lo que no estamos aprovechando al máximo una
mejor distribución del tiempo para trabajar y compartir
con la familia, ya que se evita el traslado hacia y desde la
oficina cinco días a la semana según sea el caso. Ahorro,
por los gastos de transporte o gasolina, estacionamiento
y comida en la calle