Este documento describe el sistema político de Costa Rica. Explica que el país tiene un régimen municipal con gobiernos locales elegidos democráticamente. También tiene instituciones autónomas que brindan servicios públicos importantes como salud, electricidad y educación. Finalmente, describe los orígenes, estructura e ideologías de los principales partidos políticos de Costa Rica y su importancia para el funcionamiento de la democracia. Explica que a pesar de la bipolaridad entre dos partidos mayoritarios, existen también partidos menores que juegan un papel
1. Liceo de Atenas Educación Cívica
Prof. Patricia León Arias Nivel 11º
Nombre_____________________________ Sección_________
Tema
El sistema político y las perspectivas de la democracia costarricense
A. El Régimen Municipal
Objetivo 1: Identificar el concepto, integración, funciones e importancia de los gobiernos
locales.
Municipalidad: es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad y
capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para
cumplir sus fines.
La administración de los intereses locales de cada cantón estará a cargo del gobierno
municipal, formado por un cuerpo deliberante integrado por regidores municipales de
elección popular y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.
El gobierno municipal está formado por un conjunto de munícipes o regidores electos
popularmente quienes son los interlocutores, representantes y ejecutores de los intereses
vecinales así como de los servicios cantonales
El funcionario ejecutivo es el Alcalde o Alcaldesa Municipal, el cual es elegido por
elecciones generales que se realizarán cada cuatro años. Existen dos alcaldes suplentes
para sustituir al alcalde o alcaldesa en ausencia temporal o definitiva.
Los regidores municipales serán electos por cuatro años y desempeñarán sus cargos
obligatoriamente. Las municipalidades de cantones centrales de provincias estarán
integradas por no menos de 5 regidores propietarios e igual número de suplentes.
Los regidores o regidoras junto con el Alcalde o Alcaldesa conforman el Concejo
Municipal en cuyo seno se elegirán un presidente y un vicepresidente para coordinar las
sesiones del Concejo.
El Concejo Municipal actúa en forma autónoma sin subordinación alguna al poder
Ejecutivo. Esto significa que las municipalidades son entes públicos territoriales o
corporaciones que no forman parte de la administración central del Estado, ni son
instituciones autónomas.
2. Los gobiernos municipales realizan una serie de funciones, entre ellas:
1. Impulsar el progreso de la cultura, las ciencias y las artes promoviendo
exposiciones o subvencionando actividades que contribuyan con el avance cultural
del cantón.
2. Impulsar la educación coordinando su actividad con organismos públicos y
privados y ofreciendo becas a estudiantes de escasos recursos económicos.
3. Velar por la salud física y mental de las personas, participando y ofreciendo
programas de prevención y combate de enfermedades y construyendo hospitales,
centros de nutrición, recreación o deportes.
4. Estimular y proteger el desarrollo agropecuario, industrial y comercial, así como las
fuentes de empleo del cantón.
5. Proteger los recursos naturales a través de la creación y promoción de parques
nacionales, reservas forestales y refugios animales.
6. Fomentar el turismo protegiendo las bellezas naturales y regulando su uso
racionalmente.
7. Velar por la seguridad de las personas y el orden público mediante una acción
coordinada con las autoridades y entidades nacionales.
8. Promover la conciencia cívica en la población para que apliquen los principios de
autodeterminación democrática.
9. Otorgar las patentes comerciales e industriales.
10. Establecer una política integral de planeamiento urbano.
11. Percibir y administrar en su carácter de administración tributaria (impuesto
territorial)
12. Realizar la apertura y mantenimiento de caminos.
Cada distrito estará representado ante la municipalidad del respectivo cantón por un
síndico propietario y un suplente, con voz, pero sin voto.
Las municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios y extraordinarios, los cuales
necesitarán para entrar en vigencia la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará
su ejecución.
Para financiar los gastos de las municipalidades, éstas reciben sus ingresos de los
impuestos tanto territorial como de patentes y tasas que cobran por servicios como la
recolección de basura, el alumbrado público, la limpieza de caños, la policía municipal y
contribuciones especiales.
