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COMITÉ DE CONVIVENCIA
PACTO DE CONVIVENCIA
MISIÓN
La Institución Educativa Técnica comercial CAMILA MOLANO, de carácter oficial,
orientará la formación Técnica profesional, en los niveles de Preescolar, Básica
Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica, a los niños y jóvenes de los sectores
rural y urbano del municipio de Venadillo, con el esfuerzo de Directivos, Docentes y
Administrativos adscritos a su planta de personal y con la asesoría del Sena, dentro
del proceso de articulación del convenio establecido.
VISIÓN
Ser la Institución Educativa número uno en cobertura y calidad educativa en el
municipio de Venadillo y la pionera en la implementación de la Modalidad Técnica
comercial con articulación con el Sena.
Facilitar el ingreso de nuestros egresados al mundo laboral, con los suficientes
valores éticos y morales, y un alto sentido de pertenencia a la región.
DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES SUS ESTÍMULOS
ARTICULO 9. Los estudiantes tienen DERECHO a:
1. Conocer y apropiarse de los lineamientos generales de la Institución, su
Filosofía, Misión y Visión y en especial el Pacto de Convivencia.
2. Ser atendidos de manera cortés y a recibir por parte de las Directivas, docentes
y administrativos, el trato, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano
merece de sus semejantes.
3. Ser tratados con imparcialidad sin distinción de raza, credo religioso, origen
social, situación económica o ideas políticas.
4. Que se le programen oportunamente las evaluaciones y trabajos,
distribuyéndose racionalmente. Además, que se le programen actividades de
recuperación a lo largo del período.
5. Conocer con anterioridad los planes de estudio, los logros propuestos, los
indicadores de logro, los niveles de desempeño, contenidos temáticos y demás
actividades pedagógicas de cada Área, así como los medios de evaluación de
su rendimiento escolar y las condiciones de promoción o reprobación..
6. Pedir explicaciones sobre los temas de las diferentes áreas cuando lo requiera y
en el momento oportuno.
7. Presentar respetuosamente los reclamos, aclaraciones y sugerencias que
considere pertinentes en forma verbal o escrita siguiendo el conducto regular.
Profesor de la asignatura, Director de Grupo, Coordinador General, Rector,
Consejo Académico y Consejo Directivo.
8. Que se le dé a conocer las anotaciones que sobre su comportamiento se
escriban en el Observador del Alumno para hacer las aclaraciones o descargos
respectivos.
9. Que se le respete el debido proceso de acuerdo con el presente Pacto de
Convivencia en el caso que deba ser sancionado.
10. No ser sancionado dos veces por la misma falta.
11. Ser reconocido y estimulado por méritos especiales en los académico, cultural o
deportivo.
12. Conocer los informes y resultados de su proceso formativo correspondiente a
cada período antes de ser registrados en las respectivas planillas y entregados
a Coordinación.(Dec 1290/09)
13. Que sus trabajos y lecciones escritas sean evaluados y devueltos debidamente
calificados en un plazo máximo de cinco días hábiles.
14. Utilizar los elementos didácticos y deportivos siempre y cuando responda por los
daños si estos se presentan. Para tener acceso a tales elementos debe dejar
en depósito el carné estudiantil.
15. Que se le concedan los estímulos que ofrece la Institución.
16. Presentar las justificaciones necesarias por sus ausencias en caso de que ellas
sean de fuerza mayor para lo cual es necesaria la presencia del padre de familia
en Coordinación.
17. Presentar evaluaciones y trabajos extemporáneos cuando su ausencia sea
justificada previa autorización escrita del Coordinador.
18. Que se le expidan los certificados y constancias de estudio en un plazo no
mayor de 10 días hábiles después de presentada la solicitud.
19. Que se le informe oportunamente (el día anterior como mínimo) por parte de los
docentes cuando estos van a suspender labores escolares.
20. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación
estudiantil e institucional.
21. Que se le conceda la promoción anticipada siempre y cuando demuestre que ha
alcanzado los logros previstos correspondientes al grado en el cual se matriculó.
(Decreto 1290 /09 Art.7)
22. Elegir o ser elegido como representante de los alumnos en el Consejo Directivo,
Consejo Estudiantil y Personería estudiantil
23. Que se le respete el derecho de petición.
24. Representar dignamente a la Institución en los diferentes eventos culturales,
sociales y deportivos.
25. Derecho a la defensa ante la instancia correspondiente.
ARTICULO 10. Son DEBERES de los estudiantes:
1. Asumir los derechos y cumplir con los deberes estipulados en el presente
artículo.
2. Velar y responder por el buen uso, estado y aseo de la Institución, muebles,
recursos didácticos e implementos deportivos.
3. Los caballeros deberán mantener el cabello limpio y con un corte masculino. Las
niñas, mantener el cabello limpio (libre de parásitos), bien peinado y recogido
con una moña preferiblemente de color blanco o negro.
4. Guardar compostura y civismo en los actos públicos y actividades comunitarias.
5. Representar con honor y dignidad a la Institución en eventos de tipo científico,
cultural, deportivo, artístico, etc, cuando se le conceda tal privilegio.
6. Permanecer dentro del aula durante los períodos de clase con o sin la presencia
del docente, observando buen comportamiento como una forma de expresar su
autonomía y responsabilidad.
7. Durante los descansos no debe permanecer en el aula. De lo contrario deberá
responder por las pérdidas o daños que se presentaran.
8. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos para el ingreso a la
Institución, iniciación de clases y demás actividades curriculares.
9. Mantener una correcta presentación personal y portar con respeto el uniforme de
diario y educación física dentro y fuera de la Institución, teniendo en cuenta que
debe evitarse el porte de joyas (pearcins, expansores, etc), así como la
utilización del uniforme fuera de la jornada escolar.
10. Toda ausencia forzosa a clase o actividades programadas debe ser justificada
personalmente por el padre de familia ante la Coordinación. La Coordinación
autorizará por escrito al estudiante para que presente las evaluaciones
pendientes en un plazo máximo de una semana.
11. Entregar oportunamente a los padres de familia las citaciones o informes que la
Institución les envíe por su conducto.
12. Dedicar todos sus esfuerzos para alcanzar los logros y niveles de desempeño
académico y formativo que se proponen las programaciones curriculares.
13. Respetar y dar buen uso a las instalaciones del colegio como son los pasillos,
escaleras, columnas, alberca, baños y balcones.
14. Cumplir oportunamente con las tareas, lecciones y trabajos dentro de los
términos establecidos procurando la excelencia en la presentación y manejo de
contenidos.
15. Abstenerse de realizar actividades ajenas al desarrollo de la clase o que
correspondan a otra asignatura.
16. Ejercer las monitorias como una misión solidaria, responsable y eficiente,
cuando le sean asignadas.
17. Informarse permanentemente sobre la realidad política, social y económica del
municipio, el departamento y la nación asumiendo una actitud consecuente y
responsable.
18. Respetar las ideas de los demás para que le sean respetadas las propias y
mantener un ambiente de dialogo, empleando siempre un vocabulario correcto,
como medio de solucionar satisfactoriamente los problemas y conflictos, lo cual
permite el crecimiento personal.
19. Presentarse a clase o demás actividades con los implementos y materiales
necesarios.
20. Utilizar un vocabulario y compostura adecuados dentro y fuera de la Institución,
evitando los apodos, juegos de manos y actitudes que desdicen de su
personalidad y dejan en la ciudadanía una mala imagen de la Institución.
21. Asistir y recibir en su totalidad los seis períodos de clase en básica secundaria y
media técnica; de cinco en la básica primaria y de cuatro en la sección de
preescolar.
22. Cuidar y utilizar con pulcritud los servicios sanitarios en pro de la salud personal
y colectiva.
23. Aprender y cantar con orgullo y sentido de pertenencia los Himnos Nacional, el
Bunde, el Himno de Venadillo y de la Institución.
24. Respetar los reglamentos internos de las salas de mecanografía, computación, y
empresa comercial didáctica, sala de proyecciones, etc. al utilizar sus
servicios.
25. En caso de retiro del plantel es necesario que el alumno presente a paz y salvo
por todo concepto. Debe firmar en la secretaría junto con el padre de familia la
cancelación de la matrícula y devolver el carné estudiantil.
26. Si el alumno ocasiona algún daño a los implementos o a la planta física de
alguna de las sedes de la Institución o a cualquiera de sus bienes o elementos
debe reparar el daño causado a la mayor brevedad previa citación y
presentación del padre de familia.
27. Brindar un trato cortés y respetuoso a todos los miembros de la comunidad
educativa (Directivos, Docentes, Administrativos, compañeros, padres de
familia) y visitantes.
28. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de valor y
colaborar en el cuidado de los bienes ajenos.
29. No usar aparatos de comunicaciones o de reproducción de audio y/o video en
horas de clase, actividades académicas, deportivas, culturales e institucionales.
La institución no se hace responsable de la perdida, daño o mal uso de estos.
Cuando estos fuesen decomisados se le entregaran únicamente al padre de
familia o acudiente.
