1. Centro de bachillerato tecnológico
industrial y de servicios No. 13
Materia: administración
Trabajo: nuestra empresa (ECO-JABONES S.A. DE C.V.)
Grado y grupo: 6° «C»
INTEGRANTES:
• Aguilar Sondon Eduardo
• Ascanio Varela Miguel Julián
• Bock Vega Gabriel
• Ortiz García Rafael Paulino
• Ramírez Torres Juan Carlós
• Saldaña García Juan Carlos
2. NUESTRA EMPRESA
ECO-JABONES S.A. DE C.V.
la empresa eco-jabones s.a. de C.V. es una empresa
que se dedica a la venta de jabones naturales (ECO-
JABONES) para el cuidado de la piel de millones de
personas.
¿POR QUE VENDER ECO-JABONES?
Estos jabones naturales ayudan a erradicar diferentes problemas
cutáneos como acné, psoriasis, celulitis, pieles sensibles o llagas.
Así, la marca eco-jabones se ha dedicado a explotar este nicho
de mercado.
3. Objetivo de eco-jabones
El objetivo de esta idea de
negocio es desarrollar una
empresa que produzca y
comercialice jabones cuyo
tratamiento no contenga
químicos.
Esta alternativa ecológica ofrece distintos tipos de
jabones como los revitalizantes, los suavizantes o los
purificantes, cualidades que dependen de la materia
prima que se emplee en su fabricación.
4. PARA SU ELABORACIÓN, ÉSTAS SON LAS
PRINCIPALES PLANTAS QUE USAMOS:
Avena: ideal para limpiar y suavizar la piel de todo el
cuerpo.
Té verde y/o Ginkgo biloba: sirven para prevenir el
envejecimiento de la piel.
Tepezcohuite: actúa como reparadora y regeneradora
contra las estrías y tiene una acción antiarrugas.
Centella asiática: favorece la cicatrización.
Tomillo: actúa contra el acné gracias a su acción
antiséptica.
Manzanilla: ideal para pieles sensibles y secas por sus
propiedades descongestivas y suavizantes.
Romero: excelente reconstituyente de la piel.
5.
6. PERMISO PARA CONSTITUIRSE COMO
PERSONA MORAL
Se pide en la Secretaría de Relaciones Exteriores
Las características comunes que deberán atenderse en el
momento de constitución de la mayoría de las personas morales
son:
Solicitar la autorización de uso de denominación o razón social.
Seleccionar un régimen jurídico.
Definir objeto social.
Establecer cuál será el domicilio.
Reunir la información de los socios, accionistas o asociados.
Definir la integración del capital social.
Definir la forma de administración.
Definir la forma de vigilancia.
7. PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA CONSTITUTIVA
Es realizado ante el Notario o Corredor Público
El protocolizar un acta, significa que dicha acta se eleva al nivel
de una escritura, ese decir se convierte en un documento
público al ser analizado y "protocolizado" por un Notario.
El protocolo es el libro donde el Notario asienta sus
actos, entonces, protocolizarlo significa hacer que un
documento forme parte del mismo, la ley prevé que ello se logre
transcribiéndolo en el protocolo o bien agregándolo como anexo
del mismo.
8. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES
Es solicitado en el Servicio de Administración
Tributaria (SAT)
Se refiere a una clave que requiere toda persona física en
México para realizar alguna actividad económica licita que
este obligada a pagar impuestos a toda persona moral con
algunas excepciones. A estas personas se les llama
contribuyentes.
9. AVISO NOTARIAL A LA SECRETARÍA DE
RELACIONES EXTERIORES
Este trámite lo realiza el Notario o Corredor Público
Este trámite lo realiza el Notario o Corredor Público y consiste
en notificar a la Secretaria de Relaciones Exteriores que ya ha
sido utilizado el permiso antes tramitado. Para realizar este
trámite deberá presentarse:
1. Tres copias y original del formato SA-5 firmado por el
notario.
2. Tres copias del permiso.
Costo del tramite: $210 (Institución Bancaria) $120 (Derecho
Municipal).
Tiempo de trámite: Un día hábil.
10. PRESENTACIÓN ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y
DEL COMERCIO
Este paso también lo resuelve el Corredor o Notario y lo debe presentar
ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
Dentro de nuestro sistema legislativo, es una oficina en la
que se lleva a efecto la inscripción de los títulos
expresamente determinados en el Código civil, con la
finalidad primordial de dar al comercio jurídico la seguridad y
certeza.
11. INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA
Realizado ante la Tesorería General del Estado
Toda persona que por primera vez vaya a contratar a
trabajadores, deberá solicitar su inscripción en el Sistema de
la Seguridad Social como empresa antes del comienzo de la
actividad. Con la inscripción se asigna al empresario un
número para su identificación que se considera el Código de
Cuenta de Cotización.
12. SOLICITUD DE USO DE SUELO Y/O CONSTRUCCIÓN
Obtenido en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología
Brindar asesoría y recabar la documentación solicitada para la
tramitación de la Licencia de Uso de Suelo y/o Edificación de las
empresas que lo soliciten. Las personas físicas o morales que
pretendan llevar a cabo cualquier tipo de acción urbanística o
edificación sobre un predio urbano o rústico, cambiar el uso o
destino del suelo, fusionar, subdividir o ejecutar cualquier tipo de
acción sobre un inmueble, deberán obtener previamente la
licencia, permiso o autorización respectiva y pagarán los derechos
conforme a lo que se establece en las tarifas.
13. INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN
LA SECRETARÍA DE SALUD
Cuando se va a establecer una empresa, la Secretaría
de Salud considera tres esquemas de responsabilidad
hacia dicha Secretaría:
La licencia sanitaria para las empresas de mayor
riesgo.
El aviso de funcionamiento para las empresas de
menor riesgo.
La liberación total de los giros que no constituyen
riesgo para la salud.