El documento resume las medidas de protección contra la violencia a la mujer en Oaxaca según varios códigos y leyes. Estas medidas incluyen solicitar medidas precautorias por parte del Ministerio Público, decretar medidas de protección para menores que sufren violencia intrafamiliar, y otorgar órdenes de protección como la desocupación del domicilio por el agresor y restricciones de acercamiento.
10. Código Civil Siempre y cuando el agresor y el agraviado cohabiten el en mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio, o concubinato
11. Código Civil Cuando llegue a conocimiento de cualquier autoridad administrativa i del juez que aquellas personas que teniendo la patria potestad, la guarda o custodia del menor, no cumplen con las obligaciones que les corresponden, o ejerzan violencia intrafamiliar contra él, lo harán saber al Ministerio Público, quien promoverá lo que corresponda, y el juez de inmediato decretará las medidas de protección para aquél.
12. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia Deberán otorgarse por la autoridad competente, inmediatamente que conozca de hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia contra las mujeres Son fundamentalmente:
13. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia Desocupación por el agresor del domicilio conyugal o donde habite la víctima, independientemente de la acreditación o propiedad del inmueble
14. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia Arículo 27. Son órdenes de protección preventiva las siguientes
15. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia Artículo 27. Son órdenes de protección preventiva las siguientes
16. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia Artículo 29. Son órdenes de protección de NATURALEZA CIVIL las siguientes:
17. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia