3. TABLA DE CONTENIDO
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Pág.
RESOLUCION DE APROBACION 4
CAPITULO I FUNDAMENTOS DE LEY 7
CAPITULO II MISION, VISION Y FILOSOFIA INSTITUCIONAL 18
CAPITULO III ADMISIONES Y MATRICULAS 19
CAPITULO IV PERSONAL DE LA INSTITUCION 20
CAPITULO V DERECHOS Y DEBERES 24
CAPITULO VI FUNCIONES DEL PERSONAL INSTITUCIONAL 36
CAPITULO VII PROYECTOS 52
CAPITULO VIII EVALUACION 54
CAPITULO IX PROMOCION DE ESTUDIANTES 60
CAPITULO X COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION 62
CAPITULO XI REQUISITOS PARA GRADUACION 64
CAPITULO XII NORMALIZACION Y CONVIVENCIA 64
CAPITULO XIII CUMPLIMIENTO DE LA JORNADA ESCOLAR 74
CAPITULO XIV UTILIZACION Y CONSERVACION DE BIENES
PERSONALES YCOLECTIVOS 75
CAPITULO XV FALTAS 75
CAPITULO XVI COMPROMISOS 92
CAPITULO XVII ESTIMULOS 97
4. RESOLUCION DE APROBACION
Resolución No. 007
Prado Tolima, agosto 15 de 2014
Por la cual se adopta el nuevo manual de convivencia, para las y los
estudiantes de los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria
y media de la institución educativa Isla del Sol.
El rector de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ISLA DEL SOL de Prado
Tolima, como presidente del consejo directivo, en uso de sus facultades
legales y:
CONSIDERANDO
Que, los cambios introducidos en la educación colombiana, piden actualizar,
modificar y ajustar el MANUAL DE CONVIVENCIA, a la luz de la constitución,
a la ley 115 de 1994, decreto1860 de 1994, decreto 1290 de abril de 2009 y
ley 1098 de noviembre de 2006.
Que cada institución educativa debe tener como parte integral de su proyecto
educativo institucional un reglamento o manual de convivencia en el cual se
definan los deberes y derechos de los estudiantes (ley 115 de febrero 8 de
1994, art 17 decreto 1860 de agosto 3 de 1994).
Que, se hace necesaria la actualización del Manual de Convivencia de la
Institución educativa Isla del Sol de Prado Tolima.
Que, es importante establecer con claridad los procedimientos para resolver
con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se
presenten entre los miembros de la comunidad educativa, así como las
sanciones aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa, el
debido proceso y a dar a conocer a sus padres o acudientes las exigencias y
compromisos que de este manual de convivencia se derivan y actúen con
responsabilidad.
Que es función del consejo directivo, ADOPTAR Y APROBAR EL TEXTO
DEL manual de convivencia (art. 23, literal C decreto 1860 de 1994)
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5. Que, el Consejo Directivo acordó APROBAR Y ADOPTAR el texto del
manual de convivencia presentado por la rectoría después de haber sido
revisado, analizado, discutido con la participación de directivos, docentes,
padres de familia y estudiantes.
Que la rectoría es ejecutora de las decisiones APROBADAS por el Consejo
Directivo.
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia de la
Institución Educativa Isla del sol como: instrumento de organización escolar,
y medio de formación que facilita el aprender a convivir bajo los principios de:
participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad.
Dada en Prado Tol. a los 25 días del mes de agosto de 2014
NIEVES GONZALEZ MENDEZ
Rectora
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6. JUSTIFICACION
En la actualidad, las expectativas sobre educación abren horizontes muy
amplios acerca de las competencias que nos capacitan a todos para
aprender a vivir en sociedad, fundamentando nuestra convivencia en
principios de acción, que sirvan de soporte para la construcción de una
nueva Colombia y le den a nuestra institución un verdadero protagonismo en
la visión de los actuales acontecimientos del país y en la futura misión de
nuestros egresados.
Este manual es la expresión de una voluntad común que facilita el
conocimiento de la normalización y nos ayuda en el esfuerzo por hacer de
nuestra institución un espacio más humano.
Para emprender el camino de la convivencia como la forma elemental de
cuidar, proteger y desarrollar la vida de todos de la mejor manera posible; la
comunidad educativa de la institución Isla del Sol fundamentada en el valor
del respeto y el principio de la igualdad, sin reparos ni diferencia de raza,
religión, sexo, posición social y orden jerárquico; establecen en este manual
las normas básicas de sana convivencia y entendimiento mutuo de todos y
cada uno de sus integrantes.
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7. CAPITULO I
FUNDAMENTOS DE LEY
TITULO I
ARTICULO 1. LEYES QUE RIGEN LA INSTITUCION EDUCATIVA ISLA
DEL SOL
LA INSTITUCION EDUCATIVA ISLA DEL SOL, acogiendo las disposiciones
legales por su mismo espíritu democrático, basándose en la Constitución
Política de 1991, Ley 12 de enero 22 de 1991 sobre los Derechos del niño,
Art. 77, 87, 96 y 201 de la ley 115 de 1994, Decreto 1860 de agosto de 1994,
la ley 200 de agosto de 1995, Manual de Convivencia vigente, la Ley 1098 de
2006, el decreto 1290 de 2009 y la Ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de
septiembre de 2013. Siendo consecuente con el espíritu de excelencia que
busca exaltar en sus estudiantes una sana convivencia; ha construido el
siguiente reglamento de normas y procedimientos, el cual forma parte del
pacto de convivencia que ha sido previamente construido, socializado y
aceptado por los padres de familia, estudiantes, docentes, directivo docente
y administrativo.
El servicio educativo que ofrece la institución educativa ISLA DEL SOL rige
por el acuerdo de matrícula, en el cual se establece el compromiso de tres
estamentos:
a. Padres de familia, b. Estudiantes c. Institución educativa, mediante
documento firmado y renovado anualmente. El incumplimiento debidamente
comprobado de alguna de las partes, será causal de terminación de este
compromiso. La aceptación de este pacto queda automáticamente ratificada
por todos los interesados con la firma de la matrícula.
Este pacto de convivencia recoge la filosofía y los objetivos, tanto generales
como específicos, de nuestra institución; además, los capítulos y artículos
inherentes a la educación, tomados tanto de LA LEY DE INFANCIA Y
ADOLESCENCIA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, DERECHOS
HUMANOS, LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, LEY 1620, DECRETO
1965 Y TODOS LOS DECRETOS Y REGLAMENTOS EMITIDOS POR EL
M.E.N de acuerdo a las necesidades propias de nuestra institución
educativa.
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8. ARITULO 2: ORGANISMOS DE PARTICIPACION EN LA ELABORACION
DEL PRESENTE PACTO DE CONVIVENCIA
El Rector, Consejo Directivo, Consejo Académico, Comité de Convivencia,
Consejo Estudiantil, Contralor, Personero, Docentes, Padres de Familia,
Estudiantes y administrativo; asumiendo el compromiso de conocer, difundir
y cumplir el presente Pacto de Convivencia para orientar de manera objetiva
la labor educativa de la Institución.
ARTICULO 3: VIGENCIA
Este Pacto de Convivencia tendrá una vigencia indefinida, siendo modificado
cada vez que se requiera y cuando se promulgue una nueva norma. .
PARÁGRAFO 1: Este Pacto de Convivencia fue revisado y aprobado por el
Consejo Directivo de la INSTITUCION EDUCATIVA ISLA DEL SOL el 15 de
agosto de 2014 y será adoptado a partir de la fecha
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ARTICULO 4. PRINCIPIOS
Las actividades de la institución Educativa ISLA DEL SOL se fundamentan
en los siguientes Principios:
a) Los consagrados en pactos y protocolos internacionales firmados por
Colombia, en la Constitución Política de 1991 y en sus leyes y decretos
reglamentarios para el sector educativo.
b) El respeto a la libertad de enseñanza para toda la comunidad educativa,
sin que en ningún momento pueda verse coartada por ideologías sociales,
políticas o religiosas, estando presidida la labor educativa por la objetividad y
el respeto mutuo.
c) La implementación de innovaciones educativas y culturales que ofrezcan
las debidas garantías científicas.
d) La participación democrática de todos los miembros de la comunidad
educativa en las actividades que desarrolla la institución.
e) La formación humana y científica de los estudiantes de tal manera que les
prepare moral e intelectualmente para su participación en la vida social y
cultural.
9. 9
ARTICULO 5. OBJETIVOS DE LEY
De acuerdo con estos principios, la educación en la INSTITUCION
EDUCATIVA ISLA DEL SOL tendrá los objetivos señalados en el artículo 13
de la Ley General de Educación:
El objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos es el
desarrollo integral de los educandos mediante acciones encaminadas a:
a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y
autonomía sus derechos y deberes.
b) Propiciar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del
respeto a los derechos humanos.
c) Fomentar en la institución educativa prácticas democráticas para el
aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización
ciudadana, con el propósito de estimular la autonomía y la responsabilidad.
d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí
mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del
respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y la
preparación para una vida familiar armónica y responsable.
e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional.
f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional.
g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.
h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos
étnicos.
10. TITULO II.
MARCO FILOSOFICO
ARTICULO 6. FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES
La institución Educativa Isla del Sol, basa su filosofía en el cumplimiento de
la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, Pacto de Convivencia
y demás decretos reglamentarios para el funcionamiento y la organización
armónica, coherente, justa y racional.
Los pilares del quehacer pedagógico se enfocan en la integración de
principios, criterios y valores éticos y morales motivados por el dialogo, la
honestidad, el respeto, la autonomía, la justicia, la concertación y la
solidaridad; desarrollados dentro de un ambiente colaborativo en pro del
desarrollo particular o grupal del individuo, influido por el contexto socio
cultural.
ARTICULO 7. POLITICA Y OBJETIVOS INSTITUCIONES
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Política:
Nuestro compromiso como institución educativa de Colombia es satisfacer
las necesidades y expectativas de nuestra comunidad, mediante el
mejoramiento continuo en la formación en valores, la calidad académica, las
competencias del talento humano y el medio ambiente.
Objetivos Institucionales:
Establecer mecanismos de apoyo a través de procedimientos estratégicos
que contribuyan al fortalecimiento de las relaciones, la participación, la
cultura regional y la convivencia de toda la comunidad educativa.
Implementar un énfasis académico acorde a las necesidades de la región
promoviendo procesos de orientación en función de la formación integral,
basada en valores y educación ambiental a través de estrategias
pedagógicas que estén acorde a las exigencias educativas del medio.
Propender por la atención de los diferentes grupos poblacionales sin
ningún tipo de discriminación, vivenciando la participación de todos los
entes educativos en un clima de fraternidad y valores.