30. Todo bien que se preste formalmente a un alumno , deberá ser devuelto en la
misma forma y estado en que fue entregado, de lo contrario no se le entregaran
documentos ni se firmará el paz y salvo.
ARTICULO 11. Estímulos para los alumnos
Son aquellos reconocimientos que las Institución confiere a sus estudiantes para
valorar y resaltar su esfuerzo, desempeño académico, de convivencia, solidaridad y
responsabilidad y que constituyen un ejemplo digno de ser imitado por sus
compañeros, con el sano propósito de incentivar la vivencia permanente de los
valores.
IZADA DE BANDERA. Podrán izar bandera los alumnos que:
o Sobresalgan por su excelente rendimiento académico y comportamiento
social en cada período.
o Representen dignamente a la Institución a nivel intercolegial, municipal,
departamental o nacional, en actividades cívicas, culturales, científicas,
tecnológicas,
o Académicas y deportivas.
o Democráticamente sean elegidos al gobierno escolar, en el acto de
posesión ante la comunidad.
RECONOCIMIENTO PÚBLICO. Los estudiantes que realicen los trabajos de
mejor calidad en la jornada cultural se harán acreedores del reconocimiento
público.
RECONOCIMIENTO Y EXALTACIÓN DEL MEJOR BACHILLER. Tal
reconocimiento se hará en el acto de graduación y se asignará por parte del
Consejo Académico al mejor estudiante en cuanto a rendimiento y
comportamiento durante su bachillerato. Este alumno llevará la palabra en la
ceremonia de graduación.
RECONOCIMIENTO A LA EXCELENCIA. Al estudiante con mejor desempeño
en las Pruebas de Estado ICFES.
MENCIÓN DE HONOR. A los mejores deportistas de la institución,
seleccionados por el Comité de Deportes, teniendo en cuenta su
comportamiento, esfuerzo, colaboración y disciplina deportiva.
EXONERACIONES. Estará exento del pago de derechos académicos un
alumno de cada grupo por su excelencia académica y de convivencia social.
FALTAS, CORRECTIVOS Y PROCEDIMIENTOS
ARTICULO 12. Clasificación de las faltas
Las faltas disciplinarias y/o académicas se clasifican en: faltas leves, faltas
graves.
ARTICULO 13 Faltas Leves: Son aquellas que ameritan procesos de orientación,
corrección y seguimiento. Se consideran faltas leves las siguientes:
1. El incumplimiento de los deberes estipulados en el Art. 10, siempre y cuando no
causen perjuicios materiales, físicos, psicológicos, éticos o morales a otros
miembros de la comunidad educativa.
2. La impuntualidad en cualquier compromiso adquirido con la Institución.
3. La utilización de apodos puesto que atentan contra la autoestima y la dignidad.
4. Los retardos o ausencias reiteradas a clases.
5. El desacato a las órdenes y orientaciones impartidas por docentes y directivos.
6. El empleo de huevos, harina, agua, u otro elemento para celebrar cumpleaños,
triunfos, finalización del año escolar etc. dentro y fuera de la institución si porta el
uniforme.
7. Utilizar aparatos de comunicación y reproducción de música y/o video en horas
clase, actos de comunidad, o en la realización de evaluaciones.
8. Escribir en las paredes del plantel, digitar o grabar en los computadores de las
salas de informática o de las oficinas, mensajes que no le sean solicitados por
docentes o directivos.
9. Impedir con charla o juegos el normal desarrollo de la clase o de la actividad que
se esté llevando a cabo.
10. Entrar o salir del aula de clase sin autorización del docente o permanecer en ella
durante los descansos.
11. Consumir alimentos, masticar chicles, agua, gaseosas u otros en clase o en la
formación.
12. Promover o participar en rechiflas y/o silbatinas.
13. Permanecer en la tienda escolar en las horas de clase.
14. Tocar el timbre o campana sin autorización ocasionando desorden o interrupción
momentánea de las clases.
15. Ingresar a la Institución con prendas no apropiadas como pantalonetas, shorts,
minifaldas con las cuales llame la atención y ocasione desorden.
16. Cambiar los pupitres o sacarlos de los salones sin autorización.
17. Llegar a la Institución sin útiles y materiales de estudio.
18. Los juegos de azar: naipes, dados etc
19. No presentarse con el uniforme oficial al plantel salvo si la Coordinación lo
autoriza por circunstancias especiales.
20. Permanecer en la Institución en horas no hábiles salvo si está bajo la
responsabilidad de un profesor.
21. Las manifestaciones amorosas y/o exhibicionistas dentro de la Institución o fuera
de ella si porta el uniforme.
22. Organizar barras que puedan ocasionar desórdenes o inciten a la agresión
verbal o física dentro de la Institución o en competencias intercolegiales u otros
actos públicos como desfiles.
23. Llevar maquillaje excesivo, cachuchas, zapatillas y camisillas diferentes al
uniforme.
PARÁGRAFO 1. Las anteriores faltas leves pueden adquirir el carácter de
graves si se reincide en ellas en más de una ocasión, después de recibir
orientación u hacérsele la debida observación.
ARTICULO 14. Proceso de orientación y seguimiento por la comisión de faltas
leves
1. Identificación del deber incumplido o la falta cometida.
2. Llamado de atención en privado con carácter de orientación, por parte del
docente o directivo que observe o conozca la falta.
3. Llamado de atención con anotación en el observador u anecdotario y registro del
compromiso asumido por el alumno.
4. Si el hecho se repite se citará al padre de familia para acordar con el Director de
Grupo un compromiso conjunto buscando el cambio de actitud del estudiante.
5. Entrevista con el Coordinador, el padre de familia y el alumno. Acta de
Compromiso. Se advierte que si reincide se le dará tratamiento de falta grave.
ARTICULO 15. FALTAS GRAVES. Son aquellas que ameritan análisis especial,
procesos de corrección / sanción que en algunos casos debe ser inmediata.
1. La complicidad en faltas que se tipifican en el presente artículo.
2. La utilización de estudiantes menores para cometer faltas tipificadas en el
presente artículo.
3. La reincidencia en más de dos ocasiones en faltas leves.
4. El porte y/o promoción de material pornográfico y la elaboración de grafitis o
expresiones que atenten contra la moral.
5. La promoción, venta o consumo de estupefacientes psicotrópicos.
6. La introducción, venta o consumo de cigarrillos o bebidas embriagantes en la
Institución o fuera de ella si porta el uniforme.
7. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de alguna
droga o sustancia alucinógena.
8. El porte de armas o instrumentos con los cuales pueda intimidar o infringir daño
a la integridad física de docentes, directivos y compañeros.
9. Hurtar, robar, esconder, o dañar los útiles de los compañeros, los docentes o de
la Institución.
10. La mentira o el falso testimonio o calumnia para perjudicar a terceros. La
inducción a otros a cometer faltas.
11. Intento o ejecución de chantaje, amenaza, extorsión y soborno comprobado a
cualquier miembro de la comunidad educativa.
12. El fraude o intento de fraude en la presentación de trabajos o evaluaciones.
13. La sustracción o alteración de documentos, registros académicos y de
asistencia, evaluaciones y libros de uso exclusivo de la Institución.
14. La disociación sistemática e intencionada a nivel de grupo o de Institución en
general.
15. La evasión de clases, de actividades programadas o de la Institución.
16. La ridiculización de los miembros de la comunidad educativa a través de gestos
o palabras denigrantes.
17. Promover riñas o participar en ellas dentro y fuera de la Institución.
18. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
19. El acoso sexual y/o práctica de actividades homo u heterosexuales en la
Institución.
20. Dañar, mutilar libros, muebles y hacer uso inadecuado de los bienes del plantel
con premeditación.
21. Escribir pasquines en muros, baños, pupitres.
22. Subir a los muros de las casas vecinas y penetrar en ellas.
23. Impedir el normal desarrollo en una clase o cualquier actividad profiriendo
palabras soeces, gritos, silbidos, risas extravagantes, lanzando objetos,
utilizando, detonantes, gases y otros, o asumiendo comportamientos
irrespetuosos u ofensivos contra los profesores y estudiantes, tanto en su
jornada como en las contrarias.
24. Entrar o salir del colegio por las rejas, muros y en general por cualquier lugar no
dispuesto para ello.
ARTICULO 16. Proceso disciplinario a seguir ante la comisión de faltas graves.
Los alumnos que incurran en la comisión de faltas graves serán sujetos de un
debido proceso como se detalla a continuación.
1. Tipificación de la falta por parte de un docente, director de grupo o directivo
docente.
2. Comunicación escrita en el observador general de la falta cometida al estudiante
implicado o presunto autor de la misma.
3. Derecho a la defensa. El estudiante implicado debe presentar los descargos por
escrito en caso de que no acepte voluntariamente la comisión de la falta. Para
ello cuenta con dos días hábiles y puede anexar las pruebas o solicitar que se
llame a los testigos que a bien tenga.
4. El Coordinador analizará las pruebas presentadas.
5. El Coordinador, el Director de Grupo y, cuando se requiera el Rector, analizarán
los antecedentes disciplinarios del estudiante, del hecho, sus móviles, causas y
efectos. Las circunstancias agravantes o atenuantes de la falta.
