2. EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
• Existen 3 formas de limitar la legal estancia del
extranjero en el territorio nacional y estas son:
La expulsión
La deportación
La extradición
3. EXPULSION DE EXTRANJEROS.
La palabra expulsar proviene del latín
expulsare, verbo frecuentativo de expellere,
formado por el prefijo ex- (de, desde, de
dentro a afuera) y el verbo pellere (empujar,
impulsar, lanzar). Es decir "empujar a alguien
de un interior a un exterior".
4. • La expulsión en México es una facultad
discrecional del ejecutivo, establecida en la
constitución en el artículo 33.
ARTICULO 33. Son extranjeros los que no posean
las calidades determinadas en el artículo 30.
Tienen derecho a las garantías que otorga el
capitulo l, titulo primero, de la presente
constitución
5. • pero el ejecutivo de la unión tendrá la
facultad exclusiva de hacer abandonar el
territorio nacional, inmediatamente y sin
necesidad de juicio previo, a todo
extranjero cuya permanencia juzgue
inconveniente.
6. • Los extranjeros no podrán de ninguna
manera inmiscuirse en los asuntos
políticos del país
7. • En México, el propio señalamiento no estipula la
necesidad de que el ejecutivo funde y motive la
causa legal de la expulsión, sino que es discrecional
el mismo. Además, tampoco le concede al
extranjero, objeto de la expulsión, ningún
procedimiento para que pudiera defenderse en
contra de este acto de autoridad.
8. • A los nacionales normalmente no cabe
aplicarles dicha sanción
9. • Las causas de expulsión para Alfredo Verdross
las reduce a las siguientes:
• a) Poner en peligro la seguridad y el orden del
Estado de residencia.
• b) Ofensa inferida al Estado de residencia
• c) Amenaza u ofensa a otros estados.
• d) Delito cometido dentro o fuera del país.
• e) Perjuicios económicos ocasionados al
estado de residencia.
• f) Residencia en el país sin autorización
10. • Las causas que pueden originar la
expulsión son:
• a) Condena por la comisión
de delitos comunes
• b) Mendicidad y vagabundaje
• c) Enfermedades epidémicas o
infectocontagiosas