11. Apoyar a través de recursos financieros la consecución de materiales de
apoyo para el mejoramiento de la calidad educativa, bienestar de los
estudiantes y la convivencia.
Direccionar y organizar la participación de la comunidad educativa y la
toma de decisiones que contribuyan al buen funcionamiento de la
institución a través de procedimientos estratégicos.
TITULO III
CONFORMACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
11
IDENTIFICACION.
DIRECCION: Vereda del Isla del Sol Prado Tolima
SEDE CENTRAL: Vereda “ISLA DEL SOL” Prado Tolima
SEDE DOS: Vereda el Caimán
SEDE TRES: Vereda Aco
SEDE CUATRO: Vereda Corinto
SEDE CINCO: Vereda Corozales
SEDE SIETE: Vereda Tomogo
CODIGO DANE: 273563000615
NIT: 900028195-4
CODIGO ICFES: 123729
NUCLEO EDUCATIVO No. 60
GENERO: MIXTO
CARÁCTER: OFICIAL
NIVELES: PREESCOLAR, BASICA Y MEDIA
12. MODALIDAD ACADEMICA
RESOLUCION DE APROBACION: 05444 de noviembre 8 de 2013
DOCENTES DE LA INSTITUCION:
NIEVES GONZALEZ MENDEZ RECTORA (E)
ARIAS BARRETO MARIA ELSY LIC. BASICA
12
PRIMARIA
ESP: CIEN.SOCIALES.
ESP: PED. DE
LA RECR
BAHAMON CARDONA MARIA TRINIDAD: LIC. EDUCACION
BASICA PRIMARIA
BERNAL VIDAL ROSA ELENA LIC. BASICA
PRIMARIA
ESP: LUDI. DE
RECREA.
CARDOZO VIDAL YOVANNY LIC. BASICA
PRIMARIA
ESP: PEDAG. DE
RECRE.
BERTULFO GOMEZ OSPINA BACHILLER
PEDAGOGICO
EDER LEANDRO CARRANZA LIC. EDUCACION
FISICA REC. DEPORTES
.
HERNANDEZ L. GERARDO LIC. EDU. AMBIENTAL
ESP.INFORM.
TELEMATICA
ORTIZ ARIAS MARIA NANCY LIC. MATEMATICAS
13. 13
ESP: PED. DE
RECREA.
PADILLA ESQUIVEL LEIDY LIC BIOLOGIA Y
QUIMICA
QUEJADA Q. ANA TERESA LIC. BASICA
PRIMARIA
ESPEC. EN PPEDAGOGIA
RECREACION
EDNA MILENA ARIAS ESCOBAR LIC. EN INGLES
SEDE DOS: VEREDA CAIMAN
RUBIANO J. MARIA TERESA LIC. FILOSOFIA
Y ESTUDIOS POLITICOS
SEDE TRES: VEREDA ACO
LUZ MARINA ORJUELA PRADO LICENCIADA
PREESCOLAR
SEDE CUATRO: VEREDA CORINTO
GLORIA ASTRID GONZALEZ ADMINISTRADORA DE
EMPRESAS
SEDE SIETE: VEREDA TOMOGO
CARMEN FERNANDA GUALTERO PIOQUINTO LICENCIADA
EN EDUCACION BASICA CON ENFASIS EN CIENCIAS NATURALES Y
EDUCACION AMBIENTL
15. RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ISLA DEL SOL
La Escuela Rural Mixta “Isla del Sol”, nació como una iniciativa del los
señores: Domingo Ruenes, Eleuterio Sánchez, Antonio Sánchez y Orlando
García quienes eran en ese entonces integrantes de la Junta de Acción
Comunal de la vereda. En el año 1977, los señores antes mencionados,
trajeron el Elenco de Sábados Felices, cuya presentación se llevó a cabo en
la Isla de Cuba. Con los dineros recolectados, se inició la construcción de un
kiosco que hizo las veces de salón de clases, en un terreno donado por el
señor Domingo Ruenes.
En los años 1978 y 1979, fueron nombrados dos maestros, que no aceptaron
el nombramiento, argumentando que el sitio era muy lejano y de difícil
acceso, solamente miraron el lugar, no les gusto y se fueron.
El 14 de septiembre de 1979 fue nombrado el señor Miller Morales Montaña
como directivo docente de esta escuela, quien inició labores esa misma
fecha, con 135 estudiantes desde el grado primero a quinto. Allí el profesor
Miller laboró por un periodo de 10 años solo, luego fueron nombradas las
profesores María Elsy y Yensi Ortiz por contrato municipal para que trabajan
periodos de tres meses. En el año 1992 fue nombrada por contrato del
programa soluciones educativas, la profesora Rosa Elena Bernal, en el año
1993 fue nombrada por contrato municipal la misma docente y el 30 de
noviembre del mismo año se nombro de planta para esta institución. En el
año 1995 fue nombrada la profesora Esperanza Navarro
Viendo la dificultad de no poder seguir los estudios en el nivel secundaria:
por los altos costos en el transporte y la difícil situación geográfica se
empezó a gestionar la idea entre directivo docente, docentes y padres de
familia de continuar los estudios de básica y adaptar al colegio para que
estos estudiantes de la región del lago pudieran continuar con su
bachillerato. . Fue así como en el año 2000, por iniciativa del supervisor
15
16. Julio Cesar Rojas quien visitaba constantemente la región se cristalizó la
idea y se puso en comunicación con el Doctor Hernando Gálvez, quien en
ese momento era el coordinador de un programa llamado post primaria
Rural, se inició clases en el grado sexto.
Fue así como año tras año se fue implementando un grado más; llegando a
si a la primera promoción en el año 2005, demostrando así el crecimiento
que ha tenido la institución.
A la institución vienen estudiantes de las veredas Aco, Caimán, Corozales,
Corinto, Tafurito, Tomogo, Bocas del Salero y San Buenaventura; estas dos
últimas pertenecientes al municipio de Purificación.
En el año 2002 se integran o asocian unos establecimientos educativos y se
modifica parcialmente la razón social del establecimiento, según Resolución
No. 1213 de agosto 3 de 2002 emanada de la Secretaria de Educación
Departamental quedando conformado el Centro Educativo Isla del Sol. A este
centro educativo pertenecen la Escuela Rural Mixto Isla del Sol con los
niveles de Preescolar y Básica (Preescolar a 8°), Escuela Rural Mixta El
Caimán con los niveles Preescolar y Básica Primaria, Escuela Rural Mixto
Tomogo con los niveles de Preescolar y Básica Primaria, Escuela Rural Mixta
Corinto con los niveles de Preescolar y Básica Primaria, Escuela Rural Mixta
Corozales con los niveles Preescolar y Básica Primaria, Escuela Rural Mixta
Aco con los niveles Preescolar y Básica Primaria y la Escuela Rural Mixta
Tomogo.
En el año 2003, a petición del Director de la institución y por cumplir con los
requisitos necesario se modifica la razón social quedando como Institución
Educativa Isla del Sol, según Resolución No, 748 de agosto 6 de 2003
emanada de la Secretaría de Educación Departamental.
16
17. En el año 2004 fueron aprobados los estudios en los niveles de transición,
Educación Básica Ciclo de primaria (1 a 5°) Ciclo Secundaria (6° a 9°)
Educación Media (Grado 10°) Programa Post primaria, según Resolución No.
1264 de diciembre 14 de 2004.
En el año 2005 fueron aprobados los estudios en los niveles de transición,
Educación Básica Ciclo de primaria (1 a 5°) Ciclo Secundaria (6° a 9°)
Educación Media (Grado 10° y 11°) Programa Post primaria, según
Resolución No, 0582 de agosto 2 de 2005.
En el año 2010 por Resolución No. 2245 de septiembre 27 de 2010, se
reconocen los estudios por un año, en los niveles de transición, Educación
Básica Ciclo de primaria (1 a 5°) Ciclo Secundaria (6° a 9°) Educación Media
(Grado 10° y 11°) Programa Post primaria, según Resolución No, 0582 de
agosto 2 de 2005.
La institución en la parte metodológica implementa los programas Escuela
Nueva y Post primaria desde los niveles pre-escolar, Básica Primaria, Básica
Secundaria y Media Académica; cuenta con una planta física de 9 salones,
un kiosco una unidad sanitaria, sala de computo con internet Banda Ancha,
cuenta con unos libros de apoyo a estudiantes y unos materiales para
experimentos de laboratorio de química, biología y ciencias naturales, un
polideportivo en regular estado, una cocina y unos mesones en concreto que
funcionan como comedores. Se cuenta con la enseñanza de proyectos
pedagógicos productivos, en la actualidad se desarrolla un proyecto de
Gallinas Ponedoras, donde todos los miembros de la comunidad participan
activamente, proyecto que funciono hasta el 2011, actualmente no se
desarrollan proyectos productivos
El Rector Miller Morales Montaña, fue el docente más antiguo de la
institución, vio nacer y crecer a la institución, contaba con una experiencia de
17
18. 33 años, todos laborados en la institución, hasta el 3 de agosto de 2012,
cuando una enfermedad cerebral termino con su vida.
En el año 2012 con motivo del fallecimiento del Señor Rector y teniendo en
cuenta que la institución debía ser evaluada nuevamente este año, la
secretaría de Educación emite la Resolución No. 04828 de noviembre 14 de
2012 con la cual amplia la vigencia de la Resolución No. 2245 de septiembre
27 de 2010.
El 16 de noviembre de 2012, la Secretaria de Educación del Departamento
nombra en calidad de Rectora encargada a la docente Nieves González
Méndez, según Resolución No: 1524 de noviembre 16 de 2012.
En el año 2013 la institución, fue nuevamente visitada por la comisión de
supervisores de la Secretaría de Educación del departamento, quedando
ampliado el reconocimiento de estudios hasta nueva visita, con algunas
sugerencias de mejoramiento, según Resolución No. 05444 de noviembre 8
de 2013.
CAPITULO II
MISION, VISION Y FILOSOFIA DE LA INSTITUCION
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ARTICULO 8. MISION
La Institución Educativa Isla del Sol tiene como misión garantizar el acceso y
permanencia de los niños, niñas y jóvenes de la región al sistema educativo.
Ofrecer y promover una formación integral y constructiva, fortaleciendo la
recreación, el deporte, la tecnología, la ciencia, el humanismo y la protección
del medio ambiente.
Los estudiantes y egresados de la institución educativa Isla del Sol, serán
caracterizados por su calidad académica, humana y ética; incorporándose a
los niveles de educación superior, siendo gestores de su progreso, líderes
19. sociales y/o actores permanentes del desarrollo de la calidad de vida de su
comunidad. Aprovechando las condiciones y disponibilidad de sus recursos
naturales, físicos y socioeconómicos.
19
ARTICULO 9. VISION
Para el 2015 la Institución Educativa Isla del Sol se proyecta como líder del
sistema educativo; que busca aprovechar los recursos humanos,
geográficos y físicos que posee la comunidad para fomentar una educación
integral fundamentada en valores éticos, culturales y de convivencia;
orientados hacia la descripción, construcción y desarrollo de un énfasis
técnico en turismo acorde a las necesidades socioeconómicas de la región.
ARTICULO 10. FILOSOFIA
La institución Educativa Isla del Sol, basa su filosofía en el cumplimiento de
la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, Pacto de Convivencia
y demás decretos reglamentarios para el funcionamiento y la organización
armónica, coherente, justa y racional.
Los pilares del quehacer pedagógico se enfocan en la integración de
principios, criterios y valores éticos y morales motivados por la honestidad, el
respeto, la autonomía, la justicia y la solidaridad; desarrollados dentro de un
ambiente colaborativo en pro del desarrollo particular y grupal del individuo,
influido por el contexto socio cultural.
CAPITULO III
ADMISIONES Y MATRICULAS
ARTICULO 11. PROCESO DE MATRICULA.
Se desarrolla según los criterios adoptados por la Secretaría de Educación
mediante los archivos que se llevan en la Institución para satisfacer la
necesidad de los padres de familia y estudiantes mejorando las necesidades
20. de estos. Para tal efecto se desarrollará teniendo en cuenta los siguientes
aspectos:
Sistema de Matricula: Registro de los datos de los estudiantes
para ingresar a la institución con los documentos reglamentarios
como: Registro civil, Fotocopia del documento de identidad,
Fotocopia del Carnet de Salud, fotocopia del documento de
identidad del acudiente, certificación del sisben, certificados de
estudio, tres fotos y datos de los padres de familia con su
respectiva dirección y teléfono.
Definición de Matrícula: Se considera matriculado el estudiante
cuando haya cumplido el punto anterior. En caso de alumnos
nuevos, el respectivo retiro de la institución educativa donde
estudio anteriormente.
Transferencias: Paso de un colegio a otro
Deserción: En la institución Educativa Isla del Sol se presenta una
deserción baja, considerada aproximadamente en un 5%.
Rango de edades: La edad de los estudiantes de la Institución
Educativa Isla del Sol oscila entre los 5 y 20 años
respectivamente.
Cancelación de Matricula: Se considera cancelada la matricula
cuando el estudiante deja de asistir en un 25% del total de
asistencia o cuando el estudiante o padre de familia presenta un
retiro por cambio de domicilio y/o por transporte escolar.
Además se garantiza la agilidad en este proceso teniendo en
cuenta las políticas nacionales y regionales que manejan la gestión
académica de la institución.
Archivo académico: Gracias a la calidad y disponibilidad de la información
archivada, teniendo en cuenta la Ley General de Archivo,(Decreto 594)
permite a la Institución Educativa disponer de forma oportuna y concreta
sobre historias académicas de los estudiantes, para luego expedir
constancias y certificados de manera confiable, verificados en el libro de
valoración académica; ya que cuenta con un sistema de archivo donde se
integra la continua información histórica de los estudiantes de las sedes de la
institución.
Boletines de Notas: La Institución Educativa ha establecido una política
unificada para administrar la expedición de boletines de notas con relación a
20
21. la sede central y sedes, para esto se implanto un programa en sistemas
para garantizar la consistencia de la información adquirida por periodos
académicos de cada uno de los docentes de la Institución Educativa, fijando
parámetros contemplados en el Decreto 1290 de 2009 (SIEE); para mejorar
la gestión académica de los estudiantes.
CAPITULO IV
PERSONAL DE LA INSTITUCION
ARTICULO 12. PERFIL DEL ESTUDIANTE
El estudiante de la institución educativa Isla del Sol, es la persona que
formada con principios humanos, se auto construye en todas sus
dimensiones; que proyecta excelencia y se desenvuelve en la vida con
eficacia, eficiencia y efectividad. Por tanto ha de ser:
a. Una persona comprometida con el desarrollo de sus capacidades
físicas, intelectuales, artísticas, psicológicas y morales.
b. Capaz de transformar su realidad social aprovechando los recursos
21
que le ofrece el entorno.
c. Una persona con profundo sentido de responsabilidad en el
cumplimiento de sus compromisos y la realización de sus metas.
d. Comprometido y cumplidor de sus deberes.
e. Autónomo en la toma de decisiones y responsable de las
consecuencias que ameriten.
f. Participe de proyectos de interés colectivo y de beneficio social.
g. Con hábitos y comportamientos que den cuenta de un estilo
responsable y saludable.
h. Una persona que lidere procesos de solidaridad dentro de la
comunidad con propósitos altruistas; fundamentada en el respeto, la
22. responsabilidad, la tolerancia; generando una convivencia armónica
mediante su participación en actividades cívicas, políticas y culturales,
lúdico recreativas, éticas, morales, ambientales y laborales.
i. Con sentido de pertenencia con la institución.
j. Comprometido con la conservación del medio ambiente.
Capaz de entender y asumir el pacto de convivencia
ARTICULO 13. PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia forman parte de la comunidad educativa y serán los
encargados de vigilar de velar por el cumplimiento de sus hijos y un buen
compromiso
ARTICULO 14. PERFIL DEL DOCENTE
El Docente de la institución educativa ISLA DEL SOL
Se llama educador de la institución educativa Isla del Sol, a los profesionales
de la educación que se identifican con su filosofía, cumplen asertivamente
con la labor formativa de los estudiantes y mantienen una relación laboral
con la institución.
a. Da testimonio de vida, educando en el pluralismo, la solidaridad, la
lealtad, el respeto, la justicia, el diálogo, la paz y la democracia, etc.
b. Forma en los deberes para que se reclamen los derechos.
c. Forma una conciencia ecológica en los estudiantes.
d. Trabaja en equipo para estimular la solidaridad, la heterogeneidad, la
22
participación, etc.
e. Motiva, estimula y refuerza, permanentemente el proceso académico.
f. Posee capacidad creativa e innovadora; promueve la investigación y
la participación de sus estudiantes en el proceso educativo.
g. Capacidad para buscar alternativas en la solución de los conflictos.
h. Desarrolla su capacidad de análisis, síntesis y pensamiento crítico que
trasciende la realidad a través de la ética y sus valores.
i. Respeta a sus estudiantes y compañeros de trabajo, los ayuda a
valorarse y a crecer progresivamente.
j. Posee madurez intelectual y equilibrio afectivo.
k. Debe ser justo, imparcial y equitativo a la hora de evaluar los procesos
formativos.
23. l. Se esmera por la eficacia, la excelencia y la mejora continua.
ARTICULO 15. PERFIL DEL RECTOR
El Rector es el representante legal de la Institución ante las autoridades
educativas y el ejecutor de las decisiones del gobierno escolar, responsable
de la marcha académica del Plantel en sus distintos programas y niveles, y
máxima autoridad pedagógica institucional, ejerciendo las funciones
disciplinarias que le atribuye la ley, el Manual de Convivencia y las
disposiciones de la comunidad educativa.
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Perfil del Rector:
a) Facilita la apertura y permanencia de espacios de participación y
concertación de la comunidad educativa.
b) Sabe cuáles son los aprendizajes y competencias básicas que todos
los estudiantes deben desarrollar en cada momento de su proceso
educativo.
c) Confía en la capacidad de todos los estudiantes para aprender y lidera
la búsqueda y puesta en marcha de estrategias pedagógicas
innovadoras y pertinentes.
d) Es proactivo y flexible (se permite cambiar, innovar y afrontar la
complejidad).
e) Tiene un elevado grado de compromiso y motivación.
f) Estimula y reconoce el buen desempeño de estudiantes y docentes.
g) m) Sabe que debe aprender continuamente para tener más y mejores
herramientas teóricas y metodológicas para ejercer su labor.
h) Fomenta el trabajo en equipo y en fraternidad.
ARTICULO 16. PERSONAL ADMINISTRATIVO
Es el personal encargado de realiza tareas de asistencia o de apoyo
requeridas para el normal desarrollo de las funciones y objetivos de la
Institución.
ARTICULO 17. LANCHEROS
Es el personal encargado de transportar los alumnos de ida y regreso a cada
una de las veredas a la Institución Educativa ISLA DEL SOL.
ARTICULO 18. CELADOR - ASEADOR
24. Es el personal encargado de la vigilancia y embellecimiento de la institución
educativa
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ARTICULO 19. TIENDA ESCOLAR
Es el personal contratado por la institución para ofrecer los servicios de
cafetería y toda clase de comestibles a los estudiantes y demás personal de
la institución.
ARTICULO 20. MANIPULADORAS
Es el personal contratado por la ONG para la elaboración y distribución de
alimentos a los estudiantes.
CAPITULO V
DERECHOS Y DEBERES
TITULO I
DERECHOS
ARTICULO 21. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los Derechos de los estudiantes se regirán por los consagrados en la
Constitución Política, Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 expide el código
de la Infancia y la adolescencia, Ley 1620 y Decreto 1965 de 2013 que tiene
como finalidad garantizar a los niños, niñas y adolescentes su pleno y
armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la
comunidad en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el
reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana sin discriminación alguna.
Los principales derechos de los estudiantes de la Isla del Sol son:
Participar en la construcción y/o modificación del Proyecto Educativo
Institucional, incluyendo el Pacto de Convivencia, de conformidad con
los procedimientos e instrumentos determinados para tal fin.
Participar en los procesos de elección para garantizar la organización
estudiantil de la institución.
25. Ser atendido oportunamente en los horarios establecidos en lo
referente a sus solicitudes, iniciativa, sugerencia, proyectos y
reclamaciones.
Gozar de los beneficios y servicios que ofrece la Institución como sala
de computación, secretaría, polideportivo, cocina y tienda escolar en
los horarios establecidos así: Sede Principal
Tienda Escolar: Primaria: 8:30 a.m. a 8:50 a.m. y 10:50ª. m. a 11.00
a.m.
Secundaria: 8:50 a.m. a 9:10 a.m. y 11:00 a 11:10
25
a.m.
SEDES: De 9:30 a 10:00 a.m.
Secretaria: De 7:00 a.m. a 12:30 p.m.
Sala de Computo: Horas establecidas en el horario escolar
Recibir oportunamente por parte de los docentes programas
académicos y resultados de los procesos de evaluación.
Acceder al debido proceso conforme a los procedimientos
establecidos si llegare a incurrir en cualquier tipo de falta.
Participar en eventos deportivos, culturales y científicos que se
organicen dentro y fuera de la institución.