PARÁGRAFO 1. SON CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES:
a) El haber observado buen comportamiento anteriormente.
b) El haber obrado por motivos nobles o altruistas.
c) El haber aceptado voluntariamente la comisión de la falta.
d) El haber sido inducido a cometer la falta por un superior o bajo amenaza.
e) La ignorancia invencible.
PARÁGRAFO 2. SON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.
a) El haber sido objeto de sanción anteriormente por violación de las normas
institucionales.
b) El grado de perturbación que la falta haya ocasionado en la Institución, el
grupo o la comunidad-
c) el haber procedido por motivos innobles o fútiles.
d) El haber cometido la falta bajo efectos de drogas prohibidas o bebidas
alcohólicas.
e) El haber planeado la falta con anterioridad.
f) El haber cometido la falta con la intención expresa de ocultar o ejecutar otra.
g) El haber cometido la falta aprovechándose de la confianza que en el alumno
hayan depositado sus profesores, directivos, administrativos o compañeros.
6. Determinación de la culpabilidad o inocencia del estudiante
7. Aplicación de los correctivos o sanciones o archivo del proceso.
8. Acto administrativo por parte de la Rectoría, mediante el cual se establecen los
correctivos / sanciones. Este se anexará a la carpeta del estudiante donde
reposa su hoja de vida.
PARÁGRAFO 3. Los correctivos estarán orientados a restituir o enmendar el
daño ocasionado y a establecer compromisos inmediatos que estimulen al alumno a
un cambio positivo en su actitud y comportamiento.
ARTICULO 17. Correctivos / Sanciones para faltas graves.
1. Citación del padre de familia y del alumno a la Coordinación para comunicarles
la determinación tomada. Allí se hará el correspondiente registro en l Observador
General y se firme por parte del padre de familia y del alumno los compromisos
adquiridos.
2. Obligación de resarcir el daño causado con un plazo acordado por las partes.
3. Suspensión temporal de clases de uno (1) a tres (3) días. Esta decisión será
tomada por el Rector (Ley 115 Febrero 8 de 1994, Art. 132) mediante Resolución
motivada.
4. Matricula en observación.
5. Cancelación de la Matrícula o retiro definitivo de la Institución (Ley 115 Febrero
/94, Art. 96).
6. Queja ante autoridad competente, (Inspector de Policía, en caso de niños
menores) y envío de pruebas en caso que la conducta del alumno sea
manifiestamente delictiva y competa a las autoridades judiciales o
administrativas.
PARÁGRAFO 1. Estas sanciones no tienen necesariamente un orden rígido
en su aplicación sino que se aplican de acuerdo con la tipificación de la falta.
PARÁGRAFO 2. La suspensión temporal de clases, implica un compromiso
del alumno y del padre de familia, para que el alumno se ponga al día en las clases
no vistas y entregue a Coordinación un trabajo previamente concertado en el cual
se haga énfasis con relación a la norma infringida.
PARÁGRAFO 3. El estudiante que haya sido sancionado por faltas graves
tendrá una valoración en su comportamiento de INSUFICIENTE y para el informe
final se le hará un estudio pormenorizado.
PARÁGRAFO 4. El padre de familia debe responder económicamente por los
daños ocasionados por su hijo o acudido en muebles e inmuebles de la Institución.
PARÁGRAFO 5. Las sanciones estipuladas en los numerales 5 y 6 del
presente artículo serán analizadas a nivel del Comité de Convivencia y remitidas al
Consejo Directivo para su estudio y toma final de decisiones. Si el Consejo confirma
la decisión debe remitirla a la Asociación de Padres de Familia a través de su Junta
Directiva. Esta debe pronunciarse en un término no mayor de cinco días hábiles.
ARTICULO 18. Aplicación del debido proceso y su conducto regular. El Rector
es la persona responsable de dirigir la ejecución del proceso anteriormente
estipulado (Ley 115 /94, Art. 132 y Ley 715 Diciembre 2001 Art 10, Numeral 10.11).
Para tal efecto se tendrá en cuenta el conducto regular:
Profesor Área, Director de grupo, Coordinador, Rector, Consejo Directivo.
PARÁGRAFO 1. INSTANCIAS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN. Notificada la
sanción al estudiante o en su defecto, el padre de familia, le asiste el derecho de
interponer los siguientes recursos:
DE REPOSICIÓN: Ante la rectoría, acción que puede ser asesorada por el
personero de los estudiantes.
DE APELACIÓN: Ante el Consejo Directivo especialmente cuando se refiera a
las sanciones contempladas en los numerales 5 y 6 del Artículo 15.
Ratificada la sanción por la instancia correspondiente esta queda en firme y es de
estricto cumplimiento.
ARTICULO 33. Son DERECHOS de los padres de familia:
1. Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el
desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley.
2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se
encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.
3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características de
La Institución Técnica Comercial CAMILA MOLANO, los principios que orientan
su Proyecto Educativo Institucional, su Pacto de Convivencia, el Plan de
Estudios, las Estrategias Pedagógicas Básicas, su Sistema de Evaluación
Escolar y el Plan de Mejoramiento Institucional.
4. Expresar de manera respetuosa y por el conducto regular sus opiniones y
reclamaciones sobre el proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de
idoneidad del personal docente y directivo de la Institución.
5. Participar en el proceso educativo que desarrolle la Institución y, de manera
especial, en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo
Institucional.
6. Recibir respuesta suficiente y oportuna por parte de Directivos, Docentes y
Administrativos a sus requerimientos sobre la marcha de la Institución y sobre
los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.
7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el
rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos a través de los
boletines.
8. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la
calidad del servicio educativo que brinda la Institución.
9. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del
gobierno escolar y antelas autoridades públicas, en los términos previstos por la
Ley General de Educación y en sus reglamentos.
10. Ejercer el derecho de libre asociación con el propósito de mejorar los procesos
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor
educación y al desarrollo armónico de sus hijos.
11. Conocer oportunamente los correctivos que afecten a sus hijos.
12. Ser atendido con cortesía y respeto por los directivos y docentes en sus
peticiones, sugerencias y aclaraciones relacionadas con el desempeño
académico y disciplinario de sus hijos o acudidos y sobre la marcha de la
Institución.
13. Ser informados oportunamente y con la claridad sobre el rendimiento académico,
problemas disciplinarios, retardos o ausencias de sus hijos o acudidos.
14. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones en donde se le informe sus
compromisos con la Institución.
15. Ser informado sobre las actividades, modificaciones, planes y proyectos de la
Institución
16. Ser notificado y escuchado durante el ejercicio del debido proceso disciplinario y
académico que se adelante a su hijo o acudido.
17. Representar en todo evento o circunstancia a su hijo o acudido. A solicitar con
antelación permiso para sus hijos o acudidos siempre y cuando estén
debidamente justificados. También podrán solicitar permisos extraordinarios en
caso de fuerza mayor y justificar las ausencias no previstas, soportándolas
debidamente en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles.
18. Formar parte de la Asociación de Padres de Familia y del Consejo de Padres.
19. Elegir y ser elegidos en cargos relacionados con la Asociación de Padres de
Familia, Consejo de Padres, Consejo Directivo, Comisiones de Evaluación y
Promoción, Comité Convivencia y los demás que determine el Consejo Directivo.
20. Solicitar el cumplimiento de los deberes de los profesores y directivas del plantel.
21. Recibir la información contable de actividades en las que haya participado
directamente.
22. Recibir capacitación a través de la Institución de acuerdo a la programación
existente en la Escuela de Padres y otras dependencias.
23. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el PEI. El manual de
Convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema
de evaluación escolar y el plan de mejoramiento Institucional.
24. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento y de manera
especial, en la construcción, ejecución y modificación del PEI.
25. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto
del proceso educativo de sus hijos y del grado de idoneidad del personal
docente y directivo de la institución educativa.
26. Recibir respuesta suficiente y oportuna a su requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afectan particularmente el proceso
educativo de sus hijos.
27. Conocer la información sobre los resultados de la prueba de evaluación de la
calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento.
28. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del
gobierno escolar y ante las autoridades publicas, en los términos previstos en la
ley general de educación.
29. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar, los procesos
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor
educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
30. Las demás contempladas en el decreto 1286 de 2005 en su Artículo 2°
ARTICULO 34. Son DEBERES de los padres de familia: Con el fin de asegurar el
cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos,
corresponde a los Padres de Familia los siguientes deberes:
1. Matricular oportunamente a sus hijos en los establecimientos educativos
debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su
edad escolar obligatoria.
2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del
derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el presente
Manual de Convivencia para facilitar el proceso educativo.
4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad
mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los
miembros de la comunidad educativa.
5. Comunicar oportunamente, y en primer lugar, a las Directivas de la Institución,
las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras en relación con el
maltrato infantil, abuso sexual, trafico o consumo de drogas ilícitas . En caso de
no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
6. Apoyar a la Institución en las acciones que conduzcan al mejoramiento del
servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes , especialmente en
la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
7. Participar en el proceso de autoevaluación anual de la Institución.
8. Informarse sobre el Rendimiento Académico y el comportamiento de sus hijos. *
9. Asistir a las reuniones programadas por la Institución o cuando se requiera de su
presencia.
10. Dotar a los hijos de los útiles y materiales necesarios par el cabal desarrollo de
las actividades académicas.
11. Velar por la permanente asistencia de sus hijos a la Institución y presentarse
personalmente a la Coordinación a justificar la inasistencia de sus hijos en un
plazo no superior a las 48 horas hábiles.
12. Cancelar oportunamente los costos estipulados por la Ley. Al finalizar el año
escolar debe estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución.
13. Velar para que sus hijos hagan buen uso del uniforme de la Institución y
solamente lo utilicen en actividades escolares.
14. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General de
Padres de Familia convocadas por el Rector.
15. Conocer cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia.
16. Presentarse con su hijo (a) en el momento de registrar la matrícula a fin de
asumir los compromisos y responsabilidades derivadas de dicho acto
17. Justificar por escrito las ausencias de sus hijos (as) , la inasistencia a reuniones,
citaciones programadas por la Institución, profesor (es) y asociación de padres
18. Presentarse al Colegio en forma adecuada cuidando su presentación personal
19. Conocer y respetar el conducto regular para facilitar los procesos académicos y
disciplinarios, así: Docentes del área, director de Grupo, Coordinador y Rectoría.
20. Colaborar eficazmente en la formación moral intelectual estética y física de sus
hijos.
21. Dialogar frecuentemente con los hijos para reforzar la labor de la Institución en
la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo
22. Dotar a sus hijos de sus textos, útiles y demás implementos necesarios para el
desarrollo de los procesos pedagógicos de acuerdo con las asignaturas
programadas 24. Estar pendiente de la buena presentación puntualidad y orden
de los hijos (a)
23. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que realiza con los
hijos (as) participando activamente en todos los programas que brinda la
Institución
24. Diligenciar personalmente la matrícula, asistir al niño (a) matriculado (a) y
cumplir las normas reglamentarias establecidas por el M.E.N. y la Comunidad
Educativa.
25. Comprar los materiales necesarios y uniformes para que los hijos (as) respondan
adecuadamente a los compromisos adquiridos con la Institución Educativa.
26. Fomentar en el hijo (a) actitudes de aprecio por sus pertenencias y buen trato
para con los demás.
27. Acompañar a los hijos (as) en sus dificultades, ayudarlos a superarlas y justificar
sus ausencias a las actividades académicas.
28. Revisar constantemente el aseo y la presentación personal de los hijos (as)
cerciorándose que no porten elementos o accesorios que no correspondan al
uniforme.
29. Dar buen ejemplo empleando respetuosas, cultas y de buenos modales en la
comunicación y relación con las demás personas de la comunidad institucional.
30. Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia y/o llamados.
31. Cancelar oportunamente los aportes acordados en la matrícula y otros costos
académicos aprobados por el Consejo Directivo, padres de familia, acudientes o
representantes autorizados.
32. Responder por los daños materiales que su hijos (as) o acudido (a) ocasionen en
la institución o fuera de ella.
33. Seguir el conducto regular de la institución cuando necesite adelantar acción
alguna de reclamo para el caso: profesor (a) de la materia, director del grupo,
coordinador, rector, consejo de padres de familia, consejo directivo.
34. Participar de las actividades programadas por la comunidad educativa; de
inducción, motivación, capacitación, apoyo a la institución y solidaridad. Su
incumplimiento ocasionará sanciones que el consejo directivo reglamentará.
35. Los padres de familia de estudiantes sordos deberán asistir a los cursos y
refuerzos que la institución programe para el aprendizaje de L.S.C. (su no
asistencia ocasionara sanciones).
36. Solicitar de buena manera informes sobre los logros y dificultades de sus
hijos(as).
37. Respaldar y participar en las actividades de la asociación de padres de familia.
38. Defender el buen nombre de la institución y evitar comentarios difamatorios y
mal intencionados que denigren de la institución , estudiante, profesores,
directivos y comunidad educativa
39. Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del
rendimiento escolar y disciplinario de sus hijos.
ARTICULO 41. Son DEBERES de los docentes:
1. Cumplir con la Constitución y las leyes.
2. Cumplir con diligencia, eficacia e imparcialidad las funciones propias del
educador y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause suspensión o
perturbación injustificada del servicio o que implique abuso indebido de su
cargo.
3. Cumplir con las órdenes inherentes a su cargo impartidas por sus superiores
jerárquicos.
4. Utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de sus funciones, las
facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso
en forma exclusiva para los fines pertinentes.
5. Tratar con imparcialidad y respeto a sus compañeros de trabajo, a sus alumnos
y padres de familia.
6. Cumplir con las disposiciones que los Directivos Docentes, Director de Núcleo y
demás superiores jerárquicos adoptadas en ejercicio de sus atribuciones
siempre y cuando no sean contrarias a la Ley y atender a los requerimientos y
citaciones de las autoridades competentes.
7. Desempeñar el cargo de educador sin pretender obtener beneficios adicionales
a las contraprestaciones legales a las que tenga derecho.
8. Acreditar los requisitos exigidos por la ley para el desempeño del cargo.
9. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de sus
funciones, salvo las excepciones legales ej., permisos parciales.
10. Registrar ante el Rector su domicilio o dirección de residencia y teléfono y dar
aviso oportuno de cualquier cambio.
11. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la
nación, el Departamento y el Municipio de Venadillo y el respeto por los símbolos
patrios.
12. Velar por la conservación de documentos, útiles y equipos, muebles y bienes
que le sean confiados.
13. Observar una conducta pública acorde con la dignidad del cargo.
14. Capacitarse y actualizarse permanentemente en el área en la cual se
desempeña.
15. Permitir a los representantes del Ministerio Público, fiscales, jueces y demás
autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban
adelantar sus actuaciones e investigaciones y el examen de los documentos
que requieran; así mismo prestarles colaboración para el desempeño de sus
funciones.
16. Permanecer en el desempeño de sus funciones mientras no se haga cargo quien
deba reemplazarlo salvo autorización legal, reglamentaria o de quien deba
proveer el cargo.
17. Explicar inmediata y satisfactoriamente al nominador, a la Procuraduría General
de la Nación o a la Personería, cuando estos lo requieran, la procedencia del
incremento patrimonial obtenido durante el ejercicio de su cargo.
18. Poner en conocimiento del Rector los hechos que puedan perjudicar la
administración y el desarrollo de las actividades curriculares de la Institución.
19. Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de las cuales
tuviere conocimiento, salvo las excepciones de la ley.
20. Entregar oportunamente las planillas, informes y demás instrumentos de trabajo
que le competan.
21. Informar oportunamente (el día anterior) a la comunidad educativa la suspensión
de labores totales o parciales por razones de carácter sindical.
22. Participar activamente en los órganos del Gobierno Escolar.
23. Respetar y hacer respetar los emblemas y símbolos de la Institución.
24. Participar activamente en las modificaciones, actualizaciones, ejecución y
evaluación del PEI.
25. Dictar las clases que le corresponden de acuerdo a su carga académica y según
el Plan de estudios de la Institución. Decreto 1850 / 02.
26. Devolver oportunamente a los estudiantes los trabajos, evaluaciones con la
correspondiente valoración.
27. Dar a conocer oportunamente al rector las justificaciones por ausencias de
fuerza mayor y solicitar con la debida anticipación los permisos para adelantar
gestiones u otros de carácter inaplazable y urgente.
28. Permanecer en la Institución la jornada completa de trabajo: 7 a.m. a 1.00 p.m.
(Secundaria y Media); 7 a.m. a 12.05 Primaria y Preescolar.
ARTICULO 43. PROHIBICIONES. Está prohibido a los docentes, directivos
docentes y administrativos, de acuerdo a la Ley 734 de febrero de 2002 Art. 35 y el
decreto 2277 /79 Art. 46:
1. Usar en el sitio de trabajo o lugares públicos sustancias prohibidas que
produzcan dependencia física o psíquica y /o asistir a la Institución en estado de
embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes.
2. El acoso sexual.
3. La práctica de actividades de tipo sexual..
4. La malversación de fondos de la Institución y bienes escolares.
5. El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos
públicos.
6. La aplicación de castigos denigrantes, físicos, psicológicos a los educandos.
7. El ser condenado por delitos dolosos.
8. El incumplimiento sistemático de los deberes y prohibiciones, el abuso de los
derechos o la extralimitación de funciones.
9. El uso de documentos e informaciones falsas para inscripción o ascenso en el
escalafón o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones.
10. La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político.
11. El abandono injustificado del cargo.
12. Solicitar directa o indirectamente dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier
clase de beneficios.
13. Ocupar o tomar indebidamente oficinas u edificios públicos.
14. Ejecutar actos de violencia contra los superiores, subalternos o compañeros de
trabajo o injuriarlos o calumniarlos.
15. Omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o a la
prestación del servicio a que está obligado.
16. Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las peticiones
respetuosas de los particulares o a las solicitudes de las autoridades.
17. Ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral y las buenas
costumbres.
18. Ocasionar daño o dar lugar a pérdida de bienes, elementos, expedientes o
documentos que hayan llegado a su poder por razones de sus funciones.
19. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público.
20. Ejercer la docencia dentro del a jornada laboral por un número de horas superior
a las legalmente permitidas.
21. Distinguir, excluir, restringir, preferir con base en motivos de índole racial, origen
nacional o étnico de tal manera que menoscabe el goce, o ejercicio en las
condiciones de igualdad de los derechos humanos y libertades fundamentales
en las esferas políticas, económicas, sociales o culturales.
22. Incumplir cualquier decisión judicial, fiscal, administrativa o disciplinaria en razón
o con ocasión del cargo o funciones u obstaculizar su ejecución.
23. Las demás prohibiciones incluidas en Leyes y reglamentos.

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Venadillo ietc camila molano folleto pacto de convivencia 2012

  • 1. COMITÉ DE CONVIVENCIA PACTO DE CONVIVENCIA MISIÓN La Institución Educativa Técnica comercial CAMILA MOLANO, de carácter oficial, orientará la formación Técnica profesional, en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica, a los niños y jóvenes de los sectores rural y urbano del municipio de Venadillo, con el esfuerzo de Directivos, Docentes y Administrativos adscritos a su planta de personal y con la asesoría del Sena, dentro del proceso de articulación del convenio establecido. VISIÓN Ser la Institución Educativa número uno en cobertura y calidad educativa en el municipio de Venadillo y la pionera en la implementación de la Modalidad Técnica comercial con articulación con el Sena. Facilitar el ingreso de nuestros egresados al mundo laboral, con los suficientes valores éticos y morales, y un alto sentido de pertenencia a la región. DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES SUS ESTÍMULOS ARTICULO 9. Los estudiantes tienen DERECHO a: 1. Conocer y apropiarse de los lineamientos generales de la Institución, su Filosofía, Misión y Visión y en especial el Pacto de Convivencia. 2. Ser atendidos de manera cortés y a recibir por parte de las Directivas, docentes y administrativos, el trato, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes. 3. Ser tratados con imparcialidad sin distinción de raza, credo religioso, origen social, situación económica o ideas políticas. 4. Que se le programen oportunamente las evaluaciones y trabajos, distribuyéndose racionalmente. Además, que se le programen actividades de recuperación a lo largo del período. 5. Conocer con anterioridad los planes de estudio, los logros propuestos, los indicadores de logro, los niveles de desempeño, contenidos temáticos y demás actividades pedagógicas de cada Área, así como los medios de evaluación de su rendimiento escolar y las condiciones de promoción o reprobación.. 6. Pedir explicaciones sobre los temas de las diferentes áreas cuando lo requiera y en el momento oportuno. 7. Presentar respetuosamente los reclamos, aclaraciones y sugerencias que considere pertinentes en forma verbal o escrita siguiendo el conducto regular. Profesor de la asignatura, Director de Grupo, Coordinador General, Rector, Consejo Académico y Consejo Directivo. 8. Que se le dé a conocer las anotaciones que sobre su comportamiento se escriban en el Observador del Alumno para hacer las aclaraciones o descargos respectivos. 9. Que se le respete el debido proceso de acuerdo con el presente Pacto de Convivencia en el caso que deba ser sancionado. 10. No ser sancionado dos veces por la misma falta. 11. Ser reconocido y estimulado por méritos especiales en los académico, cultural o deportivo. 12. Conocer los informes y resultados de su proceso formativo correspondiente a cada período antes de ser registrados en las respectivas planillas y entregados a Coordinación.(Dec 1290/09) 13. Que sus trabajos y lecciones escritas sean evaluados y devueltos debidamente calificados en un plazo máximo de cinco días hábiles. 14. Utilizar los elementos didácticos y deportivos siempre y cuando responda por los daños si estos se presentan. Para tener acceso a tales elementos debe dejar en depósito el carné estudiantil. 15. Que se le concedan los estímulos que ofrece la Institución. 16. Presentar las justificaciones necesarias por sus ausencias en caso de que ellas sean de fuerza mayor para lo cual es necesaria la presencia del padre de familia en Coordinación. 17. Presentar evaluaciones y trabajos extemporáneos cuando su ausencia sea justificada previa autorización escrita del Coordinador. 18. Que se le expidan los certificados y constancias de estudio en un plazo no mayor de 10 días hábiles después de presentada la solicitud. 19. Que se le informe oportunamente (el día anterior como mínimo) por parte de los docentes cuando estos van a suspender labores escolares. 20. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional.
  • 2. 21. Que se le conceda la promoción anticipada siempre y cuando demuestre que ha alcanzado los logros previstos correspondientes al grado en el cual se matriculó. (Decreto 1290 /09 Art.7) 22. Elegir o ser elegido como representante de los alumnos en el Consejo Directivo, Consejo Estudiantil y Personería estudiantil 23. Que se le respete el derecho de petición. 24. Representar dignamente a la Institución en los diferentes eventos culturales, sociales y deportivos. 25. Derecho a la defensa ante la instancia correspondiente. ARTICULO 10. Son DEBERES de los estudiantes: 1. Asumir los derechos y cumplir con los deberes estipulados en el presente artículo. 2. Velar y responder por el buen uso, estado y aseo de la Institución, muebles, recursos didácticos e implementos deportivos. 3. Los caballeros deberán mantener el cabello limpio y con un corte masculino. Las niñas, mantener el cabello limpio (libre de parásitos), bien peinado y recogido con una moña preferiblemente de color blanco o negro. 4. Guardar compostura y civismo en los actos públicos y actividades comunitarias. 5. Representar con honor y dignidad a la Institución en eventos de tipo científico, cultural, deportivo, artístico, etc, cuando se le conceda tal privilegio. 6. Permanecer dentro del aula durante los períodos de clase con o sin la presencia del docente, observando buen comportamiento como una forma de expresar su autonomía y responsabilidad. 7. Durante los descansos no debe permanecer en el aula. De lo contrario deberá responder por las pérdidas o daños que se presentaran. 8. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos para el ingreso a la Institución, iniciación de clases y demás actividades curriculares. 9. Mantener una correcta presentación personal y portar con respeto el uniforme de diario y educación física dentro y fuera de la Institución, teniendo en cuenta que debe evitarse el porte de joyas (pearcins, expansores, etc), así como la utilización del uniforme fuera de la jornada escolar. 10. Toda ausencia forzosa a clase o actividades programadas debe ser justificada personalmente por el padre de familia ante la Coordinación. La Coordinación autorizará por escrito al estudiante para que presente las evaluaciones pendientes en un plazo máximo de una semana. 11. Entregar oportunamente a los padres de familia las citaciones o informes que la Institución les envíe por su conducto. 12. Dedicar todos sus esfuerzos para alcanzar los logros y niveles de desempeño académico y formativo que se proponen las programaciones curriculares. 13. Respetar y dar buen uso a las instalaciones del colegio como son los pasillos, escaleras, columnas, alberca, baños y balcones. 14. Cumplir oportunamente con las tareas, lecciones y trabajos dentro de los términos establecidos procurando la excelencia en la presentación y manejo de contenidos. 15. Abstenerse de realizar actividades ajenas al desarrollo de la clase o que correspondan a otra asignatura. 16. Ejercer las monitorias como una misión solidaria, responsable y eficiente, cuando le sean asignadas. 17. Informarse permanentemente sobre la realidad política, social y económica del municipio, el departamento y la nación asumiendo una actitud consecuente y responsable. 18. Respetar las ideas de los demás para que le sean respetadas las propias y mantener un ambiente de dialogo, empleando siempre un vocabulario correcto, como medio de solucionar satisfactoriamente los problemas y conflictos, lo cual permite el crecimiento personal. 19. Presentarse a clase o demás actividades con los implementos y materiales necesarios. 20. Utilizar un vocabulario y compostura adecuados dentro y fuera de la Institución, evitando los apodos, juegos de manos y actitudes que desdicen de su personalidad y dejan en la ciudadanía una mala imagen de la Institución. 21. Asistir y recibir en su totalidad los seis períodos de clase en básica secundaria y media técnica; de cinco en la básica primaria y de cuatro en la sección de preescolar. 22. Cuidar y utilizar con pulcritud los servicios sanitarios en pro de la salud personal y colectiva. 23. Aprender y cantar con orgullo y sentido de pertenencia los Himnos Nacional, el Bunde, el Himno de Venadillo y de la Institución. 24. Respetar los reglamentos internos de las salas de mecanografía, computación, y empresa comercial didáctica, sala de proyecciones, etc. al utilizar sus servicios. 25. En caso de retiro del plantel es necesario que el alumno presente a paz y salvo por todo concepto. Debe firmar en la secretaría junto con el padre de familia la cancelación de la matrícula y devolver el carné estudiantil. 26. Si el alumno ocasiona algún daño a los implementos o a la planta física de alguna de las sedes de la Institución o a cualquiera de sus bienes o elementos
