2. Se define como Grooming el engaño hacia
niños y adolescentes por parte de un adulto,
quienes a través de mentiras (vía Chat)
pueden hacerse pasar por amigo o amiga de
la misma edad de la víctima que han
escogido. Así, logran acceder a información
privada, como fotografías o vídeos, para
hacer mal uso de ellas, y también a datos
más personales para amenazar y
extorsionar a los menores.
3. Los sujetos que lo
realizan son
pederastas que
comercian con
pornografía infantil,
amenazando a los
chicos y chicas que
en su momento
accedieron a su
“petición” a cambio
de dinero.
4. Todavía no está tipificado como delito,
siendo visto como un concepto
mediático más que una figura legal. De
hecho, en la actualidad, tiene que haber
abuso sexual físico para que se considere
delito.
5.
6. El acoso sexual de menores en la Red no es
algo frecuente. Sin embargo, es
perfectamente factible y las consecuencias
pueden ser devastadoras. Una vez iniciado
el daño es irreparable. Por fortuna, es
sencillo de evitar e incluso de contener en
los primeros momentos.
7. Diez claves para luchar
contra el acoso sexual en
la Red
8. A nadie ni situar las
mismas accesibles a
terceros. Se ha de
pensar que algo sin
importancia en un
determinado ámbito o
momento puede cobrarla
en otro contexto.
9. Para lo cual se debe preservar la seguridad
del equipo informático y la confidencialidad
de las contraseñas.
10. Lo que implica prestar atención permanente
a este aspecto y, en especial, al manejo que
las demás personas hacen de las imágenes
e informaciones propias.
11. Cuando se comienzan a
recibir amenazas e
intimidaciones es
importante…
12.
13. en ningún caso puesto que ello supone
aumentar la posición de fuerza del
chantajista dotándole de un mayor número
de elementos como pueden ser nuevas
imágenes o vídeos eróticos o pornográficos.
14. Se trata de una situación nueva y delicada
que conlleva gran estrés emocional. Contar
con el apoyo de una persona adulta de
confianza es fundamental. Aportará
serenidad y una perspectiva distinta.
15. por parte del depredador de los elementos
con los que se formula la amenaza y las
posibilidades reales de que ésta se lleve a
término así como las consecuencias para las
partes. Mantener la cabeza fría es tan difícil
como importante.
16. Puede que haya conseguido acceso al
equipo o posea las claves personales. En
previsión de ello:
17. Puede ser inviable probar que el depredador
dispone de ciertas imágenes o informaciones o
que las ha hecho públicas. También puede
ocurrir que no se pueda demostrar que esas
imágenes fueron obtenidas por la fuerza o
mediante engaño o incluso que se han recibido
amenazas. Por todo ello conviene saber en qué
ilícitos ha incurrido o incurre el depredador
porque ello habilita la vía legal
18. capturas de pantalla, conversaciones,
mensajes... todo aquello que pueda
demostrar las acciones del depredador
o dar pistas sobre su paradero o modo
de actuar será de gran utilidad tanto a
efectos de investigación como
probatorios. Se debe tener presente no
vulnerar la Ley en este recorrido.
19. Con un adecuado análisis de la situación y
elementos de prueba que ayuden a la
investigación el hecho ha de ser puesto en
conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado con independencia de
que el acecho hubiera o no remitido.
20.
Para reducir el riesgo de Grooming sobre los menores, los expertos
aconsejan:
• Evitar la instalación de cámaras web (webcam) o restringir su uso
mediante algún programa o mediante claves o controles parentales.
• Colocar el ordenador en lugares comunes de la casa: por
ejemplo, en el salón.
• Educar a los hijos en los peligros de la Red. Hay que explicarles
las medidas de protección básicas para evitar cada uno de ellos (por
ejemplo para evitar el Grooming).
• Saber quiénes son sus contactos y revisar su perfil en las redes
sociales.
• Proteger los datos personales. Los menores no deben rellenar
formularios en los que den datos personales suyos, de amigos o conocidos
o de su familia.
• Poner un horario: es importante que no chateen por la noche y a
escondidas de los padres.
21.
22. El Grooming habitualmente es un proceso que puede
durar semanas o incluso meses, y que suele pasar por
las siguientes fases, de manera más o menos rápida
según diversas circunstancias:
El adulto va obteniendo datos personales y de contacto
del/a menor.
Utilizando tácticas como la seducción, la provocación,
el envío de imágenes de contenido pornográfico,
consigue finalmente que el/la menor se desnude o
realice actos de naturaleza sexual frente a la webcam o
envíe fotografías de igual tipo.