Estar en igualdad de derecho para recibir los estímulos establecidos
por el colegio en las diferentes actividades que desarrolla.
Solucionar los conflictos a partir del diálogo.
Recibir orientación para que pueda participar en los diferentes cargos
del gobierno escolar.
Ser tratado con respeto, justicia y equidad sin tener en cuenta su
etnia, religión, sexo y estrato socioeconómico.
Gozar de una identidad personal, familiar, de la honra y del buen
nombre, del libre desarrollo de su personalidad, de la libertad de
conciencia y culto siempre y cuando no atente contra la ley, el orden
establecido y las buenas costumbres.
Gozar del descanso, la recreación, el deporte, la cultura y las artes.
Participar del proceso de aprendizaje dentro de un proceso sano,
moral, social, físico y psicológico que garantice su formación integral.
Ser evaluado en forma integral, continua y cualitativa.
26. Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas conservando el
conducto regular (profesor, director de grado, Rector y Consejo
Directivo) ante las personas e instancias correspondientes de la
Institución y obtener respuestas oportunas (artículo 23 decreto 01 del
84; artículo 23 de la Constitución Política).
Exigir que la institución cumpla con las actividades curriculares y
extracurriculares ofrecidas y que se permita presentar los trabajos e
investigaciones en su ausencia siempre y cuando la justifique
debidamente a juicio de los directivos del plantel dentro de los tres
días hábiles a la misma.
Conocer los resultados correcciones y observaciones a sus trabajos
en un término máximo de ocho días calendarios contados desde la
fecha de su presentación.
Ser orientado y protegido contra el uso de sustancias que produzcan
dependencia y en la realización de actos que atenten contra la salud y
principios morales.
Tener un registro serio de su seguimiento, donde se le consignen sus
faltas lo mismo que sus acciones positivas con sus correspondientes
estímulos.
Ser notificado de la falta y estímulo con las correspondientes firmas en
26
el registro de seguimiento.
Solicitar ser evaluado por un docente diferente al que orienta el área
siempre y cuando tenga afinidad; previa consulta con el comité de
evaluación y promoción.
Recibir permiso en caso de enfermedad y calamidad doméstica hasta
que esté en condiciones normales de retomar sus actividades
escolares.
Recibir por parte de la institución el carnet estudiantil para gozar de los
beneficios que establece el artículo 89 de la ley.
Expresar sus opiniones y sugerencias siempre y cuando estas se
hagan dentro del respeto que le merecen las personas y la Institución.
Recibir de los profesores el buen ejemplo manifestado en la
idoneidad, puntualidad y respeto.
Conocer el cronograma de las actividades en el periodo y exigir su
cumplimiento.
Conformar organizaciones escolares internas de carácter estudiantil
que favorezcan las actividades académicas, deportivas, artísticas y
formativas de la Institución.
27. Recibir diariamente almuerzo o refrigerio de acuerdo a la minuta
27
establecida por el ICBF.
Los niños, niñas y adolescentes deberán recibir y ofrecer respeto por
los compañeros y el conductor en la lancha.
Recibir asesoría pedagógica y académica en cada una de las áreas,
asignaturas y proyectos pedagógicos por parte del personal docente
de la Institución Educativa.
Recibir orientación escolar y psicológica cuando sea solicitada
personalmente o a través de los padres y/o acudientes, un profesor o
directivo docente de la Institución Educativa.
Preservar su intimidad personal y familiar.
Mejorar la interrelación social aprendiendo a acercarse a las otras
personas siguiendo normas de cortesía, respeto, tolerancia y
educación.
Interactuar con otras personas aceptando y reconociendo la
individualidad y los sentimientos de las demás personas.
Ser excusado por la inasistencia al plantel presentando la debida
justificación; a la vez obtener permiso para ausentarse del plantel por
razones válidas y justificadas.
Recibir los primeros auxilios en caso de accidente.
Recibir los estímulos que brinde la institución en virtud de
comportamiento, rendimiento académico, espíritu deportivo,
convivencia, esfuerzo, colaboración y otros.
Ser informado con anticipación sobre el cambio de horarios de entrada
y salida de la institución.
Solicitar el aplazamiento de evaluaciones o presentación de trabajos o
informes cuando haya una causa justificada y comprobada.
ARTICULO 22. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Son derechos de los padres y/o acudientes los siguientes:
1. A que su hijo (s) sea (n) recibidos (s) en la institución educativa Isla
del Sol siempre y cuando presente la documentación requerida en el
proceso de matrícula.
2. Obtener información oportuna y participar activamente en el Pacto de
Convivencia.
3. Recibir explicaciones claras de los modelos y demás detalles de los
uniformes.
28. 4. Estar informados sobre los horarios de clase tanto de entrada como
salidas, como motivos del cambio de horarios.
5. Recibir buen trato por parte de los educadores, directivas, y demás
personal que labora en la institución. De igual manera ser
escuchados y atendidos ante sugerencias, iniciativas y críticas
constructivas.
6. Recibir orientaciones para contribuir al proceso de enseñanza –
28
aprendizaje.
7. A ser elegido como miembro de la Asociación de Padres de Familia,
Consejo Directivo, Escuela de Padres y restaurante escolar.
8. Recibir información oportuna sobre el rendimiento y comportamiento
de su hijo.
9. A que se le estudien los motivos de la no asistencia de sus hijos a
clase.
10. Encontrar un ambiente agradable, cordial y limpio en la institución
educativa.
11. Ser recibido en forma cordial y amable cada vez que se presente a la
institución.
12. Ser escuchados y atendidos en sus sugerencias, iniciativas y críticas
constructivas.
13. Recibir trato cordial de todos los estudiantes.
14. Ser llamado inmediatamente cuando el niño ocasione un daño y a que
se verifique la autoría del mismo.
ARTICULO 23. DERECHOS DE LOS DOCENTES
Los derechos de los educadores se regirán por los consagrados en la
Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo, los contemplados en
las normas y leyes vigentes y en el presente Pacto de Convivencia.
a. Conocer y participar en la revisión y desarrollo anual del pacto de
convivencia y el proyecto educativo institucional.
b. Recibir un trato digno y cortés por parte de todos los estamentos del
Colegio.
c. Ejercitar respetuosamente la libertad de expresión y de discrepancia.
d. Ser evaluados de manera justa, con la oportuna retroalimentación.
e. Recibir corrección fraterna directa, privada y oportuna, en caso de
deficiencias en su desempeño.
f. Rendir descargos y ser escuchados por las faltas que le sean imputadas.
29. g. Trabajar en un ambiente sano y seguro.
h. Presentar a las instancias pertinentes iniciativas o sugerencias que
contribuyan a la formación integral de las personas, reconociéndose su
autoridad intelectual.
i. Tener oportunidad de participar en actividades de actualización,
capacitación y eventos sociales y culturales en beneficio de la Comunidad
Educativa.
j. Participar en las actividades espirituales, formativas y sociales de la
Institución.
k. Disponer de los recursos necesarios para el buen desempeño de su labor
educativa.
l. Conocer oportunamente la programación del Colegio, carga académica,
horarios, cargos y demás responsabilidades que le asigne la institución.
m. Representar al Colegio en actividades escolares
n. Tener voz activa y pasiva en la conformación de organismos
representativos de los profesores.
o. Utilizar los espacios y recursos de la Institución, según su disponibilidad.
p. Recibir estímulos y reconocimiento por su desempeño.
q. La autonomía en el desarrollo profesional de sus clases.
r. Adelantar el debido proceso en cualquier situación de su labor que así lo
amerite.
s. Tener acceso a los cursos de cualificación docente
t. Recreación y sano esparcimiento
TITULO II
DEBERES
ARTICULO 24. DEBERES DE LOS ESTUDINTES
Mostrar respeto y aprecio por el colegio, representando dignamente
29
sus símbolos institucionales.
Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento, conservación de
bienes y recursos ofrecidos por la Institución.
Acatar lo dispuesto en el reglamento de ingreso y salida de la
Institución, toque de campana o timbre, tienda escolar, almuerzo,
horario de clase, laboratorio y uniforme.
Ejercer normas de urbanidad tales como, saludar, pedir permiso, dar
gracias, despedirse y presentar disculpas.
Estar legal y debidamente matriculado.
30. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones sin plagio,
suplantaciones y fraudes en las fechas estipuladas.
Mantener buenas relaciones entre compañeros y grados evitando
30
rivalidades y enfrentamientos.
Respetar a sus compañeros y profesores evitando chantajes,
amenazas, presiones y mentiras para obtener beneficio de cualquier
índole.
Preservar el orden y aseo de la Institución y participar en actividades
programadas para este fin.
Responder y cancelar por los daños causados a la Institución y a las
personas dentro de la misma.
Respetar las pertenencias de los demás y de la institución.
Utilizar dentro y fuera del colegio un lenguaje decente que excluya
toda palabra vulgar u ofensiva.
Traer y utilizar los elementos necesarios de trabajo.
Asistir a todas las clases sin buscar ningún pretexto para ausentarse
de ella.
Responder por su pupitre asignado al inicio del año lectivo.
Presentar excusa por escrito en caso de ausencia al día siguiente
firmada por su padre o acudiente.
Los niños, las niñas y adolescentes deberán portar un chaleco
salvavidas que garanticen su seguridad en el transporte fluvial.
Cuando el lago se encuentre bajo de su nivel normal, los estudiantes
deben ubicarse en un lugar donde la lancha los pueda recoger, previo
acuerdo con el lanchero.
Los niños, niñas y adolescentes deberán recibir y ofrecer respeto por
los compañeros y por parte del conductor en la lancha.
Informar oportunamente a los padres de familia o acudiente de
reuniones o citaciones convocadas por la Institución o por un docente.
Lavarse las manos antes de ingerir los alimentos.
Hacer uso adecuado de la unidad sanitaria.
Contribuir con el embellecimiento de la institución.
Ser respetuoso con las manipuladoras del restaurante escolar, tienda
escolar y celador.
Presentar buen comportamiento durante el recorrido y aceptar las
sugerencias del lanchero.
31. Favorecer el ambiente de estudio y disciplina para facilitar el normal
31
desarrollo de las clases.
Cumplir como mínimo con el 75% de las horas programadas.
Presentarse puntualmente aseado, con el uniforme que corresponda
completo y en buen estado tanto en las actividades académicas como
extraordinarias que sean solicitadas.
Ser responsable en el cumplimiento de las labores asignadas, ya sean
académicas, técnicas, disciplinarias, culturales, deportivas etc.
Informar oportunamente a la persona competente de situaciones
irregulares que atente contra los estudiantes, docentes,
administrativos y directivos.
Conservar la sana convivencia, manteniendo buenas relaciones
humanas entre estudiante-estudiante, estudiante-docente y con los
demás miembros de la comunidad.