  • 3. debe reparar el daño causado a la mayor brevedad previa citación y presentación del padre de familia. 27. Brindar un trato cortés y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa (Directivos, Docentes, Administrativos, compañeros, padres de familia) y visitantes. 28. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de valor y colaborar en el cuidado de los bienes ajenos. 29. No usar aparatos de comunicaciones o de reproducción de audio y/o video en horas de clase, actividades académicas, deportivas, culturales e institucionales. La institución no se hace responsable de la perdida, daño o mal uso de estos. Cuando estos fuesen decomisados se le entregaran únicamente al padre de familia o acudiente. 30. Todo bien que se preste formalmente a un alumno , deberá ser devuelto en la misma forma y estado en que fue entregado, de lo contrario no se le entregaran documentos ni se firmará el paz y salvo. ARTICULO 11. Estímulos para los alumnos Son aquellos reconocimientos que las Institución confiere a sus estudiantes para valorar y resaltar su esfuerzo, desempeño académico, de convivencia, solidaridad y responsabilidad y que constituyen un ejemplo digno de ser imitado por sus compañeros, con el sano propósito de incentivar la vivencia permanente de los valores. IZADA DE BANDERA. Podrán izar bandera los alumnos que: o Sobresalgan por su excelente rendimiento académico y comportamiento social en cada período. o Representen dignamente a la Institución a nivel intercolegial, municipal, departamental o nacional, en actividades cívicas, culturales, científicas, tecnológicas, o Académicas y deportivas. o Democráticamente sean elegidos al gobierno escolar, en el acto de posesión ante la comunidad. RECONOCIMIENTO PÚBLICO. Los estudiantes que realicen los trabajos de mejor calidad en la jornada cultural se harán acreedores del reconocimiento público. RECONOCIMIENTO Y EXALTACIÓN DEL MEJOR BACHILLER. Tal reconocimiento se hará en el acto de graduación y se asignará por parte del Consejo Académico al mejor estudiante en cuanto a rendimiento y comportamiento durante su bachillerato. Este alumno llevará la palabra en la ceremonia de graduación. RECONOCIMIENTO A LA EXCELENCIA. Al estudiante con mejor desempeño en las Pruebas de Estado ICFES. MENCIÓN DE HONOR. A los mejores deportistas de la institución, seleccionados por el Comité de Deportes, teniendo en cuenta su comportamiento, esfuerzo, colaboración y disciplina deportiva. EXONERACIONES. Estará exento del pago de derechos académicos un alumno de cada grupo por su excelencia académica y de convivencia social. FALTAS, CORRECTIVOS Y PROCEDIMIENTOS ARTICULO 12. Clasificación de las faltas Las faltas disciplinarias y/o académicas se clasifican en: faltas leves, faltas graves. ARTICULO 13 Faltas Leves: Son aquellas que ameritan procesos de orientación, corrección y seguimiento. Se consideran faltas leves las siguientes: 1. El incumplimiento de los deberes estipulados en el Art. 10, siempre y cuando no causen perjuicios materiales, físicos, psicológicos, éticos o morales a otros miembros de la comunidad educativa. 2. La impuntualidad en cualquier compromiso adquirido con la Institución. 3. La utilización de apodos puesto que atentan contra la autoestima y la dignidad. 4. Los retardos o ausencias reiteradas a clases. 5. El desacato a las órdenes y orientaciones impartidas por docentes y directivos. 6. El empleo de huevos, harina, agua, u otro elemento para celebrar cumpleaños, triunfos, finalización del año escolar etc. dentro y fuera de la institución si porta el uniforme. 7. Utilizar aparatos de comunicación y reproducción de música y/o video en horas clase, actos de comunidad, o en la realización de evaluaciones. 8. Escribir en las paredes del plantel, digitar o grabar en los computadores de las salas de informática o de las oficinas, mensajes que no le sean solicitados por docentes o directivos. 9. Impedir con charla o juegos el normal desarrollo de la clase o de la actividad que se esté llevando a cabo. 10. Entrar o salir del aula de clase sin autorización del docente o permanecer en ella durante los descansos.
  • 4. 11. Consumir alimentos, masticar chicles, agua, gaseosas u otros en clase o en la formación. 12. Promover o participar en rechiflas y/o silbatinas. 13. Permanecer en la tienda escolar en las horas de clase. 14. Tocar el timbre o campana sin autorización ocasionando desorden o interrupción momentánea de las clases. 15. Ingresar a la Institución con prendas no apropiadas como pantalonetas, shorts, minifaldas con las cuales llame la atención y ocasione desorden. 16. Cambiar los pupitres o sacarlos de los salones sin autorización. 17. Llegar a la Institución sin útiles y materiales de estudio. 18. Los juegos de azar: naipes, dados etc 19. No presentarse con el uniforme oficial al plantel salvo si la Coordinación lo autoriza por circunstancias especiales. 20. Permanecer en la Institución en horas no hábiles salvo si está bajo la responsabilidad de un profesor. 21. Las manifestaciones amorosas y/o exhibicionistas dentro de la Institución o fuera de ella si porta el uniforme. 22. Organizar barras que puedan ocasionar desórdenes o inciten a la agresión verbal o física dentro de la Institución o en competencias intercolegiales u otros actos públicos como desfiles. 23. Llevar maquillaje excesivo, cachuchas, zapatillas y camisillas diferentes al uniforme. PARÁGRAFO 1. Las anteriores faltas leves pueden adquirir el carácter de graves si se reincide en ellas en más de una ocasión, después de recibir orientación u hacérsele la debida observación. ARTICULO 14. Proceso de orientación y seguimiento por la comisión de faltas leves 1. Identificación del deber incumplido o la falta cometida. 2. Llamado de atención en privado con carácter de orientación, por parte del docente o directivo que observe o conozca la falta. 3. Llamado de atención con anotación en el observador u anecdotario y registro del compromiso asumido por el alumno. 4. Si el hecho se repite se citará al padre de familia para acordar con el Director de Grupo un compromiso conjunto buscando el cambio de actitud del estudiante. 5. Entrevista con el Coordinador, el padre de familia y el alumno. Acta de Compromiso. Se advierte que si reincide se le dará tratamiento de falta grave. ARTICULO 15. FALTAS GRAVES. Son aquellas que ameritan análisis especial, procesos de corrección / sanción que en algunos casos debe ser inmediata. 1. La complicidad en faltas que se tipifican en el presente artículo. 2. La utilización de estudiantes menores para cometer faltas tipificadas en el presente artículo. 3. La reincidencia en más de dos ocasiones en faltas leves. 4. El porte y/o promoción de material pornográfico y la elaboración de grafitis o expresiones que atenten contra la moral. 5. La promoción, venta o consumo de estupefacientes psicotrópicos. 6. La introducción, venta o consumo de cigarrillos o bebidas embriagantes en la Institución o fuera de ella si porta el uniforme. 7. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de alguna droga o sustancia alucinógena. 8. El porte de armas o instrumentos con los cuales pueda intimidar o infringir daño a la integridad física de docentes, directivos y compañeros. 9. Hurtar, robar, esconder, o dañar los útiles de los compañeros, los docentes o de la Institución. 10. La mentira o el falso testimonio o calumnia para perjudicar a terceros. La inducción a otros a cometer faltas. 11. Intento o ejecución de chantaje, amenaza, extorsión y soborno comprobado a cualquier miembro de la comunidad educativa. 12. El fraude o intento de fraude en la presentación de trabajos o evaluaciones. 13. La sustracción o alteración de documentos, registros académicos y de asistencia, evaluaciones y libros de uso exclusivo de la Institución. 14. La disociación sistemática e intencionada a nivel de grupo o de Institución en general. 15. La evasión de clases, de actividades programadas o de la Institución. 16. La ridiculización de los miembros de la comunidad educativa a través de gestos o palabras denigrantes. 17. Promover riñas o participar en ellas dentro y fuera de la Institución. 18. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 19. El acoso sexual y/o práctica de actividades homo u heterosexuales en la Institución. 20. Dañar, mutilar libros, muebles y hacer uso inadecuado de los bienes del plantel con premeditación. 21. Escribir pasquines en muros, baños, pupitres. 22. Subir a los muros de las casas vecinas y penetrar en ellas.
  • 5. 23. Impedir el normal desarrollo en una clase o cualquier actividad profiriendo palabras soeces, gritos, silbidos, risas extravagantes, lanzando objetos, utilizando, detonantes, gases y otros, o asumiendo comportamientos irrespetuosos u ofensivos contra los profesores y estudiantes, tanto en su jornada como en las contrarias. 24. Entrar o salir del colegio por las rejas, muros y en general por cualquier lugar no dispuesto para ello. ARTICULO 16. Proceso disciplinario a seguir ante la comisión de faltas graves. Los alumnos que incurran en la comisión de faltas graves serán sujetos de un debido proceso como se detalla a continuación. 1. Tipificación de la falta por parte de un docente, director de grupo o directivo docente. 2. Comunicación escrita en el observador general de la falta cometida al estudiante implicado o presunto autor de la misma. 3. Derecho a la defensa. El estudiante implicado debe presentar los descargos por escrito en caso de que no acepte voluntariamente la comisión de la falta. Para ello cuenta con dos días hábiles y puede anexar las pruebas o solicitar que se llame a los testigos que a bien tenga. 4. El Coordinador analizará las pruebas presentadas. 5. El Coordinador, el Director de Grupo y, cuando se requiera el Rector, analizarán los antecedentes disciplinarios del estudiante, del hecho, sus móviles, causas y efectos. Las circunstancias agravantes o atenuantes de la falta. PARÁGRAFO 1. SON CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: a) El haber observado buen comportamiento anteriormente. b) El haber obrado por motivos nobles o altruistas. c) El haber aceptado voluntariamente la comisión de la falta. d) El haber sido inducido a cometer la falta por un superior o bajo amenaza. e) La ignorancia invencible. PARÁGRAFO 2. SON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES. a) El haber sido objeto de sanción anteriormente por violación de las normas institucionales. b) El grado de perturbación que la falta haya ocasionado en la Institución, el grupo o la comunidad- c) el haber procedido por motivos innobles o fútiles. d) El haber cometido la falta bajo efectos de drogas prohibidas o bebidas alcohólicas. e) El haber planeado la falta con anterioridad. f) El haber cometido la falta con la intención expresa de ocultar o ejecutar otra. g) El haber cometido la falta aprovechándose de la confianza que en el alumno hayan depositado sus profesores, directivos, administrativos o compañeros. 6. Determinación de la culpabilidad o inocencia del estudiante 7. Aplicación de los correctivos o sanciones o archivo del proceso. 8. Acto administrativo por parte de la Rectoría, mediante el cual se establecen los correctivos / sanciones. Este se anexará a la carpeta del estudiante donde reposa su hoja de vida. PARÁGRAFO 3. Los correctivos estarán orientados a restituir o enmendar el daño ocasionado y a establecer compromisos inmediatos que estimulen al alumno a un cambio positivo en su actitud y comportamiento. ARTICULO 17. Correctivos / Sanciones para faltas graves. 1. Citación del padre de familia y del alumno a la Coordinación para comunicarles la determinación tomada. Allí se hará el correspondiente registro en l Observador General y se firme por parte del padre de familia y del alumno los compromisos adquiridos. 2. Obligación de resarcir el daño causado con un plazo acordado por las partes. 3. Suspensión temporal de clases de uno (1) a tres (3) días. Esta decisión será tomada por el Rector (Ley 115 Febrero 8 de 1994, Art. 132) mediante Resolución motivada. 4. Matricula en observación. 5. Cancelación de la Matrícula o retiro definitivo de la Institución (Ley 115 Febrero /94, Art. 96). 6. Queja ante autoridad competente, (Inspector de Policía, en caso de niños menores) y envío de pruebas en caso que la conducta del alumno sea manifiestamente delictiva y competa a las autoridades judiciales o administrativas. PARÁGRAFO 1. Estas sanciones no tienen necesariamente un orden rígido en su aplicación sino que se aplican de acuerdo con la tipificación de la falta. PARÁGRAFO 2. La suspensión temporal de clases, implica un compromiso del alumno y del padre de familia, para que el alumno se ponga al día en las clases
  • 6. no vistas y entregue a Coordinación un trabajo previamente concertado en el cual se haga énfasis con relación a la norma infringida. PARÁGRAFO 3. El estudiante que haya sido sancionado por faltas graves tendrá una valoración en su comportamiento de INSUFICIENTE y para el informe final se le hará un estudio pormenorizado. PARÁGRAFO 4. El padre de familia debe responder económicamente por los daños ocasionados por su hijo o acudido en muebles e inmuebles de la Institución. PARÁGRAFO 5. Las sanciones estipuladas en los numerales 5 y 6 del presente artículo serán analizadas a nivel del Comité de Convivencia y remitidas al Consejo Directivo para su estudio y toma final de decisiones. Si el Consejo confirma la decisión debe remitirla a la Asociación de Padres de Familia a través de su Junta Directiva. Esta debe pronunciarse en un término no mayor de cinco días hábiles. ARTICULO 18. Aplicación del debido proceso y su conducto regular. El Rector es la persona responsable de dirigir la ejecución del proceso anteriormente estipulado (Ley 115 /94, Art. 132 y Ley 715 Diciembre 2001 Art 10, Numeral 10.11). Para tal efecto se tendrá en cuenta el conducto regular: Profesor Área, Director de grupo, Coordinador, Rector, Consejo Directivo. PARÁGRAFO 1. INSTANCIAS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN. Notificada la sanción al estudiante o en su defecto, el padre de familia, le asiste el derecho de interponer los siguientes recursos: DE REPOSICIÓN: Ante la rectoría, acción que puede ser asesorada por el personero de los estudiantes. DE APELACIÓN: Ante el Consejo Directivo especialmente cuando se refiera a las sanciones contempladas en los numerales 5 y 6 del Artículo 15. Ratificada la sanción por la instancia correspondiente esta queda en firme y es de estricto cumplimiento. ARTICULO 33. Son DERECHOS de los padres de familia: 1. Elegir el tipo de educación que de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. 2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características de La Institución Técnica Comercial CAMILA MOLANO, los principios que orientan su Proyecto Educativo Institucional, su Pacto de Convivencia, el Plan de Estudios, las Estrategias Pedagógicas Básicas, su Sistema de Evaluación Escolar y el Plan de Mejoramiento Institucional. 4. Expresar de manera respetuosa y por el conducto regular sus opiniones y reclamaciones sobre el proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución. 5. Participar en el proceso educativo que desarrolle la Institución y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional. 6. Recibir respuesta suficiente y oportuna por parte de Directivos, Docentes y Administrativos a sus requerimientos sobre la marcha de la Institución y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos a través de los boletines. 8. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo que brinda la Institución. 9. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del gobierno escolar y antelas autoridades públicas, en los términos previstos por la Ley General de Educación y en sus reglamentos. 10. Ejercer el derecho de libre asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y al desarrollo armónico de sus hijos. 11. Conocer oportunamente los correctivos que afecten a sus hijos. 12. Ser atendido con cortesía y respeto por los directivos y docentes en sus peticiones, sugerencias y aclaraciones relacionadas con el desempeño académico y disciplinario de sus hijos o acudidos y sobre la marcha de la Institución. 13. Ser informados oportunamente y con la claridad sobre el rendimiento académico, problemas disciplinarios, retardos o ausencias de sus hijos o acudidos. 14. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones en donde se le informe sus compromisos con la Institución. 15. Ser informado sobre las actividades, modificaciones, planes y proyectos de la Institución 16. Ser notificado y escuchado durante el ejercicio del debido proceso disciplinario y académico que se adelante a su hijo o acudido. 17. Representar en todo evento o circunstancia a su hijo o acudido. A solicitar con antelación permiso para sus hijos o acudidos siempre y cuando estén
  • 7. debidamente justificados. También podrán solicitar permisos extraordinarios en caso de fuerza mayor y justificar las ausencias no previstas, soportándolas debidamente en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles. 18. Formar parte de la Asociación de Padres de Familia y del Consejo de Padres. 19. Elegir y ser elegidos en cargos relacionados con la Asociación de Padres de Familia, Consejo de Padres, Consejo Directivo, Comisiones de Evaluación y Promoción, Comité Convivencia y los demás que determine el Consejo Directivo. 20. Solicitar el cumplimiento de los deberes de los profesores y directivas del plantel. 21. Recibir la información contable de actividades en las que haya participado directamente. 22. Recibir capacitación a través de la Institución de acuerdo a la programación existente en la Escuela de Padres y otras dependencias. 23. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el PEI. El manual de Convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento Institucional. 24. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento y de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del PEI. 25. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y del grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa. 26. Recibir respuesta suficiente y oportuna a su requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afectan particularmente el proceso educativo de sus hijos. 27. Conocer la información sobre los resultados de la prueba de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento. 28. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del gobierno escolar y ante las autoridades publicas, en los términos previstos en la ley general de educación. 29. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar, los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 30. Las demás contempladas en el decreto 1286 de 2005 en su Artículo 2° ARTICULO 34. Son DEBERES de los padres de familia: Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponde a los Padres de Familia los siguientes deberes: 1. Matricular oportunamente a sus hijos en los establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el presente Manual de Convivencia para facilitar el proceso educativo. 4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 5. Comunicar oportunamente, y en primer lugar, a las Directivas de la Institución, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, trafico o consumo de drogas ilícitas . En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 6. Apoyar a la Institución en las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes , especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 7. Participar en el proceso de autoevaluación anual de la Institución. 8. Informarse sobre el Rendimiento Académico y el comportamiento de sus hijos. * 9. Asistir a las reuniones programadas por la Institución o cuando se requiera de su presencia. 10. Dotar a los hijos de los útiles y materiales necesarios par el cabal desarrollo de las actividades académicas. 11. Velar por la permanente asistencia de sus hijos a la Institución y presentarse personalmente a la Coordinación a justificar la inasistencia de sus hijos en un plazo no superior a las 48 horas hábiles. 12. Cancelar oportunamente los costos estipulados por la Ley. Al finalizar el año escolar debe estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución. 13. Velar para que sus hijos hagan buen uso del uniforme de la Institución y solamente lo utilicen en actividades escolares. 14. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General de Padres de Familia convocadas por el Rector. 15. Conocer cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia. 16. Presentarse con su hijo (a) en el momento de registrar la matrícula a fin de asumir los compromisos y responsabilidades derivadas de dicho acto 17. Justificar por escrito las ausencias de sus hijos (as) , la inasistencia a reuniones, citaciones programadas por la Institución, profesor (es) y asociación de padres 18. Presentarse al Colegio en forma adecuada cuidando su presentación personal