El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) es la institución encargada de
asesorar técnica y financieramente a las municipalidades.
3. B. Las instituciones autónomas
Objetivo 2: Distinguir las funciones e importancia de las Instituciones del Estado
costarricense para el desarrollo económico, social, político y cultural del país.
Concepto: Gozan de independencia administrativa y están sujetas a la ley en materia de
gobierno. Sus directores responden por su gestión.
Son instituciones autónomas:
1. Los bancos del Estado.
2. Las instituciones aseguradoras del Estado.
3. Las que la Constitución Política establece y los nuevos organismos que crea la
Asamblea Legislativa por votación no menor de los dos tercios del total de sus
miembros.
El nombramiento de las juntas administrativas de las instituciones autónomas
corresponde al Consejo de Gobierno. Fueron creadas con el propósito de desarrollar una
serie de servicios que el Estado tiene la obligación de brindar a la población y que pueden
ser mejor atendidos si se administran en forma independiente.
Algunas instituciones que clasifican dentro del grupo en estudio, son las siguientes:
1. Caja Costarricense del Seguro Social: C.C.S.S. Administra los seguros sociales
de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte. Tiene a su cargo el sistema
hospitalario del país.
2. Instituto Nacional de Seguros: I.N.S. Se encarga de los seguros de vida,
incendio, automóvil, cosechas, vivienda, robo, etc.
3. Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados: AyA. Controla el
agua para uso doméstico, comercial e industrial.
4. Instituto Costarricense de Electricidad: I.C.E. Se encarga del servicio eléctrico
y telecomunicaciones.
5. Instituto Nacional de Aprendizaje: I.N.A. Capacita obreros para el desarrollo
industrial.
6. Universidad de Costa Rica: U.C.R. Prepara los profesionales que necesita el
país.
7. Universidad Nacional Autónoma: U.N.A. También prepara profesionales en
campos diferentes a la Universidad de Costa Rica.
8. Universidad Estatal a Distancia: U.N.E.D. Prepara profesionales con el sistema
a distancia.
9. Instituto Tecnológico de Costa Rica: I.T.C.R. Prepara técnicos profesionales en
todos los campos para el desarrollo del país.
10. Instituto Mixto de Ayuda Social: I.M.A.S. Ayuda a las clases desposeídas.
11. Patronato Nacional de la Infancia: P.A.N.I. Brinda protección a la madre y al
niño desvalido.
12. Junta de Protección Social: J.P.S. Se encarga de la Lotería Nacional y
mantiene Instituciones Sociales (ayuda a hogares de ancianos, hospicios, etc.)
4. 13. Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. I.N.V.U. Ha perdido funciones y
actualmente se dedica a controlar el urbanismo del país (antes construía viviendas
para gente de pocos recursos, actualmente lo hace el BANHVI). Se pretende dejar
esta institución solo como ente financiero.
14. Sistema Bancario Nacional: S.B.N. Son todos los bancos del Estado.
15. Consejo Nacional de Producción: C.N.P. Incrementa la producción y garantiza
mercado y precios a los agricultores.
16. Instituto de Desarrollo Agrario: I.D.A. Dota al campesino de tierras para
incrementar la producción.
17. Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica: JAPDEVA. Se encarga del desarrollo de la región Atlántica.
18. Instituto Costarricense de Turismo: I.C.T. Incrementa el turismo y da a conocer
a Costa Rica.
Otros órganos o instituciones públicas
Existen otras instituciones públicas como:
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP): que fija precios y
tarifas de los servicios públicos y realiza audiencias públicas para que las personas
puedan opinar en relación con algún aumento en el pago de servicios como electricidad,
pasajes de buses, agua, entre otros.
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE):
cuyo principal objetivo es el de coordinar acciones de prevención y atención de
emergencias en el país ante la situación de desastres.
Central Única de Emergencias 911: a la cual acudimos en caso de atropello, asalto,
incendio, robo, accidente u otras emergencias.
La Junta de Protección Social de San José: que por medio de la venta de lotería
nacional contribuye con gran cantidad de instituciones de bien social del país.
