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INDICE. 
Pag. 
CAPITULO: I 
INTRODUCCION 2 
Qué es el Manual de Convivencia? 3 
¿Para qué sirve el Manual de Convivencia? 3 
CAPITULO I I PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P E I. 
ARTICULO 6. INTRODUCCIÓN 4 
ARTICULO 7. PRESENTACIÓN 4 
ARTICULO 8. FINES Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES 4 
A. FINES DE LA EDUCACIÓN 4 
B. OBJETIVOS GENERALES 5 
C. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 5 
ARTICULO 9. RESEÑA HISTÓRICA 5 
A. RAZÓN SOCIAL. 5 
B. FUNDAMENTACIÓN LEGAL 6 
ARTICULO 10. MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR. 6 
ARTICULO 11. OBJETIVO GENERAL DEL MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR 7 
ARTICULO 12. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 7 
ARTICULO 13. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS 8 
ARTICULO 14. MISIÓN 9 
ARTICULO 15. VISIÓN 9
CAPITULO III SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS 
ESTUDIANTES 
ARTICULO 16. ASPECTOS Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACION 10 
ARTICULO 17. LOS CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION 11 
ARTICULO 18. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA 
CON LA ESCALA NACIONAL. 12 
ARTICULO 19. DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. 13 
ARTICULO 20. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. 14 
ARTICULO 21. VALORACIÓN INTEGRAL 14 
ARTICULO 22. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS 
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 15 
ARTICULO 23. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES 16 
ARTICULO 24. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS 
PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. 16 
ARTICULO 25. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS LAS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN 
CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION. 16 
ARTICULO 26. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. 17 
ARTICULO 27. LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, 
COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN. 17 
ARTICULO 28. LAS INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE 
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACION Y PROMOCION. 17 
ARTICULO 29. PROCEDIMIENTOS 18 
ARTICULO 30. MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD LOS EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN 
DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 18 
ARTICULO 31. PROMOCIÓN ESCOLAR: (Artículo 6, Decreto 1290 de 2009): 19
ARTICULO 32. REPROBACIÓN DE GRADO PARA BÁSICA PRIMARIA 19 
ARTICULO 33. REPROBACION PARA LOS GRADOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO. NOVENO, DÉCIMO 
Y UNDÉCIMO 19 
ARTICULO 34. SOBRE PROMOCIÓN ANTICIPADA 20 
ARTICULO 35 REGISTRO ESCOLAR 20 
ARTICULO 36. CONSTANCIA DE DESEMPEÑO 20 
ARTICULO 37 GRADUACIÓN: 20 
ARTICULO 38. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA 21 
ARTICULO 39. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ANUAL 21 
ARTICULO 40. EVALUACIÓN INTEGRAL, DIALÓGICA Y FORMATIVA 21 
ARTICULO 41. LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO 1290 DEL 2009. 22 
ARTICULO 42. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO 22 
ARTUCLO 43. NIVELACIÓN: 22 
ARTICULO 44. RECUPERACIONES: 23 
ARTICULO 45. RECUPERACIONES DE PRIMARIA Y BACHILLERATO 23 
ARTICULO 46. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES 23 
ARTICULO 47. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACION: 24 
ARTICULO 48. CAUSALES PARA LA REPETICIÓN DE UN GRADO. 24 
ARTICULO 49. INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE 
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: 26 
CAPITULO IV PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGOGICOS 
ARTICULO 50. PROGRAMA DE DIRECCIÓN DE GRUPO 26 
ARTICULO 51. PROGRAMA DE ESTUDIANTES ADELANTADOS(AS) EN MATEMATICAS 26 
ARTICULO 52. PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA 27 
ARTICULO 53. PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL (PRAES) 27
ARTICULO 54. PROYECTOS DE PRIMARIA 28 
ARTICULO 55. PROYECTO INTERDISCIPLINARIO EN BACHILLERATO 28 
ARTICULO 56. PROYECTO TRANSVERSAL DE COMUNICACIÓN 28 
ARTICULO 57 PROYECTOS DE HÁBITOS ESCOLARES Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS 29 
ARTICULO 58. PROYECTO TALLERES DE ARTICULACIÓN Y ESCUCHA 29 
ARTICULO 59. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 29 
CAPITULO IV LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA. 
ARTICULO 60. ¿QUÉ ES LA COMUNIDAD EDUCATIVA? 30 
ARTICULO 61. ¿QUIÉNES CONFORMAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA? 30 
ARTICULO 62. PERFIL DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA 31 
ARTICULO 63. RECTOR 32 
ARTICULO 64. COORDINADOR ACADEMICO 32 
ARTICULO 65.COORDINADOR PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL 32 
ARTICULO 66. PSICO - ORIENTADOR(A) ESCOLAR 32 
ARTICULO 67. EDUCADOR(A) 33 
ARTICULO 68. ASISTENCIALES 33 
ARTICULO 69. PADRES DE FAMILIA 33 
ARTICULO 70. LOS ESTUDIANTES 34 
ARTICULO 71. COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA. 34 
ARTICULO 72. RECTOR 35 
ARTICULO 73. COORDINADOR ACADEMICO 36 
ARTICULO 74. COORDINADOR PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL 37 
ARTICULO 75. PSICO - ORIENTADOR(A) ESCOLAR 38 
ARTICULO 76. EDUCADOR(A) 39 
ARTICULO 77. DIRECTOR DE CURSO 41 
ARTICULO 78. LÍDER DE AREA 42
ARTICULO 79. ASISTENCIALES 43 
ARTICULO 80. PADRES DE FAMILIA 44 
ARTICULO 81. DERECHOS Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES 46 
ARTICULO 82. PROGRAMA DE SERVICIO SOCIAL 56 
ARTICULO 83. BENEFICIOS, ESTIMULOS 56 
ARTICULO 84. NORMAS PARA LA PRESENTACION PERSONAL 58 
CAPITULO V NORMAS PARA EL USO DE DEPENDENCIAS 
ARTICULO 85. QUE SON LAS NORMAS? 59 
ARTICULO 86. BIBLIOTECA 59 
ARTICULO 87. AULAS ESPECIALIZADAS 59 
ARTICULO 88. MATERIAL DE DEPORTES 59 
ARTICULO 89. AULA MAXIMA 59 
ARTICULO 90. EMISORA 59 
ARTICULO 91. PRAES. AMBIENTE ESCOLAR. 60 
CAPITULO VI PROTOCOLOS Y RUTAS PARA LA ATENCION DE SITUACIONES. 
ARTICULO 92. CONDUCTO REGULAR. 60 
ARTICULO 93. INSTANCIAS DEL CONDUCTO REGULAR O RUTA DE ATENCIÓN 60 
ARTICULO 94. PROCEDIMIENTOS PARA ALGUNAS SITUACIONES ESPECIALES. 60 
1 ) PROCEDIMIENTOS GENERALES O INSTANCIAS 60 
2) AUSENCIAS 
3) RETARDOS DE LLEGADA A CLASES 61 
4) DAÑOS AL MOBILIARIO Y PLANTA FÍSICA 
ARTICULO 95. ¿QUÉ SON LAS FALTAS? 62 
1) DISCIPLINA 62 
2) FALTAS. 63
ARTICULO 96. FALTAS LEVES 63 
ARTICULO 97. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES 64 
ARTICULO 98. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS LEVES: 65 
ARTICULO 99. FALTAS GRAVES 65 
ARTICULO 100. DEBIDO PROCESO EN FALTAS GRAVES. 68 
ARTICULO 101. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS GRAVES 69 
ARTICULO 102. FALTAS ESPECIALMENTE GRAVES 70 
ARTICULO 103. CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA / ACCIONES REEDUCATIVAS POR 
FALTAS ESPECIALMENTE GRAVES 73 
ARTICULO 104. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DE CUPO EN EL COLEGIO 74 
ARTICULO 105. DEL DERECHO A LA DEFENSA 74 
ARTICULO 106. ¿QUÉ SON LOS CORRECTIVOS? 74 
ARTICULO 107. TIPOS DE CORRECTIVOS 75 
ARTICULO108. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES 75 
ARTICULO 109. SANCIONES 75 
ARTICULO 110. CAUSALES PARA LA NO PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES EN CEREMONIA 76 
ARTICULO 111. PROCEDIMIENTO RESPECTO A LOS RECURSOS DE APELACIÓN Y/O REPOSICIÓN. 76 
ARTICULO 112. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 76 
ARTICULO 113. ÓRGANOS QUE FACILITAN LA PARTICIPACIÓN 79 
ARTICULO 114. RUTA DE ATENCION. 80 
CAPITULO VII APROBACION DE ESTUDIOS, MATRICULAS, UNIFORMES, 
REGLAMENTOS. 
ARTICULO 115. IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO 81 
ARTICULO 116. HORARIOS 81 
ARTICULO 116. MATRÍCULA 82
A. PROCESO DE ADMISIONES Y MATRÍCULA 82 
B. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA 83 
C. DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA 83 
D. COSTOS POR SERVICIOS 83 
ARTICULO 117. UNIFORMES 83 
ARTICULO 118. MEDIOS DE COMUNICACIÓN 86 
ARTICULO 119. VARIOS Y OTROS SERVICIOS 86 
ARTICULO 120. REGLAMENTO DE USUARIOS DE LAS AULAS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA: 88 
ARTICULO 121. NORMAS BÁSICAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS AULAS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA 89 
ARTICULO 122. DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS 89 
ARTICULO 123. CAUSALES DE SANCIÓN: SON CAUSA DE SANCIÓN LAS SIGUIENTES ACCIONES: 91 
ARTICULO 124. SANCIONES 91 
ARTICULO 125. REGLAMENTO DE PISCINA 92 
ARTICULO 126. REGLAMENTO SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR 94 
ARTICULO 126. SIMBOLOS DEL COLEGIO 100 
A. EL ESCUDO 
B. LA BANDERA 
C. EL HIMNO 
VIGENCIA DEL MANUAL 102 
FIRMA DE ACEPTACION 103
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS 
HONDA TOLIMA 
NIT 890701233-7 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
RESOLUCIÓN NÚMERO 001 de Enero 17 de 2014. 
Por la cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar, para el año lectivo 2014 - 2015. 
El Rector como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia 
superior de la Institución Educativa Técnica ALFONSO PALACIO RUDAS, en uso de sus atribuciones Legales 
y especial las conferidas por el Artículo 144 de la ley 115 del 8 de Febrero 1994, en concordancia con el 
Artículo 23 del decreto 1860 de 1994 y; 
CONSIDERANDO 
1. Que es deber de la Comunidad Educativa dar cumplimiento y aplicación a la ley de manera inexcusable, 
ineludible e inaplazable, de manera estricta en lo referente a las normas, leyes, Sentencias de la Honorable 
Corte Constitucional, decretos y los Derechos Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de 
protección de la Infancia, La Constitución de 1991, tener en cuenta las disposiciones de la Ley Nº.1620 de 15 
de marzo de 2013 "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el 
ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la 
violencia escolar". Decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013. "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 
2013. Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 Ley de Infancia y la adolescencia en los 21 artículos de 
pertinencia escolar, La Ley 115 del 8 de febrero de 1994, Ley 87/93, Ley 734/02, Ley 1278/02, Decreto 
1883/02, Decreto 3011/97, Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de 2002, Decreto 1850 de 2002, Decreto 3020 de 
2003, Decreto 3055 de 2002, Ley No 1014 del 26 de enero de 2006 de fomento a la cultura del 
emprendimiento y demás reglamentaciones vigentes, así como el Código del Menor en sus artículos 320 a 
325 y decreto 1290 del 16 de abril de 2009. 
2. Que se debe dotar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA 
TOLIMA, de un Instrumento legal que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a 
sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad e identidad con autoridad, la responsabilidad y la disciplina, 
respeto y fomento de los principios espirituales y de autoestima, en pertinencia a la filosofía de la Institución, 
el acato a las disposiciones del Plantel y que a la vez se fijen estímulos para una formación Integral, 
respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Dando estricto 
cumplimiento a la Ley Nº. 1620 de 15 de marzo de 2013. "Por la cual se crea el Sistema Nacional de 
Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y 
la prevención y mitigación de la violencia escolar" y al Decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013 "Por el cual 
se reglamenta la Ley 1620 de 2013” y a la ley 1098 de infancia y adolescencia en sus artículos 7, 15, 18, 19, 
20 numeral 1 y numeral 4 y también a los artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente. 
3. Que tanto los y las estudiantes, como Padres de Familia y Docentes deben tomar conciencia de su 
responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos de nuestra Institución en pro de la comunidad 
y por ende deben comprometerse de manera irrenunciable e inexcusable en el proceso educativo. Que es 
necesario reconocer los derechos y deberes que le corresponden a todos y cada uno de los integrantes de la 
comunidad educativa, para velar por el Obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la ley 1098 
de infancia y a los Artículos mencionados en el numeral 2 y dando igualmente pertinencia a la ley de Los 
garantes, Artículo 25 del código penal de 2000, -Ley 599-.
4. Que la Institución debe procurar el bienestar de los y las estudiantes y velar por su vida, Integridad, su 
dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el 
área educativa y cognitiva curricular de su integral formación en las áreas formativa, educativa, tecnológica, 
cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como Psicológica, emocional, social y moral, 
fijando las normas que así lo garanticen. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en Sus 
artículos 18, 20 numeral 1 y numeral 4 y los artículos 41, 42, 43 Y 44. 
5. Que se deben precisar los mecanismos de participación democrática. Dando así estricto cumplimiento a los 
Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. 
6. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación democrática y 
planteamientos formulados por representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, 
Estudiantes, Padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y Comunidad educativa en lo 
que se permite consensuar y que está estrictamente en cumplimiento de la normativa de ley vigente por 
cuanto la obediencia a la ley y su acatamiento NO es en consenso, sino de obligatorio cumplimiento, avalado 
y aprobado en Consejo Directivo según acta No. 001 de Enero 14 de 2014. 
RESUELVE: 
CAPITULO I 
ARTICULO: PRIMERO: Derogar los anteriores Manuales de Convivencia en su totalidad. 
ARTICULO: SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia en donde aparecen los 
criterios que rigen la Comunidad Educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO 
RUDAS DE HONDA TOLIMA. 
ARTICULO: TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia será revisado constantemente, para 
que se logren efectuar los ajustes necesarios, cambios, adiciones y reformas pertinentes para darle estricto 
cumplimiento, acato y obediencia a la jurisprudencia legal vigente y los decretos de articulación educativa. 
ARTICULO: CUARTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia, con todos sus anexos, entra en vigencia 
a partir del 17 de enero de 2014. 
ARTICULO: QUINTO: Adóptese el siguiente: 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS 
HONDA TOLIMA 2014-2015 
“Modelo transformador, formando de manera Integral” 
INTRODUCCION 
Hacemos saber a las autoridades pertinentes, competentes y afines a los procesos enmarcados en el 
presente texto de manual de convivencia, tanto administrativas, civiles, educativas, jurídico - legales y penales 
u otros, que el presente manual de convivencia, se rige, se soporta y se acoge al artículo 01 de la Constitución 
Nacional, toda vez que para nuestra Institución Educativa, su Rector(a) y su Consejo Directivo así como la 
Comunidad en pleno, la constitución es norma de normas y ley de leyes y que según aduce la Constitución 
Nacional artículo 01, prevalece en toda instancia el interés general y de la comunidad, por encima del 
particular, en un estado social de derecho. 
Por ello, presentamos en contexto jurisprudencial de manera detallada y específica cada una de las 
instancias, conducto regular, soporte jurídico como ley de infancia y adolescencia 1098 y sentencias de la
corte constitucional, para dar así respuesta al obligatorio cumplimiento al debido proceso (artículo 29 C.N. – 
artículo 26 de ley 1098 de infancia y adolescencia). 
La comunidad educativa de la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS de Honda 
Tolima, con el fin de posibilitar la construcción de espacios de convivencia y tolerancia, que permitan el pleno 
desarrollo de los educandos para el futuro, para que cada día representen más la imagen del educando 
integral, debe actuar coherentemente con la misión y la filosofía de formación basada en la responsabilidad, el 
respeto, la disciplina, el éxito, la paciencia, la fraternidad, la convivencia, la sencillez, la humildad, así como la 
verdadera educación objetiva y armónica de calidad con la cual nos hemos comprometido como institución. 
El proyecto educativo de nuestra institución, P.E.I., se tomará como el referente base de la estructura de esta 
función social, fundamentado en el Manual de Convivencia, que debe estar ligado a la cultura democrática, 
educación ciudadana, formación de valores y el crecimiento individual y colectivo en lo cognitivo, curricular, 
moral, comportamental, físico y espiritual, trabajando desde la toma de conciencia, el compromiso en la 
construcción de la comunidad, como es referente de una educación integral y en obediencia, acato y 
consonancia con la normativa legal y penal vigente en los términos necesarios. 
Qué es el Manual de Convivencia? 
El Manual de Convivencia Educativo representa el Canon de normas, reglas, comportamiento, que llevan y 
guían al ejemplo y testimonio de un alumno o alumna valioso(a), con identidad, con carácter, que se somete y 
sujeta a la autoridad y que ejerce liderazgo a través de todas sus acciones y comportamientos, consciente que 
su desempeño es ejemplo vital en la vida de todos los demás miembros de la comunidad; 
El Manual nos proporciona unos principios generales de los que se derivan lógicamente las normas y los 
procedimientos a seguir en los diferentes casos que puedan presentarse, permitiéndonos una mejor 
integración y una mayor eficiencia en el quehacer educativo, además de dar estricto cumplimiento a los 
lineamientos de ley pertinentes al ámbito legal y educativo que nos compete como institución. El Manual, por 
último, contiene el compromiso claro de todos los miembros de la comunidad, fundamentado en el derecho a 
la educación como un DERECHO-DEBER, tal como lo expresan claramente las sentencias de la corte 
constitucional a ese respecto, que enmarcan así la responsabilidad como ejemplo y muestra de una 
educación integral, asumida y que cobra vida en el colegio en todas sus actividades. 
¿Para qué sirve el Manual de Convivencia? 
Toda institución educativa, debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que faciliten las 
acciones que emprenda para la consecución de los logros propuestos. Por ello, es indispensable que la 
comunidad conozca, concierte, promueva y acate las normas mínimas de convivencia y fraternidad en el 
ámbito escolar, un documento donde se consignen los canales y los procedimientos que se han de utilizar 
para el manejo de las diversas situaciones, facilitando con ello, la realización de las diversas actividades y la 
vida misma de la institución en un ambiente de convivencia y entendimiento mutuos. Las normas, los 
procedimientos, la prevalecía de los derechos y el cumplimiento de los deberes son las bases que nos 
permitirán la consecución de las metas y los ideales que nos hemos fijado y por consiguiente, del crecimiento 
y maduración humana, cognitivo–curricular, convivencial y espiritual a que aspiramos todos los miembros de 
ésta comunidad educativa, ya que son pilares de nuestro énfasis, de tal forma que para el presente Manual de 
convivencia en obediencia al artículo 7 de la ley de Infancia 1098, los alumnos y las alumnas son 
considerados individuos de derechos y también de deberes como lo consigna el artículo 15 de la misma ley 
1098 de infancia y adolescencia, que gozan de derechos, deberes, premios o estímulos, al igual que
sanciones de acuerdo al debido proceso. 
CAPITULO I I 
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P E I. 
ARTICULO 6. INTRODUCCIÓN 
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) busca guiar, orientar, transformar el quehacer educativo, porque logra 
articular las distintas acciones e instancias, teniendo en cuenta el pasado para transformar el presente y 
planear el futuro. Es un proyecto donde la Comunidad Educativa es gestora y busca resolver sus necesidades 
y expectativas enmarcadas en las políticas y disposiciones legales. El Proyecto Educativo Institucional es el 
facilitador para lograr los objetivos y metas para mantener el nivel de exigencia y de calidad de la institución. 
ARTICULO 7. PRESENTACIÓN 
Inherente a la esencia misma de toda institución se encuentra su componente de desarrollo y educación 
integral del ser, como aquella base sobre la cual el alumno y la alumna se entienden a sí mismos y a partir de 
la cual definen lo que pueden y debe ser su quehacer práctico. Durante todos los procesos de la institución, 
en referencia a la educación colombiana, ha sido reto y exigencia la continua reactualización de sus principios, 
metas y fundamentos, de tal manera que sean cada vez más reales y adecuados para su ser y su quehacer 
en beneficio de los alumnos y las alumnas. 
ARTICULO 8. FINES Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES 
” 
A. FINES DE LA EDUCACIÓN 
De acuerdo con la ley 115, que explicita el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará 
atendiendo a: 
1. El pleno y libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de 
los demás y el orden jurídico, siempre que no vulnere o agreda derechos de terceros. 
2. La formación en el respeto, la tolerancia y la convivencia, como espacio para el desarrollo democrático y 
pluralista. 
3. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y 
a los símbolos patrios. 
4. El crecimiento y desarrollo integral físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, afectivo, cívico y 
demás valores humanos. 
5. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico. 
6. La formación para la promoción y conservación de la higiene, la salud y la prevención de problemas 
sociales. 
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura. 
8. La educación como tal, siendo un derecho inaplazable, irrenunciable y de carácter abierto, de calidad y 
concertación, para el presente manual, dicho derecho a la educación, estará sujeto a las disposiciones que 
emana la corte constitucional en referencia al mismo, toda vez que el alumno o la alumna o sus padres o 
acudientes no comportan el cumplimiento de los deberes, asignaciones y tareas que se obligan a cumplir, una 
vez han adquirido dicho derecho al momento de suscribir la matrícula y la aceptación del presente manual, 
traducido esto significa aceptación y obediencia a las sentencias de la honorable corte constitucional, ley de
infancia y adolescencia 1098, ley de los garantes y articulados de la normativa educativa colombiana. ( art. 8.) 
B. OBJETIVOS GENERALES 
1. Integrar una verdadera familia educativa cofradista, a través de una educación de calidad, sea un valioso 
ejemplo de la calidad humana que garantice la formación de personas e individuos, comprometidos 
integralmente con la vida, la familia y la sociedad como muestra de su formación integral en el colegio. 
2. Formar alumnos y alumnas con una actitud reflexiva, crítica, autocrítica, democrática y participativa frente a 
los acontecimientos científicos, tecnológicos, culturales, políticos y sociales. 
3. Formar un alumno y alumna integral con base en los principios de la moral, el respeto, la tolerancia y la 
convivencia, que enmarca la filosofía y principios institucionales que profesamos. Sobresaliendo como 
excelentes alumnos y alumnas en todas las áreas de la educación y en general de la sociedad como resultado 
de una educación y formación con alto contenido en valores y principios, como lo demanda la sociedad actual. 
C. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 7 
1. Construir una familia Cofradista conformada por la comunidad con visión y misión educativa cuyo principio 
de vida se fundamente en una educación integral que personalice, humanice y socialice. 
2. Presentar una cosmovisión del hombre, de la vida, de su historia, del saber y del mundo, partiendo del 
ejemplo y proceder propio. 
3. Considerar al alumno y la alumna de la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO 
RUDAS, como razón de ser de la institución y como centro de su acción educativa. 
4. Orientar la formación de la familia educativa cofradista de tal forma que se tome conciencia del valor del 
alumno y la alumna como persona, como sujeto de su propio desarrollo, como ser social, activo, singular, 
autónomo y trascendente, capaz de dar respuestas acertadas a situaciones imprevisibles en un mundo en 
constante cambio. 
5. Valorar los recursos naturales dentro de una cultura ecológica, garantizando su conservación, protección y 
utilización de una manera racional para el mejoramiento de la calidad de vida propia y común. 
6. Desarrollar la creatividad e imaginación a través de expresiones lúdicas, artísticas, deportivas, favoreciendo 
el uso adecuado del tiempo y asumiendo actitudes que permitan el desarrollo físico y mental de cada uno de 
los y las alumnas. 
7. Inducir a la comunidad educativa a conocer el desarrollo histórico del hombre y su devenir social, en lo 
científico, tecnológico, político, artístico y humanístico, prevaleciendo su énfasis integral mediante procesos 
curriculares y extracurriculares. 
8. Crear estrategias que posibiliten la apropiación de: el Manual de Convivencia y de funciones, los programas 
curriculares y extracurriculares, los horarios y demás elementos que proporcione la comunidad educativa, 
para el crecimiento personal y la convivencia fraterna de los alumnos y las alumnas. 
9. Favorecer el desarrollo de programas de proyección comunitaria que permitan el bienestar y mejoramiento 
de la calidad de vida de las personas que habitan en nuestro entorno. 
10. Propiciar la formación de una cultura democrática a través de acciones y procesos que lleven a la práctica 
de una ética ciudadana en todos los procesos. 
ARTICULO 9. RESEÑA HISTÓRICA 
A. RAZÓN SOCIAL. 
Según la Ley 41 de 1959, en Agosto 12 se crea el Colegio Nacional de Bachillerato Femenino en la ciudad 
de Honda Tolima. Se trata de una Institución aprobada en el nivel de Educación Media Vocacional y 
autorizada por el M.E.N. Según Resolución Nº10935 de Octubre 18 de 1973, Resolución Nº115 de Marzo 13 
de 1990 y Resolución 717 de Diciembre 3 de 1993 hasta el año 2.000 inclusive, emanados de la Gobernación
del Tolima, Secretaria de Educación y Cultura. 
Acta adopción del P.E.I. Res 001 julio 28 de 1995. 
Fecha registro del P.E.I. agosto 29 de 1997. 
Proyección del P.E.I. año 2.020. 
Se trata de una Institución que imparte Educación Formal y Educación de adultos, a partir de 1996 inicia el 
ciclo de primaria con el propósito de llegar hasta el Preescolar, ofreciendo así la Básica y la Media completa 
en el año 2.000. En la actualidad se cuenta con los niveles de preescolar, básica primaria, básica Secundaria, 
Educación media técnica en sistemas e inglés, en articulación con el SENA en el área de sistemas y convenio 
con la Universidad del Tolima para Carreras técnicas y profesionales y un centro de bachillerato para jóvenes 
y adultos, con modalidad Semipresencial, los sábados, de conformidad con los criterios del decreto 3011 de 
1997. 
B- FUNDAMENTACIÓN LEGAL: El proceso educativo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO 
PALACIO RUDAS se fundamenta en los principios emanados de la Constitución política del 91, los 
lineamientos de la ley 115 del 94, la ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, las sentencias de la corte 
constitucional: (ST- 527/95). (SC- 555/94).. De otro lado, las reglamentaciones y directrices establecidas en el 
decreto 1290 del 16 de abril de 2009, (Constitución Política de 1991, art. 18, 19, 27, 67 y 68). (Ley 115, 
artículos 73 y 87), el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, artículo 17. Instrumentos que legalizan los 
procesos renovadores y el ejercicio de la autonomía como argumentos válidos para la participación 
democrática y el fortalecimiento de nuestros compromisos colectivos, imprimiéndole carácter jurídico. 
La Comunidad Educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, 
Conformada por: Directivos, Docentes, Alumnos, Alumnas, Personal Administrativo, Padres de Familia y/o 
Acudientes y Estudiantes de preescolar Primaria y Secundaria, así como los Sabatinos y las ex alumno(as) y 
la asociación de padres de familia, dan a conocer a través de éste presente documento los servicios que 
presta la Institución, los requisitos para pertenecer a ella, la Misión, los Principios, los Fines y las Normas que 
definen los Derechos y Compromisos de los alumnos y las Alumnas, de sus relaciones con los demás 
estamentos de la Comunidad Educativa, las directrices de evaluación, para de ésta manera, participar y 
comprometernos decididamente en el mejoramiento continuo de nuestra Institución. 
ARTICULO 10. MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR. 
La transformación implica cambios estructurales y no solo puntuales o de forma, que pueden surgir del 
devenir histórico, social, económico, político, cultural… que han ido influenciando la forma de sentir, pensar y 
actuar la educación. Esto obliga a potenciar de manera integral a los estudiantes, es decir, formar al ser, 
desde el saber, para el saber hacer. 
El SABER SER comprende el desarrollo de actitudes que favorezcan el interés por la ciencia y la 
transformación socio-cultural. Para eso, se impulsa el conocimiento de sí mismo como base para una sana y 
provechosa convivencia en la que se exija más de sí mismo que de los demás. A partir de la autocrítica el 
estudiante ejercerá una crítica constructiva para el mejoramiento del ser personal y social. 
El SABER PENSAR pone en acción los imperativos racionales postulados por Manuel Kant en cuanto a 
pensar por sí mismo, pensar en el lugar del otro y pensar de manera consecuente. Pensar por sí mismo exige 
hablar en calidad de sabio, es decir, obliga a una actitud investigativa para construir un sistema de ideas
coherente y veraz. Pensar en el lugar del otro obliga a reconocer en los demás el mismo acercamiento a la 
verdad a través de la comprobación experimental y, lo que es más difícil, ayudarlo a argumentar sus 
postulados. Pensar consecuentemente implica aplicar las reglas de la razón científica y llegar a acuerdos 
convenientes para la mayoría. Lo anterior orienta hacia la formación de alumnos ilustrados más que eruditos, 
dispuestos al cambio de opiniones y actitudes con base en el reconocimiento de sus propios errores y de su 
responsabilidad en la construcción de humanidad. 
El SABER HACER significa hacerse humano en comunidad. Una vez desarrollado en su ser (valores, 
actitudes, comportamientos y dimensiones) y adquirido el saber (conocimientos, enfoques, métodos, 
procedimientos, estrategias y manejo de recursos), el educando queda habilitado para plantear problemas, 
formular hipótesis y proponer estrategias de solución, creando ambientes que cualifiquen las comunidades. 
Comprometerse con la transformación de la realidad socio – cultural es aprender a defender nuestros 
derechos sin ejercer violencia (asertividad) y aprender a reconocer al “otro” como sujeto para construir un 
“nosotros” (alteridad). 
ARTICULO 11. OBJETIVO GENERAL DEL MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR 
En palabras de Giovanni Iafrancesco una escuela transformadora tiene como misión "formar al ser humano, 
en la madurez de sus procesos, para que construya el conocimiento y transforme su realidad socio-cultural, 
resolviendo problemas desde la innovación educativa". 
ARTICULO 12. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 
La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS parte del estudiante para potenciarlo 
como un ser social, integrado y cofradista proyectado hacia el mejoramiento de la calidad de vida. Considera 
al estudiante como persona humana, es decir, como un ser que construye historia, bienes materiales y 
espirituales; por lo tanto, nuestra institución busca preparar para la vida, cultivando el espíritu cooperativo y la 
responsabilidad social. Esto involucra el desarrollo de la esencia humana cuyos componentes son: el trabajo, 
la conciencia, la historicidad, la universalidad y la libertad. Así mismo, incluye la construcción de identidad 
personal y social como un requisito indispensable en la educación problematizadora e innovadora. 
En términos de Paulo Freire “El hombre integrado es el hombre sujeto. La adaptación es así un concepto 
pasivo, la integración o comunión es un concepto activo. Este aspecto pasivo se revela en el hecho de que el 
hombre no es capaz de alterar la realidad; por el contrario, se altera a sí mismo para adaptarse. La adaptación 
posibilita apenas una débil acción defensiva. Para defenderse, lo más que hace es adaptarse. De ahí que al 
hombre indócil, con ánimo revolucionario, se le llame subversivo, inadaptado”. (Freire, Paulo. (2007:31) La 
Educación como práctica de la libertad. México: Siglo XXI). 
Siguiendo el ejemplo del doctor Alfonso Palacio Rudas, un cofrade rebelde es aquel que se opone al 
dogmatismo, polemiza, desaprueba a los caprichosos y dominadores, ejerce fiscalía moral, se apasiona por el 
debate y ejerce el uso público de su razón con base en un continuo afán de descubrimiento de la verdad y de 
comunión apasionada con los libros. 
ARTICULO 13. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS
Nuestro P.E.I. promueve un conjunto de programas y estrategias orientadas hacia el mejoramiento efectivo de 
los niveles de calidad de vida de la comunidad del norte del Tolima. El Colegio acoge el espíritu de las leyes 
115 y 715, según las cuales podemos asumir con responsabilidad y autonomía la tarea pedagógica. 
Para cumplir su misión educativa, la escuela transformadora debe realizar cinco tareas básicas, de forma 
integral e integradora: 
a. El desarrollo humano 
b. La educación por procesos 
c. La construcción del conocimiento 
d. La transformación socio - cultural 
e. La innovación educativa y pedagógica 
Y se basa en los siguientes principios: 
- Formación cognitiva sobresaliente 
- Autoconocimiento y conocimiento científico. 
- Formación axiológica para exaltar el ser 
- Compromiso Social con Liderazgo de Servicio 
- Formación para la Excelencia. 
Los otros principios que rigen nuestro quehacer educativo son: 
1. Nuestro colegio es NO Confesional, por obediencia a la libertad de culto definida en el artículo 19 de la 
Carta Magna según la cual “toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en 
forma individual o colectiva”. Además se atiene a lo mandado en las siguientes normas: 
Ley 115/94. Parágrafo del artículo 23. “La educación religiosa se ofrecerá en todos los establecimientos 
educativos, observando la garantía constitucional según la cual, en los establecimientos del Estado ninguna 
persona podrá ser obligada a recibirla” 
Ley 133 de 1994. Art. 2. “Ninguna Iglesia o confesión religiosa es ni será oficial o estatal. Art. 6. (entre los 
derechos de toda persona está el) “De no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa 
contraria a sus convicciones personales” 
Decreto 4500 de 2006. Art. 6. “Ningún docente estatal podrá usar su cátedra de manera sistemática u 
ocasional, para hacer proselitismo religioso o para impartir una educación religiosa en beneficio de un credo 
específico” 
2. Nuestro colegio vive y asume las normas de la moral, el respeto, el amor y la fraternidad, hacia sus 
semejantes tal como se encuentra declarado en nuestra identidad institucional, que serán la guía de nuestra 
labor en lo espiritual, curricular, cognitivo, científico y educativo. 
3. Nuestro colegio es de carácter OFICIAL - PUBLICO, es decir, que atendiendo a la ley y a los decretos 
reglamentarios, ofrece una propuesta educativa Pública y oficial, generada en primer lugar por el Ministerio de 
Educación y la reglamentación oficial que para ello destina la Secretaria de Educación y que es asumida -por 
asentimiento personal - por aquellos que se vinculan a él a través de la matrícula. 
4. De igual manera, nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, dentro de su 
marco y soporte jurídico – legal y penal se acoge indiscutible e inamoviblemente a los fallos de tutela y
sentencias de la Honorable corte constitucional, así como a la ley 1620 "Por la cual se crea el Sistema 
Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la 
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar", la ley de infancia y adolescencia 1098 y la ley 
de los garantes, en todas las instancias obedeciendo a la carta magna de la Constitución nacional y como 
soporte del debido proceso dentro de nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO 
RUDAS obedeciendo las sentencias de la corte: 
“De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, y que son el soporte y marco de 
referente del presente manual de convivencia de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, se 
deduce lo siguiente”: 
• La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado. 
• La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el 
cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los estudiantes y a los padres de 
familia. 
• Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico y comportamental, 
acorde con las exigencias del colegio. 
El respeto por la disciplina y el orden en el colegio es parte del derecho de los estudiantes a la educación. 
El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho, 
es el derecho de los demás. Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y 
la disciplina, necesarios para permitir el buen rendimiento académico. 
5. Nuestro colegio ofrece educación académica, es decir, prepara a los y las estudiantes en las áreas básicas 
y obligatorias y hace énfasis directo en áreas técnicas de sistemas, también cabe rescatar que se promueve 
el emprendimiento y el enfoque bilingüe especialmente. 
6. El colegio tiene como fin primordial la educación integral de los alumnos y las alumnas para que sirvan a la 
sociedad, a la comunidad, a sus familias y a la patria. 
ARTICULO 14. MISIÓN 
La Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, fiel a su tradición democrática e integradora, 
inspirada en la tolerancia, autonomía, identidad, libertad y paz, tiene como misión relacionar el ser con el 
saber y el saber hacer; así como desarrollar la capacidad de sentir, pensar y actuar de quien aprende. Permite 
relacionar la vocación con la profesión y la ocupación; también genera la posibilidad de desarrollar actitudes 
hacia el aprendizaje, desarrollar procesos de pensamiento y competencias, construir el conocimiento, 
desarrollar habilidades y destrezas y cualificar los desempeños y aportar nuevos métodos, técnicas y 
procedimientos. 
ARTICULO 15. VISIÓN 
La visión de futuro de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS se enmarca 
dentro del compromiso común de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa por formar hombres 
y mujeres íntegros(as) e integrales. Se busca entonces que demuestren liderazgo social, que se pronuncien y 
se comprometan ante el mundo que les rodea, que sean agentes de cambio; que integren y sean coherentes 
entre lo que piensan, sienten, dicen y hacen; que sean creativo(as) y que tengan la solidez intelectual y 
profesional para dinamizar procesos culturales y sociales de cambio en nuestro país y fuera de él para 
mejorar nuestra sociedad. 
Por eso, para 2020 nuestro colegio, resaltará como referente de una educación verdaderamente integral a
nivel nacional cuyos egresados actúen como sujetos de valores con altos niveles de calidad académica en sus 
aplicaciones y con experiencias de liderazgo social. Egresados(as) con visión clara de un desarrollo sostenible 
y equitativo, con sentido propio de la responsabilidad, deseosos(as) de participar en la transformación de su 
entorno y la búsqueda de la verdad y la fraternidad. Egresados que emerjan como una nueva clase social: el 
Cognitariado (personas trabajadoras capaces de utilizar la información e interrelacionarla, trabajar en equipo, 
solucionar problemas y promover cambios estructurales, sociales, espirituales y morales). 
CAPITULO III 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS 
ESTUDIANTES 
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, 
“Formando de manera Integral” 
ARTICULO 16. ASPECTOS Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACION 
El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) se basa en el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, 
como también la Ley 115/94, la Resolución 2343 de Junio 5/1996, el Decreto 1850 de Agosto 13/2002, así 
como los parámetros establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. 
Nuestro Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) responde al Modelo Pedagógico 
Transformador, propuesto por Giovanni Marcelo Iafrancesco Villegas, el cual tiene como misión “formar al ser 
humano en la madurez de sus procesos, para que construya el conocimiento y transforme su realidad 
sociocultural, resolviendo problemas desde la innovación educativa”. 
Esta misión le permite relacionar el ser con el saber y el saber hacer y desarrollar la capacidad de sentir, 
pensar y actuar de quien aprende. Así mismo, se ampara en la visión y la misión contemplada en nuestro 
Proyecto Educativo Institucional. 
Con los docentes en esta institución se puede lograr siempre y cuando, éstos sean capaces de proponer 
métodos activos para que el alumno aprenda haciendo, construya conocimiento y así formar líderes 
transformacionales que den respuesta nuevas a las condiciones innovadoras que demanda el progreso, 
producto del devenir. 
Así se aprende a vivir, a aprender, a convivir y se generan espacios para cualificar los procesos de formación, 
investigación, extensión y docencia tareas actuales de la educación. 
Por consiguiente, el educando de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas será un sujeto 
constructor de aprendizajes significativos y el educador será el mediador como facilitador del aprendizaje, 
promotor del desarrollo humano, la educación por procesos, la construcción del conocimiento, la 
transformación sociocultural y la innovación educativa y pedagógica.
La evaluación integral de los aprendizajes desde la perspectiva de una escuela transformadora, debe valorar 
o evaluar entre otros: 
1. El conocimiento adquirido. 
2. Los procesos intelectivos desarrollados. 
3. Los aprendizajes significativos alcanzados. 
4. Los procesos de construcción cognitiva y conceptual empleados. 
5. Los métodos y estrategias utilizados para alcanzar los conocimientos 
6. Los aprendizajes y los niveles intelectivos esperados. 
7. Los talentos. 
8. Las capacidades y potencialidades. 
9. Las actitudes y comportamientos. 
10. Las competencias polivalentes 
11. Los principios y valores. 
12. Las dimensiones espiritual, intelectiva, socio – afectiva, psico – motriz y comunicativa. 
13. El desarrollo evolutivo bio-psico-social y afectivo. 
14. El carácter, la personalidad, la autonomía, la responsabilidad, la voluntad. 
15. La vocación y el proyecto de vida de quien aprende. 
16. Las expectativas, el interés y la motivación por el aprendizaje. 
17. El nivel de participación en las tareas formativas como educando, sujeto agente activo de su propio 
desarrollo (autoevaluación). 
18. La formación en relación con el compromiso social y la práctica comunitaria y 
19. sus valores sociales y culturales. 
Por lo tanto, la evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en la Institución Educativa Técnica 
Alfonso Palacio Rudas, es un proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los 
estudiantes. La evaluación está basada a nivel institucional en los siguientes propósitos: 
1. Identificar las características personales de los estudiantes para valorar sus avances 
2. Identificar los intereses personales del estudiante para valorar sus avances. 
3. Identificar los ritmos de desarrollo del estudiante para valorar sus avances 
4. Identificar los estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 
5. Proporcionar información básica para reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo 
integral del estudiante. 
6. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes 
que presenten debilidades en su proceso formativo. 
7. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes 
que presenten desempeños superiores en su proceso formativo. 
8. Determinar la promoción de estudiantes. 
9. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. 
El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE), contiene los siguientes elementos: 
ARTICULO 17. LOS CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION. 
El sistema de evaluación de la I.E.T. ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA TOLIMA, es coherente con lo
establecido en el Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción 
de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos generales en 
términos de evaluación, a través de la comunicación permanente en el Consejo Académico se ha fijado a 
nivel institucional evaluar integral y permanentemente a los estudiantes en los siguientes criterios: 
1. Las prácticas evaluativas de aula deben ser objeto de un análisis sistemático a partir del cual se generan 
acciones correctivas que redundan en un mejor desempeño de los estudiantes. 
2. La evaluación será integral, es decir, contemplará distintos momentos y se hará continuamente durante 
un periodo de tiempo amplio para obtener información a partir de múltiples formas de producción y 
desempeño del estudiante como pruebas cortas, talleres, trabajos, proyectos, presentaciones, observación 
directa de los desempeños. Juzgará la calidad del trabajo del estudiante contra criterios establecidos. Sobre 
todo, tendrá un claro sentido de acompañamiento permanente del proceso de aprendizaje. 
3. Obedecerá a criterios públicos y concertados, desde el comienzo. Los y las docentes guiarán la 
concertación, o acuerdo pedagógico, con preguntas atinentes al desempeño de los estudiantes y a la 
metodología del profesor, siempre dentro de los principios de la escuela activa transformadora. 
4. Los juicios de valor a partir de las perspectivas de docentes y estudiantes comprenderá la elaboración 
reflexiva y justificada de respuestas, realizaciones o productos por parte del estudiante. 
5. Se utilizarán matrices de valoración como herramienta de apoyo para la emisión de juicios o 
calificaciones, asignando valores que tengan en cuenta diversas dimensiones del ser humano. 
6. La evaluación generará acciones correctivas que redunden en un mejor desempeño de los estudiantes. 
7. Así mismo, fomentará la autocrítica ya que no se evaluará “desde arriba”, sino que promoverá la 
participación. 
8. La Evaluación se hará con el fin de diagnosticar, mejorando el proceso de aprendizaje y la formación del 
educando. 
9. La evaluación será dialógica, integral y formativa de las diferentes dimensiones del ser humano. 
10. Se discutirá en grupo los criterios para evaluar y el estudiante se habituará a discutir las notas.(acuerdo 
pedagógico) 
11. Los estudiantes podrán perder el derecho a continuar en el grado siguiente al que cursaron si no 
cumplieron los requisitos estipulados en este documento. 
Al iniciar cada periodo académico, los docentes de las distintas asignaturas realizarán el encuadre pedagógico 
con los estudiantes y darán a conocer los indicadores de logro, los contenidos mediatizadores y las instancias 
verificadoras, quedando registrado en el cuaderno correspondiente a cada materia, en un acta para el docente 
y una para coordinación. 
ARTICULO 18. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON 
LA ESCALA NACIONAL. 
Para efectos de la valoración de los estudiantes en cada una de las áreas y/o asignaturas se tendrán en 
cuenta las siguientes escalas: 
Desempeño Bajo De 1.0 a 2.99 
Desempeño Básico De 3.0 a 3.99 
Desempeño Alto De 4.0 a 4.59 
Desempeño Superior De 4.6 a 5.0
ARTICULO 19. DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. 
1) DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando cumple cabal e integralmente con todos los 
procesos de desarrollo: Cognitivo, sicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, con el fin de alcanzar en forma 
excepcional todos los logros esperados e incluso logros no previstos en los estándares curriculares y en el 
proyecto Educativo Institucional. Este desempeño supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el 
P.E.I. 
Se puede considerar superior al estudiante que reúna, entre otras las siguientes características: 
• Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos en los períodos de tiempo 
asignados. 
• Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos. 
• Siempre cumple con las tareas y trabajos de área. 
• Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. 
• Tiene fallas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea 
afectado. 
• Su comportamiento y relaciones con las personas de la comunidad educativa son excelentes. 
• Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. 
• Manifiesta sentido de pertenencia institucional. 
• Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. 
• Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. 
• Presenta actitudes proactivas de liderazgo y capacidad de trabajo en equipo. 
2) DESEMPEÑO ALTO: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en cada 
una de las dimensiones de la formación humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede 
considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: 
• Alcanza todos los logros propuestos, así tenga que desarrollar algunas actividades de refuerzo. 
• Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento. 
• Presenta los trabajos oportunamente 
• Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. 
• Desarrolla actividades curriculares específicas. 
• Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución 
3) DESEMPEÑO BÁSICO: Corresponde al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y 
aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance 
mayores niveles de logro. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, 
las siguientes características: 
• Solo alcanza los niveles necesarios de logro propuestos y con actividades de refuerzo. 
• Tiene faltas de asistencia justificadas, que limitan su proceso de aprendizaje. 
• Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. 
• Desarrolla actividades curriculares específicas. 
• Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución. 
• Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes.
4) DESEMPEÑO BAJO: Corresponde al estudiante que no logra superar los desempeños necesarios 
previstos en las áreas y/o asignaturas. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, 
entre otras, las siguientes características: 
• Después de realizadas las actividades de refuerzo y recuperación persiste en las dificultades. 
• Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje 
• Presenta dificultades de comportamiento. 
• Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área 
• No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. 
• Su sentido de pertenencia a la institución es bajo. 
• Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo. 
• Presenta dificultad para integrarse. 
• Demuestra desmotivación y desinterés por las actividades escolares. 
ARTICULO 20. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS 
ESTUDIANTES. 
La valoración integral debe entenderse como aquella que refleja de una manera completa el aprendizaje, la 
comprensión, los logros, la motivación y las actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del 
proceso de enseñanza/aprendizaje y constituye una rica fuente de información tanto para docentes como para 
estudiantes. Estos últimos pueden beneficiarse al utilizarla para reflexionar y tomar conciencia acerca de sus 
fortalezas y debilidades. Por su parte, los docentes pueden utilizar la información que aporta la Valoración 
Integral para implementar posibles correctivos a fin de mejorar el proceso de aprendizaje en sus alumnos. 
ARTICULO 21. VALORACIÓN INTEGRAL 
Fuentes de Información Instrumentos 
•Observación del Profesor. •Realización de Proyectos. • Experimentos / Demostraciones. • Productos escritos. 
•Investigaciones - consultas. • Debates. •Revisión y discusión de documentos. •Portafolios .•valoración de 
Desempeño. •Auto-valoración. •Matriz de Evaluación. •Evaluación Tradicional. •Examen Oral. • valoración de 
Portafolios.• Observación de los estudiantes • Co-evaluación . 
Esta valoración integral: 
Se realiza a lo largo del tiempo y cubre un amplio aspecto de los desempeños del estudiante. 
Al construirse en un plazo amplio de tiempo, refleja crecimiento, madurez y profundidad en el aprendizaje. 
Involucra el aprendizaje de situaciones de la vida real y problemas significativos de naturaleza compleja. 
Exige que el estudiante construya las respuestas.• Alienta al estudiante para que se comprometa con su 
propia valoración. 
Evalúa niveles cognitivos de orden superior. Para dar una buena respuesta, el estudiante necesita habilidades 
adquiridas en otras materias dándose así una integración curricular. 
Suministra información precisa al docente para optimizar el proceso de aprendizaje. 
Suministra información al estudiante sobre las áreas en las que debe mejorar. 
El estudiante puede participar en el diseño de las herramientas de evaluación. 
La valoración del desempeño de los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, se 
fundamenta en el Proyecto Educativo Institucional y del plan de estudio, por consiguiente se plantean las
siguientes estrategias para la valoración integral de los desempeños de los estudiantes: 
• ENTREVISTAS ORALES: El maestro hace preguntas al estudiante sobre su trayectoria personal, 
actividades que realiza, lecturas y demás intereses. 
• NUEVA NARRACIÓN DE LA HISTORIA O DEL TEXTO: El estudiante vuelve a narrar las ideas principales 
o pormenores seleccionados de un texto al que estuvo expuesto, a través de la lectura o la narración oral. 
• ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES: que evidencien la adquisición de 
destrezas y habilidades tales como: expresión, argumentación, análisis, interpretación, aplicación, actitudes, 
talentos etc. 
• DISEÑO DE ACTIVIDADES DIVERSAS: que promuevan el desarrollo de potencialidades como también 
el desempeño y habilidad propia de la asignatura. 
• EJEMPLOS DE TIPOS DE ESCRITURA: El estudiante genera un documento de tipo narrativo, 
explicativo, persuasivo o de referencia. 
• PROYECTOS / EXHIBICIONES: El estudiante trabaja en equipo con otros compañeros para crear un 
proyecto que con frecuencia involucra producción en multimedia, presentaciones verbales o escritas, y una 
exhibición. 
• EXPERIMENTOS / DEMOSTRACIONES: El estudiante documenta una serie de experimentos, ilustra un 
procedimiento, realiza los pasos necesarios para completar una tarea, y documenta los resultados de esas 
acciones. 
• PRUEBAS O EXÁMENES: (TIPO ICFES) El estudiante responde por escrito a preguntas abiertas. 
• EVALUACIONES CONCEPTUALES ACUMULATIVAS: Al terminar cada período, durante la última 
semana se realizarán evaluaciones conceptuales acumulativas, teniendo en cuenta todos los instrumentos de 
la valoración integral 
• OBSERVACIONES DEL MAESTRO: El maestro observa y documenta la atención del estudiante y su 
interacción en clase, su respuesta a los materiales usados en la instrucción y el trabajo que hace en 
colaboración con otros estudiantes. 
• PORTAFOLIOS: Recopilación de trabajos del estudiante que se enfoca en mostrar su progreso en el 
tiempo. 
Además, los docentes planean la evaluación para cada uno de los períodos a través de la elaboración de una 
matriz de evaluación en la cual se establecen los desempeños y niveles de desempeño de cada asignatura, 
que se entregará al estudiante con el fin de dar a conocer el proceso de evaluación. (Ver Anexo No.1) 
ARTICULO 22. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS 
DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 
1. Cada Docente programará las actividades de recuperación que aplicará a los estudiantes que no 
alcanzaron los indicadores propuestos y junto con el estudiante acordarán la cantidad, el tipo de actividades a 
realizar y las fechas, antes de finalizar el periodo. 
2. Las actividades de qué trata el numeral anterior deben comprender explicaciones de apoyo de parte del 
docente, 
3. El acudiente del alumno que presente bajo desempeño académico debe presentarse al colegio previa 
citación enviada con el estudiante con el fin de recibir información escrita que señale las deficiencias 
académicas y las actividades programadas con la respectiva fecha lo cual se deberá cumplir con exactitud 
4. Es obligación del Padre de Familia acudir a las citaciones programadas para informes académicos y 
disciplinarios del estudiante, en caso contrario, su incumplimiento será notificado a la Comisaría de Familia,
Bienestar Familiar, Familias en Acción y demás entidades competentes (Ley de Infancia y la Adolescencia 
“Ley No. 1098 de Noviembre de 2006"). 
ARTICULO 23. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 
La autoevaluación ofrece al estudiante oportunidades para que éste auto-regule su aprendizaje y se 
responsabilice de evaluar su propio progreso. La valoración integrada hace referencia a la evaluación de 
múltiples habilidades o la evaluación del lenguaje y del contenido dentro de la misma actividad. Por ejemplo 
un informe escrito de ciencias, puede incluir la evaluación de destrezas del lenguaje, de la selección y uso de 
información, así como de habilidades de razonamiento y conocimiento sobre el contenido científico. 
Por lo tanto, el o la docente de cada asignatura integrará los procesos de autoevaluación y coevaluación en 
los aspectos contenidos en una o unas matrices de valoración. Así como en los mecanismos acordados con 
los estudiantes para su diligenciamiento y análisis, tales como discusiones con la participación de toda la 
clase o de grupos pequeños, diarios de reflexión, autoevaluaciones semanales, entrevistas maestro-alumno. 
Con el fin de que los estudiantes desarrollen autorreflexión, los y las docentes les darán regularmente un 
tiempo sin interrupciones para que piensen sobre su progreso, guiándolos con preguntas como: 
• ¿Qué aprendí? • ¿Qué hice bien? • ¿En qué tengo todavía confusión? 
• ¿En qué necesito ayuda? • ¿Sobre qué quiero saber más? • ¿Cuál va a ser mi próximo trabajo? 
ARTICULO 24. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES 
PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. 
• Al iniciar el año lectivo el Coordinador (a) organizará un Cronograma de Actividades de Recuperación 
para cada periodo. 
• Las actividades de superación de logros serán preparadas y calificadas por el docente de la asignatura. 
• Si el estudiante pierde uno o varios logros de una asignatura, tendrá derecho a una actividad de 
superación que se aplicará después de que el padre reciba el boletín o informe de valoración del período. 
El alumno recibirá del docente de la asignatura un plan de refuerzo para desarrollar actividades propuestas y 
básicamente contendrá la elaboración de un trabajo escrito que tendrá un valor del 30 % de la calificación y 
deberá presentar una evaluación que vale el 70% . Después de este proceso, el resultado de la prueba debe 
quedar consignado en el boletín del período siguiente. 
Si el alumno no se presenta a las actividades de superación sin justificación alguna perderá el derecho a 
reclamar. 
ARTICULO 25. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 
CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE 
EVALUACION. 
Se trata de establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación. Es un elemento de mucho 
cuidado dado que, son la garantía para toda la comunidad del reconocimiento de los derechos al debido 
proceso, a la educación y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje. 
ESTRATEGIA: Al iniciar cada período, el Docente presentará tanto a los estudiantes como a los padres de
familia su plan de estudios, junto con las matrices de valoración integral con el fin de que tanto los 
estudiantes como los padres de familia puedan ejercer veeduría sobre las actividades de formación y 
evaluación en un continuo acompañamiento. 
Las instancias verificadoras de dichas actividades deben ser: El Consejo Académico, el Rector, la 
Coordinación Académica, Orientadora escolar, Padres de Familia, Personero(a) estudiantil, Contralor, 
Veedores, Representantes de Grupo y los mismos estudiantes. 
Además de la entrega de boletines podrán programarse encuentros con los padres de familia con la 
modalidad de encuentro-taller para que expresen dificultades, expectativas y sugerencias de mejoramiento. 
Podrá también establecerse comunicación vía Internet por correo electrónico o la página Web de la Institución. 
ARTICULO 26. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. 
1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos, al 
finalizar cada uno los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se 
muestra la valoración asignada en cada una de las áreas y los criterios de evaluación que describen el 
desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar, en el 2º, 3º y 4º periodo deben aparecer en el 
boletín los resultados de las actividades programadas de recuperación y superación 
2. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una 
evaluación integral del estudiante para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el 
cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en 
períodos anteriores. 
3. Se presentaran 4 informes en el año, tres informes que corresponden a los tres primeros periodos y el 
último con el cuarto periodo e informe final. 
ARTICULO 27. LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN 
CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN. 
El boletín de informe académico periódico de cada estudiante debe contener: 
• Una columna con la valoración cuantitativa de los respectivos logros en cada asignatura y otra con la 
valoración conceptual (cuantitativa y cualitativa) 
• Logros sobre el comportamiento social. 
• El puesto ocupado por el estudiante con relación a sus compañeros. 
• Faltas de asistencia. 
ARTICULO 28. LAS INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE 
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACION Y PROMOCION. 
Para la reclamación por parte de estudiantes y padres de familia sobre evaluación y promoción se deben 
seguir los siguientes mecanismos: 
a. Ante el docente de la asignatura
b. El Director de Grupo 
c. Coordinador (a). 
d. El Rector 
e. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860 de 1994, literal b Artículo 23 y el 
Decreto 1290 de 2009, Artículo 11 numeral 7. 
Una vez recibido el formato de reclamación por cualquiera de las partes, esta instancia tiene 3 días hábiles 
para dar respuesta a la solicitud, teniendo en cuenta el siguiente formato: 
ARTICULO 29. PROCEDIMIENTOS: 
1. Diligenciar el formato debidamente firmado 
2. Entregar el formato a la instancia correspondiente. 
3. La reclamación se debe realizar a más tardar tres días hábiles después de la fecha oficial de entrega 
de boletines. 
4. Esperar respuesta en un tiempo no superior a 3 días hábiles. 
5. Cuando la reclamación llegue a: 
Coordinador (a), El rector y/o al Consejo Directivo, tendrá 5 días hábiles para dar respuesta a la solicitud. 
(Resolución 17486 del 7 de nov. De 1984 artículo 10) Debido proceso en las reclamaciones de los alumnos. 
“los resultados de las evaluaciones de cada uno de los periodos serán comunicados a los alumnos por su 
profesor, quien atenderá los posibles reclamos antes de pasar los resultados a la secretaría del plantel”. 
Con los estudiantes que presentan dificultades académicas se procederá de la siguiente manera: 
1. (Primero) CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Para informar sobre el programa de recuperación, 
actividades de refuerzo y plan de mejoramiento a la que haya lugar en el área en la que se presenta 
desempeño bajo. (Esta citación es realizada por el Profesor encargado de la asignatura). 
2. (Segundo) CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Por Coordinación Académica para firmar compromiso 
académico. 
3. CITACIÓN A RECTORIA: Agotadas todas las instancias se citará a Padres de Familia y alumno(a) para 
establecer acuerdos por no cumplir los compromisos pactados. 
4. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la 
evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el numeral 1 del presente artículo. 
5. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la promoción 
habiéndose cumplido el debido proceso, deberá enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo. 
ARTICULO 30. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA 
CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 
El proceso conforme al Decreto 1290 de 2009 es el siguiente: 
1. Abrir la discusión con todos los miembros de la Comunidad Educativa y establecer los mecanismos de su 
participación en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 
2. Preparar un Proyecto de documento Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a partir de 
las propuestas de la comunidad educativa con todos los contenidos que lo conforman de acuerdo al
Decreto 1290 de 2009. 
3. Presentar el Proyecto del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al Consejo 
Académico para definir su contenido definitivo, adoptarlo y divulgarlo. 
4. Presentar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes adoptado por el Consejo 
Académico al Consejo Directivo para su aprobación e inclusión en el acta respectiva. 
5. Socializar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 
6. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a la Comunidad Educativa. 
7. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamación contenidos en el Sistema Institucional de 
Evaluación de los Estudiantes. 
8. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a los nuevos estudiantes, 
padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar. 
9. Aplicar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes llevando un registro detallado de las 
dificultades y la forma de solucionarlas durante el desarrollo de cada período académico. 
10. Evaluar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al terminar el año escolar y realizar 
los ajustes que se consideren necesarios. 
11. Presentar ante el Consejo Académico los ajustes propuestos al Sistema Institucional de Evaluación de 
los Estudiantes para su adopción. 
12. Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes adoptados en el Sistema Institucional de Evaluación de los 
Estudiantes por el Consejo Académico para su aprobación. 
13. Socializar y divulgar a la Comunidad educativa los ajustes realizados al Sistema Institucional de 
Evaluación de los Estudiantes. 
ARTICULO 31 PROMOCIÓN ESCOLAR: (Artículo 6, Decreto 1290 de 2009): 
1. Para que un estudiante sea promocionado en una asignatura deberá aprobar como mínimo el 60% de 
los logros previstos o tener como mínimo un promedio de 3.0 (Desempeño Básico). 
2. Al terminar el año lectivo cada estudiante debe tener resuelta su situación académica. 
3. Los alumnos que reprueben el grado se les garantizará el cupo en la Institución. Si además del bajo 
rendimiento académico el alumno presentó violaciones al reglamento disciplinario, se le conservará el 
cupo siempre y cuando se establezca un compromiso de MEJORAMIENTO por parte del alumno y el padre 
de familia con la Institución. 
ARTICULO 32. REPROBACIÓN DE GRADO PARA BÁSICA PRIMARIA 
Se considera reprobación de un grado cuando se cumpla una de las siguientes características: 
1. Inasistencia del 20 % de los días de clases 
2. Los alumnos del grado primero que no han aprendido a leer y escribir 
3. Pérdida de Matemáticas y Castellano. 
4. Pérdida de tres o más áreas. 
ARTICULO 33. REPROBACION PARA LOS GRADOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO. NOVENO, DÉCIMO Y 
UNDÉCIMO 
Se considera reprobación de un grado cuando se cumpla una de las siguientes características:
1. Inasistencia del 20 % de los días de clases 
2. Pérdida de tres o más áreas. 
El alumno que durante dos años consecutivos pierda las áreas de matemáticas y humanidades 
automáticamente pierde el año. 
Para aprobar un área se debe aprobar todas sus asignaturas y proyectos. 
ARTICULO 34. SOBRE PROMOCIÓN ANTICIPADA 
1. La Comisión de Evaluación y Promoción, por solicitud escrita en acta, de los docentes titulares de los 
grados en el caso de la Básica Primaria, y de los profesores de las respectivas áreas en la Básica Secundaria 
y Media a través del director de Grupo, y previo consentimiento del padre de familia, decidirá la promoción 
anticipada de un grado a otro, de los alumnos que demuestren creciente rendimiento académico y estén en 
los niveles de desempeño alto o superior. 
2. La solicitud se debe presentar en cualquier momento del primer periodo académico del año lectivo. 
3. La Comisión de evaluación y Promoción toma la decisión de promocionarlo o no (según pruebas escritas) 
y notifica al Consejo Académico, al Rector y C.D. sobre la decisión. 
4. Se expiden las notas finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia 
del Acuerdo reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al alumno promovido. El Rector 
expide el acto Administrativo. 
5. Para los alumnos repitentes o reprobados el año anterior, atendiendo a las directrices del Artículo 7 del 
Decreto 1290 de 2009, en todos los casos, se hará un seguimiento del estudiante no promovido y se 
favorecerá su promoción durante el primer periodo académico en la medida en que éste demuestre el 
mejoramiento de los desempeños que no permitieron su promoción (validación). 
6. Se exceptúa de la Promoción Anticipada el Grado undécimo, que se debe cursar completo. 
ARTICULO 35. REGISTRO ESCOLAR: 
La Secretaría del plantel llevará un registro de los estudiantes, que contenga: 
a. Identificación personal 
b. Informe de valoración por grados 
c. Novedades académicas que surjan 
ARTICULO 36. CONSTANCIA DE DESEMPEÑO: 
A solicitud del Padre de Familia, la Secretaría del plantel, emitirá la constancia de desempeño de cada grado 
cursado, en la que se consignarán los resultados de los informes periódicos. 
ARTICULO 37. GRADUACIÓN: 
En la Institución, sólo se hará ceremonia de graduación para los estudiantes del grado once. 
Los estudiantes de las jornadas diurnas que culminen la educación media y hayan aprobado todos los niveles 
incluyendo el grado once, reciben el título de bachiller Técnico en Sistemas. Si en la prueba externa ICFES, 
logran en el área de inglés un puntaje superior a 50, obtendrán el título de Bachiller Técnico en Sistemas e 
Inglés. 
Los estudiantes de la jornada sabatina que culminen la educación media y hayan aprobado todos los ciclos,
recibirán el título de “Bachiller Académico”, con énfasis en Administración Pública. 
Todo lo anterior, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: 
• Ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290 de 2009. 
• Cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 
y decreto 1860 de 1994). Con un total de 80 horas distribuidas así: 40 en el grado 10º y 40 en el grado 11º) 
• Presentación del examen de estado ICFES. 
• Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución. Incluyendo el pago de los derechos de grado. 
ARTICULO 38. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA 
El certificado de educación básica secundaria lo recibirán aquellos estudiantes del grado 9º. Que hayan 
aprobado dicho grado y los grados anteriores. 
Al culminar el nivel de la educación básica secundaria no se realizará ceremonia de grado, sino de clausura. 
El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 
sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado sino de 
clausura. 
El Consejo Académico, como máximo organismo y autoridad en materia académica, de acuerdo con la ley, 
tomará decisiones sobre todos aquellos aspectos o situaciones que no estén contempladas en el presente 
acuerdo o en caso de ambigüedad, si los hubiere. 
ARTICULO 39. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ANUAL 
La evaluación se considera como el análisis crítico y proporcional que se hace al comparar los resultados 
obtenidos por el o la estudiante en referente con las metas propuestas. En LA INSTITUCION EDUCATIVA 
TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, se ha reglamentado la evaluación de acuerdo a lo estipulado en el 
decreto 1290 del 16 de abril de 2009. La evaluación será integral, continua, cuantitativa, cualitativa y 
acumulativa. La evaluación acumulativa tiene como finalidad determinar el grado de logros alcanzados en 
función de los objetivos del aprendizaje propuestos inicialmente y proporcionar antecedentes de calificación a 
los y las estudiantes y su promoción. 
ARTICULO 40. EVALUACIÓN INTEGRAL, DIALÓGICA Y FORMATIVA 
Integral: en tanto reconoce la relación permanente y vivencial entre los tres ámbitos fundamentales de la 
educación: la evaluación de los aprendizajes de los y las estudiantes, la evaluación de las prácticas 
profesionales de los maestros y la evaluación de la gestión institucional que se realiza en los colegios. 
Dialógica: Los resultados de las evaluaciones y su uso pedagógico propician en el contexto escolar relaciones 
comunicativas y de diálogo, en cuanto articula los propósitos del maestro como sujeto de la enseñanza, los 
intereses de los y las estudiantes como sujeto de aprendizaje y formación, y las expectativas de los padres de 
familia frente a la propuesta formadora de la escuela. 
Formativa: La evaluación como escenario para desaprender y aprender lo nuevo, lo diferente, todo aquello 
que las evaluaciones ponen a disposición de docentes educadores, autoridades educativas, administradores 
públicos, estudiantes y ciudadanía como herramientas para el mejoramiento sostenido de la calidad educativa. 
ARTICULO 41.LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO 1290 DEL 2009.
SISTEMAS INSTITUCIONALES DE EVALUACIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES. 
A. PROPÓSITOS: 
1) Apreciar los progresos alcanzados por los y las estudiantes, de acuerdo a los patrones formulados en los 
estándares. 
2) Determinar por medio de las evaluaciones institucionales periódicas, la eficiencia de los planes, programas 
institucionales, instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los cambios o ajustes 
convenientes. 
3) Estimular las aptitudes y analizar los intereses de los y las estudiantes hacia diversas actividades del saber, 
esto se hace en las reuniones de nivel y de evaluación. 
4) Desarrollar en los y las estudiantes la capacidad de autocrítica para conocer y analizar sus potencialidades 
y limitaciones en su proceso de formación. 
5) Contribuir a la formación de la personalidad del o la estudiante mediante la participación activa en su propio 
aprendizaje y por consiguiente en el desarrollo de su personalidad y autonomía. 
6) Promover la actividad creadora y crítica de los y las estudiantes desde la perspectiva de competencias: 
ética, analítica, interpretativa, propositiva, constructiva y argumentativa. 
7) Favorecer el proceso de integración entre educador y educandos mediante la participación de estos en el 
proceso de desarrollo integral humano. 
8) La evaluación tendrá como meta fundamental proporcionar la información básica del progreso de 
aprendizaje de los y las estudiantes y las orientará hacia la búsqueda y aplicación de las medidas necesarias. 
9) Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de las relaciones adecuadas con la norma para resolver las 
dificultades que se le presentan al o la estudiante en los procesos de formación. 
B. PARA EL ESTUDIANTE 
A1 El o La estudiante debe conocer sus fortalezas y debilidades en el proceso de aprendizaje, y lo que debe 
hacer para superarlas. 
2) El o La estudiante debe motivar su propio progreso, tanto en el proceso como al finalizar este. 
3) El o La estudiante debe obtener una retroalimentación permanente de su trabajo que le permita optimizar 
sus logros. 
4) El o La estudiante debe generar una actividad de autoevaluación que le permita favorecer su aprendizaje 
en forma permanente. (Capitulo 4, numeral 5, D. 1290/2009). 
ARTICULO 42. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO 
Son factores de evaluación formativa para los alumnos y las alumnas, entre otros: los trabajos extra clase de 
investigación y consulta, los proyectos, los trabajos individuales y grupales en clase, los quizzes, las puestas 
en común, las exposiciones, las preguntas en clase, la asesoría extra clase, las prácticas de laboratorio y el 
trabajo de campo, los compromisos académicos, la participación activa, el respeto, la responsabilidad, la 
asistencia, la puntualidad, el interés, la motivación, la creatividad, el desarrollo personal, el trabajo 
colaborativo, la aplicación en la comunidad, la responsabilidad y la actitud investigativa. 
ARTICULO 43. NIVELACIÓN: Los alumnos y las alumnas que tengan asignaturas pendientes deben asistir a 
las actividades de nivelación al finalizar cada uno de los períodos académicos, de acuerdo con el calendario 
escolar. 
Las estudiantes de Primaria y de Bachillerato que no pierdan asignaturas no asistirán al Colegio el día de la 
nivelación. Este día libre constituye un estímulo para los y las estudiantes que aprueban todas las asignaturas.
a) Para ayudar a los alumnos y alumnas a prepararse para las recuperaciones, los profesores les entregarán 
guías de las asignaturas pendientes, las cuales deberán desarrollar en sus casas. 
b) Si el o la estudiante no presenta la guía desarrollada y completa, no estará bien preparado para la 
nivelación, motivo por el cual se le hará una amonestación escrita. 
c) Los y Las estudiantes llegarán con la guía ya desarrollada en las fechas previstas para los días de 
nivelación. 
d) En las actividades de Nivelación, los alumnos y las alumnas tendrán la oportunidad de discutir y aclarar 
inquietudes y recibir la debida orientación de sus profesores. 
ARTICULO 44. RECUPERACIONES: Al finalizar cada período académico, los alumnos y las alumnas con 
asignaturas pendientes recibirán un formato donde se resumen las competencias no alcanzadas. Las 
recuperaciones tendrán lugar después de las nivelaciones en las fechas previstas en la agenda o 
discriminadas por la secretaria o coordinación académica. 
ARTICULO 45. RECUPERACIONES DE PRIMARIA Y BACHILLERATO 
a. El alumno o La alumna que pierda asignaturas en primero, segundo y tercer período con valoración menor 
a 60 % deberá recuperar en las fechas previstas en el cronograma general del Colegio. Si aprueba la 
recuperación, tendrá como valoración final para el periodo un porcentaje de 60% en esa(s) asignatura(s). De 
no recuperar, la valoración será la misma obtenida en el periodo, dando prioridad al proceso académico 
desarrollado durante dicho periodo. 
c. Las recuperaciones de cada uno de los períodos se llevarán a cabo en las fechas previstas para esta 
actividad en las dos primeras horas de la jornada escolar. A partir de la tercera hora, las clases se realizarán 
en la jornada escolar normal de acuerdo con el horario del día interno correspondiente. 
e. Los resultados académicos del año escolar se definen al finalizar el cuarto periodo. Si al finalizar este 
periodo el promedio final del año está por debajo de 60% en una o dos asignaturas, deberá recuperarse toda 
la asignatura. 
f. Si un alumno o una alumna pierde el cuarto periodo, pero su promedio anual en la asignatura es superior al 
60% no presentará recuperación. 
g. El alumno o alumna que al finalizar el cuarto periodo tenga promedio por debajo de 60% en más de tres 
asignaturas, habrá perdido el año escolar. 
h. Si después de recuperaciones finales, el alumno o la alumna que debía recuperar dos asignaturas no logra 
el 60 % en ninguna de las dos, habrá perdido el año. 
i. El alumno o la alumna que al finalizar el cuarto periodo, pierde una asignatura para el año, tiene la 
posibilidad de recuperarla. Si pierde la recuperación, tendrá otra posibilidad de recuperación. 
k. La nota definitiva de las asignaturas no se cambia, aun cuando se haya aprobado la recuperación. En el 
comentario de boletín final se consignará el resultado de la recuperación. 
l. Para las recuperaciones finales de las asignaturas, El alumno o la alumna debe prepararse apoyándose en 
el material trabajado y utilizado durante el año escolar. Para estas recuperaciones, El alumno o la alumna no 
recibirá guías y su preparación estará bajo su propia responsabilidad. 
ARTICULO 46. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES 
El Comité de Evaluación y Promoción funciona para todos los niveles de Primaria a Grado undécimo, su 
responsabilidad consiste en evaluar el desarrollo de competencias académicas, seguir el proceso de 
crecimiento disciplinario, ético-social y tomar las decisiones de promoción. Este proceso será verificado por la
Comisión de Evaluación y Promoción. 
La Comisión de Evaluación y Promoción está integrada por El Rector (o su delegado), El coordinador del 
nivel (pria, sdaria, sabatino), el director de grupo, un docente del grado a que representan, un padre de familia 
del grado que representan y el personero estudiantil( o su delegado del consejo estudiantil). Los que verifican 
el proceso llevado a cabo por el Comité de Evaluación y Promoción. 
En reunión general de profesores al final de cada período se dará el informe de todas las áreas, el director del 
grado tomará atenta nota y llevará esta información a la reunión de comité de evaluación donde se tomarán 
las decisiones pertinentes. 
Durante las primeras semanas del año lectivo, después de conformar el nuevo gobierno escolar, a través del 
consejo estudiantil se conformará las respectivas comisiones de evaluación y promoción Y se presentará el 
procedimiento para dar cumplimiento a la promoción de los estudiantes durante los periodos del año lectivo. 
La institución educativa deberá dejar claridad sobre las funciones y reglamento que rigen a las comisiones de 
evaluación y promoción, de tal manera que garanticen el derecho al debido proceso según el artículo 26 de la 
ley 1098, de los estudiantes que no logren la promoción. 
ARTICULO 47 CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACION: El Colegio ha optado por la promoción 
anual para dar cumplimiento a los lineamientos contemplados en el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009. A 
partir de la publicación del presente decreto todos los establecimientos educativos realizarán las actividades 
preparatorias pertinentes para su implementación. 
Al finalizar el año escolar, el Comité de Evaluación y Promoción será el encargado de evaluar cuáles 
estudiantes deben repetir un grado determinado y esta resolución será validada por el Consejo Directivo. 
ARTICULO 48. CAUSALES PARA LA REPETICIÓN DE UN GRADO. 
a) Alumnos o Alumnas con valoración final deficiente o bajo (D), menos del 60%, en tres o más asignaturas. 
b) Alumnos o Alumnas que hayan tenido valoración final deficiente o bajo (D), menos del 60% en matemáticas 
y lenguaje (español o inglés) durante dos grados consecutivos. 
c) Alumnos o Alumnas que hayan dejado de asistir a más del 20% de las actividades académicas de acuerdo 
a la intensidad horaria de cada asignatura durante el año escolar. 
d) Alumnos o Alumnas que al finalizar el año escolar hayan quedado con dos asignaturas con valoración 
menor del 60% (deficiente o bajo) y no aprueben ninguna de las dos asignaturas en la recuperación. 
e) Alumnos o Alumnas a las que se les otorgará el grado de bachiller cuando tengan todas las asignaturas 
igual o por encima de 60%. Si tienen asignaturas pendientes podrán alcanzarlas a través de las 
recuperaciones programadas. Los(as) estudiantes del grado undécimo con asignaturas y proyectos 
pendientes después de las recuperaciones, deberán continuar con su proceso académico con el fin de 
obtener las valoraciones requeridas y presentarán pruebas especiales en el siguiente año lectivo o escolar. Su 
grado se programará una vez terminen y aprueben las evaluaciones correspondientes a las asignaturas y/o 
sea aprobado el nuevo Proyecto. 
Si el alumno o alumna ha tenido bajo rendimiento académico durante gran parte del año escolar y/o tiene 
pendiente alguna de las asignaturas mencionadas en el Decreto 230 Artículo 9º del Ministerio de Educación 
Nacional y es promovido o promovida al siguiente curso, con preocupación por parte del Colegio, el o la 
alumna y sus padres, firmarán una Acta de Compromiso Académico. En esta Acta, tanto el alumno o la 
alumna como sus padres o acudientes, se comprometen a mejorar su rendimiento escolar. De no cumplir este
compromiso, el alumno o la alumna podrá tener MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN O PERDER EL CUPO EN 
EL COLEGIO. 
Si un alumno o alumna firma Acta de Compromiso Académico y/o Acta de Compromiso en su mejora 
disciplinaria o actitudinal durante el año escolar, el Comité de Evaluación y Promoción decide si él o la 
estudiante continua con el Compromiso(s) o se levanta(n) para el siguiente año escolar. 
Si el alumno o la alumna inicia el año escolar con Matrícula en observación y su rendimiento académico es 
muy bajo o su disciplina es deficiente, perderá el cupo en el Colegio, acogiéndose a las sentencias de la corte 
constitucional en esa referencia. 
La posibilidad de volver a cursar el año no promovido está condicionado a: 
• Disponibilidad de cupo. 
• Evaluación del desarrollo cognoscitivo y ético-social del alumno o la alumna por parte del Comité 
De Evaluación y Promoción y decisión de Rectoría. 
• No haber repetido año anteriormente en el Colegio. 
• No haber presentado problemas repetitivos de disciplina y/o conducta. 
• La edad, intereses y prioridades del posible alumno o alumna repitente. 
• Otras razones anotadas en el presente Reglamento Interno o Manual de Convivencia. 
En caso de que un alumno o alumna intente o cometa fraude en las actividades pedagógicas de evaluación: 
quizzes, previas, exámenes, trabajos aplicados en las clases o fuera de ellas, y/o en las actividades de 
nivelación y/o recuperaciones, entregue o reciba información a través de gestos, conversaciones, etc., o sea 
sorprendido o sorprendida o evidenciado(a) usando cualquier documento escrito o enviando mensajes de 
texto por el celular, se procede a la anulación de la prueba y obtendrá una calificación del 10% ; y se remite el 
caso a Comité de disciplina Ético y Social. LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO PALACIO RUDAS, 
promueve esfuerzos para que todos sus alumnos y alumnas tengan un excelente rendimiento académico en 
cada periodo, que superen sus dificultades en el proceso de aprendizaje, en la adquisición y desarrollo de 
competencias y en su comportamiento social y espiritual durante el año escolar para que puedan ser 
promovidos(as) de un grado a otro. 
Un alumno o alumna puede perder su condición como tal en LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO 
PALACIO RUDAS, en cualquiera de los siguientes casos por motivos académicos: 
a) No aprobar las asignaturas propuestas para el año escolar en repitencia por segundo año. 
b) Cuando la calidad de su trabajo no se ajusta a los requerimientos del grado y del Colegio, a pesar de haber 
obtenido diversas ayudas educativas propuestas como refuerzo. 
c) Cuando el alumno o alumna ha repetido un grado cualquiera que sea, no podrá repetir nuevamente otro 
año en el Colegio. 
d) Cuando la familia incumple con el Contrato de Matrícula y/o con aquellos compromisos especiales 
acordados como requisitos de ésta. 
e) Cuando el alumno o alumna hayan aprobado las materias en el año, pero su comportamiento ético-social 
y/o académico, y su disciplina no estén acordes con los principios del Colegio, expresados en el Reglamento 
Interno o Manual de Convivencia (PEI). 
f) Alumnos y Alumnas que firman Acta de Compromiso Académico y/o Actitudinal, y/o Matrícula En 
Observación y que incumplan los compromisos no se les renovará la matrícula. 
Por política institucional, en LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO PALACIO RUDAS, solamente se podrá 
repetir un grado, previo estudio del Comité de Evaluación y Promoción, de la disponibilidad del cupo y de la 
aprobación de Rectoría. 
En caso de repetición, se firmará un Acta de Compromiso Académico, se hará un seguimiento integral al 
desarrollo y evolución del alumno o la alumna, contemplando también los aspectos disciplinarios y ético 
sociales, así como su desempeño curricular. Los alumnos o alumnas cuyo desempeño académico y/o
actitudinal haya sido bajo o deficiente durante el año escolar, firmarán con sus padres Acta de Compromiso 
Académico y/o Actitudinal en el momento de la matrícula. De continuar así en el siguiente año escolar, el 
alumno o la alumna perderán el derecho a la renovación de la Matrícula. 
ARTICULO 49. INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE 
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Si 
un alumno o alumna o padres, tienen inquietudes acerca del resultado de las evaluaciones pueden pedir cita 
con el profesor de la asignatura en cuestión para aclarar sus dudas. En caso de que las aclaraciones 
suministradas por el docente encargado, no sean consideradas suficientes o satisfactorias por el alumno o la 
alumna o padres, estos, podrán acudir al director de grupo, si esto no fuera suficiente se acudirá a la 
coordinación académica, siempre siguiendo el debido proceso. 
Si la reclamación no es suficientemente aclarada se podrá pedir cita al Comité de Evaluación y Promoción en 
cabeza del Rector para tratar el tema, aclarando que ello, no representa garantía de cambio en los resultados 
si la reclamación carece de sentido, validez o fundamento real. 
PARAGRAFO: Como el fin primordial de la Institución es contribuir al desarrollo de las potencialidades 
Espirituales, morales, intelectuales, físicas y estéticas de los alumnos y las alumnas, a través del aprendizaje 
y con la participación activa en la búsqueda de soluciones para responder a las demandas socio-culturales 
que exige el mundo en permanente cambio, los y las estudiantes tendrán derecho a recibir orientación de 
carácter pedagógico formativo por parte de Directivos, Docentes, Directores de Grado y Servicio de 
Psicoorientación. 
CAPITULO IV 
PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGOGICOS 
ARTICULO 50. PROGRAMA DE DIRECCIÓN DE GRUPO 
Con el fin de crear un espacio formativo y sistemático, se ha organizado el Programa de Dirección de Grupo, 
que tiene los siguientes objetivos: 
1- El compromiso en la construcción de una sociedad que reconozca los valores y la dignidad humana. 
2- La formación del ser humano para la práctica de la libertad y la participación activa en la solución de 
problemas sociales. 
3- La integración progresiva de valores deseables en la vida de los y las estudiantes. 
El director de grupo trabajará en coordinación con otros estamentos formadores de la comunidad para buscar 
la internalización y desempeño de los valores y la participación comprometida de toda la comunidad. 
ARTICULO 51. PROGRAMA DE ESTUDIANTES ADELANTADOS(AS) EN MATEMATICAS 
Con el fin de estimular a los alumnos y alumnas más sobresalientes en la asignatura de matemáticas y poner 
al servicio de sus demás compañeros y compañeras sus habilidades y capacidades, se ha organizado un 
programa de tutorías individualizadas y orientadas por los y las estudiantes para sus compañeros, bajo la 
supervisión de los profesores del área. Soportados en la creencia eficaz que quien enseña aprende aún mejor, 
los estudiantes y las estudiantes sobresalientes ayudarán a sus compañeros y compañeras con menor grado 
de comprensión durante al menos 2 horas en la semana, mediante programación del profesor del área, para 
trabajo en grupos o dúos, que han demostrado ser muy eficientes para ayudar a la comprensión, asimilación y 
fortalecimiento del conocimiento toda vez que los y las alumnas son protagonistas de sus avances y lideran
los estudios de sus propios compañeros y compañeras que reflejan dificultades en la asignatura. El Colegio 
brinda un reconocimiento representado en un certificado de honor a los tutores y tutoras al finalizar el año 
lectivo como respuesta por realizar dicha orientación en sus demás compañeros(as). 
ARTICULO 52. PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA 
LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, brinda apoyo y respalda toda acción 
que conduzca a la formación de lectores(as) y de escritores(as) en la medida que es consciente que la lectura 
es una actividad primordial tanto para un buen desempeño académico, como para comprender mejor el 
mundo e interactuar positivamente en él. El equipo DE GESTION ACADEMICA, junto con los docentes de 
español, no sólo apoya la actividad docente y académica, sino que mediante un Programa de Promoción de la 
Lectura, pretende lograr un acercamiento tanto afectivo como intelectual de los alumnos y las alumnas al texto 
escrito. Los objetivos de este programa son: 
• Propiciar espacios de encuentro con el libro y los diferentes materiales de la biblioteca. 
• Contribuir a la formación de lectores autónomos, críticos y selectivos. 
• Apoyar el proceso de aprendizaje de la lectura. 
• Reconocer el valor estético de la obra literaria. 
• Vivenciar la literatura como una experiencia que le permite al lector descubrirse, mirarse, reconocerse y 
sobretodo transformarse. 
• Incorporar la lectura como una actividad cotidiana y voluntaria para la vida. 
• Desarrollar habilidades de búsqueda y de manejo de la información en las bibliotecas. 
• Contribuir en la formación en valores como parte fundamental de la filosofía del Colegio. 
Este programa tiene como eje central la realización de talleres desde primaria hasta sexto. Cada grupo tiene 
asignada semanalmente una hora de taller de lectura en la clase de español. 
Las actividades que se desarrollan en los talleres son variadas y su programación es flexible. Se trabajan 
tanto textos literarios como informativos, se recomiendan lecturas, se dialoga sobre lo leído, se familiariza a 
los y las estudiantes con las diferentes colecciones de la biblioteca y se ejercitan en la búsqueda de 
información. En estos talleres hay un espacio para la selección y préstamo de libros. 
ARTICULO 53. PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL (PRAES) 
Con el desarrollo del Programa de Educación Ambiental y anexos se busca fomentar en los alumnos y las 
alumnas, los profesores y en general la Comunidad Educativa, sensibilización y conciencia sobre la riqueza 
del entorno y la necesidad de preservar sus recursos, a través de programas y proyectos planeados y 
ejecutados de forma integral por diferentes miembros del Colegio y asignaturas del conocimiento. De acuerdo 
con los principios de respeto y la preservación de los recursos, debemos reconocer el compromiso y relación 
que como seres humanos tenemos con el medio, por lo cual en la Educación Ambiental se abre un espacio 
para discutir situaciones y hechos reales que afectan nuestro entorno, proponer soluciones de trabajo viables 
a corto, mediano y largo plazo y evaluar su efecto en el medio, para así constantemente renovar nuestras 
acciones en búsqueda de la preservación de los recursos y el mejoramiento de nuestra calidad de vida. Se 
pretende llevar a los y las alumnas a entender y asumir este compromiso, recibirán una guía y 
acompañamiento por parte de los docentes de Biología y Química, Ciencias Naturales y Sociales donde se 
aborda a los alumnos y alumnas en el desarrollo de autonomía y toma de decisiones, pensando en el bien 
común; así como contribuimos con su formación integral donde la participación comunitaria, las necesidades 
del otro y la sensibilización por las cosas pequeñas que nos rodean se hacen fundamentales. 
ARTICULO 54. PROYECTOS DE PRIMARIA 
Se considera ésta una estrategia pedagógica que facilita la implementación de los principios del
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  • 1. INDICE. Pag. CAPITULO: I INTRODUCCION 2 Qué es el Manual de Convivencia? 3 ¿Para qué sirve el Manual de Convivencia? 3 CAPITULO I I PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P E I. ARTICULO 6. INTRODUCCIÓN 4 ARTICULO 7. PRESENTACIÓN 4 ARTICULO 8. FINES Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES 4 A. FINES DE LA EDUCACIÓN 4 B. OBJETIVOS GENERALES 5 C. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 5 ARTICULO 9. RESEÑA HISTÓRICA 5 A. RAZÓN SOCIAL. 5 B. FUNDAMENTACIÓN LEGAL 6 ARTICULO 10. MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR. 6 ARTICULO 11. OBJETIVO GENERAL DEL MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR 7 ARTICULO 12. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 7 ARTICULO 13. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS 8 ARTICULO 14. MISIÓN 9 ARTICULO 15. VISIÓN 9
  • 2. CAPITULO III SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 16. ASPECTOS Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACION 10 ARTICULO 17. LOS CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION 11 ARTICULO 18. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. 12 ARTICULO 19. DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. 13 ARTICULO 20. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. 14 ARTICULO 21. VALORACIÓN INTEGRAL 14 ARTICULO 22. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 15 ARTICULO 23. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES 16 ARTICULO 24. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. 16 ARTICULO 25. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS LAS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION. 16 ARTICULO 26. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. 17 ARTICULO 27. LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN. 17 ARTICULO 28. LAS INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACION Y PROMOCION. 17 ARTICULO 29. PROCEDIMIENTOS 18 ARTICULO 30. MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD LOS EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. 18 ARTICULO 31. PROMOCIÓN ESCOLAR: (Artículo 6, Decreto 1290 de 2009): 19
  • 3. ARTICULO 32. REPROBACIÓN DE GRADO PARA BÁSICA PRIMARIA 19 ARTICULO 33. REPROBACION PARA LOS GRADOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO. NOVENO, DÉCIMO Y UNDÉCIMO 19 ARTICULO 34. SOBRE PROMOCIÓN ANTICIPADA 20 ARTICULO 35 REGISTRO ESCOLAR 20 ARTICULO 36. CONSTANCIA DE DESEMPEÑO 20 ARTICULO 37 GRADUACIÓN: 20 ARTICULO 38. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA 21 ARTICULO 39. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ANUAL 21 ARTICULO 40. EVALUACIÓN INTEGRAL, DIALÓGICA Y FORMATIVA 21 ARTICULO 41. LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO 1290 DEL 2009. 22 ARTICULO 42. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO 22 ARTUCLO 43. NIVELACIÓN: 22 ARTICULO 44. RECUPERACIONES: 23 ARTICULO 45. RECUPERACIONES DE PRIMARIA Y BACHILLERATO 23 ARTICULO 46. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES 23 ARTICULO 47. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACION: 24 ARTICULO 48. CAUSALES PARA LA REPETICIÓN DE UN GRADO. 24 ARTICULO 49. INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: 26 CAPITULO IV PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGOGICOS ARTICULO 50. PROGRAMA DE DIRECCIÓN DE GRUPO 26 ARTICULO 51. PROGRAMA DE ESTUDIANTES ADELANTADOS(AS) EN MATEMATICAS 26 ARTICULO 52. PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA 27 ARTICULO 53. PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL (PRAES) 27
  • 4. ARTICULO 54. PROYECTOS DE PRIMARIA 28 ARTICULO 55. PROYECTO INTERDISCIPLINARIO EN BACHILLERATO 28 ARTICULO 56. PROYECTO TRANSVERSAL DE COMUNICACIÓN 28 ARTICULO 57 PROYECTOS DE HÁBITOS ESCOLARES Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS 29 ARTICULO 58. PROYECTO TALLERES DE ARTICULACIÓN Y ESCUCHA 29 ARTICULO 59. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 29 CAPITULO IV LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA. ARTICULO 60. ¿QUÉ ES LA COMUNIDAD EDUCATIVA? 30 ARTICULO 61. ¿QUIÉNES CONFORMAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA? 30 ARTICULO 62. PERFIL DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA 31 ARTICULO 63. RECTOR 32 ARTICULO 64. COORDINADOR ACADEMICO 32 ARTICULO 65.COORDINADOR PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL 32 ARTICULO 66. PSICO - ORIENTADOR(A) ESCOLAR 32 ARTICULO 67. EDUCADOR(A) 33 ARTICULO 68. ASISTENCIALES 33 ARTICULO 69. PADRES DE FAMILIA 33 ARTICULO 70. LOS ESTUDIANTES 34 ARTICULO 71. COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COFRADISTA. 34 ARTICULO 72. RECTOR 35 ARTICULO 73. COORDINADOR ACADEMICO 36 ARTICULO 74. COORDINADOR PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL 37 ARTICULO 75. PSICO - ORIENTADOR(A) ESCOLAR 38 ARTICULO 76. EDUCADOR(A) 39 ARTICULO 77. DIRECTOR DE CURSO 41 ARTICULO 78. LÍDER DE AREA 42
  • 5. ARTICULO 79. ASISTENCIALES 43 ARTICULO 80. PADRES DE FAMILIA 44 ARTICULO 81. DERECHOS Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES 46 ARTICULO 82. PROGRAMA DE SERVICIO SOCIAL 56 ARTICULO 83. BENEFICIOS, ESTIMULOS 56 ARTICULO 84. NORMAS PARA LA PRESENTACION PERSONAL 58 CAPITULO V NORMAS PARA EL USO DE DEPENDENCIAS ARTICULO 85. QUE SON LAS NORMAS? 59 ARTICULO 86. BIBLIOTECA 59 ARTICULO 87. AULAS ESPECIALIZADAS 59 ARTICULO 88. MATERIAL DE DEPORTES 59 ARTICULO 89. AULA MAXIMA 59 ARTICULO 90. EMISORA 59 ARTICULO 91. PRAES. AMBIENTE ESCOLAR. 60 CAPITULO VI PROTOCOLOS Y RUTAS PARA LA ATENCION DE SITUACIONES. ARTICULO 92. CONDUCTO REGULAR. 60 ARTICULO 93. INSTANCIAS DEL CONDUCTO REGULAR O RUTA DE ATENCIÓN 60 ARTICULO 94. PROCEDIMIENTOS PARA ALGUNAS SITUACIONES ESPECIALES. 60 1 ) PROCEDIMIENTOS GENERALES O INSTANCIAS 60 2) AUSENCIAS 3) RETARDOS DE LLEGADA A CLASES 61 4) DAÑOS AL MOBILIARIO Y PLANTA FÍSICA ARTICULO 95. ¿QUÉ SON LAS FALTAS? 62 1) DISCIPLINA 62 2) FALTAS. 63
  • 6. ARTICULO 96. FALTAS LEVES 63 ARTICULO 97. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES 64 ARTICULO 98. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS LEVES: 65 ARTICULO 99. FALTAS GRAVES 65 ARTICULO 100. DEBIDO PROCESO EN FALTAS GRAVES. 68 ARTICULO 101. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS GRAVES 69 ARTICULO 102. FALTAS ESPECIALMENTE GRAVES 70 ARTICULO 103. CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA / ACCIONES REEDUCATIVAS POR FALTAS ESPECIALMENTE GRAVES 73 ARTICULO 104. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DE CUPO EN EL COLEGIO 74 ARTICULO 105. DEL DERECHO A LA DEFENSA 74 ARTICULO 106. ¿QUÉ SON LOS CORRECTIVOS? 74 ARTICULO 107. TIPOS DE CORRECTIVOS 75 ARTICULO108. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES 75 ARTICULO 109. SANCIONES 75 ARTICULO 110. CAUSALES PARA LA NO PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES EN CEREMONIA 76 ARTICULO 111. PROCEDIMIENTO RESPECTO A LOS RECURSOS DE APELACIÓN Y/O REPOSICIÓN. 76 ARTICULO 112. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 76 ARTICULO 113. ÓRGANOS QUE FACILITAN LA PARTICIPACIÓN 79 ARTICULO 114. RUTA DE ATENCION. 80 CAPITULO VII APROBACION DE ESTUDIOS, MATRICULAS, UNIFORMES, REGLAMENTOS. ARTICULO 115. IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO 81 ARTICULO 116. HORARIOS 81 ARTICULO 116. MATRÍCULA 82
  • 7. A. PROCESO DE ADMISIONES Y MATRÍCULA 82 B. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA 83 C. DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA 83 D. COSTOS POR SERVICIOS 83 ARTICULO 117. UNIFORMES 83 ARTICULO 118. MEDIOS DE COMUNICACIÓN 86 ARTICULO 119. VARIOS Y OTROS SERVICIOS 86 ARTICULO 120. REGLAMENTO DE USUARIOS DE LAS AULAS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA: 88 ARTICULO 121. NORMAS BÁSICAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS AULAS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA 89 ARTICULO 122. DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS 89 ARTICULO 123. CAUSALES DE SANCIÓN: SON CAUSA DE SANCIÓN LAS SIGUIENTES ACCIONES: 91 ARTICULO 124. SANCIONES 91 ARTICULO 125. REGLAMENTO DE PISCINA 92 ARTICULO 126. REGLAMENTO SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR 94 ARTICULO 126. SIMBOLOS DEL COLEGIO 100 A. EL ESCUDO B. LA BANDERA C. EL HIMNO VIGENCIA DEL MANUAL 102 FIRMA DE ACEPTACION 103
  • 8. INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS HONDA TOLIMA NIT 890701233-7 MANUAL DE CONVIVENCIA RESOLUCIÓN NÚMERO 001 de Enero 17 de 2014. Por la cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar, para el año lectivo 2014 - 2015. El Rector como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia superior de la Institución Educativa Técnica ALFONSO PALACIO RUDAS, en uso de sus atribuciones Legales y especial las conferidas por el Artículo 144 de la ley 115 del 8 de Febrero 1994, en concordancia con el Artículo 23 del decreto 1860 de 1994 y; CONSIDERANDO 1. Que es deber de la Comunidad Educativa dar cumplimiento y aplicación a la ley de manera inexcusable, ineludible e inaplazable, de manera estricta en lo referente a las normas, leyes, Sentencias de la Honorable Corte Constitucional, decretos y los Derechos Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de protección de la Infancia, La Constitución de 1991, tener en cuenta las disposiciones de la Ley Nº.1620 de 15 de marzo de 2013 "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". Decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013. "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013. Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 Ley de Infancia y la adolescencia en los 21 artículos de pertinencia escolar, La Ley 115 del 8 de febrero de 1994, Ley 87/93, Ley 734/02, Ley 1278/02, Decreto 1883/02, Decreto 3011/97, Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de 2002, Decreto 1850 de 2002, Decreto 3020 de 2003, Decreto 3055 de 2002, Ley No 1014 del 26 de enero de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento y demás reglamentaciones vigentes, así como el Código del Menor en sus artículos 320 a 325 y decreto 1290 del 16 de abril de 2009. 2. Que se debe dotar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA TOLIMA, de un Instrumento legal que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad e identidad con autoridad, la responsabilidad y la disciplina, respeto y fomento de los principios espirituales y de autoestima, en pertinencia a la filosofía de la Institución, el acato a las disposiciones del Plantel y que a la vez se fijen estímulos para una formación Integral, respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Dando estricto cumplimiento a la Ley Nº. 1620 de 15 de marzo de 2013. "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" y al Decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013 "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013” y a la ley 1098 de infancia y adolescencia en sus artículos 7, 15, 18, 19, 20 numeral 1 y numeral 4 y también a los artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente. 3. Que tanto los y las estudiantes, como Padres de Familia y Docentes deben tomar conciencia de su responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos de nuestra Institución en pro de la comunidad y por ende deben comprometerse de manera irrenunciable e inexcusable en el proceso educativo. Que es necesario reconocer los derechos y deberes que le corresponden a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, para velar por el Obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y a los Artículos mencionados en el numeral 2 y dando igualmente pertinencia a la ley de Los garantes, Artículo 25 del código penal de 2000, -Ley 599-.
  • 9. 4. Que la Institución debe procurar el bienestar de los y las estudiantes y velar por su vida, Integridad, su dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa y cognitiva curricular de su integral formación en las áreas formativa, educativa, tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como Psicológica, emocional, social y moral, fijando las normas que así lo garanticen. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en Sus artículos 18, 20 numeral 1 y numeral 4 y los artículos 41, 42, 43 Y 44. 5. Que se deben precisar los mecanismos de participación democrática. Dando así estricto cumplimiento a los Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. 6. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación democrática y planteamientos formulados por representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y Comunidad educativa en lo que se permite consensuar y que está estrictamente en cumplimiento de la normativa de ley vigente por cuanto la obediencia a la ley y su acatamiento NO es en consenso, sino de obligatorio cumplimiento, avalado y aprobado en Consejo Directivo según acta No. 001 de Enero 14 de 2014. RESUELVE: CAPITULO I ARTICULO: PRIMERO: Derogar los anteriores Manuales de Convivencia en su totalidad. ARTICULO: SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia en donde aparecen los criterios que rigen la Comunidad Educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA TOLIMA. ARTICULO: TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia será revisado constantemente, para que se logren efectuar los ajustes necesarios, cambios, adiciones y reformas pertinentes para darle estricto cumplimiento, acato y obediencia a la jurisprudencia legal vigente y los decretos de articulación educativa. ARTICULO: CUARTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia, con todos sus anexos, entra en vigencia a partir del 17 de enero de 2014. ARTICULO: QUINTO: Adóptese el siguiente: MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS HONDA TOLIMA 2014-2015 “Modelo transformador, formando de manera Integral” INTRODUCCION Hacemos saber a las autoridades pertinentes, competentes y afines a los procesos enmarcados en el presente texto de manual de convivencia, tanto administrativas, civiles, educativas, jurídico - legales y penales u otros, que el presente manual de convivencia, se rige, se soporta y se acoge al artículo 01 de la Constitución Nacional, toda vez que para nuestra Institución Educativa, su Rector(a) y su Consejo Directivo así como la Comunidad en pleno, la constitución es norma de normas y ley de leyes y que según aduce la Constitución Nacional artículo 01, prevalece en toda instancia el interés general y de la comunidad, por encima del particular, en un estado social de derecho. Por ello, presentamos en contexto jurisprudencial de manera detallada y específica cada una de las instancias, conducto regular, soporte jurídico como ley de infancia y adolescencia 1098 y sentencias de la
  • 10. corte constitucional, para dar así respuesta al obligatorio cumplimiento al debido proceso (artículo 29 C.N. – artículo 26 de ley 1098 de infancia y adolescencia). La comunidad educativa de la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS de Honda Tolima, con el fin de posibilitar la construcción de espacios de convivencia y tolerancia, que permitan el pleno desarrollo de los educandos para el futuro, para que cada día representen más la imagen del educando integral, debe actuar coherentemente con la misión y la filosofía de formación basada en la responsabilidad, el respeto, la disciplina, el éxito, la paciencia, la fraternidad, la convivencia, la sencillez, la humildad, así como la verdadera educación objetiva y armónica de calidad con la cual nos hemos comprometido como institución. El proyecto educativo de nuestra institución, P.E.I., se tomará como el referente base de la estructura de esta función social, fundamentado en el Manual de Convivencia, que debe estar ligado a la cultura democrática, educación ciudadana, formación de valores y el crecimiento individual y colectivo en lo cognitivo, curricular, moral, comportamental, físico y espiritual, trabajando desde la toma de conciencia, el compromiso en la construcción de la comunidad, como es referente de una educación integral y en obediencia, acato y consonancia con la normativa legal y penal vigente en los términos necesarios. Qué es el Manual de Convivencia? El Manual de Convivencia Educativo representa el Canon de normas, reglas, comportamiento, que llevan y guían al ejemplo y testimonio de un alumno o alumna valioso(a), con identidad, con carácter, que se somete y sujeta a la autoridad y que ejerce liderazgo a través de todas sus acciones y comportamientos, consciente que su desempeño es ejemplo vital en la vida de todos los demás miembros de la comunidad; El Manual nos proporciona unos principios generales de los que se derivan lógicamente las normas y los procedimientos a seguir en los diferentes casos que puedan presentarse, permitiéndonos una mejor integración y una mayor eficiencia en el quehacer educativo, además de dar estricto cumplimiento a los lineamientos de ley pertinentes al ámbito legal y educativo que nos compete como institución. El Manual, por último, contiene el compromiso claro de todos los miembros de la comunidad, fundamentado en el derecho a la educación como un DERECHO-DEBER, tal como lo expresan claramente las sentencias de la corte constitucional a ese respecto, que enmarcan así la responsabilidad como ejemplo y muestra de una educación integral, asumida y que cobra vida en el colegio en todas sus actividades. ¿Para qué sirve el Manual de Convivencia? Toda institución educativa, debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que faciliten las acciones que emprenda para la consecución de los logros propuestos. Por ello, es indispensable que la comunidad conozca, concierte, promueva y acate las normas mínimas de convivencia y fraternidad en el ámbito escolar, un documento donde se consignen los canales y los procedimientos que se han de utilizar para el manejo de las diversas situaciones, facilitando con ello, la realización de las diversas actividades y la vida misma de la institución en un ambiente de convivencia y entendimiento mutuos. Las normas, los procedimientos, la prevalecía de los derechos y el cumplimiento de los deberes son las bases que nos permitirán la consecución de las metas y los ideales que nos hemos fijado y por consiguiente, del crecimiento y maduración humana, cognitivo–curricular, convivencial y espiritual a que aspiramos todos los miembros de ésta comunidad educativa, ya que son pilares de nuestro énfasis, de tal forma que para el presente Manual de convivencia en obediencia al artículo 7 de la ley de Infancia 1098, los alumnos y las alumnas son considerados individuos de derechos y también de deberes como lo consigna el artículo 15 de la misma ley 1098 de infancia y adolescencia, que gozan de derechos, deberes, premios o estímulos, al igual que
  • 11. sanciones de acuerdo al debido proceso. CAPITULO I I PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P E I. ARTICULO 6. INTRODUCCIÓN El Proyecto Educativo Institucional (PEI) busca guiar, orientar, transformar el quehacer educativo, porque logra articular las distintas acciones e instancias, teniendo en cuenta el pasado para transformar el presente y planear el futuro. Es un proyecto donde la Comunidad Educativa es gestora y busca resolver sus necesidades y expectativas enmarcadas en las políticas y disposiciones legales. El Proyecto Educativo Institucional es el facilitador para lograr los objetivos y metas para mantener el nivel de exigencia y de calidad de la institución. ARTICULO 7. PRESENTACIÓN Inherente a la esencia misma de toda institución se encuentra su componente de desarrollo y educación integral del ser, como aquella base sobre la cual el alumno y la alumna se entienden a sí mismos y a partir de la cual definen lo que pueden y debe ser su quehacer práctico. Durante todos los procesos de la institución, en referencia a la educación colombiana, ha sido reto y exigencia la continua reactualización de sus principios, metas y fundamentos, de tal manera que sean cada vez más reales y adecuados para su ser y su quehacer en beneficio de los alumnos y las alumnas. ARTICULO 8. FINES Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES ” A. FINES DE LA EDUCACIÓN De acuerdo con la ley 115, que explicita el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a: 1. El pleno y libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, siempre que no vulnere o agreda derechos de terceros. 2. La formación en el respeto, la tolerancia y la convivencia, como espacio para el desarrollo democrático y pluralista. 3. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. 4. El crecimiento y desarrollo integral físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, afectivo, cívico y demás valores humanos. 5. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico. 6. La formación para la promoción y conservación de la higiene, la salud y la prevención de problemas sociales. 7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura. 8. La educación como tal, siendo un derecho inaplazable, irrenunciable y de carácter abierto, de calidad y concertación, para el presente manual, dicho derecho a la educación, estará sujeto a las disposiciones que emana la corte constitucional en referencia al mismo, toda vez que el alumno o la alumna o sus padres o acudientes no comportan el cumplimiento de los deberes, asignaciones y tareas que se obligan a cumplir, una vez han adquirido dicho derecho al momento de suscribir la matrícula y la aceptación del presente manual, traducido esto significa aceptación y obediencia a las sentencias de la honorable corte constitucional, ley de
  • 12. infancia y adolescencia 1098, ley de los garantes y articulados de la normativa educativa colombiana. ( art. 8.) B. OBJETIVOS GENERALES 1. Integrar una verdadera familia educativa cofradista, a través de una educación de calidad, sea un valioso ejemplo de la calidad humana que garantice la formación de personas e individuos, comprometidos integralmente con la vida, la familia y la sociedad como muestra de su formación integral en el colegio. 2. Formar alumnos y alumnas con una actitud reflexiva, crítica, autocrítica, democrática y participativa frente a los acontecimientos científicos, tecnológicos, culturales, políticos y sociales. 3. Formar un alumno y alumna integral con base en los principios de la moral, el respeto, la tolerancia y la convivencia, que enmarca la filosofía y principios institucionales que profesamos. Sobresaliendo como excelentes alumnos y alumnas en todas las áreas de la educación y en general de la sociedad como resultado de una educación y formación con alto contenido en valores y principios, como lo demanda la sociedad actual. C. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 7 1. Construir una familia Cofradista conformada por la comunidad con visión y misión educativa cuyo principio de vida se fundamente en una educación integral que personalice, humanice y socialice. 2. Presentar una cosmovisión del hombre, de la vida, de su historia, del saber y del mundo, partiendo del ejemplo y proceder propio. 3. Considerar al alumno y la alumna de la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, como razón de ser de la institución y como centro de su acción educativa. 4. Orientar la formación de la familia educativa cofradista de tal forma que se tome conciencia del valor del alumno y la alumna como persona, como sujeto de su propio desarrollo, como ser social, activo, singular, autónomo y trascendente, capaz de dar respuestas acertadas a situaciones imprevisibles en un mundo en constante cambio. 5. Valorar los recursos naturales dentro de una cultura ecológica, garantizando su conservación, protección y utilización de una manera racional para el mejoramiento de la calidad de vida propia y común. 6. Desarrollar la creatividad e imaginación a través de expresiones lúdicas, artísticas, deportivas, favoreciendo el uso adecuado del tiempo y asumiendo actitudes que permitan el desarrollo físico y mental de cada uno de los y las alumnas. 7. Inducir a la comunidad educativa a conocer el desarrollo histórico del hombre y su devenir social, en lo científico, tecnológico, político, artístico y humanístico, prevaleciendo su énfasis integral mediante procesos curriculares y extracurriculares. 8. Crear estrategias que posibiliten la apropiación de: el Manual de Convivencia y de funciones, los programas curriculares y extracurriculares, los horarios y demás elementos que proporcione la comunidad educativa, para el crecimiento personal y la convivencia fraterna de los alumnos y las alumnas. 9. Favorecer el desarrollo de programas de proyección comunitaria que permitan el bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de las personas que habitan en nuestro entorno. 10. Propiciar la formación de una cultura democrática a través de acciones y procesos que lleven a la práctica de una ética ciudadana en todos los procesos. ARTICULO 9. RESEÑA HISTÓRICA A. RAZÓN SOCIAL. Según la Ley 41 de 1959, en Agosto 12 se crea el Colegio Nacional de Bachillerato Femenino en la ciudad de Honda Tolima. Se trata de una Institución aprobada en el nivel de Educación Media Vocacional y autorizada por el M.E.N. Según Resolución Nº10935 de Octubre 18 de 1973, Resolución Nº115 de Marzo 13 de 1990 y Resolución 717 de Diciembre 3 de 1993 hasta el año 2.000 inclusive, emanados de la Gobernación
  • 13. del Tolima, Secretaria de Educación y Cultura. Acta adopción del P.E.I. Res 001 julio 28 de 1995. Fecha registro del P.E.I. agosto 29 de 1997. Proyección del P.E.I. año 2.020. Se trata de una Institución que imparte Educación Formal y Educación de adultos, a partir de 1996 inicia el ciclo de primaria con el propósito de llegar hasta el Preescolar, ofreciendo así la Básica y la Media completa en el año 2.000. En la actualidad se cuenta con los niveles de preescolar, básica primaria, básica Secundaria, Educación media técnica en sistemas e inglés, en articulación con el SENA en el área de sistemas y convenio con la Universidad del Tolima para Carreras técnicas y profesionales y un centro de bachillerato para jóvenes y adultos, con modalidad Semipresencial, los sábados, de conformidad con los criterios del decreto 3011 de 1997. B- FUNDAMENTACIÓN LEGAL: El proceso educativo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS se fundamenta en los principios emanados de la Constitución política del 91, los lineamientos de la ley 115 del 94, la ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, las sentencias de la corte constitucional: (ST- 527/95). (SC- 555/94).. De otro lado, las reglamentaciones y directrices establecidas en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, (Constitución Política de 1991, art. 18, 19, 27, 67 y 68). (Ley 115, artículos 73 y 87), el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, artículo 17. Instrumentos que legalizan los procesos renovadores y el ejercicio de la autonomía como argumentos válidos para la participación democrática y el fortalecimiento de nuestros compromisos colectivos, imprimiéndole carácter jurídico. La Comunidad Educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, Conformada por: Directivos, Docentes, Alumnos, Alumnas, Personal Administrativo, Padres de Familia y/o Acudientes y Estudiantes de preescolar Primaria y Secundaria, así como los Sabatinos y las ex alumno(as) y la asociación de padres de familia, dan a conocer a través de éste presente documento los servicios que presta la Institución, los requisitos para pertenecer a ella, la Misión, los Principios, los Fines y las Normas que definen los Derechos y Compromisos de los alumnos y las Alumnas, de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa, las directrices de evaluación, para de ésta manera, participar y comprometernos decididamente en el mejoramiento continuo de nuestra Institución. ARTICULO 10. MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR. La transformación implica cambios estructurales y no solo puntuales o de forma, que pueden surgir del devenir histórico, social, económico, político, cultural… que han ido influenciando la forma de sentir, pensar y actuar la educación. Esto obliga a potenciar de manera integral a los estudiantes, es decir, formar al ser, desde el saber, para el saber hacer. El SABER SER comprende el desarrollo de actitudes que favorezcan el interés por la ciencia y la transformación socio-cultural. Para eso, se impulsa el conocimiento de sí mismo como base para una sana y provechosa convivencia en la que se exija más de sí mismo que de los demás. A partir de la autocrítica el estudiante ejercerá una crítica constructiva para el mejoramiento del ser personal y social. El SABER PENSAR pone en acción los imperativos racionales postulados por Manuel Kant en cuanto a pensar por sí mismo, pensar en el lugar del otro y pensar de manera consecuente. Pensar por sí mismo exige hablar en calidad de sabio, es decir, obliga a una actitud investigativa para construir un sistema de ideas
  • 14. coherente y veraz. Pensar en el lugar del otro obliga a reconocer en los demás el mismo acercamiento a la verdad a través de la comprobación experimental y, lo que es más difícil, ayudarlo a argumentar sus postulados. Pensar consecuentemente implica aplicar las reglas de la razón científica y llegar a acuerdos convenientes para la mayoría. Lo anterior orienta hacia la formación de alumnos ilustrados más que eruditos, dispuestos al cambio de opiniones y actitudes con base en el reconocimiento de sus propios errores y de su responsabilidad en la construcción de humanidad. El SABER HACER significa hacerse humano en comunidad. Una vez desarrollado en su ser (valores, actitudes, comportamientos y dimensiones) y adquirido el saber (conocimientos, enfoques, métodos, procedimientos, estrategias y manejo de recursos), el educando queda habilitado para plantear problemas, formular hipótesis y proponer estrategias de solución, creando ambientes que cualifiquen las comunidades. Comprometerse con la transformación de la realidad socio – cultural es aprender a defender nuestros derechos sin ejercer violencia (asertividad) y aprender a reconocer al “otro” como sujeto para construir un “nosotros” (alteridad). ARTICULO 11. OBJETIVO GENERAL DEL MODELO PEDAGOGICO TRANSFORMADOR En palabras de Giovanni Iafrancesco una escuela transformadora tiene como misión "formar al ser humano, en la madurez de sus procesos, para que construya el conocimiento y transforme su realidad socio-cultural, resolviendo problemas desde la innovación educativa". ARTICULO 12. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS parte del estudiante para potenciarlo como un ser social, integrado y cofradista proyectado hacia el mejoramiento de la calidad de vida. Considera al estudiante como persona humana, es decir, como un ser que construye historia, bienes materiales y espirituales; por lo tanto, nuestra institución busca preparar para la vida, cultivando el espíritu cooperativo y la responsabilidad social. Esto involucra el desarrollo de la esencia humana cuyos componentes son: el trabajo, la conciencia, la historicidad, la universalidad y la libertad. Así mismo, incluye la construcción de identidad personal y social como un requisito indispensable en la educación problematizadora e innovadora. En términos de Paulo Freire “El hombre integrado es el hombre sujeto. La adaptación es así un concepto pasivo, la integración o comunión es un concepto activo. Este aspecto pasivo se revela en el hecho de que el hombre no es capaz de alterar la realidad; por el contrario, se altera a sí mismo para adaptarse. La adaptación posibilita apenas una débil acción defensiva. Para defenderse, lo más que hace es adaptarse. De ahí que al hombre indócil, con ánimo revolucionario, se le llame subversivo, inadaptado”. (Freire, Paulo. (2007:31) La Educación como práctica de la libertad. México: Siglo XXI). Siguiendo el ejemplo del doctor Alfonso Palacio Rudas, un cofrade rebelde es aquel que se opone al dogmatismo, polemiza, desaprueba a los caprichosos y dominadores, ejerce fiscalía moral, se apasiona por el debate y ejerce el uso público de su razón con base en un continuo afán de descubrimiento de la verdad y de comunión apasionada con los libros. ARTICULO 13. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS
  • 15. Nuestro P.E.I. promueve un conjunto de programas y estrategias orientadas hacia el mejoramiento efectivo de los niveles de calidad de vida de la comunidad del norte del Tolima. El Colegio acoge el espíritu de las leyes 115 y 715, según las cuales podemos asumir con responsabilidad y autonomía la tarea pedagógica. Para cumplir su misión educativa, la escuela transformadora debe realizar cinco tareas básicas, de forma integral e integradora: a. El desarrollo humano b. La educación por procesos c. La construcción del conocimiento d. La transformación socio - cultural e. La innovación educativa y pedagógica Y se basa en los siguientes principios: - Formación cognitiva sobresaliente - Autoconocimiento y conocimiento científico. - Formación axiológica para exaltar el ser - Compromiso Social con Liderazgo de Servicio - Formación para la Excelencia. Los otros principios que rigen nuestro quehacer educativo son: 1. Nuestro colegio es NO Confesional, por obediencia a la libertad de culto definida en el artículo 19 de la Carta Magna según la cual “toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva”. Además se atiene a lo mandado en las siguientes normas: Ley 115/94. Parágrafo del artículo 23. “La educación religiosa se ofrecerá en todos los establecimientos educativos, observando la garantía constitucional según la cual, en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibirla” Ley 133 de 1994. Art. 2. “Ninguna Iglesia o confesión religiosa es ni será oficial o estatal. Art. 6. (entre los derechos de toda persona está el) “De no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales” Decreto 4500 de 2006. Art. 6. “Ningún docente estatal podrá usar su cátedra de manera sistemática u ocasional, para hacer proselitismo religioso o para impartir una educación religiosa en beneficio de un credo específico” 2. Nuestro colegio vive y asume las normas de la moral, el respeto, el amor y la fraternidad, hacia sus semejantes tal como se encuentra declarado en nuestra identidad institucional, que serán la guía de nuestra labor en lo espiritual, curricular, cognitivo, científico y educativo. 3. Nuestro colegio es de carácter OFICIAL - PUBLICO, es decir, que atendiendo a la ley y a los decretos reglamentarios, ofrece una propuesta educativa Pública y oficial, generada en primer lugar por el Ministerio de Educación y la reglamentación oficial que para ello destina la Secretaria de Educación y que es asumida -por asentimiento personal - por aquellos que se vinculan a él a través de la matrícula. 4. De igual manera, nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, dentro de su marco y soporte jurídico – legal y penal se acoge indiscutible e inamoviblemente a los fallos de tutela y
  • 16. sentencias de la Honorable corte constitucional, así como a la ley 1620 "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar", la ley de infancia y adolescencia 1098 y la ley de los garantes, en todas las instancias obedeciendo a la carta magna de la Constitución nacional y como soporte del debido proceso dentro de nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS obedeciendo las sentencias de la corte: “De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, y que son el soporte y marco de referente del presente manual de convivencia de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, se deduce lo siguiente”: • La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado. • La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los estudiantes y a los padres de familia. • Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico y comportamental, acorde con las exigencias del colegio. El respeto por la disciplina y el orden en el colegio es parte del derecho de los estudiantes a la educación. El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho, es el derecho de los demás. Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y la disciplina, necesarios para permitir el buen rendimiento académico. 5. Nuestro colegio ofrece educación académica, es decir, prepara a los y las estudiantes en las áreas básicas y obligatorias y hace énfasis directo en áreas técnicas de sistemas, también cabe rescatar que se promueve el emprendimiento y el enfoque bilingüe especialmente. 6. El colegio tiene como fin primordial la educación integral de los alumnos y las alumnas para que sirvan a la sociedad, a la comunidad, a sus familias y a la patria. ARTICULO 14. MISIÓN La Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, fiel a su tradición democrática e integradora, inspirada en la tolerancia, autonomía, identidad, libertad y paz, tiene como misión relacionar el ser con el saber y el saber hacer; así como desarrollar la capacidad de sentir, pensar y actuar de quien aprende. Permite relacionar la vocación con la profesión y la ocupación; también genera la posibilidad de desarrollar actitudes hacia el aprendizaje, desarrollar procesos de pensamiento y competencias, construir el conocimiento, desarrollar habilidades y destrezas y cualificar los desempeños y aportar nuevos métodos, técnicas y procedimientos. ARTICULO 15. VISIÓN La visión de futuro de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS se enmarca dentro del compromiso común de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa por formar hombres y mujeres íntegros(as) e integrales. Se busca entonces que demuestren liderazgo social, que se pronuncien y se comprometan ante el mundo que les rodea, que sean agentes de cambio; que integren y sean coherentes entre lo que piensan, sienten, dicen y hacen; que sean creativo(as) y que tengan la solidez intelectual y profesional para dinamizar procesos culturales y sociales de cambio en nuestro país y fuera de él para mejorar nuestra sociedad. Por eso, para 2020 nuestro colegio, resaltará como referente de una educación verdaderamente integral a
  • 17. nivel nacional cuyos egresados actúen como sujetos de valores con altos niveles de calidad académica en sus aplicaciones y con experiencias de liderazgo social. Egresados(as) con visión clara de un desarrollo sostenible y equitativo, con sentido propio de la responsabilidad, deseosos(as) de participar en la transformación de su entorno y la búsqueda de la verdad y la fraternidad. Egresados que emerjan como una nueva clase social: el Cognitariado (personas trabajadoras capaces de utilizar la información e interrelacionarla, trabajar en equipo, solucionar problemas y promover cambios estructurales, sociales, espirituales y morales). CAPITULO III SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, “Formando de manera Integral” ARTICULO 16. ASPECTOS Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACION El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) se basa en el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, como también la Ley 115/94, la Resolución 2343 de Junio 5/1996, el Decreto 1850 de Agosto 13/2002, así como los parámetros establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. Nuestro Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) responde al Modelo Pedagógico Transformador, propuesto por Giovanni Marcelo Iafrancesco Villegas, el cual tiene como misión “formar al ser humano en la madurez de sus procesos, para que construya el conocimiento y transforme su realidad sociocultural, resolviendo problemas desde la innovación educativa”. Esta misión le permite relacionar el ser con el saber y el saber hacer y desarrollar la capacidad de sentir, pensar y actuar de quien aprende. Así mismo, se ampara en la visión y la misión contemplada en nuestro Proyecto Educativo Institucional. Con los docentes en esta institución se puede lograr siempre y cuando, éstos sean capaces de proponer métodos activos para que el alumno aprenda haciendo, construya conocimiento y así formar líderes transformacionales que den respuesta nuevas a las condiciones innovadoras que demanda el progreso, producto del devenir. Así se aprende a vivir, a aprender, a convivir y se generan espacios para cualificar los procesos de formación, investigación, extensión y docencia tareas actuales de la educación. Por consiguiente, el educando de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas será un sujeto constructor de aprendizajes significativos y el educador será el mediador como facilitador del aprendizaje, promotor del desarrollo humano, la educación por procesos, la construcción del conocimiento, la transformación sociocultural y la innovación educativa y pedagógica.
  • 18. La evaluación integral de los aprendizajes desde la perspectiva de una escuela transformadora, debe valorar o evaluar entre otros: 1. El conocimiento adquirido. 2. Los procesos intelectivos desarrollados. 3. Los aprendizajes significativos alcanzados. 4. Los procesos de construcción cognitiva y conceptual empleados. 5. Los métodos y estrategias utilizados para alcanzar los conocimientos 6. Los aprendizajes y los niveles intelectivos esperados. 7. Los talentos. 8. Las capacidades y potencialidades. 9. Las actitudes y comportamientos. 10. Las competencias polivalentes 11. Los principios y valores. 12. Las dimensiones espiritual, intelectiva, socio – afectiva, psico – motriz y comunicativa. 13. El desarrollo evolutivo bio-psico-social y afectivo. 14. El carácter, la personalidad, la autonomía, la responsabilidad, la voluntad. 15. La vocación y el proyecto de vida de quien aprende. 16. Las expectativas, el interés y la motivación por el aprendizaje. 17. El nivel de participación en las tareas formativas como educando, sujeto agente activo de su propio desarrollo (autoevaluación). 18. La formación en relación con el compromiso social y la práctica comunitaria y 19. sus valores sociales y culturales. Por lo tanto, la evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, es un proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. La evaluación está basada a nivel institucional en los siguientes propósitos: 1. Identificar las características personales de los estudiantes para valorar sus avances 2. Identificar los intereses personales del estudiante para valorar sus avances. 3. Identificar los ritmos de desarrollo del estudiante para valorar sus avances 4. Identificar los estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 5. Proporcionar información básica para reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 6. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades en su proceso formativo. 7. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten desempeños superiores en su proceso formativo. 8. Determinar la promoción de estudiantes. 9. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. El Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE), contiene los siguientes elementos: ARTICULO 17. LOS CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION. El sistema de evaluación de la I.E.T. ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA TOLIMA, es coherente con lo
  • 19. establecido en el Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos generales en términos de evaluación, a través de la comunicación permanente en el Consejo Académico se ha fijado a nivel institucional evaluar integral y permanentemente a los estudiantes en los siguientes criterios: 1. Las prácticas evaluativas de aula deben ser objeto de un análisis sistemático a partir del cual se generan acciones correctivas que redundan en un mejor desempeño de los estudiantes. 2. La evaluación será integral, es decir, contemplará distintos momentos y se hará continuamente durante un periodo de tiempo amplio para obtener información a partir de múltiples formas de producción y desempeño del estudiante como pruebas cortas, talleres, trabajos, proyectos, presentaciones, observación directa de los desempeños. Juzgará la calidad del trabajo del estudiante contra criterios establecidos. Sobre todo, tendrá un claro sentido de acompañamiento permanente del proceso de aprendizaje. 3. Obedecerá a criterios públicos y concertados, desde el comienzo. Los y las docentes guiarán la concertación, o acuerdo pedagógico, con preguntas atinentes al desempeño de los estudiantes y a la metodología del profesor, siempre dentro de los principios de la escuela activa transformadora. 4. Los juicios de valor a partir de las perspectivas de docentes y estudiantes comprenderá la elaboración reflexiva y justificada de respuestas, realizaciones o productos por parte del estudiante. 5. Se utilizarán matrices de valoración como herramienta de apoyo para la emisión de juicios o calificaciones, asignando valores que tengan en cuenta diversas dimensiones del ser humano. 6. La evaluación generará acciones correctivas que redunden en un mejor desempeño de los estudiantes. 7. Así mismo, fomentará la autocrítica ya que no se evaluará “desde arriba”, sino que promoverá la participación. 8. La Evaluación se hará con el fin de diagnosticar, mejorando el proceso de aprendizaje y la formación del educando. 9. La evaluación será dialógica, integral y formativa de las diferentes dimensiones del ser humano. 10. Se discutirá en grupo los criterios para evaluar y el estudiante se habituará a discutir las notas.(acuerdo pedagógico) 11. Los estudiantes podrán perder el derecho a continuar en el grado siguiente al que cursaron si no cumplieron los requisitos estipulados en este documento. Al iniciar cada periodo académico, los docentes de las distintas asignaturas realizarán el encuadre pedagógico con los estudiantes y darán a conocer los indicadores de logro, los contenidos mediatizadores y las instancias verificadoras, quedando registrado en el cuaderno correspondiente a cada materia, en un acta para el docente y una para coordinación. ARTICULO 18. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. Para efectos de la valoración de los estudiantes en cada una de las áreas y/o asignaturas se tendrán en cuenta las siguientes escalas: Desempeño Bajo De 1.0 a 2.99 Desempeño Básico De 3.0 a 3.99 Desempeño Alto De 4.0 a 4.59 Desempeño Superior De 4.6 a 5.0
  • 20. ARTICULO 19. DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. 1) DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando cumple cabal e integralmente con todos los procesos de desarrollo: Cognitivo, sicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, con el fin de alcanzar en forma excepcional todos los logros esperados e incluso logros no previstos en los estándares curriculares y en el proyecto Educativo Institucional. Este desempeño supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el P.E.I. Se puede considerar superior al estudiante que reúna, entre otras las siguientes características: • Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos en los períodos de tiempo asignados. • Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos. • Siempre cumple con las tareas y trabajos de área. • Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. • Tiene fallas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. • Su comportamiento y relaciones con las personas de la comunidad educativa son excelentes. • Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. • Manifiesta sentido de pertenencia institucional. • Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. • Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. • Presenta actitudes proactivas de liderazgo y capacidad de trabajo en equipo. 2) DESEMPEÑO ALTO: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en cada una de las dimensiones de la formación humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: • Alcanza todos los logros propuestos, así tenga que desarrollar algunas actividades de refuerzo. • Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento. • Presenta los trabajos oportunamente • Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. • Desarrolla actividades curriculares específicas. • Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución 3) DESEMPEÑO BÁSICO: Corresponde al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance mayores niveles de logro. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: • Solo alcanza los niveles necesarios de logro propuestos y con actividades de refuerzo. • Tiene faltas de asistencia justificadas, que limitan su proceso de aprendizaje. • Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. • Desarrolla actividades curriculares específicas. • Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución. • Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes.
  • 21. 4) DESEMPEÑO BAJO: Corresponde al estudiante que no logra superar los desempeños necesarios previstos en las áreas y/o asignaturas. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: • Después de realizadas las actividades de refuerzo y recuperación persiste en las dificultades. • Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje • Presenta dificultades de comportamiento. • Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área • No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. • Su sentido de pertenencia a la institución es bajo. • Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo. • Presenta dificultad para integrarse. • Demuestra desmotivación y desinterés por las actividades escolares. ARTICULO 20. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. La valoración integral debe entenderse como aquella que refleja de una manera completa el aprendizaje, la comprensión, los logros, la motivación y las actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseñanza/aprendizaje y constituye una rica fuente de información tanto para docentes como para estudiantes. Estos últimos pueden beneficiarse al utilizarla para reflexionar y tomar conciencia acerca de sus fortalezas y debilidades. Por su parte, los docentes pueden utilizar la información que aporta la Valoración Integral para implementar posibles correctivos a fin de mejorar el proceso de aprendizaje en sus alumnos. ARTICULO 21. VALORACIÓN INTEGRAL Fuentes de Información Instrumentos •Observación del Profesor. •Realización de Proyectos. • Experimentos / Demostraciones. • Productos escritos. •Investigaciones - consultas. • Debates. •Revisión y discusión de documentos. •Portafolios .•valoración de Desempeño. •Auto-valoración. •Matriz de Evaluación. •Evaluación Tradicional. •Examen Oral. • valoración de Portafolios.• Observación de los estudiantes • Co-evaluación . Esta valoración integral: Se realiza a lo largo del tiempo y cubre un amplio aspecto de los desempeños del estudiante. Al construirse en un plazo amplio de tiempo, refleja crecimiento, madurez y profundidad en el aprendizaje. Involucra el aprendizaje de situaciones de la vida real y problemas significativos de naturaleza compleja. Exige que el estudiante construya las respuestas.• Alienta al estudiante para que se comprometa con su propia valoración. Evalúa niveles cognitivos de orden superior. Para dar una buena respuesta, el estudiante necesita habilidades adquiridas en otras materias dándose así una integración curricular. Suministra información precisa al docente para optimizar el proceso de aprendizaje. Suministra información al estudiante sobre las áreas en las que debe mejorar. El estudiante puede participar en el diseño de las herramientas de evaluación. La valoración del desempeño de los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Alfonso Palacio Rudas, se fundamenta en el Proyecto Educativo Institucional y del plan de estudio, por consiguiente se plantean las
  • 22. siguientes estrategias para la valoración integral de los desempeños de los estudiantes: • ENTREVISTAS ORALES: El maestro hace preguntas al estudiante sobre su trayectoria personal, actividades que realiza, lecturas y demás intereses. • NUEVA NARRACIÓN DE LA HISTORIA O DEL TEXTO: El estudiante vuelve a narrar las ideas principales o pormenores seleccionados de un texto al que estuvo expuesto, a través de la lectura o la narración oral. • ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES: que evidencien la adquisición de destrezas y habilidades tales como: expresión, argumentación, análisis, interpretación, aplicación, actitudes, talentos etc. • DISEÑO DE ACTIVIDADES DIVERSAS: que promuevan el desarrollo de potencialidades como también el desempeño y habilidad propia de la asignatura. • EJEMPLOS DE TIPOS DE ESCRITURA: El estudiante genera un documento de tipo narrativo, explicativo, persuasivo o de referencia. • PROYECTOS / EXHIBICIONES: El estudiante trabaja en equipo con otros compañeros para crear un proyecto que con frecuencia involucra producción en multimedia, presentaciones verbales o escritas, y una exhibición. • EXPERIMENTOS / DEMOSTRACIONES: El estudiante documenta una serie de experimentos, ilustra un procedimiento, realiza los pasos necesarios para completar una tarea, y documenta los resultados de esas acciones. • PRUEBAS O EXÁMENES: (TIPO ICFES) El estudiante responde por escrito a preguntas abiertas. • EVALUACIONES CONCEPTUALES ACUMULATIVAS: Al terminar cada período, durante la última semana se realizarán evaluaciones conceptuales acumulativas, teniendo en cuenta todos los instrumentos de la valoración integral • OBSERVACIONES DEL MAESTRO: El maestro observa y documenta la atención del estudiante y su interacción en clase, su respuesta a los materiales usados en la instrucción y el trabajo que hace en colaboración con otros estudiantes. • PORTAFOLIOS: Recopilación de trabajos del estudiante que se enfoca en mostrar su progreso en el tiempo. Además, los docentes planean la evaluación para cada uno de los períodos a través de la elaboración de una matriz de evaluación en la cual se establecen los desempeños y niveles de desempeño de cada asignatura, que se entregará al estudiante con el fin de dar a conocer el proceso de evaluación. (Ver Anexo No.1) ARTICULO 22. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 1. Cada Docente programará las actividades de recuperación que aplicará a los estudiantes que no alcanzaron los indicadores propuestos y junto con el estudiante acordarán la cantidad, el tipo de actividades a realizar y las fechas, antes de finalizar el periodo. 2. Las actividades de qué trata el numeral anterior deben comprender explicaciones de apoyo de parte del docente, 3. El acudiente del alumno que presente bajo desempeño académico debe presentarse al colegio previa citación enviada con el estudiante con el fin de recibir información escrita que señale las deficiencias académicas y las actividades programadas con la respectiva fecha lo cual se deberá cumplir con exactitud 4. Es obligación del Padre de Familia acudir a las citaciones programadas para informes académicos y disciplinarios del estudiante, en caso contrario, su incumplimiento será notificado a la Comisaría de Familia,
  • 23. Bienestar Familiar, Familias en Acción y demás entidades competentes (Ley de Infancia y la Adolescencia “Ley No. 1098 de Noviembre de 2006"). ARTICULO 23. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. La autoevaluación ofrece al estudiante oportunidades para que éste auto-regule su aprendizaje y se responsabilice de evaluar su propio progreso. La valoración integrada hace referencia a la evaluación de múltiples habilidades o la evaluación del lenguaje y del contenido dentro de la misma actividad. Por ejemplo un informe escrito de ciencias, puede incluir la evaluación de destrezas del lenguaje, de la selección y uso de información, así como de habilidades de razonamiento y conocimiento sobre el contenido científico. Por lo tanto, el o la docente de cada asignatura integrará los procesos de autoevaluación y coevaluación en los aspectos contenidos en una o unas matrices de valoración. Así como en los mecanismos acordados con los estudiantes para su diligenciamiento y análisis, tales como discusiones con la participación de toda la clase o de grupos pequeños, diarios de reflexión, autoevaluaciones semanales, entrevistas maestro-alumno. Con el fin de que los estudiantes desarrollen autorreflexión, los y las docentes les darán regularmente un tiempo sin interrupciones para que piensen sobre su progreso, guiándolos con preguntas como: • ¿Qué aprendí? • ¿Qué hice bien? • ¿En qué tengo todavía confusión? • ¿En qué necesito ayuda? • ¿Sobre qué quiero saber más? • ¿Cuál va a ser mi próximo trabajo? ARTICULO 24. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. • Al iniciar el año lectivo el Coordinador (a) organizará un Cronograma de Actividades de Recuperación para cada periodo. • Las actividades de superación de logros serán preparadas y calificadas por el docente de la asignatura. • Si el estudiante pierde uno o varios logros de una asignatura, tendrá derecho a una actividad de superación que se aplicará después de que el padre reciba el boletín o informe de valoración del período. El alumno recibirá del docente de la asignatura un plan de refuerzo para desarrollar actividades propuestas y básicamente contendrá la elaboración de un trabajo escrito que tendrá un valor del 30 % de la calificación y deberá presentar una evaluación que vale el 70% . Después de este proceso, el resultado de la prueba debe quedar consignado en el boletín del período siguiente. Si el alumno no se presenta a las actividades de superación sin justificación alguna perderá el derecho a reclamar. ARTICULO 25. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION. Se trata de establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación. Es un elemento de mucho cuidado dado que, son la garantía para toda la comunidad del reconocimiento de los derechos al debido proceso, a la educación y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje. ESTRATEGIA: Al iniciar cada período, el Docente presentará tanto a los estudiantes como a los padres de
  • 24. familia su plan de estudios, junto con las matrices de valoración integral con el fin de que tanto los estudiantes como los padres de familia puedan ejercer veeduría sobre las actividades de formación y evaluación en un continuo acompañamiento. Las instancias verificadoras de dichas actividades deben ser: El Consejo Académico, el Rector, la Coordinación Académica, Orientadora escolar, Padres de Familia, Personero(a) estudiantil, Contralor, Veedores, Representantes de Grupo y los mismos estudiantes. Además de la entrega de boletines podrán programarse encuentros con los padres de familia con la modalidad de encuentro-taller para que expresen dificultades, expectativas y sugerencias de mejoramiento. Podrá también establecerse comunicación vía Internet por correo electrónico o la página Web de la Institución. ARTICULO 26. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. 1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos, al finalizar cada uno los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada en cada una de las áreas y los criterios de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar, en el 2º, 3º y 4º periodo deben aparecer en el boletín los resultados de las actividades programadas de recuperación y superación 2. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del estudiante para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores. 3. Se presentaran 4 informes en el año, tres informes que corresponden a los tres primeros periodos y el último con el cuarto periodo e informe final. ARTICULO 27. LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN. El boletín de informe académico periódico de cada estudiante debe contener: • Una columna con la valoración cuantitativa de los respectivos logros en cada asignatura y otra con la valoración conceptual (cuantitativa y cualitativa) • Logros sobre el comportamiento social. • El puesto ocupado por el estudiante con relación a sus compañeros. • Faltas de asistencia. ARTICULO 28. LAS INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACION Y PROMOCION. Para la reclamación por parte de estudiantes y padres de familia sobre evaluación y promoción se deben seguir los siguientes mecanismos: a. Ante el docente de la asignatura
  • 25. b. El Director de Grupo c. Coordinador (a). d. El Rector e. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860 de 1994, literal b Artículo 23 y el Decreto 1290 de 2009, Artículo 11 numeral 7. Una vez recibido el formato de reclamación por cualquiera de las partes, esta instancia tiene 3 días hábiles para dar respuesta a la solicitud, teniendo en cuenta el siguiente formato: ARTICULO 29. PROCEDIMIENTOS: 1. Diligenciar el formato debidamente firmado 2. Entregar el formato a la instancia correspondiente. 3. La reclamación se debe realizar a más tardar tres días hábiles después de la fecha oficial de entrega de boletines. 4. Esperar respuesta en un tiempo no superior a 3 días hábiles. 5. Cuando la reclamación llegue a: Coordinador (a), El rector y/o al Consejo Directivo, tendrá 5 días hábiles para dar respuesta a la solicitud. (Resolución 17486 del 7 de nov. De 1984 artículo 10) Debido proceso en las reclamaciones de los alumnos. “los resultados de las evaluaciones de cada uno de los periodos serán comunicados a los alumnos por su profesor, quien atenderá los posibles reclamos antes de pasar los resultados a la secretaría del plantel”. Con los estudiantes que presentan dificultades académicas se procederá de la siguiente manera: 1. (Primero) CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Para informar sobre el programa de recuperación, actividades de refuerzo y plan de mejoramiento a la que haya lugar en el área en la que se presenta desempeño bajo. (Esta citación es realizada por el Profesor encargado de la asignatura). 2. (Segundo) CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Por Coordinación Académica para firmar compromiso académico. 3. CITACIÓN A RECTORIA: Agotadas todas las instancias se citará a Padres de Familia y alumno(a) para establecer acuerdos por no cumplir los compromisos pactados. 4. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el numeral 1 del presente artículo. 5. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la promoción habiéndose cumplido el debido proceso, deberá enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo. ARTICULO 30. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. El proceso conforme al Decreto 1290 de 2009 es el siguiente: 1. Abrir la discusión con todos los miembros de la Comunidad Educativa y establecer los mecanismos de su participación en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 2. Preparar un Proyecto de documento Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a partir de las propuestas de la comunidad educativa con todos los contenidos que lo conforman de acuerdo al
  • 26. Decreto 1290 de 2009. 3. Presentar el Proyecto del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al Consejo Académico para definir su contenido definitivo, adoptarlo y divulgarlo. 4. Presentar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes adoptado por el Consejo Académico al Consejo Directivo para su aprobación e inclusión en el acta respectiva. 5. Socializar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 6. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a la Comunidad Educativa. 7. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamación contenidos en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. 8. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar. 9. Aplicar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes llevando un registro detallado de las dificultades y la forma de solucionarlas durante el desarrollo de cada período académico. 10. Evaluar el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes al terminar el año escolar y realizar los ajustes que se consideren necesarios. 11. Presentar ante el Consejo Académico los ajustes propuestos al Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes para su adopción. 12. Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes adoptados en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes por el Consejo Académico para su aprobación. 13. Socializar y divulgar a la Comunidad educativa los ajustes realizados al Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. ARTICULO 31 PROMOCIÓN ESCOLAR: (Artículo 6, Decreto 1290 de 2009): 1. Para que un estudiante sea promocionado en una asignatura deberá aprobar como mínimo el 60% de los logros previstos o tener como mínimo un promedio de 3.0 (Desempeño Básico). 2. Al terminar el año lectivo cada estudiante debe tener resuelta su situación académica. 3. Los alumnos que reprueben el grado se les garantizará el cupo en la Institución. Si además del bajo rendimiento académico el alumno presentó violaciones al reglamento disciplinario, se le conservará el cupo siempre y cuando se establezca un compromiso de MEJORAMIENTO por parte del alumno y el padre de familia con la Institución. ARTICULO 32. REPROBACIÓN DE GRADO PARA BÁSICA PRIMARIA Se considera reprobación de un grado cuando se cumpla una de las siguientes características: 1. Inasistencia del 20 % de los días de clases 2. Los alumnos del grado primero que no han aprendido a leer y escribir 3. Pérdida de Matemáticas y Castellano. 4. Pérdida de tres o más áreas. ARTICULO 33. REPROBACION PARA LOS GRADOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO. NOVENO, DÉCIMO Y UNDÉCIMO Se considera reprobación de un grado cuando se cumpla una de las siguientes características:
  • 27. 1. Inasistencia del 20 % de los días de clases 2. Pérdida de tres o más áreas. El alumno que durante dos años consecutivos pierda las áreas de matemáticas y humanidades automáticamente pierde el año. Para aprobar un área se debe aprobar todas sus asignaturas y proyectos. ARTICULO 34. SOBRE PROMOCIÓN ANTICIPADA 1. La Comisión de Evaluación y Promoción, por solicitud escrita en acta, de los docentes titulares de los grados en el caso de la Básica Primaria, y de los profesores de las respectivas áreas en la Básica Secundaria y Media a través del director de Grupo, y previo consentimiento del padre de familia, decidirá la promoción anticipada de un grado a otro, de los alumnos que demuestren creciente rendimiento académico y estén en los niveles de desempeño alto o superior. 2. La solicitud se debe presentar en cualquier momento del primer periodo académico del año lectivo. 3. La Comisión de evaluación y Promoción toma la decisión de promocionarlo o no (según pruebas escritas) y notifica al Consejo Académico, al Rector y C.D. sobre la decisión. 4. Se expiden las notas finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia del Acuerdo reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al alumno promovido. El Rector expide el acto Administrativo. 5. Para los alumnos repitentes o reprobados el año anterior, atendiendo a las directrices del Artículo 7 del Decreto 1290 de 2009, en todos los casos, se hará un seguimiento del estudiante no promovido y se favorecerá su promoción durante el primer periodo académico en la medida en que éste demuestre el mejoramiento de los desempeños que no permitieron su promoción (validación). 6. Se exceptúa de la Promoción Anticipada el Grado undécimo, que se debe cursar completo. ARTICULO 35. REGISTRO ESCOLAR: La Secretaría del plantel llevará un registro de los estudiantes, que contenga: a. Identificación personal b. Informe de valoración por grados c. Novedades académicas que surjan ARTICULO 36. CONSTANCIA DE DESEMPEÑO: A solicitud del Padre de Familia, la Secretaría del plantel, emitirá la constancia de desempeño de cada grado cursado, en la que se consignarán los resultados de los informes periódicos. ARTICULO 37. GRADUACIÓN: En la Institución, sólo se hará ceremonia de graduación para los estudiantes del grado once. Los estudiantes de las jornadas diurnas que culminen la educación media y hayan aprobado todos los niveles incluyendo el grado once, reciben el título de bachiller Técnico en Sistemas. Si en la prueba externa ICFES, logran en el área de inglés un puntaje superior a 50, obtendrán el título de Bachiller Técnico en Sistemas e Inglés. Los estudiantes de la jornada sabatina que culminen la educación media y hayan aprobado todos los ciclos,
  • 28. recibirán el título de “Bachiller Académico”, con énfasis en Administración Pública. Todo lo anterior, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: • Ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290 de 2009. • Cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994). Con un total de 80 horas distribuidas así: 40 en el grado 10º y 40 en el grado 11º) • Presentación del examen de estado ICFES. • Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución. Incluyendo el pago de los derechos de grado. ARTICULO 38. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA El certificado de educación básica secundaria lo recibirán aquellos estudiantes del grado 9º. Que hayan aprobado dicho grado y los grados anteriores. Al culminar el nivel de la educación básica secundaria no se realizará ceremonia de grado, sino de clausura. El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado sino de clausura. El Consejo Académico, como máximo organismo y autoridad en materia académica, de acuerdo con la ley, tomará decisiones sobre todos aquellos aspectos o situaciones que no estén contempladas en el presente acuerdo o en caso de ambigüedad, si los hubiere. ARTICULO 39. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ANUAL La evaluación se considera como el análisis crítico y proporcional que se hace al comparar los resultados obtenidos por el o la estudiante en referente con las metas propuestas. En LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, se ha reglamentado la evaluación de acuerdo a lo estipulado en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009. La evaluación será integral, continua, cuantitativa, cualitativa y acumulativa. La evaluación acumulativa tiene como finalidad determinar el grado de logros alcanzados en función de los objetivos del aprendizaje propuestos inicialmente y proporcionar antecedentes de calificación a los y las estudiantes y su promoción. ARTICULO 40. EVALUACIÓN INTEGRAL, DIALÓGICA Y FORMATIVA Integral: en tanto reconoce la relación permanente y vivencial entre los tres ámbitos fundamentales de la educación: la evaluación de los aprendizajes de los y las estudiantes, la evaluación de las prácticas profesionales de los maestros y la evaluación de la gestión institucional que se realiza en los colegios. Dialógica: Los resultados de las evaluaciones y su uso pedagógico propician en el contexto escolar relaciones comunicativas y de diálogo, en cuanto articula los propósitos del maestro como sujeto de la enseñanza, los intereses de los y las estudiantes como sujeto de aprendizaje y formación, y las expectativas de los padres de familia frente a la propuesta formadora de la escuela. Formativa: La evaluación como escenario para desaprender y aprender lo nuevo, lo diferente, todo aquello que las evaluaciones ponen a disposición de docentes educadores, autoridades educativas, administradores públicos, estudiantes y ciudadanía como herramientas para el mejoramiento sostenido de la calidad educativa. ARTICULO 41.LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO 1290 DEL 2009.
  • 29. SISTEMAS INSTITUCIONALES DE EVALUACIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES. A. PROPÓSITOS: 1) Apreciar los progresos alcanzados por los y las estudiantes, de acuerdo a los patrones formulados en los estándares. 2) Determinar por medio de las evaluaciones institucionales periódicas, la eficiencia de los planes, programas institucionales, instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los cambios o ajustes convenientes. 3) Estimular las aptitudes y analizar los intereses de los y las estudiantes hacia diversas actividades del saber, esto se hace en las reuniones de nivel y de evaluación. 4) Desarrollar en los y las estudiantes la capacidad de autocrítica para conocer y analizar sus potencialidades y limitaciones en su proceso de formación. 5) Contribuir a la formación de la personalidad del o la estudiante mediante la participación activa en su propio aprendizaje y por consiguiente en el desarrollo de su personalidad y autonomía. 6) Promover la actividad creadora y crítica de los y las estudiantes desde la perspectiva de competencias: ética, analítica, interpretativa, propositiva, constructiva y argumentativa. 7) Favorecer el proceso de integración entre educador y educandos mediante la participación de estos en el proceso de desarrollo integral humano. 8) La evaluación tendrá como meta fundamental proporcionar la información básica del progreso de aprendizaje de los y las estudiantes y las orientará hacia la búsqueda y aplicación de las medidas necesarias. 9) Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de las relaciones adecuadas con la norma para resolver las dificultades que se le presentan al o la estudiante en los procesos de formación. B. PARA EL ESTUDIANTE A1 El o La estudiante debe conocer sus fortalezas y debilidades en el proceso de aprendizaje, y lo que debe hacer para superarlas. 2) El o La estudiante debe motivar su propio progreso, tanto en el proceso como al finalizar este. 3) El o La estudiante debe obtener una retroalimentación permanente de su trabajo que le permita optimizar sus logros. 4) El o La estudiante debe generar una actividad de autoevaluación que le permita favorecer su aprendizaje en forma permanente. (Capitulo 4, numeral 5, D. 1290/2009). ARTICULO 42. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO Son factores de evaluación formativa para los alumnos y las alumnas, entre otros: los trabajos extra clase de investigación y consulta, los proyectos, los trabajos individuales y grupales en clase, los quizzes, las puestas en común, las exposiciones, las preguntas en clase, la asesoría extra clase, las prácticas de laboratorio y el trabajo de campo, los compromisos académicos, la participación activa, el respeto, la responsabilidad, la asistencia, la puntualidad, el interés, la motivación, la creatividad, el desarrollo personal, el trabajo colaborativo, la aplicación en la comunidad, la responsabilidad y la actitud investigativa. ARTICULO 43. NIVELACIÓN: Los alumnos y las alumnas que tengan asignaturas pendientes deben asistir a las actividades de nivelación al finalizar cada uno de los períodos académicos, de acuerdo con el calendario escolar. Las estudiantes de Primaria y de Bachillerato que no pierdan asignaturas no asistirán al Colegio el día de la nivelación. Este día libre constituye un estímulo para los y las estudiantes que aprueban todas las asignaturas.
  • 30. a) Para ayudar a los alumnos y alumnas a prepararse para las recuperaciones, los profesores les entregarán guías de las asignaturas pendientes, las cuales deberán desarrollar en sus casas. b) Si el o la estudiante no presenta la guía desarrollada y completa, no estará bien preparado para la nivelación, motivo por el cual se le hará una amonestación escrita. c) Los y Las estudiantes llegarán con la guía ya desarrollada en las fechas previstas para los días de nivelación. d) En las actividades de Nivelación, los alumnos y las alumnas tendrán la oportunidad de discutir y aclarar inquietudes y recibir la debida orientación de sus profesores. ARTICULO 44. RECUPERACIONES: Al finalizar cada período académico, los alumnos y las alumnas con asignaturas pendientes recibirán un formato donde se resumen las competencias no alcanzadas. Las recuperaciones tendrán lugar después de las nivelaciones en las fechas previstas en la agenda o discriminadas por la secretaria o coordinación académica. ARTICULO 45. RECUPERACIONES DE PRIMARIA Y BACHILLERATO a. El alumno o La alumna que pierda asignaturas en primero, segundo y tercer período con valoración menor a 60 % deberá recuperar en las fechas previstas en el cronograma general del Colegio. Si aprueba la recuperación, tendrá como valoración final para el periodo un porcentaje de 60% en esa(s) asignatura(s). De no recuperar, la valoración será la misma obtenida en el periodo, dando prioridad al proceso académico desarrollado durante dicho periodo. c. Las recuperaciones de cada uno de los períodos se llevarán a cabo en las fechas previstas para esta actividad en las dos primeras horas de la jornada escolar. A partir de la tercera hora, las clases se realizarán en la jornada escolar normal de acuerdo con el horario del día interno correspondiente. e. Los resultados académicos del año escolar se definen al finalizar el cuarto periodo. Si al finalizar este periodo el promedio final del año está por debajo de 60% en una o dos asignaturas, deberá recuperarse toda la asignatura. f. Si un alumno o una alumna pierde el cuarto periodo, pero su promedio anual en la asignatura es superior al 60% no presentará recuperación. g. El alumno o alumna que al finalizar el cuarto periodo tenga promedio por debajo de 60% en más de tres asignaturas, habrá perdido el año escolar. h. Si después de recuperaciones finales, el alumno o la alumna que debía recuperar dos asignaturas no logra el 60 % en ninguna de las dos, habrá perdido el año. i. El alumno o la alumna que al finalizar el cuarto periodo, pierde una asignatura para el año, tiene la posibilidad de recuperarla. Si pierde la recuperación, tendrá otra posibilidad de recuperación. k. La nota definitiva de las asignaturas no se cambia, aun cuando se haya aprobado la recuperación. En el comentario de boletín final se consignará el resultado de la recuperación. l. Para las recuperaciones finales de las asignaturas, El alumno o la alumna debe prepararse apoyándose en el material trabajado y utilizado durante el año escolar. Para estas recuperaciones, El alumno o la alumna no recibirá guías y su preparación estará bajo su propia responsabilidad. ARTICULO 46. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES El Comité de Evaluación y Promoción funciona para todos los niveles de Primaria a Grado undécimo, su responsabilidad consiste en evaluar el desarrollo de competencias académicas, seguir el proceso de crecimiento disciplinario, ético-social y tomar las decisiones de promoción. Este proceso será verificado por la
  • 31. Comisión de Evaluación y Promoción. La Comisión de Evaluación y Promoción está integrada por El Rector (o su delegado), El coordinador del nivel (pria, sdaria, sabatino), el director de grupo, un docente del grado a que representan, un padre de familia del grado que representan y el personero estudiantil( o su delegado del consejo estudiantil). Los que verifican el proceso llevado a cabo por el Comité de Evaluación y Promoción. En reunión general de profesores al final de cada período se dará el informe de todas las áreas, el director del grado tomará atenta nota y llevará esta información a la reunión de comité de evaluación donde se tomarán las decisiones pertinentes. Durante las primeras semanas del año lectivo, después de conformar el nuevo gobierno escolar, a través del consejo estudiantil se conformará las respectivas comisiones de evaluación y promoción Y se presentará el procedimiento para dar cumplimiento a la promoción de los estudiantes durante los periodos del año lectivo. La institución educativa deberá dejar claridad sobre las funciones y reglamento que rigen a las comisiones de evaluación y promoción, de tal manera que garanticen el derecho al debido proceso según el artículo 26 de la ley 1098, de los estudiantes que no logren la promoción. ARTICULO 47 CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACION: El Colegio ha optado por la promoción anual para dar cumplimiento a los lineamientos contemplados en el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009. A partir de la publicación del presente decreto todos los establecimientos educativos realizarán las actividades preparatorias pertinentes para su implementación. Al finalizar el año escolar, el Comité de Evaluación y Promoción será el encargado de evaluar cuáles estudiantes deben repetir un grado determinado y esta resolución será validada por el Consejo Directivo. ARTICULO 48. CAUSALES PARA LA REPETICIÓN DE UN GRADO. a) Alumnos o Alumnas con valoración final deficiente o bajo (D), menos del 60%, en tres o más asignaturas. b) Alumnos o Alumnas que hayan tenido valoración final deficiente o bajo (D), menos del 60% en matemáticas y lenguaje (español o inglés) durante dos grados consecutivos. c) Alumnos o Alumnas que hayan dejado de asistir a más del 20% de las actividades académicas de acuerdo a la intensidad horaria de cada asignatura durante el año escolar. d) Alumnos o Alumnas que al finalizar el año escolar hayan quedado con dos asignaturas con valoración menor del 60% (deficiente o bajo) y no aprueben ninguna de las dos asignaturas en la recuperación. e) Alumnos o Alumnas a las que se les otorgará el grado de bachiller cuando tengan todas las asignaturas igual o por encima de 60%. Si tienen asignaturas pendientes podrán alcanzarlas a través de las recuperaciones programadas. Los(as) estudiantes del grado undécimo con asignaturas y proyectos pendientes después de las recuperaciones, deberán continuar con su proceso académico con el fin de obtener las valoraciones requeridas y presentarán pruebas especiales en el siguiente año lectivo o escolar. Su grado se programará una vez terminen y aprueben las evaluaciones correspondientes a las asignaturas y/o sea aprobado el nuevo Proyecto. Si el alumno o alumna ha tenido bajo rendimiento académico durante gran parte del año escolar y/o tiene pendiente alguna de las asignaturas mencionadas en el Decreto 230 Artículo 9º del Ministerio de Educación Nacional y es promovido o promovida al siguiente curso, con preocupación por parte del Colegio, el o la alumna y sus padres, firmarán una Acta de Compromiso Académico. En esta Acta, tanto el alumno o la alumna como sus padres o acudientes, se comprometen a mejorar su rendimiento escolar. De no cumplir este
  • 32. compromiso, el alumno o la alumna podrá tener MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN O PERDER EL CUPO EN EL COLEGIO. Si un alumno o alumna firma Acta de Compromiso Académico y/o Acta de Compromiso en su mejora disciplinaria o actitudinal durante el año escolar, el Comité de Evaluación y Promoción decide si él o la estudiante continua con el Compromiso(s) o se levanta(n) para el siguiente año escolar. Si el alumno o la alumna inicia el año escolar con Matrícula en observación y su rendimiento académico es muy bajo o su disciplina es deficiente, perderá el cupo en el Colegio, acogiéndose a las sentencias de la corte constitucional en esa referencia. La posibilidad de volver a cursar el año no promovido está condicionado a: • Disponibilidad de cupo. • Evaluación del desarrollo cognoscitivo y ético-social del alumno o la alumna por parte del Comité De Evaluación y Promoción y decisión de Rectoría. • No haber repetido año anteriormente en el Colegio. • No haber presentado problemas repetitivos de disciplina y/o conducta. • La edad, intereses y prioridades del posible alumno o alumna repitente. • Otras razones anotadas en el presente Reglamento Interno o Manual de Convivencia. En caso de que un alumno o alumna intente o cometa fraude en las actividades pedagógicas de evaluación: quizzes, previas, exámenes, trabajos aplicados en las clases o fuera de ellas, y/o en las actividades de nivelación y/o recuperaciones, entregue o reciba información a través de gestos, conversaciones, etc., o sea sorprendido o sorprendida o evidenciado(a) usando cualquier documento escrito o enviando mensajes de texto por el celular, se procede a la anulación de la prueba y obtendrá una calificación del 10% ; y se remite el caso a Comité de disciplina Ético y Social. LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO PALACIO RUDAS, promueve esfuerzos para que todos sus alumnos y alumnas tengan un excelente rendimiento académico en cada periodo, que superen sus dificultades en el proceso de aprendizaje, en la adquisición y desarrollo de competencias y en su comportamiento social y espiritual durante el año escolar para que puedan ser promovidos(as) de un grado a otro. Un alumno o alumna puede perder su condición como tal en LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO PALACIO RUDAS, en cualquiera de los siguientes casos por motivos académicos: a) No aprobar las asignaturas propuestas para el año escolar en repitencia por segundo año. b) Cuando la calidad de su trabajo no se ajusta a los requerimientos del grado y del Colegio, a pesar de haber obtenido diversas ayudas educativas propuestas como refuerzo. c) Cuando el alumno o alumna ha repetido un grado cualquiera que sea, no podrá repetir nuevamente otro año en el Colegio. d) Cuando la familia incumple con el Contrato de Matrícula y/o con aquellos compromisos especiales acordados como requisitos de ésta. e) Cuando el alumno o alumna hayan aprobado las materias en el año, pero su comportamiento ético-social y/o académico, y su disciplina no estén acordes con los principios del Colegio, expresados en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia (PEI). f) Alumnos y Alumnas que firman Acta de Compromiso Académico y/o Actitudinal, y/o Matrícula En Observación y que incumplan los compromisos no se les renovará la matrícula. Por política institucional, en LA INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO PALACIO RUDAS, solamente se podrá repetir un grado, previo estudio del Comité de Evaluación y Promoción, de la disponibilidad del cupo y de la aprobación de Rectoría. En caso de repetición, se firmará un Acta de Compromiso Académico, se hará un seguimiento integral al desarrollo y evolución del alumno o la alumna, contemplando también los aspectos disciplinarios y ético sociales, así como su desempeño curricular. Los alumnos o alumnas cuyo desempeño académico y/o
  • 33. actitudinal haya sido bajo o deficiente durante el año escolar, firmarán con sus padres Acta de Compromiso Académico y/o Actitudinal en el momento de la matrícula. De continuar así en el siguiente año escolar, el alumno o la alumna perderán el derecho a la renovación de la Matrícula. ARTICULO 49. INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Si un alumno o alumna o padres, tienen inquietudes acerca del resultado de las evaluaciones pueden pedir cita con el profesor de la asignatura en cuestión para aclarar sus dudas. En caso de que las aclaraciones suministradas por el docente encargado, no sean consideradas suficientes o satisfactorias por el alumno o la alumna o padres, estos, podrán acudir al director de grupo, si esto no fuera suficiente se acudirá a la coordinación académica, siempre siguiendo el debido proceso. Si la reclamación no es suficientemente aclarada se podrá pedir cita al Comité de Evaluación y Promoción en cabeza del Rector para tratar el tema, aclarando que ello, no representa garantía de cambio en los resultados si la reclamación carece de sentido, validez o fundamento real. PARAGRAFO: Como el fin primordial de la Institución es contribuir al desarrollo de las potencialidades Espirituales, morales, intelectuales, físicas y estéticas de los alumnos y las alumnas, a través del aprendizaje y con la participación activa en la búsqueda de soluciones para responder a las demandas socio-culturales que exige el mundo en permanente cambio, los y las estudiantes tendrán derecho a recibir orientación de carácter pedagógico formativo por parte de Directivos, Docentes, Directores de Grado y Servicio de Psicoorientación. CAPITULO IV PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGOGICOS ARTICULO 50. PROGRAMA DE DIRECCIÓN DE GRUPO Con el fin de crear un espacio formativo y sistemático, se ha organizado el Programa de Dirección de Grupo, que tiene los siguientes objetivos: 1- El compromiso en la construcción de una sociedad que reconozca los valores y la dignidad humana. 2- La formación del ser humano para la práctica de la libertad y la participación activa en la solución de problemas sociales. 3- La integración progresiva de valores deseables en la vida de los y las estudiantes. El director de grupo trabajará en coordinación con otros estamentos formadores de la comunidad para buscar la internalización y desempeño de los valores y la participación comprometida de toda la comunidad. ARTICULO 51. PROGRAMA DE ESTUDIANTES ADELANTADOS(AS) EN MATEMATICAS Con el fin de estimular a los alumnos y alumnas más sobresalientes en la asignatura de matemáticas y poner al servicio de sus demás compañeros y compañeras sus habilidades y capacidades, se ha organizado un programa de tutorías individualizadas y orientadas por los y las estudiantes para sus compañeros, bajo la supervisión de los profesores del área. Soportados en la creencia eficaz que quien enseña aprende aún mejor, los estudiantes y las estudiantes sobresalientes ayudarán a sus compañeros y compañeras con menor grado de comprensión durante al menos 2 horas en la semana, mediante programación del profesor del área, para trabajo en grupos o dúos, que han demostrado ser muy eficientes para ayudar a la comprensión, asimilación y fortalecimiento del conocimiento toda vez que los y las alumnas son protagonistas de sus avances y lideran
  • 34. los estudios de sus propios compañeros y compañeras que reflejan dificultades en la asignatura. El Colegio brinda un reconocimiento representado en un certificado de honor a los tutores y tutoras al finalizar el año lectivo como respuesta por realizar dicha orientación en sus demás compañeros(as). ARTICULO 52. PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS, brinda apoyo y respalda toda acción que conduzca a la formación de lectores(as) y de escritores(as) en la medida que es consciente que la lectura es una actividad primordial tanto para un buen desempeño académico, como para comprender mejor el mundo e interactuar positivamente en él. El equipo DE GESTION ACADEMICA, junto con los docentes de español, no sólo apoya la actividad docente y académica, sino que mediante un Programa de Promoción de la Lectura, pretende lograr un acercamiento tanto afectivo como intelectual de los alumnos y las alumnas al texto escrito. Los objetivos de este programa son: • Propiciar espacios de encuentro con el libro y los diferentes materiales de la biblioteca. • Contribuir a la formación de lectores autónomos, críticos y selectivos. • Apoyar el proceso de aprendizaje de la lectura. • Reconocer el valor estético de la obra literaria. • Vivenciar la literatura como una experiencia que le permite al lector descubrirse, mirarse, reconocerse y sobretodo transformarse. • Incorporar la lectura como una actividad cotidiana y voluntaria para la vida. • Desarrollar habilidades de búsqueda y de manejo de la información en las bibliotecas. • Contribuir en la formación en valores como parte fundamental de la filosofía del Colegio. Este programa tiene como eje central la realización de talleres desde primaria hasta sexto. Cada grupo tiene asignada semanalmente una hora de taller de lectura en la clase de español. Las actividades que se desarrollan en los talleres son variadas y su programación es flexible. Se trabajan tanto textos literarios como informativos, se recomiendan lecturas, se dialoga sobre lo leído, se familiariza a los y las estudiantes con las diferentes colecciones de la biblioteca y se ejercitan en la búsqueda de información. En estos talleres hay un espacio para la selección y préstamo de libros. ARTICULO 53. PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL (PRAES) Con el desarrollo del Programa de Educación Ambiental y anexos se busca fomentar en los alumnos y las alumnas, los profesores y en general la Comunidad Educativa, sensibilización y conciencia sobre la riqueza del entorno y la necesidad de preservar sus recursos, a través de programas y proyectos planeados y ejecutados de forma integral por diferentes miembros del Colegio y asignaturas del conocimiento. De acuerdo con los principios de respeto y la preservación de los recursos, debemos reconocer el compromiso y relación que como seres humanos tenemos con el medio, por lo cual en la Educación Ambiental se abre un espacio para discutir situaciones y hechos reales que afectan nuestro entorno, proponer soluciones de trabajo viables a corto, mediano y largo plazo y evaluar su efecto en el medio, para así constantemente renovar nuestras acciones en búsqueda de la preservación de los recursos y el mejoramiento de nuestra calidad de vida. Se pretende llevar a los y las alumnas a entender y asumir este compromiso, recibirán una guía y acompañamiento por parte de los docentes de Biología y Química, Ciencias Naturales y Sociales donde se aborda a los alumnos y alumnas en el desarrollo de autonomía y toma de decisiones, pensando en el bien común; así como contribuimos con su formación integral donde la participación comunitaria, las necesidades del otro y la sensibilización por las cosas pequeñas que nos rodean se hacen fundamentales. ARTICULO 54. PROYECTOS DE PRIMARIA Se considera ésta una estrategia pedagógica que facilita la implementación de los principios del