Entonces se inicia el cibera coso, chantajeando a la
víctima para obtener cada vez más material
pornográfico o tener un encuentro físico con el/la menor
para abusar sexualmente de él/ella.
23. En 2003, MSN puso en marcha restricciones en sus salas de chat
con el objeto de proteger a los niños de los adultos que buscaban
tener conversaciones de tipo sexual con ellos. En 2005, el fiscal
general de Nueva York realizó una investigación sobre las salas de
chat deYahoo! porque permitían crear salas cuyos nombres
sugerían que serían empleados con este fin. En octubre de ese
mismo año Yahoo! acordó poner en práctica políticas y
procedimientos para impedir la creación de dichas salas1
Existen organizaciones como Perverted-Justice (PJ) que utiliza
personas infiltradas como menores para identificar adultos que
potencialmente puedan molestar sexualmente a los niños y pasar
la información a la policía. El programa de noticias Dateline NBC
incluye una sección titulada "To Catch a Predator" (Cazar a un
depredador), basada en dichas actividades encubiertas.
Una organización denominada Crisp Thinking ha creado un
servicio para identificar el Grooming y advertir a los padres.
Disponen de un software que permite vigilar la actividad de los
chats y la mensajería instantánea la búsqueda de actividades que
ellos relacionan con el Grooming.
24. Otra empresa de software del Reino Unido ha
desarrollado un programa competidor del Crisp,
denominado Sentry Parental Controls. Fue
presentado por la estrella televisiva Coleen
Nolan y cuenta con el apoyo de Mark Williams-
Thomas, un experto en protección infantil.
Alarma social: Según un estudio publicado en
2009 por el INTECO español acerca de los
riesgos en Internet para los menores y la
percepción que de estos tienen sus
progenitores, 6 a un 75% de los estos les
preocupa en primer lugar la posibilidad de que
sus hijos sean víctimas del Grooming.
25. En su informe Protection of Children Against
Abuse Through New Technologies, el comité
del Consejo de Europa para la Convención
sobre Cibercriminalidad se ocupó de los temas
emergentes de violencia contra los niños por
medio de las nuevas tecnologías, con particular
énfasis en el Grooming tanto a través de
Internet como de telefonía móvil.
Algunos países ya han incluido el Grooming
como delito en sus legislaciones, mientras que
en otros aún no se ha incluido ninguna
referencia.
26. Alemania: En Alemania está prohibido ejercer
influencia sobre un/a menor por medio de la
exhibición de pornografía o por conversaciones
en el mismo sentido.
Australia: En Australia la Criminal Code Act de
1995, secciones 474.26 y 474.27, prohíbe el
uso de un servicio de telecomunicaciones para
buscar personas menores de 16 años, o
exponerlas a material indecente, con propósito
de realizar Grooming.
Los diversos estados y territorios australianos
tienen leyes similares, algunos de los cuales
difieren en la edad de la víctima (por ejemplo
18 años en Queensland).
27. Canadá: En Canadá, el Criminal Code, sección 172.1, pena
la comunicación con un menor por medio de un sistema
informático con el propósito de cometer abuso sexual.
España: Existe una reforma del Código Penal en marcha
(Noviembre de 2008) que pretende castigar la captación de
menores con fines sexuales a través de Internet así como
considerar agresión sexual (aunque no haya violencia ni
intimidación) aquellos actos que atenten contra la libertad e
indemnidad sexual, cuando la víctima sea menor de edad.
En la actualidad existen una serie de asociaciones sin ánimo
de lucro que, entre los puntos de sus programas, incluyen al
Grooming como un problema muy serio a erradicar. Algunos
ejemplos de esto son la Fundación Alia2, Protégeles o
Pantallas Amigas.
28. Estados Unidos: En los Estados Unidos, se prohíbe trasmitir
información acerca de un menor de 18 años con el propósito
de cometer un abuso sexual. Algunos estados tienen
disposiciones adicionales sobre la seducción de niños online,
como p.ej. Florida.
Reino Unido: En Inglaterra y Gales, las secciones 14 y 15
del Sexual Offences Act de 2003 pena la organización de
encuentros con niños, para uno mismo o terceras personas,
con la intención de abusar sexualmente del menor. El
encuentro mismo también está penado.
Escocia: En Escocia la Protection of Children and Prevention
of Sexual Offences Act de 200512 introduce conceptos
similares.
Por lo tanto, se puede cometer un delito incluso sin llegar a