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad: las cuales desarrollan actividades de
carácter económico, social y cultural.
Defensoría del Consumidor: que ofrece información a los consumidores con listas de
precios de diversos establecimientos, con consejos útiles a la hora de adquirir un
electrodoméstico, ropa, muebles, entre otros.
5. C. Los partidos políticos
Objetivo 3: Identificar el origen, estructura, ideología, financiamiento y relevancia para el
régimen democrático de los partidos políticos en Costa Rica.
Origen de los partidos políticos
Para algunos historiadores, en Costa Rica, durante la mayor parte del siglo XIX, las
agrupaciones políticas se formaron en función de personas, con la influencia directa de
los sectores oligarcas, y no como partidos políticos.
En las elecciones de 1889 surgieron los dos primeros partidos políticos en la historia de
Costa Rica, ellos fueron el Liberal Progresista y el Constitucional Demócrata. Los
seguidores del partido Constitucional, una vez que alcanzan el poder se dividieron en tres
agrupaciones: El Partido Civil (seguidores de Rafael Iglesias), el Independiente
Democrático (cuyo líder era Félix Arcadio Montero) y la Unión Católica (partido clerical).
El siglo XX ha visto el nacimiento de muchos partidos políticos, dos de los cuales son hoy
en día considerados mayoritarios; y los otros son denominados minoritarios.
¿Qué son los partidos políticos?
Son actores fundamentales de la democracia. Su existencia permite la expresión de la
libertad de las personas al decidir y dar su apoyo a aquel grupo cuyas propuestas sean
capaces de salvaguardar los intereses individuales frente al autoritarismo, teniendo en
cuenta también los intereses sociales y respetando las instituciones que velan por el fiel
cumplimiento de los derechos y deberes de las personas.
Los partidos políticos en la actualidad: tradicionales, emergentes y minoritarios.
El Estado costarricense estimula el derecho de las personas de formar parte de los
partidos políticos. Los partidos políticos deben a su vez compartir los ideales del Estado:
una democracia representativa, participativa y pluralista así como respetar las dignidades,
libertades y derechos fundamentales de la persona humana.
El principio de libertad es la base que debe orientar a los partidos políticos siempre y
cuando respeten la Constitución y las leyes.
Estructura de los partidos políticos
El Código Electoral establece según reformas de 1996 que un partido político se
constituye con un grupo de 50 electores que se apersonan ante un notario público para
que este lo inscriba en su protocolo.
Debe señalarse el nombre del partido, sus calidades, miembros del Comité Ejecutivo
(presidente secretario general y tesorero) y los estatutos del partido o conjunto de
normas que lo regulan.
6. La doctrina socioeconómica que lo ampara debe respetar los principios del sistema
democrático. Debe además especificar el quórum o número de miembros necesarios para
celebrar las sesiones y aprobar los acuerdos. La participación femenina no debe ser
menor del 40% y no debe tener en ningún momento subordinación a organismos o
Estados extranjeros.
Como requisito mínimo el partido político debe contar en su organización administrativa
con una Asamblea de Distrito, una Asamblea Cantonal de 5 delegados por provincia y una
Asamblea Nacional de 10 delegados por provincia.
En nuestro país ha existido una bipolaridad partidista (Partido Liberación Nacional y
Partido Unidad Social Cristiana), producto del predominio de las fuerzas políticas que han
venido concentrando, en forma relativamente alternada, los votos mayoritarios del
electorado. Sin embargo, esta bipolaridad no se traduce en la existencia exclusiva de dos
grandes fuerzas partidarias, ya que existen terceros partidos, partidos emergentes o
partidos minoritarios, que a veces han asumido funciones de apoyo a cambio de
negociaciones, de fiscalía o denuncia.
Ideología
Además de los partidos políticos tradicionales con sus ideologías social cristiana (PUSC)
y social demócrata (PLN); existen en Costa Rica otros partidos políticos llamados
minoritarios o emergentes, como Fuerza Democrática, Movimiento Libertario, Alianza
Nacional Cristiana, Acción Ciudadana y Rescate Nacional, con ideologías liberales,
socialistas o mezcla de las diversas ideologías. Algunos de esos partidos minoritarios han
elegido diputados y síndicos y están luchando por lograr la Presidencia de la República.
