7. LA PROTECCIÓN
DIPLOMÁTICA. ELEMENTOS
A. Que exista un daño personal o
patrimonial a un extranjero
originado en un hecho ilícito
internacional
ERNESTO REY CANTOR
8. LA PROTECCIÓN
DIPLOMÁTICA. ELEMENTOS
B. Que el particular afectado agote
los recursos internos del Estado
territorial tendientes a la
reparación del daño
ERNESTO REY CANTOR
10. LA PROTECCIÓN
DIPLOMÁTICA. ELEMENTOS
D. Que el Estado que promueva la
acción sea aquél del cual el
extranjero sea efectivamente
nacional.
ERNESTO REY CANTOR
11. LA PROTECCIÓN DIPLOMÁTICA
ELEMENTOS
E. Que la reparación solicitada se
circunscriba al daño sufrido por el
nacional
ERNESTO REY CANTOR
12. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO RECONOCIDOS
POR LAS NACIONES
CIVILIZADAS
1. El principio general de
responsabilidad de los Estados y
reparación de los daños
ERNESTO REY CANTOR
13. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
2. El principio de reciprocidad en las
relaciones entre Estados
ERNESTO REY CANTOR
14. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
3. La interpretación de la regla de la
unanimidad: “Nemo iudex im
propia causa” ERNESTO REY CANTOR
15. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
4. El principio de la fuerza mayor
como causa de exoneración de
responsabilidad
ERNESTO REY CANTOR
16. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
5. El principio de igualdad de las
partes (procedimiento
contradictorio)
ERNESTO REY CANTOR
17. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
6. El principio de responsabilidad
por denegación de justicia
ERNESTO REY CANTOR
18. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
7. El principio de respeto de los
derechos adquirido.
ERNESTO REY CANTOR
19. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
8. El principio de cosa juzgada
ERNESTO REY CANTOR
20. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
9. pacta sunt servanda
ERNESTO REY CANTOR
21. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
10. La buena fe
ERNESTO REY CANTOR
22. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
11. La equidad
ERNESTO REY CANTOR
23. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
12. Derechos adquiridos
ERNESTO REY CANTOR
24. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
13. Enriquecimiento sin causa
ERNESTO REY CANTOR
25. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
14. La prohibición de abuso del
derecho
ERNESTO REY CANTOR
26. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
15. La excepción de prescripción
liberatoria
ERNESTO REY CANTOR
27. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
16. Audiatur et altera pars (que sea
oída también la otra parte)
ERNESTO REY CANTOR
28. PRINCIPIOS GENERALES
DEL DERECHO
RECONOCIDOS POR LAS
NACIONES CIVILIZADAS
17. Non bis in idem
ERNESTO REY CANTOR
29. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
1. El principio de la independencia
de los Estados. Interpretación
restrictiva
ERNESTO REY CANTOR
30. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
2. El principio de la protección
diplomática como derecho del
Estado
ERNESTO REY CANTOR
31. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
3. El principio del agotamiento de
los recursos internos con carácter
previo a la reclamación
internacional
ERNESTO REY CANTOR
32. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
4. La peculiaridad de la
interpretación auténtica en el
Derecho Internacional
ERNESTO REY CANTOR
33. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
5. La aformalidad como
característica del Derecho
Internacional. Principio de
efectividad.
efectividad
ERNESTO REY CANTOR
34. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
6. El principio de sometimiento
voluntario a la jurisdicción
internacional.
ERNESTO REY CANTOR
35. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
7. El principio de libertad de la
Corte en la apreciación de las
pruebas y de las alegaciones de las
partes.
ERNESTO REY CANTOR
36. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
8. La libertad de la Corte para
decidir sobre cuestiones de
procedimiento
ERNESTO REY CANTOR
37. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
9. La libertad de la Corte en la
interpretación y valoración de las
leyes nacionales
ERNESTO REY CANTOR
38. PRINCIPIOS DE DERECHO
INTERNACIONAL
10. La prevalencia del Derecho
Internacional respecto de los
ordenamientos nacionales.
ERNESTO REY CANTOR
42. JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL
“Una reclamación internacional,
basada en una supuesta denegación
de justicia, no puede ser acogida,
sino han sido agotadas las diferentes
instancias de la jurisdicción local, el
cual es un principio reconocido del
Derecho Internacional”.
ERNESTO REY CANTOR
44. JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL
• Comisión de Arbitraje Grecia-
Reino Unido, 1956.
• El agotamiento de los recursos
internos es una «regla bien
establecida».
ERNESTO REY CANTOR
48. JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL
“La regla según la cual se deben
agotar los recursos internos antes de
acudir a un procedimiento
internacional es una regla bien
establecida del Derecho internacional
ERNESTO REY CANTOR
49. JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL
consuetudinario; ha sido
generalmente observada en los casos
en que un Estado ha hecho suya la
causa de sus súbditos cuyos derechos
han sido lesionados en otro Estado
en violación del Derecho
internacional.
ERNESTO REY CANTOR
50. JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL
Antes de recurrir a la jurisdicción
internacional, se ha considerado
necesario en semejante caso que el
Estado en que se ha sometido la
lesión pueda remediarla por sus
propios medios, en el cuadro de su
orden jurídico interno.
ERNESTO REY CANTOR
51. Artículo 46.1
A. que se hayan interpuesto y
agotado los recursos de jurisdicción
interna, conforme a los principios del
Derecho Internacional generalmente
reconocidos.
ERNESTO REY CANTOR
52. Reglamento artículo 31 agotamiento
recursos internos
1. Con el fin de decidir sobre la
admisibilidad del asunto la Comisión
verificará si se han interpuesto y
agotado los recursos de la
jurisdicción interna, conforme a los
principios del derecho internacional
generalmente reconocidos.
ERNESTO REY CANTOR
53. 2. Las disposiciones del párrafo
precedente no se aplicarán
cuando:
ERNESTO REY CANTOR
54. A) no exista en la legislación
interna del Estado en cuestión el
debido proceso legal para la
protección del derecho o derechos
que se alegan han sido violados
ERNESTO REY CANTOR
55. B) no se haya permitido al presunto
lesionado en sus derechos el acceso a
los recursos de la jurisdicción interna,
o haya sido impedido de agotarlos.
C) haya retardo injustificado en la
decisión sobre los mencionados
recursos.
ERNESTO REY CANTOR
56. 3. Cuando el peticionario alegue la
imposibilidad de comprobar el
cumplimiento del requisito señalado
en este artículo, corresponderá al
Estado en cuestión demostrar que los
recursos internos no han sido
agotados, a menos que ello se
deduzca claramente del expediente
ERNESTO REY CANTOR
57. LAS EXCEPCIONES AL
AGOTAMIENTO DE LOS
RECURSOS DE JURISDICCIÓN
INTERNA
ERNESTO REY CANTOR
58. • No exista en la legislación
interna del Estado de que se trata
el debido proceso legal para la
protección del derecho o derechos
que se alega han sido violados.
ERNESTO REY CANTOR
59. • No se haya permitido al presunto
lesionado en sus derechos el
acceso a los recursos de la
jurisdicción interna, o haya sido
impedido de agotarlos.
ERNESTO REY CANTOR
60. • No se haya permitido al presunto
lesionado en sus derechos el
acceso a los recursos de la
jurisdicción interna, o haya sido
impedido de agotarlos.
ERNESTO REY CANTOR
61. • Haya retardo injustificado en la
decisión sobre los mencionados
recursos
ERNESTO REY CANTOR