El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (SC) autorizó la operación de concentración económica solicitada por Amnet y Telefónica Multiservicios, al determinar que la misma no generará una limitación significativa de las condiciones de competencia actuales. Amnet deberá reportar anualmente los beneficios que la concentración representa a los consumidores que conforman su cartera de clientes.
Informe Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRIL
C.14-12 SC autoriza concentración entre AMNET y Telefónica Multiservicios
1. COMUNICADO DE PRENSA C. 14-12
Antiguo Cuscatlán, 30 de abril de 2012.
SC autoriza concentración entre AMNET y
Telefónica Multiservicios
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (SC) autorizó la operación de
concentración económica solicitada por Amnet y Telefónica Multiservicios, al determinar que la misma
no generará una limitación significativa de las condiciones de competencia actuales. Amnet deberá
reportar anualmente los beneficios que la concentración representa a los consumidores que conforman
su cartera de clientes.
La concentración económica autorizada consiste en la compraventa por
“La concentración
económica fue
parte de Amnet, sobre la cartera de clientes así como de algunos activos
autorizada, dado que el vinculados directamente en la prestación de servicios de telefonía fija y
análisis técnico, jurídico y de internet por la sociedad Telefónica Multiservicios.
económico realizado,
determinó que ésta El análisis técnico, jurídico y económico efectuado por la
operación no produciría Superintendencia incluyó la revisión de los niveles de concentración del
una limitación mercado, la evaluación de las barreras a la entrada a nuevos
significativa de la competidores y el grado de rivalidad existente, con el fin de determinar si,
competencia en los producto de la operación, se podían incrementar las probabilidades de
mercados analizados”, prácticas anticompetitivas o cualquier otra limitación de la competencia.
informó Francisco Díaz Con base en el análisis efectuado se determinó que la operación de
Rodríguez, concentración no generaría una afectación significativa de la
Superintendente de competencia.
Competencia.
Además, advirtió que dicha operación tiene gran potencial para crear
beneficios a los consumidores. No obstante, era pertinente asegurar que los usuarios que conforman la
cartera de clientes objeto de la operación, estuviesen informados de las condiciones de la operación,
conocieran sus derechos y tuviesen la libertad de cambiar de operador si así lo desearan.
Por estos motivos, el Consejo Directivo de la SC ordenó a Amnet:
• Presentar anualmente, por un período de dos años, evidencia cuantificable de los beneficios
directos que la concentración representa para los consumidores que conforman la cartera de
clientes objeto de esta operación.
2. • Suspender en todos los contratos de usuarios de Telefónica Multiservicios vigentes a la fecha de
la realización de la operación, cualquier tipo de cláusula que penalice la terminación anticipada
de tales contratos, para que aquellos usuarios que deseen finalizarlos puedan hacerlo.
• Publicar información suficiente acerca de la operación que se realiza con el fin de que todos los
interesados tengan conocimiento de los beneficios de la transacción así como de la libertad de
traslado a otros operadores libre de toda penalización.
• Publicar toda aquella información necesaria para que los clientes que deseen dar por terminados
sus contratos con Telefónica Multiservicios, S. A. de C. V. puedan hacerlo. La publicación de
esta información se hará durante al menos tres meses a partir del día siguiente al de la fecha de
realización de la operación.
Antecedentes
23 de diciembre de 2011 SC recibe solicitud de autorización de concentración.
3 de enero de 2012 CD de la SC pide información faltante a Amnet.
25 de enero de 2012 Amnet presenta información complementaria.
1 de febrero de 2012 CD de la SC admite a trámite la solicitud de concentración económica.
24 de abril de 2012 CD de la SC autoriza la concentración económica.