Financiamiento
Los partidos políticos reciben ayuda del Estado para sufragar los gastos en los que
incurran en la campaña política, siempre y cuando obtengan un 4% del total de los votos
válidos emitidos. Esto quiere decir, que si no obtienen ese porcentaje no reciben ningún
tipo de ayuda económica. Además entre más votos obtenga un partido político, mayor
cantidad de dinero recibirá por parte del Estado.
Relevancia en el régimen democrático
Los partidos políticos como grupos de presión ofrecen la posibilidad a las personas de
hacer valer sus derechos, lo cual no podrían realizar de manera individual. En esta forma
brindan apoyo al sistema político por medio de la participación popular, el ejercicio del
sufragio, el control de las actuaciones del gobierno y el diálogo y negociación de los
problemas nacionales. Sin embargo, ante cuestionamientos e investigaciones sobre actos
de corrupción que afectan al gobierno, partidos políticos y a otras instituciones de la
sociedad, se ha producido en la ciudadanía apatía y desinterés por el sufragio.
7. Reformas electorales
Objetivo 4: Distinguir las principales reformas electorales, las causas y consecuencias
del abstencionismo y la importancia de garantizar el funcionamiento de los partidos
políticos minoritarios.
El Código Electoral ha experimentado importantes reformas, de las cuales la de mayor
magnitud fue la de la ley Nº 7563 en 1998 que reformó y derogó casi un centenar de
artículos de los 196 que lo conforman. Entre las que más se destacan están:
a. La reelección presidencial: fue prohibida en 1972, sin embargo, ante las
gestiones del Presidente Oscar Arias, la sala constitucional la declaró
constitucional. Con esto se permite la reelección presidencial después de un
periodo de 8 años de haber ejercido el cargo.
b. Reducción de la deuda política: contribución que realiza el Estado en la
financiación y pago de los gastos de los partidos políticos para elegir a los
miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.
Disposiciones para otorgarla:
o La contribución será del 0,19% del Producto Interno Bruto del año
transanterior a la celebración de la elección para Presidente y Diputados.
o Tienen derecho a la contribución estatal, los partidos políticos que participen
en los procesos electorales señalados y alcancen al menos un 4% de los
sufragios válidamente emitidos a escala nacional.
o Previo otorgamiento de la fianza, los partidos políticos tendrán derecho a
que se les adelante parte de la contribución estatal, según lo determine la
ley.
o Para recibir el aporte del Estado, los partidos políticos deberán comprobar
sus gastos ante el T.S.E.
o Los partidos políticos pueden recibir contribuciones privadas pero deben
someterse al principio de publicidad y se regularán por la ley.
c. Divulgación de encuestas y sondeos: Se prohíben durante los días inmediatos
anteriores al de las elecciones, y el propio día, porque éstas pueden influir en la
libre expresión del voto y aumentar el abstencionismo, al considerar el electorado
que sus opciones ya ganaron o fueron derrotadas.
d. Transporte de los electores: el día de las elecciones, así como la víspera y el día
posterior, los concesionarios de transporte remunerado de personas en la
modalidad de autobús con ruta asignada, deberán prestar el servicio como si fuera
un servicio ordinario y deberán poner sus vehículos y personal a disposición del
tribunal. Los partidos políticos no podrán contratar este servicio remunerado para
el transporte de electores durante esos días.
e. Participación femenina: Las mujeres deben tener una participación de al menos
un 40% en todos los órganos de un partido político y en todos los puestos de
elección popular. Se agrega la posibilidad de aumentar el porcentaje a un 50%,
según lo cual se alternarían en las papeletas nombres de hombres y mujeres.
8. f. Votación en cualquier lugar del país: Se derogó el artículo 95 de la C.P que
prohibía a los ciudadanos sufragar en un lugar diferente al de su domicilio. Se
pretende con esto facilitarle al ciudadano votar ene le lugar del país donde se
encuentre.