  • 8. 19. Conocer y respetar el conducto regular para facilitar los procesos académicos y disciplinarios, así: Docentes del área, director de Grupo, Coordinador y Rectoría. 20. Colaborar eficazmente en la formación moral intelectual estética y física de sus hijos. 21. Dialogar frecuentemente con los hijos para reforzar la labor de la Institución en la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo 22. Dotar a sus hijos de sus textos, útiles y demás implementos necesarios para el desarrollo de los procesos pedagógicos de acuerdo con las asignaturas programadas 24. Estar pendiente de la buena presentación puntualidad y orden de los hijos (a) 23. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que realiza con los hijos (as) participando activamente en todos los programas que brinda la Institución 24. Diligenciar personalmente la matrícula, asistir al niño (a) matriculado (a) y cumplir las normas reglamentarias establecidas por el M.E.N. y la Comunidad Educativa. 25. Comprar los materiales necesarios y uniformes para que los hijos (as) respondan adecuadamente a los compromisos adquiridos con la Institución Educativa. 26. Fomentar en el hijo (a) actitudes de aprecio por sus pertenencias y buen trato para con los demás. 27. Acompañar a los hijos (as) en sus dificultades, ayudarlos a superarlas y justificar sus ausencias a las actividades académicas. 28. Revisar constantemente el aseo y la presentación personal de los hijos (as) cerciorándose que no porten elementos o accesorios que no correspondan al uniforme. 29. Dar buen ejemplo empleando respetuosas, cultas y de buenos modales en la comunicación y relación con las demás personas de la comunidad institucional. 30. Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia y/o llamados. 31. Cancelar oportunamente los aportes acordados en la matrícula y otros costos académicos aprobados por el Consejo Directivo, padres de familia, acudientes o representantes autorizados. 32. Responder por los daños materiales que su hijos (as) o acudido (a) ocasionen en la institución o fuera de ella. 33. Seguir el conducto regular de la institución cuando necesite adelantar acción alguna de reclamo para el caso: profesor (a) de la materia, director del grupo, coordinador, rector, consejo de padres de familia, consejo directivo. 34. Participar de las actividades programadas por la comunidad educativa; de inducción, motivación, capacitación, apoyo a la institución y solidaridad. Su incumplimiento ocasionará sanciones que el consejo directivo reglamentará. 35. Los padres de familia de estudiantes sordos deberán asistir a los cursos y refuerzos que la institución programe para el aprendizaje de L.S.C. (su no asistencia ocasionara sanciones). 36. Solicitar de buena manera informes sobre los logros y dificultades de sus hijos(as). 37. Respaldar y participar en las actividades de la asociación de padres de familia. 38. Defender el buen nombre de la institución y evitar comentarios difamatorios y mal intencionados que denigren de la institución , estudiante, profesores, directivos y comunidad educativa 39. Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de sus hijos. ARTICULO 41. Son DEBERES de los docentes: 1. Cumplir con la Constitución y las leyes. 2. Cumplir con diligencia, eficacia e imparcialidad las funciones propias del educador y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause suspensión o perturbación injustificada del servicio o que implique abuso indebido de su cargo. 3. Cumplir con las órdenes inherentes a su cargo impartidas por sus superiores jerárquicos. 4. Utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de sus funciones, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso en forma exclusiva para los fines pertinentes. 5. Tratar con imparcialidad y respeto a sus compañeros de trabajo, a sus alumnos y padres de familia. 6. Cumplir con las disposiciones que los Directivos Docentes, Director de Núcleo y demás superiores jerárquicos adoptadas en ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no sean contrarias a la Ley y atender a los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes. 7. Desempeñar el cargo de educador sin pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones legales a las que tenga derecho. 8. Acreditar los requisitos exigidos por la ley para el desempeño del cargo. 9. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de sus funciones, salvo las excepciones legales ej., permisos parciales.
  • 9. 10. Registrar ante el Rector su domicilio o dirección de residencia y teléfono y dar aviso oportuno de cualquier cambio. 11. Inculcar en los educandos el amor por los valores históricos y culturales de la nación, el Departamento y el Municipio de Venadillo y el respeto por los símbolos patrios. 12. Velar por la conservación de documentos, útiles y equipos, muebles y bienes que le sean confiados. 13. Observar una conducta pública acorde con la dignidad del cargo. 14. Capacitarse y actualizarse permanentemente en el área en la cual se desempeña. 15. Permitir a los representantes del Ministerio Público, fiscales, jueces y demás autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban adelantar sus actuaciones e investigaciones y el examen de los documentos que requieran; así mismo prestarles colaboración para el desempeño de sus funciones. 16. Permanecer en el desempeño de sus funciones mientras no se haga cargo quien deba reemplazarlo salvo autorización legal, reglamentaria o de quien deba proveer el cargo. 17. Explicar inmediata y satisfactoriamente al nominador, a la Procuraduría General de la Nación o a la Personería, cuando estos lo requieran, la procedencia del incremento patrimonial obtenido durante el ejercicio de su cargo. 18. Poner en conocimiento del Rector los hechos que puedan perjudicar la administración y el desarrollo de las actividades curriculares de la Institución. 19. Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de las cuales tuviere conocimiento, salvo las excepciones de la ley. 20. Entregar oportunamente las planillas, informes y demás instrumentos de trabajo que le competan. 21. Informar oportunamente (el día anterior) a la comunidad educativa la suspensión de labores totales o parciales por razones de carácter sindical. 22. Participar activamente en los órganos del Gobierno Escolar. 23. Respetar y hacer respetar los emblemas y símbolos de la Institución. 24. Participar activamente en las modificaciones, actualizaciones, ejecución y evaluación del PEI. 25. Dictar las clases que le corresponden de acuerdo a su carga académica y según el Plan de estudios de la Institución. Decreto 1850 / 02. 26. Devolver oportunamente a los estudiantes los trabajos, evaluaciones con la correspondiente valoración. 27. Dar a conocer oportunamente al rector las justificaciones por ausencias de fuerza mayor y solicitar con la debida anticipación los permisos para adelantar gestiones u otros de carácter inaplazable y urgente. 28. Permanecer en la Institución la jornada completa de trabajo: 7 a.m. a 1.00 p.m. (Secundaria y Media); 7 a.m. a 12.05 Primaria y Preescolar. ARTICULO 43. PROHIBICIONES. Está prohibido a los docentes, directivos docentes y administrativos, de acuerdo a la Ley 734 de febrero de 2002 Art. 35 y el decreto 2277 /79 Art. 46: 1. Usar en el sitio de trabajo o lugares públicos sustancias prohibidas que produzcan dependencia física o psíquica y /o asistir a la Institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes. 2. El acoso sexual. 3. La práctica de actividades de tipo sexual.. 4. La malversación de fondos de la Institución y bienes escolares. 5. El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos. 6. La aplicación de castigos denigrantes, físicos, psicológicos a los educandos. 7. El ser condenado por delitos dolosos. 8. El incumplimiento sistemático de los deberes y prohibiciones, el abuso de los derechos o la extralimitación de funciones. 9. El uso de documentos e informaciones falsas para inscripción o ascenso en el escalafón o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones. 10. La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político. 11. El abandono injustificado del cargo. 12. Solicitar directa o indirectamente dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier clase de beneficios. 13. Ocupar o tomar indebidamente oficinas u edificios públicos. 14. Ejecutar actos de violencia contra los superiores, subalternos o compañeros de trabajo o injuriarlos o calumniarlos. 15. Omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o a la prestación del servicio a que está obligado. 16. Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las peticiones respetuosas de los particulares o a las solicitudes de las autoridades. 17. Ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 18. Ocasionar daño o dar lugar a pérdida de bienes, elementos, expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razones de sus funciones.
  • 10. 19. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público. 20. Ejercer la docencia dentro del a jornada laboral por un número de horas superior a las legalmente permitidas. 21. Distinguir, excluir, restringir, preferir con base en motivos de índole racial, origen nacional o étnico de tal manera que menoscabe el goce, o ejercicio en las condiciones de igualdad de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas políticas, económicas, sociales o culturales. 22. Incumplir cualquier decisión judicial, fiscal, administrativa o disciplinaria en razón o con ocasión del cargo o funciones u obstaculizar su ejecución. 23. Las demás prohibiciones incluidas en Leyes y reglamentos.