Respetar y cuidar el medio ambiente y la naturaleza.
Conservar el orden y el respeto en la cafetería y demás dependencias,
para así contribuir al adecuado y eficiente servicio. Las compras se
deben realizar durante el descanso y en la tienda oficial.
Dejar el aula de clase y su entorno en perfecto orden y aseo al final de
la jornada escolar (apagar ventiladores), teniendo en cuenta los turnos
establecidos por el director de grupo.
Respetar el personal directivo, docente, administrativo y de servicios
generales de la institución.
Escuchar con atención a los demás y acatar las orientaciones dadas
por los superiores.
Evitar la discriminación entre compañeros.
Mantener en perfecto orden y aseo el aula de clase y demás
dependencias. No rayar las paredes, muros y sillas, depositar las
basuras en los recipientes adecuados e indicados para tal fin.
Presentarse adecuadamente vestido para ingresar a cualquier
dependencia: Rectoría, Secretaría, Coordinación, Sala de Profesores
etc.
Denunciar toda falta que atente contra el bien común para no hacerse
cómplice y responsable de la misma.
Mantener un adecuado comportamiento en los vehículos de transporte
escolar: Lanchas, cuidarlos y responder por los daños causados.
No utilizar panfletos ni otro tipo de documentos que afecten la
integridad moral de las personas y la filosofía de la institución.
32. Practicar activamente las jornadas de protección y conservación del
medio ambiente a través de actividades como: reciclaje, protección del
ecosistema escolar, participación activa en el grupo ecológico, difusión
y programación de actividades ornamentales.
Acatar y poner en práctica los mecanismos diseñados para la
participación de la comunidad educativa.
Asumir con responsabilidad y respeto las decisiones tomadas por los
directivos, docentes y administrativos.
Poner en práctica las indicaciones del Pacto de Convivencia.
Proponer iniciativas que mejoren la prestación del servicio educativo y
el bienestar de la comunidad educativa de la institución.
Hacer buen uso de los canales de comunicación y de las expresiones
32
para con los demás.
No traer a la Institución elementos ajenos e innecesarios con su labor
como estudiantes.
Responsabilizarse directamente de los enseres de uso personal como
celulares, equipos de sonido, joyas, computadores portátiles IPod, etc.
Respetar la propiedad ajena y cuidar con esmero las instalaciones de
la Institución y los enseres encomendados a cada estudiante.
ARTICULO 25. DEBERES DE LOS PADRES FAMILIA
1. Presentarse con su hijo a firmar la matrícula después de conocer y
aceptar el Pacto de Convivencia.
2. Asistir y participar de forma activa a las reuniones de la construcción
del PEI. (Proyecto Educativo Institucional), Pacto de Convivencia y
demás proyectos.
3. Dar a su hijo los implementos necesarios para realizar las tareas
escolares.
4. Darle a sus hijos los uniformes exigidos por la institución en forma
oportuna.
5. Enviar a su hijo a la institución a la hora señalada para cada jornada
de estudio.
6. Mantener buenas relaciones con directivas, docentes y estudiantes de
la institución.
7. Colaborar con su hijo con sus tareas y trabajos.
8. Comprometerse con todas las actividades programadas por la
institución.
33. 9. Enviar oportunamente los aportes económicos acordados para las
33
actividades escolares.
10. Acudir puntualmente a los llamados que haga la institución.
11. Enviar excusa por escrito con buena presentación, cada vez que su
hijo no asista a clase y mandarlo al día con las actividades realizadas
en su ausencia.
12. Se recuerda que el año también puede perderse por falta de
asistencia: “Cuando el estudiante haya dejado de asistir a las
actividades pedagógicas programadas en el plan de estudios con
faltas superiores a la cuarta parte del tiempo total previsto”. Artículo
53 Ley General 115.
13. Presentarse a la institución formalmente vestido.
14. Emplear un lenguaje cortés y buenos modales cada vez que deba
hacer reclamos u observaciones.
15. A participar en forma activa y constante en el proceso de enseñanza
aprendizaje.
16. Fomentar en sus hijos el respeto a los superiores, compañeros,
educadores y demás miembros de la comunidad educativa.
17. Responder por los daños que ocasione el estudiante
ARTICULO 26. DEBERES DE LOS DOCENTES
Los derechos de los educadores se regirán por los consagrados en la
Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo, los contemplados en
las normas y leyes vigentes y en el presente Pacto de Convivencia.
En general
a. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la
construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes
que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias
para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la
vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
b. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y
de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
c. Contribuir a la construcción y aplicación del Presente Reglamento
Manual de Convivencia.
34. d. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso
escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo,
acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás
normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los
protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la
Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente
deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo
respectivo.
e. Avisar oportunamente en caso de una ausencia inesperada
f. Solicitar los permisos correspondientes en caso de ausencia
g. Elegir y ser elegido en los cuerpos del gobierno escolar y en tal caso,
cumplir con lo establecido en dicho nombramiento.
h. Implementar políticas de desarrollo académico en lo relacionado en
sistemas de evaluación de los estudiantes tendientes a familiarizarlos
con las pruebas SABER y SABER 11 del Icfes.
i. Dar a conocer oportunamente las estrategias metodológicas, los
temas y los resultados obtenidos por el estudiante y brindar la
orientación necesaria y la implementación de las actividades de
recuperación requeridas para la promoción académica de los
estudiantes.
j. Responder por los elementos y materiales encomendados
k. Utilizar óptimamente los medios disponibles para logra la excelente
formación, instrucción y preparación de los estudiantes.
34
En relación con la institución:
a. Asistir a todas las actividades programadas por la institución dentro o
fuera de ella.
b. Asumir permanentemente una actitud de compromiso, identidad,
pertenencia y lealtad con la institución.
c. Mantener una presentación personal acorde con la Institución y su
cargo.
d. Preservar su buen nombre y competencia profesional.
f. Mantener en orden y aseados el lugar de su trabajo personal y los
espacios
Comunes.
35. g. Tratar con dignidad y sigilo asuntos que puedan atentar contra el
35
buen nombre de la institución.
h. Inculcar y reforzar en los estudiantes sentimientos de solidaridad,
respeto, compañerismo y comprensión hacia los demás.
i. Atender y escuchar a los estudiantes y/o padres de familia de manera
respetuosa y asertiva de acuerdo al horario establecido.
j. Velar por el orden y cuidado del salón de clase y cuidado de los
equipos, mobiliario y demás espacios de la institución educativa.
k. Cumplir efectivamente con el horario de clase y los turnos de
disciplina.
l. Dar a conocer oportunamente los resultados de evaluaciones y
trabajos escritos que realicen los estudiantes.
m. Asumir con madurez y sentido profesional las observaciones y
sugerencias que les hagan los directivos y coordinadores con respecto
a su labor educativa.
En relación con los estudiantes:
a. Inculcar en los estudiantes el amor a la Institución, la adhesión a los
valores históricos y culturales del país, del departamento y de la
ciudad, y el respeto a sus símbolos.
b. Controlar la asistencia, puntualidad, orden, presentación personal,
aseo, el buen comportamiento individual y grupal por parte de los
estudiantes.
c. Tratar con objetividad, justicia e imparcialidad a los estudiantes,
evitando subjetivismos y preferencias.
d. Diseñar las evaluaciones, de modo que favorezcan el desarrollo de los
diferentes niveles de pensamiento y del proceso cognitivo de los
estudiantes.
En relación con los padres de familia o acudientes:
36. a. Mantener una comunicación frecuente, sana, abierta y oportuna que
facilite los vínculos de unión, involucrándolos para que participen en el
proceso de formación de los estudiantes.
b. Informarlos oportunamente sobre la situación académica, disciplinaria
y de convivencia de los estudiantes.
c. Contribuir para que adopten principios y valores de la institución
educativa y se identifiquen con ellos.
d. Orientar a los padres o acudientes de estudiantes con dificultades
36
académicas y disciplinarias.
e. Atender a padres o acudientes de los estudiantes cuando lo requieran
de acuerdo a un horario establecido.
f. Tratar respetuosa y amablemente a los padres o acudientes de los
estudiantes,
CAPITULO VI
FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION
TITULO I
FUNCIONES DEL RECTOR, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS,
LANCHEROS, LANCHEROS, CELADOR-ASEADOR, TIENDA ESCOLAR Y
MANIPULADORAS Y ORGANOS DE PARTICIPACION DEL GOBIERNO
ESCOLAR
ARTICULO 27. FUNCIONES DEL RECTOR
a. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la
participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
b. Presidir el Consejo Directivo, Consejo Académico y comité ejecutivo
de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
c. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la
comunidad escolar.
d. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y
dirigir su ejecución.
e. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
f. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones
correspondientes al personal docente y administrativo.
38. g. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de
docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de
conformidad con las normas sobre la materia.
h. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes,
directivos docentes y administrativos a su cargo.
i. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control
interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
j. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
k. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al
38
menos cada dos meses.
ARTICULO 28. FUNCIONES DE LOS DOCENTES
1. Cumplir con el horario establecido para la jornada según las normas
vigentes.
2. Asistir puntualmente a las horas señaladas en el horario de clase.
3. Proponer y orientar los currículos pertinentes de acuerdo con las normas
vigentes.
4. Mantener el orden y la disciplina durante la clase
5. Presentar oportunamente los proyectos propuestos para el desarrollo de
sus asignaturas.
6. Asistir a las actividades extracurriculares programadas en la institución.
7. Presentar oportunamente los informes sobre el desempeño académico de
los estudiantes y sus respectivas asignaturas.
8. Contribuir con el orden y disciplina de los estudiantes.
9. Asistir a las reuniones de profesores cuando sea requerido.
10. Colaborar con la disciplina y en las actividades culturales y deportivas
programadas por la institución.
11. Ante todo, ser ejemplo de buen desempeño en las actividades
encomendadas, según las normas establecidas.
12. Ejercer diariamente su profesión con ética, demostrando con el ejemplo,
el ejercicio pedagógico de la responsabilidad.
19. Exigirle al estudiante cumplimiento de trabajos o actividades acorde con
las clases recibidas.
23. Participar activamente en la toma de decisiones que conciernan a toda la
institución.
24. Participar en forma activa en la construcción del Pacto de convivencia
25. Establecer relaciones con todos mis compañeros de forma respetuosa
39. 26. Asumir, velar y aplicar las normas contempladas en el Pacto de
Convivencia.
27. Propiciar ambientes que posibiliten buenas relaciones interpersonales
28. Asumir una actitud de respeto con todos los miembros de la comunidad
educativa.
29. Proponer las iniciativas que estime convenientes para el mejor desarrollo
de la labor escolar.