La importancia de garantizar el funcionamiento de los partidos políticos
minoritarios
Las personas tienen más acceso a los partidos políticos minoritarios. Los partidos
mayoritarios, por el contrario tradicionalmente poseen una cúpula que generalmente
decide quiénes son sus candidatos.
Por eso muchas personas proponen que debe ser cambiada la forma de repartir la ayuda
que el Estado brinda a los partidos políticos, porque consideran que , como está fomenta
el bipartidismo y no les da opción a los partidos emergentes. Otro ejemplo es la
propaganda, en donde proponen igualdad de espacio en los medios, ya que los partidos
minoritarios no poseen la capacidad económica de hacer uso de dichos medios de
comunicación.
Es necesario que se otorguen las mismas oportunidades a todos los partidos políticos
para que se dé una verdadera democracia y para que los ciudadanos puedan participar
activamente. La democracia no consiste solamente en emitir el voto, sino que lo más
importante es participar en la toma de decisiones. Deben hacerse las reformas que sean
necesarias para que los partidos minoritarios puedan seguir existiendo y puedan competir
con los tradicionales, lo que contribuiría a que la democracia costarricense se consolide.
Crisis de partidos políticos
Abstencionismo electoral: causas y consecuencias
El país ha experimentado en las últimas campañas electorales porcentajes de
abstencionismo superiores al 30%. Por ejemplo en las elecciones presidenciales del
2002, el abstencionismo alcanzó el 40% y en las del 2006 fue de un 34.79%.
Según investigaciones realizadas en relación con el abstencionismo electoral, existen
diversas causas que han llevado a que muchos electores dejaran de concurrir a ejercer el
derecho al voto ante las urnas electorales, entre ellas:
Motivos técnicos (cuando se emite el sufragio por motivos ajenos a su voluntad).
Falta de interés.
Desencanto que ha sufrido la población ante promesas hechas en campaña
electoral no cumplidas.
Noticias de posibles acciones de falta de responsabilidad y honradez en el
desempeño de actividades laborales en el marco de la función pública.
9. Consecuencias
Desinterés ante diversos problemas que afectan al país.
No pedir rendición de cuentas a quienes ejercen el poder.
Indiferencia a las oportunidades de participación ciudadana.
Pérdida de valores democráticos y debilitamiento de la identidad nacional.
No cabe duda que los partidos políticos deben trabajar fuertemente con la imagen de los
candidatos y los contenidos de sus programas de trabajo. Deben capturar el interés de los
electores y sobre todo de los hombres entre los 20 y 29 años de edad cuyo porcentaje de
abstencionismo es más significativo.
Dentro de este contexto el Tribunal Supremo de Elecciones se enfrenta a una gran
responsabilidad de motivación. Debemos luchar contra el desencanto de los electores, la
participación ciudadana es el motor de la democracia, sin elecciones libres e inteligentes
el sistema podría colapsar.
D. La creación de formas de participación ciudadana
Objetivo 5: Distinguir la importancia del plebiscito y el referéndum como formas de
participación ciudadana.
Es importante para mejorar la democracia costarricense lograr la participación ciudadana
en las decisiones del país. Es así como surgen dos formas de participación ciudadana: el
plebiscito y el referéndum.
Plebiscito: es una votación llevada a cabo por el electorado de una nación, de una región
o de una localidad para pronunciarse sobre un asunto específico. Es un mecanismo de
consulta popular sobre un asunto de trascendencia regional y de interés general (hechos
o eventos), que se realiza por medio del sufragio para aprobar o rechazar una
determinada propuesta. Su puesta en práctica implica que los votantes deben escoger
entre un SÍ o un NO.
Referéndum: es la consulta popular que tiene por objeto la aprobación, modificación o
derogación de un reglamento o disposición de carácter normativo. Se someten al voto
popular las leyes o actos administrativos.
Es una forma pacífica y democrática de resolver controversias sociales y asuntos de
interés común mediante el voto, indicando Si o No. Se implementó en mayo del 2002. De
acuerdo con esta reforma no se podrá convocar a más de un referendo por año, ni
durante los seis meses antes o después de la elección presidencial. En Costa Rica se
llevó a cabo por primera vez en la historia la convocatoria a referendo para el mes de
octubre del año 2007, con la finalidad de someter a la voluntad de los ciudadanos por el sí
o por el no, si Costa Rica ratifica o no el Tratado de Libre Comercio, tema que generó la
mayor discusión en el país en los últimos años.
10. Es vinculante para leyes ordinarias, en las cuales deben participar al menos 30% de los
electores inscritos. Para reformas a la Constitución al menos 40% de los electores
inscritos.
El uso popular confunde el significado de referéndum y plebiscito como si se tratase de lo
mismo, pero el referéndum es la consulta que se hace al electorado sobre algún proyecto
de reforma a la Constitución o sobre un proyecto de ley o sobre una ley ya emitida. El
plebiscito en cambio, es una consulta directa al elector sobre hechos o sucesos, sin
relación con la actividad legislativa, por ejemplo, si la estructura esencial del Estado o de
gobierno debe cambiar.
E. Formas de participación de la Sociedad Civil
Objetivo 6: Identificar las formas de participación de la sociedad civil en Costa Rica y su
importancia.
Juntas Vecinales: surgen dentro del contexto de la solución alternativa de conflictos.
Son integradas por vecinos de una comunidad que actúan como pequeños juzgados para
resolver denuncias de menor cuantía o contravenciones.
Desarrollan proyectos específicos y dependen jurídicamente de las Asociaciones de
Desarrollo Comunal, aplica en principio de justicia pronta y evita largos procesos. Buscan
fomentar el diálogo y la búsqueda de soluciones entre vecinos, promueve el
embellecimiento de la comunidad, capacitan vecinos contra el hampa, consiguen partidas
específicas para asfaltar calles y construir zonas de esparcimiento.
Juntas de Salud: Surgen en el marco de la Ley 7852 del 30/11/98. Buscan
descentralizar los hospitales y clínicas de la CCSS. Son entes auxiliares de los hospitales
y las clínicas para mejorar la atención en salud y en el desempeño administrativo y
financiero del centro de salud.
Funciones:
Contribuye a mejorar los servicios que presta la C.C.S.S.
Colabora con el desempeño administrativo y financiero de los centros de salud.
Fomenta y mejora la atención integral de los medios de salud.
Colabora con la capacitación del recurso humano en los centros de salud.
La integran 7 miembros, quienes permanecen en su puesto 2 años, pueden ser reelectos
y lo ejercen ad honorem. Deben ser mayores de edad y vivir dentro del área de cobertura
del Centro de Salud.
Juntas de Educación: Son nombradas por la municipalidad de cada cantón a petición de
los supervisores del distrito escolar. Actúan como delegados de las municipalidades, son
auxiliares de la administración pública y sirven para integrar la comunidad y el centro
educativo.
11. El Consejo de Profesores de cada institución postula a los miembros de la Junta y la
Municipalidad los selecciona. La integran 5 miembros que duran 3 años en su cargo,
pueden ser reelegidos. Es un puesto honorífico.
Funciones:
velar por que la institución posea material didáctico.
Protege el buen estado de la infraestructura.
Apoya el mejoramiento de la planta física.
Lleva en conjunto con director(a) un inventario de bienes que existen durante su
administración.
Promueve actividades.
Coopera con el Patronato Escolar, Asociación de Padres y con cualquier organismo
que tenga intereses educativos.
Se financian con recursos del Presupuesto Nacional, de la Municipalidad respectiva y de
las Instituciones Autónomas, además pueden recibir donaciones.
Los Inspectores Ambientales ad Honoren: Son personas que se ofrecen como
voluntarios para colaborar en la protección del medio ambiente. Atienden labores de
campo y administrativas. Impulsan programas como COVIRENA (Comités de Vigilancia
de los Recursos Naturales). Colaboran con la educación ambiental de las personas.
Realizan denuncias para hacer valer la ley ambiental. Trabaja en coordinación con el
MINAE.
Requisitos para ser inspector:
Mayor de 18 años.