30. Contribuir con la formación integral de los estudiantes
32. Orientar y evaluar el trabajo asignado a los estudiantes
33. Dictar clases que correspondan a las horas señaladas y de acuerdo a
los programas oficiales de la ley 115 de 1994.
34. Planear las distintas áreas a su cargo
35. Informarse y mostrar interés por las situaciones que se contemplen
36. Participar en las actividades programadas cumpliendo con los horarios
establecidos.
37. Cumplir el horario asignado para el inicio y finalización de la jornada
escolar.
38. Responder por las actividades a su cargo.
39. Respeto a la diferencia
40. Llevar ordenadamente los libros reglamentarios inherentes a su cargo.
FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO
1. Orientar a los estudiantes, programar y dirigir las actividades de su grupo.
2. Velar por el orden, la presentación y la buena disciplina de los estudiantes.
3. Estar presentes con su grupo en las diversas actividades programadas en
la institución y colaborar en la disciplina de las mismas.
4. Comunicar oportunamente las irregularidades que se presenten en su
grupo
5. Promover continuamente las normas de disciplina establecidas en el
Manual de Convivencia.
6. Redactar las observaciones en los boletines, para sus informes periódicos,
a los padres de familia
7. Promover las buenas relaciones entre los estudiantes de su grado y de la
institución.
ARTICULO 29. FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
39
40. 1. Controlar documentos, datos y elementos relacionados con los
asuntos de la competencia de la institución.
2. Recibir, revisar, clasificar, radicar y distribuir correspondencia
concerniente a los asuntos de la institución.
3. Orientar a los usuarios de la institución y suministrar la información
que le sea solicitada de conformidad con los procedimientos
establecidos.
4. Recepcionar y realizar las llamadas telefónicas, así como operar los
medios técnicos disponibles y entregar los mensajes respectivos
oportunamente en aras a la satisfacción del cliente.
5. Mantener organizado y actualizado el archivo de la institución
educativa con el fin de ofrecer una excelente prestación del servicio y
proveer a la institución de los soportes históricos de su gestión.
6. Cumplir con la programación e instrucciones recibidas de parte de sus
superiores con el fin de lograr eficiencia y resultados satisfactorios.
7. Operar con eficiencia y cuidado los sistemas asignados para el
40
desarrollo de sus labores.
8. Desempeñar funciones de oficina y de apoyo administrativo
encaminadas a facilitar el desarrollo y ejecución de las labores propias
de la institución.
9. Registrar en la agenda personal del jefe los compromisos que debe
cumplir para facilitarle su gestión.
10. Colabora en el desarrollo de actividades y eventos que realice la
institución para el cumplimiento de sus objetivos.
11. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
12. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas por ley o por
sus superiores en consideración con las necesidades institucionales,
las razones propias del servicio y en particular con la naturaleza del
cargo.
ARTICULO 30. FUNCIONES DE LOS LANCHEROS
1. Tener una lancha con capacidad suficiente para transportar las
personas que tiene a cargo.
2. Portar chalecos salvavidas para cada uno de los estudiantes en buen
estado
3. Portar equipo de primeros auxilios
4. Proveerse de combustible suficiente para evitar demoras en los
recorridos
41. 5. Recoger estudiantes en el sitio acordado por los padres de familia y
llevados a la institución y nuevamente llevarlos a sus respectivas
veredas.
6. Los estudiantes deberán llegar a la institución faltando 10 minutos
para las 7.00 a.m. y recogidos a la 1.00 p.m.
7. Los lancheros deberán ser personas mayores de edad
8. Los lancheros no deben tener ninguna otra relación con los
estudiantes que no sea la de servicio de transportador y usuario.
9. Portar herramienta para ser utilizada en casos de emergencia
(manila, bujías, llaves, alicates, destornilladores etc.).
10. En caso de daño en su motor avisar a la institución y conseguir el
41
reemplazo inmediatamente.
11. El trato debe ser cortes, amable y respetuoso tanto del lanchero como
de los estudiantes.
12. Los recorridos deben ser únicamente para estudiantes no se permitirá
transporte a personas particulares.
13. Es de carácter obligatorio transportar a los padres de familia que
conforman los diferentes comités de institución como son: Consejo
Directivo, Consejo de Padres, Comité de Evaluación y Promoción,
Reunión de padres de Familia etc.
14. Velar por el orden y la disciplina de los estudiantes durante el
recorrido.
15. Ser responsable del personal que transporta.
ARTICULO 31. FUNCIONES DEL CELADOR – ASEADOR
1. Cumplir con los horarios de trabajo asignado por la institución
educativa
2. Desempeñarse eficientemente frente a las actividades encomendadas
3. Velar por el mantenimiento y conservación de los elementos
encomendados
4. Asumir la responsabilidad de los daños o pérdidas causadas por
descuido o negligencia en el desempeño de sus funciones.
42. 5. Mostrar buen comportamiento y respeto a Directivos, Docentes,
42
Administrativos y Estudiantes.
6. Atender las orientaciones de los directivos y docentes relacionadas
con el mejor desempeño del cargo asignado.
7. Velar por el mantenimiento de todas las dependencias de la
institución.
8. Mantener en completo orden y aseo la planta física de la institución.
9. Velar por el buen suministro de agua para la institución
ARTICULO 32. FUNCIONES DE LA TIENDA ESCOLAR
1. El contratista se compromete a vender la cooperativa en la jornada de
estudio de la institución Educativa isla del Sol, sede principal, jornada
mañana.
2. El contratista se compromete a pagar la suma de $300.000.oo
mensual en efectivo en la Secretaría de la institución, para luego ser
consignados por la funcionaria al BANCO AGRARIO DE COLOMBIA,
a la cuenta denominada FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
3. El contratante sede en arrendamiento la TIENDA ESCOLAR a la
Señora CECILIA GONZALEZ, a partir del 16 de enero de 2013 hasta
el 22 de noviembre de 2013.
4. El contratista se compromete a mantener en buen estado de limpieza
la TIENDA ESCOLAR, el botellero, los utensilios utilizados para la
preparación de los alimentos al igual que las personas que prestan
43. este servicio, se presentarán con uniformes adecuados de color
blanco, delantal y cachucha.
5. Si la institución no tiene exclusividad con ninguna empresa de
gaseosas; el contratista deber vender los productos de todas las
empresas de gaseosas sin ninguna exclusividad, excepto cuando la
institución firme convenio de exclusividad con alguna empresa.
6. El contratista se compromete a vender alimentos perecederos; bien
preparados, variados y frescos: Perros calientes, empanadas, arepas,
patacones, carne asada y/o en viste, huevos, tamales, sándwich etc.
Estos alimentos serán suministrados al consumidor higiénicamente
servidos.
Comestibles empacados: Papas, chitos, galletas, chocorramo,
ponqués, boliqueso, de todito, bocadillo, veleños y productos de
confitería y demás alimentos de acuerdo a la oferta presentada.
Bebidas: Yogures, gaseosas, agua, refrescos helados, jugos en caja
y botella, chocolate, café con leche y tinto.
7. El contratista se compromete a fijar la lista de precios en lugar visible
de los estudiantes con el nombre del producto y el valor del producto
por debajo del costo en el comercio y los precios serán controlados por
el Consejo Directivo.
8. El contratista se compromete a pagar mensual y cumplidamente el
valor por cooperativa estipulado en la clausula segunda de este
contrato.
9. El contratista al firmar este contrato se compromete a presentar su
carné de sanidad y el de las personas encargadas de preparar y
manipular los alimentos.
10. El contratista no puede subarrendar a otra persona el servicio de la
TIENDA ESCOLAR y recibirá inventariado los elementos
pertenecientes a la Cooperativa.
43
44. 11. El contratista se compromete a no vender bebidas alcohólicas ni
cigarrillos y dar buen trato al personal discente, docente y
administrativo, lo mismo de dar informe de la tienda escolar a cualquier
miembro del Consejo Directivo cundo ellos lo soliciten.
12. El Contratista se compromete a vender los artículos en el punto de
44
venta establecido.
13. El contratista se compromete a prestar el servicio diariamente a partir
del 6 de julio hasta el 26 de noviembre del presente año. Atenderá
los estudiantes únicamente en el tiempo reglamentario de descanso.
14. Al incumplimiento a una de las anteriores cláusulas, el contrato será
cancelado automáticamente sin ninguna indemnización y deberá
entregar todos los enseres que le fueron entregados por inventario en
buen estado.
15. El contratante se compromete a no permitir el acceso de personas
ajenas y de la institución que vengan a realizar ventas de comestibles
perjudicando con ello de alguna manera al contratista en la venta de
sus productos, según contrato firmado.
16. El contratista se compromete a no aumentar el precio de los productos
sin previa consulta al contratante
ARTICULO 33. FUNCIONES DE LAS MANIPULADORAS
1. Utilizar el equipo adecuado para la manipulación de alimentos (Gorro,
tapabocas, delantal, guantes, zapatos cerrados etc.)
2. Mantener la higiene en la cocina y comedor
3. Mantener higiénicamente el material para la preparación y distribución
de alimentos.
4. Ofrecer un trato amable y cortes a estudiantes
45. 5. Distribuir los alimentos en los horarios establecidos por la institución
6. Cumplir con la minuta establecida por el ICBF.
7. Utilizar alimentos en buen estado de conservación
8. Velar por el cumplimiento de los alimentos a tiempo y en buen estado
de conservación y demás que le sean asignadas por ley.
ARTICULO 34. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
Funciones del Consejo Directivo. Las funciones del Consejo Directivo de
los establecimientos educativos serán las siguientes:
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución,
excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las
reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los
establecimientos privados;
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento
educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos
en el reglamento o manual de convivencia;
c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la
45
admisión de nuevos alumnos;
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal
docente presentado por el Rector;
g. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo
institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la
consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del
46. organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento
de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución
46
educativa;
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico
y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual
de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad
del estudiante;
j. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y
personal administrativo de la institución;
k. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones
en la realización deactividades educativas, culturales, recreativas,
deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con
otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones
juveniles;
n. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de
estudiantes;
o. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente
Decreto;
p. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y
los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los
padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como
derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y
q. Darse su propio reglamento.
Parágrafo 1. En los establecimientos educativos no estatales el Consejo
Directivo podrá ejercer las mismas funciones y las demás que le sean
asignadas, teniendo en cuenta lo prescrito en el inciso tercero del artículo142
47. de la Ley 115 de 1994. En relación con las identificadas con los literales d),
f), l) y o), podrán ser ejercidas por el director Administrativo o a otra instancia.
PARÁGRAFO 1: El referente legal con respecto a las funciones del Consejo
Directivo se encuentra señalado en el artículo 144 de la ley 115 de 1994.