Tener hábitos de vida acorde con la conservación y protección del ½ ambiente.
Recibir instrucción y capacitación sobre legislación ambiental, organización civil y
diagnóstico.
Pertenecer a un comité o formar uno con un mínimo de 5 personas.
Organizaciones de Protección al Consumidor: Es la Defensoría del Consumidor,
órgano adscrito al MEIC. Se puede llamar al 800 Consumo, para aclarar dudas cuando
se considere que existe violación a nuestros derechos como consumidor. Tiene por
objetivo respetar y tutelar los principios, criterios, obligaciones, derechos que configuran
los derechos de los(as) consumidores(as). Brindar eficiencia y eficacia en brindar
servicios oportunos, prácticos, actuales de información, educación, orientación,
organización y tutela de los derechos y obligaciones de los consumidores.
Apoya al consumidor con programas de información y educación; promueve acciones de
apoyo a grupos de consumidores para que sean escuchadas.
F. Mecanismos de Consulta Popular
Objetivo 7: Reconocer el papel de los diversos mecanismos de consulta popular.
ARESEP: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
12. Es un organismo regulador de Costa Rica, tiene rango de institución autónoma. Tiene
autonomía administrativa y técnica; y no está sujeta a los lineamientos del Poder
Ejecutivo. Tiene por potestades la fijación tarifaria, emisión de normas y reglamentos en
materia de calidad como la atención de quejas y denuncias de los usuarios.
Permite crear canales para denunciar irregularidades del servicio, organiza campañas
educativas en escuelas y colegios para formar consumidores y usuarios críticos de los
servicios que reciben y utilizan. Para fijar preciso utilizan la Audiencia Pública (publicado
en la Gaceta y periódicos nacionales), aquí se presentan quienes prestan el servicio y los
beneficiarios para debatir sobre el precio o el servicio.
Es responsable de regular con criterios fundamentalmente técnicos, la prestación de los
servicios públicos en forma eficaz, eficiente, transparente y equitativa, regula tarifas de
entidades como ICE, AyA, RECOPE, Transportes Públicos, Servicios Marítimos, Aéreos,
Puertos y Correos.
Regula los precios y servicios de: energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable,
combustibles, recolección de basura, servicios portuarios, transportes públicos, ferrocarril
de carga, correos, etc.
La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa
Fue creada en 1999 con el propósito de brindar mayores espacios de participación
ciudadana en la Asamblea Legislativa, facilitar la comunicación de las personas con los
diputados representantes de su provincia y facilitar la participación ciudadana en el
proceso de elaboración de las leyes en la etapa de discusión y análisis.
Brinda información sobre el estado de los proyectos de ley en trámite, de la orden del día
y de la legislación aprobada. Recibe sugerencias, propuestas y anteproyectos de ley de
parte de cualquier habitante.
Los diputados por esta vía pueden recibir sugerencias y proyectos de ley. Todo proyecto
debe llevar firma responsable y número telefónico. Si el proyecto enviado se acoge, se le
notifica a la persona que lo envió. La información se le pasa a los diputados (as) para su
conocimiento y si son de su interés se les da trámite legislativo. Es un medio eficaz de
participación ciudadana.
Los cabildos, plebiscitos y referéndum locales.
El referéndum y plebiscitos locales son consultas hechas por el Estado o por las
Municipalidades para asuntos comunales. Se realizan cuando un proyecto de ley afecta a
una comunidad en particular. Es convocado por la municipalidad con conocimiento del
TSE quien asesora a la Municipalidad sobre lo que tiene que realizar y cómo realizarlo.
Los Cabildos: es una reunión pública del Concejo Municipal y los Concejos distritales, a
la cual son invitados directamente los habitantes del cantón. Pueden ser cerrados o
abiertos.
13. Cabildo Cerrado: reúnen solamente a regidores y síndicos.
Cabildo Abierto: participa todo el pueblo, convocado por el Alcalde para discutir asuntos
públicos de la comunidad.
Todos estos mecanismos y formas de participación popular lo que hacen es favorecer la
democracia, pues los ciudadanos expresan sus ideas y toman decisiones.