ARTICULO 35. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la
propuesta del proyecto educativo institucional;
b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento,
introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el
procedimiento previsto en el presente Decreto;
c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;
d) Participar en la evaluación institucional anual
e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del
rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus
funciones y supervisar el proceso general de evaluación;
f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación
47
educativa, y
g) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que
le atribuya el proyecto educativo institucional.
48. PARÁGRAFO 1: Las funciones del Consejo Académico están señaladas en
el artículo 145 de la ley 115 de 1994 y el artículo 24 del decreto 1860 de
1994.
.
ARTICULO 36. FUNCIONES DEL PERSONERO
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación
interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de
estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos
sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de
la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
alumnos;
c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus
competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que
considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el
organismo que haga veces, las decisiones del rector respecto a las
peticiones presentadas por su intermedio.
e) El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días
calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo
anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes
matriculados.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el
de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
ARTICULO 37. FUNCIONES DEL CONTRALOR
48
49. El Contralor Estudiantil de la Institución Educativa ISLA DEL SOL tendrá las
siguientes funciones:
1. Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado,
buen uso y manejo de los recursos y bienes de su institución a través
de actividades formativas y/o lúdicas con el apoyo de la institución y
de la Contraloría Departamental.
2. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de
participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución
con el apoyo de la Contraloría Departamental.
3. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
4. Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos
humanos dentro y fuera de la institución educativa.
5. Preservar en la institución educativa y fuera de ella un medio ambiente
sano y libre de contaminación, así como la preservación de los
recursos naturales.
6. Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas
con las presuntas irregularidades detectadas con relación al uso de
los recursos y bienes de la institución educativa a la que pertenece.
7. Solicitar las actas de Consejo Directivo para poder hacer seguimiento
de las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos
de la institución.
8. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité
49
Estudiantil de Control Social.
9. Presentar una rendición de cuentas semestralmente sobre sus
actuaciones en ejercicio de sus funciones.
10. Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental.
ARTICULO 38. FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACION Y
PROMOCION
1. Se reunirá cada periodo con el fin de analizar los casos de superación
o insuficiencia en las diferentes áreas de los estudiantes.
2. Plantear estrategias pedagógicas formativas para la superación de las
deficiencias en cada una de las áreas. Estas se realizarán
simultáneamente con las actividades académicas en curso.
3. Analizar las situaciones conflictivas de los estudiantes y podrá sugerir
al Comité de Convivencia el procedimiento a seguir en el cambio de
actitud del estudiante implicado.
50. 4. Revisará la promoción de los estudiantes, teniendo en cuenta las
actividades de recuperación. Está comisión también podrá decidir la
promoción anticipada de los estudiantes que demuestren
persistentemente la superación de logros previstos para un
determinado grado revisando el proceso máximo del primer periodo
académico.
5. Hará un estudio detallado y con los antecedentes que tengan de los
casos de indisciplina persistentes de los estudiantes de estos grados
para, si es el caso, proponer al Consejo Directivo del colegio el cambio
del colegio y pérdida de cupo del estudiante.
6. La proclamación de Bachilleres.
ARTICULO 39. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
1. Tener sentido de pertenencia a la institución
2. Conocer la filosofía de la institución
3. Valora la misión de la institución
4. Tener buenas relaciones con la comunidad educativa
5. Ser persona ejemplar dentro de la comunidad
6. Representar el curso dentro de sus capacidades
7. Participar activamente en los procesos de la institución
8. Asistir a las convocatorias que realiza la institución
ARTICULO 40. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación
interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de
estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos
sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de
la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
alumnos;
c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus
competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que
considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
50
51. d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el
organismo que haga veces, las decisiones del rector respecto a las
peticiones presentadas por su intermedio.
e) El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días
calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo
anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes
matriculados.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el
de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
ARTICULO 41. FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE
FAMILIA
a) Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su
continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías
especializadas;
b) Promover programas de formación de los padres para cumplir
adecuadamente la tarea educativa que le corresponde, y
c) Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia,
como apoyo a la función pedagógica que les compete.
La junta directiva de la asociación de padres existentes en el
establecimiento, elegirá dos representantes ante el
Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de la junta directiva y el otro
miembro del consejo de padres de familia.
TITULO II
ORGANOS DE PARTICIPACION
51
52. ARTICULO 42. COMITÉ DE CONVIVENCIA.
Es el promotor de acciones dirigidas a fortalecer la convivencia por medio del
reconocimiento de los derechos y buscando que cada persona que conforma
la comunidad educativa se exprese libremente sea escuchado y tenido en
cuenta.
ARTICULO 43. CONSEJO DIRECTIVO
La composición del Consejo Directivo de la institución de acuerdo con el
artículo 143 de la Ley General de Educación o Ley 115 de 1994 y al artículo
21 del Decreto 1860 de agosto de 1994 será la siguiente:
a) El Rector quien lo presidirá.
b) Dos representantes del personal docente.
c) Dos representantes de los Padres de Familia.
d) Un representante de los estudiantes que esté cursando el último
52
grado.
e) Un representante de los ex – alumnos elegido por el Consejo Directivo
y tomado de una terna presentada por la organización que aglutine la
mayoría de ellos.
f) Un representante del sector productivo.
ARTICULO 44. CONSEJO ACADEMICO
La composición del Consejo Académico de la institución de acuerdo al
artículo 145 de la Ley General de Educación o Ley 115 de 1994 y al artículo
24 del Decreto 1860 de agosto de 1994 será la siguiente:
a) Rector
b) Un docente por cada área definida en el plan de estudios.
ARTICULO 45. PERSONERO ESTUDIANTIL
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes
será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución
encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes los
reglamentos y el manual de convivencia.
ARTICULO 46. CONTRALOR ESTUDIANTIL
53. Es el encargado de velar por el uso adecuado de los recursos de la
institución.
ARTICULO 47. COMITÉ DE EVALUACION Y PROMOCION
La Comisión de Evaluación y Promoción está conformada por: El Rector, un
docente, un padre de familia y un estudiante por cada grado.
ARTICULO 48. CONSEJO ESTUDIANTIL
En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el
máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de
cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos
que comparten un mismo Consejo Directivo
ARTICULO 49. CONSEJO DE PADRES
El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de
familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y
acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar
integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno
de los diferentes grados que ofrece la institución, o por cualquier otro
esquema definido en el seno de la asociación.
ARTICULO 50. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA
El Consejo Directivo de todo establecimiento educativo promoverá la
constitución de una asociación de padres de familia para lo cual podrá citar a
una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría,
contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas
existentes.
CAPITULO VII
PROYECTOS
53
ARTICULO 51. DEFINICION.
54. Conjunto de acciones planificadas que contribuyen en formación integral,
brindándoles experiencias especificas que les permita seguir fortaleciendo su
desarrollo humano en todas las dimensiones de su ser. Para llevar a cabo
estos proyectos se desarrollan actividades como: Talleres de formación;
celebraciones, actividades pedagógicas, cívicas, deportivas, artísticas,
culturales, de convivencia y lúdicas.
ARTICULO 52. PROYECTO DE PAZ Y DEMOCRACIA
Aporta a la construcción de una cultura de paz basada en valores, la
participación ciudadana como un proceso presente en las relaciones
humanas y creando posibilidades de salidas no violentas a través de
mecanismos pactados al interior de la comunidad educativa.
ARTICULO 53. PROYECTO DE EDUCACION SEXUAL Y DERECHOS
SEXDUALES Y REPRODUCTIVOS.
Comprende un proceso educativo en el que resulta prioritario el refuerzo de
la autoestima, el desarrollo de destrezas y habilidades de comunicación, la
participación de los jóvenes y la utilización de su cuerpo de una manera
sana. La educación sexual se puede enseñar desde todas las áreas en forma
transversal. Se fomentan actitudes positivas hacia el papel de la mujer, la
pareja, el afecto y una sexualidad sana.
ARTICULO 54. ATENCION Y PREVENCION DE RIESGOS Y DESASTRES
Este proyecto tiene como objetivo definir, planear y diseñar estrategias para
prevenir y atender situaciones eventuales educando a la comunidad para
minimizar los riesgos que se puedan presentar.
ARTICULO 55. PROYECTO TIEMPO LIBRE
Tiene como objetivo lograr un mayor desarrollo psicomotriz con actividades
recreativas, deportivas y artísticas para que los estudiantes puedan optar en
sus ratos libres por actividades relajantes, agradables pero fructíferas tanto
en el aula como en el hogar y demás grupos sociales.
54
55. ARTICULO 56. PROYECTO DE NECESIDADES ESPECIALES
Este proyecto se basa en la valoración de la diversidad de los niños y niñas
que requieren de medios especiales de acceso al currículo mediante
equipamientos, instalaciones o recursos especiales, la modificación del
medio físico o técnicas de enseñanza especializada y las adecuaciones
curriculares pertinentes.
ARTICULO 57. PROYECTO DE EDUCACION AMBIENTAL ESCOLAR
Busca desarrollar en los (as) estudiantes procesos de sensibilización,
conciencia e intervención ambiental que les permita lograr la transformación
de los contextos de aula institución y localidad.
ARTICULO 58. PROYECTO DE VIDA
Busca la toma de decisiones profesionales del (la) estudiante. Se trabaja en
el grado décimo a través de talleres y actividades.
CAPITULO VIII
EVALUACION
ARTICULO 59. DEFINICION
Entendemos la evaluación como un proceso continuo, cualitativo –
cuantitativo que nos permite apreciar y valorar el desempeño de los
estudiantes en todas y cada una de las áreas de su formación integral que se
expresa en los procesos y subprocesos en cada nivel de desempeño
formalizados en los resultados parciales.
ARTICULO 60. CRITERIOS DE EVALUACION
CONTINUA: Los docentes de la Institución con base en un seguimiento
permanente y objetivo apreciará el progreso y dificultades que se puedan
presentar en el proceso de formación de cada uno de los estudiantes para
asegurar el éxito del aprendizaje integral.
55
56. INTEGRAL: El propósito de la Institución educativa es crear un ambiente
propicio para que los niños y niñas se apropien de un aprendizaje
significativo desarrollando capacidades, actitudes, aptitudes, sentimientos,
asumiendo valores y compromisos necesarios para mejorar la calidad de vida
tanto cultural, personal como social; para ello, se evaluará:
LO COGNITIVO: Estándares, competencias y desempeños a partir
de: consultas de textos, solución de problemas y situaciones, ensayos,
análisis, interpretación, proposición, conclusiones y producciones
textuales.
ASPECTOS COMPORTAMENTALES O FORMATIVOS: Respeto,
responsabilidad, honestidad, amor, tolerancia, autoestima,
cooperación, humildad y la paz. Este se desarrollará en forma
transversal en todas las áreas.
CANALES DE COMUNICACIÓN: El diálogo con padres de familia,
estudiantes y en general comunidad educativa para recoger
información que ayude a cualificar al niño (a) a su desempeño
personal y social.
SISTEMATICA: La evaluación será organizada con base en:
Principios pedagógicos
Fines, objetivos y lineamientos curriculares.
Misión y visión del plantel.
Estándares y competencias de las áreas
Logros e indicadores de logros
Contenidos
Metodología Constructivista.
FLEXIBLE: Se fijarán los ritmos de desarrollo del estudiante en sus
diferentes aspectos como:
56
57. Historia del estudiante
Intereses, capacidades, ritmos de aprendizaje
Dificultades y limitaciones de tipo afectivo, familiar.
Entorno social
Discapacidad de cualquier índole
Estilos propios
Dificultades de desplazamiento al plantel (transporte fluvial y
terrestre).
Los docentes verificarán las características personales de sus estudiantes
(destrezas, posibilidades y limitaciones), para darle un trato justo y equitativo
en la evaluación integral.
INTERPRETATIVA: El docente después de evaluados los procesos y
ritmos analizará en compañía del estudiante los resultados que obtuvieron
para identificar los alcances y fallas para poder establecer correctivos
pedagógicos y avanzar en su desarrollo normal.
PARTICIPATIVA: Se involucrará a todos los agentes del proceso educativo;
estudiantes, docentes, padres de familia, directivos, comisión de evaluación y
promoción, utilizando como estrategia la autoevaluación y coevaluación.
En la autoevaluación se tendrá en cuenta:
- Participación en clase
- Cumplimiento de las actividades en clase y extra clase
- Desempeño en pruebas escritas y orales
- Puntualidad
- Convivencia
- Aplicación de conocimientos en diferentes situaciones
57
58. En la coevaluación se tendrá en cuenta:
- Participa activamente en las actividades asignadas en grupo
- Comunicación clara y cordial
- Liderazgo
- Demostración de responsabilidad
- Desempeño de equipo
FORMATIVA: Nos permitirá orientar los procesos y metodologías
educativas de manera oportuna, a fin de lograr su mejoramiento partiendo
de: Concertación temática y metodológica de todas las áreas, antes de
iniciar el periodo lectivo; para que lo aprendido en clase incida en el
comportamiento y actitudes de los estudiantes en el aula de clase, en la casa
y comunidad en la que se desenvuelve positivamente.
Formulación mutua de alternativas pedagógicas innovadoras
apropiadas a las condiciones socioeconómicas ambientales y
culturales.
Interdisciplinaridad, transversalidad e interculturalidad: En el
desempeño cognitivo, cognoscitivo y comportamental de los
estudiantes se incluirá la relación entre áreas y asignaturas,
transversalidad en el desarrollo de los diferentes proyectos
pedagógicos y productivos e interculturalidad obtenida de sus propias
vivencias y costumbres.
PARAGRADO 1. Cuando un estudiante acumule el 20% de inasistencia no
justificada será causal para reprobar el área.
ARTICULO 61. REFUERZO Y PROFUNDIZACION
58
59. a. El estudiante que al finalizar cada periodo presente desempeño bajo
en cualquier área tendrá un plazo de tres (3) semanas en el periodo
siguiente para realizar las respectivas nivelaciones.
b. El estudiante que en el acumulado de los cuatro periodos presente un
promedio inferior a 3.0 en una o dos áreas, se le aplicara actividades
complementarias de superación en las dos últimas semanas del cuarto
periodo conjuntamente con el acompañamiento del docente
respectivo. Estas actividades están diseñadas como acciones de
refuerzo, consultas, talleres, proyectos, prácticas, ensayos
programados y elaborados por cada profesor en su respectiva área.
Para este fin el profesor designará alumnos monitores que ayuden a
sus compañeros en la comprensión y obtención de los niveles de
competencia, y competencias en los cuales hayan tenido dificultades,
y contará además con la colaboración de los padres de familia, las
comisiones de evaluación y promoción.
c. La nota asignada en una nivelación será la nota final alcanzada.
d. La nota de nivelación de los periodos no superará el desempeño
59
básico. (3.0 a 3.9).
DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR
Un docente reprueba en la evaluación de fin de año a un estudiante,
por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como
acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza,
venganza u otra, la comisión de evaluación y promoción podrá
recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la
misma área del plantel o de otra institución, para realizar la evaluación
y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la
parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del
área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.
60. ARTICULO 62. INFORMES DE EVALUACION
Los boletines se expedirán por periodos y serán diseñados en tres
columnas, una para fallas, otra para valoración numérica y la otra
para el promedio; también incluye dos filas por área, una para nombre
del área y la otra para los juicios valorativos. En los grados décimo y
once para el cuarto periodo se agregaran dos filas, una para trabajo
social y otra para la intensidad horaria del trabajo social.
Además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y
comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y
dificultades que tuvieron los alumnos en su desempeño integral
durante éste lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para
su mejoramiento.
La escala del informe final, se expedirá en los certificados definitivos
También en dos columnas, una numérica de 1 a 5 y la otra con el
equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior,
Alto, Básico y Bajo de manera descriptiva, explicativa, en lenguaje
objetivo y comprensible que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los
logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el
PEI.
Este informe final será la suma y el promedio de los 4 informes
periódicos.
La escala de valoración del plantel será la siguiente:
- Desempeño Superior 4.5 a 5.0
- Desempeño Alto 4.0 a 4.4
- Desempeño Básico 3.0 a 3.9
60
61. - Desempeño Bajo 1.0 a 2.9
ARTICULO 63. LA EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO EN CADA
PERIODO
Se expresará en forma conceptual y numérica de acuerdo con las siguientes
categorías (SIEE).
SUPERIOR: (4.5 a 5.0) Su comportamiento y convivencia son excelente
dentro y fuera de la institución.
Cuando presente una amonestación verbal su comportamiento quedará con
una valoración de (4.5)
ALTO: El estudiante tendrá una valoración de (4.0 a 4.4), cuando cometa
más de una falta leve (4.4).
BASICO: El estudiante tendrá una valoración de (3.0 a 3.9), cuando haya
cometido una falta grave
BAJO: El estudiante tendrá una valoración de (1.0 a 2.9), cuando haya
cometido una falta gravísima.
El estudiante que durante el año haya tenido cuatro informes comporta
mentales con valoración bajo se recibe con matricula condicional para el año
siguiente.
Estos casos deben ser analizados por el consejo directivo al finalizar el año y
el informe de su estudio debe presentarse por escrito al director de núcleo,
con respuesta en el término de los cinco días hábiles siguientes:
CAPITULO IX
PROMOCION DE ESTUDIANTES
ARTICULO 64. CRITERIOS DE PROMOCION
1. PROMOCION:
El estudiante alcanzará la promoción del grado cuando:
61
62. a. Cuando el promedio de los periodos en cada una de las áreas
62
alcance 3.0 o más puntos.
b. El estudiante en el grado once debe tener un acumulado de 80
horas de trabajo social.
ARTICULO 65. PERMANENCIA
El Decreto 1290 en el artículo 6° dispone; “Cuando un establecimiento
educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al grado
siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe
con su proceso formativo”. Al respecto la institución establece:
1. El estudiante puede reiniciar el grado que haya reprobado
2. Se deben establecer parámetros para aquellos estudiantes que
repiten el grado reforzando sus conocimientos por que la educación es
un proceso integral.
ARTICULO 66. PROMOCION ANTICIPADA
El consejo Académico y las comisiones de evaluación y promoción
recomendarán ante la Rectoría, la promoción anticipada de grado a
grado, de los alumnos que en cualquier época del primer periodo del año
lectivo en curso, demuestren persistentemente un desempeño superior en
la adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones
excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental entre
otros.
El docente titular del grado o área, padre de familia o estudiante
(excepto el grado 11º que se debe cursar completo), presentará solicitud
ante el Consejo Académico para el estudio del caso y realice la
evaluación respectiva, luego remitirá a la comisión de evaluación y
63. promoción la solicitud de promoción anticipada , del estudiante con las
características descritas anteriormente.
Si la comisión encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los
profesores al director de curso, se elabora un Acta para el Rector
debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca la Resolución
Rectoral que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el
tutor y alumno que se promueve en forma anticipada.
Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de
producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposará en
el libro de calificaciones, además de entregarle al alumno promovido.
CAPITULO X
COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION
ARTICULO 67. CONFORMACION DE COMITES
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo
Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de las
siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción de alumnos:
Una comisión para los grados 1
Una comisión para los grados 2 y 3
Una comisión para los grados 4 y 5
Una comisión para los grados 6 y 7
Una comisión para los grados 8 y 9
Una comisión para los grados 10 y 11
63
64. Estas comisiones se integran en la sede central con representantes de
los profesores, padres de familia y un estudiante representante de cada
grado; involucrando la sede central y las cuatro sedes.
Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción
Convocar reuniones periódicas de docentes o por áreas, para analizar
y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos
de evaluación en el aula.
Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas o
evaluativas, que permitan superar los niveles de competencias a los
alumnos que tengan dificultades en su obtención.
Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas donde
sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,
alumnos y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada,
para alumnos sobresalientes que demuestren capacidades
excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con
discapacidades notorias.
Servir de instancia para decidir sobre aplicaciones que puedan
presentar los alumnos, padres de familia o profesores, que consideren
se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y
recomendará la designación de un segundo evaluador en casos
especiales.
Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo
establecido en el sistema institucional de evaluación definido en el
presente acuerdo.
64
Darse su propio reglamento.
65. CAPITULO XI
REQUISITOS PARA EL GRADO DE BACHILLERATO
65
ARTICULO 68. GRADUACION
La Institución celebrará ceremonia de grado para estudiantes de once.
En los otros grados se realizará clausura.
El título de Bachiller Académico se otorga al estudiante del grado
once, que haya cursado y aprobado todas las áreas en los niveles de
básica primaria, básica secundaria y Media.
Estar a paz y salvo con todas las obligaciones y exigencias de la
institución.
El estudiante para graduarse deberá cumplir con una totalidad de 80
horas de trabajo social.
CAPITULO XII
NORMALIZACION Y CONVIVENCIA
ARTICULO 69. PRINCIPIOS
El Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Isla del Sol se
rige con los siguientes principios en correspondencia con los enunciados
para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: Participación,
corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad.
1. Participación. En virtud de este principio las entidades y
establecimientos educativos deben garantizar su participación activa
para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de
sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines
del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32,
43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos
deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y
adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se
adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía
con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes
estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación,